Judiciales
La historia del misionero de Montoneros acribillado por la dictadura en Buenos Aires

Eran más de quince, entre militares y policías, los integrantes de la “patota de Lanús” que el 15 de marzo de 1977 rodearon y regaron de balas una casa del partido bonaerense de Almirante Brown donde se refugiaban perseguidos políticos. Fue una masacre planificada y entre las víctimas había un misionero de Montoneros, José Luis Alvarenga, cuya historia fue ventilada en un mega juicio por delitos de lesa humanidad que culminó con siete sentencias a prisión perpetua.
La masacre en la que acribillaron a Alvarenga fue la primera de dos operativos idénticos perpetrados en apenas 24 horas y que culminaron con un total de seis personas asesinadas, entre ellas, una exiliada paraguaya cuyos tres hijos luego fueron alojados en un hogar que se transformó en un infierno donde fueron sometidos a golpes, penitencias y abusos sexuales hasta 1983.
El juicio por los tres hechos en conjunto comenzó en marzo del año pasado y culminó el pasado 5 de mayo, pero hoy se difundieron los fundamentos de la sentencia dictada por el Tribunal Oral Federal (TOF) Uno de La Plata, un documento de 541 páginas, donde se reconstruyen los sucesos y se exhiben las pruebas y testimonios que sentaron las bases para el veredicto.
De Posadas a Buenos Aires, militancia y persecución
De allí se desprende que José Luis Alvarenga era misionero, más precisamente posadeño y nacido el 15 de enero de 1949, según consta en su planilla incorporada al registro unificado de víctimas del terrorismo de Estado, elaborado por la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
Según pudo reconstruir La Voz de Misiones, su historia consigna que nació en una familia de escasos recursos, que trabajó desde los 9 años en múltiples oficios, hasta que migró a Buenos Aires en busca de mejores oportunidades junto a sus padres.
Así fue como le llegó el momento de realizar el servicio militar obligatorio, la famosa “colimba”, tras lo cual se trasladó a la zona de Temperley y Adrogué, donde comenzó su militancia política vinculada al peronismo.
De joven formó parte de la Juventud Peronista (JP) y también integró filas de la organización Montoneros, en la cual alcanzó a fundar la unidad básica Sabino Navarro.
Alvarenga estaba casado con Elsa Niño, con quien tuvo un hijo que, al momento ser asesinado por la Patota de Lanús, apenas tenía 16 meses.
Producto de su militancia, el misionero comenzó a ser perseguido. También sus familiares, como su hermano, quien en sus testimoniales recordó haber sido detenido en dos oportunidades por policías y militares que buscaban al joven oriundo de tierra colorada.
En esas circunstancias pasó a la clandestinidad, deambulando por diversos domicilios y ocultando su paradero, incluso a sus familiares más directos. Así fue cómo llegó, junto a María Florencia Ruival, otra militante montonera, a una casa ubicada sobre la calle Nother, en el barrio San José, en el partido bonaerense de Almirante Brown.
En ese lugar, residía Vicente “Chela” Orrego Meza, una mujer de 29 años que escapó de la dictadura en Paraguay y a comienzos de los 70 se refugió en Buenos Aires junto a su marido, Julio, con quien también militó bajo las consignas del peronismo y realizaban actividades con el “movimiento villero” en una capilla de barrio.
De ese matrimonio nacieron tres niños, Mariano, María y Carlos, de entre 5 y 3 años. Los niños fueron los únicos sobrevivientes de la masacre perpetrada esa madrugada-mañana del 15 de marzo de 1977, aunque luego sufrirían tormentos de todo tipo.

Los hijos de Orrego Meza y su recuerdo durante el juicio realizado. Foto: Télam.
15 minutos de balas
Según la reconstrucción trazada, la denominada Patota de Lanús venía siguiendo y realizando labores de inteligencia sobre la vivienda de Orrego Meza, hasta que ese 15 de marzo decidieron actuar.
Llegaron amparados por la oscuridad de una mañana, antes del amanecer, rodearon la casa desde los baldíos lindantes y sin previo aviso más que un grito de “salgan montoneros, afuera guerrilleros” jalaron los gatillos de FAL durante 15 minutos continuados. Una verdadera lluvia de balas que transformaron el inmueble en un colador.
Dentro del lugar estaban Orrego Meza con sus tres hijos, además de Alvarenga y Ruival. Uno de los niños, que en ese momento tenía 5 años, declaró como testigo en el juicio y relató cómo alcanzó a ver la casa rodeada de personas a través de los agujeros provocados por los proyectiles.
Los pequeños, ahora adultos, recordaron que, en medio de la balacera, su madre comenzó a sacarlos a través de una ventana. Primero salieron los mayores. Les dijo que corran hasta la casa de una vecina.
Ella salió por último, con el bebé más pequeño en brazos. Nada importó. Un uniformado la ejecutó a balazos. Recién ahí se detuvo la balacera.

Inspección ocular realizada sobre la casa de calle Nother. Foto: La Retaguardia.
Al ingresar, Alvarenga y Ruvial yacían también en el suelo. Quizás ya muertos o quizás aún vivos, pero heridos. Por las dudas, fueron blanco de una nueva ráfaga de ametralladora.
Los efectivos que participaron del operativo luego cazaron a dos adolescentes que venían con un carro a caballo, con el cual “cirujeaban” en un basural de la zona. Ambos fueron utilizados para llevar los cuerpos hasta un móvil que esperaba a unas cuadras de allí, dado que las lluvias de la semana anegaron las calles lindantes a la casa de calle Nother.
Después de allí, los cadáveres del misionero Alvarenga y de su compañera Ruival fueron sepultados como NN en una fosa común, junto a otros 30 cuerpos, en el cementerio de Rafael Calzada. La paraguaya, en tanto, permanece desaparecida.
La familia del misionero recién se enteró de la masacre un mes después, cuando un anónimo llamó y -en clave- contó que el militante había sido asesinado, aunque sin precisar circunstancias ni nada.
Tras la recuperación de la democracia, ya en 1985, la familia conoció a través de la prensa de la historia de los hermanitos que sobrevivieron a la masacre y relacionaron que Alvarenga pudo haber sido uno de los asesinados en ese lugar.
La investigación posterior terminó encontrando los restos del misionero en la zona 4, sección 4, tablón 2, sepultura 93 del cementerio de Rafael Calzada. Luego, una odontóloga de Alvarenga lo reconoció a partir de una malformación congénita que el hombre tenía en su mandíbula.
Condenas, medidas reparadoras y traducción al guaraní
Por la masacre que acabó con su vida y otra similar perpetrada un día después, fueron condenados a prisión perpetua el ex ministro de Gobierno bonaerense Jaime Lamont Smart, uno de los civiles más influyentes de la dictadura, así como el jefe de la Dirección de Investigaciones Zona Metropolitana de la Policía Bonaerense Juan Miguel Wolk, más conocido como “el Nazi”; y los uniformados integrantes de la Patota de Lanús: José Augusto López, Antonio Armando Calabró, Rubén Carlos Chávez, Roberto Guillermo Catinari y Héctor Raúl Francescangelli.
Todos fueron declarados responsables del delito de “homicidio calificado por haberse cometido con ensañamiento, alevosía, utilización de medios idóneos para crear un peligro común y con el concurso premeditado de dos o más personas”.

Jaime Smart, ex ministro de Gobierno bonaerense, recibió prisión perpetua.
Un secretaria judicial, en tanto, fue condenada por los tormentos padecidos por los tres niños secuestrados tras la masacre y recibió cinco años de prisión, a pesar de que la fiscalía había pedido una condena de 21 años.
Además, el fallo dictado por el TOF Uno de La Plata dispuso una serie de medidas reparatorias como, por ejemplo, una declaración de verdad y la señalización de la casa donde funcionó el Hogar Casa Belén como un sitio de la memoria.
Asimismo, ordenaron que una copia de la sentencia sea enviada a los medios Clarín, La Nación, La Unión, Crónica y La Prensa, que presentaron los operativos como un enfrentamiento. También dictaminaron que el fallo sea traducido a la lengua guaraní.
Judiciales
Gabriel Cruz no declaró y fue imputado por el femicidio de Soledad Batista

Gabriel Cruz (25), el único acusado por el crimen de su ex pareja Claudia Soledad Batista (28), se abstuvo de declarar ante la Justicia esta mañana y fue imputado por el delito de femicidio, figura que prevé prisión perpetua.
Tal como estaba previsto, el sospechoso fue trasladado hacia el Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles, donde compareció ante el magistrado Juan Manuel Monte (subrogante), instancia en la que designó abogado defensor y decidió guardar silencio.
En la misma audiencia, el implicado fue notificado del hecho que se investiga, como así también de los elementos de probatorios que se registran en su contra hasta el momento y fue imputado por femicidio.
Tras culminar el trámite, Cruz fue nuevamente trasladado a una celda policial donde continuará privado de su libertad mientras avanza el expediente que lo investiga por el asesinato a machetazos de su ex pareja.
El crimen de Batista se registró el domingo a la noche, en la casa donde la mujer residía en el barrio La Tablada de San José.
Allí la joven madre de cinco pequeños, dos de ellos junto al detenido, fue ultimada con un total de 23 heridas de machete, 19 de las cuales se concentraron en la zona del cráneo, hombros y miembros superiores.
La víctima era oriunda de Alem pero hace un tiempo se instaló en San José junto a Cruz, de quien estaba separada hace unos meses.
Los familiares de Batista señalaron que el implicado siempre “fue violento” con ella, aunque no se registran denuncias formales por violencia de género en contra del sospechoso.
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Este jueves declara el único detenido por el femicidio de Soledad Batista

La causa por el femicidio de Claudia Soledad Batista (28) tendrá este jueves uno de los primeros pasos procesales, con el llamado a indagatoria de su ex pareja, Gabriel Cruz (25), único acusado por el crimen.
Se prevé que a primeras horas de mañana el sospechoso sea trasladado hacia el Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles para comparecer en audiencia de declaración indagatoria ante el magistrado Miguel Ángel Faría.
En esa instancia, el implicado será notificado del hecho que se investiga, de los elementos probatorios que hasta el momento se registran en su contra y tendrá la posibilidad de declarar o bien abstenerse, tal como lo ampara su derecho.
Por las características del hecho, se estima que sea imputado por el delito de femicidio, figura que prevé una pena de prisión perpetua en caso de ser hallado culpable en un futuro debate oral y público.
El muchacho está detenido desde el domingo a la noche, poco después del descubrimiento del crimen de su ex pareja Soledad Batista, quien fue ultimada a machetazos y de acuerdo al examen de autopsia recibió un total de 23 heridas cortantes, 19 de las cuales se localizaron en el cráneo, hombros y miembros superiores.
El hecho se registró en la vivienda de la víctima en el barrio La Tablada de San José, donde los investigadores también secuestraron un machete que ahora será sometido a pericias por parte de la Dirección Criminalística de la fuerza provincial.
El caso
Según reconstruyeron familiares de la víctima a este medio, Batista es oriunda de Leandro N. Alem pero hace un tiempo decidió mudarse a San José junto a Cruz, de quien actualmente estaba separada.
También dieron cuenta que episodios de violencia de genero previos, aunque señalaron que la única denuncia que hubo posteriormente fue retirada por la propia Batista.
“Ellos se conocen hace mucho tiempo. Tienen dos hijos en común y estaban separados ya. Él siempre fue violento, ella llegó a hacerle una denuncia pero después la retiró porque él siempre amenazaba con que iba a matarse”, señaló una hermana de la joven, quien prefirió no identificarse.
Sobre lo sucedido en la noche del domingo, la mujer contó “él llegó a la casa de mi hermana con otro hombre y se puso a tomar. Después pasó lo que pasó. No tenemos palabras. Ella quedó desfigurada, le destrozó la cabeza de un machetazo”.
“Nosotros todavía no caemos. Queremos que haya justicia y que él se pudra en la cárcel. Ella ayer por la tarde ya estuvo compartiendo unos estados como de despedida en Whatsapp. Creemos que por ahí estaba amenazada y ya sabía lo que le podía pasar”, amplió.
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Los “baches” en la acusación y más claves en la absolución del cacique Núñez

El cacique Marcelo Núñez (38) estuvo más de cinco años detenido al ser acusado de femicidio por la muerte de su pareja María Solange Diniz Rabela (24), pero el 19 de junio fue absuelto por el beneficio de la duda y en los fundamentos de su decisión el Tribunal Penal Uno de Oberá expuso que la hipótesis acusatoria tuvo “baches” y no alcanzó a tener el grado de certeza necesario para el dictado de una sentencia condenatoria ya que las pruebas ponderadas no superaron los filtros “de la razón y la lógica”.
El documento al cual La Voz de Misiones tuvo acceso consta de 123 páginas, donde el encargado de analizar el caso y efectuar su voto fue el magistrado Horacio Paniagua, quien en sus primeras iniciales ya adelanta que la prueba reunida en el debate oral “no permitió alcanzar la suficiencia acreditativa necesaria para tener por probado la existencia de un hecho delictuoso y como derivación lógica de lo dicho, tampoco la autoría del imputado”.
En ese sentido, el magistrado se declaró en discrepancia con la hipótesis formulada en su alegato por el fiscal David Milicich, quien mantuvo la acusación contra Núñez al considerar que el cacique asesinó a su pareja en un contexto de violencia de género y que luego decidió cremar el cuerpo para ocultar pruebas del femicidio, descartando la teoría defensiva sobre una supuesta muerte por Covid.
Para Paniagua, en contrapartida, el fiscal “no ha logrado acreditar suficientemente su postura” y por ende correspondía absolver al imputado por aplicación del principio del in dubio pro reo, razonamiento que fue acompañado por sus pares Francisco Aguirre y Julio Carvallo, quienes completaron la terna que llevó adelante el juicio oral.

El magistrado Horacio Paniagua encabezó el escrito con los fundamentos del fallo.
Pandemia como contexto
En el desarrollo de su voto, el magistrado definió el caso como “complejo” debido a las “singularidades” que presentaba y consideró que para “no incurrir en una resolución arbitraria” era necesario efectuar un análisis pormenorizado de cada uno de los factores incidentes en el contexto atípico en el que sucedieron los hechos: abril de 2020, en plena pandemia y con un incipiente marco de seguridad sanitaria donde imperaba “la incertidumbre y la paranoia”.
Para Paniagua, el contexto de pandemia fue un factor determinante para el desarrollo de los hechos. No solo para el imputado, integrante de una comunidad mbya guaraní con una cultura diferente y ubicada a varios kilómetros del casco urbano de San Vicente, sino también para los agentes sanitarios que fueron requeridos para intervenir en el caso.
“No es posible ignorar el contexto general que estaba atravesando la sociedad en su conjunto así como tampoco el contexto particular de los sujetos involucrados en la causa y que evidentemente condicionaron la actuación de los involucrados en el proceso y en algunos casos su tardía y deficiente y/o displicente intervención (entiéndase desde el personal sanitario involucrado, el personal policial así como la propia intervención judicial estuvieron teñidos y condicionados por este excepcional contexto), ya que descontextualizar la situación mencionada, nos conduciría a desfragmentar la prueba, o valorar la misma velados por sesgos del conocimiento y nos llevaría a posibles soluciones arbitrarias”, se explayó.
El magistrado repasó cada una de las testimoniales recopiladas en la causa, tanto en la etapa de la instrucción como en el debate oral y reconstruyó de qué manera se sucedieron los hechos.
A su entender, no se pudo determinar con la claridad necesaria que haya habido una pelea o una situación de violencia entre la pareja previo a la muerte de Diniz Rabela.
Llamados
En sentido opuesto, Paniagua dio por hecho e hizo especial énfasis en que el primer pedido de auxilio efectuado por el cacique Núñez a los agentes sanitarios Mariel Ferreyra Díaz y Ricardo Sabal fue el sábado 11 de abril de 2020, en horas de la tarde, mientras Diniz Rabela aún estaba con vida.
El segundo llamado se produjo a la mañana siguiente, una vez producido el fallecimiento de la muchacha, de lo cual también tuvieron conocimiento otros integrantes de la comunidad, el padrastro de la joven y hasta la Policía.
“Tenemos así que el imputado luego de producida la muerte puso en conocimiento de distintas personas de la muerte de su pareja y buscó, dentro de sus limitadas posibilidades, de conseguir que las autoridades se hagan presentes en el lugar”, advirtió el camarista.
Sobre este tema puntualmente, Paniagua también cuestionó el accionar policial al señalar que a pesar de tener conocimiento del deceso producido decidieron no intervenir en el caso.
“El personal policial sabía incluso desde varias horas antes de dejar asentado en el libro de guardia a las 16:20 horas, que en la aldea estaba el cuerpo de María Solange Diniz Rabela. Sin embargo, por motivos desconocidos y que la acusación no ha dicho nada tampoco, no acudieron al lugar para verificar esa información y eventualmente haber podido, con la presencia del médico policial, determinar la causa del fallecimiento”, apuntó Paniagua.
Y en otro tramo fue aún más directo: “Es decir de haber existido un oportuna intervención de la policía y eventualmente el médico policial cuando el cuerpo aún se encontraba íntegro, otra sería la historia”.

Marcelo Núñez estuvo cinco años con prisión preventiva y recuperó la libertad tras el fallo del 19 de junio. FOTO: El Territorio.
Baches
La imposibilidad de determinar fehacientemente la causa de muerte fue otro punto central que condicionó el esclarecimiento del caso. Esto se debió al estado de carbonización extrema que presentó el cadáver de Diniz Rabela producto de la incineración a la que fueron expuestos sus restos.
El magistrado, además, advirtió “contradicciones” en el informe forense firmado por el médico Milton Acosta que, por un lado, hacía referencia a una “muerte violenta”, pero por el otro admitía que por el estado carbonizado de los restos no era imposible determinar la causa de muerte. Paniagua también ponderó que el mismo estudio confirmó que la cremación se produjo cuando la víctima ya no presentaba signos vitales.
En su teoría del caso, el fiscal Milicich consideró que la cremación del cadáver fue parte del plan criminal del cacique, pero Paniagua contrastó ese planteo con el siguiente razonamiento: “Cabe preguntarse si es razonable que quien haya dado muerte de manera violenta a su pareja e intente ocultar los rastros de su crimen, comunique a todo su entorno que su pareja falleció y busque insistentemente que las autoridades de salud publica (probablemente una de las pocas que conoce o con las que ha tomado contacto) que vengan a ver su cuerpo y en consecuencia habilitar que se sigan los procedimientos de rigor frente a una situación como la descripta. Entiendo que responder afirmativamente a esa pregunta no resiste lógica”.
En base a todo lo expuesto, Paniagua concluyó: “Todo ese cuadro descripto, reitero, analizando el contexto general del caso, me persuaden de que esa lamentable y desafortunada forma de tratar el cuerpo sin vida de María Solagne, habría ocurrido no para tapar una conducta criminal sino como corolario de una conjunción concatenada de factores, entre los que de destacan el contexto de la aislamiento preventivo y obligatorio (ASPO) imperante en ese momento y en su fase más estricta, el miedo generalizado, la ignorancia, la condición de vulnerabilidad de los sujetos intervinientes, la actuación tardía y deficiente de las autoridades publicas, que fueron destacados precedentemente”.
Y dio otro enunciado como resumen general a todo su análisis: “Se pone de manifiesto que la hipótesis de acusación originaria padece de baches difíciles de superar para arribar a un veredicto positivo de culpabilidad”.
Por todo ello, finalmente consideró que el caso no estaba acreditado con el grado de certeza necesario y estimó que lo conveniente era inclinar su voto por la absolución por el beneficio de la duda a favor del imputado, lo cual fue acompañado por sus pares Aguirre y Carvallo.
Absolvieron por el beneficio de la duda a cacique acusado de femicidio
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