Nuestras Redes

Judiciales

Juicio por caso Rosa: “La Policía fue al velorio a preguntar por la autopsia”

Publicado

el

Juicio Rosa Mirta - viudo Carlos Zarza

La segunda jornada del juicio oral para esclarecer la muerte de la docente jubilada Mirta Carmen Rosa (47) y determinar la responsabilidad de dos policías imputados por abandono de persona continuó hoy con la declaración de tres testigos, entre los cuales se destacó el viudo de la víctima, quien recordó las primeras horas del caso y puntualizó en el accionar de la fuerza.

El testigo se trata de Carlos Alberto Zarza, pareja de Rosa al momento del hecho y quien hoy declaró durante más de una hora en la sala de audiencias del Tribunal Penal Dos de Posadas, donde se desarrolla el debate que pretende determinar si el caso se trató de un hecho de violencia institucional. 

A pedido del fiscal Vladimir Glinka, el testigo se remontó al 14 de febrero de 2013 y recordó cómo fueron las horas previas y posteriores a la muerte de su esposa, una docente jubilada diagnosticada con “trastorno psicótico esquizofrénico”.

Zarza señaló que ese día despertaron y tomaron mate hasta aproximadamente las 10.30, cuando debió irse porque era el encargado del suministro de agua potable en el barrio y debía encontrarse con un técnico para arreglar una bomba.

Esa instancia se retiró y, al regresar, cerca de las 14.30, su vecina le contó que Rosa salió de su casa caminando: “Comencé a llamar a todos porque ella siempre que se iba llegaba a la casa de algún familiar. Nunca se subía a un colectivo o a algún auto extraño, siempre se iba caminando”, contó.

Sin embargo, Rosa no llegó a la casa de ningún pariente ni nadie supo nada más sobre ella, excepto algunos vecinos que la vieron caminar por el barrio.

Así fue como a media tarde lo llamaron para avisarle del hallazgo de una persona sin vida en un descampado próximo a una cancha en el acceso al barrio Los Potrillos de Garupá, una zona a la cual -según Zarza- la víctima “nunca iba porque le daba miedo”.

Lo peor se confirmó: ese cuerpo correspondía a Rosa y el testigo recordó que los policías le dijeron que la mujer “tuvo un problema con la vejiga por el calor”.

Los imputados en el caso son el ex cabo Albino Rotela (43), ahora remisero, y el ex oficial Aldo Villalba (35), actualmente chef.

“Me explicó y me tranquilizó”

Incluso, Zarza recordó que fue el propio Aldo Villalba (35) -uno de los imputados- quien se acercó a su casa tras el hecho para realizar averiguaciones y exhibir pertenencias personales de la fallecida para su reconocimiento.

“Él me explicó que lo de la vejiga fue por el calor, que fue una muerte natural y me tranquilizó. Me mostró un crucifijo que era de ella”, señaló Zarza.

En esa misma línea, el fiscal Glinka pidió ayer dar un alegato de apertura y anticipó su postura al apuntar contra los acusados, con especial énfasis sobre Villalba: “Acá los acusados investigaron su propio hecho. Villalba investigó un mes entero todo sin que se sepa que él estuvo”, cuestionó.

En su declaración de hoy, Zarza agregó que “la Policía fue al velorio y preguntaban entre los familiares cómo había salido la autopsia. A muchos eso les pareció raro, a mi hijo también”.

Pero definitivamente todo cambió en la percepción de Zarza cuando, casi de casualidad y varios días después, dio con dos vecinos que ese 14 de febrero de 2013 auxiliaron a Rosa y luego llamaron a la Policía, tras lo cual arribó un patrullero de la comisaría Quinta al cual Rosa fue vista subir.

Ese patrullero era una Chevrolet S-10 en el que iban el ex cabo Luis Albino Rotela (43) y el ex oficial Villalba, ahora imputados por incumplimiento de los deberes de funcionario público y abandono de persona agravado por el resultado de muerte, entre otros delitos.

“Hasta ese momento nadie sabía que la Policía había levantado a Rosa”, lanzó Zarza y añadió que “gracias a un amigo me encontré con un vecino que me llevó a su casa y su esposa me contó que ese día vio a Rosa perdida, que le dio agua y llamó a la Policía. Esa señora me dijo: ‘me arrepiento mil veces de haber llamado a la Policía’”.

Aldo Villalba se desempeñaba en la comisaría Quinta de Garupá y era encargado del patrullero que ese día levantó a Rosa.

La reconstrucción del caso señala que esa fue la última vez que Rosa fue vista con vida, dado que pocas horas después su cuerpo apareció sin vida en el descampado del barrio Los Potrillos con un “traumatismo craneofacial asociado a un estallido vesical”. Qué sucedió en el medio es lo que se busca establecer en el juicio.

Hoy el testigo Zarza contó que, en la comisaría Quinta, ya estaban “familiarizados” con el caso de su esposa, dado que en varias oportunidades anteriores la habían auxiliado y llevado nuevamente a casa “sin ningún problema”.

Preguntado por las defensas, encabezadas por Mónica Olivera en representación de Villalba y José Luis Rey por Rotela, el viudo afirmó que la familia “nunca” cortó la medicación diaria que mantenía estable a la víctima.

Esta consulta estuvo relacionado a lo aportado minutos antes por el doctor Horrisberger, uno de los tantos psiquiatras que atendió a Rosa, quien indicó que la última consulta que tuvo con la paciente fue el 15 de mayo de 2012, tras lo cual no volvió a prescribirle su medicación basada de fármacos como haloperidol y clonazepam, entre otros.

“Nunca cortamos su medicación. A veces iba a sanatorios privados, otras al Carrillo. Una vez llegue a caer preso por ir a buscar los medicamentos en Brasil con un médico de Porto Xavier”, contestó Zarza durante el interrogatorio, en el cual también intervino en varias instancias el magistrado Gregorio Busse, presidente del tribunal encargado de llevar adelante el proceso.

El tribunal presidido por el magistrado Gregorio Busse aceptó la citación de tres nuevos testigos.

Más audiencias y testigos

El debate continuará el próximo martes, desde las 8.30, con más testimoniales. El tribunal, además, dio lugar al pedido del fiscal Glinka para citar como testigos a dos bomberos y a un empleado a la morgue, quienes se habrían encargado del traslado y la recepción del cuerpo de Rosa en aquel entonces.

La convocatoria de estas personas pretende ahondar en otro aspecto que fue revelado ayer y tiene relación con las lesiones de desprendimiento de piel -entre otras- de carácter post-mortem que presentaba el cadáver al momento de su arribo a la morgue judicial y que no aparecían en las fotografías tomadas en la escena del hallazgo del cuerpo.

Judiciales

Imputaron por homicidio al médico que apuñaló a un gitano en Oberá

Publicado

el

médico homicidio gitano

La Justicia imputó por “homicidio” al médico Ernesto Omar Ramp (55), ex director del hospital de Aristóbulo del Valle, detenido desde el 26 de diciembre por apuñalar durante una pelea a un gitano cuyo fallecimiento se produjo cinco días después.

El profesional de la salud fue trasladado hoy hacia el Juzgado de Instrucción Dos de Oberá, a cargo del magistrado Horacio Alarcón, donde fue notificado del agravamiento de la acusación en su contra y posteriormente volvió a ser trasladado a una celda de la comisaría Segunda, donde permanece privado de su libertad.

Con el cambio de carátula, la situación de Ramp se ve más que comprometida, dado que la imputación por homicidio prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión en caso de ser declarado culpable en un futuro debate oral.

Pelea y muerte

El hecho de violencia se registró el pasado 26 de diciembre, sobre calle Apóstoles Norte al 158, en Oberá, donde Ramp llegó para reclamar una deuda y mantuvo una discusión con Marco y dos de sus hijos, conflicto que acabó con la víctima trasladado de urgencia al hospital Samic, desde donde fue derivado a Posadas debido a su complejo cuadro de salud.

Según detallaron las fuentes, la herida le ocasionó a Marco perforación de pulmón y a pesar de los esfuerzos médicos perdió la vida en la mañana del 31 de diciembre, mientras seguía hospitalizado en Posadas.

Tras el hecho, en redes sociales se registraron múltiples comentarios a favor de Ramp, donde además aseguran que la versión del detenido apunta que él fue atacado en primera instancia y las agresiones se dieron en un acto de defensa.

En paralelo, allegados al médico también iniciaron una junta de firmas para solicitar la liberación del médico que en 2023 fue candidato a intendente de Aristóbulo del Valle.

Murió el gitano apuñalado durante una discusión con el médico Ernesto Ramp

Seguir Leyendo

Judiciales

Grooming en Garupá: el padre de una las niñas se constituyó como querellante

Publicado

el

grooming querellante

El padre de una de las niñas que escapó del hogar Papa Francisco de Garupá y terminó cautiva en una fábrica abandonada se constituyó como querellante particular en la causa que investiga por grooming y otros delitos a cuatro sospechosos, entre ellos un efectivo de la Policía misionera.

El requerimiento formal fue presentado ante el Juzgado de Instrucción Uno de Posadas y la solicitud fue aceptada por el magistrado Fernando Verón, en carácter subrogante legal de dicha dependencia judicial.

De esta manera, el padre de una de las víctimas, a través del abogado Roberto Oscar Oudin como querellante, podrá ser parte activa del proceso, participando de las audiencias, ofreciendo pruebas, solicitando medidas y emitiendo opinión en planteos defensivos y/o resoluciones del magistrado interviniente.

La causa continúa en trámite y tiene cuatro sospechosos imputados por “grooming”, aunque hasta el momento no se dictó prisión preventiva para ninguno. Ellos son Pedro G. (37), Eugenio A. (63), Samuel N. (63) y el policía Cristian Rolando M.(38).

Inicialmente hubo otros detenidos, el gomero Matías C. (19) y otro policía identificado como Mario Enrique M. (48), aunque ambos fueron excarcelados y aunque continúan supeditados a la causa sus respectivas defensas avanzan en los pedidos de sobreseimiento.

La hipótesis del caso es que una de las niñas del hogar Papa Francisco fue contactada por Instagram por un adulto que se hizo pasar por menor de edad y la convenció de escaparse para ir a dormir a otro lugar.

La invitación se extendió hacia otra menor, quienes finalmente lograron fugarse del hogar a pesar de la custodia y de esa forma cayeron en la trampa que, se presume, tenía fines de abuso y explotación sexual en el predio abandonado y sórdido descubierto ese 14 de octubre pasado.

Las pistas condujeron la pesquisa hacia el predio de la ex firma Envasadora Misionera en Ñu Porá, arrestaron a tres de los sospechosos y también encontraron a la niña que estaba desaparecida.

La menor estaba semidormida -se investiga si era producto de algún somnífero o estupefaciente- sobre una cama, tapada con una manta y en compañía de uno de los implicados, describieron las fuentes consultadas en su momento.

Seguir Leyendo

Judiciales

Piden jury contra la jueza que condenó a Mónica Gurina y Leandro Sánchez

Publicado

el

Jueza

El diputado provincial del Partido Agrario y Social (PAyS), Cristian Castro, presentó este viernes un pedido de jury contra la jueza en lo Correccional y de Menores N° 1, Marcela Alejandra Leiva, por la condena a prisión en suspenso para los sindicalistas docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez por desobediencia judicial y entorpecimiento del transporte, durante el acampe docente de 2024 que bloqueó la avenida Uruguay, de Posadas.

En la nota dirigida a la presidenta del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de Misiones, Rosanna Venchiarutti Sartori, Castro esgrime el artículo 7 de la Ley VIII Nº 5 y denuncia a Leiva por “mal desempeño en sus funciones”, “ignorancia inexcusable del derecho” y “arbitrariedad manifiesta”.

En el tercer punto del escrito, el diputado del PAyS solicita que se admita formalmente su denuncia, conforme lo establecido en el artículo 158 de la Constitución provincial, que establece que cualquier habitante puede acusar a magistrados ante el Jurado de Enjuiciamiento; y pide que “se disponga la apertura del procedimiento”, “se notifique a la magistrada denunciada”, “se sustancie el proceso conforme a la normativa vigente”, y “se dicte, al finalizar el proceso, la destitución de la magistrada denunciada”.

Al cierre de esta nota, el legislador agrario comentó a LVM que pasado el mediodía recibió una comunicación de la oficina de Venchiarutti Sartori para que comparezca personalmente el martes 23 próximo, a las 9:00 horas, a ratificar la denuncia contra Leiva, en el quinto piso del Palacio de Justicia.

Irregularidades

Según señala el diputado del PAyS, la actuación de Leiva en la causa contra Gurina y Sánchez “presenta un conjunto de irregularidades graves que justifican su análisis por parte del Jurado de Enjuiciamiento”.

Castro le achaca a la jueza en su nota, “deficiencias en la valoración de la prueba”, “valoración fragmentaria”, “omisión selectiva del material probatorio de elementos favorables a la defensa”, “utilización de presunciones no autorizadas por la sana crítica racional”, “falta de imparcialidad funcional” y “afectación del principio de inocencia”.

“Existen elementos del proceso que permiten sostener, prima facie, la existencia de un sesgo en la conducción del proceso, orientado hacia la convalidación de hipótesis acusatorias sin debida revisión crítica”, asegura.

“Se advierten razonamientos incompatibles con los estándares constitucionales de certeza que deben de regir toda sentencia condenatoria”, sostiene el legislador y señala que Leiva vulneró el artículo 18 de la Constitución Nacional, el 158 de la Constitución Provincial, y la doctrina del denominado ‘Fallo Casal’, de 2005, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que amplió las facultades del recurso de casación, fortaleciendo las garantías del imputado frente a la condena y alineando la jurisprudencia argentina con estándares internacionales.

Castro afirma que, por todo esto, la sentencia de Leiva contra Gurina y Sánchez “revela, con especial claridad, un patrón de razonamiento incompatible con los estándares constitucionales y convencionales vigentes en materia de protesta social, responsabilidad penal individual y principio de legalidad”.

Referentes

El diputado del PAyS sostiene que, en el fallo de Leiva, “se verifica una utilización extensiva y arbitraria del derecho penal, fundada exclusivamente en la condición de referentes gremiales de los imputados”.

“La magistrada da por acreditada la autoría penal no a partir de actos concretos, individualizados y probados, sino por la supuesta ‘visibilidad pública’ y liderazgo sindical de Gurina y Sánchez”, sostiene el legislador y advierte que “tal razonamiento importa una grave vulneración del principio de culpabilidad por el hecho, sustituyéndolo por una forma inadmisible de responsabilidad por el rol o la identidad, expresamente prohibida por el derecho penal constitucional”.

“Este criterio ha sido severamente cuestionado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que ha advertido que los Estados suelen utilizar a referentes sociales y sindicales como ‘casos testigo’ para emitir mensajes aleccionadores hacia el conjunto de quienes ejercen el derecho a la protesta, generando un efecto intimidatorio o disuasivo incompatible con una sociedad democrática”, afirma Castro y asegura que la sentencia contra los docentes “se inscribe de lleno en ese patrón de criminalización selectiva”.

“En segundo término, la resolución judicial desconoce la naturaleza política y colectiva de los hechos juzgados, omitiendo un análisis riguroso del elemento subjetivo de los tipos penales aplicados”, señala el legislador en su escrito contra Leiva.

“En contextos de protesta social, el dolo no puede presumirse ni inferirse mecánicamente de la mera permanencia en el lugar de los hechos o del carácter prolongado de la manifestación”, expresa.

“La intención de los docentes fue, de manera inequívoca, visibilizar reclamos salariales y laborales frente a la ausencia de respuestas estatales, y no entorpecer el transporte ni desobedecer la autoridad judicial como finalidad autónoma”, argumenta Castro.

“La magistrada omite ponderar que la Comisión Interamericana y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han establecido que las restricciones al derecho de reunión y de protesta deben ser excepcionales, estar previstas por ley, perseguir un fin legítimo y superar un estricto test de necesidad y proporcionalidad”, manifiesta.

El diputado del PAyS opina que la sentencia de Leiva contra Gurina y Sánchez “otorga preeminencia automática al derecho a circular por sobre el derecho a la protesta, desconociendo que este último constituye uno de los pilares del sistema democrático”.

Desobedientes

En otra parte del escrito, Castro se refiere a la valoración que hizo la jueza del delito de desobediencia judicial que se le imputaba a Gurina y Sánchez, y sostiene que tal imputación se construyó a partir de “la condición de referentes” de los docentes procesados, “asumiendo que la orden era ‘exigible’ a ellos”.

El diputado del PAyS sostiene, además, “inconducentes desde el punto de vista jurídico”, las referencias que hace la resolución judicial de Leiva sobre “supuestos perjuicios comerciales o molestias derivadas del humo”, que “no fueron debidamente acreditados” y que son “consideraciones ajenas al bien jurídico protegido por el art. 194 del Código Penal”.

“En síntesis, la condena de Gurina y Sánchez constituye un caso paradigmático de criminalización de la protesta social, con afectación directa de derechos constitucionales y convencionales, y revela un desempeño judicial que, prima facie, encuadra en las causales de mal desempeño, ignorancia inexcusable del derecho y arbitrariedad manifiesta, habilitando la intervención del Jurado de Enjuiciamiento”, señala el legislador en su nota y reafirma: “Dichas irregularidades constituyen una pauta objetiva de mal desempeño y deberán ser examinadas por el Jurado en su conjunto”.

Whatsapp Scan 19 de diciembre de 2025 at 10.55.23

 

Seguir Leyendo
Publicidad

Lo más visto