Judiciales
Juicio a los Kiczka: archivos Masi y el paradigma de la evidencia digital

Tras más de 200 días detenidos, el ex diputado Germán Kiczka (44) y su hermano Sebastián (47) serán juzgados a partir del 31 de marzo en un juicio que promete ser histórico, y no solo por la trascendencia que alcanzó el caso, sino también por otros dos hitos que marcarán al poder judicial de la provincia: será la primera causa por archivos Masi que se ventile en debate oral en Misiones y el proceso contará con dos fiscales de tribunal como otro dato sin precedentes.
Será un litigio largo, que se extenderá a lo largo de doce jornadas consecutivas y con fecha estipulada para el dictado de sentencia para el 16 de abril. El debate se realizará en el SUM del Palacio de Justicia y estará a cargo del Tribunal Penal Uno de Posadas, integrado por los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y César Yaya (subrogante).
Como representante del Ministerio Público Fiscal actuará Martín Alejandro Rau, quien a su vez contará con la colaboración de Antonio Vladimir Glinka como fiscal de tribunal adjunto, hecho que no encuentra precedentes en la historia reciente de los debates orales en la tierra colorada.
La participación de un segundo fiscal de tribunales en el juicio se dio a partir de una solicitud planteada por Rau y la designación de Glinka fue resuelta por el flamante Procurador General de la provincia Carlos Giménez.
“Para Misiones es el primer juicio oral en esta temática por tenencia y distribución de material de abuso sexual infantil. La sociedad misionera necesita saber qué pasó. Yo creo que va a ser uno de los juicios más importantes en la historia de Misiones”, apreció el procurador en Canal 12.
Y remarcó: “A los fiscales les pedí que la teoría o la construcción de la acusación esté basada en hechos ciertos, apoyado en prueba sólida y fundada en derecho. Yo creo que, como servidores públicos, como funcionarios judiciales, nos debemos a un servicio de justicia eficiente y oportuno”.
El debate contará con dos audiencias abiertas a la prensa y al público en general. Serán el primer y último día, donde las partes darán sus respectivos alegatos de apertura y de cierre. El resto de las jornadas se realizarán a puertas cerradas, teniendo en cuenta que el delito investigado afecta la integridad sexual de terceros cuya intimidad debe ser resguardada.
En total hay 67 testigos admitidos por el tribunal, entre los que se destacan peritos informáticos, profesionales de diversas áreas, investigadores y “consultores técnicos” solicitados por ambas partes para legitimar y/o desacreditar las pruebas que obran en el expediente, las cuales en su gran mayoría consisten en evidencias digitales, lo que a su vez plantea un nuevo paradigma en materia judicial en la provincia.
Los imputados, por su parte, serán defendidos por abogados particulares. En representación de Germán Kiczka continuará -como desde el primer día- Gonzalo De Paula, mientras que junto a Sebastián Kiczka estará el experimentado Eduardo Paredes.
Ambos hermanos enfrentan cargos por el delito de “tenencia, facilitación y distribución de material de explotación sexual infantil (Masi), agravado por ser las víctimas menores de 13 años de edad, varios hechos”, aunque a Sebastián también se lo acusa de “abuso sexual sin acceso carnal” tras una denuncia radicada por una joven que acudió a la Justicia vez desatado el escándalo que dejó a Apóstoles en la mira de todo el país.
Evidencia digital y paradigma
“Es un expediente que tiene su particularidad desde el inicio, porque surge como consecuencia de un reporte que viene desde Estados Unidos hasta Argentina, puntualmente a la fiscalía de Daniela Dupuy, en Buenos Aires. Ellos reciben una serie de reportes que analizan y a partir de ahí se establecen una serie de objetivos para desarticular cierto tráfico de Masi”, precisó sobre el caso el fiscal Rau durante una charla con La Voz de Misiones.
Uno de esos “objetivos”, establecidos a partir de direcciones de IP, estaba en Apóstoles, ni más ni menos que en el domicilio del padre de los hermanos Kiczka. Esa información motivó el primer allanamiento realizado el 28 de febrero del año pasado, procedimiento donde se secuestraron dispositivos electrónicos con más de 600 archivos Masi, cifra que ascendió a 913 tras la incautación de más aparatos.
“Se ha hecho una investigación muy profunda y casi todo surge a consecuencia del análisis de laboratorio forense de dispositivos informativos. Ahora estamos en un período de estudio profundo de todo el expediente y trabajando en la teoría del caso que vamos a plantear”, añadió Rau a casi una semana del inicio del juicio.

El fiscal Martín Rau contará con el apoyo de Vladimir Glinka como fiscal de tribunal adjunto. FOTO: Marcos Otaño.
“Estamos poniendo todo nuestro empeño y esfuerzo para representar a la sociedad de la mejor manera. Como fiscales estamos abocados al 100% a este expediente, sin descuidar nuestras tareas habituales. Es una tarea que nos obliga a redoblar o triplicar esfuerzos. No se puede para la Justicia, pero tampoco podemos dejar de darle la relevancia que merece este expediente”, afirmó.
Durante la charla, Rau subrayó la importancia de este proceso, como así también resaltó las complejidades de la causa y el paradigma que podría representar este caso para la provincia.
“En este caso nos encontramos con algo que excede el marco normal de un expediente, porque hay un paradigma distinto, que es la evidencia digital. Eso transforma el proceso en una manera diversa a lo habitual y marco esto casi por una cuestión académica, porque no es lo mismo investigar un delito en el ciberespacio que en el mundo físico”, aseveró.
Y puntualizó: “Cuando el camino de la evidencia digital está bien hecho es muy difícil cuestionar la autoría, porque es casi como una prueba de ADN, es un vínculo directo difícil de contrarrestar”.
Si bien el expediente del caso está conformado íntegramente por prueba digital, para el juicio hay 67 testigos admitidos y citados. Rau explicó: “Cuando investigamos un delito necesitamos la asistencia de determinadas personas que manejan una experticia distinta a la nuestra. Entonces, al debate van a ir muchos técnicos que procesaron distintos elementos informáticos, por ejemplo. Es algo propio para exigir la legitimidad de todo el cuerpo probatorio que se ha recolectado”.
De Emule y archivos Masi
Durante el juicio, ambos imputados tendrán la oportunidad de declarar ante el tribunal cuando lo deseen. Al momento de ir a indagatoria, el ex diputado de Activar habló durante tres horas, aunque prácticamente se abstuvo a todas las preguntas formuladas.
En la ocasión, Kiczka admitió consumir pornografía y reconoció utilizar el programa E-Mule (utilizado para el intercambio de archivos tipo P2p, peer-to-peer o red de pares), pero rechazó que su búsqueda de material se concentre en menores de edad y también negó haber distribuido archivos de manera intencional.
Como explicación respecto a los archivos Masi hallados en sus aparatos informáticos el ex diputado argumentó que “las descargas se dan a ciegas. Uno no sabe lo que es hasta que descarga”.
Para la Justicia, nada de esto alcanzó para rebatir las sospechas que recaían en su contra. Más aún teniendo en cuenta los elementos probatorios recolectados mediante peritajes informáticos, los cuales marcaron el hallazgo de un total de 913 archivos Masi y la presencia del programa E-Mule en las dos computadoras relacionadas al diputado, una Acer incautada en la casa de su padre y una Lenovo secuestrada el 6 de agosto de 2024 en el allanamiento a su casa.
Además, los peritos detectaron conversaciones relacionadas al intercambio de material Masi en Telegram y envíos de archivos por Whatsapp.

Germán Kiczka estuvo una semana prófugo tras su desafuero como legislador provincial.
Pero no es todo. También constataron que ese 28 de febrero al mediodía, mientras la Policía Federal Argentina (PFA) allanaba la casa de su padre en el barrio Illía de Apóstoles, Kiczka se encontraba en Brasil y desde allí cambió el nombre de la carpeta Incoming, que se crea de forma automática al momento de la instalación del programa E-Mule para el almacenamiento de las descargas. Los detectives que participaron de la instrucción creen que eso fue una maniobra deliberada con la intención de no dejar rastros de su actividad.
En su declaración, el dirigente expulsado del partido Activar también intentó desligarse de la notebook Acer secuestrada en la casa de su padre y hermano, argumentando que la dejó de usar en 2019 y que solo utilizaba de manera esporádica cuando visitaba la vivienda familiar.
Sin embargo, esto también se contradice con la prueba. El aparato no solo que tenía registrado tanto su nombre de su usuario, como su email y un backup de archivos y facturas a su nombre, sino que en el análisis de todos los dispositivos incautados también se hallaron dos fotografías de 2023 que lo muestran a él junto a las dos notebooks secuestradas dentro de la oficina que el ex legislador ocupaba como comisionista de Cigarros Misioneros, empresa propiedad de la familia Puerta.
Todos estos elementos fueron suficientes como para que el 13 de septiembre el juez Miguel Ángel Faría, titular del Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles, dicte la prisión preventiva en su contra, medida que luego se replicaría a su hermano Sebastián y es así como ambos continúan sin ver la calle, encerrados hace más de 200 días en celdas de la UP VIII.
Prisión preventiva para Germán Kiczka: su defensa y las pruebas en contra
Judiciales
Condena de 23 años para acusado de asesinar a un colono en San Javier

El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó este viernes a 23 años de prisión a Jonatan Ezequiel “Porteño” Sosa por el homicidio del colono Lisardo Escarvadofski (76) y las lesiones efectuadas a su esposa Orestini Cerri, que sobrevivió a pesar de las graves heridas sufridas, en un hecho ocurrido en abril de 2017 en el paraje Santa Irene de San Javier.
El caso se ventiló en debate oral durante tres jornadas y Sosa fue declarado coautor de los delitos de “homicidio calificado por el uso de arma de fuego y homicidio calificado en grado de tentativa, en concurso real”.
El fallo coincidió en parte con lo solicitado por el fiscal David Milicich, quien en sus alegatos dio por probada la participación del imputado en el crimen de Escarvadofski y solicitó que se lo condene a 35 años de cárcel.
La defensa de Sosa, por su parte, había pedido su absolución al considerar que no había suficientes pruebas en su contra. El propio acusado además declaró en la segunda jornada del debate y se declaró inocente.
“Yo no soy un asesino, no soy un delincuente. Tienen a la persona equivocada. Lamento lo que le pasó al hombre y a su señora, pero mientras yo estoy detenido, los verdaderos asesinos están de joda”, fueron las palabras de Sosa, quien además denunció haber recibido apremios y aprietes tras ser detenido un año después del hecho en Buenos Aires.
El asesinato de Escarvadofski ocurrió cerca de las 18 del 4 de abril del 2017 en el paraje Santa Irene, donde tenía su chacra.
Ese día, el tiempo estuvo muy feo, debido a la gran cantidad de lluvia que había caído en el Alto Uruguay. Escarvadofski y Cerri estacionaron su Chevrolet Corsa en el garaje y, en esa instancia, notaron que habían dos personas fuera del terreno, en la esquina.
El hombre fue a ver qué querían y a poner el candado al cerco de la casa, que nunca traspuso. Su mujer, en tanto, se fue para adentro de la vivienda.
Allí recibió varios disparos que lo dejaron malherido y terminó muriendo en los brazos de su mujer, que salió a ver qué pasaba al escuchar las detonaciones.
Según dijo, los hombres le pidieron que abra la casa, ella se negó y terminó recibiendo dos impactos de bala. Allí se trenzó en una pelea y tras golpear en la entrepierna a uno de los agresores, salió a la calle a pedir ayuda. Los sujetos aprovecharon para escapar en el vehículo de la pareja, que fue hallado al día siguiente.
Para el fiscal Milicich, Sosa fue uno de los atacantes que participaron aquel día, aunque también consideró que el blanco en realidad era uno de los hijos de la pareja.
Judiciales
El STJ recalificó el caso Bernhardt como femicidio y dictó perpetua a Vargas

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) recalificó como femicidio el crimen de Antonella Rocío Bernhardt (27), joven obereña que fue golpeada y asesinada de un puntazo en su departamento del barrio El Brete en 2019, y condenó a prisión perpetua al fotógrafo Cristian Daniel Vargas (35), quien en primera instancia había recibido 20 años de cárcel como autor de homicidio simple tras un juicio oral desarrollado ante en el Tribunal Penal Uno de Posadas.
La revisión por parte del máximo órgano judicial de la provincia se dio a partir de los recursos de casación presentados tanto por el fiscal Martín Alejandro Rau como por el abogado querellante Mauricio Fausto Vergara, quienes cuestionaron el fallo emitido el 13 de noviembre de 2023 por los jueces Viviana Cukla, Gustavo Bernie y Ángel Dejesús Cardozo (ya jubilado).
Ambas partes buscaban revertir el dictamen al considerar que el caso configuró un homicidio agravado por femicidio, para el cual correspondía una pena de prisión perpetua, lo que equivale a 35 años de cárcel efectiva, cifra considerablemente superior a los 20 años aplicados en contra del fotógrafo Vargas.

El fotógrafo Cristian Vargas adujo que el crimen se produjo en forma accidental tras una discusión.
En sus presentaciones, ambos profesionales coincidieron al sopesar que el asesinato de Antonella se dio en el marco de un contexto de violencia de género que avalaba la aplicación de la normativa que contempla el femicidio, mientras que el fiscal Rau además solicitó que también se tenga en cuenta la alevosía como factor agravante.
Los dos recurrentes esgrimieron agravios similares. El fiscal Rau apuntó que en su sentencia el TP Uno realizó un “razonamiento probatorio parcial, sesgado, segmentado y desprovisto de perspectiva de género”, con “argumentos forzados” y con una “línea argumental viciada”.
La querella, por su parte, agregó que los jueces efectuaron una “incorrecta interpretación de la relación entre la víctima y el imputado” al descartar la condición de “vulnerabilidad” y “desigualdad” en que se encontraba Antonella ante Vargas.
Perspectiva de género
El primero en analizar los planteos fue el camarista Juan Manuel Díaz, que en su voto coincidió en varios puntos con los recurrentes y señaló “yerros” por parte de los magistrados del tribunal que dictó sentencia.
Díaz repasó que el TP Uno descartó la figura de femicidio al entender que no se logró acreditar un contexto de violencia de género que rodeara el hecho, utilizando como argumento que ambos implicados mantenían una relación laboral de poco tiempo y que el vínculo no se extendía a otros ámbitos como, por ejemplo, el amoroso; ni tampoco advirtieron elementos que den cuenta sobre factores de desigualdad, discriminación o dominación como alegaron las partes.
Díaz opinó todo lo contrario. En la resolución de 81 páginas, firmada el 19 de junio y a la que La Voz de Misiones tuvo acceso, el camarista adelanta: “Es factible advertir elementos e indicadores que configuran la existencia de una relación caracterizada por la desigualdad, en el marco de una relación de subordinación y poder entre víctima y victimario, elementos estos que no fueron valorados debidamente por el tribunal de juicio”.

Las partes en el juicio: Vergara (sentado), Rau y el defensor oficial Mario Ramírez.
El magistrado del STJ además califica como un “yerro” la apreciación del TP Uno en ese punto y responde: “La jurisprudencia ha manifestado en reiteradas oportunidades que es irrelevante que el agresor integre o no una relación interpersonal con la víctima, el tiempo de duración de la misma si existiere o que ocurra la violencia en el ámbito privado o público, sino que lo trascendente es que el hombre se posicione respecto de la mujer en un binomio superior/inferior, tratándola con violencia física, psicológica o sexual, entre otras, por su género”.
También ponderó las argumentaciones esgrimidas por el fiscal Rau al momento de su alegato en el juicio y se hizo dueño de sus palabras para marcar que Antonella Bernhardt se encontraba en una situación de vulnerabilidad ante Vargas, ya que se trataba de una joven obereña que atravesaba en una difícil situación económica y buscaba, casi con desesperación, un trabajo para no depender de nadie.
Sobre esa cuestión, Díaz concluye: “Todos estos factores, independientemente de lo reciente que fuera vínculo entre ambos, sin lugar a dudas ubican a la víctima y victimario en una relación que dista de igualdad, más bien los ubica en una relación de poder -por parte de Vargas- y de subordinación -por parte de Antonella-”.
El camarista también ponderó la pericia psicológica efectuada a Vargas, donde se concluye que en el fotógrafo se advierten “conductas de control y celos”, con tendencia a ubicar a la mujer en un rango inferior al del hombre, mencionándola como un mero “complemento”.
Bajo esas y otras premisas, Díaz le dio la razón a los recurrentes Rau y Vergara al considerar que hubo una “errónea aplicación de la normativa” y opinó que lo correcto era encuadrar el caso como femicidio -rechazó la alevosía-, lo que equivale a modificar la sentencia y aplicar al condenado la pena de prisión perpetua.
Los demás miembros del STJ, Cristian Marcelo Benítez, Cristina Irene Leiva, María Laura Niveyro, Jorge Antonio Rojas, Roberto Rubén Uset y Ramona Beatriz Velázquez, se plegaron al voto de inicial, imponiéndose a Froilán Zarza y Rossana Pía Venchiarutti Sartori, quienes consideraron que lo correcto era mantener el fallo emitido por el TP Uno.

Los jueces del tribunal en el juicio: Cardozo (jubilado), Cukla y Bernie.
El caso
No es el primer cambio de calificación que atraviesa la causa. Ya en la etapa de instrucción, el magistrado Fernando Verón caratuló el hecho como homicidio simple, aunque luego la Cámara de Apelaciones la pasó a femicidio y bajo esa acusación Vargas llegó a juicio, donde la decisión final volvió a quitar el agravante que elevaba la expectativa de pena a perpetua.
El hecho se registró el 4 de abril de 2019, entre las 13 y las 13.30, dentro del departamento 1° A de un inquilinato ubicado sobre la calle Comandante Miño 980 del barrio El Brete de Posadas.
Según la hipótesis acusatoria, Vargas contactó a la víctima a través de redes sociales y le ofreció realizar sesiones de fotos a cambio de dinero ($1.500 con desnudos). Una de ellas se concretó, pero el acusado nunca pagó y en el segundo encuentro se produjo el desenlace mortal, luego de una discusión generada por el reclamo del dinero que nunca fue abonado.
Vecinas de la joven narraron que ese mediodía oyeron golpes, ruidos de “objetos cayendo al suelo” y a través de las endebles paredes divisorias también escucharon “gritos ahogados, como de alguien a quien le tapan la boca mientras grita”.
Los testimonios parecían un adelanto de lo que luego iba a certificar la autopsia, dado que el examen forense concluyó que Antonella presentaba golpes en la cabeza y signos de compresión en el cuello, además de la lesión mortal: un puntazo de cuchillo tipo tramontina que le perforó la tráquea.

Antonella Bernhardt tenía 27 años, era de Oberá y tenía una hermana melliza.
Ante el escándalo que provenía del departamento, las vecinas y la dueña del inquilinato acudieron en auxilio de Antonella, topándose con Vargas dentro del inmueble, a quien filmaron retirándose de la escena del hecho mientras simulaba una conservación con la víctima.
El caso llegó a juicio el 6 de noviembre de 2023 y se extendió durante varios días en el SUM del Palacio de Justicia. En el proceso declararon familiares y vecinos de la víctima, como así también efectivos policiales, peritos y profesionales en medicina.
En su declaración, el fotógrafo Vargas, que también se dedicaba a vender servicios de catering para la familia de su ex esposa, mantuvo su teoría defensiva, al aducir que él fue extorsionado con un video sexual y que el cuchillo se clavó en la garganta de Antonella de manera accidental durante un forcejeo mantenido con la joven.
El fotógrafo agregó que, en determinado momento, alcanzó a tomar el celular de la joven y su intención era romperlo, instancia en la que “ella se desesperó y agarró un cuchillo. Yo ahí le dos ‘tapes’ para que deje de gritar. Después avanzó de nuevo con el cuchillo contra mí y pasó todo. Cuando le quiero sacar el cuchillo, la traigo hacia mí con fuerza y le entra el cuchillo en la garganta”, fueron sus palabras.
FOTOS: MARCOS OTAÑO.
Caso Antonella: para el tribunal no hubo pruebas certeras de violencia de género
Judiciales
Misionero fue condenado por atropellar y matar a una joven en Santo Tomé

El misionero Marcelo “Botica” Ferreyra (38) fue condenado hoy a la pena de 5 años de prisión efectiva por arrollar y matar a una estudiante correntina mientras escapaba de agentes federales a bordo de un automóvil repleto de marihuana sobre la ruta provincial 94, a la altura de Santo Tomé.
El hecho que se ventiló en debate oral ocurrió el 22 de mayo de 2024, mientras Botica conducía un Renault Fluence con casi 300 kilogramos de marihuana en su interior y en plena huida realizó una maniobra de sobrepaso en la que terminó impactando contra una Gilera Smash en la que viajaba Manuela Jaqueline Ponce, una joven de 21 años que regresaba a su casa en el paraje Atalaya, tras una jornada de estudios en el Instituto Jorge Luis Borges, donde estudiaba para ser maestra jardinera.
La víctima circulaba con casco protector pero la violencia del impacto fue tal que resultó eyectada unos 20 metros y falleció en el acto, como consecuencia de las graves lesiones padecidas.

Manuela Ponce tenía 21 años y vivía en el paraje Atalaya, de Santo Tomé.
“El hecho ocurrió en una zona con una velocidad máxima permitida de 60 km/h. Ferreyra iba a altísima velocidad y realizó una maniobra de sobrepaso totalmente prohibida sobre un puente, lo que desencadenó la tragedia”, explicó el abogado querellante, Pablo Ordenavía, en diálogo con el portal Nova Misiones.
“La imprudencia, la negligencia y la violación de normas de tránsito elementales fueron determinantes. La Justicia entendió que no se trató de un simple accidente, sino de una muerte provocada en el contexto de un delito mayor”, agregó Ordenavía.
En su fallo, el Tribunal Oral Penal de Santo Tomé declaró a Ferreyra penalmente responsable del delito de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente, negligente y anti reglamentaria” y lo condenó a la pena de 5 años de prisión efectiva y 10 de inhabilitación para conducir.
En paralelo, aún debe responder en la causa federal que se inició ese mismo día por los 300 kilogramos que transportaba en el vehículo siniestrado durante la persecución iniciada al esquivar un control de Gendarmería Nacional Argentina (GNA).
El condenado es oriundo de San Javier y si bien no registra causas previas, su nombre aparece vinculado a varias maniobras de narcotráfico.
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