Judiciales
Este jueves declara el único detenido por el femicidio de Soledad Batista

La causa por el femicidio de Claudia Soledad Batista (28) tendrá este jueves uno de los primeros pasos procesales, con el llamado a indagatoria de su ex pareja, Gabriel Cruz (25), único acusado por el crimen.
Se prevé que a primeras horas de mañana el sospechoso sea trasladado hacia el Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles para comparecer en audiencia de declaración indagatoria ante el magistrado Miguel Ángel Faría.
En esa instancia, el implicado será notificado del hecho que se investiga, de los elementos probatorios que hasta el momento se registran en su contra y tendrá la posibilidad de declarar o bien abstenerse, tal como lo ampara su derecho.
Por las características del hecho, se estima que sea imputado por el delito de femicidio, figura que prevé una pena de prisión perpetua en caso de ser hallado culpable en un futuro debate oral y público.
El muchacho está detenido desde el domingo a la noche, poco después del descubrimiento del crimen de su ex pareja Soledad Batista, quien fue ultimada a machetazos y de acuerdo al examen de autopsia recibió un total de 23 heridas cortantes, 19 de las cuales se localizaron en el cráneo, hombros y miembros superiores.
El hecho se registró en la vivienda de la víctima en el barrio La Tablada de San José, donde los investigadores también secuestraron un machete que ahora será sometido a pericias por parte de la Dirección Criminalística de la fuerza provincial.
El caso
Según reconstruyeron familiares de la víctima a este medio, Batista es oriunda de Leandro N. Alem pero hace un tiempo decidió mudarse a San José junto a Cruz, de quien actualmente estaba separada.
También dieron cuenta que episodios de violencia de genero previos, aunque señalaron que la única denuncia que hubo posteriormente fue retirada por la propia Batista.
“Ellos se conocen hace mucho tiempo. Tienen dos hijos en común y estaban separados ya. Él siempre fue violento, ella llegó a hacerle una denuncia pero después la retiró porque él siempre amenazaba con que iba a matarse”, señaló una hermana de la joven, quien prefirió no identificarse.
Sobre lo sucedido en la noche del domingo, la mujer contó “él llegó a la casa de mi hermana con otro hombre y se puso a tomar. Después pasó lo que pasó. No tenemos palabras. Ella quedó desfigurada, le destrozó la cabeza de un machetazo”.
“Nosotros todavía no caemos. Queremos que haya justicia y que él se pudra en la cárcel. Ella ayer por la tarde ya estuvo compartiendo unos estados como de despedida en Whatsapp. Creemos que por ahí estaba amenazada y ya sabía lo que le podía pasar”, amplió.
Familiares de joven asesinada en San José: “Él siempre fue violento con ella”
Judiciales
Los “baches” en la acusación y más claves en la absolución del cacique Núñez

El cacique Marcelo Núñez (38) estuvo más de cinco años detenido al ser acusado de femicidio por la muerte de su pareja María Solange Diniz Rabela (24), pero el 19 de junio fue absuelto por el beneficio de la duda y en los fundamentos de su decisión el Tribunal Penal Uno de Oberá expuso que la hipótesis acusatoria tuvo “baches” y no alcanzó a tener el grado de certeza necesario para el dictado de una sentencia condenatoria ya que las pruebas ponderadas no superaron los filtros “de la razón y la lógica”.
El documento al cual La Voz de Misiones tuvo acceso consta de 123 páginas, donde el encargado de analizar el caso y efectuar su voto fue el magistrado Horacio Paniagua, quien en sus primeras iniciales ya adelanta que la prueba reunida en el debate oral “no permitió alcanzar la suficiencia acreditativa necesaria para tener por probado la existencia de un hecho delictuoso y como derivación lógica de lo dicho, tampoco la autoría del imputado”.
En ese sentido, el magistrado se declaró en discrepancia con la hipótesis formulada en su alegato por el fiscal David Milicich, quien mantuvo la acusación contra Núñez al considerar que el cacique asesinó a su pareja en un contexto de violencia de género y que luego decidió cremar el cuerpo para ocultar pruebas del femicidio, descartando la teoría defensiva sobre una supuesta muerte por Covid.
Para Paniagua, en contrapartida, el fiscal “no ha logrado acreditar suficientemente su postura” y por ende correspondía absolver al imputado por aplicación del principio del in dubio pro reo, razonamiento que fue acompañado por sus pares Francisco Aguirre y Julio Carvallo, quienes completaron la terna que llevó adelante el juicio oral.

El magistrado Horacio Paniagua encabezó el escrito con los fundamentos del fallo.
Pandemia como contexto
En el desarrollo de su voto, el magistrado definió el caso como “complejo” debido a las “singularidades” que presentaba y consideró que para “no incurrir en una resolución arbitraria” era necesario efectuar un análisis pormenorizado de cada uno de los factores incidentes en el contexto atípico en el que sucedieron los hechos: abril de 2020, en plena pandemia y con un incipiente marco de seguridad sanitaria donde imperaba “la incertidumbre y la paranoia”.
Para Paniagua, el contexto de pandemia fue un factor determinante para el desarrollo de los hechos. No solo para el imputado, integrante de una comunidad mbya guaraní con una cultura diferente y ubicada a varios kilómetros del casco urbano de San Vicente, sino también para los agentes sanitarios que fueron requeridos para intervenir en el caso.
“No es posible ignorar el contexto general que estaba atravesando la sociedad en su conjunto así como tampoco el contexto particular de los sujetos involucrados en la causa y que evidentemente condicionaron la actuación de los involucrados en el proceso y en algunos casos su tardía y deficiente y/o displicente intervención (entiéndase desde el personal sanitario involucrado, el personal policial así como la propia intervención judicial estuvieron teñidos y condicionados por este excepcional contexto), ya que descontextualizar la situación mencionada, nos conduciría a desfragmentar la prueba, o valorar la misma velados por sesgos del conocimiento y nos llevaría a posibles soluciones arbitrarias”, se explayó.
El magistrado repasó cada una de las testimoniales recopiladas en la causa, tanto en la etapa de la instrucción como en el debate oral y reconstruyó de qué manera se sucedieron los hechos.
A su entender, no se pudo determinar con la claridad necesaria que haya habido una pelea o una situación de violencia entre la pareja previo a la muerte de Diniz Rabela.
Llamados
En sentido opuesto, Paniagua dio por hecho e hizo especial énfasis en que el primer pedido de auxilio efectuado por el cacique Núñez a los agentes sanitarios Mariel Ferreyra Díaz y Ricardo Sabal fue el sábado 11 de abril de 2020, en horas de la tarde, mientras Diniz Rabela aún estaba con vida.
El segundo llamado se produjo a la mañana siguiente, una vez producido el fallecimiento de la muchacha, de lo cual también tuvieron conocimiento otros integrantes de la comunidad, el padrastro de la joven y hasta la Policía.
“Tenemos así que el imputado luego de producida la muerte puso en conocimiento de distintas personas de la muerte de su pareja y buscó, dentro de sus limitadas posibilidades, de conseguir que las autoridades se hagan presentes en el lugar”, advirtió el camarista.
Sobre este tema puntualmente, Paniagua también cuestionó el accionar policial al señalar que a pesar de tener conocimiento del deceso producido decidieron no intervenir en el caso.
“El personal policial sabía incluso desde varias horas antes de dejar asentado en el libro de guardia a las 16:20 horas, que en la aldea estaba el cuerpo de María Solange Diniz Rabela. Sin embargo, por motivos desconocidos y que la acusación no ha dicho nada tampoco, no acudieron al lugar para verificar esa información y eventualmente haber podido, con la presencia del médico policial, determinar la causa del fallecimiento”, apuntó Paniagua.
Y en otro tramo fue aún más directo: “Es decir de haber existido un oportuna intervención de la policía y eventualmente el médico policial cuando el cuerpo aún se encontraba íntegro, otra sería la historia”.

Marcelo Núñez estuvo cinco años con prisión preventiva y recuperó la libertad tras el fallo del 19 de junio. FOTO: El Territorio.
Baches
La imposibilidad de determinar fehacientemente la causa de muerte fue otro punto central que condicionó el esclarecimiento del caso. Esto se debió al estado de carbonización extrema que presentó el cadáver de Diniz Rabela producto de la incineración a la que fueron expuestos sus restos.
El magistrado, además, advirtió “contradicciones” en el informe forense firmado por el médico Milton Acosta que, por un lado, hacía referencia a una “muerte violenta”, pero por el otro admitía que por el estado carbonizado de los restos no era imposible determinar la causa de muerte. Paniagua también ponderó que el mismo estudio confirmó que la cremación se produjo cuando la víctima ya no presentaba signos vitales.
En su teoría del caso, el fiscal Milicich consideró que la cremación del cadáver fue parte del plan criminal del cacique, pero Paniagua contrastó ese planteo con el siguiente razonamiento: “Cabe preguntarse si es razonable que quien haya dado muerte de manera violenta a su pareja e intente ocultar los rastros de su crimen, comunique a todo su entorno que su pareja falleció y busque insistentemente que las autoridades de salud publica (probablemente una de las pocas que conoce o con las que ha tomado contacto) que vengan a ver su cuerpo y en consecuencia habilitar que se sigan los procedimientos de rigor frente a una situación como la descripta. Entiendo que responder afirmativamente a esa pregunta no resiste lógica”.
En base a todo lo expuesto, Paniagua concluyó: “Todo ese cuadro descripto, reitero, analizando el contexto general del caso, me persuaden de que esa lamentable y desafortunada forma de tratar el cuerpo sin vida de María Solagne, habría ocurrido no para tapar una conducta criminal sino como corolario de una conjunción concatenada de factores, entre los que de destacan el contexto de la aislamiento preventivo y obligatorio (ASPO) imperante en ese momento y en su fase más estricta, el miedo generalizado, la ignorancia, la condición de vulnerabilidad de los sujetos intervinientes, la actuación tardía y deficiente de las autoridades publicas, que fueron destacados precedentemente”.
Y dio otro enunciado como resumen general a todo su análisis: “Se pone de manifiesto que la hipótesis de acusación originaria padece de baches difíciles de superar para arribar a un veredicto positivo de culpabilidad”.
Por todo ello, finalmente consideró que el caso no estaba acreditado con el grado de certeza necesario y estimó que lo conveniente era inclinar su voto por la absolución por el beneficio de la duda a favor del imputado, lo cual fue acompañado por sus pares Aguirre y Carvallo.
Absolvieron por el beneficio de la duda a cacique acusado de femicidio
Judiciales
Adolfo Guirula, cuarto policía acusado de sedición que recupera la libertad

Adolfo Guirula, uno de los ocho policías imputados en la causa que investiga presuntos delitos de “intento de sedición” y “conspiración”, se transformó esta mañana en el cuarto implicado en recuperar su libertad tras permanecer más de nueve meses detenido.
La excarcelación de Guirala se produjo esta mañana desde la Unidad Penal VII de Cerro Azul, donde pasó las últimas semanas alojado en compañía de Ramón Amarilla, el primero de los ex uniformados implicados en la misma causa que recuperó su libertad tras ser electo diputado provincial.
De esta manera, ya son cuatro los agentes liberados, ya que también hay que sumar a Joaquín Orrego y Horacio Elías Coutto, quienes a uno a uno fueron recibiendo las respectivas notificaciones de cese de prisión preventiva por parte del Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón.
Quienes continúan detenidos son los hermanos Iván Ezequiel y Alejandro Ramón Arrieta, Lisandro Ramón Canteros y Diego Hernán Correa.
“Solo Cola”
Los acusados fueron detenidos el 19 de septiembre del año pasado, durante una serie de procedimientos simultáneos ordenados por el juez Fernando Verón, tras conocerse una serie de chats que daban cuenta de un presunto plan para desestabilizar a la cúpula de la Policía e iniciar una nueva revuelta, incidentes nuevos e independientes a la protesta salarial que derivó en un acampe de doce días frente al Comando Radioeléctrico I de Posadas.
La maniobra salió a la luz gracias a la detención días antes del oficial ayudante Diego Correa, a quien se le incautó el teléfono celular y de allí se recuperaron los diálogos que mantenían los involucrados a través de un grupo de Whatsapp llamado “Solo Cola”, según argumentan la Justicia.
En esas conversaciones, los involucrados presuntamente planificaban un nuevo levantamiento, aunque esta vez con medidas muchos más extremas que la protesta con acampe que se extendió desde el 17 hasta el 29 de mayo de 2024.
En esta ocasión, los agentes bajo sospecha hablaban de provocar incendios de pastizales para luego sustraer móviles de los Bomberos y replicar la maniobra con patrulleros de distintas comisarías.
“Llamar al 911 en simultáneo y hacer incendio de malezas, o cerca del Parque de la Ciudad prender fuego. Que vayan los bomberos. Ahí hay que estar atento, apresto. Una vez que baja el chofer agarrar el móvil. Y así las demás jurisdicciones”, fue el audio que envío uno de los detenidos.
Una vez que el informe pericial llegó a manos de la Justicia, el magistrado Verón libró las respectivas órdenes de detención, que se cumplieron ese 19 de septiembre. Menos de un mes, el mismo juez resolvió la prisión preventiva de los ocho detenidos por “sedición” y “conspiración”.
Durante todos estos meses, los agentes reclamaron su inocencia y sus familiares encabezaron diversas medidas de protesta requiriendo la excarcelación de cada uno de ellos.
Liberaron a tercer ex policía detenido por la causa de intento de sedición
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Liberaron a tercer ex policía detenido por la causa de intento de sedición

El Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, dispuso el cese de la prisión preventiva para el ex policía Horacio Elías Coutto, quien en horas del mediodía recuperó la libertad, aunque sigue supeditado al expediente judicial que lo investiga junto a otros siete ex uniformados por “intento de sedición” y “conspiración”.
Minutos antes de las 13 de este martes, Coutto cruzó las barreras de la Unidad Penal VII de Puerto Rico para fundirse en un abrazo con sus familiares y amigos, que lo esperaban a las afueras del predio para regresar a su hogar luego de los diez meses que permaneció detenido.
“Estoy muy contento, muy feliz de poder recuperar mi libertad. Quiero dar gracias, primeramente, a Dios que me acompañó en este momento difícil, nunca me soltó la mano; a mi familia que siempre estuvieron; a mis amigos que se tomaron el tiempo de venir a visitarme; a todos los amigos que me hice; y a la gente que colaboró con nuestra familia en esta situación que estábamos pasando”, fueron las primeras palabras de Coutto tras recuperar su libertad frente a la unidad penitenciaria.
El ex policía también agradeció a los agentes del Servicio Penitenciario Provincial (SPP) “que me atendieron muy bien, excelentes personas, la verdad que no tengo ninguna queja, nos cuidaron perfectamente”.
En esa línea, Coutto le dedicó unas palabras de agradecimiento al ex vocero policial y diputado provincial electo, Ramón Amarilla, el primero de los ocho ex uniformados detenidos por esta causa en recuperar su libertad el pasado 13 de junio.
“Quiero agradecer a Ramón Amarilla, quien desde el momento en que recuperó la libertad se puso en compromiso con nosotros, con nuestras familias, nos dio tranquilidad y esperanza”, manifestó el ex uniformado.
Por último, dejó un mensaje a las autoridades provinciales: “A los poderosos les digo que escuchen a la gente, que escuchen a los misioneros, que no crean ingenuamente, que unos simples barrotes o unos muros pueden callar la voluntad de un pueblo que lucha por la justicia, por la verdad y la dignidad”.
Con Ramón Amarilla, Horacio Elías Coutto y Joaquín Orrego, son tres los ex policías que recuperaron su libertad, pero siguen siendo investigados en la causa que inició la Justicia de Misiones tras descubrirse el grupo de WhatsApp “Solo Cola”, en el que los uniformados destituidos de la fuerza provincial habrían planificado un supuesto plan con diferentes acciones para desestabilizar a la cúpula de la institución.
Por lo tanto, mientras dure la instrucción de la causa, los ex efectivos policiales tienen prohibido salir del país y deberán presentarse una vez al mes en la comisaría con jurisdicción sobre su domicilio, a fin de acreditar su permanencia en la provincia.
Quienes quedan detenidos por la misma causa son los hermanos Iván Ezequiel y Alejandro Ramón Arrieta, Lisandro Ramón Canteros, Diego Hernán Correa y Adolfo Guirula.
Dispusieron la liberación de otro ex policía acusado por intento de sedición
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