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En Posadas, Rafecas apuntó al negacionismo: “La dictadura masacró y aniquiló”

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El juez federal Daniel Rafecas disertó ayer en Posadas en el marco de la jornada por el aniversario 40 del retorno de la democracia en Argentina organizada por la AMFJM y allí narró su experiencia encabezando investigaciones por crímenes de lesa humanidad perpetrados en la última dictadura cívico-militar, ponderó la política de Memoria, Verdad y Justicia como de vanguardia a nivel mundial en materia de derechos humanos y además contrapuso los discursos negacionistas puestos en debate recientemente en escenario nacional.

La charla se desarrolló ayer, en la sede de la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de Misiones y contó con la presencia de un importante número de abogados, funcionarios y autoridades, entre ellos, Carlos Giménez, presidente de la AMFJM, y Rossana Venchiarutti Sartori, presidenta del Superior Tribunal de Justicia (STJ), quienes dieron las palabras de apertura.

Rafecas, abogado, doctor en Ciencias Penales, catedrático de universidad y titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal 3 de Caba, dividió su conferencia en dos: la primera parte estuvo apuntada a la temática puesta en valor, mientras que en la segunda se dedicó a la presentación de su libro Derecho Penal sobre Bases Constitucionales, que ya se encuentra en proceso de una cuarta impresión.

En esa primera etapa, Rafecas sostuvo que la Argentina tuvo dos hitos trascendentales en la lucha por justicia respecto a los delitos cometidos durante la última dictadura militar: el primero fue el Juicio a las Juntas en 1985 y el segundo el fallo Simón en 2005, el cual declaró la inconstitucionalidad de las leyes de obediencia debida y punto final y permitió reabrir las causas sobre terrorismo de Estado.

“El Juicio a las Juntas no sólo tiene un valor histórico simbólico, político e institucional para Argentina, la región y el mundo, sino que además su fallo, la famosa sentencia 13, constituye una plataforma de verdad jurídica de histórica de nuestros procesos que aún hasta hoy se sigue sirviendo. Lo que se trabajó, se asentó y se dio por probado en centenares de casos que luego fueron objeto de condenas en ese fallo es una de las bases de vedad y justicia para los procesos que sobrevinieron después”, valoró Rafecas, citado por el medio Será Justicia.

En su repaso histórico, el magistrado recordó tambén los levantamientos de Carapintadas y las leyes de impunidad e indultos dictados durante el gobierno de Carlos Menem, lo cual derivó en un estancamiento de casi dos décadas en los procesos investigativos por los crímenes cometidos en la dictadura.

Ese período de impunidad culminó tras el fallo Simón y la activación de la política de Memoria, Verdad y Justicia enarbolada durante la presidencia de Néstor Kirchner y continuada hasta hoy sin “ningún tipo de impedimentos, obstáculos, ni presión”, ahondó Rafecas.

Justamente, fue casi en paralelo al fallo Simón que Rafecas es designado al frente del juzgado que aún hoy dirige y desde ese momento tiene a su cargo la denominada “Megacausa del Primer Cuerpo del Ejército”, en la cual fueron procesados los altos mandos militares que ejecutaron el aparato represivo, entre ellos, obviamente, Jorge Rafael Videla.

Logros, frustraciones y desafíos

“Desde que asumí, hasta la actualidad, tuvimos que enfrentar un desafío gigantesco de reclamos postergados, de demandas, de querellas, de miles de víctimas. Los expedientes estaban archivados y no sumaron ni una sola foja durante casi dos décadas”, contó el magistrado.

Y detalló: “Nos encontramos ante un aparato en sentido estricto. Una estructura con recursos humanos y materiales prácticamente infinitos, como era el Estado, con orden jerárquico, donde fluían desde la cúspide hasta la base órdenes criminales. Comenzamos por los centros clandestinos más abarcativos, luego por las de medianas dimensiones y, por supuesto, ya en los últimos años hemos llegado a ocuparnos de operativos particulares y casos individuales”.

En esa línea, Rafecas valoró como un logro el hecho de haber reconocido judicialmente a más de 3.000 víctimas y de alcanzar los 350 imputados, de los cuales estimó que al menos 200 ya fueron condenados.

Pero el magistrado, que en 2020 fue propuesto por el presidente Alberto Fernández para ocupar el cargo de procurador general de la Nación, también dedicó parte de su exposición para hablar de las “frustraciones” con las que se enfrentan a la hora investigar los crímenes cometidos durante la dictadura, todas ellas vinculadas lo que calificó como la efectividad de exterminio y de ocultamiento de pruebas encarada por el aparato represivo desplegado entre 1976 y 1983.

En ese punto, Rafecas regresó al Juicio a las Juntas y a la sentencia 13 para contextualizar que “la enorme mayoría de los cargos giró en torno a las detenciones ilegales y torturas. Prácticamente, no hay condenas por homicidio y esto es así porque la dictadura ha sido, lamentablemente, muy eficiente en lo que se llama la etapa de exterminio y en el deshacerse de los restos que sirven de evidencias para futuros procesos judiciales, con vuelos de la muerte y enterramientos masivos”.

Y ahondó aún más, en relación a su experiencia con las causas que encabeza, al decir que “hoy hay pocas condenas por homicidios porque no tenemos el cuerpo del delito. De hecho, en mi causa tenemos miles de desaparecidos y en casi el 90% de esos casos, en términos judiciales, no sabemos nada. No sabemos qué unidad se los llevó, a dónde los llevaron, ni cómo los mataron. El rastro de ellos los perdemos en sus ‘traslados’. Ahí se baja una cortina de hierro en términos probatorios”.

Para Rafecas, ese punto constituye uno de los grandes desafíos del trabajo, dado que hasta el momento se pudo reconstruir las maniobras de secuestro, el accionar de los grupos de tareas, la distribución de los roles, los métodos de tortura y el día a día en los centros de detención.

“Esto sí lo pudimos reconstruir, pero venían los traslados y no podíamos avanzar. Quien era objeto de un traslado, no era vuelto a ver. Por lo tanto, la gran diferencia entre los secuestros, torturas y detenciones, respecto a los asesinatos, es que no tenemos testigos, ni documentos, ni colaboración, ni confesiones de los represores, nunca lo hemos logrado”, lamentó.

Ante lo expuesto, Rafecas valoró que todo lo realizado posiciona a la Argentina a la vanguardia en materia de derechos humanos a nivel mundial.

“Argentina está liderando una nueva forma de resolver el pasado de violencia de Estado, que es a través de la combinación de verdad, justicia, reparación y memoria. En otros modelos en competencia se procuraba el valor verdad, pero no justicia, como el caso sudafricano; en otro la compensación económica, pero sin verdad ni justicia, como en Colombia; y en otros las víctimas no tuvieron ni reparación, ni verdad, ni justicia, ni memoria, como el caso español”, explayó.

Contra el negacionismo

Fue en ese marco que, luego de repasar todo el trabajo realizado en casi dos décadas al frente de la mayor causa que investiga delitos de lesa humanidad en la última dictadura militar, que el juez federal aprovechó la oportunidad para responder discursos negacionistas que tomaron la escena en la campaña política, principalmente provenientes del ala dura del partido La Libertad Avanza, con Javier Milei y Victoria Villarruel como fórmula que competirá por la presidencia en el balotaje del 19 de noviembre.

Sin dar nombres propios, Rafecas reflexionó que “se ha dicho y se ha puesto en cuestionamiento esta idea de que así como se viene juzgando a los represores de la misma manera se debiera juzgar a los integrantes de las organizaciones armadas que perpetraron atentados durante los años 70” y sostuvo que ello “es un argumento llamativo porque es solo cuestión de asomarse al contenido de las sentencias judiciales dictadas en todo el país para advertir que el 90% de esas personas que se pretenden juzgar ya están desaparecidas o asesinadas”.

“Pareciera que esa argumentación niega la existencia no solo del terrorismo de Estado, sino también de los procesos judiciales que con tanto esfuerzo venimos realizando hace dos décadas. La dictadura masacró y aniquiló a los integrantes de las comunas y regionales de esas organizaciones que apuntan. No quedó nadie”, fustigó.

Pero Rafecas no terminó allí y tuvo más palabras para contraponer estas corrientes discursivas.

“Me asombra que públicamente se diga que hay que juzgar a los integrantes de las organizaciones armadas si ya los mataron a todos”, apuntó.

“La dictadura podía haber elegido ir por el lado de la justicia convencional, pero prefirió habilitar un aparato clandestino e imponer la justicia policial, del estado terrorista, con secuestros, torturas y asesinatos”, explicó.

“La dictadura dictó miles de penas de muerte”, sentenció el juez y culminó: “A mí me parece que desde el Poder Judicial, por lo menos los que estamos trabajando en estos casos, tenemos que generar algún tipo de reacción”.

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Acusado de abuso fue absuelto en 2022 y ahora condenado a 12 años de cárcel

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Tras la anulación del fallo que dispuso su absolución por el beneficio de la duda en 2022, el Tribunal Penal Uno de Posadas realizó un nuevo debate oral contra el hijo de una ex funcionaria provincial acusado de abusos sexuales en perjuicio de una hija menor de edad y esta tarde lo condenó a una pena de 12 años de prisión efectiva.

La nueva sentencia fue dictada esta tarde, después de una extensa jornada de alegatos y después de varias audiencias de debate que incluyeron sucesivos cambios de defensa e incluso registró un faltazo del imputado, que luego argumentó haberse internado en una clínica de salud mental pero terminó siendo detenido.

El implicado se trata de J. R. G. -hijo de una ex funcionaria del Iprodha- quien en 2013 fue denunciado por abusos contra una hija de 5 años en ese entonces, causa que en 2022 llegó a debate oral y resultó absuelto por el beneficio de la duda, aunque ese fallo, dictado por los magistrados Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Juan Manuel Monte (subrogante), fue anulado por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) al entender que hubo una errónea valoración de la prueba.

De esta manera, se ordenó la realización de un nuevo proceso oral que arrancó semanas atrás frente a un tribunal integrado por los magistrados Gustavo Bernie, Juan Carlos Sosa y Miguel Mattos, ambos subrogantes.

El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por Vladimir Glinka, en tanto que como querellante particular volvió a participar el letrado Hugo Zapana, quienes hoy coincidieron al solicitar una pena de 16 años de prisión para el implicado.

Al comienzo del debate el imputado contó con la defensa de Eduardo Paredes, Mauricio Vergara y Florencia Romero, aunque uno a uno fueron renunciando, lo que derivó en demoras en la continuidad del proceso.

Finalmente, este martes el imputado -su identidad completa no se revela para no revictimizar a la víctima- contó con el patrocinio del defensor oficial Mario Ramírez y del abogado particular Federico Tilli, quienes insistieron en absolución del imputado o en forma subsidiaria solicitaron una pena de 3 años de prisión en suspenso por abuso simple.

Después de una larga deliberación, los jueces decidieron condenar a Ramos a la pena de 12 años de prisión efectiva como penalmente responsable del delito de “abuso sexual gravemente ultrajante calificado por el vínculo, dos hechos, en concurso real”.

El ahora condenado continuará privado de su libertad en una celda de la comisaría Cuarta de Posadas, hasta tanto el mismo tribunal analice un pedido de prisión domiciliaria solicitada por la defensa. Los fundamentos de la nueva sentencia se conocerán el 26 de marzo.

El STJ anuló sentencia que absolvió a imputado por abuso en Posadas

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Muerte en edificio posadeño: detenido negó haber lanzado al vacío a la víctima

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El expediente que investiga la muerte de Marcelo Ojeda Krejzezúk (31), registrada el viernes a la madrugada tras su caída desde el tercer piso de un edificio sobre la calle Gómez Portiño de Posadas, avanzó este lunes con la indagatoria al único detenido que tiene la causa, Marcos Andrés Á. (27), quien negó la acusación por homicidio que pesa en su contra y planteó la posibilidad de que la víctima se haya suicidado luego de la pelea mantenida en el departamento.

La audiencia de declaración indagatoria se concretó esta mañana, una vez que el magistrado Fernando Verón, titular del Juzgado de Instrucción Uno de Posadas por subrogancia legal, recibiera el sumario del caso y el informe de autopsia, examen que concluyó que la muerte de Ojeda fue consecuencia de un “politraumatismo craneal”, lesión compatible con el impacto del cuerpo contra el suelo.

La declaración del implicado se dio una vez formalizada la designación de Víctor Luciano Gómez como abogado defensor particular y su testimonio se extendió durante más de dos horas.

Según pudo averiguar La Voz de Misiones, ante el juez Verón y ante la fiscal Amalia Spinatto -conectada por Zoom-, Marcos brindó un pormenorizado relato de los sucesos ocurridos antes, durante y después del hecho que se investiga.

El detenido fue encontrado malherido y ensangrentado a cinco cuadras del lugar.

Bar, pelea y muerte

En ese marco, señaló que jueves a la noche asistió junto a Ojeda a un bar pub del microcentro posadeño, donde permaneció hasta las 2 del viernes, cuando decidieron regresar al departamento en el que convivían hace varios meses, dado que la víctima vino desde Esquina, Corrientes, para buscar trabajo y asentarse en Posadas.

Junto a ellos estuvo unos minutos un tercer joven que después dejó el inmueble y allí se desató el conflicto entre los involucrados, quienes mantenían una relación de confianza debido a que Marcos es ahijado del padre de Ojeda.

En su indagatoria, el detenido aseguró que en determinado momento decidió acostarse y Ojeda pretendió hacerlo junto a él, pero Marcos se negó y esa situación dio inicio a un enfrentamiento.

“Yo ahí dije ‘me voy’, pero él me atacó y después agarró un cuchillo con el que me hizo un corte. Yo ahí empecé a defenderme y al intentar sacarle el cuchillo los dos nos lastimamos también”, fue parte de su declaración.

En esas circunstancias -amplió el Marcos-, Ojeda se resbaló producto de la sangre desparramada en el piso y quedó tendido en el piso, situación que él aprovechó para retirarse del departamento en busca de ayuda.

Marcelo Ojeda tenía 31 años y era oriundo de Esquina, Corrientes.

El imputado sostuvo que recién se enteró de la muerte de su “primo” una vez trasladado a la comisaría, luego de que la Policía lo encontrara malherido, ensangrentado y en shock en el skate park de la costanera, a unas cinco cuadras del departamento ubicado en Gómez Portiño, casi Urquiza.

Ante las preguntas de las partes, el joven negó haber lanzando o empujado accidentalmente durante la pelea a la víctima por el balcón. A su entender, hipotetizó que quizás Ojeda pudo arrojarse por decisión propia.

Culminada la audiencia, el juez Verón imputó al muchacho por homicidio simple -que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión- y dispuso que continué privado de su libertad, aunque en paralelo la defensa presentó un pedido de excarcelación que ahora debe ser analizado por las partes.

Mientras tanto, el proceso continúa con la toma de testimoniales y se aguarda el resultado de las pericias científicas realizadas en la escena del hecho, principalmente en los estudios tendientes a determinar a quién corresponden las manchas de sangre detectadas en la baranda de la ventana balcón del departamento.

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Fallo judicial ordena a Muni de Eldorado a informar sobre acuerdo con ETCE

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Fallo judicial ordena a Muni de Eldorado a informar sobre acuerdo con ETCE

Un fallo judicial hizo lugar parcialmente a una acción de amparo por acceso a la información pública presentada contra la Municipalidad de Eldorado y ordenó al Ejecutivo, a cargo del intendente Rodrigo “Pipo” Durán, a completar datos vinculados al servicio de transporte urbano de pasajeros.

La demanda fue presentada por los abogados José Luis Fuentes y María Mercedes Galeano, quienes solicitaron que el municipio entregue de manera completa y gratuita información relacionada con el sistema de transporte urbano en la ciudad, respaldándose en el derecho de acceso a la información pública reconocido por la Constitución Nacional, la Constitución de Misiones y la Ley IV N.º 58.

Según consta en el fallo del Juzgado Civil y Comercial Uno de la Tercera Circunscripción Judicial de Misiones, al que accedió La Voz de Misiones, los demandantes realizaron un pedido administrativo ante la Municipalidad de Eldorado el 2 de octubre de 2025. El municipio respondió el 20 del mismo mes mediante correo electrónico, aunque Fuentes y Galeano consideraron que la información brindada era parcial.

Concretamente, los letrados solicitan que la comuna informe sobre lo ocurrido con la empresa ETCE durante el paro total del servicio de transporte en la ciudad, que se produjo sin previo aviso y paralizó completamente la movilidad de los vecinos el 1 de octubre. En ese contexto, un día después el Ejecutivo firmó con la prestataria un acuerdo de reconocimiento de deuda por 1.400 millones de pesos, que luego fue validado por el Concejo Deliberante. Los demandantes buscan conocer los pormenores de esa decisión, según señalaron en un comunicado.

Respuesta de la Muni

La Municipalidad de Eldorado se presentó en el expediente a través de sus apoderados legales, contestó la demanda y solicitó su rechazo, negó en términos generales los hechos planteados por los demandantes, aportó documentación como prueba y dejó planteada la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En la causa también intervino el Ministerio Público Fiscal de Misiones, que en su dictamen consideró que la acción no sería procedente, al entender que los demandantes contaban con otras vías administrativas para realizar el reclamo. El organismo participó en el proceso en su rol de defensor del patrimonio del fisco.

El fallo

Al analizar el caso, el juzgado interviniente entendió que la vía del amparo resultaba formalmente procedente y que el derecho de acceso a la información pública constituye una herramienta para el control ciudadano de la gestión estatal. El fallo también señaló que los organismos públicos tienen la “obligación de facilitar el acceso a la información disponible o indicar el lugar donde puede ser consultada”.

Tras evaluar la documentación incorporada al expediente, el tribunal concluyó que el municipio respondió dentro de un plazo razonable, pero que la información entregada no cubría todos los puntos solicitados ni indicaba en dónde podía accederse a los datos faltantes.

Asimismo, la Justicia precisó además que el derecho de acceso a la información pública se “limita a la información existente en poder del Estado” y no obliga a la administración a generar documentos nuevos o elaborar informes especiales que no formen parte de sus registros.

Con ese contexto, la sentencia resolvió hacer lugar parcialmente al amparo de Fuentes y Galeano y ordenó a la Municipalidad de Eldorado que, en un plazo de diez días, entregue la información solicitada o indique de forma clara la dependencia u oficina donde se encuentre disponible para su consulta.

“Este fallo pone un límite muy claro a la opacidad del poder político. No se puede dejar a una ciudad entera sin transporte y al día siguiente reconocer una deuda de más de 1.400 millones de pesos sin que la sociedad sepa cómo se calculó, de dónde surge, qué se pagó, qué se condonó y qué expediente respalda todo eso. Si al concesionario se le termina pagando una suma que equivale a más de un millón de dólares, la ciudadanía tiene derecho a conocer hasta el último papel de esa decisión”, apuntó el abogado José Luis Fuentes tras conocerse la decisión de la Justicia misionera.

La Voz de Misiones consultó al Ejecutivo municipal sobre el fallo y una fuente señaló que la Municipalidad “respondió en su momento el pedido de información solicitado por los demandantes”. En ese sentido, indicó que, en cumplimiento de la resolución judicial, “se completará o se indicará el acceso a la documentación existente”.

Además, la misma fuente sostuvo que “desde el día uno sostuvimos que la gestión pública debe ser transparente, pero también responsable en el uso de los recursos administrativos”.

Eldorado amaneció sin colectivos y buscan declarar emergencia en transporte

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