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En Posadas, Rafecas apuntó al negacionismo: “La dictadura masacró y aniquiló”

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El juez federal Daniel Rafecas disertó ayer en Posadas en el marco de la jornada por el aniversario 40 del retorno de la democracia en Argentina organizada por la AMFJM y allí narró su experiencia encabezando investigaciones por crímenes de lesa humanidad perpetrados en la última dictadura cívico-militar, ponderó la política de Memoria, Verdad y Justicia como de vanguardia a nivel mundial en materia de derechos humanos y además contrapuso los discursos negacionistas puestos en debate recientemente en escenario nacional.

La charla se desarrolló ayer, en la sede de la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de Misiones y contó con la presencia de un importante número de abogados, funcionarios y autoridades, entre ellos, Carlos Giménez, presidente de la AMFJM, y Rossana Venchiarutti Sartori, presidenta del Superior Tribunal de Justicia (STJ), quienes dieron las palabras de apertura.

Rafecas, abogado, doctor en Ciencias Penales, catedrático de universidad y titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal 3 de Caba, dividió su conferencia en dos: la primera parte estuvo apuntada a la temática puesta en valor, mientras que en la segunda se dedicó a la presentación de su libro Derecho Penal sobre Bases Constitucionales, que ya se encuentra en proceso de una cuarta impresión.

En esa primera etapa, Rafecas sostuvo que la Argentina tuvo dos hitos trascendentales en la lucha por justicia respecto a los delitos cometidos durante la última dictadura militar: el primero fue el Juicio a las Juntas en 1985 y el segundo el fallo Simón en 2005, el cual declaró la inconstitucionalidad de las leyes de obediencia debida y punto final y permitió reabrir las causas sobre terrorismo de Estado.

“El Juicio a las Juntas no sólo tiene un valor histórico simbólico, político e institucional para Argentina, la región y el mundo, sino que además su fallo, la famosa sentencia 13, constituye una plataforma de verdad jurídica de histórica de nuestros procesos que aún hasta hoy se sigue sirviendo. Lo que se trabajó, se asentó y se dio por probado en centenares de casos que luego fueron objeto de condenas en ese fallo es una de las bases de vedad y justicia para los procesos que sobrevinieron después”, valoró Rafecas, citado por el medio Será Justicia.

En su repaso histórico, el magistrado recordó tambén los levantamientos de Carapintadas y las leyes de impunidad e indultos dictados durante el gobierno de Carlos Menem, lo cual derivó en un estancamiento de casi dos décadas en los procesos investigativos por los crímenes cometidos en la dictadura.

Ese período de impunidad culminó tras el fallo Simón y la activación de la política de Memoria, Verdad y Justicia enarbolada durante la presidencia de Néstor Kirchner y continuada hasta hoy sin “ningún tipo de impedimentos, obstáculos, ni presión”, ahondó Rafecas.

Justamente, fue casi en paralelo al fallo Simón que Rafecas es designado al frente del juzgado que aún hoy dirige y desde ese momento tiene a su cargo la denominada “Megacausa del Primer Cuerpo del Ejército”, en la cual fueron procesados los altos mandos militares que ejecutaron el aparato represivo, entre ellos, obviamente, Jorge Rafael Videla.

Logros, frustraciones y desafíos

“Desde que asumí, hasta la actualidad, tuvimos que enfrentar un desafío gigantesco de reclamos postergados, de demandas, de querellas, de miles de víctimas. Los expedientes estaban archivados y no sumaron ni una sola foja durante casi dos décadas”, contó el magistrado.

Y detalló: “Nos encontramos ante un aparato en sentido estricto. Una estructura con recursos humanos y materiales prácticamente infinitos, como era el Estado, con orden jerárquico, donde fluían desde la cúspide hasta la base órdenes criminales. Comenzamos por los centros clandestinos más abarcativos, luego por las de medianas dimensiones y, por supuesto, ya en los últimos años hemos llegado a ocuparnos de operativos particulares y casos individuales”.

En esa línea, Rafecas valoró como un logro el hecho de haber reconocido judicialmente a más de 3.000 víctimas y de alcanzar los 350 imputados, de los cuales estimó que al menos 200 ya fueron condenados.

Pero el magistrado, que en 2020 fue propuesto por el presidente Alberto Fernández para ocupar el cargo de procurador general de la Nación, también dedicó parte de su exposición para hablar de las “frustraciones” con las que se enfrentan a la hora investigar los crímenes cometidos durante la dictadura, todas ellas vinculadas lo que calificó como la efectividad de exterminio y de ocultamiento de pruebas encarada por el aparato represivo desplegado entre 1976 y 1983.

En ese punto, Rafecas regresó al Juicio a las Juntas y a la sentencia 13 para contextualizar que “la enorme mayoría de los cargos giró en torno a las detenciones ilegales y torturas. Prácticamente, no hay condenas por homicidio y esto es así porque la dictadura ha sido, lamentablemente, muy eficiente en lo que se llama la etapa de exterminio y en el deshacerse de los restos que sirven de evidencias para futuros procesos judiciales, con vuelos de la muerte y enterramientos masivos”.

Y ahondó aún más, en relación a su experiencia con las causas que encabeza, al decir que “hoy hay pocas condenas por homicidios porque no tenemos el cuerpo del delito. De hecho, en mi causa tenemos miles de desaparecidos y en casi el 90% de esos casos, en términos judiciales, no sabemos nada. No sabemos qué unidad se los llevó, a dónde los llevaron, ni cómo los mataron. El rastro de ellos los perdemos en sus ‘traslados’. Ahí se baja una cortina de hierro en términos probatorios”.

Para Rafecas, ese punto constituye uno de los grandes desafíos del trabajo, dado que hasta el momento se pudo reconstruir las maniobras de secuestro, el accionar de los grupos de tareas, la distribución de los roles, los métodos de tortura y el día a día en los centros de detención.

“Esto sí lo pudimos reconstruir, pero venían los traslados y no podíamos avanzar. Quien era objeto de un traslado, no era vuelto a ver. Por lo tanto, la gran diferencia entre los secuestros, torturas y detenciones, respecto a los asesinatos, es que no tenemos testigos, ni documentos, ni colaboración, ni confesiones de los represores, nunca lo hemos logrado”, lamentó.

Ante lo expuesto, Rafecas valoró que todo lo realizado posiciona a la Argentina a la vanguardia en materia de derechos humanos a nivel mundial.

“Argentina está liderando una nueva forma de resolver el pasado de violencia de Estado, que es a través de la combinación de verdad, justicia, reparación y memoria. En otros modelos en competencia se procuraba el valor verdad, pero no justicia, como el caso sudafricano; en otro la compensación económica, pero sin verdad ni justicia, como en Colombia; y en otros las víctimas no tuvieron ni reparación, ni verdad, ni justicia, ni memoria, como el caso español”, explayó.

Contra el negacionismo

Fue en ese marco que, luego de repasar todo el trabajo realizado en casi dos décadas al frente de la mayor causa que investiga delitos de lesa humanidad en la última dictadura militar, que el juez federal aprovechó la oportunidad para responder discursos negacionistas que tomaron la escena en la campaña política, principalmente provenientes del ala dura del partido La Libertad Avanza, con Javier Milei y Victoria Villarruel como fórmula que competirá por la presidencia en el balotaje del 19 de noviembre.

Sin dar nombres propios, Rafecas reflexionó que “se ha dicho y se ha puesto en cuestionamiento esta idea de que así como se viene juzgando a los represores de la misma manera se debiera juzgar a los integrantes de las organizaciones armadas que perpetraron atentados durante los años 70” y sostuvo que ello “es un argumento llamativo porque es solo cuestión de asomarse al contenido de las sentencias judiciales dictadas en todo el país para advertir que el 90% de esas personas que se pretenden juzgar ya están desaparecidas o asesinadas”.

“Pareciera que esa argumentación niega la existencia no solo del terrorismo de Estado, sino también de los procesos judiciales que con tanto esfuerzo venimos realizando hace dos décadas. La dictadura masacró y aniquiló a los integrantes de las comunas y regionales de esas organizaciones que apuntan. No quedó nadie”, fustigó.

Pero Rafecas no terminó allí y tuvo más palabras para contraponer estas corrientes discursivas.

“Me asombra que públicamente se diga que hay que juzgar a los integrantes de las organizaciones armadas si ya los mataron a todos”, apuntó.

“La dictadura podía haber elegido ir por el lado de la justicia convencional, pero prefirió habilitar un aparato clandestino e imponer la justicia policial, del estado terrorista, con secuestros, torturas y asesinatos”, explicó.

“La dictadura dictó miles de penas de muerte”, sentenció el juez y culminó: “A mí me parece que desde el Poder Judicial, por lo menos los que estamos trabajando en estos casos, tenemos que generar algún tipo de reacción”.

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Entrega de bebés en Concepción de la Sierra: maniobra, artilugios y condena

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Concepción de la Sierra bebés

Dos causas judiciales que a fines del año pasado se tradujeron en sentencias después de un extenso proceso de investigación bajo la órbita de la Justicia Federal develan los métodos, los actores y los artilugios utilizados para la entrega de niños recién nacidos en la zona sur de Misiones.

Los casos ocurrieron entre 2021 y 2022 con Concepción de la Sierra como punto neurálgico de la operación orquestada entre intermediarios, madres jóvenes en situaciones de vulnerabilidad y parejas dispuestas a saltearse el proceso de adopción legal.

En los expedientes no se alcanzaron a comprobar transacciones financieras como hablar de “venta de bebés”, pero sí constan acuerdos de mantenimiento y cobertura económica para alimentación, traslados y cuidados médicos para las madres durante el embarazo.

El ardid evidenciado pareciera sencillo y requiere de un intermediario que conecte las partes interesadas, una madre dispuesta a entregar a su niño y una pareja en busca de un menor.

Pero todo esto es completamente ilegal porque vulnera los derechos del niño y los adultos involucrados incurren en delitos penados por ley. 

Caso 1

El primer hecho comenzó a investigarse en diciembre de 2021. Involucró a Lourdes Edith Giménez, funcionaria en ese momento del Registro de las Personas de Concepción de la Sierra; a su esposo Pablo Fernando Lemes, secretario de Acción Social del municipio entre 2021 y 2023; y a A. A. S., una joven del pueblo cuya identidad completa se preserva para resguardar los derechos de su beba.

El nacimiento de la niña se produjo en junio de 2022 y Lemes fue anotado como su padre biológico, aunque más tarde el examen de ADN diría lo contrario y sería determinante para el avance de la causa que se tramitó ante el Juzgado Federal de Posadas, a cargo de la magistrada Verónica Skanata.

Cuando la maniobra quedó al descubierta, todos los implicados fueron citados a declarar. Ante la Justicia señalaron que A. A. S. trabajó como empleada doméstica de ellos y durante esa tiempo mantuvo encuentros íntimos a escondidas con Lemes, tras lo cual quedó embarazada y el hombre aceptó hacerse cargo de la niña.

“Creo que fue un error mío no haberme hecho un ADN antes de anotar a (…), confié en su mamá que yo era el padre”, se defendió Lemes en la etapa investigativa, aunque para la Justicia su versión no tuvo asidero y el expediente continuó su proceso hasta que finalmente admitió su culpabilidad en un acuerdo de juicio abreviado.

Tanto la madre de la niña como Lemes tienen un dictamen firmado el 9 de octubre de 2025, en el que aceptan ser condenados a 3 años de prisión en suspenso como autores de “alteración del Estado civil y de la Identidad de un menor de diez años y Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal. Giménez, en tanto, fue sobreseída en instancia previa.

En paralelo al accionar penal, en lo referido a la protección de la niña involucrada intervino el Juzgado Multifuero de Apóstoles, cuyas autoridades que finalmente dispusieron que la beba continúe a cargo de su madre, que después del proceso solicitó la tenencia de su hija.

Caso 2

El segundo caso tiene características similares, aunque involucra a una pareja bonaerense, quienes alcanzaron a llevarse a la niña y convivir con ella durante un tiempo hasta que el mismo juzgado multifuero activó un operativo de rescate.

Los actores en este hecho son el utilero de escenografía Luis Gabriel Ibáñez, su esposa Lorena Soledad Márquez y Y. A. F., madre de la beba que fue entregada a los bonaerenses.

La denuncia del caso fue realizada el 18 de marzo de 2022, cuando la Directora de Niñez e Infancia de Concepción de la Sierra alertó que una beba de 4 meses había sido inscripta como hija de un hombre que en realidad no era su padre, lo cual más tarde fue confirmado mediante un cotejo genético. 

Cuando el Juzgado Federal liderado por Skanata tomó cartas en el asunto descubrió que la niña había nacido a fines de 2021 en el hospital Madariaga, que su acta de nacimiento con datos falseados se había firmado en Apóstoles y que en marzo de 2022 la pareja foránea vino a la tierra colorada para llevársela.

Fue allí que se disparó un operativo de rescate que se concretó el 3 de junio, tras lo cual la niña quedó bajo la guarda de una familia preadoptiva que luego completó los trámites y en poco tiempo se transformaron en sus adoptantes legales.

En paralelo se instruyó la causa penal por la maniobra irregular, donde los involucrados esbozaron el mismo relato que en el hecho anterior.

La pareja contó que la Y. A. F. trabajó como empleada doméstica en su casa de Buenos Aires, donde Ibáñez tuvo una relación extramatrimonial con ella y allí se produjo el embarazo del que luego decidieron “hacerse cargo” porque tenían mejores “condiciones de vida”.

La diferencia es que en el medio hubo un paso más. Cuando Ibáñez anotó la hija como suya, también pretendió hacer una autorización de viaje para llevar a la niña hasta Buenos Aires sin tener problemas con controles de ruta, pero como el trámite se iba a demorar más de lo esperado decidieron que la madre de la beba también viaje con ellos para asegurar la partida.

En el medio también se develó que Lorena Márquez era prima de una ex pareja de la madre de la beba, ante lo cual ella fue considerada como la “intermediaria” que posibilitó la concreción de la maniobra.

Los tres involucrados también terminaron admitiendo sus responsabilidades en el caso y resolvieron sus situaciones penales mediante la firma de un acuerdo de juicio abreviado.

Para todos se dispuso la misma pena, 3 años de prisión en suspenso, aunque Márquez fue considerada autora de “promoción e intermediación en la alteración del estado civil y de la identidad de un menor de diez años y participe necesaria de la Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal, mientras que Ibáñez y Y. A. F. como autores de “alteración del Estado civil y de la Identidad de un menor de diez años y Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal.

Este acuerdo ya fue homologado por el Tribunal Federal de Posadas (TOF) y transformado en sentencia el pasado 31 de octubre de 2025. El fallo también dispone que los condenados deben someterse a un régimen de conducta a cumplir estrictamente para mantener el beneficio de cumplir la pena en suspenso, es decir, sin ir a prisión.

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Imputaron por homicidio al médico que apuñaló a un gitano en Oberá

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La Justicia imputó por “homicidio” al médico Ernesto Omar Ramp (55), ex director del hospital de Aristóbulo del Valle, detenido desde el 26 de diciembre por apuñalar durante una pelea a un gitano cuyo fallecimiento se produjo cinco días después.

El profesional de la salud fue trasladado hoy hacia el Juzgado de Instrucción Dos de Oberá, a cargo del magistrado Horacio Alarcón, donde fue notificado del agravamiento de la acusación en su contra y posteriormente volvió a ser trasladado a una celda de la comisaría Segunda, donde permanece privado de su libertad.

Con el cambio de carátula, la situación de Ramp se ve más que comprometida, dado que la imputación por homicidio prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión en caso de ser declarado culpable en un futuro debate oral.

Pelea y muerte

El hecho de violencia se registró el pasado 26 de diciembre, sobre calle Apóstoles Norte al 158, en Oberá, donde Ramp llegó para reclamar una deuda y mantuvo una discusión con Marco y dos de sus hijos, conflicto que acabó con la víctima trasladado de urgencia al hospital Samic, desde donde fue derivado a Posadas debido a su complejo cuadro de salud.

Según detallaron las fuentes, la herida le ocasionó a Marco perforación de pulmón y a pesar de los esfuerzos médicos perdió la vida en la mañana del 31 de diciembre, mientras seguía hospitalizado en Posadas.

Tras el hecho, en redes sociales se registraron múltiples comentarios a favor de Ramp, donde además aseguran que la versión del detenido apunta que él fue atacado en primera instancia y las agresiones se dieron en un acto de defensa.

En paralelo, allegados al médico también iniciaron una junta de firmas para solicitar la liberación del médico que en 2023 fue candidato a intendente de Aristóbulo del Valle.

Murió el gitano apuñalado durante una discusión con el médico Ernesto Ramp

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Grooming en Garupá: el padre de una las niñas se constituyó como querellante

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El padre de una de las niñas que escapó del hogar Papa Francisco de Garupá y terminó cautiva en una fábrica abandonada se constituyó como querellante particular en la causa que investiga por grooming y otros delitos a cuatro sospechosos, entre ellos un efectivo de la Policía misionera.

El requerimiento formal fue presentado ante el Juzgado de Instrucción Uno de Posadas y la solicitud fue aceptada por el magistrado Fernando Verón, en carácter subrogante legal de dicha dependencia judicial.

De esta manera, el padre de una de las víctimas, a través del abogado Roberto Oscar Oudin como querellante, podrá ser parte activa del proceso, participando de las audiencias, ofreciendo pruebas, solicitando medidas y emitiendo opinión en planteos defensivos y/o resoluciones del magistrado interviniente.

La causa continúa en trámite y tiene cuatro sospechosos imputados por “grooming”, aunque hasta el momento no se dictó prisión preventiva para ninguno. Ellos son Pedro G. (37), Eugenio A. (63), Samuel N. (63) y el policía Cristian Rolando M.(38).

Inicialmente hubo otros detenidos, el gomero Matías C. (19) y otro policía identificado como Mario Enrique M. (48), aunque ambos fueron excarcelados y aunque continúan supeditados a la causa sus respectivas defensas avanzan en los pedidos de sobreseimiento.

La hipótesis del caso es que una de las niñas del hogar Papa Francisco fue contactada por Instagram por un adulto que se hizo pasar por menor de edad y la convenció de escaparse para ir a dormir a otro lugar.

La invitación se extendió hacia otra menor, quienes finalmente lograron fugarse del hogar a pesar de la custodia y de esa forma cayeron en la trampa que, se presume, tenía fines de abuso y explotación sexual en el predio abandonado y sórdido descubierto ese 14 de octubre pasado.

Las pistas condujeron la pesquisa hacia el predio de la ex firma Envasadora Misionera en Ñu Porá, arrestaron a tres de los sospechosos y también encontraron a la niña que estaba desaparecida.

La menor estaba semidormida -se investiga si era producto de algún somnífero o estupefaciente- sobre una cama, tapada con una manta y en compañía de uno de los implicados, describieron las fuentes consultadas en su momento.

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