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El olero Cruz se defendió al matar a su patrón: recibió 4 años y medio

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Desde hace casi tres años que Elisandro Ramón “Totito” Cruz (25) cuenta los días pasar dentro de la cárcel, pero a partir de hoy esa cuenta será regresiva, a sabiendas de que le faltará poco para cumplir los 4 años y 6 meses de prisión a los que fue sentenciado por el homicidio de su patrón Ramón Fretes (63), registrado en una olería del barrio El Porvenir II de Posadas, en plena pandemia.

El joven recibió dicha pena como autor del delito de “homicidio culposo en exceso de legítima defensa”, en una sentencia dictada hoy por el Tribunal Penal Dos de Posadas.

El fallo no se dio por unanimidad, sino por mayoría, con los votos de los camaristas Gregorio Busse y Carlos Giménez, y la disidencia del magistrado César Yaya, que se había inclinado por una pena de 8 años de cárcel bajo la figura de “homicidio simple”, imputación bajo la cual Cruz llegó a juicio oral. 

Justamente, en sus alegatos, el fiscal Vladimir Glinka también entendió que el caso, al que calificó como un “asesinato a sangre fría”, debía considerarse un “homicidio simple” y aplicársele el acusado una pena de 14 años de prisión, aunque el planteo no prosperó.

Sí avanzó, aunque de manera parcial, el pedido efectuado por la defensa de Cruz, encabezada por el letrado oficial Miguel Ángel Varela, que planteó el escenario de un homicidio en exceso de legítima defensa y pidió la absolución del imputado.

Tras oír la sentencia, una pequeña mueca de alegría invadió el rostro de Cruz, que de igual manera se retiró de la sala esposado y en un móvil del Servicio Penitenciario Provincial (SPP), aunque a sabiendas de los días que le restan para terminar de cumplir su condena y recuperar la libertad.

Cruz junto a su abogado, el defensor oficial Miguel Ángel Varela.

Capitán Garfio y Campanita

La sentencia se dictó cerca de las 14, tras más de cinco horas de audiencia, que incluyó la declaración de los últimos tres testigos previstos y el desarrollo de la ronda de alegatos. 

El primer turno le correspondió a la fiscalía, quien plantó una contundente postura desde el comienzo: “Fretes fue asesinado a sangre fría en su propia casa”.

Para Glinka, a lo largo del debate, y en base a la estrategia defensiva, “se corrió el eje de la discusión” y “se armó una historia con testimonios falsos”. 

“Hay que desmitificar a cada uno porque si no parece que Fretes era el Capitán Garfio y, por otro lado, Cruz parecía Campanita”, sostuvo sin vacilar. 

En esa línea, apuntó contra los testigos que describieron a Fretes como una persona agresiva, alcohólica, con fama de no querer pagar a sus jornaleros y con la pericia suficiente como para liarse un cuchillo o una honda en su brazo manco.

“Acá vinieron seis testigos a hablar al pedo de Fretes, a hacerlo bolsa, y todos fueron ofrecidos por la defensa en la instrucción, pero resulta que acá nadie dijo que Fretes le quedó debiendo plata”, lanzó.

Glinka valoró el aporte científico brindado por la médica forense Silvina Lanzos, quien detalló que la lesión que presentaba la víctima era de 16 centímetros de profundidad, propiciada con una fuerza tal que atravesó una costilla y perforó el corazón.

“No hay posibilidad de que esto haya sido sin querer. Esto fue con intención”, sentenció Glinka. 

Glinka recordó que Fretes sufrió un puntazo de 16 cm de profundidad.

A su vez, el fiscal puso sobre el tapete el grado de intoxicación etílica (3,21 gramos de alcohol por litro de sangre) que registraba la víctima, lo cual -a su entender- lo ubicaba en un contexto de su indefensión que hasta pudo haber configurado el agravante de “alevosía”, lo que hubiese aumentado la expectativa de pena hasta prisión perpetua. 

“Si yo hubiese estado en la instrucción, hubiese pedido esa figura. Acá Cruz no se defendió de nada, si Fretes ese día no se podía ni parar. Tampoco hay referencias a una pelea, Fretes no tenía otro golpe más que el puntazo y estaba desarmado. ¿Para qué Cruz lo apuñaló? Con empujarlo alcanzaba”, cuestionó, al tiempo que descartó que el hematoma en el rostro de Cruz haya tenido vinculación con la pelea planteada en la estrategia defensiva.

Y trazó su tesis de lo ocurrido esa noche del 21 de agosto de 2020: “Se desconocieron chupando, discutieron por plata, le metió una puñalada y listo. Acá yo tengo la historia de la ejecución de una persona sin posibilidad de defenderse. ¿Qué importa más, una deuda de $500, de $1500 o la vida?”.

En base a lo expuesto, Glinka pidió que Cruz sea condenado a la pena de 14 años de prisión.

“Acá Cruz salvó su vida”

Así llegó el turno del defensor Varela, quien insistió en la teoría de una pelea entre Cruz y Fretes que culminó en un homicidio bajo un contexto de exceso de legítima defensa.

“El fiscal omite adrede que acá también estuvo en juego la vida del señor Cruz. Acá no se trató de que Cruz lo hincó porque no le quería pagar, ese día Fretes lo ataca a él”, describió.

En ese sentido, Varela reconstruyó que, esa noche, Fretes agredió con un ladrillo en el rostro a Cruz y acto seguido también le aplicó un palazo: “Eso se trata de ocultar acá. Discutir si hubo golpe o no a mí ya me parece increíble”, fustigó. 

El juez Yaya con un ladrillo que Varela utilizó para graficar un tramo de su exposición.

El defensor también sostuvo que Fretes era una persona “acostumbrada a tomar” y, en respuesta al planteo de la fiscalía, consideró que “no estaba dormido, ni indefenso, si no, no hubiese podido tener esa precisión para dar ese golpe, que fue en la cabeza, en una zona vital. Él tenía intenciones de provocar un daño grave”.

“Yo no tengo dudas, esto es un caso de exceso en legítima defensa. Acá Cruz salvó su vida”, insistió ante el tribunal y pidió la absolución del imputado.

El tribunal, finalmente, entendió lo mismo, aunque en vez de la absolución aplicó una condena de 4 años y 6 meses. Los fundamentos del fallo serán comunicados el 21 de junio.

Últimas palabras

Previo a oír la sentencia, Totito Cruz hizo uso de sus últimas palabras, instancia en la cual ratificó que se defendió.

“Yo le dije que necesitaba la plata, pero él me dijo: ‘Después vamos a ver’. Yo le dije: ‘Bueno, gracias’. Ahí él me llamó de nuevo y avanzó hacia mí. Yo no vi el ladrillo en su mano. Ahí me manda el ladrillazo del lado derecho. Después agarra el palo y me tira un garrotazo”, comenzó.

Y continuó: “Yo me cubro y me asusto. Y yo, como siempre trabajo en el campo también, saco el cuchillo y no sé cómo fue. Nunca tuve intención, yo nunca lastimé a nadie”.

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La Justicia misionera ordenó restituir cuatro pensiones por discapacidad

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La Justicia misionera dictó una resolución que ordena tanto al gobierno nacional como a la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) la restitución de cuatro pensiones no contributivas al considerar que los beneficios habían sido dados de baja de manera “arbitraria”.

El fallo corresponde a la magistrada Carmen Helena Carbone, titular del Juzgado Civil y Comercial Seis de Posadas, aunque el anuncio de la novedad judicial correspondió al vicegobernador Lucas Romero Spinelli, quien esta mañana realizó una conferencia de prensa para brindar detalles de la medida.

Según publicó luego en X, el dictamen fue firmado el 5 de septiembre, pero ayer se procedió a la notificación formal de la medida, la cual debe ser cumplida en un plazo de 48 horas.

“La decisión de la Justicia deja muy en claro que ningún gobierno puede suspender derechos adquiridos sin debido proceso. No se trata de un tecnicismo judicial: estamos hablando de alimentos, de medicamentos, de techo y de vida digna”, resaltó Romero Spinelli en sus redes.

En esa línea, precisó que “la jueza fundamentó su intervención señalando que, aun tratándose de una cuestión federal, la ley 26.854 habilita medidas cautelares cuando están en riesgo la salud y la vida digna de grupos vulnerables. Por ello, consideró legítimo dictar una resolución urgente para proteger a los beneficiarios”.

“La sentencia no solo devuelve tranquilidad a cuatro familias de Apóstoles, Candelaria, Garupá y San José. También establece un precedente que protege a cientos de beneficiarios en situación similar y refuerza el principio de que los derechos sociales no pueden retroceder”, agregó.

Y cerró: “En Misiones no vamos a permitir que se vulneren los derechos de las personas con discapacidad y de los más necesitados. Porque las Pensiones No Contributivas no son un privilegio: son un derecho humano esencial. Y la Justicia nos dio la razón”.

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Intendente de Colonia Polana citado a declarar por usurpación y amenazas

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El actual intendente de Colonia Polana, Raúl Francisco Núñez, fue citado por la Justicia para declarar en la causa que lo investiga por “usurpación de tierras y amenazas” contra los hermanos Julio y Germán Llanos.

La primera citación a declaración indagatoria fue en diciembre pasado, cuando Núñez decidió abstenerse. En tanto, la próxima audiencia está prevista para el viernes 19 de septiembre a las 10 en el Juzgado de Instrucción Dos de Jardín América.

Consultado por La Voz de Misiones, el abogado de los denunciantes, Maximiliano Medina, aclaró que aún queda pendiente la citación por otro caso en el que se lo acusa por “falsificación de instrumentos públicos”, en referencia a un boleto de compraventa, fechado en 2013 y presentado por Núñez en la Municipalidad de Colonia Polana.

Según los hermanos Llanos, ese fue el documento con el que Núñez había iniciado la toma de las 107 hectáreas que se encontraban a nombre de Julio César Llanos (padre) y cuya firma fue sometida a pericias caligráficas por parte de los denunciantes, que determinaron que era falsa.

Al respecto, Medina aclaró que: “Es una causa distinta. Tiene un número de expediente distinto, pero es conexo a la usurpación y la exhibición del instrumento que da lugar a la pericia que demuestra que el instrumento es apócrifo y eso da lugar a la nueva denuncia por falsificación de instrumento público y privado”.

Raúl Núñez, fue concejal y presidente del Concejo Deliberante de Colonia Polana, hasta que pasó a desempeñarse en el cargo de intendente tras el fallecimiento de su madre Antonia Medina, el pasado 23 de agosto, quien ejerció como jefa comunal desde el 10 de diciembre del año 2015.

Respecto a su continuidad como intendente del municipio en el marco de las causas penales y civiles por las que se lo investiga, la fuente consultada considera que, aunque lo procesen, “la única forma de destituirlo sería a través de una sesión del Concejo Deliberante cuya mayoría la tiene el mismo oficialismo”.

 

Colonia Polana: denuncian usurpación de tierras con complicidad política y policial

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Prisión preventiva para joven mbya acusado por el femicidio de su ex en Iguazú

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El magistrado Martín Brites, titular del Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú, dictaminó la prisión preventiva por femicidio contra Ismael Centurión (29), único acusado por el asesinato de su ex pareja Juana Maciel, cometido dentro de la comunidad mbya guaraní Yryapú, donde ambos residían.

La resolución se firmó esta martes y mantiene la imputación del sospechoso por el delito de “homicidio doblemente agravado por haber sido cometido contra una persona con la que mantuvo una relación de pareja y en un contexto de violencia de género”, figura que prevé una pena de prisión perpetua.

El dictamen firmado por el juez Brites también dispone el traslado de Centurión hacia una unidad penitenciaria, donde continuará detenido mientras avance la causa que se instruye en su contra. 

Femicidio en Yryapú

El hecho que se investiga se registró en la noche del 4 de mayo dentro de la comunidad mbya guaraní Yryapú de Puerto Iguazú, donde Juana Maciel (23) fue asesinada de 27 puñaladas.

El crimen fue alertado a la Policía por uno de los integrantes de la comunidad y al llegar la Policía encontró el cadáver de Maciel a unos 20 metros de su casa, mientras que bajo la lupa quedó su ex pareja, quien fue detenido poco después durante un rastrillaje por la zona.

El sospechoso se trata de Centurión y, según señalaron fuentes consultadas por LVM en ese entonces, el hombre se había separado de Maciel pocos meses antes, tras ser acusado de un intento de abuso en contra de una sobrina de la víctima, hecho que aunque no fue denunciado formalmente habría generado conflictos en la relación.

Se cree que por ese mismo motivo esa noche de mayo se desató una nueva discusión que acabó en femicidio. En el lugar la Policía también secuestró un cuchillo que pudo haber sido utilizado como arma homicida.

De acuerdo a las conclusiones forenses, el cuerpo de la muchacha presentaba 27 lesiones cortantes localizadas en cabeza, cara, cuello y miembros superiores, estos últimos de características defensivas.

De ese total de puñaladas, uno alcanzó a penetrar en la zona del hemitórax anterior izquierdo y a perforar un pulmón, lesión que finalmente provocó la muerte de la víctima.

Femicidio en comunidad mbya: Juana recibió 27 puñaladas e imputaron a su ex

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