Judiciales
El juicio al Negro Rojas y una escucha clave: “Le volé la cabeza”
El juicio oral contra el sindicado narco-sicario misionero Néstor Fabián “El Negro” Rojas tuvo su capítulo violencia y tan solo un fragmento de la declaración vertida hoy por un experimentado comandante de Gendarmería especializado en inteligencia funge como si fuese una sinopsis perfecta del expediente entero: “Nunca en mis 30 años de servicio había observado semejante nivel de violencia como en esta investigación. Uso de armamentos, amenazas de muerte, intentos de sicariato, planes de fuga y organizaciones brasileñas tratando operar en nuestro país”.
Nada suena exagerado. El hombre que el próximo martes cumple 48 años y que actualmente está detenido en el penal de Marcos Paz, e incorporado al régimen del “protocolo de gestión para presos de alto riesgo” del Ministerio de Seguridad de la Nación, está imputado por el asesinato a balazos de un socio y por montar una empresa narco criminal de carácter transnacional, dedicada al tráfico de estupefacientes, aunque en realidad enfrenta muchas otras acusaciones más que corren por causas separadas.
Puntualmente, en este juicio Rojas enfrenta cargos por el asesinato del Aldo Andrés Canteros, perpetrado el 5 de agosto de 2018 en la chacra donde vivía la víctima en Gobernador Roca, y por crear el Primer Comando de Frontera (PCF), nombre con el cual bautizó a su banda para emular a las grandes organizaciones criminales brasileñas, con quienes, según sus investigadores, tenía contactos, vínculos y negocios acordados. Por el primer hecho puede ser condenado a prisión perpetua.
El debate que se realiza en el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas tuvo hoy su sexta jornada y, tras repasar en audiencias previas sus lazos con Canteros y su presencia en el lugar del hecho, esta mañana el foco del debate se concentró en su perfil violento, lo cual le valió la calificación de delincuente de alta peligrosidad.
En ese contexto, esta mañana declararon cuatro testigos, tres de los cuales ahondaron en detalles respecto a la personalidad agresiva de Rojas, uno de ellos a partir de haber tenido relación directa con el imputado y otros desde las pistas obtenidas mediante labores de inteligencia.

El juicio se realiza con Rojas y los jueces conectados de manera telemática.
“Le volé la cabeza”
El primer testimonio del día fue aportado por una joven cuya identidad se reserva por cuestiones de seguridad -como la de todos los testigos-, quien al momento del crimen de Canteros era pareja de Eduardo Javier M., hombre cercano de Rojas.
“Eduardo Javier era mi novio en ese momento. Ellos se tenían mucha confianza, era amigos, se decían primos. Siempre que hablaban él se apartaba de mí porque Rojas no es una persona que confíe mucho en las personas”, describió.
La mujer narró que, conforme avanzaba su relación con Eduardo Javier, también empezó a participar en maniobras de la banda, principalmente viajes para traslado de drogas o dinero, ante lo cual en determinado momento también conoció a Canteros, que aparentaba ser un simple mecánico pero en realidad era parte de los negocios narcos organizados por Rojas.
La testigo avanzó en su relato hasta que recordó un último viaje realizado a Entre Ríos en busca de un dinero que Rojas necesitaba “con urgencia”. Contó que regresó sola con la plata, que Canteros pasó a buscar el bolso por Posadas y afirmó que eso sucedió pocos días antes de su asesinato.
Y lo sucedido posteriormente explica la trascendencia de su testimonio. “Yo me entero de la muerte de Canteros cuando estaba en alquiler y Rojas le llamó a mi pareja. Ahí pude escuchar lo que decía sobre lo que pasó”, anticipó.
“Él le pidió a mi pareja que no llame al número del ‘Polaco’ (por Canteros) porque estaba muerto. Nosotros no entendíamos nada. Nos sorprendió. Dijo que supuestamente hubo una emboscada, una trampa y dijo que le voló la cabeza, que Cantero le traicionó. Por eso le pidió que no le mande más mensajes y que borre todo. Él decía todo como si nada. No estaba preocupado”, reconstruyó la testigo mientras Rojas seguía su testimonio entre risas y gesticulaciones por vía telemática desde la cárcel.
Después de esta afirmación, la fiscal Vivian Barboza solicitó la reproducción de una de las tantas escuchas que incorporadas al expediente, grabación en la cual se oye prácticamente el mismo diálogo y la testigo reconoció las voces como de Rojas y de su ex pareja. La comunicación duró 5 minutos y se registró el 5 de agosto a las 23.07, es decir, apenas unas horas del crimen de Canteros.
“Él siempre decía, como jodiendo, que a él nadie le tenía fallar. Cuando eso pasaba, él siempre reaccionaba mal y además cuando consumía cocaína se ponía diferente, se ponía peor”, acotó luego la mujer.
La testigo también recordó que en una de esas llamadas posteriores al crimen, Rojas reveló que se encontraba en la casa de un hijo en Eldorado, lugar donde posteriormente fue hallada oculta en un gallinero la pistola Bersa 9 milímetros utilizada en el asesinato. Canteros recibió cuatro disparos: en la pierna, en el abdomen, en la boca y en la cabeza.

La escucha clave, registrada el mismo día del crimen de Canteros.
Sicarios, órdenes de ejecución y conexiones criminales
Similar consideración expuso minutos después el tercer testigo del día, un comandante de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) con 28 años de experiencia en trabajos de inteligencia que participó de la investigación por el PCF, banda que comenzó a operar un año después del asesinato de Canteros, cuando Rojas ya estaba preso en el penal de Ezeiza.
“Él siempre ordenaba represalias para los que fallaban en sus maniobras delictivas”, apuntó el uniformado, conclusión a la que arribó tras analizar horas y horas de intervenciones telefónicas junto a un equipo de aproximadamente 15 agentes dedicados exclusivamente al caso, incluyendo intérpretes en guaraní y portugués.
El experimentado comandante dio un relato pormenorizado. Describió al PCF como una “organización transnacional con gran capacidad operativa”, dedicada a abastecer tanto de marihuana como de cocaína “al sur de Brasil y a la zona oeste de Buenos Aires”.
“Rojas era el organizador. Él articulaba todo. No solo planificaba, sino que también coordinaba y controlaba las acciones desde el penal de Ezeiza por celular. Ahí adentro celebró una asociación delictiva con Campos -Pablo Antonio-”, describió y mencionó al otro imputado en la causa por el PCF, a quien se lo acusa de ser el capo de la pata bonaerense de la banda.
Pero el comandante fue mucho más profundo en su testimonio y graficó la violencia que se transformó en un sello distintivo del Negro Rojas, principalmente después de la pérdida de cargamentos.
En la causa se consigna que contra la banda se asestaron cuatro operativos, lográndose incautar 11.204 kilogramos de marihuana y 32,564 kilogramos de cocaína, aunque otro certero golpe se dio en Pirapó (Paraguay), donde una carga de 10 toneladas fue interceptada antes de ser cruzada a Misiones.
“Para ese cargamento que terminaron interceptando en Paraguay estaba previsto el ingreso de sicarios a Misiones para que se encarguen de escoltar el traslado y resguardar la carga”, detalló el efectivo federal.

En octubre de 2020 la Policía paraguaya interceptó una carga de 10 toneladas que Rojas pretendía ingresar a Misiones.
Luego, enumeró las amenazas proferidas por Rojas e incluso nombré a quiénes les declaró la muerte. “Cuando la Prefectura incautó 700 kilos de marihuana en el río Paraná estaba convencido que un paraguayo identificado como Lecayá era quien filtró la información y ordenó su eliminación, para ello buscó sicarios y uno de ellos se llamaba Fidel”, precisó.
Sin embargo, las amenazas por esa carga perdida no terminaba ahí, dado que -según el investigador- Rojas también identificó al efectivo de PNA que supuestamente había sido recibido la información de la maniobra y prometió venganza.
El comandante agregó que toda esa información fue comunicada de inmediato a autoridades judiciales, quienes dispusieron medidas de seguridad para el prefecturiano e incluso alertaron de todo a sus pares en Paraguay que también resguarden a Lecayá.
Y así continuó el testigo, repasando más amenazas de Rojas hacia otras personas, mencionando además aquella escucha telefónica donde el imputado desde la cárcel de Ezeiza apuntó contra el juez federal Miguel Ángel Guerrero y juraba revancha.
“… Graben bien, y ustedes saben de lo que le estoy diciendo, la sigla PCF, graben bien, porque lo van marcar para toda la vida el resto de su corta vida… Se dieron cuenta, pero en cada celda le deje una señal, si son bastante vivos, ahora recién se van a dar cuenta, contra que se van a enfrentar esta vuelta, no tienen idea ustedes son los que me crearon, ustedes son lo que van a tener que aguantar su propia creación señores…”, se oye en esa intervención telefónica.
Si bien no son objeto de análisis de esta causa, el testigo también ahondó en las vinculaciones de Rojas con otros actores criminales con quienes comparte otras causas judiciales abiertas como, por ejemplo, la del plan orquestado para asesinar al juez Fernando Verón, que lleva adelante el expediente por el doble crimen de El Acuerdo, donde el ahora juzgado también está imputado como autor de un homicidio bajo la modalidad de sicariato.
También expuso el vínculo hecho entre Rojas y Rudinei “Gordo” Lopes, un brasileño que integraba la facción Bala Na Cara y con quien compartió unas semanas en la Unidad Penal II de Oberá.
“Rudinei, de Bala Na Cara, iba a ser el receptor de la carga de 400 kilogramos de marihuana que fueron interceptados en Oberá. Esa droga iba a ser pasada por Panambí o San Javier. Estas organizaciones pretendían ingresar y operar en el país”, cerró, casi como alerta, el comandante.

Rojas y Canteros, horas antes del crimen, apunto de comprar carne para celebrar su cumpleaños.
Próxima audiencia
Hoy también declararon otros dos testigos y quedó uno pendiente, dado que la audiencia debió ser suspendida al mediodía debido a un corte de internet en el penal de Marcos Paz.
En consecuencia, se dispuso un cuarto intermedio hasta el otro jueves, donde se prevé la declaración de al menos seis testigos más.
El tribunal que lleva adelante el juicio está íntegramente conformado por magistrados subrogantes: Víctor Alonso (Corrientes), Fermín Ceroleni (Corrientes) y Enrique Bosch (Chaco).
Por la acusación intervienen la fiscal Vivian Barbosa y los fiscales Diego Iglesias y Martín Uriona por la Procuraduría General de la Nación (Procunar).
Rojas es representado por el defensor oficial Marco Racagni, mientras que su consorte de la causa en el expediente que investiga el accionar del PCF, Pablo Antonio Campos Retamar (53,) cuenta con la tutela legal de Mariano Romero.
Judiciales
Grooming en Garupá: el padre de una las niñas se constituyó como querellante
El padre de una de las niñas que escapó del hogar Papa Francisco de Garupá y terminó cautiva en una fábrica abandonada se constituyó como querellante particular en la causa que investiga por grooming y otros delitos a cuatro sospechosos, entre ellos un efectivo de la Policía misionera.
El requerimiento formal fue presentado ante el Juzgado de Instrucción Uno de Posadas y la solicitud fue aceptada por el magistrado Fernando Verón, en carácter subrogante legal de dicha dependencia judicial.
De esta manera, el padre de una de las víctimas, a través del abogado Roberto Oscar Oudin como querellante, podrá ser parte activa del proceso, participando de las audiencias, ofreciendo pruebas, solicitando medidas y emitiendo opinión en planteos defensivos y/o resoluciones del magistrado interviniente.
La causa continúa en trámite y tiene cuatro sospechosos imputados por “grooming”, aunque hasta el momento no se dictó prisión preventiva para ninguno. Ellos son Pedro G. (37), Eugenio A. (63), Samuel N. (63) y el policía Cristian Rolando M.(38).
Inicialmente hubo otros detenidos, el gomero Matías C. (19) y otro policía identificado como Mario Enrique M. (48), aunque ambos fueron excarcelados y aunque continúan supeditados a la causa sus respectivas defensas avanzan en los pedidos de sobreseimiento.
La hipótesis del caso es que una de las niñas del hogar Papa Francisco fue contactada por Instagram por un adulto que se hizo pasar por menor de edad y la convenció de escaparse para ir a dormir a otro lugar.
La invitación se extendió hacia otra menor, quienes finalmente lograron fugarse del hogar a pesar de la custodia y de esa forma cayeron en la trampa que, se presume, tenía fines de abuso y explotación sexual en el predio abandonado y sórdido descubierto ese 14 de octubre pasado.
Las pistas condujeron la pesquisa hacia el predio de la ex firma Envasadora Misionera en Ñu Porá, arrestaron a tres de los sospechosos y también encontraron a la niña que estaba desaparecida.
La menor estaba semidormida -se investiga si era producto de algún somnífero o estupefaciente- sobre una cama, tapada con una manta y en compañía de uno de los implicados, describieron las fuentes consultadas en su momento.
Judiciales
Piden jury contra la jueza que condenó a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
El diputado provincial del Partido Agrario y Social (PAyS), Cristian Castro, presentó este viernes un pedido de jury contra la jueza en lo Correccional y de Menores N° 1, Marcela Alejandra Leiva, por la condena a prisión en suspenso para los sindicalistas docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez por desobediencia judicial y entorpecimiento del transporte, durante el acampe docente de 2024 que bloqueó la avenida Uruguay, de Posadas.
En la nota dirigida a la presidenta del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de Misiones, Rosanna Venchiarutti Sartori, Castro esgrime el artículo 7 de la Ley VIII Nº 5 y denuncia a Leiva por “mal desempeño en sus funciones”, “ignorancia inexcusable del derecho” y “arbitrariedad manifiesta”.
En el tercer punto del escrito, el diputado del PAyS solicita que se admita formalmente su denuncia, conforme lo establecido en el artículo 158 de la Constitución provincial, que establece que cualquier habitante puede acusar a magistrados ante el Jurado de Enjuiciamiento; y pide que “se disponga la apertura del procedimiento”, “se notifique a la magistrada denunciada”, “se sustancie el proceso conforme a la normativa vigente”, y “se dicte, al finalizar el proceso, la destitución de la magistrada denunciada”.
Al cierre de esta nota, el legislador agrario comentó a LVM que pasado el mediodía recibió una comunicación de la oficina de Venchiarutti Sartori para que comparezca personalmente el martes 23 próximo, a las 9:00 horas, a ratificar la denuncia contra Leiva, en el quinto piso del Palacio de Justicia.
Irregularidades
Según señala el diputado del PAyS, la actuación de Leiva en la causa contra Gurina y Sánchez “presenta un conjunto de irregularidades graves que justifican su análisis por parte del Jurado de Enjuiciamiento”.
Castro le achaca a la jueza en su nota, “deficiencias en la valoración de la prueba”, “valoración fragmentaria”, “omisión selectiva del material probatorio de elementos favorables a la defensa”, “utilización de presunciones no autorizadas por la sana crítica racional”, “falta de imparcialidad funcional” y “afectación del principio de inocencia”.
“Existen elementos del proceso que permiten sostener, prima facie, la existencia de un sesgo en la conducción del proceso, orientado hacia la convalidación de hipótesis acusatorias sin debida revisión crítica”, asegura.
“Se advierten razonamientos incompatibles con los estándares constitucionales de certeza que deben de regir toda sentencia condenatoria”, sostiene el legislador y señala que Leiva vulneró el artículo 18 de la Constitución Nacional, el 158 de la Constitución Provincial, y la doctrina del denominado ‘Fallo Casal’, de 2005, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que amplió las facultades del recurso de casación, fortaleciendo las garantías del imputado frente a la condena y alineando la jurisprudencia argentina con estándares internacionales.
Castro afirma que, por todo esto, la sentencia de Leiva contra Gurina y Sánchez “revela, con especial claridad, un patrón de razonamiento incompatible con los estándares constitucionales y convencionales vigentes en materia de protesta social, responsabilidad penal individual y principio de legalidad”.
Referentes
El diputado del PAyS sostiene que, en el fallo de Leiva, “se verifica una utilización extensiva y arbitraria del derecho penal, fundada exclusivamente en la condición de referentes gremiales de los imputados”.
“La magistrada da por acreditada la autoría penal no a partir de actos concretos, individualizados y probados, sino por la supuesta ‘visibilidad pública’ y liderazgo sindical de Gurina y Sánchez”, sostiene el legislador y advierte que “tal razonamiento importa una grave vulneración del principio de culpabilidad por el hecho, sustituyéndolo por una forma inadmisible de responsabilidad por el rol o la identidad, expresamente prohibida por el derecho penal constitucional”.
“Este criterio ha sido severamente cuestionado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que ha advertido que los Estados suelen utilizar a referentes sociales y sindicales como ‘casos testigo’ para emitir mensajes aleccionadores hacia el conjunto de quienes ejercen el derecho a la protesta, generando un efecto intimidatorio o disuasivo incompatible con una sociedad democrática”, afirma Castro y asegura que la sentencia contra los docentes “se inscribe de lleno en ese patrón de criminalización selectiva”.
“En segundo término, la resolución judicial desconoce la naturaleza política y colectiva de los hechos juzgados, omitiendo un análisis riguroso del elemento subjetivo de los tipos penales aplicados”, señala el legislador en su escrito contra Leiva.
“En contextos de protesta social, el dolo no puede presumirse ni inferirse mecánicamente de la mera permanencia en el lugar de los hechos o del carácter prolongado de la manifestación”, expresa.
“La intención de los docentes fue, de manera inequívoca, visibilizar reclamos salariales y laborales frente a la ausencia de respuestas estatales, y no entorpecer el transporte ni desobedecer la autoridad judicial como finalidad autónoma”, argumenta Castro.
“La magistrada omite ponderar que la Comisión Interamericana y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han establecido que las restricciones al derecho de reunión y de protesta deben ser excepcionales, estar previstas por ley, perseguir un fin legítimo y superar un estricto test de necesidad y proporcionalidad”, manifiesta.
El diputado del PAyS opina que la sentencia de Leiva contra Gurina y Sánchez “otorga preeminencia automática al derecho a circular por sobre el derecho a la protesta, desconociendo que este último constituye uno de los pilares del sistema democrático”.
Desobedientes
En otra parte del escrito, Castro se refiere a la valoración que hizo la jueza del delito de desobediencia judicial que se le imputaba a Gurina y Sánchez, y sostiene que tal imputación se construyó a partir de “la condición de referentes” de los docentes procesados, “asumiendo que la orden era ‘exigible’ a ellos”.
El diputado del PAyS sostiene, además, “inconducentes desde el punto de vista jurídico”, las referencias que hace la resolución judicial de Leiva sobre “supuestos perjuicios comerciales o molestias derivadas del humo”, que “no fueron debidamente acreditados” y que son “consideraciones ajenas al bien jurídico protegido por el art. 194 del Código Penal”.
“En síntesis, la condena de Gurina y Sánchez constituye un caso paradigmático de criminalización de la protesta social, con afectación directa de derechos constitucionales y convencionales, y revela un desempeño judicial que, prima facie, encuadra en las causales de mal desempeño, ignorancia inexcusable del derecho y arbitrariedad manifiesta, habilitando la intervención del Jurado de Enjuiciamiento”, señala el legislador en su nota y reafirma: “Dichas irregularidades constituyen una pauta objetiva de mal desempeño y deberán ser examinadas por el Jurado en su conjunto”.
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Judiciales
La Corte dejó firme la condena a Ovando y la defensa acusa un “error administrativo”
Sin analizar la cuestión de fondo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dejó firme la condena de 20 años de prisión impuesta por el Tribunal Penal Uno de Eldorado en contra María Ovando (48) al dar por “no presentado” un recurso de queja planteado por la defensa de la mujer, desde donde alegan que la documentación exigida fue subsanada en tiempo y forma, acusando en consecuencia una “falla administrativa” de parte del máximo órgano judicial del país.
La resolución de la Corte tiene menos de diez renglones y lleva la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
En el escrito, los magistrados dieron por “no presentado el recurso de hecho” el recurso defensivo al señalar incumplimientos en las formalidades del trámite interpuesto.
“La parte recurrente no ha dado debido cumplimiento a la intimación que en fecha 30 de mayo de 2025 le formuló el Secretario del Tribunal en los términos del inc. c de la acordada 13/90 (Fallos: 313:21), texto según modificación de la acordada 35/90 (Fallos: 313:37)”, argumentaron.
De esta manera, el máximo órgano judicial del país dejó firme la sentencia, aunque sin analizar la cuestión de fondo que la parte recurrente pretendía que se revisara para revertir la condena.
Consultado sobre el fallo, Eduardo Paredes, abogado defensor de María Ovando, respondió a La Voz de Misiones que “esto es un error administrativo del personal de la Corte. Lo solicitado por la Corte está subido y está presentado desde el 9 de junio. Acá vamos a plantear una revocatoria porque es un error del personal de la Corte”.
Juicio y condena
La condena a 20 años de prisión contra María Ovando fue impuesta en 2020, tras un juicio realizado ante el Tribunal Penal Uno. Tanto a la mujer como los otros dos jóvenes que fueron al banquillo de los acusados fueron declarados responsables de delitos de abuso sexual y corrupción de menores.
Por su vínculo de madre y abuela de las víctimas, sobre la mujer recayó el mayor monto de pena, mientras que Marcos Laurindo (28) y Lucas Ferreira (28) recibieron 18 y 12 años de prisión, respectivamente.
La causa se inició en 2015, a raíz de una denuncia radicada por la guardadora de las menores abusadas, llegó a juicio oral cinco años después.
A esa instancia la mujer llegó en libertad, aunque luego del fallo quedó inmediatamente detenida y fue excarcelada un año después mediante un habeas corpus presentado por la recientemente fallecida Norita Cortiñas, pero el benefició apenas duró dos semanas ya que la Cámara de Apelaciones revocó la medida.
Fue así que Ovando regresó a la Unidad Penal V Correccional de Mujeres de Miguel Lanús, donde continúa alojada para seguir cumpliendo con la condena que el año pasado fue ratificada por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia.
En el planteo en el que la defensa solicitó la revisión del caso por parte del STJ habían reclamado “la nulidad de la sentencia por indeterminación del hecho imputado, por violación al principio de congruencia, por haberse condenado por un hecho que no fue imputado, privándose del derecho de ser oído, por omisión de valoración de la prueba ofrecida en descargo lesionándose el ejercicio de la defensa, violándose el principio in dubio pro reo”.
FALLO CSJ 001214_2025_RH001El STJ confirmó la condena a 20 años de prisión contra María Ovando
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