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Dispusieron la liberación de otro ex policía acusado por intento de sedición

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El Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, dispuso este martes el cese de la prisión preventiva y la liberación para Joaquín Orrego, uno de los ocho policías involucrados en la causa judicial por “intento de sedición” y “conspiración”, iniciada tras el descubrimiento del chat Solo Cola, mismo expediente en el que es investigado el ahora electo diputado provincial Ramón Amarilla.

La notificación de la medida judicial se conoció esta mañana y se prevé que en las próximas horas se concrete la excarcelación del ex policía actualmente alojado en la Unidad Penal VII de Puerto Rico, según confirmaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones. 

De esta manera, Orrego continuará ligado a la causa pero ahora en libertad, aunque contará con una restricción de salida del país y deberá presentarse una vez al mes ante la comisaría con jurisdicción en su domicilio para demostrar que continúa ajustado a derecho.

Con Orrego y Amarilla ya libres, quienes quedan detenidos por la misma causa son los hermanos Iván Ezequiel y Alejandro Ramón Arrieta, Lisandro Ramón Canteros, Diego Hernán Correa, Adolfo Guirula y Horacio Ezequiel Elías Coutto.

Durante estos meses, todos los implicados reclamaron su inocencia e incluso varios de ellos iniciaron sendas huelgas de hambre con el objetivo de obtener respuestas a sus respectivos pedidos.

“Policías, penitenciarios, pueblo misionero, docentes, personal de salud: por medio de este video quiero informarles que me han comunicado que el suboficial Orrego Joaquín, que estaba ilegalmente detenido en el penal de Puerto Rico, ha recuperado la libertad”, anunció, en paralelo, el diputado Amarilla en sus redes.

Y precisó: “En este momento están haciendo los trámites pertinentes para que lo puedan largar en libertad. Estaban esperando recibir el oficio, así que quería comunicarles esto porque es algo muy importante que va a beneficiar al personal policial que fue injustamente detenido”.

“Solo Cola”

Los acusados fueron detenidos el 19 de septiembre del año pasado, durante una serie de procedimientos simultáneos ordenados por el juez Fernando Verón, tras conocerse una serie de chats que daban cuenta de un presunto plan para desestabilizar a la cúpula de la Policía e iniciar una nueva revuelta, incidentes nuevos e independientes a la protesta salarial que derivó en un acampe de doce días frente al Comando Radioeléctrico I de Posadas.

La maniobra salió a la luz gracias a la detención días antes del oficial ayudante Diego Correa, a quien se le incautó el teléfono celular y de allí se recuperaron los diálogos que mantenían los involucrados a través de un grupo de Whatsapp llamado “Solo Cola”, según argumentan la Justicia.

En esas conversaciones, los involucrados presuntamente planificaban un nuevo levantamiento, aunque esta vez con medidas muchos más extremas que la protesta con acampe que se extendió desde el 17 hasta el 29 de mayo de 2024.

En esta ocasión, los agentes bajo sospecha hablaban de provocar incendios de pastizales para luego sustraer móviles de los Bomberos y replicar la maniobra con patrulleros de distintas comisarías.

“Llamar al 911 en simultáneo y hacer incendio de malezas, o cerca del Parque de la Ciudad prender fuego. Que vayan los bomberos. Ahí hay que estar atento, apresto. Una vez que baja el chofer agarrar el móvil. Y así las demás jurisdicciones”, fue el audio que envío uno de los detenidos.

Una vez que el informe pericial llegó a manos de la Justicia, el magistrado Verón libró las respectivas órdenes de detención, que se cumplieron ese 19 de septiembre. Menos de un mes, el mismo juez resolvió la prisión preventiva de los ocho detenidos por “sedición” y “conspiración”.

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Joaquín Orrego libre: “Ahora, a recuperar el tiempo perdido con la familia”

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Tras el cese de prisión preventiva ordenada por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, el ex policía Joaquín Orrego, uno de los ocho acusados por intento de sedición y conspiración, recuperó la libertad minutos antes de este mediodía y agradeció el acompañamiento de su familia.

Quiero agradecer a toda la familia que está presente. Gracias por seguir acompañando siempre, por no abandonarme desde el día uno y a Dios que está en el cielo y nos ayudó a que estemos acá. Ahora queda recuperar el tiempo perdido con la familia”, fueron sus primeras palabras como hombre libre, nuevamente, abrazado a su esposa e hijos.

Orrego también agradeció “a la gente del Servicio Penitenciario que se comportó como unos compañeros más” y “a todas las familias y amigos que siempre estuvieron ayudando y acompañando”.

La liberación del ex uniformado se dio minutos antes de las 11.45 de hoy, poco después de conocerse el dictamen del juzgado que disponía el cese de la prisión preventiva dictaminada en su contra tras su detención en septiembre del año pasado, junto a otros ocho agentes policiales.

Con Orrego y el ahora diputado electo Ramón Amarilla libres, quienes quedan detenidos por la misma causa son los hermanos Iván Ezequiel y Alejandro Ramón Arrieta, Lisandro Ramón Canteros, Diego Hernán Correa, Adolfo Guirula y Horacio Ezequiel Elías Coutto.

Todos ellos están involucrados en la causa judicial por “intento de sedición” y “conspiración”, iniciada tras el descubrimiento del chat Solo Cola, donde presuntamente se orquestaba un plan para desestabilizar a la cúpula de la Policía e iniciar una revuelta con incidentes independiente a la protesta salarial que derivó en un acampe de doce días frente al Comando Radioeléctrico I de Posadas.

Dispusieron la liberación de otro ex policía acusado por intento de sedición

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Absolvieron por el beneficio de la duda a cacique acusado de femicidio

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Tras más de cinco años detenido con prisión preventiva, el cacique Marcelo Núñez, acusado del femicidio de su pareja María Solange Diniz Rabela (22), fue absuelto esta mañana por el beneficio de la duda tras dos jornadas de juicio oral ante el Tribunal Penal Uno de Oberá.

La sentencia de los magistrados Francisco Aguirre, Horacio Paniagua y Julio Carvallo se emitió a las 11.40, tras casi una hora y media de deliberación en sala secreta del tribunal obereño.

En su veredicto, los jueces resolvieron declarar la absolución del imputado aplicando el beneficio de la duda y disponer de su inmediata libertad. Los fundamentos del fallo serán comunicados el 4 de julio.

Minutos antes, durante la ronda de alegatos, el fiscal David Milicich había solicitado la pena de prisión perpetua contra el acusado al dar por acreditado, aún sin comprobarse la mecánica de la muerte, el femicidio de Diniz Rabela, registrado entre la noche del 11 de abril y la madrugada del 12 de abril de 2020 en la comunidad guaraní Tarumá Poty de San Vicente.

La defensa, en tanto, encabezada por el letrado particular Jorge Zabulanez, solicitó la absolución del cacique Núñez al entender que no existen pruebas de un asesinato.

El fallo del tribunal se dictó a las 11.40, tras casi una hora y media de deliberación.

Alegatos previos

El alegato de Milicich se dio inmediatamente después de la declaración de Milton Acosta, el médico que realizó la autopsia a los restos de Diniz Rabela, quien no era originaria de la comunidad guaraní pero residía allí por su relación de pareja con el ahora imputado.

Acosta fue el último testigo citado a declarar y en su comparecencia describió que el cuerpo de la joven presentaba “una carbonización extrema, profunda y extensa en todo el cuerpo, lo que afectó zonas visibles como la cabeza, el tórax y el abdomen. La magnitud del daño es evidente y para que eso se produzca tuvo que estar sometido a temperaturas de entre 300 y 400 grados durante un tiempo bastante prolongado, de dos, tres o más horas”.

La acción del fuego prácticamente eliminó toda posibilidad de obtener certezas sobre la muerte de la joven. Para Acosta el deceso fue vinculante a causa violenta, aunque advirtió que no se pudo establecer la mecánica o el modo en que se produjo el deceso.

“En el caso Diniz Rabela se constató una carbonización extrema, con daños profundos en su estructura. Con borramiento cutáneo, esquelético y visceral es dificultoso entrar en detalles en el mecanismo o la acción que lo llevó al deceso. No se puede establecer la mecánica del óbito pero sigue siendo una muerte violenta, pero sí que la carbonización se hizo posterior a su deceso”, se explayó Acosta, quien por las mismas razones tampoco pudo estimar un contagio de coronavirus como posible causa de muerte.

Para el fiscal Milicich eso no impedía dar por acreditado el femicidio e incluso mencionó casos donde hubo condenas aún sin que haya cuerpo, como la perpetua dictada contra el abogado Rubén Ernesto Carrazona en La Plata, que fue responsabilizado del asesinato de su pareja Stella Maris Sequeira, quien se encuentra desaparecida desde el 29 de septiembre de 2016.

“El cuerpo de la víctima es un elemento del cuerpo del delito, pero no es el único. Nosotros tenemos que ver cómo fue la situación de la víctima y el contexto femicida”, postuló el fiscal.

Partiendo desde esa base, consideró probado que el cacique Marcelo Núñez infringía violencia de género en contra la víctima y para dar esa afirmación se apoyó en varios testimonios que dieron cuenta de episodios de ese tipo.

En ese repaso, mencionó una declaración en Cámara Gesell donde el hijo de la víctima sostuvo que el cacique “le pegaba” a su mamá y otro testimonio vertido por una sobrina del acusado, quien recordó una vez que Diniz Rabela escapó de su casa con un dedo cortado y Núñez la persiguió con un machete en mano.

Eso, sumado a lo narrado por el padrastro de la joven, quien contó que llevaban cinco meses sin saber de ella porque el cacique impedía la comunicación.

Milicich también hizo hincapié en contradicciones incurridas por el imputado. “En instrucción Núñez dijo que Diniz Rabela murió de dengue, acá dijo que fue por covid. En instrucción dijo que él quemó el cuerpo, acá dijo que lo hizo otra persona”.

También creyó en la palabra de los médicos Mariel Ferreyra Díaz y Ricardo Sabal, quienes declararon que en ningún momento recomendaron quemar el cuerpo de la joven fallecida, contrariamente a lo dicho por el acusado y por otro cacique de la zona, quienes responsabilizaron a la médica por la cremación del cadáver. 

“Es evidente que la quema no tenía fines religiosos, ni para evitar el covid, el único fin era borrar evidencias”, lanzó el fiscal.

Y concluyó: “Esa noche, el 11 de abril de 2020, el imputado consumió alcohol y mata en forma violenta a María Solange. Nunca vamos a saber cuál fue la mecánica, pero sabemos que después de ello, sin ningún tipo de miramientos, quemó el cuerpo porque sabía que la Policía iba a venir. Quema el cuerpo para borrar pruebas”.

Milicich consideró el caso como un “homicidio doblemente agravado por la relación de pareja y femicidio”, por lo cual solicitó que el imputado sea condenado a la pena de prisión perpetua, que equivale a 35 años de encierro de cumplimiento efectivo, aunque el pedido no prosperó.

En contrapartida, la sentencia se alineó con lo solicitado por el defensor Jorge Zabulanez, que al momento de alegar pidió la absolución del cacique al considerar que no existían pruebas de un asesinato.

“El monstruo que se pretende crear con la figura de Marcelo es un mito”, cuestionó.

Y apuntó: “Entiendo los pocos elementos que puede tener la fiscalía para sostener su denuncia, pero en el expediente no hay ninguna prueba de un acto que pueda haber ocasionado una muerte”.

Zabulanez también refirió que no hay pruebas para acreditar una historia de violencia de género previa y también puso en relieve el contexto de la pandemia: “No fueron épocas normales. A veces el estado de conmoción violenta lo da la ira, en este caso lo dio el miedo, el miedo a contagiar”.

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Cacique acusado de femicidio: el fiscal pidió perpetua y la defensa absolución

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El fiscal David Milicich solicitó esta mañana la pena de prisión perpetua contra el cacique Marcelo Núñez (38) al dar por acreditado, aún sin comprobarse la mecánica de la muerte, el femicidio de su pareja María Solange Diniz Rabela (22), cometido entre la noche del 11 de abril y la madrugada del 12 de abril de 2020 en la comunidad guaraní Tarumá Poty de San Vicente.

La defensa, en tanto, encabezada por el letrado particular Jorge Zabulanez, solicitó la absolución del cacique Núñez al entender que no existen pruebas de un asesinato y ahora le decisión final está en manos del Tribunal Penal Uno de Oberá, cuyos magistrados Francisco Aguirre, Horacio Paniagua y Jorge Carvallo ingresaron a deliberar en sala secreta a las 10.15.

Milicich fue el primero en alegar. Lo hizo inmediatamente después de la declaración de Milton Acosta, el médico que realizó la autopsia a los restos de Diniz Rabela, quien no era originaria de la comunidad guaraní pero residía allí por su relación de pareja con el ahora imputado.

El forense describió que el cuerpo de la joven presentaba “una carbonización extrema, profunda y extensa en todo el cuerpo, lo que afectó zonas visibles como la cabeza, el tórax y el abdomen. La magnitud del daño es evidente y para que eso se produzca tuvo que estar sometido a temperaturas de entre 300 y 400 grados durante un tiempo bastante prolongado, de dos, tres o más horas”.

Los jueces del Tribunal Penal Uno de Oberá están en deliberación desde las 10.15.

La acción del fuego prácticamente eliminó toda posibilidad de obtener certezas sobre la muerte de la joven. Para Acosta el deceso fue vinculante a causa violenta, aunque advirtió que no se pudo establecer la mecánica o el modo en que se produjo el deceso.

“En el caso Diniz Rabela se constató una carbonización extrema, con daños profundos en su estructura. Con borramiento cutáneo, esquelético y visceral es dificultoso entrar en detalles en el mecanismo o la acción que lo llevó al deceso. No se puede establecer la mecánica del óbito pero sigue siendo una muerte violenta, pero sí que la carbonización se hizo posterior a su deceso”, se explayó Acosta, quien por las mismas razones tampoco pudo estimar un contagio de coronavirus como posible causa de muerte.

Para el fiscal Milicich esto no impide dar por acreditado el femicidio e incluso mencionó casos donde hubo condenas aún sin que haya cuerpo, como la perpetua dictada contra el abogado Rubén Ernesto Carrazona en La Plata, que fue responsabilizado del asesinato de su pareja Stella Maris Sequeira, quien se encuentra desaparecida desde el 29 de septiembre de 2016.

“El cuerpo de la víctima es un elemento del cuerpo del delito, pero no es el único. Nosotros tenemos que ver cómo fue la situación de la víctima y el contexto femicida”, postuló el fiscal.

Violencia y contradicciones

Partiendo desde esa base, consideró probado que el cacique Marcelo Núñez infringía violencia de género en contra la víctima y para dar esa afirmación se apoyó en varios testimonios que dieron cuenta de episodios de ese tipo.

En ese repaso, mencionó una declaración en Cámara Gesell donde el hijo de la víctima sostuvo que el cacique “le pegaba” a su mamá y otro testimonio vertido por una sobrina del acusado, quien recordó una vez que Diniz Rabela escapó de su casa con un dedo cortado y Núñez la persiguió con un machete en mano.

Eso, sumado a lo narrado por el padrastro de la joven, quien contó que llevaban cinco meses sin saber de ella porque el cacique impedía la comunicación.

El fiscal David Milicich fue el primero en alegar ante el TP Uno de Oberá.

Milicich también hizo hincapié en contradicciones incurridas por el imputado. “En instrucción Núñez dijo que Diniz Rabela murió de dengue, acá dijo que fue por covid. En instrucción dijo que él quemó el cuerpo, acá dijo que lo hizo otra persona”.

También creyó en la palabra de los médicos Mariel Ferreyra Díaz y Ricardo Sabal, quienes declararon que en ningún momento recomendaron quemar el cuerpo de la joven fallecida.

“Es evidente que la quema no tenía fines religiosos, ni para evitar el covid, el único fin era borrar evidencias”, lanzó el fiscal.

Y concluyó: “Esa noche, el 11 de abril de 2020, el imputado consumió alcohol y mata en forma violenta a María Solange. Nunca vamos a saber cuál fue la mecánica, pero sabemos que después de ello, sin ningún tipo de miramientos, quemó el cuerpo porque sabía que la Policía iba a venir. Quema el cuerpo para borrar pruebas”.

Milicich calificó el hecho como un “homicidio doblemente agravado por la relación de pareja y femicidio”, por lo cual solicitó que el imputado sea condenado a la pena de prisión perpetua, que equivale a 35 años de encierro de cumplimiento efectivo.

“Un mito”

A su turno expuso el defensor Zabulanez, quien solicitó la absolución de Núñez al considerar que no existen pruebas de un asesinato.

“El monstruo que se pretende crear con la figura de Marcelo es un mito”, cuestionó.

Y apuntó: “Entiendo los pocos elementos que puede tener la fiscalía para sostener su denuncia, pero en el expediente no hay ninguna prueba de un acto que pueda haber ocasionado una muerte”.

El defensor Jorge Zabulanez pidió la absolución del cacique.

Zabulanez también refirió que no hay pruebas para acreditar una historia de violencia de género detrás y también puso en relieve el contexto de la pandemia: “No fueron épocas normales. A veces el estado de conmoción violenta lo da la ira, en este caso lo dio el miedo, el miedo a contagiar”.

Culminado los alegatos, el tribunal pasó a deliberar y se prevé que después del mediodía se conozca la sentencia.

El avance del proceso puede seguirse a través de Youtube. 

Médicos en juicio a cacique por femicidio: “No recomendamos quemar el cuerpo”

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