Judiciales
De Brunner a Pana: accidentes fatales, juicios y sentencias

La agenda de debates del primer semestre del 2023 en Posadas contempló -hasta ahora- dos juicios por accidentes fatales. Los casos guardan ciertas similitudes, aunque las resoluciones arrojan marcadas diferencias.
La primera causa de este tipo ventilada en debate oral este año fue la que tenía como imputado a Juan Gastón Brunner (31), joven acusado de conducir su Volkswagen Vento alcoholizado y provocar las muertes de Susana Prestes (41) y Oscar Meza (47) tras una colisión registrada el 13 de febrero de 2016, sobre la avenida Fernando Tulo Llamosas -ex ruta 12-, frente a la Estación de Transferencias.
El juicio comenzó el 1 de marzo en el Tribunal Penal Uno y hasta esa instancia Brunner llegó acusado por el delito de “homicidio simple con dolo eventual”, lo cual configuraba un hito en materia judicial en la provincia, ya que era la primera vez que un expediente por un siniestro vial llegaba a debate bajo esa figura, que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión.
En total, fueron seis audiencias, en la que declararon varios testigos, entre ellos, peritos y bioquímicos que, entre otras cosas, ratificaron que el joven arrojó 1,44 gramos de alcohol por litro de sangre al momento de ser analizado.
La reconstrucción del hecho consigna que, durante la madrugada previa, Brunner estuvo bebiendo con amigos por Candelaria, hasta que a las 7 de la mañana se encontró con una joven y le pidió que lo acompañe hasta Posadas para apagar las luces en la casa de su madre.
Ya de regreso, se produjo el siniestro. Todo indica que Brunner se durmió al volante y, tras un grito de advertencia de su acompañante despertó, volanteó, cruzó en rojo e invadió el carril contrario, impactando a una velocidad de 80 kilómetros por hora y de frente contra el Ford Fiesta Max en el que viajaban las víctimas.

Brunner llegó a juicio acusado de homicidio con dolo eventual y fue condenado por homicidio culposo a 3 años de prisión en suspenso. No quedó detenido.
En el debate intervino la fiscal Patricia Clérici, de la Fiscalía de Instrucción Siete, la misma que requirió que la causa llegue a juicio como homicidio con dolo eventual, aunque luego desistió de su mismo planteo y, en la ronda de alegatos, redujo la acusación, solicitando 5 años de prisión para Brunner por homicidio culposo.
La defensa, por su parte, cuestionó el test de alcoholemia efectuado y solicitó la absolución del acusado, al tiempo que cargó contra el cambio de postura de la fiscalía: “Por siete años se dijo que Gastón salió a la calle con la intención de matar y ahora resulta que no”, lanzó, en ese momento, el abogado Federico Tilli.
Tras unos minutos de deliberación, el tribunal integrado por los magistrados Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Antonio Bernie, finalmente decidió condenar a Brunner a 3 años de prisión en suspenso por “homicidio culposo agravado por el número de víctimas”.
Fue así que el acusado se retiró del recinto de debates tal como llegó: libre. Aunque sí se le aplicó labores comunitarias por 500 horas y un régimen de conducta que incluía abstención de concurrir a lugares nocturnos y prohibición de consumo de bebidas alcohólicas y estupefacientes.
Pana a prisión
Este 29 de mayo, dos meses después del juicio contra Brunner, comenzó el debate oral contra Enrique Gabriel Pana (26), acusado del siniestro vial que el 3 de junio de 2018 causó las muertes de los amigos Juan Mendoza (19) y Víctor González (19), sobre la ruta provincial 105, a la altura de Fachinal.
El juicio se desarrolló en la sala de debates del Palacio de Justicia, ante un tribunal unipersonal presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas, y hasta esa instancia Pana llegó acusado por el delito de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente”, que preveía penas de hasta 6 años de prisión.
En el debate se reconstruyó que, en la noche previa al incidente vial, el automovilista estuvo en un encuentro de motos junto a unos amigos en Apóstoles y en horas de la madrugada emprendió el regreso a Posadas.
En esas circunstancias, conducía un Chevrolet Agile hasta que embistió a las víctimas, quienes caminaban a un costado de la ruta empujando una moto pinchada.

Enrique Pana estuvo 117 días detenido tras el hecho y ahora fue trasladado a la UP I de Loreto para purgar una pena de 4 años.
Pana dio negativo a los exámenes de alcoholemia, pero la fiscal María Laura Álvarez, en sus alegatos, y en base a lo aportado por peritos y testigos, trazó que en determinado momento el implicado perdió el dominio del rodado, invadió la banquina asfáltica y, a una velocidad mínima de 113,55 kilómetros por hora, embistió a ambas víctimas.
Álvarez sostuvo que Pana tuvo una conducta “imprudente, negligente y antirreglamentaria”, al tiempo que agregó que “no puedo aseverar que Pana se durmió, pero sí que realizaba maniobras imprudentes y, si estaba cansado, debió haber parado. Se sobreconfió en su capacidad. Esto podía preverse”.
Ante estas conclusiones, la fiscal pidió cinco años de prisión para el acusado, mientras que la defensa buscó la absolución.
Finalmente, la sentencia se dictó hoy al mediodía e impuso cuatro años de prisión efectiva para Pana como autor de “homicidio culposo agravado por el número de víctimas”.
Pero eso no fue todo, ya que el fallo también ordenó la inmediata detención del condenado, quien de esta manera llegó libre al juicio y se retiró en un móvil del Servicio Penitenciario Provincial (SPP), que lo trasladó hasta la Unidad Penal I de Loreto para cumplir su pena.
Judiciales
Liberaron a tercer ex policía detenido por la causa de intento de sedición

El Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, dispuso el cese de la prisión preventiva para el ex policía Horacio Elías Coutto, quien en horas del mediodía recuperó la libertad, aunque sigue supeditado al expediente judicial que lo investiga junto a otros siete ex uniformados por “intento de sedición” y “conspiración”.
Minutos antes de las 13 de este martes, Coutto cruzó las barreras de la Unidad Penal VII de Puerto Rico para fundirse en un abrazo con sus familiares y amigos, que lo esperaban a las afueras del predio para regresar a su hogar luego de los diez meses que permaneció detenido.
“Estoy muy contento, muy feliz de poder recuperar mi libertad. Quiero dar gracias, primeramente, a Dios que me acompañó en este momento difícil, nunca me soltó la mano; a mi familia que siempre estuvieron; a mis amigos que se tomaron el tiempo de venir a visitarme; a todos los amigos que me hice; y a la gente que colaboró con nuestra familia en esta situación que estábamos pasando”, fueron las primeras palabras de Coutto tras recuperar su libertad frente a la unidad penitenciaria.
El ex policía también agradeció a los agentes del Servicio Penitenciario Provincial (SPP) “que me atendieron muy bien, excelentes personas, la verdad que no tengo ninguna queja, nos cuidaron perfectamente”.
En esa línea, Coutto le dedicó unas palabras de agradecimiento al ex vocero policial y diputado provincial electo, Ramón Amarilla, el primero de los ocho ex uniformados detenidos por esta causa en recuperar su libertad el pasado 13 de junio.
“Quiero agradecer a Ramón Amarilla, quien desde el momento en que recuperó la libertad se puso en compromiso con nosotros, con nuestras familias, nos dio tranquilidad y esperanza”, manifestó el ex uniformado.
Por último, dejó un mensaje a las autoridades provinciales: “A los poderosos les digo que escuchen a la gente, que escuchen a los misioneros, que no crean ingenuamente, que unos simples barrotes o unos muros pueden callar la voluntad de un pueblo que lucha por la justicia, por la verdad y la dignidad”.
Con Ramón Amarilla, Horacio Elías Coutto y Joaquín Orrego, son tres los ex policías que recuperaron su libertad, pero siguen siendo investigados en la causa que inició la Justicia de Misiones tras descubrirse el grupo de WhatsApp “Solo Cola”, en el que los uniformados destituidos de la fuerza provincial habrían planificado un supuesto plan con diferentes acciones para desestabilizar a la cúpula de la institución.
Por lo tanto, mientras dure la instrucción de la causa, los ex efectivos policiales tienen prohibido salir del país y deberán presentarse una vez al mes en la comisaría con jurisdicción sobre su domicilio, a fin de acreditar su permanencia en la provincia.
Quienes quedan detenidos por la misma causa son los hermanos Iván Ezequiel y Alejandro Ramón Arrieta, Lisandro Ramón Canteros, Diego Hernán Correa y Adolfo Guirula.
Dispusieron la liberación de otro ex policía acusado por intento de sedición
Judiciales
Condena de 23 años para acusado de asesinar a un colono en San Javier

El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó este viernes a 23 años de prisión a Jonatan Ezequiel “Porteño” Sosa por el homicidio del colono Lisardo Escarvadofski (76) y las lesiones efectuadas a su esposa Orestini Cerri, que sobrevivió a pesar de las graves heridas sufridas, en un hecho ocurrido en abril de 2017 en el paraje Santa Irene de San Javier.
El caso se ventiló en debate oral durante tres jornadas y Sosa fue declarado coautor de los delitos de “homicidio calificado por el uso de arma de fuego y homicidio calificado en grado de tentativa, en concurso real”.
El fallo coincidió en parte con lo solicitado por el fiscal David Milicich, quien en sus alegatos dio por probada la participación del imputado en el crimen de Escarvadofski y solicitó que se lo condene a 35 años de cárcel.
La defensa de Sosa, por su parte, había pedido su absolución al considerar que no había suficientes pruebas en su contra. El propio acusado además declaró en la segunda jornada del debate y se declaró inocente.
“Yo no soy un asesino, no soy un delincuente. Tienen a la persona equivocada. Lamento lo que le pasó al hombre y a su señora, pero mientras yo estoy detenido, los verdaderos asesinos están de joda”, fueron las palabras de Sosa, quien además denunció haber recibido apremios y aprietes tras ser detenido un año después del hecho en Buenos Aires.
El asesinato de Escarvadofski ocurrió cerca de las 18 del 4 de abril del 2017 en el paraje Santa Irene, donde tenía su chacra.
Ese día, el tiempo estuvo muy feo, debido a la gran cantidad de lluvia que había caído en el Alto Uruguay. Escarvadofski y Cerri estacionaron su Chevrolet Corsa en el garaje y, en esa instancia, notaron que habían dos personas fuera del terreno, en la esquina.
El hombre fue a ver qué querían y a poner el candado al cerco de la casa, que nunca traspuso. Su mujer, en tanto, se fue para adentro de la vivienda.
Allí recibió varios disparos que lo dejaron malherido y terminó muriendo en los brazos de su mujer, que salió a ver qué pasaba al escuchar las detonaciones.
Según dijo, los hombres le pidieron que abra la casa, ella se negó y terminó recibiendo dos impactos de bala. Allí se trenzó en una pelea y tras golpear en la entrepierna a uno de los agresores, salió a la calle a pedir ayuda. Los sujetos aprovecharon para escapar en el vehículo de la pareja, que fue hallado al día siguiente.
Para el fiscal Milicich, Sosa fue uno de los atacantes que participaron aquel día, aunque también consideró que el blanco en realidad era uno de los hijos de la pareja.
Judiciales
El STJ recalificó el caso Bernhardt como femicidio y dictó perpetua a Vargas

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) recalificó como femicidio el crimen de Antonella Rocío Bernhardt (27), joven obereña que fue golpeada y asesinada de un puntazo en su departamento del barrio El Brete en 2019, y condenó a prisión perpetua al fotógrafo Cristian Daniel Vargas (35), quien en primera instancia había recibido 20 años de cárcel como autor de homicidio simple tras un juicio oral desarrollado ante en el Tribunal Penal Uno de Posadas.
La revisión por parte del máximo órgano judicial de la provincia se dio a partir de los recursos de casación presentados tanto por el fiscal Martín Alejandro Rau como por el abogado querellante Mauricio Fausto Vergara, quienes cuestionaron el fallo emitido el 13 de noviembre de 2023 por los jueces Viviana Cukla, Gustavo Bernie y Ángel Dejesús Cardozo (ya jubilado).
Ambas partes buscaban revertir el dictamen al considerar que el caso configuró un homicidio agravado por femicidio, para el cual correspondía una pena de prisión perpetua, lo que equivale a 35 años de cárcel efectiva, cifra considerablemente superior a los 20 años aplicados en contra del fotógrafo Vargas.

El fotógrafo Cristian Vargas adujo que el crimen se produjo en forma accidental tras una discusión.
En sus presentaciones, ambos profesionales coincidieron al sopesar que el asesinato de Antonella se dio en el marco de un contexto de violencia de género que avalaba la aplicación de la normativa que contempla el femicidio, mientras que el fiscal Rau además solicitó que también se tenga en cuenta la alevosía como factor agravante.
Los dos recurrentes esgrimieron agravios similares. El fiscal Rau apuntó que en su sentencia el TP Uno realizó un “razonamiento probatorio parcial, sesgado, segmentado y desprovisto de perspectiva de género”, con “argumentos forzados” y con una “línea argumental viciada”.
La querella, por su parte, agregó que los jueces efectuaron una “incorrecta interpretación de la relación entre la víctima y el imputado” al descartar la condición de “vulnerabilidad” y “desigualdad” en que se encontraba Antonella ante Vargas.
Perspectiva de género
El primero en analizar los planteos fue el camarista Juan Manuel Díaz, que en su voto coincidió en varios puntos con los recurrentes y señaló “yerros” por parte de los magistrados del tribunal que dictó sentencia.
Díaz repasó que el TP Uno descartó la figura de femicidio al entender que no se logró acreditar un contexto de violencia de género que rodeara el hecho, utilizando como argumento que ambos implicados mantenían una relación laboral de poco tiempo y que el vínculo no se extendía a otros ámbitos como, por ejemplo, el amoroso; ni tampoco advirtieron elementos que den cuenta sobre factores de desigualdad, discriminación o dominación como alegaron las partes.
Díaz opinó todo lo contrario. En la resolución de 81 páginas, firmada el 19 de junio y a la que La Voz de Misiones tuvo acceso, el camarista adelanta: “Es factible advertir elementos e indicadores que configuran la existencia de una relación caracterizada por la desigualdad, en el marco de una relación de subordinación y poder entre víctima y victimario, elementos estos que no fueron valorados debidamente por el tribunal de juicio”.

Las partes en el juicio: Vergara (sentado), Rau y el defensor oficial Mario Ramírez.
El magistrado del STJ además califica como un “yerro” la apreciación del TP Uno en ese punto y responde: “La jurisprudencia ha manifestado en reiteradas oportunidades que es irrelevante que el agresor integre o no una relación interpersonal con la víctima, el tiempo de duración de la misma si existiere o que ocurra la violencia en el ámbito privado o público, sino que lo trascendente es que el hombre se posicione respecto de la mujer en un binomio superior/inferior, tratándola con violencia física, psicológica o sexual, entre otras, por su género”.
También ponderó las argumentaciones esgrimidas por el fiscal Rau al momento de su alegato en el juicio y se hizo dueño de sus palabras para marcar que Antonella Bernhardt se encontraba en una situación de vulnerabilidad ante Vargas, ya que se trataba de una joven obereña que atravesaba en una difícil situación económica y buscaba, casi con desesperación, un trabajo para no depender de nadie.
Sobre esa cuestión, Díaz concluye: “Todos estos factores, independientemente de lo reciente que fuera vínculo entre ambos, sin lugar a dudas ubican a la víctima y victimario en una relación que dista de igualdad, más bien los ubica en una relación de poder -por parte de Vargas- y de subordinación -por parte de Antonella-”.
El camarista también ponderó la pericia psicológica efectuada a Vargas, donde se concluye que en el fotógrafo se advierten “conductas de control y celos”, con tendencia a ubicar a la mujer en un rango inferior al del hombre, mencionándola como un mero “complemento”.
Bajo esas y otras premisas, Díaz le dio la razón a los recurrentes Rau y Vergara al considerar que hubo una “errónea aplicación de la normativa” y opinó que lo correcto era encuadrar el caso como femicidio -rechazó la alevosía-, lo que equivale a modificar la sentencia y aplicar al condenado la pena de prisión perpetua.
Los demás miembros del STJ, Cristian Marcelo Benítez, Cristina Irene Leiva, María Laura Niveyro, Jorge Antonio Rojas, Roberto Rubén Uset y Ramona Beatriz Velázquez, se plegaron al voto de inicial, imponiéndose a Froilán Zarza y Rossana Pía Venchiarutti Sartori, quienes consideraron que lo correcto era mantener el fallo emitido por el TP Uno.

Los jueces del tribunal en el juicio: Cardozo (jubilado), Cukla y Bernie.
El caso
No es el primer cambio de calificación que atraviesa la causa. Ya en la etapa de instrucción, el magistrado Fernando Verón caratuló el hecho como homicidio simple, aunque luego la Cámara de Apelaciones la pasó a femicidio y bajo esa acusación Vargas llegó a juicio, donde la decisión final volvió a quitar el agravante que elevaba la expectativa de pena a perpetua.
El hecho se registró el 4 de abril de 2019, entre las 13 y las 13.30, dentro del departamento 1° A de un inquilinato ubicado sobre la calle Comandante Miño 980 del barrio El Brete de Posadas.
Según la hipótesis acusatoria, Vargas contactó a la víctima a través de redes sociales y le ofreció realizar sesiones de fotos a cambio de dinero ($1.500 con desnudos). Una de ellas se concretó, pero el acusado nunca pagó y en el segundo encuentro se produjo el desenlace mortal, luego de una discusión generada por el reclamo del dinero que nunca fue abonado.
Vecinas de la joven narraron que ese mediodía oyeron golpes, ruidos de “objetos cayendo al suelo” y a través de las endebles paredes divisorias también escucharon “gritos ahogados, como de alguien a quien le tapan la boca mientras grita”.
Los testimonios parecían un adelanto de lo que luego iba a certificar la autopsia, dado que el examen forense concluyó que Antonella presentaba golpes en la cabeza y signos de compresión en el cuello, además de la lesión mortal: un puntazo de cuchillo tipo tramontina que le perforó la tráquea.

Antonella Bernhardt tenía 27 años, era de Oberá y tenía una hermana melliza.
Ante el escándalo que provenía del departamento, las vecinas y la dueña del inquilinato acudieron en auxilio de Antonella, topándose con Vargas dentro del inmueble, a quien filmaron retirándose de la escena del hecho mientras simulaba una conservación con la víctima.
El caso llegó a juicio el 6 de noviembre de 2023 y se extendió durante varios días en el SUM del Palacio de Justicia. En el proceso declararon familiares y vecinos de la víctima, como así también efectivos policiales, peritos y profesionales en medicina.
En su declaración, el fotógrafo Vargas, que también se dedicaba a vender servicios de catering para la familia de su ex esposa, mantuvo su teoría defensiva, al aducir que él fue extorsionado con un video sexual y que el cuchillo se clavó en la garganta de Antonella de manera accidental durante un forcejeo mantenido con la joven.
El fotógrafo agregó que, en determinado momento, alcanzó a tomar el celular de la joven y su intención era romperlo, instancia en la que “ella se desesperó y agarró un cuchillo. Yo ahí le dos ‘tapes’ para que deje de gritar. Después avanzó de nuevo con el cuchillo contra mí y pasó todo. Cuando le quiero sacar el cuchillo, la traigo hacia mí con fuerza y le entra el cuchillo en la garganta”, fueron sus palabras.
FOTOS: MARCOS OTAÑO.
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