Judiciales
Contrabando de soja: la palabra de los gendarmes y las relaciones con Marino
El debate oral contra los ex gendarmes Marco Antonio Duette (53), ex jefe del Escuadrón 9 de Oberá, y su subalterno Ricardo Fabián Gómez (50), acusados de integrar una organización dedicada al contrabando de granos, se reanudó hoy con la palabra de los inculpados, quienes se desvincularon de los hechos y fueron intensamente interrogados por sus vínculos con Santiago Marino, empresario sindicado como “el rey de la soja” en Misiones e imputado en el mismo expediente, aunque ya condenado tras firmar un acuerdo de juicio abreviado.
Previo a su declaración, Duette escuchó atentamente el requerimiento de elevación a juicio de la causa, donde se lo acusa de integrar una asociación ilícita encargada de exportar granos hacia Brasil evadiendo controles tributarios, esquema en el cual él se valía de su cargo como jefe del Escuadrón 9 Oberá de GNA para “liberar rutas” a los camiones que provenía con las oleaginosas desde de Santiago del Estero, Córdoba y Chaco, entre otros puntos del país.
Según la acusación, esa organización estaba conformada por otros once imputados -nueve de los cuales ya se acogieron a juicios abreviados- y su desmantelamiento se concretó en noviembre de 2021, tras una larga investigación que se inició un año antes gracias a una denuncia anónima realizada ante la línea 134 del Ministerio de Seguridad de la Nación.
Los instructores de la causa establecieron que para ejecutar la maniobra la banda utilizaba Cartas de Porte de Afip (ahora Arca) y formularios CTG (Código de Trazabilidad de Granos) emitidas por personas insolventes para tal fin o con direcciones de destino falsas para simular un marco de legalidad al transporte de las cargas, pero una vez ingresados a la provincia los documentos eran anulados.
“Nunca participé en ninguna organización, ni en nada de lo que se me acusa”, arrancó Duette ante el Tribunal Oral Federal de (TOF) de Posadas, presidido por el magistrado Manuel Alberto Jesús Moreira e integrado por sus pares Juan Manuel Iglesias (Chaco) y Víctor Antonio Alonso (Corrientes), estos dos últimos como subrogantes y conectados de manera telemática desde sus jurisdicciones.
El imputado afirmó que durante su gestión como jefe del Escuadrón 9 (2020-2021) labró varias actas de infracción contra camiones con documentaciones de carga irregulares, pero alegó que no secuestró ninguno porque así lo había establecido la Justicia Federal Oberá como una especie de “norma” de proceder para casos que hayan tributado ante ATM.
“Algunos camiones no tenían carga de porte, pero habían pagado ATM. Se los infraccionaba, pero yo no tenía recursos para secuestrarlos porque para el juzgado y para la fiscalía eso no era delito. Ellos alegaban el contrabando se daba en la costa”, justificó.
Y continuó: “Si ellos anulaban la carga de porte después yo no podía saberlo y tampoco tenía motivos legales para tenerlos retenido 24/48 horas hasta comprobarlo”.

Duette y Gómez estuvieron detenidos durante la instrucción en una delegación de PSA en Rosario.
“Marino se daba de informante”
En el resto de su indagatoria Duette hizo un repaso de su trayectoria como gendarme y de sus lineamientos de trabajo trazados en el Escuadrón 9, aunque tanto la fiscalía, encabezada por Pablo Di Loreto, como las abogadas querellantes de Afip, Rossana Sienra y Yamila Soledad Amado, hicieron especial hincapié en su relación con Marino, uno de los líderes de la organización, con quien además constan escuchas telefónicas consideradas comprometedoras para la causa.
“Conocí a Marino a fines de mayo de 2020. Era una relación protocolar, él se presentaba como un comerciante y empresario que iba a inaugurar un complejo turístico en la zona”, respondió ante la primera consulta, aunque en el desarrollo de la indagatoria admitió que su hijo trabajó para él, que intercambiaba mensajes de Whatsapp y que también mantuvo encuentros con él.
“Él me invitó a la inauguración de su complejo y tuve que ir porque estaban todas las autoridades. Hasta el vicegobernador dio un discurso ese día”, apuntó, pero también recordó algunas conversaciones que llamaron la atención de la fiscalía.
“El señor Marino se daba de informante de la Gendarmería. Era raro”, describió y ante otra consulta respondió que “unas cuatro o cinco veces recibí información de él. Una vez fue por el tema de (las patentes de) los camiones, después sobre cómo se maneja la costa, donde la gente habla en portuñol, porque la mayoría tiene parientes del otro lado”.
“No por mí, pero por mi cargo, siempre se me acercaba la gente para ver si podían sacar algún beneficio”, aclaró después, cuando ya el interrogatorio pasó a manos de su abogado patrocinante Carlos Larraburu.

Pablo Di Loreto -al medio- representa al Ministerio Público Fiscal.
Casi en misma sintonía se desarrolló la indagatoria de su consorte de causa Ricardo Fabián Gómez, que además cuenta con el mismo defensor particular.
Gómez también es un gendarme con varios años de servicio y su última labor la cumplió como conductor en la sección motorizada del Escuadrón que gestionaba Duette.
Ante las partes, el imputado negó los cargos, cuestionó a la Justicia y enalteció su función como uniformado. “No tengo la capacidad de formar parte de una organización tal como lo mencionan acá. Estoy tranquilo, sé que no hice nada. No me puedo avergonzar de nada”, se plantó.
El hombre aclaró que por su función nunca fue parte de ningún procedimiento, sino que más bien se dedicaba al traslado de detenidos a hospitales, a juzgados o al envío de víveres a otras delegaciones.
Fue en uno de esos viajes, puntualmente a Panambí, que conoció a Marino, según contó. “Yo lo conocí en 2020, en la ruta. Cuando paramos en la sección estábamos con otros gendarmes y ahí se presentó él, que era una persona, un empresario conocido en la zona”, dijo.
Las partes insistieron en ese vínculo y en la continuidad de su testimonio Gómez admitió que después de ese encuentro fortuito visitó en al menos dos oportunidades el complejo turístico de Marino, en ambas ocasiones para disfrutar de sus atractivos junto a su familia.
También contó sobre un viaje que hizo con Marino hasta Posadas. “Me dijo que tenía que hacer un service al auto en Posadas y como yo estaba solo en mi casa y hace mucho no iba a Posadas, acepté. Después en la concesionaria nos dijeron que el service iba a tardar mucho y en ese rato cruzamos a Paraguay”, se adelantó antes de la casi segura pregunta sobre cruce migratorio que comparte con el empresario.
Por último, afirmó que los viajes con Marino se dieron “dos o tres veces. Eran siempre de día y en días de descanso”.
Las partes también estaban interesadas en esclarecer los vínculos de ambos imputados con el ex policía Francisco Eladio Morel, otro de los integrantes de la organización.
Tanto Duette como Gómez respondieron que conocieron a Morel en encuentros que se dieron casualmente en el complejo turístico de Marino y contaron que las conversaciones solamente giraban en torno a “temas de la fuerza”.
El juicio continuará el 5 de mayo, a partir de las 8, con la toma de testimoniales. El listado de testigos se redujo a trece, dado que otros diez fueron desistidos por las partes al firmarse acuerdos de juicio abreviado con el cooperativista Juan Carlos Skavinsky y el empresario automotor Marcelo Da Silva, quienes debían estar en el banquillo junto a los ex gendarmes.
Procesado por contrabando de soja se lanzó para intendente de Mojón Grande
Judiciales
Grooming en Garupá: el padre de una las niñas se constituyó como querellante
El padre de una de las niñas que escapó del hogar Papa Francisco de Garupá y terminó cautiva en una fábrica abandonada se constituyó como querellante particular en la causa que investiga por grooming y otros delitos a cuatro sospechosos, entre ellos un efectivo de la Policía misionera.
El requerimiento formal fue presentado ante el Juzgado de Instrucción Uno de Posadas y la solicitud fue aceptada por el magistrado Fernando Verón, en carácter subrogante legal de dicha dependencia judicial.
De esta manera, el padre de una de las víctimas, a través del abogado Roberto Oscar Oudin como querellante, podrá ser parte activa del proceso, participando de las audiencias, ofreciendo pruebas, solicitando medidas y emitiendo opinión en planteos defensivos y/o resoluciones del magistrado interviniente.
La causa continúa en trámite y tiene cuatro sospechosos imputados por “grooming”, aunque hasta el momento no se dictó prisión preventiva para ninguno. Ellos son Pedro G. (37), Eugenio A. (63), Samuel N. (63) y el policía Cristian Rolando M.(38).
Inicialmente hubo otros detenidos, el gomero Matías C. (19) y otro policía identificado como Mario Enrique M. (48), aunque ambos fueron excarcelados y aunque continúan supeditados a la causa sus respectivas defensas avanzan en los pedidos de sobreseimiento.
La hipótesis del caso es que una de las niñas del hogar Papa Francisco fue contactada por Instagram por un adulto que se hizo pasar por menor de edad y la convenció de escaparse para ir a dormir a otro lugar.
La invitación se extendió hacia otra menor, quienes finalmente lograron fugarse del hogar a pesar de la custodia y de esa forma cayeron en la trampa que, se presume, tenía fines de abuso y explotación sexual en el predio abandonado y sórdido descubierto ese 14 de octubre pasado.
Las pistas condujeron la pesquisa hacia el predio de la ex firma Envasadora Misionera en Ñu Porá, arrestaron a tres de los sospechosos y también encontraron a la niña que estaba desaparecida.
La menor estaba semidormida -se investiga si era producto de algún somnífero o estupefaciente- sobre una cama, tapada con una manta y en compañía de uno de los implicados, describieron las fuentes consultadas en su momento.
Judiciales
Piden jury contra la jueza que condenó a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
El diputado provincial del Partido Agrario y Social (PAyS), Cristian Castro, presentó este viernes un pedido de jury contra la jueza en lo Correccional y de Menores N° 1, Marcela Alejandra Leiva, por la condena a prisión en suspenso para los sindicalistas docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez por desobediencia judicial y entorpecimiento del transporte, durante el acampe docente de 2024 que bloqueó la avenida Uruguay, de Posadas.
En la nota dirigida a la presidenta del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de Misiones, Rosanna Venchiarutti Sartori, Castro esgrime el artículo 7 de la Ley VIII Nº 5 y denuncia a Leiva por “mal desempeño en sus funciones”, “ignorancia inexcusable del derecho” y “arbitrariedad manifiesta”.
En el tercer punto del escrito, el diputado del PAyS solicita que se admita formalmente su denuncia, conforme lo establecido en el artículo 158 de la Constitución provincial, que establece que cualquier habitante puede acusar a magistrados ante el Jurado de Enjuiciamiento; y pide que “se disponga la apertura del procedimiento”, “se notifique a la magistrada denunciada”, “se sustancie el proceso conforme a la normativa vigente”, y “se dicte, al finalizar el proceso, la destitución de la magistrada denunciada”.
Al cierre de esta nota, el legislador agrario comentó a LVM que pasado el mediodía recibió una comunicación de la oficina de Venchiarutti Sartori para que comparezca personalmente el martes 23 próximo, a las 9:00 horas, a ratificar la denuncia contra Leiva, en el quinto piso del Palacio de Justicia.
Irregularidades
Según señala el diputado del PAyS, la actuación de Leiva en la causa contra Gurina y Sánchez “presenta un conjunto de irregularidades graves que justifican su análisis por parte del Jurado de Enjuiciamiento”.
Castro le achaca a la jueza en su nota, “deficiencias en la valoración de la prueba”, “valoración fragmentaria”, “omisión selectiva del material probatorio de elementos favorables a la defensa”, “utilización de presunciones no autorizadas por la sana crítica racional”, “falta de imparcialidad funcional” y “afectación del principio de inocencia”.
“Existen elementos del proceso que permiten sostener, prima facie, la existencia de un sesgo en la conducción del proceso, orientado hacia la convalidación de hipótesis acusatorias sin debida revisión crítica”, asegura.
“Se advierten razonamientos incompatibles con los estándares constitucionales de certeza que deben de regir toda sentencia condenatoria”, sostiene el legislador y señala que Leiva vulneró el artículo 18 de la Constitución Nacional, el 158 de la Constitución Provincial, y la doctrina del denominado ‘Fallo Casal’, de 2005, de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que amplió las facultades del recurso de casación, fortaleciendo las garantías del imputado frente a la condena y alineando la jurisprudencia argentina con estándares internacionales.
Castro afirma que, por todo esto, la sentencia de Leiva contra Gurina y Sánchez “revela, con especial claridad, un patrón de razonamiento incompatible con los estándares constitucionales y convencionales vigentes en materia de protesta social, responsabilidad penal individual y principio de legalidad”.
Referentes
El diputado del PAyS sostiene que, en el fallo de Leiva, “se verifica una utilización extensiva y arbitraria del derecho penal, fundada exclusivamente en la condición de referentes gremiales de los imputados”.
“La magistrada da por acreditada la autoría penal no a partir de actos concretos, individualizados y probados, sino por la supuesta ‘visibilidad pública’ y liderazgo sindical de Gurina y Sánchez”, sostiene el legislador y advierte que “tal razonamiento importa una grave vulneración del principio de culpabilidad por el hecho, sustituyéndolo por una forma inadmisible de responsabilidad por el rol o la identidad, expresamente prohibida por el derecho penal constitucional”.
“Este criterio ha sido severamente cuestionado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que ha advertido que los Estados suelen utilizar a referentes sociales y sindicales como ‘casos testigo’ para emitir mensajes aleccionadores hacia el conjunto de quienes ejercen el derecho a la protesta, generando un efecto intimidatorio o disuasivo incompatible con una sociedad democrática”, afirma Castro y asegura que la sentencia contra los docentes “se inscribe de lleno en ese patrón de criminalización selectiva”.
“En segundo término, la resolución judicial desconoce la naturaleza política y colectiva de los hechos juzgados, omitiendo un análisis riguroso del elemento subjetivo de los tipos penales aplicados”, señala el legislador en su escrito contra Leiva.
“En contextos de protesta social, el dolo no puede presumirse ni inferirse mecánicamente de la mera permanencia en el lugar de los hechos o del carácter prolongado de la manifestación”, expresa.
“La intención de los docentes fue, de manera inequívoca, visibilizar reclamos salariales y laborales frente a la ausencia de respuestas estatales, y no entorpecer el transporte ni desobedecer la autoridad judicial como finalidad autónoma”, argumenta Castro.
“La magistrada omite ponderar que la Comisión Interamericana y la Corte Interamericana de Derechos Humanos han establecido que las restricciones al derecho de reunión y de protesta deben ser excepcionales, estar previstas por ley, perseguir un fin legítimo y superar un estricto test de necesidad y proporcionalidad”, manifiesta.
El diputado del PAyS opina que la sentencia de Leiva contra Gurina y Sánchez “otorga preeminencia automática al derecho a circular por sobre el derecho a la protesta, desconociendo que este último constituye uno de los pilares del sistema democrático”.
Desobedientes
En otra parte del escrito, Castro se refiere a la valoración que hizo la jueza del delito de desobediencia judicial que se le imputaba a Gurina y Sánchez, y sostiene que tal imputación se construyó a partir de “la condición de referentes” de los docentes procesados, “asumiendo que la orden era ‘exigible’ a ellos”.
El diputado del PAyS sostiene, además, “inconducentes desde el punto de vista jurídico”, las referencias que hace la resolución judicial de Leiva sobre “supuestos perjuicios comerciales o molestias derivadas del humo”, que “no fueron debidamente acreditados” y que son “consideraciones ajenas al bien jurídico protegido por el art. 194 del Código Penal”.
“En síntesis, la condena de Gurina y Sánchez constituye un caso paradigmático de criminalización de la protesta social, con afectación directa de derechos constitucionales y convencionales, y revela un desempeño judicial que, prima facie, encuadra en las causales de mal desempeño, ignorancia inexcusable del derecho y arbitrariedad manifiesta, habilitando la intervención del Jurado de Enjuiciamiento”, señala el legislador en su nota y reafirma: “Dichas irregularidades constituyen una pauta objetiva de mal desempeño y deberán ser examinadas por el Jurado en su conjunto”.
Whatsapp Scan 19 de diciembre de 2025 at 10.55.23
Judiciales
La Corte dejó firme la condena a Ovando y la defensa acusa un “error administrativo”
Sin analizar la cuestión de fondo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) dejó firme la condena de 20 años de prisión impuesta por el Tribunal Penal Uno de Eldorado en contra María Ovando (48) al dar por “no presentado” un recurso de queja planteado por la defensa de la mujer, desde donde alegan que la documentación exigida fue subsanada en tiempo y forma, acusando en consecuencia una “falla administrativa” de parte del máximo órgano judicial del país.
La resolución de la Corte tiene menos de diez renglones y lleva la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.
En el escrito, los magistrados dieron por “no presentado el recurso de hecho” el recurso defensivo al señalar incumplimientos en las formalidades del trámite interpuesto.
“La parte recurrente no ha dado debido cumplimiento a la intimación que en fecha 30 de mayo de 2025 le formuló el Secretario del Tribunal en los términos del inc. c de la acordada 13/90 (Fallos: 313:21), texto según modificación de la acordada 35/90 (Fallos: 313:37)”, argumentaron.
De esta manera, el máximo órgano judicial del país dejó firme la sentencia, aunque sin analizar la cuestión de fondo que la parte recurrente pretendía que se revisara para revertir la condena.
Consultado sobre el fallo, Eduardo Paredes, abogado defensor de María Ovando, respondió a La Voz de Misiones que “esto es un error administrativo del personal de la Corte. Lo solicitado por la Corte está subido y está presentado desde el 9 de junio. Acá vamos a plantear una revocatoria porque es un error del personal de la Corte”.
Juicio y condena
La condena a 20 años de prisión contra María Ovando fue impuesta en 2020, tras un juicio realizado ante el Tribunal Penal Uno. Tanto a la mujer como los otros dos jóvenes que fueron al banquillo de los acusados fueron declarados responsables de delitos de abuso sexual y corrupción de menores.
Por su vínculo de madre y abuela de las víctimas, sobre la mujer recayó el mayor monto de pena, mientras que Marcos Laurindo (28) y Lucas Ferreira (28) recibieron 18 y 12 años de prisión, respectivamente.
La causa se inició en 2015, a raíz de una denuncia radicada por la guardadora de las menores abusadas, llegó a juicio oral cinco años después.
A esa instancia la mujer llegó en libertad, aunque luego del fallo quedó inmediatamente detenida y fue excarcelada un año después mediante un habeas corpus presentado por la recientemente fallecida Norita Cortiñas, pero el benefició apenas duró dos semanas ya que la Cámara de Apelaciones revocó la medida.
Fue así que Ovando regresó a la Unidad Penal V Correccional de Mujeres de Miguel Lanús, donde continúa alojada para seguir cumpliendo con la condena que el año pasado fue ratificada por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia.
En el planteo en el que la defensa solicitó la revisión del caso por parte del STJ habían reclamado “la nulidad de la sentencia por indeterminación del hecho imputado, por violación al principio de congruencia, por haberse condenado por un hecho que no fue imputado, privándose del derecho de ser oído, por omisión de valoración de la prueba ofrecida en descargo lesionándose el ejercicio de la defensa, violándose el principio in dubio pro reo”.
FALLO CSJ 001214_2025_RH001El STJ confirmó la condena a 20 años de prisión contra María Ovando
-
Policiales hace 16 horasMurió el femicida paraguayo Lucas Navarro Gómez por una sepsis en la cárcel
-
Policiales hace 4 díasCuatro muertos en un triple choque sobre la ruta 12 en San Ignacio
-
Policiales hace 17 horasDiscutió con su marido y le hincó un cuchillo en el pecho en barrio San Marcos
-
Judiciales hace 7 díasPiden jury contra la jueza que condenó a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
-
Posadas hace 2 díasEmpleados municipales de Posadas tendrán aumento de $45.000 en ticket canasta
-
La Región hace 6 díasFiscalía paraguaya pide 30 años de prisión para tres represores stronistas
-
Política hace 3 díasEl coronel antipañuelos deja Misiones y pasa al Estado Mayor del Ejército
-
Policiales hace 24 horasTres jóvenes ingresaron al arroyo Ñacanguazú y uno de ellos desapareció
