Judiciales
Condenaron al músico Andrés González por el siniestro fatal de Roca en 2019

El músico Andrés Horacio González fue condenado a 3 años de prisión en suspenso y 10 de inhabilitación para conducir tras ser declarado responsable del siniestro vial registrado el 5 de marzo de 2019 sobre la ruta nacional 12, en Gobernador Roca, hecho que ocasionó las muertes de su novia Melina Sosa Labandera (25) y de la turista mendocina Melisa Caram (27), además de provocar heridas en otras tres personas, una de las cuales quedó con secuelas de por vida.
El artista no irá a la cárcel porque la pena es de ejecución condicional, aunque en contrapartida deberá respetar una serie de normas de conductas impuestas, como no beber, ni consumir estupefacientes, además de cumplir 32 horas mensuales de tareas comunitarias y acatar una prohibición de salida del país, medidas que regirán durante el término de la condena.
La sentencia fue emitida este mediodía por el tribunal unipersonal presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas, luego de la ronda de alegatos desarrollada previamente, donde prevaleció uno de los planteos efectuados por la defensa del acusado, encabezada por los abogados particulares Federico Tilli y Daniel Zapana.
“Es un hecho traumático para todos. Entiendo todo lo que está pasando y tengo miedo también, pero confío en la Justicia. Solo pido que no se me quite la posibilidad de seguir cantando y seguir con mi familia”, había expresado González al momento de dar sus últimas palabras antes del veredicto.
Después del fallo, firmó el acta, entregó su licencia de conducir y se retiró en compañía de los familiares que lo acompañaron durante toda la jornada desde el sector del público.
“Destruyó vidas”
La ronda de alegatos comenzó con la exposición de la fiscal María Laura Álvarez, que sostuvo la acusación formulada desde la etapa de instrucción y consideró que González debía ser condenado a 6 años de prisión efectiva por ser autor de los delitos de “homicidio culposo calificado dos hechos, lesiones graves culposas calificadas dos hechos y lesiones gravísimas, todo en concurso ideal”.
Álvarez dio por acreditado que el impacto frontal entre el Ford Fiesta y la camioneta Chevrolet S-10 se produjo a alta velocidad, durante una maniobra de sobrepaso y en una zona de doble línea amarilla, pero fundamentalmente consideró probado que González era el conductor del automóvil siniestrado, principal punto de controversia en la causa.
“Esto se pudo acreditar con las testimoniales de testigos y sobrevivientes, las pericias realizadas y por las lesiones que presentaban las víctimas del hecho”, explicó la fiscal.
Y avanzó: “Y tengo la certeza que el imputado actuó de forma antirreglamentaria, en exceso de velocidad y en doble línea amarilla. Infringió las normas de tránsito más elementales. Hubo culpa temeraria y una actitud desaprensiva. Este hecho destruyó vidas, familias y proyectos de vida”.
Con esa base, solicitó que el músico sea condenado a 6 años de prisión efectiva, más de 10 de inhabilitación para conducir. “La pena efectiva sería no banalizar las muertes”, justificó.
Además, Álvarez calificó como “deficiente” el accionar de los agentes que labraron el sumario policial del hecho, documento en el cual registraron al sobreviviente Samir Daou como supuesto conductor del Ford Fiesta siniestrado y solicitó que los uniformados Priscila Ifrán y Rodolfo Dos Santos, sean investigados por incumplimiento de los deberes de funcionario público, lo cual finalmente fue aceptado por la jueza Leiva en su fallo.
En contrapartida, Leiva desestimó el pedido de condena efectuado por la fiscal Álvarez y su resolución estuvo ajustada al planteo de la defensa de González, que en primera instancia pidió la absolución del artista o en forma subsidiaria la aplicación del mínimo de la pena, con ejecución condicional.
“Estafa procesal”
En su alegato, el abogado penalista Federico Tilli cuestionó a la fiscalía por realizar “un análisis sesgado y parcial de las pruebas”, apuntando que solo valoró el testimonio de los sobrevivientes Samir Daou y Facundo Chemes, minimizando el valor de las pericias y de las labores policiales. “Es casi una estafa procesal”, arremetió.
“No voy a permitir que se dé por determinado un exceso de velocidad porque ninguno de los peritos que acá declararon lo pudieron comprobar y tampoco hay certezas para determinar al conductor del auto y acá necesitamos certeza absoluta para condenar a una persona”, respondió Tilli.
El letrado también apuntó contra Daou y Chemes, a quienes señaló como “dos amigos que han congeniado contra González”.
“Acá es confiar en la Policía o en dos personas que le quieren hacer mierda a González, porque también tienen interés patrimonial contra él, le quieren hacer pagar por todo esto”, señaló.
Tal de directo fue Tilli que además solicitó que ambos testigos sean investigados por falso testimonio agravado por ser en perjuicio de un imputado, aunque la jueza Leiva no tuvo en cuenta ese pedido en su resolución.
Tilli también se hizo eco de la calificación de “deficiente” que la fiscal Álvarez le atribuyó al primer sumario del hecho, donde se registró a Samir Daou como conductor del auto y no a González.
“O sea que con un sumario deficiente pretendemos condenar a alguien, pero nadie pidió su nulidad. No se puede condenar a una persona con todos estos yerros procesales”, cuestionó.
En consecuencia, Tilli solicitó la absolución por el beneficio de la duda en favor de su cliente o, en forma subsidiaria, que la condena sea por el mínimo de la pena (3 años), con cumplimiento de condicional.
“No hubo alcohol, no hubo exceso de velocidad y nunca se fugó. No tiene sentido una pena de prisión efectiva. Sí aceptamos cualquier medida restrictiva y hasta la prohibición de conducir”, cerró.
El planteo finalmente fue acogido por la magistrada Leiva, que falló en coincidencia y dispuso que los fundamentos de la sentencia serán comunicados el 23 de junio.
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Judiciales
Recuperó la libertad el último ex policía acusado de intento de sedición

Finalmente, esta mañana recuperó la libertad Diego Correa, el último ex policía que permanecía detenido en el marco de la causa por conspiración e intento de sedición iniciada al año pasado tras el descubrimiento del chat Solo Cola, donde para la Justicia se orquestaba un plan para desestabilizar a la cúpula de la institución.
Apenas cruzó las rejas de la Unidad Penal VIII de Cerro Azul, el ex uniformado se fundió en un abrazo con sus hijos, su esposa, familiares y allegados que fueron a esperarlo fuera del penal.
Su excarcelación se dio por un cese de la prisión preventiva dispuesta por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo de Fernando Verón, misma medida que se tomó con los restantes siete involucrados Lisandro Ramón Canteros, Adolfo Guirula, Horacio Coutto, los hermanos Iván y Alejandro Arrieta y el ahora electo diputado provincial Ramón Amarilla.
En sus primeros minutos como hombre libre, Correa grabó un video en el que consideró que su detención como “injusta, arbitraria, violando derechos a la defensa y a los derechos humanos”.
“Pero después de la tormenta sale el sol y hoy estoy acá, desde el penal de Cerro Azul, donde acabo de recuperar mi libertad”, celebró.
Y agregó: “Tampoco quiero dejar pasar la oportunidad para decirle algo a las personas que me metieron ahí adentro. Soy un oficial de policía, no soy un delincuente, delincuente son esas personas que hoy ocupan cargos públicos, políticos y jefes de policías”.
“Nosotros solo luchamos por causas justas, mejoras salarial, buena obra social. Incluso luchábamos contra cualquier forma de opresión de este gobierno de turno. Pareciera que en Misiones vivimos en el mundo del revés, donde la verdad se considera mentira. La corrupción se disfraza de justicia”, apuntó y cerró: “La justicia divina siempre prevalecerá”.
Judiciales
Imputaron por femicidio a ex pareja de mujer desaparecida en Salto Encantado

La Justicia imputó por femicidio a la ex pareja de Mirta Rodríguez, la mujer de 45 años que desapareció el 20 de mayo pasado y a quien pertenecerían los restos óseos hallados el jueves de la semana pasada en un viejo yerbal de Colonia Pindaytí en Salto Encantado.
El sospechoso identificado como Hugo G. fue trasladado el martes hacia el Juzgado de Instrucción Uno de Oberá, donde se abstuvo de declarar y fue notificado tanto del hecho que se investiga como de los elementos e indicios que lo vinculan con el caso.
Hasta el momento, las pistas más fuertes en su contra es que se trataría de la última persona que tuvo contacto con Rodríguez y refuerza esta hipótesis que en su vivienda se encontraron tanto el DNI de la mujer como su tarjeta de débito.
Estos elementos se relacionan con lo dicho por los familiares de la mujer, quienes relataron que ese 20 de mayo ella afirmó que pasaría por un cajero automático para retirar dinero y luego dirigirse a la casa de su madre en 25 de Mayo, aunque no llegó.
El ahora imputado es tarefero, trabajaba y residía en una casilla ubicada en cercanías al yerbal donde se hallaron los restos cadavéricos.
Lo que se cree, entonces, es que antes de emprender viaje hacia 25 de Mayo Rodríguez se habría encontrado con su ex pareja y en esas circunstancias se produjo el femicidio.
Entre los restos hallados en el yerbal de colonia Pindaytí la Policía encontró un cráneo, un fémur y huesos de extremidades, no así el torso. Todo fue llevado a autopsia, pero no se detectaron marcas de golpes o balazos y como faltaban las partes blandas del cuerpo tampoco se pudo determinar si fue estrangulada o apuñalada.
En la misma oportunidad se extrajeron muestras de ADN para cotejo con familiares de la mujer y así confirmar de manera científica la identidad de los restos encontrados.
La Justicia ahora avanzará en la toma de testimoniales y aguardará el resultado de las medidas de prueba que quedan pendientes para seguir atacando cabos. Mientras tanto, el sospechoso continuará detenido e imputado por femicidio, figura que prevé una pena de prisión perpetua.
Judiciales
Liberan a dos ex policías y queda un detenido por “intento de sedición”

Por disposición del Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, esta tarde recuperaron la libertad los hermanos Iván Ezequiel y Alejandro Ramón Arrieta, ex policías imputados en la causa que los investiga junto a otros ex uniformados por presuntos delitos de “intento de sedición” y “conspiración”.
Con el cese de la prisión preventiva de los hermanos Arrieta, son siete de los ocho ex policías los que recuperaron la libertad tras más de nueve meses detenidos en distintos penales de la provincia, entre ellos, el ex vocero policial y diputado provincial electo Ramón Amarilla.
En tanto, resta saber si el juzgado interviniente tomará la misma decisión con Diego Correa, el último detenido en el marco de la causa que se activó en septiembre del año pasado con el descubrimiento de un grupo de WhatsApp llamado “Solo Cola”, en el cual según la Justicia los imputados habrían intercambiado mensajes con el objetivo de iniciar una nueva revuelta y desestabilizar a la cúpula de la Policía.
Si bien los uniformados fueron excarcelados, siguen supeditados al expediente judicial, por lo cual los hermanos Arrieta, que dejaron esta tarde la Unidad Penal I de Loreto, tienen prohibido salir del país y deberán presentarse una vez al mes en la comisaría con jurisdicción sobre su domicilio, a fin de acreditar su permanencia en la provincia.
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