Judiciales
Causa Fucammi: producían aceite de cannabis e irán a juicio por narcotráfico
Los productores del aceite de cannabis que elaboraba la Fucammi en Puerto Rico irán a juicio acusados por delitos considerados como de narcotráfico. Así lo dispuso el Juzgado Federal de Oberá que, tras un dictamen emitido el año pasado por la Cámara Federal de Apelaciones, debió dar marcha atrás en su procesamiento inicial y elevó la causa a instancia de debate oral bajo los parámetros de la Ley 27.737 de Estupefacientes.
La medida alcanza a la presidenta de Familias Usuarias del Cannabis Medicinal Misiones (Fucammi), Rosana Vier (52); a su esposo Roberto Enrique Steckler (61); y a dos empleados de la asociación, uno administrativo y otro encargado de la distribución de los productos, según pudo establecer La Voz de Misiones en base a fuentes consultadas.
Inicialmente fueron acusados por la producción y venta de medicamentos sin autorización, que preveía penas de 4 años de cárcel como máximo pero, tras un apelación de la fiscalía interviniente y un dictamen de la Cámara de Apelaciones, sus imputaciones fueron agravadas y alcanzadas por la Ley 27.737, elevando las expectativas de penas hasta los 15 años. Todos están procesados sin prisión preventiva.
Fucammi, denuncia anónima y allanamientos
La historia de Fucammi arrancó a mediados de 2015 y, según contó la propia Vier en entrevistas periodísticas brindadas en ese momento, ella comenzó a producir aceite de cannabis con fines terapéuticos para su hermano Juan Carlos, que presentaba un cuadro de epilepsia refractaria.
A partir de ahí, observó que decenas de personas se encontraban en su misma situación y empezó a elaborar el aceite de cannabis para otras familias con distintas dolencias que no encontraban respuesta en los tratamientos tradicionales.
“Fucammi es un grupo sin fines de lucro, políticos ni religiosos, apoyando a la legalización del uso medicinal del Cannabis, para tratar diferentes enfermedades, entre ellas: Epilepsia, Epilepsia Refractaria, Alzheimer, dolores crónicos, cáncer, migraña, artritis, anorexia, esclerosis múltiples, reumatismo, depresión, glaucoma ocular, parkinson”, se presentaba la asociación en sus redes sociales por aquel entonces.
Sin embargo, todo cambió el 2 de julio de 2019, cuando una denuncia anónima desde Ciudad de Buenos Aires alertó sobre el funcionamiento de la asociación a la Policía Federal Argentina (PFA).
El caso quedó en manos de la Fiscalía Federal de Oberá, a cargo de Viviana Vallejos, quien dio instrucciones a la División Antidrogas Eldorado de la PFA para confirmar o descartar lo denunciado.
Así fue como los investigadores marcaron domicilios de los involucrados e interdictaron envíos a toda la provincia de los productos elaborados por Fucammi y finalmente en agosto de 2019 se ordenaron allanamientos que derivaron en la incautación de frascos con aceite, lociones, urgüentos y jabones, todos producidos a base de cannabis, además de tachos con picadura de marihuana macerándose en alcohol y 720 gramos de cogollo.
En la investigación también se determinó que los involucrados no contaban con autorizaciones de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), ni tampoco solicitaron ser incorporados al Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis (Recann).

La historia de Fucammi se hizo conocida por la ayuda que brindaba a numerosas familias misioneras. FOTO: Archivo El Territorio.
La causa judicial
Toda la causa quedó en manos, entonces, del Juzgado Federal de Oberá, a cargo del magistrado Alejandro Gallandat Luzuriaga, que inicialmente resolvió procesar sin prisión preventiva a los cuatro imputados por los delitos de “producción de sustancias medicinales en establecimientos no autorizados y venta sin autorización de sustancias medicinales que requieren receta médica”, previstos por los artículos 204 ter y 204 quinquies del Código Penal de la Nación, los cuales establecen penas de hasta 4 años de prisión como máximo.
Y ello dio inicio a una contienda jurídico-legal sobre el asunto. Es que la fiscal Vallejos no compartió lo resuelto y apeló la resolución al considerar que el delito en el que presuntamente incurrieron los miembros de Fucammi debían ser encuadrados bajo la Ley 27.737 de Estupefacientes, argumentando que los productos que eran comercializados por la asociación tenían “capacidad toxicomanígena” y eran “nocivos para la salud pública”, por lo cual no debían ser consideradas “medicinales”, sino estupefacientes.
Ante esta presentación, en el expediente debió intervenir la Cámara Federal de Apelaciones de la provincia, cuyos magistrados analizaron el planteo y en base a los elementos recolectados resolvieron hacer lugar a la opinión de la fiscal Vallejos -sostenida a la vez por la Fiscalía General Federal-, revocando el procesamiento de primera instancia y estableciendo que los cuatro miembros de Fucammi debían ser imputados en el marco de la Ley de Estupefacientes, al igual que cualquier hecho de narcotráfico.
En ese fallo, tal como ya publicó LVM en abril de 2022, los magistrados consideran que los hechos cometidos por Vier y sus compañeros de Fucammi deben ser encuadrados por el artículo 5 de la Ley 27.737, incisos b y c, que hacen referencia a la producción, comercialización, almacenamiento y transporte de estupefacientes, figura que prevé penas que van desde los 4 hasta los 15 años de prisión.
La resolución en su momento fue publicada en el Centro de Información Judicial (CIJ) y lleva las firmas de los jueces Ana Lía Cáceres de Mengoni, Mario Osvaldo Boldú y Mirta Tyden de Skanata.

Puerto Rico en su momento fue sede jornadas de cannabis medicinal.
Medicina no, droga
Entre los fundamentos de la decisión, los jueces de la cámara expusieron los resultados de las pericias químicas como elemento clave para acreditar la “aptitud toxicomanígena” de todos los productos elaborados a base de cannabis (aceite, jabones, lociones, etcétera) que fueron incautados en los diversos allanamientos realizados cuando comenzó la causa, entre 2019 y 2020.
De esas pericias se desprende que las muestras analizadas arrojaban concentraciones de THC de un mínimo de 1,2 hasta un máximo de 5,3% y los magistrados contrastaron esas conclusiones con un informe remitido por el presidente de Misiopharma S. E., que sostiene que el aceite de cannabis estandarizado y autorizado contiene THC en niveles de hasta 0,3%.
“Evidenciando que las muestras analizadas en el Informe Pericial Químico Nº 2766 excedían ampliamente los valores aceptados e imposibilita que la sustancia secuestrada sea considerada como “medicina”, arguyeron los magistrados.
En la resolución también hicieron énfasis en la escasez de controles microbiológicos en la producción (principalmente en las semillas) y a la falta de autorización legal para la fabricación de productos medicinales.
Ante todas estas argumentaciones, los magistrados de la cámara entendieron que las conductas de Vier, Steckler y el resto de los imputados debían ser calificadas como en orden a delitos vinculados a la Ley 27.737 de Estupefacientes. Es decir, como hechos de narcotráfico.
A juicio por narcotráfico
De esta manera, la Cámara revocó el procesamiento dictado en primera instancia por el juez Gallandat Luzuriaga y devolvió el expediente ordenando un nuevo pronunciamiento bajo los lineamientos recomendados.
Fue así que el magistrado no tuvo más que aceptar lo dispuesto por la instancia superior y decretar la elevación a juicio con un agravamiento en la acusación de los cuatro implicados.
Según consignaron fuentes de LVM, la resolución se firmó a fines del año pasado, tras el requerimiento de elevación a juicio formulado por la fiscal Vallejos, quien consideró que tanto Vier como Steckler deben responder coautores de los delitos de “producción, fabricación y comercialización”, previstos por el artículo 5 incisos b y c de la Ley 27.737, que prevé penas de entre 4 y 15 años de prisión.
Las mismas fuentes añadieron que el nuevo dictamen no recibió oposición alguna de las defensas, ante lo cual fue automática confirmada y remitida al Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas, cuyas autoridades ahora deben programar fecha para la realización del debate donde se ventilará el caso.
Será en esa instancia, con los implicados en el banquillo, donde se resolverá la cuestión. “De darse será un debate con mucho para discutir y seguramente concitará la atención de muchos sectores involucrados, como así también de organizaciones pro y anti cannabis”, consideró un especialista consultado por este medio.

La causa se resolverá en debate en el Tribunal Oral Federal de Posadas.
Causas similares
Una causa similar se llevó adelante en Entre Ríos, donde un joven dueño de un grow shop fue llevado a juicio por “siembra o cultivo de plantas utilizables para producir estupefacientes” (art. 5 inc. a de la ley 23.737) y “tenencia simple de estupefacientes” (art. 14, primera parte, ley 23.737), pero finalmente en octubre de 2022 el Tribunal Oral Federal de Paraná lo sobreseyó luego que la Fiscalía considerara que no correspondía acusarlo por los delitos que le endilgaban.
En Córdoba también hubo casos parecidos que culminaron en sobreseimientos. En esa causa la Justicia de primera instancia desestimó la acusación, aunque, al igual que en el caso Fucammi, la Cámara de Apelaciones revocó ese primer dictamen.
Sin embargo, luego el caso fue analizado en casación y el tribunal superior entendió que no había delito. En la causa Fucammi, como se mencionó, las defensas no recurrieron en casación.
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Comisario denunciado por abuso: declaró, fue imputado y seguirá detenido
El comisario retirado denunciado por abuso sexual en perjuicio de dos hijastras se defendió de las acusaciones en su contra, fue imputado y continuará detenido mientras avanza la investigación que se tramita ante el Juzgado de Instrucción Dos de Posadas.
De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, el ex uniformado identificado como Adolfo Miguel González (63), quien permaneció más de una semana en condición de prófugo, fue trasladado esta mañana hacia la dependencia judicial interviniente y ante el magistrado Juan Manuel Monte eligió declarar.
Si bien no trascendieron mayores detalles sobre su declaración, se pudo saber que el implicado negó las acusaciones que lo señalan por hechos de abuso contra dos hijas de quien fuera de su pareja.
En la misma audiencia, González fue imputado por el delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado” y continuará detenido a disposición de la Justicia.
El comisario retirado se encuentra privado de su libertad desde el martes a la tarde, cuando se entregó después de más de una semana en condición de prófugo.
Comisario retirado denunciado por abuso se entregó tras ocho días prófugo
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Se suspendió el juicio a ex gendarme acusado de matar a su esposa en 2001
El debate oral programado para hoy contra el ex gendarme Carlos Ramón Gómez, imputado por el asesinato de su esposa María Esther Barreda (36), cometido el 9 de diciembre de 2001, fue suspendido en virtud de “maniobras dilatorias” de sus abogados advertidas por el Tribunal Penal Dos de Posadas, que resolvió diferir el inicio de las audiencias y designar un defensor oficial sustituto para evitar que el accionar se repita en la próxima fecha a definir.
La decisión se tomó luego de que el imputado notificara un último cambio de defensa, designando a la letrada Olga Anahí Tabacchi, ex fiscal en Santo Tomé y con condena ratificada por la Corte Suprema por abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público, en lugar de la abogada posadeña María Laura Alvarenga.
En ese marco, el tribunal presidido por el magistrado César Antonio Yaya advirtió que la medida pudo corresponderse a una “maniobra dilatoria”, alegando que los anteriores abogados de Gómez (Eduardo Paredes y Mauricio Vergara) “exhibieron idéntica conducta procesal” en otros tres causas puntuales en las que renunciaron o solicitaron cambios a último momento, entre otros planteos.
Ante ese panorama, y a fin de asegurar el derecho de defensa del imputado y garantizar la realización del debate sin nuevas dilaciones, las autoridades resolvieron suspender la audiencia de hoy y pautar una nueva fecha de inicio, aunque antes de ello ordenó designar un defensor oficial sustituto para que actúe en caso de una nueva renuncia o cambio de abogado a último momento.
Gómez llega a esta instancia libertad y enfrenta cargos por “homicidio calificado”, figura bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua, pena que al momento del hecho preveía 25 años de cárcel.
El expediente quedó habilitado para tratarse en debate oral luego de que el pasado 7 de julio la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) fallara en contra de uno de los tantos planteos defensivos que los diferentes abogados de Gómez presentaron a lo largo de dos décadas.
Crimen y derrotero judicial
El hecho que se pretende esclarecer se registró el 9 de diciembre de 2001 y la víctima fue María Esther Barreda, una mujer de 36 años que estaba en pareja con el ex gendarme acusado.
Según lo reconstruido en su momento, el crimen ocurrió en una vivienda del barrio San Lucas, a pocas cuadras del club Centro de Cazadores de Posadas, donde Gómez habría encontrado a su pareja con otro hombre y la atacó a balazos con su arma reglamentaria.
La mujer recibió un total de cuatro disparos y falleció en el lugar, mientras que el ex uniformado huyó de la escena para un día después entregarse en el puesto de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) de San José.
Inicialmente, la causa quedó en manos del Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, presidido en ese entonces por el magistrado Eduardo D’Orsaneo, aunque más tarde el caso ingresó en un largo proceso recursivo y el derrotero judicial que se extendió durante más de 20 años.
Tras las primeras actuaciones, el juez D’Orsaneo dictó la prisión preventiva para el imputado e incluso más tarde la fiscal Margarita Wenner avanzó con el requerimiento de elevación a juicio.
La defensa, por su parte, jugó otra carta. Se opuso al requerimiento y pidió el sobreseimiento de Gómez alegando una “inimputabilidad” de su cliente en razón de haber actuado en forma “enceguecida” por encontrar a su pareja con un presunto amante.
Para 2003, en el expediente intervino el Tribunal Penal Uno de Posadas, que resolvió revocar la elevación a juicio y dictar el sobreseimiento de Gómez, cuya ejecución fue apelada, no así la resolución que lo dispuso.
De ahí, el asunto pasó a manos del Tribunal Penal Dos, actuando como Cámara de Apelaciones, cuyas autoridades consideraron que el caso debía seguir siendo investigado y en consecuencia remitió las actuaciones al Juzgado de Instrucción Uno, entonces presidido por Horacio Gallardo (fallecido), que liberó al sospechoso y estableció una prórroga extraordinaria para resolver si Gómez debía ir al banquillo o no.
Los años pasaron y recién en 2013 el ex gendarme volvió a ser detenido para enfrentar el juicio. El inicio de las audiencias estuvo programado para 2018, pero fue suspendido por el pedido de licencia del fiscal.
En ese lapsus, la defensa volvió a jugar otra carta y recurrió al máximo órgano judicial del país aludiendo el sobreseimiento dictado en su momento a favor de Gómez, entre otros planteos como de prescriptibilidad, arbitrariedad y violación del principio de defensa en juicio por preclusión.
Ese planteo es el que recientemente respondió de manera negativa la Corte, aunque sin analizar la cuestión de fondo. Tras ese revés, Gómez quedó sin más posibilidades recursivas y, por eso, hoy debía sentarse en el banquillo de los acusados aunque el inicio del debate volvió a ser postergado.
Ex gendarme irá a juicio por el crimen de su esposa 24 años después
Judiciales
Ordenan junta médica para el suegro de Wiebel antes de fijar la indagatoria
El hombre de 82 años detenido desde el viernes pasado por el crimen de su ex yerno, el empresario y piloto Alfredo Wiebel (48), continúa internado en Puerto Iguazú y la Justicia ordenó que sea sometido a una junta médica para determinar si su estado de salud le permite comparecer en audiencia de declaración indagatoria.
Según pudo averiguar La Voz de Misiones mediante diversas fuentes consultadas, el detenido, identificado como Ángel Ramón Zalazar (82), continúa internado con custodia policial en la misma clínica privada a la que se presentó el viernes a la tarde mientras era intensamente buscado por el crimen registrado horas antes.
Si bien los certificados médicos aún no fueron elevados formalmente a las autoridades intervinientes, el implicado además de atención por patologías de base recibiría tratamientos de salud de mental, factor que la Justicia pretende esclarecer y para ello se ordenó que el Cuerpo Médico Forense realice una evaluación integral del paciente para determinar si puede comparecer en audiencia de indagatoria.
En paralelo, siguen en curso otras medidas de prueba como la toma de testimoniales y la realización de diversas pericias.
En la causa ahora interviene César Lirussi, titular del Juzgado de Instrucción Dos de Eldorado, magistrado que quedó a cargo de la investigación tras la inhibición de Martín Brites, del Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú.
Crimen
El crimen de Wiebel ocurrió el 11 de septiembre a la mañana, cerca de las 11, en una obra en construcción ubicada sobre la avenida República Argentina, en el barrio Industrial de la Ciudad de las Cataratas.
En ese lugar habría mantenido una discusión con Zalazar hasta que, en determinado momento, fue atacado a balazos ante la vista de varios albañiles que trabajaban en el predio y fueron testigos del crimen.
Fueron ellos mismos quienes narraron que después del ataque Zalazar se fue caminando hasta una su empresa ubicada en la zona y allí escapó al mando de una camioneta Toyota SW4.
El sospechoso estuvo prófugo unas horas hasta que, a las 16, se reportó su ingreso a una clínica de la ciudad, donde quedó internado con custodia policial.
La posterior autopsia reveló que Wiebel recibió cinco balazos, cuatro de ellos “mortales”. La información se sumó al hecho de que el sábado la Policía allanó la vivienda del único sospechoso y en el lugar incautaron una pistola calibre 9 milímetros que, se presume, podría tratarse del arma homicida. La certeza llegará una vez que los peritos en criminalística realicen los estudios correspondientes y arriben a una conclusión científica al respecto.
Wiebel, además de piloto de automovilismo, era empresario del rubro turístico, con negocios hoteleros y gastronómicos. Zalazar, en tanto, también es un hombre de negocios, vinculados a la importación y exportación.
Ambos compartían algunas de esas actividades y una hipótesis sostiene que el crimen pudo deberse a diferencias económicas que complicaron la relación.
La autopsia reveló que Wiebel recibió cinco balazos, cuatro de ellos mortales
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