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Causa Fucammi: producían aceite de cannabis e irán a juicio por narcotráfico

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fucammi aceite de cannabis

Los productores del aceite de cannabis que elaboraba la Fucammi en Puerto Rico irán a juicio acusados por delitos considerados como de narcotráfico. Así lo dispuso el Juzgado Federal de Oberá que, tras un dictamen emitido el año pasado por la Cámara Federal de Apelaciones, debió dar marcha atrás en su procesamiento inicial y elevó la causa a instancia de debate oral bajo los parámetros de la Ley 27.737 de Estupefacientes.

La medida alcanza a la presidenta de Familias Usuarias del Cannabis Medicinal Misiones (Fucammi), Rosana Vier (52); a su esposo Roberto Enrique Steckler (61); y a dos empleados de la asociación, uno administrativo y otro encargado de la distribución de los productos, según pudo establecer La Voz de Misiones en base a fuentes consultadas.

Inicialmente fueron acusados por la producción y venta de medicamentos sin autorización, que preveía penas de 4 años de cárcel como máximo pero, tras un apelación de la fiscalía interviniente y un dictamen de la Cámara de Apelaciones, sus imputaciones fueron agravadas y alcanzadas por la Ley 27.737, elevando las expectativas de penas hasta los 15 años. Todos están procesados sin prisión preventiva. 

Fucammi, denuncia anónima y allanamientos

La historia de Fucammi arrancó a mediados de 2015 y, según contó la propia Vier en entrevistas periodísticas brindadas en ese momento, ella comenzó a producir aceite de cannabis con fines terapéuticos para su hermano Juan Carlos, que presentaba un cuadro de epilepsia refractaria.

A partir de ahí, observó que decenas de personas se encontraban en su misma situación y empezó a elaborar el aceite de cannabis para otras familias con distintas dolencias que no encontraban respuesta en los tratamientos tradicionales.

“Fucammi es un grupo sin fines de lucro, políticos ni religiosos, apoyando a la legalización del uso medicinal del Cannabis, para tratar diferentes enfermedades, entre ellas: Epilepsia, Epilepsia Refractaria, Alzheimer, dolores crónicos, cáncer, migraña, artritis, anorexia, esclerosis múltiples, reumatismo, depresión, glaucoma ocular, parkinson”, se presentaba la asociación en sus redes sociales por aquel entonces.

Sin embargo, todo cambió el 2 de julio de 2019, cuando una denuncia anónima desde Ciudad de Buenos Aires alertó sobre el funcionamiento de la asociación a la Policía Federal Argentina (PFA).

El caso quedó en manos de la Fiscalía Federal de Oberá, a cargo de Viviana Vallejos, quien dio instrucciones a la División Antidrogas Eldorado de la PFA para confirmar o descartar lo denunciado.

Así fue como los investigadores marcaron domicilios de los involucrados e interdictaron envíos a toda la provincia de los productos elaborados por Fucammi y finalmente en agosto de 2019 se ordenaron allanamientos que derivaron en la incautación de frascos con aceite, lociones, urgüentos y jabones, todos producidos a base de cannabis, además de tachos con picadura de marihuana macerándose en alcohol y 720 gramos de cogollo.

En la investigación también se determinó que los involucrados no contaban con autorizaciones de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), ni tampoco solicitaron ser incorporados al Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis (Recann).

La historia de Fucammi se hizo conocida por la ayuda que brindaba a numerosas familias misioneras. FOTO: Archivo El Territorio.

La causa judicial 

Toda la causa quedó en manos, entonces, del Juzgado Federal de Oberá, a cargo del magistrado Alejandro Gallandat Luzuriaga, que inicialmente resolvió procesar sin prisión preventiva a los cuatro imputados por los delitos de “producción de sustancias medicinales en establecimientos no autorizados y venta sin autorización de sustancias medicinales que requieren receta médica”, previstos por los artículos 204 ter y 204 quinquies del Código Penal de la Nación, los cuales establecen penas de hasta 4 años de prisión como máximo.

Y ello dio inicio a una contienda jurídico-legal sobre el asunto. Es que la fiscal Vallejos no compartió lo resuelto y apeló la resolución al considerar que el delito en el que presuntamente incurrieron los miembros de Fucammi debían ser encuadrados bajo la Ley 27.737 de Estupefacientes, argumentando que los productos que eran comercializados por la asociación tenían “capacidad toxicomanígena” y eran “nocivos para la salud pública”, por lo cual no debían ser consideradas “medicinales”, sino estupefacientes.

Ante esta presentación, en el expediente debió intervenir la Cámara Federal de Apelaciones de la provincia, cuyos magistrados analizaron el planteo y en base a los elementos recolectados resolvieron hacer lugar a la opinión de la fiscal Vallejos -sostenida a la vez por la Fiscalía General Federal-, revocando el procesamiento de primera instancia y estableciendo que los cuatro miembros de Fucammi debían ser imputados en el marco de la Ley de Estupefacientes, al igual que cualquier hecho de narcotráfico.

En ese fallo, tal como ya publicó LVM en abril de 2022, los magistrados consideran que los hechos cometidos por Vier y sus compañeros de Fucammi deben ser encuadrados por el artículo 5 de la Ley 27.737, incisos b y c, que hacen referencia a la producción, comercialización, almacenamiento y transporte de estupefacientes, figura que prevé penas que van desde los 4 hasta los 15 años de prisión.

La resolución en su momento fue publicada en el Centro de Información Judicial (CIJ) y lleva las firmas de los jueces Ana Lía Cáceres de Mengoni, Mario Osvaldo Boldú y Mirta Tyden de Skanata.

Puerto Rico en su momento fue sede jornadas de cannabis medicinal.

Medicina no, droga

Entre los fundamentos de la decisión, los jueces de la cámara expusieron los resultados de las pericias químicas como elemento clave para acreditar la “aptitud toxicomanígena” de todos los productos elaborados a base de cannabis (aceite, jabones, lociones, etcétera) que fueron incautados en los diversos allanamientos realizados cuando comenzó la causa, entre 2019 y 2020.

De esas pericias se desprende que las muestras analizadas arrojaban concentraciones de THC de un mínimo de 1,2 hasta un máximo de 5,3% y los magistrados contrastaron esas conclusiones con un informe remitido por el presidente de Misiopharma S. E., que sostiene que el aceite de cannabis estandarizado y autorizado contiene THC en niveles de hasta 0,3%.

“Evidenciando que las muestras analizadas en el Informe Pericial Químico Nº 2766 excedían ampliamente los valores aceptados e imposibilita que la sustancia secuestrada sea considerada como “medicina”, arguyeron los magistrados.

En la resolución también hicieron énfasis en la escasez de controles microbiológicos en la producción (principalmente en las semillas) y a la falta de autorización legal para la fabricación de productos medicinales.

Ante todas estas argumentaciones, los magistrados de la cámara entendieron que las conductas de Vier, Steckler y el resto de los imputados debían ser calificadas como en orden a delitos vinculados a la Ley 27.737 de Estupefacientes. Es decir, como hechos de narcotráfico.

A juicio por narcotráfico

De esta manera, la Cámara revocó el procesamiento dictado en primera instancia por el juez Gallandat Luzuriaga y devolvió el expediente ordenando un nuevo pronunciamiento bajo los lineamientos recomendados.

Fue así que el magistrado no tuvo más que aceptar lo dispuesto por la instancia superior y decretar la elevación a juicio con un agravamiento en la acusación de los cuatro implicados.

Según consignaron fuentes de LVM, la resolución se firmó a fines del año pasado, tras el requerimiento de elevación a juicio formulado por la fiscal Vallejos, quien consideró que tanto Vier como Steckler deben responder coautores de los delitos de “producción, fabricación y comercialización”, previstos por el artículo 5 incisos b y c de la Ley 27.737, que prevé penas de entre 4 y 15 años de prisión.

Las mismas fuentes añadieron que el nuevo dictamen no recibió oposición alguna de las defensas, ante lo cual fue automática confirmada y remitida al Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas, cuyas autoridades ahora deben programar fecha para la realización del debate donde se ventilará el caso.

Será en esa instancia, con los implicados en el banquillo, donde se resolverá la cuestión. “De darse será un debate con mucho para discutir y seguramente concitará la atención de muchos sectores involucrados, como así también de organizaciones pro y anti cannabis”, consideró un especialista consultado por este medio.

La causa se resolverá en debate en el Tribunal Oral Federal de Posadas.

Causas similares

Una causa similar se llevó adelante en Entre Ríos, donde un joven dueño de un grow shop fue llevado a juicio por “siembra o cultivo de plantas utilizables para producir estupefacientes” (art. 5 inc. a de la ley 23.737) y “tenencia simple de estupefacientes” (art. 14, primera parte, ley 23.737), pero finalmente en octubre de 2022 el Tribunal Oral Federal de Paraná lo sobreseyó luego que la Fiscalía considerara que no correspondía acusarlo por los delitos que le endilgaban.

En Córdoba también hubo casos parecidos que culminaron en sobreseimientos. En esa causa la Justicia de primera instancia desestimó la acusación, aunque, al igual que en el caso Fucammi, la Cámara de Apelaciones revocó ese primer dictamen.

Sin embargo, luego el caso fue analizado en casación y el tribunal superior entendió que no había delito. En la causa Fucammi, como se mencionó, las defensas no recurrieron en casación.

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Declaró la mamá de Dani Tizato: “Me pareció raro que Cristaldo vuelva solito”

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Dani Tizato

El juicio oral para esclarecer el crimen de César Daniel Tizato (16), registrado a fines de 2020 en San José, continuó esta mañana con la declaración de otros siete testigos, entre vecinos, amigos y familiares de la víctima.

Varios de ellos reconstruyeron las últimas horas de Tizato, desde la noche previa, cuando el adolescente les contó a sus amigos que a la mañana siguiente iba a ir de caza con el ahora imputado Richard Arnaldo “Pelado” o “La Grulla” Cristaldo (49), hasta el día de su desaparición, cuando el hombre lo pasó a buscar y horas más tarde regresó solo.

“Un día antes, a la mañana, nos juntamos a tomar mate. Ahí Dani dijo para juntarnos a la noche con las hijas del señor (por Cristaldo). Ahí fuimos y él había contado que ya habían ido a cazar juntos y después se fue antes para levantarse temprano”, recordó Hugo Techeira, amigo de Tizato.

“Si fue con él, tenía que volver con él”

Eso que contó Techeira ocurrió en la noche del 29 de agosto de 2020 y lo que ocurrió a la mañana siguiente lo contó María Esther Da Rosa, la madre del adolescente que ese día desapareció y un mes después apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna natural de 1,5 metros de profundidad.

“El gurí me dijo que iban a ir a buscar un remedio y a dar unas vueltas por el monte. Me pidió que le avise cuando el señor venía por él y salieron tipo 9.10 de la mañana”, relató la testigo.

Y amplió: “Él nunca iba solo y mi marido le advirtió al señor que trate de cuidar al gurí, que lo lleve y lo traiga, que, así como fue, que venga”.

Sin embargo, eso no ocurrió. “Pasaron las horas, llegó la tarde y tipo 15 él pasa solito. Pasó y avisó que el gurí se había quedado con otros tres chicos más para pescar. No me dijo el lugar, solo dijo que Dani no quiso venir con él. A mí me pareció raro que vuelva solo. Como puede dejar que quede el gurí allá, solito. Si fue con él, él tenía que volver con él. Dani no era de quedarse con gente que no conoce”, expresó Da Rosa.

juicio caso tizato

Cristaldo está detenido e imputado por “homicidio agravado por alevosía”.

Mojado

Luego declararon dos vecinos del barrio Pindapoy, quienes señalaron que ese 30 de agosto a la siesta vieron pasar a Cristaldo en soledad y con sus prendas mojadas hasta el ombligo, detalle no menor teniendo en cuenta que el cadáver del adolescente apareció sumergido en una laguna, con tres rocas de gran tamaño que le impedían salir a flote.

“Ese día yo le llevaba a mi novia a la casa y le cruzamos a Cristaldo. Le crucé frente a la casa, ponele que a las 15.15-15.30. Le vi que estaba mojado por la mitad, hasta la cintura”, especificó el testigo de apellido Cantero. Su novia, Jacinta Tachile, ratificó el testimonio.

El último en declarar fue Telmo Piñeiro, vecino del mismo barrio y amigo del padrastro de Tizato, quien en su momento fue imputado por el crimen pero fue sobreseído.

Su detención se dio bajo la sospecha de que pudo ser uno de los “tres chicos” con los cuales Cristaldo afirmó que dejó a Tizato, pero finalmente fue desvinculado.

Ante el Tribunal Penal Dos de Posadas, esta mañana el hombre admitió que el día del hecho estuvo de caza junto a su hermano y su papá, aunque en un campo ubicado en dirección contraria a la zona por donde Cristaldo se dirigió junto a la víctima.

El debate continuará mañana con más testigos. El imputado enfrenta una acusación por “homicidio agravado por alevosía”, figura que prevé una pena de prisión perpetua.

Disparo de frente y no por accidente, concluyeron peritos del caso Tizato

 

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Disparo de frente y no por accidente, concluyeron peritos del caso Tizato

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juicio caso tizato

La segunda jornada del juicio oral por el crimen de Dani Tizato (16), ocurrida en San José a mediados de 2020, estuvo marcada por el aporte de los peritos de diversas especialidades que intervinieron en la investigación, quienes, entre otros puntos, precisaron que la víctima sufrió un disparo de frente y remarcaron que la sindicada arma homicida no pudo accionarse por accidente, testimonios que complican la situación de Richard Arnaldo Cristaldo (49), único imputado en la causa.

En total fueron siete los expertos técnicos y científicos que esta mañana dieron su testimonio ante el Tribunal Penal Dos de Posadas y respondieron las preguntas formuladas tanto por el fiscal Vladimir Glinka como por el abogado y ex juez penal José Antonio Reyes, defensor del acusado.

Perforante y penetrante

El primero en declarar fue el médico policial Matías Serra, quien dio describió en qué estado se encontraba el cuerpo de la víctima, que fue hallado sumergido en una laguna natural de la estancia Las Vertientes tras una búsqueda se extendió durante 33 días a partir de la denuncia de desaparición del menor, radicada el 30 de agosto de 2020, cuando salió a cazar con el imputado y nunca más volvió a su casa.

“El cuerpo estaba en estado de putrefacción, con destrucción general de una mano”, graficó Serra, quien además especificó que el cadáver exhibía una herida penetrante en el tórax y entre sus prendas tenía tres rocas de gran tamaño para que no emergiera a la superficie.

El que añadió más especificaciones fue el médico forense Joaquín Heredia, quien detalló que Tizato presentaba una herida “perforante y penetrante” ubicada “entre el cuarto y quinto espacio intercostal”, es decir, “debajo de la tetilla izquierda”. La herida alcanzó a afectar el corazón y se trató de la causal de muerte.

El perito Lucas Bogado exhibiendo fotografías del expediente ante el tribunal y el fiscal Glinka.

De frente y no por accidente

Sobre la misma herida declaró el licenciado en Criminalística Lucas Bogado. El perito fue el encargado de analizar los orificios encontrados en una remera y una campera de Tizato.

Según las conclusiones de Bogado, esas marcas son compatibles con un balazo y dio detalles: el disparo fue frontal y efectuado desde un plano superior. “El tirador estaba a mayor altura que la víctima. La trayectoria descendente es bastante notoria. Hubo 12 centímetros de diferencia entre ambos orificios (entrada y salida)”, precisó el especialista.

Otro testimonio que marcó la jornada fue el de la perito balística Daiana Salazar. La mujer solicitó que se le exhiba el rifle incautado a Cristaldo como posible arma homicida y describió sus características y aptitudes.

“Es un aire comprimido modificado para usar como arma de fuego”, resumió y al explicar su funcionamiento fue contundente: “No existe posibilidad de un disparo accidental bajo este mecanismo”.

La perito Salazar con el posible arma homicida en manos para explicar su funcionamiento.

Continuidad

Un gran punto en discusión fue la posibilidad de que Tizato haya sido arrojado aún con vida a la laguna de agua estancada. La hipótesis se sustenta en el hecho de que la autopsia encontró una hoja vegetal en la tráquea y para avanzar sobre esa arista declararon dos bioquímicos.

Ambos profesionales coincidieron al advertir que, en los exámenes complementarios a la autopsia, encontraron diatomeas (algas de agua dulce) en la médula ósea, aunque su aparición dentro del organismo pudo darse de diferentes maneras, ya sea por aspiración o por presión, ante lo cual las conclusiones no fueron determinantes.

El debate continuará mañana con más testigos, entre ellos familiares de la víctima y vecinos del barrio Pindapoy de San José. Cristaldo, más conocido como Pelado o Grulla, está imputado por “homicidio agravado por alevosía”, figura que puede significarle prisión perpetua en caso de ser declarado culpable.

El imputado ayer declaró y se dijo inocente ante los jueces Gregorio Busse, César Yaya y Martín Rau. 

A Cristaldo se lo conoce como La Grulla, por su rol como profesor de artes marciales.

 

Acusado de matar a Dani Tizato se declaró inocente en juicio: “Jamás lo haría”

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Acusado de matar a Dani Tizato se declaró inocente en juicio: “Jamás lo haría”

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Dani Tizato

Esta mañana, en el Tribunal Penal Dos de Posadas, comenzó el juicio oral a Richard Arnaldo Cristaldo (49), único imputado por el crimen de César Daniel Tizato (16), el adolescente de San José que a mediados de 2020 permaneció más de 30 días en condición de desaparecido hasta que su cadáver fue hallado sumergido en una laguna natural, con disparo en el tórax y tres piedras entre sus prendas para que no salga a flote.

Cristaldo, conocido como Pelado o La Grulla por su figura como profesor de artes marciales, era vecino de Tizato y fue la última persona vista con el adolescente, a quien pasó a buscar por su casa del barrio Pindapoy para ir de caza a los campos lindantes de la zona, la mayoría de ellos propiedad del emporio yerbatero Rosamonte.

El acusado está imputado por “homicidio agravado por alevosía”, figura que prevé una de prisión perpetua en caso de ser declarado culpable, aunque Cristaldo se considera inocente y así lo afirmó esta mañana, al momento de prestar declaración indagatoria ante el tribunal presidido por el magistrado Gregorio Busse e integrado por sus pares César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau.

Dani Tizato tenía 15 años cuando desapareció. En medio de la búsqueda llegó su cumpleaños 16.

33 días de angustia

La causa que hoy se ventila en debate oral comenzó el 30 de agosto de 2020, cuando la madre del adolescente denunció su desaparición y se activó una búsqueda que, 33 días después, el 2 de octubre, dio resultados con el hallazgo del cuerpo en una laguna natural formada con agua estancada.

En el medio hubo múltiples rastrillajes por zonas de campo, averiguaciones y toma de testimoniales a vecinos de San José, entre ellos al propio Cristaldo, que era el hombre que esa mañana del 30 de agosto pasó a buscar a Tizato para ir a cazar pero horas después regresó solo al pueblo, completamente mojado desde la cintura para abajo.

El cadáver de la víctima fue encontrado en una laguna de 1,5 metros de profundidad. El adolescente presentaba una herida de arma de fuego en el tórax y entre sus prendas había tres rocas para sumar peso. Como dato forense, la autopsia estableció que el niño fue arrojado al agua aún con vida, dado que en la región traqueal encontraron una hoja de origen vegetal.

Cuando a Cristaldo lo interpelaron por la desaparición del menor, el hombre aseguró que por el camino se cruzaron con otras dos personas a quienes no puso identificar y afirmó que Tizato decidió quedarse con ellos para “ir a pescar”.

Cristaldo tiene 49 años, está detenido y puede ser condenado a prisión perpetua.

“Soy inocente”

Esta mañana, el acusado mantuvo esa estrategia defensiva. “En ningún momento se me pasó por la cabeza hacerle daño a un chico. Jamás haría algo así. El juez Faría (Miguel Ángel) me acusó de cosas que no son. Es una injusticia por lo que estoy pasando”, lanzó ante los jueces que decidirán sobre su futuro.

Cristaldo recordó que “ese día salí de mi casa a las 9 y pasé por la casa de los padres del chico. Por eso me parecer raro que ahora todos digan que yo lo llevé a engañado al campo al chico”.

El imputado también se refirió al rifle de aire comprimido modificado para calibre 22 incautado en su casa y compatible con el disparo que presentaba el niño. “El arma sí se disparó, pero fue unos tres o cuatro días antes. Nunca disparé ese día que fuimos al campo, tampoco peleé con el chico. Soy inocente”, reiteró.

A pedido del fiscal Vladimir Glinka, el acusado reconstruyó el recorrido realizado junto a Tizato camino a las zonas de caza y trayecto que hizo de regreso, ya en soledad. También marcó en un mapa el punto donde sostiene que el adolescente se encontró con otros dos jóvenes que lo terminaron llevando hacia las lagunas artificiales de Rosamonte.

El proceso continuará mañana, a partir de las 8.30, con la declaración de los primeros testigos de la causa. Según adelantaron, la tanda estipulada para mañana estará integrada por los peritos que participaron de la investigación dirigida por el magistrado Miguel Ángel Faría, titular del Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles.

Cristaldo llegó a esta instancia detenido y, de acuerdo a la acusación, puede ser condenado a la pena de prisión perpetua. Es defendido por el ex juez penal José Antonio Reyes.

La laguna de agua estancada donde apareció el cuerpo de Tizato.

Apelaciones confirmó la preventiva para Cristaldo por el crimen de Dani Tizato

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