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Causa Fucammi: producían aceite de cannabis e irán a juicio por narcotráfico

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Los productores del aceite de cannabis que elaboraba la Fucammi en Puerto Rico irán a juicio acusados por delitos considerados como de narcotráfico. Así lo dispuso el Juzgado Federal de Oberá que, tras un dictamen emitido el año pasado por la Cámara Federal de Apelaciones, debió dar marcha atrás en su procesamiento inicial y elevó la causa a instancia de debate oral bajo los parámetros de la Ley 27.737 de Estupefacientes.

La medida alcanza a la presidenta de Familias Usuarias del Cannabis Medicinal Misiones (Fucammi), Rosana Vier (52); a su esposo Roberto Enrique Steckler (61); y a dos empleados de la asociación, uno administrativo y otro encargado de la distribución de los productos, según pudo establecer La Voz de Misiones en base a fuentes consultadas.

Inicialmente fueron acusados por la producción y venta de medicamentos sin autorización, que preveía penas de 4 años de cárcel como máximo pero, tras un apelación de la fiscalía interviniente y un dictamen de la Cámara de Apelaciones, sus imputaciones fueron agravadas y alcanzadas por la Ley 27.737, elevando las expectativas de penas hasta los 15 años. Todos están procesados sin prisión preventiva. 

Fucammi, denuncia anónima y allanamientos

La historia de Fucammi arrancó a mediados de 2015 y, según contó la propia Vier en entrevistas periodísticas brindadas en ese momento, ella comenzó a producir aceite de cannabis con fines terapéuticos para su hermano Juan Carlos, que presentaba un cuadro de epilepsia refractaria.

A partir de ahí, observó que decenas de personas se encontraban en su misma situación y empezó a elaborar el aceite de cannabis para otras familias con distintas dolencias que no encontraban respuesta en los tratamientos tradicionales.

“Fucammi es un grupo sin fines de lucro, políticos ni religiosos, apoyando a la legalización del uso medicinal del Cannabis, para tratar diferentes enfermedades, entre ellas: Epilepsia, Epilepsia Refractaria, Alzheimer, dolores crónicos, cáncer, migraña, artritis, anorexia, esclerosis múltiples, reumatismo, depresión, glaucoma ocular, parkinson”, se presentaba la asociación en sus redes sociales por aquel entonces.

Sin embargo, todo cambió el 2 de julio de 2019, cuando una denuncia anónima desde Ciudad de Buenos Aires alertó sobre el funcionamiento de la asociación a la Policía Federal Argentina (PFA).

El caso quedó en manos de la Fiscalía Federal de Oberá, a cargo de Viviana Vallejos, quien dio instrucciones a la División Antidrogas Eldorado de la PFA para confirmar o descartar lo denunciado.

Así fue como los investigadores marcaron domicilios de los involucrados e interdictaron envíos a toda la provincia de los productos elaborados por Fucammi y finalmente en agosto de 2019 se ordenaron allanamientos que derivaron en la incautación de frascos con aceite, lociones, urgüentos y jabones, todos producidos a base de cannabis, además de tachos con picadura de marihuana macerándose en alcohol y 720 gramos de cogollo.

En la investigación también se determinó que los involucrados no contaban con autorizaciones de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat), ni tampoco solicitaron ser incorporados al Registro Nacional de Pacientes en Tratamiento con Cannabis (Recann).

La historia de Fucammi se hizo conocida por la ayuda que brindaba a numerosas familias misioneras. FOTO: Archivo El Territorio.

La causa judicial 

Toda la causa quedó en manos, entonces, del Juzgado Federal de Oberá, a cargo del magistrado Alejandro Gallandat Luzuriaga, que inicialmente resolvió procesar sin prisión preventiva a los cuatro imputados por los delitos de “producción de sustancias medicinales en establecimientos no autorizados y venta sin autorización de sustancias medicinales que requieren receta médica”, previstos por los artículos 204 ter y 204 quinquies del Código Penal de la Nación, los cuales establecen penas de hasta 4 años de prisión como máximo.

Y ello dio inicio a una contienda jurídico-legal sobre el asunto. Es que la fiscal Vallejos no compartió lo resuelto y apeló la resolución al considerar que el delito en el que presuntamente incurrieron los miembros de Fucammi debían ser encuadrados bajo la Ley 27.737 de Estupefacientes, argumentando que los productos que eran comercializados por la asociación tenían “capacidad toxicomanígena” y eran “nocivos para la salud pública”, por lo cual no debían ser consideradas “medicinales”, sino estupefacientes.

Ante esta presentación, en el expediente debió intervenir la Cámara Federal de Apelaciones de la provincia, cuyos magistrados analizaron el planteo y en base a los elementos recolectados resolvieron hacer lugar a la opinión de la fiscal Vallejos -sostenida a la vez por la Fiscalía General Federal-, revocando el procesamiento de primera instancia y estableciendo que los cuatro miembros de Fucammi debían ser imputados en el marco de la Ley de Estupefacientes, al igual que cualquier hecho de narcotráfico.

En ese fallo, tal como ya publicó LVM en abril de 2022, los magistrados consideran que los hechos cometidos por Vier y sus compañeros de Fucammi deben ser encuadrados por el artículo 5 de la Ley 27.737, incisos b y c, que hacen referencia a la producción, comercialización, almacenamiento y transporte de estupefacientes, figura que prevé penas que van desde los 4 hasta los 15 años de prisión.

La resolución en su momento fue publicada en el Centro de Información Judicial (CIJ) y lleva las firmas de los jueces Ana Lía Cáceres de Mengoni, Mario Osvaldo Boldú y Mirta Tyden de Skanata.

Puerto Rico en su momento fue sede jornadas de cannabis medicinal.

Medicina no, droga

Entre los fundamentos de la decisión, los jueces de la cámara expusieron los resultados de las pericias químicas como elemento clave para acreditar la “aptitud toxicomanígena” de todos los productos elaborados a base de cannabis (aceite, jabones, lociones, etcétera) que fueron incautados en los diversos allanamientos realizados cuando comenzó la causa, entre 2019 y 2020.

De esas pericias se desprende que las muestras analizadas arrojaban concentraciones de THC de un mínimo de 1,2 hasta un máximo de 5,3% y los magistrados contrastaron esas conclusiones con un informe remitido por el presidente de Misiopharma S. E., que sostiene que el aceite de cannabis estandarizado y autorizado contiene THC en niveles de hasta 0,3%.

“Evidenciando que las muestras analizadas en el Informe Pericial Químico Nº 2766 excedían ampliamente los valores aceptados e imposibilita que la sustancia secuestrada sea considerada como “medicina”, arguyeron los magistrados.

En la resolución también hicieron énfasis en la escasez de controles microbiológicos en la producción (principalmente en las semillas) y a la falta de autorización legal para la fabricación de productos medicinales.

Ante todas estas argumentaciones, los magistrados de la cámara entendieron que las conductas de Vier, Steckler y el resto de los imputados debían ser calificadas como en orden a delitos vinculados a la Ley 27.737 de Estupefacientes. Es decir, como hechos de narcotráfico.

A juicio por narcotráfico

De esta manera, la Cámara revocó el procesamiento dictado en primera instancia por el juez Gallandat Luzuriaga y devolvió el expediente ordenando un nuevo pronunciamiento bajo los lineamientos recomendados.

Fue así que el magistrado no tuvo más que aceptar lo dispuesto por la instancia superior y decretar la elevación a juicio con un agravamiento en la acusación de los cuatro implicados.

Según consignaron fuentes de LVM, la resolución se firmó a fines del año pasado, tras el requerimiento de elevación a juicio formulado por la fiscal Vallejos, quien consideró que tanto Vier como Steckler deben responder coautores de los delitos de “producción, fabricación y comercialización”, previstos por el artículo 5 incisos b y c de la Ley 27.737, que prevé penas de entre 4 y 15 años de prisión.

Las mismas fuentes añadieron que el nuevo dictamen no recibió oposición alguna de las defensas, ante lo cual fue automática confirmada y remitida al Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas, cuyas autoridades ahora deben programar fecha para la realización del debate donde se ventilará el caso.

Será en esa instancia, con los implicados en el banquillo, donde se resolverá la cuestión. “De darse será un debate con mucho para discutir y seguramente concitará la atención de muchos sectores involucrados, como así también de organizaciones pro y anti cannabis”, consideró un especialista consultado por este medio.

La causa se resolverá en debate en el Tribunal Oral Federal de Posadas.

Causas similares

Una causa similar se llevó adelante en Entre Ríos, donde un joven dueño de un grow shop fue llevado a juicio por “siembra o cultivo de plantas utilizables para producir estupefacientes” (art. 5 inc. a de la ley 23.737) y “tenencia simple de estupefacientes” (art. 14, primera parte, ley 23.737), pero finalmente en octubre de 2022 el Tribunal Oral Federal de Paraná lo sobreseyó luego que la Fiscalía considerara que no correspondía acusarlo por los delitos que le endilgaban.

En Córdoba también hubo casos parecidos que culminaron en sobreseimientos. En esa causa la Justicia de primera instancia desestimó la acusación, aunque, al igual que en el caso Fucammi, la Cámara de Apelaciones revocó ese primer dictamen.

Sin embargo, luego el caso fue analizado en casación y el tribunal superior entendió que no había delito. En la causa Fucammi, como se mencionó, las defensas no recurrieron en casación.


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Ramón Amarilla inició huelga de hambre en la UP VIII: “Soy inocente”

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Ramón Amarilla

El ex policía Ramón Amarilla (58), detenido hace más de siete meses por una causa que investiga presuntos delitos de “intento de sedición y conspiración” y quien a principios de abril se anunció como candidato a diputado provincial, inició este jueves una huelga de hambre en la Unidad Penal VIII.

En una carta que hizo llegar a La Voz de Misiones, último medio que lo entrevistó en el penal, el ex uniformado anunció la medida y reiteró su inocencia: “Soy una persona que ha sido detenida injustamente, soy inocente y nunca organice ningún hecho delictivo como se me acusa. No soy parte de ningún grupo, como se me acusa”.

Y continuó: “Las supuestas pruebas que presentaron eran para tratar de involucrarme con una supuesta organización que verdaderamente nunca existió y así fomentar el miedo con los trabajadores de la seguridad, salud y docentes, los cuales solo solicitamos siempre tener una mesa de diálogo y que atiendan nuestras necesidades básicas”.

Amarilla, además, alega que: “Lo único por lo que he luchado siempre fue para que todos, Policía, salud, docentes, judiciales, empleados públicos podamos percibir un salario digno, contar con una obra social(IPS) que cubra nuestras necesidades de salud y que se respeten nuestros derechos humanos”.

Por último, en la misiva fecha hoy el detenido apunta: “Hago responsable de esta situación pura y exclusivamente al Ingeniero Carlos Rovira, al presidente de la cámara Herrera Ahuad, al gobernador Hugo Passalacqua, al ministro secretario de gobierno Marcelo Pérez, al Jefe de Policía Crio. Gral. Sandro Martínez, a la Dir. Del servicio Penitenciario Provincial Alcaide Gral. Valeria Mereles y al Juez de Instrucción N°3, Fernando Verón, quienes en complicidad han atentado sobre mi persona”.

Preso y candidato

Amarilla está detenido en el pabellón “ex fuerzas” de la Unidad Penal VIII de Cerro Azul por decisión del magistrado Fernando Verón, titular del Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, quien lo investiga en una causa por los delitos de “intento de sedición y conspiración” junto a otros siete ex uniformados.

Desde prisión, confirmó que decidió lanzarse al terreno político y presentarse como candidato a diputado provincial para las elecciones del 8 de junio. Su postulación será bajo el paraguas del partido Por La Vida y los Valores.

Desde su entorno, ratificaron que la candidatura sigue firme y además reclaman que desde las últimas entrevistas dadas sufre una “persecución” y un “cercenamiento” de sus derechos ya que le restringieron las visitas.

Ramón Amarilla desde la cárcel: “Conmigo crearon el voto bronca”


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Rechazaron libertad condicional a represor condenado por Masacre de Margarita Belén

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El represor cordobés Ricardo Guillermo Reyes, condenado a prisión perpetua por la Masacre de Margarita Belén, donde cuatro estudiantes y militantes misioneros fueron asesinados y desaparecidos, deberá continuar purgando su pena tras un rechazo al pedido de libertad condicional firmado por el magistrado Fabián Cardozo, integrante del Tribunal Oral Federal de Posadas.

Cardozo intervino en el planteo como juez de ejecución subrogante del Tribunal Oral Federal de Resistencia, donde recayó para su análisis el pedido de libertad condicional formulado por la defensa de Reyes, que fue condenado a prisión perpetua en 2011 y acumula 20 años privado de su libertad, aunque desde 2019 goza de arresto domiciliario.

En su resolución, el juez misionero resolvió en consonancia con la opinión emitida por el Equipo Interdisciplinario de Ejecución Penal de la Cámara de Casación Penal, cuyos integrantes se entrevistaron con Reyes y concluyeron en que el ex teniente del Ejército Argentino “no considera haber sido debidamente condenado”, al tiempo que se mostró reticente al abordaje del tema, deslizando críticas sobre el accionar e “imparcialidad” de la justicia durante su juzgamiento.

En base a ello, Cardozo expresó que “lo que surge de las actuaciones resulta insuficiente para la formación de un juicio legal que sustente la ponderación de una reinserción social favorable, lo que guarda necesidad, no acreditada, de su sujeción a un programa específico para el abordaje, en orden a sus características, de los delitos de lesa humanidad por los que fue condenado”.

A su vez, también ponderó que “es necesario conjugar los derechos de las víctimas (…) De la transcripción de sus declaraciones, surge la idea de su acceso condicionado al medio libre les genera animadversión porque lo vivencian, en el marco del inicio tardío del proceso de reparación en el que se hallan, como una injusticia y, en el caso de las personas desaparecidas, la sensación con la que al día de la fecha conviven, debido a la falta de cierre de la situación, es la de la impunidad de los responsables”.

La medida también tiene correlación con un dictamen firmado previamente por los fiscales Diego Vigay y Horacio Rodríguez, quienes opinaron en contra del otorgamiento del beneficio al sostener que Reyes no asume ninguna responsabilidad sobre los hechos cometidos y tampoco aporta datos para sanar el dolor que aún atraviesan los familiares de las víctimas desaparecidas.

“De este informe y de las propias palabras del condenado Reyes no existe siquiera algún indicio de una progresividad positiva, de una rehabilitación y de alguna capacidad de respetar y comprender la ley, así como también de comprender la gravedad de sus actos y de la sanción impuesta, todo ello nos permite concluir que no está apto para adecuada reinserción social”, sintetizaron los representantes del MPF.

El juez Fabián Cardozo es integra el Tribunal Oral Federal de Posadas.

 Masacre

La denominada Masacre de Margarita Belén consistió en el asesinato de un total de 22 prisioneros políticos durante un operativo conjunto desplegado entre el Ejército y la Policía de Chaco. Previo a ello, todas las víctimas habían sido sometidas a extensas sesiones de tortura en distintos centros clandestinos de detención de la región del NEA.

Entre las víctimas habían cuatro misioneros, todos ellos estudiantes y militantes sociales de 24 años: Luis Arturo Franzen, Manuel Parodi Ocampo, Carlos Duarte y Carlos Enrique Tereszecuk.

La versión oficial indicó que ese 13 de diciembre de 1976 a la madrugada, una decena de detenidos iban a ser trasladados desde la Unidad Penal 7 y del Regimiento de Infantería de Resistencia hacia una cárcel de Formosa bajo la excusa de un posible desorden carcelario, pero durante el viaje y en cercanías a la localidad de Margarita Belén, se produjo un enfrentamiento con supuestos guerrilleros que pretendían liberar a los prisioneros y el saldo fue de 22 fallecidos.

Sin embargo, las investigaciones y los juicios realizados posteriormente, permitieron develar que en realidad todo se trató de una puesta en escena montada por los militares, utilizando la misma técnica atroz que ya habían desplegado meses antes en otros puntos del país como en Salta con la Masacre de Palomitas, por ejemplo.

La mayoría de las víctimas habían sido torturadas durante toda la noche previa y llevadas hasta ese lugar ya prácticamente sin vida, donde los militares montaron una escenografía con cuerpos ubicados dentro de vehículos y desparramados por el monte.

La masacre se perpetró el 13 de diciembre de 1976 y un monumento recuerda a las víctimas en Margarita Belén.

Después de allí, algunos cadáveres fueron enterrados en el cementerio Francisco Solano de Resistencia y luego entregados a sus familiares, como es el caso de Franzen y Parodi Ocampo, aunque en 2018 se descubrió que sus cuerpos habían sido intercambiados y recién en 2020 pudieron ser restituidos y despedidos correctamente.

Situación similar ocurrió con Duarte, que a sus familiares el Ejército le entregó un cuerpo que en realidad pertenecía a otra persona. En pleno 2025, el misionero continúa como desaparecido y ese cadáver sigue sin poder ser identificado.

Los restos de Tereszecuk, en tanto, fueron hallados en las costas de Empedrado, Corrientes, y recién en 2018 pudieron ser identificados científicamente mediante la intervención del EAAF, que también trabajó en los casos anteriores.

Por el fusilamiento clandestino disfrazado de enfrentamiento, ocho militares fueron condenados a prisión perpetua durante un juicio que acumuló al menos 120 declaraciones testimoniales y culminó en el 2011.

En 2016, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó las penas de prisión perpetua impartidas contra Athos Gustavo Renés, Horacio Losito, Germán Emilio Riquelme, Jorge Daniel Carnero Sabol, Aldo Héctor Martínez Segón, Luis Alberto Patetta, Ernesto Jorge Simoni y Ricardo Guillermo Reyes, quien ahora pidió la libertad condicional pero se la negaron.

Margarita Belén, 45 años: cartas de un fusilado


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Contrabando de soja: la palabra de los gendarmes y las relaciones con Marino

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El debate oral contra los ex gendarmes Marco Antonio Duette (53), ex jefe del Escuadrón 9 de Oberá, y su subalterno Ricardo Fabián Gómez (50), acusados de integrar una organización dedicada al contrabando de granos, se reanudó hoy con la palabra de los inculpados, quienes se desvincularon de los hechos y fueron intensamente interrogados por sus vínculos con Santiago Marino, empresario sindicado como “el rey de la soja” en Misiones e imputado en el mismo expediente, aunque ya condenado tras firmar un acuerdo de juicio abreviado.

Previo a su declaración, Duette escuchó atentamente el requerimiento de elevación a juicio de la causa, donde se lo acusa de integrar una asociación ilícita encargada de exportar granos hacia Brasil evadiendo controles tributarios, esquema en el cual él se valía de su cargo como jefe del Escuadrón 9 Oberá de GNA para “liberar rutas” a los camiones que provenía con las oleaginosas desde de Santiago del Estero, Córdoba y Chaco, entre otros puntos del país.

Según la acusación, esa organización estaba conformada por otros once imputados -nueve de los cuales ya se acogieron a juicios abreviados- y su desmantelamiento se concretó en noviembre de 2021, tras una larga investigación que se inició un año antes gracias a una denuncia anónima realizada ante la línea 134 del Ministerio de Seguridad de la Nación.

Los instructores de la causa establecieron que para ejecutar la maniobra la banda utilizaba Cartas de Porte de Afip (ahora Arca) y formularios CTG (Código de Trazabilidad de Granos) emitidas por personas insolventes para tal fin o con direcciones de destino falsas para simular un marco de legalidad al transporte de las cargas, pero una vez ingresados a la provincia los documentos eran anulados.

“Nunca participé en ninguna organización, ni en nada de lo que se me acusa”, arrancó Duette ante el Tribunal Oral Federal de (TOF) de Posadas, presidido por el magistrado Manuel Alberto Jesús Moreira e integrado por sus pares Juan Manuel Iglesias (Chaco) y Víctor Antonio Alonso (Corrientes), estos dos últimos como subrogantes y conectados de manera telemática desde sus jurisdicciones.

El imputado afirmó que durante su gestión como jefe del Escuadrón 9 (2020-2021) labró varias actas de infracción contra camiones con documentaciones de carga irregulares, pero alegó que no secuestró ninguno porque así lo había establecido la Justicia Federal Oberá como una especie de “norma” de proceder para casos que hayan tributado ante ATM. 

“Algunos camiones no tenían carga de porte, pero habían pagado ATM. Se los infraccionaba, pero yo no tenía recursos para secuestrarlos porque para el juzgado y para la fiscalía eso no era delito. Ellos alegaban el contrabando se daba en la costa”, justificó. 

Y continuó: “Si ellos anulaban la carga de porte después yo no podía saberlo y tampoco tenía motivos legales para tenerlos retenido 24/48 horas hasta comprobarlo”.

Duette y Gómez estuvieron detenidos durante la instrucción en una delegación de PSA en Rosario.

“Marino se daba de informante”

En el resto de su indagatoria Duette hizo un repaso de su trayectoria como gendarme y de sus lineamientos de trabajo trazados en el Escuadrón 9, aunque tanto la fiscalía, encabezada por Pablo Di Loreto, como las abogadas querellantes de Afip, Rossana Sienra y Yamila Soledad Amado, hicieron especial hincapié en su relación con Marino, uno de los líderes de la organización, con quien además constan escuchas telefónicas consideradas comprometedoras para la causa. 

Conocí a Marino a fines de mayo de 2020. Era una relación protocolar, él se presentaba como un comerciante y empresario que iba a inaugurar un complejo turístico en la zona”, respondió ante la primera consulta, aunque en el desarrollo de la indagatoria admitió que su hijo trabajó para él, que intercambiaba mensajes de Whatsapp y que también mantuvo encuentros con él.

Él me invitó a la inauguración de su complejo y tuve que ir porque estaban todas las autoridades. Hasta el vicegobernador dio un discurso ese día”, apuntó, pero también recordó algunas conversaciones que llamaron la atención de la fiscalía.

“El señor Marino se daba de informante de la Gendarmería. Era raro”, describió y ante otra consulta respondió que “unas cuatro o cinco veces recibí información de él. Una vez fue por el tema de (las patentes de) los camiones, después sobre cómo se maneja la costa, donde la gente habla en portuñol, porque la mayoría tiene parientes del otro lado”.

“No por mí, pero por mi cargo, siempre se me acercaba la gente para ver si podían sacar algún beneficio”, aclaró después, cuando ya el interrogatorio pasó a manos de su abogado patrocinante Carlos Larraburu.

Pablo Di Loreto -al medio- representa al Ministerio Público Fiscal.

Casi en misma sintonía se desarrolló la indagatoria de su consorte de causa Ricardo Fabián Gómez, que además cuenta con el mismo defensor particular.

Gómez también es un gendarme con varios años de servicio y su última labor la cumplió como conductor en la sección motorizada del Escuadrón que gestionaba Duette.

Ante las partes, el imputado negó los cargos, cuestionó a la Justicia y enalteció su función como uniformado. “No tengo la capacidad de formar parte de una organización tal como lo mencionan acá. Estoy tranquilo, sé que no hice nada. No me puedo avergonzar de nada”, se plantó.

El hombre aclaró que por su función nunca fue parte de ningún procedimiento, sino que más bien se dedicaba al traslado de detenidos a hospitales, a juzgados o al envío de víveres a otras delegaciones.

Fue en uno de esos viajes, puntualmente a Panambí, que conoció a Marino, según contó. “Yo lo conocí en 2020, en la ruta. Cuando paramos en la sección estábamos con otros gendarmes y ahí se presentó él, que era una persona, un empresario conocido en la zona”, dijo.

Las partes insistieron en ese vínculo y en la continuidad de su testimonio Gómez admitió que después de ese encuentro fortuito visitó en al menos dos oportunidades el complejo turístico de Marino, en ambas ocasiones para disfrutar de sus atractivos junto a su familia.

También contó sobre un viaje que hizo con Marino hasta Posadas. “Me dijo que tenía que hacer un service al auto en Posadas y como yo estaba solo en mi casa y hace mucho no iba a Posadas, acepté. Después en la concesionaria nos dijeron que el service iba a tardar mucho y en ese rato cruzamos a Paraguay”, se adelantó antes de la casi segura pregunta sobre cruce migratorio que comparte con el empresario.

Por último, afirmó que los viajes con Marino se dieron “dos o tres veces. Eran siempre de día y en días de descanso”.

Las partes también estaban interesadas en esclarecer los vínculos de ambos imputados con el ex policía Francisco Eladio Morel, otro de los integrantes de la organización.

Tanto Duette como Gómez respondieron que conocieron a Morel en encuentros que se dieron casualmente en el complejo turístico de Marino y contaron que las conversaciones solamente giraban en torno a “temas de la fuerza”.

El juicio continuará el 5 de mayo, a partir de las 8, con la toma de testimoniales. El listado de testigos se redujo a trece, dado que otros diez fueron desistidos por las partes al firmarse acuerdos de juicio abreviado con el cooperativista Juan Carlos Skavinsky y el empresario automotor Marcelo Da Silva, quienes debían estar en el banquillo junto a los ex gendarmes.

Procesado por contrabando de soja se lanzó para intendente de Mojón Grande


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