Judiciales
Pareja acusada de homicidio acordó penas de hasta 10 años y medio en Eldorado




Lorenzo Fabián Acosta (28) y Clara Soledad Riveros (33), la pareja acusada por el crimen de un vecino del barrio 1° de Mayo de Puerto Iguazú en 2020, reconocieron sus culpabilidades en el hecho y mediante la firma de un juicio abreviado acordaron penas de hasta 10 años y 6 meses de cárcel.
Ambos imputados debían enfrentar esta mañana el debate oral en que iba a ventilar el homicidio ante los magistrados del Tribunal Penal Uno de Eldorado, pero minutos antes de la hora prevista para el inicio aceptaron los cargos impuestos por el fiscal Federico Rodríguez.
De esta manera, tanto Acosta como Riveros reconocieron haber participado del crimen y aceptaron ser condenados a penas de 10 años y 6 meses y 5 años y 4 meses de prisión, respectivamente.
Las actas fueron firmadas, elevadas al tribunal y, en consecuencia, el juicio oral fue suspendido, evitando ambos imputados la exposición pública.
Según añadieron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, una vez que el acuerdo se homologado por los camaristas y la sentencia quede firme, se procederá al cálculo de una única para imponer a Acosta, quien ya registra una condena previa por el mismo delito.
El crimen de Quiroz
El hecho por el cual la pareja iba a ser juzgada hoy se registró el 26 de septiembre de 2020, entre las 3 y las 4 de la madrugada, y la víctima fue identificada como César David Quiroz (28).
La reconstrucción del caso indica que esa madrugada Quiroz estaba junto a su pareja, María Florencia Caballero, frente a su casa hasta que al lugar arribó la pareja conformada por Acosta y Riveros, con quienes se produjo una breve discusión que derivó en un ataque mortal.
La secuencia trazada por los investigadores señala que tras la discusión los acusados se retiraron del lugar, pero regresaron a los pocos minutos y armados con cuchillos.
Allí Acosta asestó una seguidilla de estocadas a Quiroz en diversas partes del cuerpo, mientras que Riveros atajaba y golpeaba a la pareja de la víctima para que no pudiera auxiliar al hombre.

El crimen de Quiroz se registró en septiembre del 2020 en Puerto Iguazú.
La posterior autopsia estableció que Quiroz falleció producto lesiones de carácter “letal” en los pulmones y que las heridas fueron provocadas con dos armas blancas de diferentes dimensiones.
Tras el ataque, los agresores huyeron de la escena, mientras que la víctima fatal acabó tendido boca abajo en el interior de una pileta pelopincho que había en el lugar.
Horas después, la pareja fue detenida e imputada por el homicidio. Desde ese día permanecen privados de su libertad.
Antecedente homicida
Posteriormente, los investigadores además determinaron que Acosta registraba una condena previa por homicidio y desde febrero se encontraba en libertad condicional.
El hecho anterior se registró el 8 de febrero de 2014 en Iguazú y la víctima fue identificada como Porfirio Martínez (65), quien fue ultimado a puñaladas tras un ataque perpetrado por un grupo de hombres en medio de una aparente disputa de tierras.
Por ese caso Acosta fue condenado a nueve años de prisión tras un juicio abreviado firmado en 2016, pero para 2020, tras seis años detenido, obtuvo el beneficio de la libertad condicional, aunque sus días en libertad no duraron mucho.
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El Senado aprobó el pliego de Marcelo Cardozo como juez federal de Iguazú

El Senado de la Nación aprobó esta tarde más de 30 pliegos para la designación de diversos cargos para nuevos jueces, fiscales y defensores públicos a lo largo y ancho del país, entre los cuales se destaca el nombramiento del magistrado Marcelo Alejandro Cardozo como juez federal de Puerto Iguazú.
La aprobación de los pliegos se dio esta tarde, luego de tras horas de debate, en el que gran parte de la discusión estuvo centrada sobre la figura de Ana María Figueroa, la camarista de Casación cuyo retiro había sido confirmado por la Corte Suprema de Justicia tras cumplir su edad jubilatoria de 75 años, pero ahora podrá continuar ejerciendo como jueza.
La votación en la Cámara Alta culminó de manera favorable gracias al último voto emitido por la oficialista Claudia Ledesma Abdala de Zamora, quien presidía la sesión al momento de la votación, y desequilibró el empate a 35.
En ese marco, entre los pliegos aprobados se destaca el de Marcelo Alejandro Cardozo, actual titular del Juzgado de Instrucción Uno de Posadas, que ahora podrá asumir al frente del Juzgado Federal de Puerto Iguazú.
Dicho juzgado fue creado en noviembre de 2011, aunque nunca pudo ser habilitado por no designarse el cargo principal, ni más ni menos que el de juez.
Finalmente, ese día llegó hoy y para la culminación del trámite constitucional ahora solo resta el decreto de designación por parte del Poder Ejecutivo, con la respectiva publicación en el Boletín Oficial.
De acuerdo a la disposición, el Juzgado Federal de Puerto Iguazú, localidad ubicada en plena Triple Frontera, comprenderá dos secretarías, una con competencia criminal, y la otra con competencia civil, comercial, contencioso administrativa, laboral, seguridad social, tributaria, ejecuciones fiscales, así como también toda otra cuestión federal, con excepción de la materia electoral.
Hasta el momento, la jurisdicción era atendido por el Juzgado Federal de Eldorado, a cargo del magistrado Miguel Ángel Guerrero.
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Juzgan en Posadas a acusado de violar a su hijastra en Jardín América

Este jueves, en la sala de audiencias del Tribunal Penal Uno de Posadas, comenzará el juicio oral contra un hombre oriundo de Jardín América acusado de violar a su hijastra menor de edad.
El juicio, que se desarrollará a puertas cerradas por tratarse de un delito contra la integridad sexual, se extenderá a lo largo de cuatro jornadas, por lo cual su culminación está prevista para el próximo martes.
El hombre, identificado como A. V. -el resto de sus datos filiatorios se preservan para no revictimizar a la denunciante-, está imputado por el delito de “abuso sexual con acceso carnal a una menor de 13 años, calificado por el vínculo y por la situación de convivencia preexistente, dos hechos”.
Según señalaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, los hechos que se ventilarán en debate se registraron en la localidad de Jardín América, aunque la investigación fue realizada por el Juzgado de Instrucción Uno de Puerto Rico.
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Niegan domiciliaria a un preso por antecedentes de violencia de género

“Los hechos investigados en estas actuaciones se vinculan con una de las temáticas más preocupantes en el universo de los Derechos Humanos, cual es la violencia de género; que impone tomar las medidas judiciales adecuadas para prevenir, sancionar y evitar la repetición de esos delitos”, con esta fundamentación -entre otras de misma índole- el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas denegó la prisión domiciliaria a un hombre condenado por narcotráfico y con antecedentes de violencia de género contra su pareja.
El caso en cuestión está vinculado a J. R. (25), un changarín y tarefero oriundo de Montecarlo que en agosto de 2020 fue descubierto al despachar una encomienda con 10,450 kilogramos de flores de marihuana, lo cual más tarde le valió una condena de 4 años de prisión dictada por el TOF en febrero de este año.
Ahora, el implicado solicitó el beneficio de la prisión domiciliaria argumentando la necesidad de regresar a su casa de Montecarlo para cuidar a su hija menor de edad y que de esa manera su pareja pudiera salir a trabajar sin contratiempos para conseguir mayor respaldo económico para la familia.
El planteo motivó un extenso debate entre las partes involucradas (fiscalía y defensa) para establecer si el otorgamiento de la morigeración de las condiciones de detención era viable o no, lo que incluyó pedidos de nulidad, de informes y de antecedentes.
Es que, en medio de los estudios socioambientales los niños que residen en la vivienda donde el implicado pretendía regresar recordaron haber observado situaciones de violencia entre el hombre y su pareja.
Ante esta cuestión, la Justicia solicitó que tanto la Policía como el Juzgado de Primera Instancia Civil, Comercial, Laboral, de Familia y Violencia Familiar de Eldorado cotejen su base de datos a fin de confirmar la existencia de denuncias y lo confirmaron.
De acuerdo a los informes elevados, en contra de J. R. consta una denuncia por violencia de género radicada por su pareja, lo cual derivó en una exclusión de hogar y una restricción acercamiento.
Atento a esta información, en la resolución dictada ayer y publicada hoy en el Centro de Información Judicial (CIJ), el magistrado Fabián Cardozo, resolvió denegar el pedido de prisión domiciliaria.
Fundamentos
En el fallo, Cardozo argumentó que “es importante destacar que nos hallamos ante una situación de suma y extrema gravedad por el hecho denunciado, que tiene directa vinculación con la violencia de género, circunstancia exteriorizada mediante violencia física y psicológica hacia la señora (se preserva identidad) en el ámbito doméstico y familiar, la que debe ser tenida en cuenta a fin de evitar que se repita el conflicto, como así también, la vulneración de sus derechos y el de los menores involucrados”.
Además, en otro tramo del documento consigna que “la violencia doméstica y familiar, entre particulares, es el espacio donde más vulneraciones a los derechos de las mujeres se perpetran, porque es un lugar oculto, donde hay menos posibilidades de control, siendo de difícil prueba, donde se reproducen las escalas de dominación de los varones donde persisten los patrones machistas donde el hombre ejerce disponibilidad material sobre el cuerpo de la mujer”.
De esta manera, el juez Cardozo puso de relieve los antecedentes de violencia de familiar, pero también consideró que del informe socio ambiental surge que la “situación habitacional y económica de la familia es precaria”, aunque “se pudo determinar que los niños se encuentran escolarizados y al cuidado de su madre”, por lo cual no advierte “una situación de desamparo que amerite la aplicación” de la domiciliaria en favor del condenado.
Fue así que se resolvió denegar el pedido, aunque el TOF sí solicitó que el Servicio Penitenciario Federal (SPF) arbitre los medios necesarios para que el implicado sea trasladado desde su celda en la Unidad Penal 10 de Formosa hacia un complejo carcelario más cercano a su domicilio, lo que le permite tener contacto con sus familiares más cercanos.
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