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Caso Horacelia: Monzón sostiene que se defendió y reclamó por suero de la verdad

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Juicio Horacelia Marasca, Martín Monzón

El juicio oral por el femicidio de Horacelia Marasca (16), asesinada a puñaladas y descuartizada en 2015 en su casa de Villa Cabello, comenzó esta mañana y el único acusado del caso, Martín Monzón (39), mantuvo la versión de que la muerte de la adolescente se produjo durante un forcejeo defensivo de su parte y volvió a pedir para declarar bajo los efectos del “suero de la verdad”.

“Como sabía que desde el principio no me iban a creer, había solicitado a través de mi defensa que se me tome declaración bajo los efectos del suero de la verdad, porque encontraba en eso la única manera de hacer creíble mi relato”, sostuvo el imputado ante el Tribunal Penal Dos de Posadas, apenas se le concedió la palabra esta mañana, luego de la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa y de la apertura formal del proceso oral en el que cual se ventilará el femicidio registrado el 16 de agosto de 2015 en Posadas.

En esa misma instancia, Monzón señaló que no iba a responder preguntas ni agregar nada, solamente deseaba ratificar lo ya declarado en indagatorias producidas durante la etapa de investigación, que estuvo a cargo del magistrado Ricardo Balor, titular del Juzgado de Instrucción Seis de Posadas.

“No deseo agregar otra cosa, solo que se lea mi declaración ya escrita, sin agregar, ni quitar nada hasta que se me conceda el derecho de declarar bajo el suero de la verdad, porque encuentro esa la única forma de hacer creíble mis palabras. No voy a responder ninguna pregunta”, recalcó respecto a su planteo, lo cual ya fue solicitado en instancias previas por su defensa y rechazado hasta por el Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia.

En consecuencia, el tribunal, presidido por el magistrado César Yaya e integrado por Gregorio Busse y Fernando Verón (subrogante), ordenó que se leyera ante las partes las declaraciones indagatorias vertidas por el imputado durante la etapa de instrucción y agregadas al expediente.

Martín Monzón, femicidio de Horacelia

Martín Monzón, de 39 años, está detenido desde 2015 y puede ser condenado a prisión perpetua.

La teoría defensiva

Dichas declaraciones fueron vertidas el 28 de agosto y el 14 de septiembre de 2015 y en las dos Monzón refiere haberse defendido de una agresión inicial de Horacelia, situación que devino en un forcejo en el que la joven culminó con un cuchillo incrustado en el pecho.

En esas declaraciones, el imputado sostuvo que había conocido a Horacelia cuando esta trabajaba de enfermera en casa de su madre y él decidió pelearse con su familia para convivir con ella.

Sostuvo que a los pocos meses de relación la joven quedó embarazada y que al tener al pequeño comenzaron los problemas, la mayoría de ellos vinculados a cuestiones de “infidelidad”.

Sobre el día del hecho, recordó que esa noche (16 de agosto de 2015) Horacelia pretendió irse de la casa, pero él se opuso, lo cual dio inicio a una discusión en la que -según Monzón- él fue atacado primero.

“Se vistió y me dijo que iba a salir. Yo le negué. Ahí ella trajo un cuchillo, empezó a amenazarme y en el forcejeo se le clava el cuchillo en el pecho. Ahí tuve miedo y me deshice del cuerpo e hice como si fuese que ella se había ido”, dijo en su primera indagatoria.

Luego, en la ampliación dada en septiembre, agregó que “ella me atacó con una puñalada, yo le torcí el brazo y cayó al piso. En el forcejeo veo el cuchillo incrustado en el pecho. Empezó a salir mucha sangre y empezó a temblar. Me asusté. Yo la quería mucho”.

Martín Monzón, caso Horacelia, fiscal Glinka

El acusado, ante el tribunal y el fiscal Vladimir Glinka.

Sobre lo realizado posterior al crimen, es decir, el desmembramiento del cuerpo, manifestó que “a la mañana llevé los restos, dos bolsas dejé en un contenedor, dos en un desagüe y otra en un caño. Pensé que nunca se iba a saber nada”.

Durante esas mismas indagatorias le preguntaron si sabía que la joven ya no tenía signos vitales cuando procedió a descuartizar el cadáver y respondió que “sí, le toqué el puso. Si estaba viva yo juro que iba a pedir ayuda”.

Al culminar la lectura de sus declaraciones, el tribunal dispuso un cuarto intermedio hasta mañana, a partir de las 8.30, para comenzar la etapa de testimoniales.

Según fuentes consultadas por La Voz de Misiones, hay al menos 26 testigos, entre familiares, vecinos, peritos y profesionales de diversas áreas, citadas a prestar declaración.

En el debate interviene el fiscal Vladimir Glinka, mientras que el imputado cuenta con la representación del abogado defensor oficial Miguel Ángel Varela.

Monzón está detenido desde el inicio de la causa y está imputado por el delito de “homicidio agravado por el vínculo”, que prevé una pena de prisión perpetua en caso de ser hallado responsable.

Tres golpes y tres puñaladas

Previo a comparecer Monzón ante el estrado, en la sala de audiencias se procedió a la lectura del requerimiento de elevación a juicio de la causa, formulada en su momento por la fiscal María Laura Álvarez.

En ese documento se plasman las pruebas obrantes en la causa, se traza la hipótesis acusatoria y se califica el hecho según el encuadre legal que se considera pertinente.

Allí se detalló que la investigación del caso comenzó el 17 de agosto de 2015, a las 8.30, cuando el propio Monzón se acercó a la Comisaría Séptima para denunciar la desaparición de su pareja. En esa instancia, aseguró que a las 00.30 de esa madrugada él la vio por última vez, cuando “dejó que se vaya” porque la joven quería “rehacer su vida”.

La pesquisa terminó develando cuestiones totalmente contrapuestas. Es que, en base a los elementos recolectados, se reconstruyó que la noche previa, es decir, el 16 de agosto, entre las 21.30 y las 23, mientras se disputaba un partido entre Arsenal y Boca Juniors, se produjo una discusión entre Horacelia y Monzón en el interior de departamento 3, de la planta baja del edificio A, de la chacra 150 de Villa Cabello, donde residían hace unos meses.

Martín Monzón, defensor Miguel Ángel Varela

Monzón es representado por el defensor oficial Miguel Ángel Varela -a la derecha-.

La hipótesis acusatoria sostiene que la discusión se originó por una relación paralela de la adolescente, tras lo cual se inició una pelea, en la cual Horacelia recibió tres golpes, uno en la cara, que le provocó el desprendimiento de tres piezas dentarias, y tres puñaladas con un cuchillo tipo carnicero, una de 14 centímetros de profundidad, que le perforó el pulmón y el corazón.

Posteriormente, fue desmembrada en cinco partes, puestas en bolsas de consorcio y descartada en distintos puntos del barrio, algunos en desagües que desembocan en el arroyo Mártires.

Gran parte de los restos -no todos- fueron hallados horas después gracias a los señalamientos dados por el propio imputado, según se consigna en el requerimiento de elevación a juicio leído esta mañana ante todos los presentes en la sala de audiencias.

Antes de arrancar el juicio, en el marco de los planteos preliminares, el defensor Varela solicitó la nulidad de algunas medidas previas, referidas principalmente al rechazo de algunos testigos y al uso de pentotal sódico, pero el tribunal desestimó todos los pedidos.

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Revés judicial para Cerro Azul en reclamo de $165 millones a una empresa

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cerro azul

La Justicia provincial rechazó una ejecución fiscal impulsada por la Municipalidad de Cerro Azul contra la empresa MM Bioenergía S.A. por una deuda superior a los $165 millones y cuestionó la legalidad del procedimiento utilizado por la comuna para reclamar tributos.

El fallo fue dictado por el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Leandro N. Alem, que rechazó la demanda iniciada en junio de 2025 por la municipalidad en concepto de tasas de Seguridad e Higiene, Comercio e Industria correspondientes a distintos períodos entre 2021 y 2025.

La comuna reclamaba un total de $165.044.216,75 y había solicitado además medidas cautelares sobre bienes y fondos de la firma dedicada a la generación de energía renovable.

Sin embargo, tras varios meses de litigio, el magistrado interviniente resolvió desestimar la ejecución fiscal al considerar que la documentación presentada por el municipio no cumplía con los requisitos legales exigidos para avanzar con el cobro judicial.

Uno de los principales puntos observados en la sentencia fue la utilización de la Ordenanza VI N° 25 como fundamento del reclamo tributario. Según el fallo, esa norma fue publicada oficialmente recién el 1 de octubre de 2025, es decir, después de las intimaciones de pago y cuando ya se pretendía exigir el cobro de períodos anteriores.

En la resolución, el juez sostuvo que “la ausencia de publicación impide reconocer eficacia normativa a la ordenanza en cuestión y, por ende, priva de sustento legal exigible al crédito cuya ejecución se pretende”.

El fallo también cuestionó la boleta de deuda emitida por el municipio al señalar que el documento no detallaba con precisión qué conceptos se reclamaban, a qué períodos correspondían ni cuál había sido el mecanismo utilizado para calcular la deuda, incumpliendo requisitos establecidos en el Código Fiscal.

Durante el proceso judicial, MM Bioenergía S.A. argumentó además que su actividad se encuentra regulada bajo jurisdicción federal por tratarse de generación de energía dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, en el marco de las leyes nacionales vinculadas a energías renovables. En ese sentido, cuestionó la potestad municipal para aplicar las tasas reclamadas.

En otro tramo de la sentencia, el magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de tribunales provinciales que establecen que ningún tributo puede ser exigido si la norma que lo crea no fue debidamente publicada en el Boletín Oficial.

Además de rechazar la ejecución fiscal, la Justicia impuso las costas del proceso a la Municipalidad de Cerro Azul y reguló honorarios profesionales sobre la base económica total del juicio, fijada en más de $165 millones. Según se desprende de la resolución, el impacto económico derivado del proceso podría superar los $50 millones.

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Cristaldo recibió 17 años de prisión por matar y ocultar el cadáver de Tizato

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Cristaldo Tizato

El Tribunal Penal Dos de Posadas resolvió este miércoles al mediodía condenar a Richard Arnaldo Cristaldo (49) a la pena de 17 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de César Daniel Tizato (16), el adolescente con el cual el 30 de agosto de 2020 salió a cazar en inmediaciones a su casa del paraje Pindapoy, de la localidad de San José.

La sentencia, emitida por los magistrados Augusto Gregorio Busse -presidente-, César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau, fue en disidencia al planteo efectuado por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato había mantenido la acusación impuesta en etapa de instrucción y conforme a ello había solicitado que Cristaldo sea condenado a prisión perpetua por “homicidio agravado por alevosía”.

La parte resolutiva del fallo se leyó este mediodía, minutos después de las 12.30, tras un breve cuarto intermedio de poco más de 30 minutos, mientras que los fundamentos de la resolución serán comunicados el próximo 4 de junio.

Cristaldo, más conocido como Grulla, por su oficio como profesor de artes marciales, oyó el dictamen en silencio, acompañado a la distancia por sus hijas y otros familiares directos que siguieron respetuosamente la audiencia desde el sector preparado para el público presente.

Cristaldo, junto a su abogado, minutos después de firmar el acta de la sentencia.

Duda

Su abogado defensor, el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, había solicitado en su alegato la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, al considerar que no existían pruebas directas que vinculen al acusado con el asesinato del adolescente.

El letrado cuestionó la reconstrucción del caso trazada por el fiscal Glinka. Consideró que ese relato de hechos era “inverificable”, apunt

ó a la mayoría de los testigos por “mentir” en sus declaraciones y criticó severamente a los dos comisarios (Sergio de los Santos y Gabriel Antonio Comes) por el testimonio donde dieron cuenta que durante su detención Cristaldo admitió que mató a la víctima por accidente. 

Reyes también dirigió duras acusaciones contra los serenos de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, predio donde el cuerpo de Tizato apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad.

“Han venido acá y mintieron. Ellos no es que solo caminan sin hacer nada. Ellos son sanguinarios y mutiladores con quienes entran a cazar y pescar”, lanzó.

Reyes alegó que “no hay pruebas y los indicios desaparecieron. Los testigos que lo vieron mojado han mentido antes y ahora”, al tiempo que sostuvo que “es imposible que la bala de un calibre 22” -proyectil compatible con el rifle incautado en poder del acusado- cause la lesión penetrante y perforante que presentaba la víctima.

En último intento por torcer su destino, Cristaldo volvió a hablar ante el tribunal y reiteró su inocencia, aduciendo que ese episodio en la comisaría donde presuntamente admitió el crimen, fue bajo amenazas de los policías intervinientes.

El tribunal presidido por Gregorio Busse -al centro- emitió el fallo minutos después de las 12.30.

Cobarde, traicionero y abusivo

Un alegato diametralmente opuesto fue el desarrollado por el fiscal Glinka, quien consideró que el imputado pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar a una zona inhóspita, actuando sobreseguro y aprovechándose del estado de vulnerabilidad e indefensión de Tizato.

A Tizato lo mataron de una forma muy cobarde, traicionera y abusiva. Lo privaron de la posibilidad de torcer su destino. Lo manosearon. Le pusieron una piedra en la ropa para que se hunda y se pudra en la profundidad”, describió.

Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.

Para el fiscal, fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando las hipótesis de un hecho accidental, de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita o del involucramiento de otros presuntos jóvenes con quienes Cristaldo afirmó que la víctima decidió quedarse para no volver con él.

¿Existieron esas personas? Yo lo descarto. La lógica es que Daniel nunca se separó del imputado. Es solo un relato más que jamás se pudo comprobar. Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas y se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, reconstruyó.

“En fin. Ya no hay posibilidad de teorías alternativas. Se investigó todo. Fue la última persona que estuvo con Dani, era el único armado, estaba todo mojado cuando volvió y la ciencia determinó que era imposible que ese rifle se dispare por accidente”, resumió Glinka y solicitó la pena de prisión perpetua como autor de “homicidio agravado por alevosía”, aunque luego el tribunal modificó la calificación del caso.

 

Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato

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Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato

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El fiscal Vladimir Glinka mantuvo la acusación de “homicidio agravado por alevosía” y solicitó la pena de prisión perpetua para Richard Arnoldo “Grulla” Cristaldo (49), único imputado por el asesinato de Dani Tizato (16), registrado en 2020 en San José.

Para el titular de la fiscalía, quedó comprobado que Cristaldo pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar y luego cometió el crimen, asesinándolo de un disparo que le atravesó el corazón y ocultando el cadáver en una laguna de agua estancada.

Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.

Para el fiscal fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando la hipótesis de un hecho accidental o de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita, predio donde ocurrió el crimen y se descubrió el cuerpo tras 32 días de búsqueda.

“Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas. Él se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, apuntó.

Tras el pedido, el Tribunal Penal Dos dispuso un cuarto intermedio y más tarde será el turno de alegar para José Antonio Reyes, abogado defensor del imputado.

El caso Tizato comenzó el 30 de agosto de 2020, cuando fue a cazar con Cristaldo y nunca volvió. Su cuerpo apareció 32 días después en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad. Tenía un disparo en el pecho y rocas entre sus prendas para evitar que flote.

Cristaldo arguyó que en medio del camino el adolescente se quedó junto a otros tres jóvenes que nunca pudieron ser ubicados y quiénes, para el fiscal, “nunca existieron”.

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