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Cámara Federal revoca amparo de funcionarios despedidos de la EBY

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La Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, rechazó el amparo de funcionarios desvinculados de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY), tras el recambio de gobierno y la asunción de la nueva plana ejecutiva de la empresa hidroeléctrica argentino–paraguaya.

En un fallo firmado ayer, la Cámara revocó lo resuelto en primera instancia por el juez Correccional y de Menores, César Jiménez, a comienzos de mayo, que dio lugar al amparo interpuesto por un grupo de 22 funcionarios despedidos, y ordenaba su inmediata reincorporación a la EBY.

Tras la apelación de la binacional, el recurso se elevó a la Cámara Federal, que rechazó una a una todas las incidencias planteadas por los demandantes y le dio la razón a la EBY.

El amparo estaba impulsado por Carlos Nahuel Ifrán, que se desempeñaba en el área de Prensa y Comunicación de la Entidad, y entre el grupo se destacaba Efraín Fernando Samudio, ex jefe del Departamento de Obras Complementarias (DOC) y pareja de la ex diputada nacional kirchnerista, Cristina Brítez; además de los ex funcionarios Gastón Alejandro Douton, Lorenzo Darío Martos, Lionel José Dahir, Paula Sánchez, Víctor Hugo Méndez, Gustavo Aníbal Charón, Paula Jimena Simonte, Sebastián Elizathe, Sergio René Roko, José Gabriel Stevenson, Cynthia Verónica Citadini Pirelli, Adrián Marcelo Bellone, Diego Rodolfo Sesnic, Adriel Rodrigo Padin, Diego Hernán Sánchez, Natalia Laura García, Regina Larregui, Santiago Uriarte, María Verónica Muriel, y María Victoria Cazarre.

En la medida cautelar, el grupo de ex funcionarios alegaba figuras jurídicas como el “peligro en la demora”, que refiere al interés por disipar un temor de daño inminente; los “recaudos de admisibilidad” o el “derecho a litigar sin costos”, y el denominado “derecho alimentario”, que refiere a las garantías para la propia supervivencia.

Sobre este último punto, la Cámara dictaminó que la sentencia del juzgado de primera instancia, “resulta arbitraria, constituyendo ello otro agravio de esta parte; pues los actores tienen a su disposición en sus cuentas bancarias denunciadas oportunamente ante la EBY las indemnizaciones correspondientes a su despido ajustado a derecho, indemnizaciones que cumplen cabalmente con la cuestión alimentaria introducida por el A quo”.

El fallo agrega que “los actores cuentan con sumas equivalentes a varios meses de sueldo, según antigüedad y demás particularidades de cada caso, lo cual echa por tierra la cuestión alimentaria invocada como sustento de  la medida cautelar dictada”.

Finalmente, la Cámara “advierte la clara inexistencia de los presupuestos procesales necesarios, no solo para el otorgamiento de las cautelares genéricas, sino también el incumplimiento de los recaudos específicos exigidos por la Ley 26.854, máxime teniéndose presente que la misma ha sido dispuesta inaudita parte y sin informe previo, todo lo cual debió extremar los recaudos de admisibilidad, – previstos por los arts. 13 v 14 de la norma para conceder la cautelar innovativa en crisis”.

Hasta abril, la EBY había despedido a más de 100 funcionarios de sus tres sedes: Posadas, Ituzaingó y Buenos Aires, la mayoría de planta permanente, y todos ingresados a partir de enero de 2019, tras la asunción de Alberto Fernández.

Estancieros correntinos

La medida cautelar rechazada el lunes por la Cámara Federal, es uno de los varios amparos contra la EBY de quienes fueron desvinculados tras el cambio de administración, entre los que aparecen los promovidos por dos estancieros correntinos, familiares del ex senador del Partido Justicialista (PJ), empresario de medios y ganadero de la vecina provincia, José Rodolfo Martínez Llano.

Se trata de Aitor Zugasti y Juan Delio Martínez Llano, que revestían como funcionarios de la EBY en la categoría A6 y fueron despedidos el 11 y 15 de abril pasados, a través de las resoluciones 27.325 y 27.353, respectivamente.

Ambos, son sobrinos del político y ganadero correntino y en la acción contra la Entidad, que se tramita en el Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Posadas, están representados por su tío.

El recurso del abogado Martínez Llano, se fundamenta en términos muy parecidos a los alegados por el grupo de funcionarios cuyo amparo fue rechazado por las camaristas Mirta Delia Tyden, Ana Lía Cáceres de Mengoni y Verónica Susana Zapata.

Martínez Llano, presenta la documentación por la cual sus sobrinos fueron nombrados en la planta permanente de la EBY, en 2019 y 2022, firmadas por los directores ejecutivos de la entidad de entonces, tanto de la margen argentina como paraguaya.

Asimismo, solicita la inconstitucionalidad de la normativa aplicada, derogue las resoluciones contra sus parientes, ordene la reincorporación de ambos en sus puestos y el pago de los salarios caídos desde que fueron despedidos.

Entre sus alegatos, el político correntino apela también al “derecho alimentario”, y señala que sus sobrinos se encuentran desempleados, en una “situación de extrema necesidad personal y familiar”.

Sin embargo, en el escrito de 44 páginas, Martínez Llano declara como domicilio de sus sobrinos la estancia “El Cármen del Itaembé”, ubicada apenas pasando el Arco que marca el límite provincial, ya en territorio correntino, y que tiene a ambos como parte de la administración.

El establecimiento posee miles de hectáreas y comparte la cría de ganado bovino y porcino, y de caballos cuarto de milla, con la actividad turística, con paseos guiados por un bosque de azahares muy comentado por visitantes que dejaron sus impresiones en internet.

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El capo narco misionero Pity Arrúa recibió una pena única de 22 años de cárcel

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El Tribunal Oral Federal (TOF) de Concepción del Uruguay, Entre Ríos, impuso una pena de única de 22 años de prisión para el misionero Pedro Amadeo “Pity” Arrúa (61), uno de los mayores “capo narco” de los últimos años en la zona del Litoral, en el marco de cuatro causas que derivaron en condenas previas por hechos de narcotráfico cometidos en Misiones, Entre Ríos y Córdoba.

Entre sus antecedentes Arrúa registra un total de seis condenas, de las cuales cuatro fueron contempladas para el cálculo final de la aplicación de una pena única, castigo que para la fiscal general subrogante de Concepción del Uruguay, Gabriela Agustina Velázquez, debía ser de 30 años de prisión.

En la fundamentación de su pedido, la fiscal interviniente expuso como agraventes la gravedad de los hechos cometidos, que consistió en la organización de maniobras de narcotráfico, algunas de ellas realizadas mientras gozaba de libertad condicional e incluso mientras ya se encontraba preso, como así también que la inclusión de sus familiares directos a la estructura delictiva y la diversidad de territorios abarcados para llevar adelante su plan criminal.

En el análisis de la cuestión, finalmente los magistrados Jorge Sebastián Gallino, Mariela Emilce Rojas y Noemí Marta Berros, decidieron aplicar una pena única de 22 años de prisión, considerando además el estado de salud de Arrúa, quien presenta un diagnóstico oncológico avanzado que le valió el otorgamiento de la prisión domiciliaria a mediados de este año, medida que en primera instancia había sido rechazada. 

La resolución fue firmada ayer y publicada en el Centro de Información Judicial (CIJ).

En 2009 Pity Arrúa fue vinculado a la “ruta de la efedrina” y lo atraparon escondido en el ropero de su casa en el barrio Alta Gracia de Posadas.

Pity Arrúa y su carrera delictiva

La vinculación del sindicado capo narco con el delito no es para nada nueva y en Misiones tiene un gran historial.

El hombre nacido en Dos de Mayo apareció por primera vez en las crónicas policiales a mediados de los 90 por una acusación de fraude.

También lo relacionaron con un homicidio, aunque fue sobreseído, y en 2009 fue mencionado en el expediente que investigaba la ruta de la efedrina, lo cual incluso le valió un procedimiento en su chalet del barrio Alta Gracia de Posadas, donde lo hallaron escondido en un ropero y le incautaron un Mini Cooper.

De ahí en más Pity Arrúa comenzó a aparecer en causas de narcotráfico. En 2012 fue condenado por primera vez en Córdoba. Allí recibió 7 años y 6 meses de prisión, pero se la unificaron a 9 teniendo en cuenta que en 2014 recibió otra condena en Posadas por tenencia de arma de guerra.

En 2019 recibió otro fallo en contra. Fue de 8 años de prisión, siendo declarado reincidente por segunda vez y sumado a la causa de Córdoba tuvo una pena única que ascendió a 13 años de cárcel.

Pero la faena narco tampoco se detuvo después de todo ello. Allí empezaron sus causas en Entre Ríos, donde en total recibió tres sentencias por causas que datan desde 2017 a 2021.

Todos los casos juzgados en la provincia entrerriana se produjeron mientras Arrúa gozaba de libertad condicional por la condena impuesta en Córdoba y luego mientras se encontraba alojado en distintas cárceles, desde donde continuaba orquestando maniobras de narcotráfico que luego eran ejecutadas por sus cómplices extramuros, entre ellos familiares directos como alguno de sus hijos.

En uno de los últimos fallos se dispuso el decomiso de la vieja casona del barrio Alta Gracia. FOTOS: El Territorio.

Las investigaciones trazadas permitieron reconstruir que desde la cárcel, primero desde la Unidad Penal II de Gualeguaychú y luego desde la Unidad Penal IV de Concepción del Uruguay, Arrúa dirigía y coordinaba la compra y el traslado de cocaína desde Misiones hasta Corrientes y Entre Ríos, donde las dosis eran distribuidas a vendedores locales. También las comercializaba dentro de las penitenciarias.

El nivel de atención que el misionero, a quien en las escuchas lo mencionaban como “el jefe” o “el viejo”, mantenía de las actividades era tal que él mismo se encargaba de llamar a las empresas de colectivos para conocer los horarios de salida y llegada de los micros para poder coordinar el viaje de las “mulas” que utilizaba para transportar la droga, como así se comunicaba con las casas de cambio para saber las cotizaciones vigentes.

Por esas tres causas el misionero recibió una pena única de 13 años de prisión e incluso en uno de esos fallos la Justicia Federal de Entre Ríos dispuso el decomiso de la vieja casona que Arrúa tenía en el barrio Alta Gracia de Posadas, que en cada uno de los operativos fue objeto de allanamientos. Se decidió, además, su traslado al penal de Marcos Paz. 

Ahora, en la sumatoria de todos los expedientes, la Justicia resolvió aplicar una condena única de 22 años de cárcel, ante lo cual se deberá realizar un nuevo cálculo de pena para determinar en qué año Arrúa podría volver a ser declarado hombre libre.


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Prisión perpetua para acusado de degollar a su padre en Oberá

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El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó esta mañana a prisión perpetua a Julio Alberto de Jesús Chemes (34), acusado de degollar a su padre Juan Ángel Chemes (74), en un hecho perpetrado el 18 de marzo de 2022 en el barrio Londín de la Capital del Monte.

La sentencia del tribunal integrado por los magistrados Horacio Paniagua, Francisco Aguirre y Jorge Villalba se dictó hoy, luego de la ronda de alegatos y un día después de la toma de declaraciones a los más de quince testigos que habían sido citados a comparecer.

De esta manera, Chemes hijo fue hallado penalmente responsable del delito de “homicidio agravado” y recibió la máxima pena prevista en el Código Penal de la Nación, ante lo cual deberá cumplir al menos 35 años de prisión efectiva en un complejo penitenciario de la provincia.

“De lo que se me acusa es todo mentira, yo no maté a mi papá”, se defendió el acusado en la primera jornada de juicio, aunque los testigos, incluido algunos familiares directos no solo apuntaron contra él, sino también con su pareja.

“No es solo mi hermano el culpable. Él se hace cargo de todo para salvar a su ex mujer, al cuñado y a mi hermana Milagros, todos ellos tenían que estar acá y ser condenados por el crimen”, acusó Ángela Chemes, hermana del imputado e hija de la víctima, frente al tribunal, según publicó el diario El Territorio, presente durante el debate oral.

Chemes padre era empleado municipal y trabajaba en el Jardín de los Pájaros, lugar al cual se dirigía en la madrugada del 18 de marzo cuando fue interceptado y degollado desde atrás. Su cuerpo luego fue arrastrado unos 50 metros hacia una zona de malezas, donde finalmente fue descartado.

FOTO: El Territorio.


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Mató a su cuñado en pleno microcentro y firmó un abreviado por 8 años y 6 meses

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Alberto Germán Rosas (64), el ex agente aduanero acusado de asesinar a puñaladas a su cuñado Roberto Andrés Ríos (58) durante una discusión mantenida en plena vía pública del microcentro posadeño, firmó un acuerdo de juicio abreviado por casi el mínimo de la pena contemplada bajo la imputación de “homicidio simple” que tenía en su contra.

La causa tuvo fecha de debate oral fijado a mediados de 2023, pero se postergó y fue reprogramado para este año. Sin embargo, en las últimas horas las partes arribaron a un acuerdo para resolver la cuestión mediante la vía de un juicio abreviado, instancia en la cual el imputado debió reconocer su responsabilidad penal en el hecho. 

Según indicaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, el acta establece un acuerdo de pena por 8 años y 6 meses de prisión, aunque el documento ahora debe analizado y homologado por los magistrados del Tribunal Penal Dos de Posadas.

Discusión y crimen

El crimen de Ríos, conocido ingeniero y ambientalista, se registró durante la madrugada del 19 de septiembre de 2019, frente a su casa sobre calle Sarmiento, casi Jujuy, donde mantuvo una discusión con su cuñado Rosas, con quien había compartido la noche anterior para las viejas diferencias familiares volvieron a salir a luz de manera violenta. 

Y la discusión terminó de la peor manera. Ríos sufrió varias heridas de arma blanca y acabó muerto en la vereda de su casa, ante la vista de un vecino que alcanzó a oír sus gritos de auxilio. 

Rosas, por su parte, huyó de la escena a bordo de una camioneta Renault Duster Oroch que fue interceptada minutos después en la intersección de las calles Entre Ríos y San Luis. En su carrocería todavía quedaban grandes manchas de sangre fresca.

El ex agente aduanero quedó detenido varios meses, hasta que tiempo después obtuvo la prisión domiciliaria alegando cuestiones de salud. 

FOTO: Archivo El Territorio.


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