Policiales
Crimen de Gauto: documental expone dudas sobre la culpabilidad de De Jesús
Falsa condena -que se estrena mañana a las 21- repasa el crimen de Ramona Gauto desde el hallazgo del cuerpo de la empresaria panadera hasta la condena de su ex pareja, Jorge De Jesús, dictaminada por Marcela Leiva, la misma jueza que le dio perpetua a Cristina Vázquez.
En mayo de 2010, el femicidio de Ramona Gauto en Posadas sacudió a Misiones por la violencia y la saña con la que fue ultimada la empresaria panadera de 37 años.
Cinco años después, el Tribunal Penal Dos condenó a cadena perpetua a su ex pareja, Jorge Alberto De Jesús, hoy de 49 años, luego de considerar que las pruebas halladas en la escena del crimen lo apuntaban como principal y único sospechoso de apuñalar y golpear salvajemente a Ramona hasta su muerte.
Sin embargo, al día de hoy, ambos hijos de De Jesús -uno de ellos también de Ramona Gauto- sostienen que su padre es inocente y exigen a la Justicia que investigue otras líneas que llevarían al verdadero asesino.
En este sentido, ambos jóvenes, Daniel y Emiliano, así como el abogado Eduardo Paredes y un testigo del día del crimen de Gauto, participan en el documental Falsa condena, una película filmada en conjunto entre Cíclope de Cristal y Atilia Producciones que promete echar luz sobre algunas irregularidades que tuvo la investigación por parte de la Justicia misionera, según considera la familia.
Crimen: “Condenados sin justicia”
La Voz de Misiones se comunicó con Fabián Pérez Battaglini, director del documental que se estrenará mañana a las 21 en YouTube.
Pérez Battaglini es periodista y cineasta. Es oriundo de Buenos Aires, pero conoció el caso De Jesús luego de filmar Por amor a la vida, la historia de un chico misionero que se curó de cáncer.
En esa oportunidad, tomó contacto con el caso de Cristina Vázquez y Cecilia Rojas, condenadas por la Justicia de Misiones por un crimen que no cometieron y luego absueltas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Según entiende Pérez Battaglini, el caso de Jorge De Jesús se enmarca dentro del universo de los “condenados sin justicia”, con lo cual consideró que “era para hacer un documental”.
El filme, de aproximadamente 30 minutos, recrea los hechos desde el hallazgo del cuerpo de Ramona Gauto en su departamento de la calle Colón casi Bolívar hasta la condena de su ex pareja, Jorge De Jesús, a través de los testimonios de los protagonistas del drama policial.
Así, el director invitó a participar del estreno de Falsa condena, que será mañana a través del canal de YouTube de Cíclope de Cristal: “Es un trabajo interesante, porque si bien yo tengo una opinión personal sobre esto, considero que estamos tratando de cambiar la opinión de la gente”, anticipó y aclaró: “No es para decir que este tipo no mató a esta persona, no sé si la mató o no la mató, pero estamos poniendo un montón de cosas que la prensa no las puso, porque nunca tuvieron acceso al expediente”.
Sobre lo que el audiovisual aportará a la opinión que se tiene sobre el crimen y sobre el condenado a reclusión perpetua, Pérez Battaglini apreció que se expondrán “millones de errores judiciales y de concepto”.
“Cuando conocí el caso, me dio la sensación de que no investigaron, nunca buscaron otras hipótesis”, sostuvo Battaglini y recalcó: “Se encapricharon con este hombre y nada más, ni intentaron fijarse que podía ver otra persona que pudo haberla matado”.
“Los hijos lo defienden porque saben que el papá no fue”, adujo el cineasta. De hecho, en el tráiler del estreno se puede ver a Daniel De Jesús asegurar: “Yo sé quién mató a mi mamá”.
Para cerrar, Pérez Battaglini apuntó al máximo órgano judicial de la Argentina como uno de los destinatarios de Falsa condena: “No tengo dudas de que este documental puede torcer el brazo de la Corte Suprema, no sé si ahora, pero en un tiempo puede ser”.
Pruebas insuficientes
El abogado Eduardo Paredes fue el encargado de presentar el recurso de casación para pedir la revisión de la condena a Jorge De Jesús, el cual fue rechazado por el Superior Tribunal de Justicia de Misiones, que ratificó la perpetua para el presunto femicida en el año 2017.
De esta forma, el máximo órgano judicial de la provincia le dio la razón al tribunal encabezado por la jueza Marcela Leiva, que determinó en forma unánime que, entre las 15.30 y 17.30 del 29 de mayo de 2010, “cumpliendo lo premeditado y planificado”, Jorge De Jesús salió caminando de su negocio de panadería Exipan -ubicado sobre la calle Sarmiento y San Lorenzo- hacia el departamento de la víctima e ingresó al edificio abriendo la puerta de abajo con las llaves.
El tribunal sostuvo que el hecho se produjo mientras la víctima “esperaba al imputado”, dado que ambos presuntamente mantenían encuentros amorosos los sábados a la siesta. Ese sábado en particular, “De Jesús, blandiendo un elemento duro, firme y con puntas, aplicó con suma violencia de secuencia inmediata al estilo de aquellos que practican artes marciales”, dijeron los jueces.
Por su parte, el letrado Paredes no sólo sostiene que De Jesús fue condenado por el crimen sin pruebas suficientes, sino que “se sabe quién es el autor del homicidio, es un tema que tiene que ver con la policía”, lanzó y explicó: “Quisieron robarla, entró un pibe manejado por la policía, que no se sabe ni dónde está, que fue el que la mató, y probablemente con otro”, dijo sobre la hipótesis que nunca se investigó.
“En el expediente está claramente manifestado, porque había tres estudiantes que vivían al lado, que uno ve al homicida”, manifestó el abogado. Uno de esos estudiantes participa ahora del documental Falsa condena.
Sobre el día del hecho, Paredes recordó que Ramona Gauto le había dicho a uno de sus hijos que la pasara a buscar, pero ante los insistentes llamados que ésta no respondió, decidió llamar a Jorge De Jesús, que se encontraba en casa de su actual pareja con un hijo recién nacido.
Al momento del hallazgo del cadáver, “subieron Jorge y sus dos hijos, cuando abrieron vieron el desorden que había y Jorge les dice que esperen en la puerta, él entra -con unas zapatillas que se había comprado esa mañana- y ahí ve el cuerpo de Ramona muy golpeado, salen y llaman a la policía”, indicó.
El detalle de las zapatillas no es menor, ya que la Justicia se basó en una huella detectada sobre el rostro de Gauto para ligar a De Jesús al hecho, debido a que en ese momento llevaba un calzado muy similar.
“Cuando hacen la autopsia, encuentran una marca parecida; la policía dice que es parecida pero no es idéntica, además la zapatilla de Jorge no tenía rastros de ADN”, cuestionó Eduardo Paredes y se explayó: “Si yo entro a matar a alguien, dejo algo y me llevo algo; en este caso, la huella de la cara de Ramona es similar en el dibujo de la zapatilla, no es idéntica, pero además no hay datos biológicos en ese calzado”, dijo a LVM.
Además, el abogado sintetizó la cantidad de líneas investigativas que no se siguieron: “El cuerpo de Ramona fue muy golpeado, ella peleó mucho”, relató Paredes y enumeró: “Tenía ADN debajo de las uñas, que no se sabe de quién es, se encontró sobre ella un pelo rubio, que no se sabe de quién es. Había sangre en las paredes que no era ni de ella, ni de los hijos, ni de Jorge De Jesús, o sea, de un tercero, de uno de los agresores. Había pelo arrancado y no había una sola gota de sangre ni mínimo ADN de Ramona sobre el cuerpo de Jorge”.
Misma jueza, mismas mañas
Según Paredes, la Justicia se basó en dichos de que De Jesús era violento y golpeador: “Nadie revisa lo que hace el Poder Judicial. Se cree que es algo racional que se controla a sí mismo”, polemizó y direccionó sus críticas hacia la jueza Marcela Leiva, ya que se trata de la misma magistrada que condenó injustamente a Cristina Vázquez: “Este crimen es igual, no hay una gota de ADN, no hay nada, lo condenan por un prejuicio”.
“Dijeron que le pegó a la mujer y que con Ramona se veían los sábados, pero no tenían trato sexual y, además, De Jesús no tenía llaves”, como se dijo en la investigación. Por eso, “el hecho lo cambiaron, decían que primero entró con ella, después que entró con otros dos tipos”, recreó Paredes.
“De Jesús nunca estuvo ahí, llegó libre al juicio por falta de pruebas”, aseguró el letrado y agregó que, el día del hecho, el verdadero asesino fue visto por un vecino mientras bajaba las escaleras luego de perpetrar el homicidio.
“La que lo condenó y armó el juicio fue Marcela Leiva, la misma que condenó a Cristina Vázquez y al hermano de Gabriel Leal“, con el único fin de “usarlos y hacerse ver”, según el abogado.
En este sentido, Eduardo Paredes confirmó a La Voz de Misiones que recurrirán a la Corte Suprema de Justicia: “Vamos a meter un recurso de revisión probablemente”, cerró.
Policiales
Despiste fatal: un niño murió, su hermano está grave y su papá quedó detenido
Un niño de 8 años falleció y su hermano de 10 se encuentra internado en estado crítico como consecuencia de las lesiones sufridas en el despiste y vuelco de una camioneta que conducida por su padre, quien más tarde quedó detenido por causar desorden en el hospital y se investiga si estaba alcoholizado.
El trágico episodio ocurrió esta tarde, cerca de las 16.40, sobre la ex ruta provincial 5, a pocos kilómetros del ingreso al barrio El Progreso de Oberá.
Sobre esa arteria terrada despistó y volcó una camioneta Chevrolet en la que viajaban Andrés P. (36), junto a sus hijos de 8 y 10 años.
Los tres heridos fueron trasladados de urgencia al hospital Samic de Oberá, donde apenas ingresado se constató el fallecimiento del menor de los niños, mientras que su hermano quedó internado en grave estado y será derivado al Madariaga de Posadas para recibir una atención de mayor complejidad.
Fuentes policiales además señalaron que el conductor del vehículo presentaba signos de ebriedad y comenzó a causar desorden en el hospital obereño, ante lo cual fue detenido por agentes de la comisaría Tercera.
Judiciales
Jabornicky denunció por acoso judicial a Flores y pidió sancionar a Risko
El abogado Alejandro Jabornicky, que enfrenta una causa por violencia de género de su ex pareja, la diputada provincial electa Rita Flores, denunció a -ésta por “acoso judicial” y “mala fe procesal”, y pidió al juez de Instrucción 7, Miguel Mattos, que sancione a su colega y abogada de la querellante, Silvia Risko.
En un escrito, patrocinado por el abogado José Paulino Medina, Jabornicky contestó a la denuncia y el pedido de prisión preventiva por “violencia de género digital”, formalizados la semana pasada por Flores, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en un posteo, que la legisladora electa y Risko, consideran una publicación pagada de la red social, que violenta la orden judicial de restricción de septiembre pasado.
“La petición de la querella constituye un claro acoso judicial: pretende transformar una fotografía en redes sociales en un delito inexistente, invocar un riesgo de femicidio sin sustento y emplear figuras de violencia política y digital de modo oportunista”, sostiene la presentación de Jabornicky y sentencia: “Estos actos constituyen un abuso del proceso y deben ser sancionados”.
“La querellante ha presentado un pronto despacho solicitando la detención y prisión preventiva, invocando un supuesto ‘ciber-hostigamiento’ por publicaciones en Instagram. Acto seguido, sostiene que existe riesgo de femicidio, violencia política y amenaza agravada, imputando hechos graves que no están acreditados en autos ni son consistentes con la medida cautelar”, señala la presentación de Jabornicky y asegura que “ello evidencia una estrategia de hostigamiento procesal, encaminada a presionar al imputado mediante la reiteración de pedidos desproporcionados y sin sustento jurídico”.
Temerarias
El escrito señala que la orden de restricción que le impuso el juez Mattos a Jabornicky el 9 de septiembre pasado, luego de la denuncia de Flores en su contra, dispuso “la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros”, y “todo tipo de contacto físico, verbal, telefónico, de correo electrónico y/o cualquier otro tipo o medio que signifique intromisión injustificada”, pero que “no se prohibió publicar fotografías, ni expresar ideas en redes sociales”.
Según la presentación judicial, desde la notificación de la medida, el imputado Jabornicky “ha respetado íntegramente la prohibición de contacto: no hubo acercamientos físicos, llamadas, mensajes, correos, ni interacción de ningún tipo con la denunciante”, y asegura que “las supuestas ‘publicaciones’ en redes sociales son fotografías genéricas de hechos pasados y no constituyen ninguna forma de contacto ni intromisión injustificada”.
El escrito dirigido al juez Mattos, acusa a Flores y Risko de “presentaciones reiteradas y desproporcionadas”, “afirmaciones falsas o sin prueba”, “calificaciones jurídicas infundadas” y “temeridad y mala fe procesal”.
Afirma que, en la última denuncia de Flores, Risko “asevera que el imputado ‘abonó publicidad de la publicación de Instagram’ e interpreta que ello configura violencia digital”, y asegura que “estas afirmaciones no están acompañadas de prueba alguna”.
“La querella invoca la Ley 27.736 sobre violencia de género digital y la Convención de Belém do Pará, pretendiendo encuadrar una publicación genérica como un delito de ciber-hostigamiento”, relata Jabornicky y acusa: “Esta ampliación no solo carece de sustento fáctico, sino que constituye un abuso del derecho penal al pretender equiparar una fotografía con un acto de violencia digital”.
Desmiente, asimismo, que hubiera incurrido en “violencia política” contra Flores, en su rol de legisladora electa a punto de asumir, y que tal afirmación ignora que “el proceso penal en curso se refiere a hechos anteriores y que el suscripto ha mantenido un comportamiento respetuoso y alejado de la vida pública de la Sra. Flores”.
“No existe en autos ningún indicio de que las publicaciones referidas tuvieran un ánimo de obstaculizar la función pública”, señala el escrito.
Jabornicky invoca el artículo 32, del Código Procesal Penal de Misiones, y el artículo 34, inciso 6º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para acusar a Flores y Risko de llevar a cabo “un ejercicio irresponsable y abusivo del derecho de acción que persigue hostigar y estigmatizar al imputado”, que “constituye, en términos doctrinales, acoso judicial” y “justifica que se disponga un llamado de atención o sanción al profesional interviniente”.
“La conducta de la querella no solo busca imponer una prisión preventiva desproporcionada, sino que pretende censurar la libertad de expresión y asociación del imputado mediante el bloqueo de sus redes sociales”, lo que “atenta contra los derechos constitucionales a la libertad de expresión, al trabajo y a la defensa en juicio, pues se pretende privar al imputado de medios lícitos de comunicación y de interacción social sin fundamento legal alguno”.
Amonestación
Por todo lo expuesto, Jabornicky pide al juez Mattos que declare “la existencia de temeridad procesal y abuso de derecho” por parte de Risko y la amoneste, “recordándole su obligación de ajustarse a la verdad y al derecho, bajo apercibimiento de imponer sanciones”.
A la vez, solicita “advertir a la querella que cualquier nueva presentación deberá fundarse en hechos objetivos y acreditados en autos, absteniéndose de utilizar el proceso como medio de hostigamiento o propaganda política”, y “reafirmar que la medida de restricción vigente prohíbe el contacto e intromisiones con las víctimas, pero no suprime la libertad de expresión, ni la posibilidad de publicar contenidos generales, por lo que cualquier interpretación extensiva debe desecharse”.
DENUNCIA_DE_ACOSO_JUDICIAL_Y_ABUSO_DE_PROCEDIMIENTO (1)Policiales
Cruzaba la avenida Quaranta con su hijo y murió arrollada por un auto
Una mujer de 47 años falleció esta mañana al ser embestida por un automóvil mientras cruzaba la avenida Quaranta de Posadas junto a su hijo.
De acuerdo a lo consignado por fuentes policiales, la víctima fue identificada como Antonia Isabel Lima (47).
El hecho ocurrió esta mañana, cerca de las 11, cuando la mujer cruzaba la avenida Quaranta, en inmediaciones a la avenida Zapiola, hasta que, por causas que se intentan establecer, fue arrollada por un automóvil Fiat Siena que circulaba en sentido Oeste-Este.
Como consecuencia del hecho, la mujer perdió la vida en el acto, mientras que su hijo menor de edad debió recibir asistencia profesional.
En el sitio trabajaron diversas dependencias policiales que llevaron adelante las tareas de rigor y las correspondientes pericias para esclarecer las circunstancias del siniestro.
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