Policiales
Crimen de Gauto: documental expone dudas sobre la culpabilidad de De Jesús
Falsa condena -que se estrena mañana a las 21- repasa el crimen de Ramona Gauto desde el hallazgo del cuerpo de la empresaria panadera hasta la condena de su ex pareja, Jorge De Jesús, dictaminada por Marcela Leiva, la misma jueza que le dio perpetua a Cristina Vázquez.
En mayo de 2010, el femicidio de Ramona Gauto en Posadas sacudió a Misiones por la violencia y la saña con la que fue ultimada la empresaria panadera de 37 años.
Cinco años después, el Tribunal Penal Dos condenó a cadena perpetua a su ex pareja, Jorge Alberto De Jesús, hoy de 49 años, luego de considerar que las pruebas halladas en la escena del crimen lo apuntaban como principal y único sospechoso de apuñalar y golpear salvajemente a Ramona hasta su muerte.
Sin embargo, al día de hoy, ambos hijos de De Jesús -uno de ellos también de Ramona Gauto- sostienen que su padre es inocente y exigen a la Justicia que investigue otras líneas que llevarían al verdadero asesino.
En este sentido, ambos jóvenes, Daniel y Emiliano, así como el abogado Eduardo Paredes y un testigo del día del crimen de Gauto, participan en el documental Falsa condena, una película filmada en conjunto entre Cíclope de Cristal y Atilia Producciones que promete echar luz sobre algunas irregularidades que tuvo la investigación por parte de la Justicia misionera, según considera la familia.
Crimen: “Condenados sin justicia”
La Voz de Misiones se comunicó con Fabián Pérez Battaglini, director del documental que se estrenará mañana a las 21 en YouTube.
Pérez Battaglini es periodista y cineasta. Es oriundo de Buenos Aires, pero conoció el caso De Jesús luego de filmar Por amor a la vida, la historia de un chico misionero que se curó de cáncer.
En esa oportunidad, tomó contacto con el caso de Cristina Vázquez y Cecilia Rojas, condenadas por la Justicia de Misiones por un crimen que no cometieron y luego absueltas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Según entiende Pérez Battaglini, el caso de Jorge De Jesús se enmarca dentro del universo de los “condenados sin justicia”, con lo cual consideró que “era para hacer un documental”.
El filme, de aproximadamente 30 minutos, recrea los hechos desde el hallazgo del cuerpo de Ramona Gauto en su departamento de la calle Colón casi Bolívar hasta la condena de su ex pareja, Jorge De Jesús, a través de los testimonios de los protagonistas del drama policial.
Así, el director invitó a participar del estreno de Falsa condena, que será mañana a través del canal de YouTube de Cíclope de Cristal: “Es un trabajo interesante, porque si bien yo tengo una opinión personal sobre esto, considero que estamos tratando de cambiar la opinión de la gente”, anticipó y aclaró: “No es para decir que este tipo no mató a esta persona, no sé si la mató o no la mató, pero estamos poniendo un montón de cosas que la prensa no las puso, porque nunca tuvieron acceso al expediente”.
Sobre lo que el audiovisual aportará a la opinión que se tiene sobre el crimen y sobre el condenado a reclusión perpetua, Pérez Battaglini apreció que se expondrán “millones de errores judiciales y de concepto”.
“Cuando conocí el caso, me dio la sensación de que no investigaron, nunca buscaron otras hipótesis”, sostuvo Battaglini y recalcó: “Se encapricharon con este hombre y nada más, ni intentaron fijarse que podía ver otra persona que pudo haberla matado”.
“Los hijos lo defienden porque saben que el papá no fue”, adujo el cineasta. De hecho, en el tráiler del estreno se puede ver a Daniel De Jesús asegurar: “Yo sé quién mató a mi mamá”.
Para cerrar, Pérez Battaglini apuntó al máximo órgano judicial de la Argentina como uno de los destinatarios de Falsa condena: “No tengo dudas de que este documental puede torcer el brazo de la Corte Suprema, no sé si ahora, pero en un tiempo puede ser”.
Pruebas insuficientes
El abogado Eduardo Paredes fue el encargado de presentar el recurso de casación para pedir la revisión de la condena a Jorge De Jesús, el cual fue rechazado por el Superior Tribunal de Justicia de Misiones, que ratificó la perpetua para el presunto femicida en el año 2017.
De esta forma, el máximo órgano judicial de la provincia le dio la razón al tribunal encabezado por la jueza Marcela Leiva, que determinó en forma unánime que, entre las 15.30 y 17.30 del 29 de mayo de 2010, “cumpliendo lo premeditado y planificado”, Jorge De Jesús salió caminando de su negocio de panadería Exipan -ubicado sobre la calle Sarmiento y San Lorenzo- hacia el departamento de la víctima e ingresó al edificio abriendo la puerta de abajo con las llaves.
El tribunal sostuvo que el hecho se produjo mientras la víctima “esperaba al imputado”, dado que ambos presuntamente mantenían encuentros amorosos los sábados a la siesta. Ese sábado en particular, “De Jesús, blandiendo un elemento duro, firme y con puntas, aplicó con suma violencia de secuencia inmediata al estilo de aquellos que practican artes marciales”, dijeron los jueces.
Por su parte, el letrado Paredes no sólo sostiene que De Jesús fue condenado por el crimen sin pruebas suficientes, sino que “se sabe quién es el autor del homicidio, es un tema que tiene que ver con la policía”, lanzó y explicó: “Quisieron robarla, entró un pibe manejado por la policía, que no se sabe ni dónde está, que fue el que la mató, y probablemente con otro”, dijo sobre la hipótesis que nunca se investigó.
“En el expediente está claramente manifestado, porque había tres estudiantes que vivían al lado, que uno ve al homicida”, manifestó el abogado. Uno de esos estudiantes participa ahora del documental Falsa condena.
Sobre el día del hecho, Paredes recordó que Ramona Gauto le había dicho a uno de sus hijos que la pasara a buscar, pero ante los insistentes llamados que ésta no respondió, decidió llamar a Jorge De Jesús, que se encontraba en casa de su actual pareja con un hijo recién nacido.
Al momento del hallazgo del cadáver, “subieron Jorge y sus dos hijos, cuando abrieron vieron el desorden que había y Jorge les dice que esperen en la puerta, él entra -con unas zapatillas que se había comprado esa mañana- y ahí ve el cuerpo de Ramona muy golpeado, salen y llaman a la policía”, indicó.
El detalle de las zapatillas no es menor, ya que la Justicia se basó en una huella detectada sobre el rostro de Gauto para ligar a De Jesús al hecho, debido a que en ese momento llevaba un calzado muy similar.
“Cuando hacen la autopsia, encuentran una marca parecida; la policía dice que es parecida pero no es idéntica, además la zapatilla de Jorge no tenía rastros de ADN”, cuestionó Eduardo Paredes y se explayó: “Si yo entro a matar a alguien, dejo algo y me llevo algo; en este caso, la huella de la cara de Ramona es similar en el dibujo de la zapatilla, no es idéntica, pero además no hay datos biológicos en ese calzado”, dijo a LVM.
Además, el abogado sintetizó la cantidad de líneas investigativas que no se siguieron: “El cuerpo de Ramona fue muy golpeado, ella peleó mucho”, relató Paredes y enumeró: “Tenía ADN debajo de las uñas, que no se sabe de quién es, se encontró sobre ella un pelo rubio, que no se sabe de quién es. Había sangre en las paredes que no era ni de ella, ni de los hijos, ni de Jorge De Jesús, o sea, de un tercero, de uno de los agresores. Había pelo arrancado y no había una sola gota de sangre ni mínimo ADN de Ramona sobre el cuerpo de Jorge”.
Misma jueza, mismas mañas
Según Paredes, la Justicia se basó en dichos de que De Jesús era violento y golpeador: “Nadie revisa lo que hace el Poder Judicial. Se cree que es algo racional que se controla a sí mismo”, polemizó y direccionó sus críticas hacia la jueza Marcela Leiva, ya que se trata de la misma magistrada que condenó injustamente a Cristina Vázquez: “Este crimen es igual, no hay una gota de ADN, no hay nada, lo condenan por un prejuicio”.
“Dijeron que le pegó a la mujer y que con Ramona se veían los sábados, pero no tenían trato sexual y, además, De Jesús no tenía llaves”, como se dijo en la investigación. Por eso, “el hecho lo cambiaron, decían que primero entró con ella, después que entró con otros dos tipos”, recreó Paredes.
“De Jesús nunca estuvo ahí, llegó libre al juicio por falta de pruebas”, aseguró el letrado y agregó que, el día del hecho, el verdadero asesino fue visto por un vecino mientras bajaba las escaleras luego de perpetrar el homicidio.
“La que lo condenó y armó el juicio fue Marcela Leiva, la misma que condenó a Cristina Vázquez y al hermano de Gabriel Leal“, con el único fin de “usarlos y hacerse ver”, según el abogado.
En este sentido, Eduardo Paredes confirmó a La Voz de Misiones que recurrirán a la Corte Suprema de Justicia: “Vamos a meter un recurso de revisión probablemente”, cerró.
Judiciales
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.
Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.
Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.
Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.
La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.
“No hay derecho absoluto”
El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.
Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.
Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.
En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.
La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.
“Fue un hecho público y multitudinario”
En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.
En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).
“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.
Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.
También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.
En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.
Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.
Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”
Judiciales
La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia
Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.
Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.
Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.
A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”
Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.
Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
Judiciales
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.
El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.
Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.
Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.
A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.
Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
-
Policiales hace 4 díasFuncionario provincial falleció al despistar con su moto en el Acceso Oeste
-
Información General hace 6 díasPerdió la pierna en un accidente y vende una rifa para pagar su prótesis
-
Policiales hace 3 díasMujer policía intentó robar un celular con su novio y fue detenida en Posadas
-
Policiales hace 7 díasIdentificaron a motociclista que murió en un choque sobre Cabo de Hornos
-
Policiales hace 3 díasHomicida recapturado en Paraguay fue enviado a la cárcel de Eldorado
-
Política hace 2 díasRamón Amarilla sobre juicio a docentes: “Es persecución a los trabajadores”
-
Provinciales hace 4 díasMuni de Candelaria clausuró histórica arenera: “Es arbitrario e irregular”
-
Judiciales hace 6 díasPiden detención de Alejandro Jabornicky por publicar fotos con su ex pareja
