Policiales
Condenaron a los policías que robaban armas de un depósito judicial en Eldorado

El Tribunal Federal de Posadas condenó a penas de entre cinco y tres años de prisión a la banda eldoradense detenida en 2019 e integrada por dos policías que se dedicaban a robar armas de fuego y municiones del depósito judicial que custodiaban, para luego comercializarlas en el mercado negro.
Los condenados se tratan del sargento ayudante Diosnel Sebastián Vega (43), el sargento Marcelino Segundo “Tibo” Sanabria (43), Oscar Alberto Ríos (49) y Yeni Paola Cañiza (30).
Los dos ex uniformados recibieron penas de 4 años y 3 meses y 3 años y 6 meses de prisión, respectivamente, al ser declarados responsables de varios delitos, entre ellos “asociación ilícita”, “violación de los deberes de funcionario público” y “sustracción de objetos destinados a servir de prueba ante autoridad competente”.
Ríos, por su parte, recibió 5 años de prisión, ya que la Justicia también le atribuyó los delitos de “expendio y/o puesta en circulación de moneda nacional y/o extranjera”, “acopio y venta ilegal de armas de fuego sin la debida autorización legal” y “asociación ilícita y encubrimiento de contrabando de importación”.
Por último, a Cañiza le impusieron 3 años de prisión de cumplimiento condicional, es decir no irá a la cárcel.
Investigación
La banda fue desbaratada en marzo de 2019, luego de una serie de allanamientos ordenados por el Juzgado Federal de Eldorado después de una investigación iniciada a partir de un informe que la Agencia Federal Inteligencia (AFI) elevó a la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar).
En ese informe que disparó la causa, la AFI alertaba sobre la presunta existencia de una organización criminal dedicada al narcotráfico que operaba en la zona Norte de Misiones con Ríos como actor clave, aunque esto no pudo ser probado en el expediente.
Sin embargo, mediante esa pista el Juzgado ordenó una serie de intervenciones telefónicas y con esas escuchas salieron a la luz los otros delitos por los cuales también quedaron bajo la lupa los efectivos Vega y Sanabria.
Es que a partir de ahí los investigadores recolectaron datos que permitieron presumir que los uniformados se dedicaban a sustraer armas de fuego y municiones que estaban a resguardo como pruebas de otros expedientes en el depósito de los Juzgados de Instrucción 1 y 2 de Eldorado, donde ellos cumplían servicio de custodia.
La sospecha era, entonces, que los efectivos sustraían las armas y las entregaban a Ríos, que se dedicaba a comercializarlas en el mercado negro. Se estima que en un año se sustrajeron cerca de 40 armas de los depósitos judiciales.
Los investigadores continuaron sumando elementos para sustentar esta hipótesis y en marzo de 2019 consideraron que era el momento de dar el golpe. Fue entonces que dispusieron la detención de los involucrados y la realización de varios allanamientos que terminaron confirmando las sospechas, ya que hallaron más de una decena de armas de fuego.
Desde ese momento, los dos efectivos y Ríos quedaron detenidos a disposición del Juzgado Federal de Eldorado, a cargo del magistrado Miguel Ángel Guerrero, que instruyó el expediente a fines de 2020 dispuso la elevación a juicio de la causa.
Después de ello, los implicados debían ocupar un lugar en el banquillo de los acusados del Tribunal Federal de Posadas y enfrentar un debate oral, pero finalmente decidieron firmar un acuerdo de juicio abreviado en el cual admitieron sus responsabilidades en el hecho. El fallo fue publicado en el Centro de Información Judicial (CIJ).
Actualmente, los dos uniformados se encuentran detenidos en la Unidad Penal 1 de Loreto, mientras que Ríos está alojado en una celda de la Unidad Penal 7 del Servicio Penitenciario Federal (SPF) de Resistencia, Chaco. Cañiza, por su parte, es la única que se encuentra en libertad.
Los policías Vega y Sanabria fueron inmediatamente apartados de la fuerza provincial cuando se concretaron sus detenciones.
Policiales
Tres muertos y una mujer herida por choque frontal en San Vicente

Una camioneta Toyota Hilux, conducida por un hombre de 39 años, colisionó de frente contra un Fiat Palio en el que viajaban un hombre y dos mujeres, donde estos últimos que aún no fueron identificados, fallecieron en el acto.
El hecho, cuyas circunstancias aún son materia de investigación, ocurrió en la tarde de hoy alrededor de las 17, sobre ruta 14, a la altura del kilómetro 968 de la Capital de la Madera.
En medio del impacto, una mujer que circulaba como peatón fue embestida y debió ser trasladada al hospital local por lesiones.
Trabajaron en el lugar los bomberos voluntarios, para liberar a las víctimas, mientras la Policía de Misiones inició las pericias correspondientes para establecer las circunstancias del hecho.
Judiciales
Condenaron al músico Andrés González por el siniestro fatal de Roca en 2019

El músico Andrés Horacio González fue condenado a 3 años de prisión en suspenso y 10 de inhabilitación para conducir tras ser declarado responsable del siniestro vial registrado el 5 de marzo de 2019 sobre la ruta nacional 12, en Gobernador Roca, hecho que ocasionó las muertes de su novia Melina Sosa Labandera (25) y de la turista mendocina Melisa Caram (27), además de provocar heridas en otras tres personas, una de las cuales quedó con secuelas de por vida.
El artista no irá a la cárcel porque la pena es de ejecución condicional, aunque en contrapartida deberá respetar una serie de normas de conductas impuestas, como no beber, ni consumir estupefacientes, además de cumplir 32 horas mensuales de tareas comunitarias y acatar una prohibición de salida del país, medidas que regirán durante el término de la condena.
La sentencia fue emitida este mediodía por el tribunal unipersonal presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas, luego de la ronda de alegatos desarrollada previamente, donde prevaleció uno de los planteos efectuados por la defensa del acusado, encabezada por los abogados particulares Federico Tilli y Daniel Zapana.
“Es un hecho traumático para todos. Entiendo todo lo que está pasando y tengo miedo también, pero confío en la Justicia. Solo pido que no se me quite la posibilidad de seguir cantando y seguir con mi familia”, había expresado González al momento de dar sus últimas palabras antes del veredicto.
Después del fallo, firmó el acta, entregó su licencia de conducir y se retiró en compañía de los familiares que lo acompañaron durante toda la jornada desde el sector del público.
“Destruyó vidas”
La ronda de alegatos comenzó con la exposición de la fiscal María Laura Álvarez, que sostuvo la acusación formulada desde la etapa de instrucción y consideró que González debía ser condenado a 6 años de prisión efectiva por ser autor de los delitos de “homicidio culposo calificado dos hechos, lesiones graves culposas calificadas dos hechos y lesiones gravísimas, todo en concurso ideal”.
Álvarez dio por acreditado que el impacto frontal entre el Ford Fiesta y la camioneta Chevrolet S-10 se produjo a alta velocidad, durante una maniobra de sobrepaso y en una zona de doble línea amarilla, pero fundamentalmente consideró probado que González era el conductor del automóvil siniestrado, principal punto de controversia en la causa.
“Esto se pudo acreditar con las testimoniales de testigos y sobrevivientes, las pericias realizadas y por las lesiones que presentaban las víctimas del hecho”, explicó la fiscal.
Y avanzó: “Y tengo la certeza que el imputado actuó de forma antirreglamentaria, en exceso de velocidad y en doble línea amarilla. Infringió las normas de tránsito más elementales. Hubo culpa temeraria y una actitud desaprensiva. Este hecho destruyó vidas, familias y proyectos de vida”.
Con esa base, solicitó que el músico sea condenado a 6 años de prisión efectiva, más de 10 de inhabilitación para conducir. “La pena efectiva sería no banalizar las muertes”, justificó.
Además, Álvarez calificó como “deficiente” el accionar de los agentes que labraron el sumario policial del hecho, documento en el cual registraron al sobreviviente Samir Daou como supuesto conductor del Ford Fiesta siniestrado y solicitó que los uniformados Priscila Ifrán y Rodolfo Dos Santos, sean investigados por incumplimiento de los deberes de funcionario público, lo cual finalmente fue aceptado por la jueza Leiva en su fallo.
En contrapartida, Leiva desestimó el pedido de condena efectuado por la fiscal Álvarez y su resolución estuvo ajustada al planteo de la defensa de González, que en primera instancia pidió la absolución del artista o en forma subsidiaria la aplicación del mínimo de la pena, con ejecución condicional.
“Estafa procesal”
En su alegato, el abogado penalista Federico Tilli cuestionó a la fiscalía por realizar “un análisis sesgado y parcial de las pruebas”, apuntando que solo valoró el testimonio de los sobrevivientes Samir Daou y Facundo Chemes, minimizando el valor de las pericias y de las labores policiales. “Es casi una estafa procesal”, arremetió.
“No voy a permitir que se dé por determinado un exceso de velocidad porque ninguno de los peritos que acá declararon lo pudieron comprobar y tampoco hay certezas para determinar al conductor del auto y acá necesitamos certeza absoluta para condenar a una persona”, respondió Tilli.
El letrado también apuntó contra Daou y Chemes, a quienes señaló como “dos amigos que han congeniado contra González”.
“Acá es confiar en la Policía o en dos personas que le quieren hacer mierda a González, porque también tienen interés patrimonial contra él, le quieren hacer pagar por todo esto”, señaló.
Tal de directo fue Tilli que además solicitó que ambos testigos sean investigados por falso testimonio agravado por ser en perjuicio de un imputado, aunque la jueza Leiva no tuvo en cuenta ese pedido en su resolución.
Tilli también se hizo eco de la calificación de “deficiente” que la fiscal Álvarez le atribuyó al primer sumario del hecho, donde se registró a Samir Daou como conductor del auto y no a González.
“O sea que con un sumario deficiente pretendemos condenar a alguien, pero nadie pidió su nulidad. No se puede condenar a una persona con todos estos yerros procesales”, cuestionó.
En consecuencia, Tilli solicitó la absolución por el beneficio de la duda en favor de su cliente o, en forma subsidiaria, que la condena sea por el mínimo de la pena (3 años), con cumplimiento de condicional.
“No hubo alcohol, no hubo exceso de velocidad y nunca se fugó. No tiene sentido una pena de prisión efectiva. Sí aceptamos cualquier medida restrictiva y hasta la prohibición de conducir”, cerró.
El planteo finalmente fue acogido por la magistrada Leiva, que falló en coincidencia y dispuso que los fundamentos de la sentencia serán comunicados el 23 de junio.
Sobreviviente apuntó a Andrés González: “Su imprudencia mató a mis amigas”
Policiales
Sospechoso del crimen del sindicalista Achingo volvió a ser detenido

Elio Romualdo O. (37), vinculado a un extenso prontuario por delitos graves, fue capturado ayer por la tarde en el barrio capitalino San Onofre, en el marco de un operativo realizado por la Dirección de Investigaciones Complejas.
El último hecho registrado fue una tentativa de homicidio ocurrido en octubre de 2024, cuya víctima fue un hombre identificado como Mauricio T. Por lo que, en cumplimiento de un oficio judicial librado por el Juzgado de Instrucción N.º 2, los efectivos procedieron a su detención.
A su vez, figura entre los principales sospechosos por el asesinato del sindicalista Pablo Sabino Achingo, ocurrido el 7 de junio del 2017 en Posadas, causa en la cual había recuperado la libertad.
Según los registros del sumario también está vinculado a otras causas por delitos graves, entre ellos, infracción a la Ley de Estupefacientes, robo y lesiones.
La Comisaría Seccional Octava, dependencia que interviene en la causa, ya fue notificada y se encuentra coordinando las medidas judiciales correspondientes.
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