Policiales
Comenzó el juicio por el femicidio de Evelyn y el único imputado no declaró
Poco después de las 8.45 de hoy, en el Tribunal Penal Uno de Posadas, comenzó el debate oral por el crimen de Evelyn Rojas, cometido el 27 de octubre de 2016. Es la primera vez en la historia de Misiones en que el asesinato de una mujer trans es juzgado como femicidio.
El único acusado es Ramón Da Silva, más conocido por sus alias de “Ramoncito”, “Junio” o “Polaquito”. El hombre está imputado por el delito de “homicidio doblemente agravado por la relación de pareja preexistente y femicidio”, figura bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.
En la audiencia de hoy, Da Silva se abstuvo de declarar y su defensa solicitó que no esté presente en el resto de las audiencias, lo cual fue autorizado por el tribunal.
En el debate interviene el fiscal Martín Rau y la familia de la víctima participa querellante particular bajo la representación de la letrada Florencia González.
Desde la querella ya adelantaron a La Voz de Misiones que, al igual que en la etapa de Instrucción, insistirán en la figura de un crimen de odio y lograr así una sentencia mediante la cual el caso pueda ser considerado un travesticidio o transfemicidio.
El imputado, por su parte, es representado por el abogado defensor oficial Mario Ramírez.
El tribunal es presidido por Viviana Cukla e integrado por sus pares Ángel Dejesús Cardozo y Marcela Leiva (subrogante).
El juicio continuará toda la semana y se prevé la declaración de un total de 23 testigos. Hoy declararon los primeros cuatro, entre ellos la madre y una hermana de la víctima. La sentencia se daría a conocer el próximo martes.
La audiencia, que culminó cerca de las 15, fue presenciada por militantes y referentes de colectivos de mujeres, género y disidencias.
El caso
Evelyn Rojas, de 26 años, fue asesinada a golpes el 27 de octubre de 2016, en una estación de servicios abandonada en la esquina de las avenidas Uruguay y Buchardo de Posadas.
La autopsia determinó que la muerte de Evelyn se debió a un “traumatismo de cráneo gravísimo, con fractura de base de cráneo” y además marcó múltiples contusiones, excoriaciones y hematomas en el rostro.
En esa estación de servicios la víctima solía pernoctar una vez que culminaba su jornada como trabajadora sexual en la zona y en ocasiones se encontraba con Da Silva, que era su pareja.
El hombre quedó bajo la lupa gracias al testimonio de una vecina, que conocía a Evelyn y que la noche anterior vio cuando el hombre ingresaba con ella a la gasolinera abandonada.
El acusado fue detenido días después en la terminal de colectivos de San Vicente. El hombre no tenía domicilio fijo y era conocido por diferentes alias o sobrenombres. Desde ese momento permanece privado de su libertad.
El caso tiene la particularidad de que es la primera vez que el crimen de una mujer trans será considerado como femicidio en Misiones. La aplicación del agravante contemplado en el inciso 11 del artículo 80 del Código Penal de la Nación fue solicitada en la etapa de instrucción por la fiscal Adriana Herbociani y avalada en la posterior elevación a juicio de la causa dictaminada por el magistrado Fernando Verón, titular del Juzgado de Instrucción Tres de Posadas.
Sin embargo, para la querella particular, que representa a la familia de la víctima y es encabezada por la abogada y militante feminista y de las diversidades, Florencia González, en esta causa aún se puede dar un paso más para hacer historia definitiva y considerar el hecho como un crimen de odio, esperando un juicio con perspectiva de género y diversidad.
Judiciales
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.
Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.
Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.
Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.
La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.
“No hay derecho absoluto”
El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.
Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.
Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.
En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.
La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.
“Fue un hecho público y multitudinario”
En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.
En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).
“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.
Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.
También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.
En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.
Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.
Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”
Judiciales
La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia
Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.
Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.
Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.
A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”
Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.
Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
Judiciales
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.
El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.
Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.
Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.
A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.
Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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