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Caso Horacelia: rechazan cuarto planteo defensivo y miércoles inicia el juicio

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Martín Monzón acusado caso Horacelia

Tras la opinión negativa del fiscal Vladimir Glinka, los camaristas del Tribunal Penal Dos de Posadas resolvieron rechazar el último planteo de nulidad interpuesto por la defensa de Martín Monzón (39), imputado por el femicidio de Horacelia Marasca (16), y de esta manera hay vía libre para que el miércoles arranque el juicio oral para esclarecer el hecho.

La incertidumbre en cuanto al arranque del debate se había dado en virtud de un planteo de nulidad presentado por el defensor oficial del imputado, Miguel Ángel Varela, quien consideró que en una instancia de sentencia el tribunal debe estar conformado íntegramente por magistrados camaristas y no de instrucción, como es el caso de Fernando Verón, titular del Juzgado de Instrucción Tres, que participará como subrogante en el proceso en reemplazo de Carlos Giménez.

El recurso fue corrido vista al fiscal Vladimir Antonio Glinka, quien a fines de la semana pasada rechazó el pedido y ahora los camaristas decidieron no hacer lugar al planteo de nulidad, por lo cual debate siguen en pie, tal como estaba previsto y el miércoles se realizará la primera audiencia, según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones.

El juicio oral tiene un ocho jornadas programadas, se extenderá del 1 al 10 de marzo y hay al menos 26 testigos convocados a dar sus testimonios ante el tribunal para reconstruir la historia. El tribunal estará integrado, entonces, por César Yaya, Gregorio Busse y el mencionado Verón.

Horacelia tenía 16 años. Fue asesinada y descuartizada.

El proceso ya había sido programado en tres instancias previas. La primera de ellas fue en 2018, pero una y otra vez el debate fue suspendido mediante recursos defensivos. En uno de ellos se solicitaba que Monzón declare bajo los efectos de pentotal sódico, más conocido como “suero de la verdad”, lo cual fue rechazado por el Superior Tribunal de Justicia (STJ).

Monzón está imputado por el delito de “femicidio agravado por la convivencia preexistente y por mediar violencia de género”, figura prevista en el artículo 80 del Código Penal de la Nación Argentina y que prevé una pena de prisión perpetua.

El caso

El hecho que se ventilará en debate se registró el 17 de agosto de 2015, en la chacra 150 de Villa Cabello.

Ese día el propio Monzón se presentó en la Comisaría Séptima para denunciar la desaparición de Horacelia, quien era su concubina y madre de un bebé que tenían en común.

Sin embargo, horas después la Justicia ordenó un allanamiento en la vivienda donde residían y las pericias de luminol marcaron que el lugar fue escenario de un episodio sangriento.

Posteriormente se terminó descubriendo que la muchacha había sido asesinada a puñaladas, descuartizada y luego descartada en bolsas de basura en alcantarillas del arroyo Mártires.

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Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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condenas a Monica Gurina y Leandro Sanchez

Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.

Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.

Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.

Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.

La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.

“No hay derecho absoluto”

El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.

Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.

Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.

En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.

La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.

“Fue un hecho público y multitudinario”

En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.

En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.

Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.

También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.

En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.

Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.

 

Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”

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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia

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Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.

Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.

Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.

A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”

Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.

Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.

La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.

El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.

Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.

Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.

A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.

Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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