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La Justicia le dio domiciliaria a dos represores de la dictadura

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Se trata de Carlos Capdevila y Lucio Nast, ambos condenados por crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura cívico-militar. Los jueces argumentaron su decisión en el estado de salud de los represores.

 

BUENOS AIRES. Carlos Capdevila, médico que ofició de partero en el centro clandestino de detención que funcionó durante la dictadura en la Escuela de Mecánica de la Armada (Esma), y el ex policía rosarino Lucio César Nast, alias Ronco, ambos condenados por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura, fueron beneficiados con la prisión domiciliaria.

En el caso de Capdevila, fue el juez Daniel Obligado, el mismo del Tribunal Oral Federal que hace unas semanas le otorgó la prisión domiciliaria al ex vicepresidente Amado Boudou, quien decidió enviarlo a su casa en medio de la pandemia de coronavirus.

La decisión de Obligado se fundamentó en que el condenado por crímenes de lesa humanidad es un preso de los considerados de riesgo debido a la pandemia de coronavirus que asola el mundo. El juez Obligado le concedió el arresto domiciliario a uno de los parteros de la maternidad clandestina de la Esma al considerar que estaba expuesto frente al contagio del coronavirus, por tratarse de una persona de casi 70 años y que tiene varios problemas de salud en su historial médico.

Capdevila fue condenado por varios hechos de apropiación indebida de menores, también por aplicación de tormentos y otros delitos de lesa humanidad cometidos en la Esma.

En enero de 1993, la Armada inició un expediente con su caso. Se intentaba “determinar la relación de los actos de servicio” y algo que llaman “neurosis de guerra”.

Capdevila declaró: “Fui asignado por orden del señor director de dicha Escuela, a una Unidad de Tarea cuya misión era desarrollar operaciones contra la subversión. El marco en que se desarrolló mi actividad y el tipo de tareas que debí cumplir hicieron que permanentemente me encontrase en la disyuntiva de cumplir con mi juramento hipocrático como profesional médico y mi carácter de militar; opté por cumplir con las exigencias que el servicio militar me imponía y en medio de una gran presión psíquica; fueron muchas las noches de insomnio tanto en mi destino como en los pocos momentos que pasaba en mi hogar; mi psiquis vivía en conflicto permanente”.

Según el informe médico que llegó a manos del juez Obligado, el represor Capdevila tiene hipertensión arterial, cáncer de próstata y problemas motrices entre otras cuestiones de salud. Además, el juez evalúo que Capdevila no está debidamente aislado en la Unidad 31 de Ezeiza, donde cumple condena, e incluso comparte lugares comunes con otros detenidos.

Ante el pedido del represor Capdevila, el fiscal Leonardo Filippini se opuso a concederle el arresto domiciliario pero finalmente el juez se lo otorgó bajo otros argumentos.

El fiscal había considerado que en el lugar de detención dónde se encontraba Capdevila estaba bien atendido. Pero el juez Obligado tuvo en cuenta que Capdevila es uno de los 1.280 presos que informó el Servicio Penitenciario Federal integra el grupo de presos de mayor riesgo de contraer coronavirus, en este caso tanto por su elevada edad y por sus problemas de salud preexistente.

Capdevila cuenta con al menos tres condenas por violación a los derechos humanos, todos ellos en el centro clandestino de detención que funcionó en la Esma. De esta forma, Capdevila recibió en 2011 una condena a 20 años de prisión sumados a otra de 15 años también por delitos de lesa humanidad y otra última de 10 años de prisión que ya había agotado.

En tanto, hace unos días, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal le concedió el arresto domiciliario al represor Lucio Nast (66), quien fue condenado a 22 años de prisión por delitos de lesa humanidad. Los magistrados de esa sala del máximo tribunal penal del país consideraron que por su edad y por su estado salud, Nast es un detenido de “alto riesgo” ante el avance de la pandemia del coronavirus.

En un fallo dividido, los jueces Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques votaron por concederle el beneficio al represor. En tanto, Alejandro Slokar votó en disidencia y alertó sobre el riesgo de que bajo el pretexto de la pandemia se encubran actos de impunidad.

Para otorgarle el beneficio, los jueces Yacobucci y Mahiques consideraron que Nast tiene 66 años y que “presenta diversos y complejos problemas de salud (gastritis, hernia hiatal e inguinal, diverticulosis, dolor crónico abdominal, colelitiasis, trauma acústico, y secuela de herida de arma de fuego en tórax y pelvis)”.

“Corresponde atender, asimismo, a la situación excepcional derivada de la pandemia declarada por la aparición del Coronavirus (Covid-19) y las numerosas recomendaciones de organismos nacionales e internacionales con incidencia en la materia y en ese marco, a las consecuencias sobre las personas detenidas consideradas dentro del grupo de riesgo, entre las que, sin hesitación, se encuentra Nast debido a su avanzada edad y su múltiples patologías preexistentes, entre las que cabe señalar las de naturaleza respiratoria”, sostuvieron los dos magistrados.

Por su parte, el juez Slokar sostuvo en cambio que el recurso debía ser rechazado y que en su lugar de detención “se mantiene el distanciamiento recomendado por las autoridades sanitarias” y “se han distribuido los insumos de higiene y limpieza correspondientes para prevenir eventuales contagios”, por lo que no corresponde otorgarle el arresto domiciliario.

Nast fue condenado a 22 años de prisión -en un fallo confirmado por Casación- por crímenes de lesa humanidad cometidos en perjuicio de 43 víctimas durante la última dictadura militar en el centro clandestino de detención que funcionó en el Servicio de Informaciones (SI) de la ex Jefatura de Policía de Rosario; el más grande de la provincia de Santa Fe.

 

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La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral

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La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.

La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.

“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.

“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.

El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.

“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.

El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.

Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.

“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.

La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.

 

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Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses

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El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses. 

Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional. 

Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%. 

Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%. 

En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.

En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento. 

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Diputados proponen neutralidad argentina ante guerra en Medio Oriente

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Congreso guerra medio oriente

Mientras el presidente estadounidense Donald Trump amenaza con aniquilar por completo a toda “la civilización” de Irán esta noche, un grupo de diputados nacionales de Unión por la Patria presentó este mismo martes un proyecto de resolución para declarar la neutralidad de Argentina frente la guerra en Medio Oriente.

La medida se da en medio de una escalada de tensión internacional, a pocas horas del vencimiento del ultimátum lanzado por Trump a Irán y tras las recientes declaraciones públicas del gobierno de Javier Milei en respaldo a Estados Unidos e Israel.

La iniciativa fue encabezada por el diputado Juan Marino y acompañada por una treintena de legisladores del bloque opositor, quienes sostienen que el país “no es parte beligerante” en la confrontación y que no reconoce enemigos en ninguno de los bandos involucrados.

En el texto también se reafirma la tradición diplomática argentina de resolución pacífica de controversias y se invoca el principio de América Latina y el Caribe como Zona de Paz, en línea con resoluciones adoptadas por la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños y la Organización de las Naciones Unidas.

El proyecto surge luego de declaraciones de funcionarios nacionales que, según el bloque opositor, implican un alineamiento político del gobierno argentino con la ofensiva militar encabezada por Washington y Tel Aviv contra Irán.

Entre ellas, mencionan expresiones del presidente Milei durante una actividad en Nueva York, donde calificó a Irán como “enemigo”, además de comunicados oficiales de Cancillería y declaraciones de funcionarios sobre una eventual asistencia logística o militar.

Los legisladores pidieron además que se desautoricen públicamente esos posicionamientos al considerar que cualquier decisión que comprometa al país en un conflicto internacional requiere intervención del Congreso, en virtud del artículo 75 inciso 25 de la Constitución Nacional, que reserva al Poder Legislativo la facultad de autorizar al Poder Ejecutivo para declarar la guerra o hacer la paz.

En el mismo sentido, el proyecto exhorta al gobierno nacional a abstenerse de realizar cualquier tipo de colaboración directa o indirecta en el conflicto, incluyendo cooperación militar, logística o de inteligencia, y propone comunicar formalmente la postura argentina a organismos internacionales y a los gobiernos involucrados.

Línea roja

Apenas asumió la presidencia, el gobierno de Milei rompió la histórica neutralidad argentina y alineó automáticamente al país con Estados Unidos e Israel.

Un mes antes de la escalada bélica de la denominada “Coalición Epstein” contra Irán, en enero de 2026, el gobierno libertario declaró como organización terrorista a la Fuerza Quds, brazo de la Guardia Revolucionaria iraní.

En febrero, luego de comenzada la guerra y tras la operación que resultó en la muerte del Líder Supremo de Irán, Alí Jamenei, la Oficina del Presidente emitió un comunicado oficial calificando el hecho como la eliminación de una de las personas “más malvadas y crueles de la historia”.

El 10 de marzo, durante un discurso en la Universidad Yeshiva de Nueva York, Milei declaró explícitamente que Irán es “enemigo de Argentina”, por su responsabilidad en los atentados a la Amia y la Embajada de Israel, y proclamó: “Vamos a ganar la guerra”.

Y este mes, la Cancillería argentina declaró persona no grata y expulsó a Mohsen Soltani Tehrani, el máximo representante diplomático de Irán en el país, a la vez que ratificó su “apoyo total y absoluto” a las acciones militares de Trump y el primer ministro israelí Benjamín Netanyahu.

El posicionamiento del gobierno libertario provocó la reacción de Irán, que a través de sus medios oficiales advirtió que Milei cruzó una “línea roja imperdonable” y prometió una respuesta “proporcionada”.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN - NEUTRALIDAD ANTE LA GUERRA DE EEUU E ISRAEL

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