Nacionales
La Justicia le dio domiciliaria a dos represores de la dictadura
Se trata de Carlos Capdevila y Lucio Nast, ambos condenados por crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura cívico-militar. Los jueces argumentaron su decisión en el estado de salud de los represores.
BUENOS AIRES. Carlos Capdevila, médico que ofició de partero en el centro clandestino de detención que funcionó durante la dictadura en la Escuela de Mecánica de la Armada (Esma), y el ex policía rosarino Lucio César Nast, alias Ronco, ambos condenados por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura, fueron beneficiados con la prisión domiciliaria.
En el caso de Capdevila, fue el juez Daniel Obligado, el mismo del Tribunal Oral Federal que hace unas semanas le otorgó la prisión domiciliaria al ex vicepresidente Amado Boudou, quien decidió enviarlo a su casa en medio de la pandemia de coronavirus.
La decisión de Obligado se fundamentó en que el condenado por crímenes de lesa humanidad es un preso de los considerados de riesgo debido a la pandemia de coronavirus que asola el mundo. El juez Obligado le concedió el arresto domiciliario a uno de los parteros de la maternidad clandestina de la Esma al considerar que estaba expuesto frente al contagio del coronavirus, por tratarse de una persona de casi 70 años y que tiene varios problemas de salud en su historial médico.
Capdevila fue condenado por varios hechos de apropiación indebida de menores, también por aplicación de tormentos y otros delitos de lesa humanidad cometidos en la Esma.
En enero de 1993, la Armada inició un expediente con su caso. Se intentaba “determinar la relación de los actos de servicio” y algo que llaman “neurosis de guerra”.
Capdevila declaró: “Fui asignado por orden del señor director de dicha Escuela, a una Unidad de Tarea cuya misión era desarrollar operaciones contra la subversión. El marco en que se desarrolló mi actividad y el tipo de tareas que debí cumplir hicieron que permanentemente me encontrase en la disyuntiva de cumplir con mi juramento hipocrático como profesional médico y mi carácter de militar; opté por cumplir con las exigencias que el servicio militar me imponía y en medio de una gran presión psíquica; fueron muchas las noches de insomnio tanto en mi destino como en los pocos momentos que pasaba en mi hogar; mi psiquis vivía en conflicto permanente”.
Según el informe médico que llegó a manos del juez Obligado, el represor Capdevila tiene hipertensión arterial, cáncer de próstata y problemas motrices entre otras cuestiones de salud. Además, el juez evalúo que Capdevila no está debidamente aislado en la Unidad 31 de Ezeiza, donde cumple condena, e incluso comparte lugares comunes con otros detenidos.
Ante el pedido del represor Capdevila, el fiscal Leonardo Filippini se opuso a concederle el arresto domiciliario pero finalmente el juez se lo otorgó bajo otros argumentos.
El fiscal había considerado que en el lugar de detención dónde se encontraba Capdevila estaba bien atendido. Pero el juez Obligado tuvo en cuenta que Capdevila es uno de los 1.280 presos que informó el Servicio Penitenciario Federal integra el grupo de presos de mayor riesgo de contraer coronavirus, en este caso tanto por su elevada edad y por sus problemas de salud preexistente.
Capdevila cuenta con al menos tres condenas por violación a los derechos humanos, todos ellos en el centro clandestino de detención que funcionó en la Esma. De esta forma, Capdevila recibió en 2011 una condena a 20 años de prisión sumados a otra de 15 años también por delitos de lesa humanidad y otra última de 10 años de prisión que ya había agotado.
En tanto, hace unos días, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal le concedió el arresto domiciliario al represor Lucio Nast (66), quien fue condenado a 22 años de prisión por delitos de lesa humanidad. Los magistrados de esa sala del máximo tribunal penal del país consideraron que por su edad y por su estado salud, Nast es un detenido de “alto riesgo” ante el avance de la pandemia del coronavirus.
En un fallo dividido, los jueces Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques votaron por concederle el beneficio al represor. En tanto, Alejandro Slokar votó en disidencia y alertó sobre el riesgo de que bajo el pretexto de la pandemia se encubran actos de impunidad.
Para otorgarle el beneficio, los jueces Yacobucci y Mahiques consideraron que Nast tiene 66 años y que “presenta diversos y complejos problemas de salud (gastritis, hernia hiatal e inguinal, diverticulosis, dolor crónico abdominal, colelitiasis, trauma acústico, y secuela de herida de arma de fuego en tórax y pelvis)”.
“Corresponde atender, asimismo, a la situación excepcional derivada de la pandemia declarada por la aparición del Coronavirus (Covid-19) y las numerosas recomendaciones de organismos nacionales e internacionales con incidencia en la materia y en ese marco, a las consecuencias sobre las personas detenidas consideradas dentro del grupo de riesgo, entre las que, sin hesitación, se encuentra Nast debido a su avanzada edad y su múltiples patologías preexistentes, entre las que cabe señalar las de naturaleza respiratoria”, sostuvieron los dos magistrados.
Por su parte, el juez Slokar sostuvo en cambio que el recurso debía ser rechazado y que en su lugar de detención “se mantiene el distanciamiento recomendado por las autoridades sanitarias” y “se han distribuido los insumos de higiene y limpieza correspondientes para prevenir eventuales contagios”, por lo que no corresponde otorgarle el arresto domiciliario.
Nast fue condenado a 22 años de prisión -en un fallo confirmado por Casación- por crímenes de lesa humanidad cometidos en perjuicio de 43 víctimas durante la última dictadura militar en el centro clandestino de detención que funcionó en el Servicio de Informaciones (SI) de la ex Jefatura de Policía de Rosario; el más grande de la provincia de Santa Fe.
Nacionales
Milei autorizó expulsar a extranjeros que inciten al odio contra la Argentina
El gobierno nacional publicó esta medianoche un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) en el que remarcó que expulsará o prohibirá el ingreso al país de aquellos extranjeros que “incitaren o dirigieran mensajes de odio, discriminación y o violencia contra el pueblo argentino” o directamente “ultrajen los símbolos patrios”.
La medida, que lleva la firma del presidente Javier Milei, fue difundida por la Oficina del Presidente de la República Argentina (Opra) y es en respuesta “a las recientes manifestaciones de hostilidad” contra el país.
“La Oficina del Presidente informa que el presidente Javier G. Milei ha firmado un Decreto de Necesidad y Urgencia que incorpora como causal de prohibición de ingreso y de expulsión del territorio nacional a todo extranjero que dirigiere o incitare mensajes de odio, discriminación y/o violencia contra el pueblo argentino o sus ciudadanos por razón de su nacionalidad, así como el ultraje a los símbolos patrios”, indicó el DNU en su comienzo.
Y remarcó: “Frente a las recientes manifestaciones de hostilidad contra la República Argentina y los argentinos, el Gobierno Nacional reafirma que la defensa de la Nación, de sus ciudadanos y de sus símbolos no es negociable. Quien ataque a la República Argentina no es bienvenido en nuestro país”.
Los ataques a los que se refiere Milei se intensificaron a través de las redes sociales y otros espacios en el marco del último Mundial de fútbol disputado en los Estados Unidos, México y Canadá.

Nacionales
El misionero Javier Lanari es el nuevo director del Banco Nación
El misionero Javier Lanari fue designado por el gobierno nacional como nuevo director del Banco de la Nación Argentina (BNA). La medida, que oficializa el nombramiento del exsecretario de Comunicación y Prensa, fue publicada este martes en el Boletín Oficial.
Mediante el Decreto 618/2026, el gobierno del presidente Javier Milei aceptó la renuncia de Gonzalo Pascual como director de la entidad bancaria y, en su reemplazo, designó al misionero Javier Lanari, quien fue uno de los principales colaboradores del ex vocero presidencial y exj efe de Gabinete, Manuel Adorni.
Lanari ejercerá sus funciones con efecto retroactivo al 25 de junio de 2026 y completará el período de ley que culmina el 4 de febrero de 2028, según el documento oficial.
La norma, que oficializó su nombramiento tras la renuncia de Pascual, fue firmada por el presidente Milei y el ministro de Economía, Luis “Toto” Caputo.
Lanari, oriundo de Posadas, fue una de las figuras dentro del esquema comunicacional libertario y de diciembre de 2025 a junio de 2026 se desempeñó como titular de la Secretaría de Comunicación y Prensa de la Nación.
Adorni anunció la salida del misionero Lanari como Secretario de Comunicación
Nacionales
Criar un hijo costó más de $678.000 en junio, según el Indec
El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) difundió este jueves el dato de la Canasta Crianza y reveló que el costo para criar a un menor de entre 6 a 12 años llegó a $678.308 mensuales, frente a una inflación de 1,9% ese mismo mes.
El indicador que mide el organismo releva, por un lado, los costos mensuales de los bienes y servicios esenciales (alimentos, vestimenta y educación, entre otros) para la protección de la primera infancia, la niñez y la adolescencia. Por el otro, el costo del cuidado, que es el tiempo en horas requerido para cada uno de los tramos de edad.
En este sentido, para los bebés, el valor fue de $529.539, mientras que para los chicos de entre uno y tres años fue de $630.926. En tanto, para el rango etario de cuatro a cinco, la canasta de crianza totalizó $539.612.
Ese mismo mes, el costo mensual de bienes y servicios fue el siguiente para cada grupo etario: menores de un año: $173.468, de uno a tres años: $223.988, de cuatro a cinco años: $285.275 y de seis a 12 años: $353.885.
Por su parte, el costo de cuidado para cara rango fue: menores de un año: $356.071, de uno a tres años: $406.938, de cuatro a cinco años: $254.337 y de seis a 12 años: $324.423.
De acuerdo al Indec, esta medición tiene como objetivo que sea utilizado por el Poder Judicial como referencia en los litigios por cuota alimentaria.
Para el cálculo del costo de los bienes y servicios para el desarrollo de los bebés, chicos, chicas y adolescentes se toma el valor mensual de la canasta básica total (CBT) del Gran Buenos Aires (GBA) que difunde todos los meses el organismo y que se usa para la medición de la pobreza.
“Dentro de la CBT, se incluye tanto el costo de adquisición de los alimentos necesarios para cubrir los requerimientos energéticos mínimos como el de los bienes y servicios no alimentarios (vestimenta, transporte, educación, salud, vivienda, etcétera)“, explicó el ente estadístico. Esa cifra se pondera de acuerdo a los diferentes grupos de edad, hasta los 12 años.
Para la estimación del costo del cuidado se considera, en primer término, el tiempo teórico requerido de cuidado para cada uno de los tramos de edad. La estimación mensual es la siguiente: menores de un año: 147 horas. De 1 a 3 años: 168 horas. De 4 a 5 años: 105 horas y de 6 a 12 años: 68 horas.
A su vez, las horas de cuidado se valorizan tomando la remuneración de la categoría “Asistencia y cuidado de personas” del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares.
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