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La Justicia le dio domiciliaria a dos represores de la dictadura

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Se trata de Carlos Capdevila y Lucio Nast, ambos condenados por crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura cívico-militar. Los jueces argumentaron su decisión en el estado de salud de los represores.

 

BUENOS AIRES. Carlos Capdevila, médico que ofició de partero en el centro clandestino de detención que funcionó durante la dictadura en la Escuela de Mecánica de la Armada (Esma), y el ex policía rosarino Lucio César Nast, alias Ronco, ambos condenados por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura, fueron beneficiados con la prisión domiciliaria.

En el caso de Capdevila, fue el juez Daniel Obligado, el mismo del Tribunal Oral Federal que hace unas semanas le otorgó la prisión domiciliaria al ex vicepresidente Amado Boudou, quien decidió enviarlo a su casa en medio de la pandemia de coronavirus.

La decisión de Obligado se fundamentó en que el condenado por crímenes de lesa humanidad es un preso de los considerados de riesgo debido a la pandemia de coronavirus que asola el mundo. El juez Obligado le concedió el arresto domiciliario a uno de los parteros de la maternidad clandestina de la Esma al considerar que estaba expuesto frente al contagio del coronavirus, por tratarse de una persona de casi 70 años y que tiene varios problemas de salud en su historial médico.

Capdevila fue condenado por varios hechos de apropiación indebida de menores, también por aplicación de tormentos y otros delitos de lesa humanidad cometidos en la Esma.

En enero de 1993, la Armada inició un expediente con su caso. Se intentaba “determinar la relación de los actos de servicio” y algo que llaman “neurosis de guerra”.

Capdevila declaró: “Fui asignado por orden del señor director de dicha Escuela, a una Unidad de Tarea cuya misión era desarrollar operaciones contra la subversión. El marco en que se desarrolló mi actividad y el tipo de tareas que debí cumplir hicieron que permanentemente me encontrase en la disyuntiva de cumplir con mi juramento hipocrático como profesional médico y mi carácter de militar; opté por cumplir con las exigencias que el servicio militar me imponía y en medio de una gran presión psíquica; fueron muchas las noches de insomnio tanto en mi destino como en los pocos momentos que pasaba en mi hogar; mi psiquis vivía en conflicto permanente”.

Según el informe médico que llegó a manos del juez Obligado, el represor Capdevila tiene hipertensión arterial, cáncer de próstata y problemas motrices entre otras cuestiones de salud. Además, el juez evalúo que Capdevila no está debidamente aislado en la Unidad 31 de Ezeiza, donde cumple condena, e incluso comparte lugares comunes con otros detenidos.

Ante el pedido del represor Capdevila, el fiscal Leonardo Filippini se opuso a concederle el arresto domiciliario pero finalmente el juez se lo otorgó bajo otros argumentos.

El fiscal había considerado que en el lugar de detención dónde se encontraba Capdevila estaba bien atendido. Pero el juez Obligado tuvo en cuenta que Capdevila es uno de los 1.280 presos que informó el Servicio Penitenciario Federal integra el grupo de presos de mayor riesgo de contraer coronavirus, en este caso tanto por su elevada edad y por sus problemas de salud preexistente.

Capdevila cuenta con al menos tres condenas por violación a los derechos humanos, todos ellos en el centro clandestino de detención que funcionó en la Esma. De esta forma, Capdevila recibió en 2011 una condena a 20 años de prisión sumados a otra de 15 años también por delitos de lesa humanidad y otra última de 10 años de prisión que ya había agotado.

En tanto, hace unos días, la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal le concedió el arresto domiciliario al represor Lucio Nast (66), quien fue condenado a 22 años de prisión por delitos de lesa humanidad. Los magistrados de esa sala del máximo tribunal penal del país consideraron que por su edad y por su estado salud, Nast es un detenido de “alto riesgo” ante el avance de la pandemia del coronavirus.

En un fallo dividido, los jueces Guillermo Yacobucci y Carlos Mahiques votaron por concederle el beneficio al represor. En tanto, Alejandro Slokar votó en disidencia y alertó sobre el riesgo de que bajo el pretexto de la pandemia se encubran actos de impunidad.

Para otorgarle el beneficio, los jueces Yacobucci y Mahiques consideraron que Nast tiene 66 años y que “presenta diversos y complejos problemas de salud (gastritis, hernia hiatal e inguinal, diverticulosis, dolor crónico abdominal, colelitiasis, trauma acústico, y secuela de herida de arma de fuego en tórax y pelvis)”.

“Corresponde atender, asimismo, a la situación excepcional derivada de la pandemia declarada por la aparición del Coronavirus (Covid-19) y las numerosas recomendaciones de organismos nacionales e internacionales con incidencia en la materia y en ese marco, a las consecuencias sobre las personas detenidas consideradas dentro del grupo de riesgo, entre las que, sin hesitación, se encuentra Nast debido a su avanzada edad y su múltiples patologías preexistentes, entre las que cabe señalar las de naturaleza respiratoria”, sostuvieron los dos magistrados.

Por su parte, el juez Slokar sostuvo en cambio que el recurso debía ser rechazado y que en su lugar de detención “se mantiene el distanciamiento recomendado por las autoridades sanitarias” y “se han distribuido los insumos de higiene y limpieza correspondientes para prevenir eventuales contagios”, por lo que no corresponde otorgarle el arresto domiciliario.

Nast fue condenado a 22 años de prisión -en un fallo confirmado por Casación- por crímenes de lesa humanidad cometidos en perjuicio de 43 víctimas durante la última dictadura militar en el centro clandestino de detención que funcionó en el Servicio de Informaciones (SI) de la ex Jefatura de Policía de Rosario; el más grande de la provincia de Santa Fe.

 

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El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

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El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

A una semana de la sanción en el Congreso de la Nación, el gobierno promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral y los cambios comienzan a regir a partir de hoy.

El Poder Ejecutivo puso en vigencia la Ley 27.802, a través de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 137/2026, que lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni y de la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.

La norma, compuesta por 25 capítulos, introduce cambios en las relaciones de trabajo, principalmente, en indemnizaciones, salarios, vacaciones, jornada laboral, derechos sindicales y flexibiliza las condiciones de contratación.

Sobre las indemnizaciones, la Ley reduce la base de cálculo y deja de considerar dentro de las mismas vacaciones, aguinaldo, propinas o premios. Quedará un tope salarial como base de remunerativa, que no puede exceder tres veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador. De esta manera, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3%. También habilita a las Pymes el pago en cuotas.

Los salarios podrán abonarse en dinero -en moneda nacional o extranjera- o en especie, mediante provisión de habitación o alimentos. Además, se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que podrá ser acordado en convenios colectivos, regionales o por empresa, y contemplarse como una retribución vinculada al mérito personal del trabajador o a su productividad.

Según la norma, el empleador deberá otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque las partes podrán acordar tomarlas fuera de ese período. También se prevé que empleador y trabajador puedan convenir el fraccionamiento de las vacaciones con una antelación no menor a 30 días, con períodos mínimos de siete días.

En relación con las horas extras y el banco de horas, el artículo 197 bis incorporado establece que el empleador y trabajadores “podrán acordar voluntariamente un régimen de compensación de horas extraordinarias”, el cual deberá formalizarse por escrito.

El texto señala, además, que “dicho régimen deberá respetar los descansos mínimos legales, asegurando en todo momento la protección, beneficio e interés del trabajador”.

Asimismo, la reforma establece porcentajes mínimos de funcionamiento durante las huelgas según la actividad: los servicios esenciales deberán garantizar una cobertura del 75% y los considerados trascendentales, del 50%. Además, amplía las actividades alcanzadas y dispone que, tras una conciliación obligatoria, los sindicatos presenten con anticipación el plan de la medida de fuerza. También establece que las asambleas de trabajadores deberán contar con autorización previa del empleador.

La nueva legislación aclara que sus disposiciones no alcanzan a empleados de la administración pública nacional o provincial, personal de casas particulares, trabajadores agrarios, prestadores independientes de plataformas tecnológicas ni a contratistas regidos por el Código Civil y Comercial, salvo que una norma específica los incluya.

La Reforma Laboral es ley: senadores misioneros votaron a favor

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Paro nacional universitario por 96 horas en reclamo de ley de financiamiento

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La Conadu Histórica, convocó a un paro nacional por 96 horas, desde el lunes 16 de marzo hasta el viernes 20, en reclamo de la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario aprobada por el Congreso de la Nación y vetada posteriormente por el presidente Javier Milei.

Sin embargo, los docentes de la Universidad de Buenos Aires (UBA) proponen que el cese de actividades sea “por tiempo indeterminado”, hasta que se aplique la ley y se concrete el pago de un aumento del 51% adeudado por la recomposición salarial.

De todas maneras, la medida será ejecutada conjuntamente el 16, en tanto, el día 20 se concretará una nueva asamblea general para evaluar los pasos a seguir. Mientras tanto, el gobierno nacional presentó un nuevo proyecto de ley, pero el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) ratificó la ley original.

En ese sentido, los universitarios plantean que la nueva maniobra oficialista busca “no acatar la Ley”, ya que “es una modificación que desconoce la deuda y nos da un aumento del 12%, en lugar del 51% adeudado y encima en tres cuotas a pagar hasta octubre de 2026”, expresó Laura Carboni, secretaria general de la Asociación Gremial Docente (AGD) de la UBA en diálogo con Noticias Argentinas.

En ese contexto, planean convocar a una marcha federal antes del tratamiento de la modificación en el Congreso.

Milei suspendió ejecución de las leyes Garrahan y financiamiento universitario

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Renunció Cúneo Libarona y lo reemplazará Juan Mahiques como ministro de Justicia

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El fiscal general de la Ciudad de Buenos Aires y titular de la Asociación Internacional de Fiscales, Juan Bautista Mahiques, dará el salto al Poder Ejecutivo tras la salida de Mariano Cúneo Libarona, según anunció el propio presidente Javier Milei.

Esta mañana alrededor de las 10, el mandatario argentino recibió al ministro de Justicia saliente, Mariano Cúneo Libarona, para resolver la conducción de la cartera luego de varios intentos del abogado mediático por renunciar al cargo, lo que finalmente se concretó este mediodía. 

Si bien en la danza de nombres para el reemplazo figuraba el ex intendente de Mar del Plata Guillermo Montenegro y el fiscal federal Carlos Stornelli, el presidente anunció a través de su cuenta de X la designación de Mahiques, quien inmediatamente expresó su agradecimiento por nombrarlo en esa cartera y enfatizó que “sin Justicia no hay futuro posible”.

Por su parte, el nuevo ministro de Justicia, hasta ahora fiscal general de la Ciudad de Buenos Aires, expresó: “Agradezco al Presidente Javier Milei por la confianza para asumir esta responsabilidad. Su liderazgo ha sido claro al marcar el camino: sin justicia no hay futuro posible”. 

Para el flamante funcionario, “ese rumbo exige instituciones que funcionen con arreglo al Estado de Derecho y un sistema jurídico con reglas claras y estables, que reconstruya la confianza pública, brinde seguridad real y un marco previsible para quien cumple la ley”.

Asimismo, agradeció también a la secretaria General de la Presidencia, Karina Milei, “por su apoyo permanente y por la dedicación con la que conduce y fortalece al equipo político del Gobierno”.

El responsable de Justicia también manifestó su “reconocimiento” a la labor de Cúneo Libarona “quien se ocupó de la primera etapa de transformación que debemos consolidar con responsabilidad y firmeza”.  

“La Argentina -recalcó- necesita una Justicia independiente de las disputas políticas, imparcial en sus decisiones, ágil en sus tiempos y moderna en sus herramientas; una institución que proteja a las víctimas, que no confunda garantías con impunidad y que reafirme, sin excepciones, que la ley se cumple para todos por igual”.

Finalmente destacó: “Asumo esta función con la convicción de que sin seguridad jurídica no hay inversión, sin reglas estables no hay desarrollo y sin jueces independientes no hay República”.

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