Nacionales
“El Ángel”, el militar misionero condenado por lesa humanidad en Campo de Mayo
El último miércoles culminó en Buenos Aires un nuevo juicio oral por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar en Argentina. Un total de 19 imputados en la denominada “Megacausa de Campo de Mayo” fueron condenados a penas que van desde los cuatro años de prisión hasta la pena máxima (perpetua) y entre esos genocidas se encuentra un militar oriundo de la tierra colorada: Bernardo “El Ángel” Caballero.
Caballero es militar retirado y nació el 4 de octubre de 1955 en la localidad misionera de San Ignacio, según consta en la sentencia impartida por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de San Martín, provincia de Buenos Aires.
Actualmente, el misionero es uno de los pocos imputados que se encuentra privado de su libertad. Está detenido desde 2015 y pasa sus días y sus noches en una celda de la Unidad Penal 34 de Campo de Mayo, dependiente del Servicio Penitenciario Federal (SPF). Sí, en el mismo lugar donde operó, custodiando detenidos y siendo forma de grupos operativos o “patotas” durante la dictadura militar, ahora purgará su pena.
El hombre fue condenado a 20 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua como coautor de los delitos de allanamiento ilegal (24 casos); robo agravado por el uso de armas de fuego (5 casos); privación ilegal de la libertad cometida por abuso funcional agravada por el empleo de violencias y amenazas (9 casos); privación ilegal de la libertad cometida por abuso funcional doblemente agravada por el empleado de violencia y amenazas y por su duración de más de un mes (43 casos); imposición de tormentos agravador por ser la víctima un perseguido político (52 casos).
Según contó el propio imputado durante una declaración indagatoria vertida telemáticamente desde la UP 34 en la jornada 90 del juicio oral, Caballero pisó Campo de Mayo por primera vez a los 16 años, cuando comenzó la escuela militar.
Una vez egresado, fue destinado a la Escuela de Caballería y en 1976 -a los 20 años- fue designado a cumplir funciones al Departamento II del Comando de Institutos Militares de Campo de Mayo.
Es allí donde se produjeron los hechos por los cuales ahora fue condenado. Caballero, identificado por testigos de la causa como “El Ángel”, era custodio del centro clandestino de detención “El Campito”, ubicado dentro de la guarnición militar de Campo de Mayo, un predio de 4.000 hectáreas con distintos recintos para alojamiento y tortura de presos políticos. Se estima que más de 6.000 personas pasaron por allí y el nivel sobrevivencia fue menor al uno por ciento.
En su indagatoria, Caballero negó ser “El Ángel” e intentó minimizar su responsabilidad, aunque admitió que en aquél entonces todos sabían que el lugar funcionaba como centro clandestino de detención.
“En ese lugar no existía personal de soldados, entonces me asignaron a cumplir tareas en una oficina. Jamás tuve contacto con ningún detenido. Sí tenía conocimiento que dentro de la guarnición militar de Campo de Mayo funcionaba un centro de detención que se llamaba El Campito. No debo dejar de reconocer eso, pero jamás tuve contacto con ningún tipo de detenido. Mi función simplemente era reparar el aula de situación, limpiar, servir café y recibir, de vez en cuando, a algunas autoridades que venían a reunirse”, señaló desde una computadora en la cárcel a través de un soporte informático al cual también estaban conectados los letrados defensores, los abogados querellantes, los jueces y la fiscal Gabriela Sosti, que para la instancia final preparó un alegato de 1.500 páginas.
El imputado también indicó que en esas reuniones era habitual la presencia de empresarios de la zona, de autoridades militares, de intendentes y miembros del clero eclesiástico.
“Esa declaración es importante porque ahí es donde admite su pertenencia a inteligencia. Ahí dice yo servía café, limpiaba, pero no niega que era parte de inteligencia del Ejército, que era la columna vertebral de la represión. También dice que él no iba al centro de detención, aunque admite que sabía de su existencia. Igualmente eso quedó desvirtuado por las declaraciones testimoniales de quienes señalan que él sí estaba ahí. Ellos lo identifican con el apodo de El Ángel, también lo describen físicamente. Incluso hay un gendarme que declara como testigo que también lo involucra”, precisó Pablo Llonto, uno de los abogados querellantes en la causa, en diálogo con La Voz de Misiones.
Campo de Mayo: un “infierno a cielo abierto”
Junto a Caballero se juzgó a una veintena de gendarmes y militares por secuestros, torturas y homicidios, entre ellos el de varias mujeres embarazadas y sus hijos apropiados.
En los expedientes por hechos conexos que fueron agrupados para el desarrollo del juicio se contabilizaron 350 víctimas y hubo 22 imputados inicialmente, aunque dos de ellos fallecieron.
En esos expedientes acumulados se dan cuenta de secuestros masivos de trabajadores, comisiones internas y delegados de Dálmine-Siderca, Mercedes Benz, los astilleros de Mestrina, Cadenasi, Tensa y Astarsa; ferroviarios, el Frigorífico Martín Fierro, papeleros y gráficos, de Laboratorio Nasar, Squeeb, Laboratorio Oramon, del Sindicato Químico, estatales y empleados de la Salud de hospitales de Ciudad de Buenos Aires, San Miguel y San Fernando, detalló el portal Canal Abierto.

Se estima que unos 6.000 detenidos pasaron por Campo de Mayo, donde el nivel de sobrevivencia era menor al uno por ciento.
“Campo de Mayo fue el infierno a cielo abierto, más allá del volumen del horror es importante hablar de cuál fue el sentido del horror, y es lo que intenté hacer en este juicio, cuál fue la utilidad del dolor, para qué se produjo esa dimensión perturbadora de una práctica social que fue el exterminio”, señaló la fiscal Sosti en diálogo con el mismo medio.
Y añadió: “En este juicio hubo un relato extremamente perturbador de uno de los imputados que contó que cuando él estaba en el Departamento de Inteligencia, que era donde se cocinaba la cosa en Campo de Mayo, en esas reuniones se sentaban, junto con los operadores de Inteligencia de la Zona de Defensa IV, los empresarios de la zona norte”.
A pesar de ello, no hay empresarios ni directivos imputados, lo cual constituye el principal desafío a futuro.
Juicio y condenas
El proceso oral comenzó el 29 de abril de 2019 y se reanudó el 27 de mayo de 2020 por vía telemática, con transmisiones en YouTube a través de La Retaguardia. En total se desarrollaron 127 audiencias y se recabaron 327 declaraciones testimoniales.
Nueve de los imputados fueron condenados a prisión perpetua: Santiago Omar Riveros, el jefe de los Comandos Militares de Campo de Mayo; Luis Sadi Pepa; Eugenio Guañabens Perelló; Luis del Valle Arce; Carlos Javier Tamini; Carlos Eduardo José Somoza; Miguel Conde; Mario Rubén Domínguez; Francisco Rolando Agostino; y Luis Pacífico Britos.
Por otra parte, Hugo Miguel Castagno recibió 22 años de cárcel; Carlos Alberto Rojas 13 años; Alfredo Óscar Arena 12 años; Federico Ramírez Mitchel 11 años; Roberto Julio Fusco 11 años; Ramón Vito Cabrera 10 años; Arnaldo Julio Román 9 años y 6 meses; y Carlos Daniel Caimi 4 años.

Algunos de los imputados presentes en la primera audiencia del debate, en abril de 2019. Caballero está al fondo, con lentes. FOTO: Julieta Colomer/Anncom.
De los 19 condenados, sólo dos están privados de su libertad. Uno de ellos es Caballero. El misionero está detenido desde el 25 de octubre de 2015, cuando el personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) lo apresó mientras asistía a votar en las elecciones presidenciales de ese año.
El 10 de noviembre de ese mismo año fue procesado con la prisión preventiva, medida que fue prorrogada una y otra vez desde ese entonces hasta la llegada del debate oral que comenzó en 2019. El militar retirado solicitó en varias oportunidades la prisión domiciliaria, pero el beneficio siempre le fue denegado.
Actualmente, Caballero está alojado en la Unidad Penal 34 de Campo Mayo, presidio que fue cerrado en 2013 por no cumplir medidas de seguridad y reabierto en 2016 por durante el gobierno de Mauricio Macri. Solo alberga militares condenados o procesados por delitos de lesa humanidad.
Culminado este proceso, desde las querellas ahora impulsan un llamado a ciudadanía solicitando que todo aquél que sepa o tenga alguna información sobre hechos ocurridos durante la dictadura lo aporte para poder avanzar en nuevas investigaciones.
“Hay muchas personas que vinieron de jóvenes desde Misiones u otros lugares del país para hacer el servicio militar obligatorio y por ahí vieron o escucharon algo. Entonces ese es el pedido que estamos haciendo como representantes de las familias, que toda persona que sepa algo, que se acerque a las secretarías de Derechos Humanos u organismos relaciones para aportar esa información”, cerró Llonto.

En los expedientes que llegaron a juicio se contabilizaron más de 300 víctimas, entre ellas mujeres embarazas, cuyos hijos fueron apropiados.
fallo - 2022-07-08T191824.330
Nacionales
La Justicia instó al gobierno a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario
La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal solicitó la “inmediata aplicación” del financiamiento universitario y la actualización salarial docente luego de tres semanas de paro nacional universitario en las facultades públicas de todo el país, desde donde se pronunciaron en defensa de la norma aprobada por el Congreso y derogada por el presidente Javier Milei.
Por este motivo, el gobierno nacional deberá aplicar sin más dilaciones la Ley 27.795, aprobada por el Congreso de la Nación el 21 de agosto de 2025, la cual garantiza la actualización de gastos de funcionamiento y salarios docentes/no docentes.
De esta manera, la apelación por parte del Poder Ejecutivo Nacional fue rechazada por la Justicia e hizo hincapié que tanto Diputados como el Senado votaron a favor del proyecto por mayoría, este último con 58 votos positivos, 10 negativos y 3 abstenciones.
Asimismo, desestimó los argumentos en los que se apoyaba el gobierno para no aplicar la norma ya sancionada y exigió la recomposición salarial docente y no docente que se encuentra paralizada hace meses.
En la misma línea, la Cámara resolvió, además, que el Ejecutivo deberá poner en marcha, a la brevedad, la actualización de las becas y aseveró que la suspensión por decreto de la ley “es ilegítima”.
El mes pasado, el Gobierno Nacional apeló la medida cautelar que lo obligaba a aplicar la ley, a través de la Procuración del Tesoro, dictada en diciembre de 2025, luego de un amparo llevado adelante por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).
Esta resolución se dio luego de tres semanas de paro nacional universitario, que afectó a la mayoría de las casas de altos estudios del país, en reclamo por recomposición salarial
Impacto en Misiones
Al igual que las demás facultades públicas presentes a lo largo y ancho del país, docentes y no docentes que prestan servicios en las distintas sedes académicas de la Universidad Nacional de Misiones (Unam) iniciaron su tercera semana de paro universitario este martes con un nuevo paro.
Se trata de quienes se encuentran nucleados en la Asociación de Docentes de la Universidad Nacional de Misiones (Adunam), Unión de Docentes Universitarios de Misiones (Udum) y la Asociación del Personal Nodocente de la Universidad Nacional de Misiones (Apunam), que a nivel nacional responden a la Conadu Histórica.
Paro universitario y almuerzo solidario en comedor de Humanidades el martes
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Cautelar a favor de la CGT suspende 82 artículos de la reforma laboral
La Justicia Nacional del Trabajo dispuso este lunes la suspensión provisoria de varios artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, en el marco de una medida cautelar impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT), al considerar que existen indicios de posible inconstitucionalidad en distintos puntos de la norma.
La resolución, firmada por el magistrado Raúl Ojeda, titular del Juzgado Nacional del Trabajo Nº 72, alcanza a un total de 82 de artículos de la reforma impulsada por el gobierno de Javier Milei, entre ellos disposiciones vinculadas al régimen de indemnizaciones, modificaciones en facultades del empleador, condiciones de contratación laboral y aspectos relacionados con la actividad sindical.
Según el fallo, la suspensión tendrá vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión. El magistrado entendió que la central obrera cuenta con legitimación suficiente para representar a los trabajadores en este tipo de acciones colectivas y señaló que existe “verosimilitud del derecho”, al advertir una posible afectación de garantías constitucionales protegidas por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.
Entre los argumentos centrales, el juez sostuvo que la aplicación inmediata de los cambios podría generar consecuencias jurídicas difíciles de revertir en millones de relaciones laborales vigentes, motivo por el cual consideró acreditado el “peligro en la demora”, requisito clave para conceder la cautelar.
La presentación de la CGT cuestiona que varios puntos de la reforma implican una reducción de derechos laborales, afectan la negociación colectiva y alteran el funcionamiento de las organizaciones sindicales.
El fallo no declara todavía la inconstitucionalidad de la ley, pero sí frena temporalmente su aplicación en los artículos observados.
Según especificó el sitio especializado Mundo Gremial, la cautelar alcanza a un amplio conjunto de disposiciones de la Ley 27.802 que modifican normas centrales del derecho individual y colectivo del trabajo, en temas como: Ley de Contrato de Trabajo; Fondos de Asistencia Laboral; Huelga, Jornada y Trabajo Agrario; Reforma de la negociación colectiva y la libertad sindical; Teletrabajo, competencia judicial y otras derogaciones.
Cautelar CGT Estado Nacional - firmada 30-3-26
El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy
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Santa Fe: alumno fue armado a la escuela, mató a un compañero e hirió a dos
Una fuerte conmoción sacude a la provincia de Santa Fe tras un violento episodio ocurrido este lunes por la mañana en la ciudad de San Cristóbal, donde un estudiante de 15 años ingresó armado a un establecimiento educativo y efectuó disparos contra otros alumnos, provocando la muerte de un adolescente de 13 años e hiriendo a otros dos menores.
El hecho se registró alrededor de las 7.15 en la Escuela N° 40 Mariano Moreno, cuando los estudiantes se encontraban reunidos en el patio interno aguardando el inicio de la jornada escolar y el izamiento de la bandera. Según las primeras reconstrucciones, el agresor extrajo un arma de fuego que llevaba en su mochila y abrió fuego de manera repentina contra sus compañeros.
Como consecuencia del ataque, un alumno de 13 años murió en el lugar tras recibir un disparo, mientras que otros dos estudiantes resultaron heridos por perdigones y fueron trasladados a un centro de salud de la zona para recibir atención médica.
El atacante fue reducido y quedó a disposición de la Justicia de Menores, mientras personal policial y peritos trabajaban dentro del establecimiento para determinar las circunstancias del hecho, el tipo de arma utilizada y cómo el adolescente logró ingresar armado al colegio.
Desde el municipio local confirmaron que, tras el episodio, se suspendieron las actividades escolares y se dispuso asistencia psicológica para alumnos, docentes y familiares afectados por lo ocurrido. La investigación permanece en curso y no se informó todavía cuál habría sido el motivo del ataque.
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