Nacionales
“El Ángel”, el militar misionero condenado por lesa humanidad en Campo de Mayo
El último miércoles culminó en Buenos Aires un nuevo juicio oral por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar en Argentina. Un total de 19 imputados en la denominada “Megacausa de Campo de Mayo” fueron condenados a penas que van desde los cuatro años de prisión hasta la pena máxima (perpetua) y entre esos genocidas se encuentra un militar oriundo de la tierra colorada: Bernardo “El Ángel” Caballero.
Caballero es militar retirado y nació el 4 de octubre de 1955 en la localidad misionera de San Ignacio, según consta en la sentencia impartida por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de San Martín, provincia de Buenos Aires.
Actualmente, el misionero es uno de los pocos imputados que se encuentra privado de su libertad. Está detenido desde 2015 y pasa sus días y sus noches en una celda de la Unidad Penal 34 de Campo de Mayo, dependiente del Servicio Penitenciario Federal (SPF). Sí, en el mismo lugar donde operó, custodiando detenidos y siendo forma de grupos operativos o “patotas” durante la dictadura militar, ahora purgará su pena.
El hombre fue condenado a 20 años de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua como coautor de los delitos de allanamiento ilegal (24 casos); robo agravado por el uso de armas de fuego (5 casos); privación ilegal de la libertad cometida por abuso funcional agravada por el empleo de violencias y amenazas (9 casos); privación ilegal de la libertad cometida por abuso funcional doblemente agravada por el empleado de violencia y amenazas y por su duración de más de un mes (43 casos); imposición de tormentos agravador por ser la víctima un perseguido político (52 casos).
Según contó el propio imputado durante una declaración indagatoria vertida telemáticamente desde la UP 34 en la jornada 90 del juicio oral, Caballero pisó Campo de Mayo por primera vez a los 16 años, cuando comenzó la escuela militar.
Una vez egresado, fue destinado a la Escuela de Caballería y en 1976 -a los 20 años- fue designado a cumplir funciones al Departamento II del Comando de Institutos Militares de Campo de Mayo.
Es allí donde se produjeron los hechos por los cuales ahora fue condenado. Caballero, identificado por testigos de la causa como “El Ángel”, era custodio del centro clandestino de detención “El Campito”, ubicado dentro de la guarnición militar de Campo de Mayo, un predio de 4.000 hectáreas con distintos recintos para alojamiento y tortura de presos políticos. Se estima que más de 6.000 personas pasaron por allí y el nivel sobrevivencia fue menor al uno por ciento.
En su indagatoria, Caballero negó ser “El Ángel” e intentó minimizar su responsabilidad, aunque admitió que en aquél entonces todos sabían que el lugar funcionaba como centro clandestino de detención.
“En ese lugar no existía personal de soldados, entonces me asignaron a cumplir tareas en una oficina. Jamás tuve contacto con ningún detenido. Sí tenía conocimiento que dentro de la guarnición militar de Campo de Mayo funcionaba un centro de detención que se llamaba El Campito. No debo dejar de reconocer eso, pero jamás tuve contacto con ningún tipo de detenido. Mi función simplemente era reparar el aula de situación, limpiar, servir café y recibir, de vez en cuando, a algunas autoridades que venían a reunirse”, señaló desde una computadora en la cárcel a través de un soporte informático al cual también estaban conectados los letrados defensores, los abogados querellantes, los jueces y la fiscal Gabriela Sosti, que para la instancia final preparó un alegato de 1.500 páginas.
El imputado también indicó que en esas reuniones era habitual la presencia de empresarios de la zona, de autoridades militares, de intendentes y miembros del clero eclesiástico.
“Esa declaración es importante porque ahí es donde admite su pertenencia a inteligencia. Ahí dice yo servía café, limpiaba, pero no niega que era parte de inteligencia del Ejército, que era la columna vertebral de la represión. También dice que él no iba al centro de detención, aunque admite que sabía de su existencia. Igualmente eso quedó desvirtuado por las declaraciones testimoniales de quienes señalan que él sí estaba ahí. Ellos lo identifican con el apodo de El Ángel, también lo describen físicamente. Incluso hay un gendarme que declara como testigo que también lo involucra”, precisó Pablo Llonto, uno de los abogados querellantes en la causa, en diálogo con La Voz de Misiones.
Campo de Mayo: un “infierno a cielo abierto”
Junto a Caballero se juzgó a una veintena de gendarmes y militares por secuestros, torturas y homicidios, entre ellos el de varias mujeres embarazadas y sus hijos apropiados.
En los expedientes por hechos conexos que fueron agrupados para el desarrollo del juicio se contabilizaron 350 víctimas y hubo 22 imputados inicialmente, aunque dos de ellos fallecieron.
En esos expedientes acumulados se dan cuenta de secuestros masivos de trabajadores, comisiones internas y delegados de Dálmine-Siderca, Mercedes Benz, los astilleros de Mestrina, Cadenasi, Tensa y Astarsa; ferroviarios, el Frigorífico Martín Fierro, papeleros y gráficos, de Laboratorio Nasar, Squeeb, Laboratorio Oramon, del Sindicato Químico, estatales y empleados de la Salud de hospitales de Ciudad de Buenos Aires, San Miguel y San Fernando, detalló el portal Canal Abierto.

Se estima que unos 6.000 detenidos pasaron por Campo de Mayo, donde el nivel de sobrevivencia era menor al uno por ciento.
“Campo de Mayo fue el infierno a cielo abierto, más allá del volumen del horror es importante hablar de cuál fue el sentido del horror, y es lo que intenté hacer en este juicio, cuál fue la utilidad del dolor, para qué se produjo esa dimensión perturbadora de una práctica social que fue el exterminio”, señaló la fiscal Sosti en diálogo con el mismo medio.
Y añadió: “En este juicio hubo un relato extremamente perturbador de uno de los imputados que contó que cuando él estaba en el Departamento de Inteligencia, que era donde se cocinaba la cosa en Campo de Mayo, en esas reuniones se sentaban, junto con los operadores de Inteligencia de la Zona de Defensa IV, los empresarios de la zona norte”.
A pesar de ello, no hay empresarios ni directivos imputados, lo cual constituye el principal desafío a futuro.
Juicio y condenas
El proceso oral comenzó el 29 de abril de 2019 y se reanudó el 27 de mayo de 2020 por vía telemática, con transmisiones en YouTube a través de La Retaguardia. En total se desarrollaron 127 audiencias y se recabaron 327 declaraciones testimoniales.
Nueve de los imputados fueron condenados a prisión perpetua: Santiago Omar Riveros, el jefe de los Comandos Militares de Campo de Mayo; Luis Sadi Pepa; Eugenio Guañabens Perelló; Luis del Valle Arce; Carlos Javier Tamini; Carlos Eduardo José Somoza; Miguel Conde; Mario Rubén Domínguez; Francisco Rolando Agostino; y Luis Pacífico Britos.
Por otra parte, Hugo Miguel Castagno recibió 22 años de cárcel; Carlos Alberto Rojas 13 años; Alfredo Óscar Arena 12 años; Federico Ramírez Mitchel 11 años; Roberto Julio Fusco 11 años; Ramón Vito Cabrera 10 años; Arnaldo Julio Román 9 años y 6 meses; y Carlos Daniel Caimi 4 años.

Algunos de los imputados presentes en la primera audiencia del debate, en abril de 2019. Caballero está al fondo, con lentes. FOTO: Julieta Colomer/Anncom.
De los 19 condenados, sólo dos están privados de su libertad. Uno de ellos es Caballero. El misionero está detenido desde el 25 de octubre de 2015, cuando el personal de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) lo apresó mientras asistía a votar en las elecciones presidenciales de ese año.
El 10 de noviembre de ese mismo año fue procesado con la prisión preventiva, medida que fue prorrogada una y otra vez desde ese entonces hasta la llegada del debate oral que comenzó en 2019. El militar retirado solicitó en varias oportunidades la prisión domiciliaria, pero el beneficio siempre le fue denegado.
Actualmente, Caballero está alojado en la Unidad Penal 34 de Campo Mayo, presidio que fue cerrado en 2013 por no cumplir medidas de seguridad y reabierto en 2016 por durante el gobierno de Mauricio Macri. Solo alberga militares condenados o procesados por delitos de lesa humanidad.
Culminado este proceso, desde las querellas ahora impulsan un llamado a ciudadanía solicitando que todo aquél que sepa o tenga alguna información sobre hechos ocurridos durante la dictadura lo aporte para poder avanzar en nuevas investigaciones.
“Hay muchas personas que vinieron de jóvenes desde Misiones u otros lugares del país para hacer el servicio militar obligatorio y por ahí vieron o escucharon algo. Entonces ese es el pedido que estamos haciendo como representantes de las familias, que toda persona que sepa algo, que se acerque a las secretarías de Derechos Humanos u organismos relaciones para aportar esa información”, cerró Llonto.

En los expedientes que llegaron a juicio se contabilizaron más de 300 víctimas, entre ellas mujeres embarazas, cuyos hijos fueron apropiados.
fallo - 2022-07-08T191824.330
Nacionales
Reglamentan ley de Emergencia en Discapacidad: nuevo régimen de pensiones
El gobierno nacional aprobó la reglamentación de la Ley de Emergencia Nacional en Discapacidad y estableció los procedimientos operativos para un nuevo régimen de pensiones no contributivas destinado a personas con discapacidad, donde se detallan los criterios de acceso y las condiciones de permanencia.
Este miércoles fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto 84/2026, con la firma del presidente Javier Milei. La medida responde a una sentencia del Juzgado Federal de Primera Instancia de Campana que ordenó la aplicación inmediata de la Ley 27.793, tras declarar la invalidez de un decreto anterior que había suspendido su ejecución por falta de financiamiento.
La reglamentación define con precisión los criterios de acceso al nuevo régimen de pensiones, las condiciones de permanencia, las incompatibilidades con otros beneficios, los procedimientos administrativos y los mecanismos de control correspondientes.
De acuerdo con los considerandos de la norma, la configuración del sistema deberá articularse con las reglas de compatibilidad de ingresos y con las políticas de inclusión laboral de las personas con discapacidad.
La reglamentación entró en vigencia a partir del día de su dictado, este 3 de febrero de 2026.
Los detalles
El decreto incorpora la Secretaría Nacional de Discapacidad al organigrama del Ministerio de Salud, centralizando la política de discapacidad en esa cartera. Esta decisión responde a una concepción integral del derecho a la salud y a la protección social, que comprende dimensiones sanitarias, sociales, económicas y de acceso a derechos.
La norma instruye a la Secretaría Nacional de Discapacidad a convocar al Consejo Federal de Discapacidad para acordar los criterios de evaluación socioeconómica y presentar un plan de auditorías periódicas dentro de los 30 días. A su vez, faculta a esa secretaría a dictar las normas aclaratorias y complementarias necesarias para la implementación.
El decreto establece la conversión de oficio de las pensiones no contributivas otorgadas con anterioridad a su vigencia en la nueva Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social, lo que impone a la autoridad de aplicación la adopción de medidas para identificar, relevar y verificar las condiciones de las prestaciones alcanzadas.
Las medidas adicionales que se acuerden con el Consejo Federal de Discapacidad serán implementadas mediante esquemas de cooperación y cofinanciamiento entre el Estado Nacional y las jurisdicciones provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a sus respectivas competencias y disponibilidades presupuestarias.
Presupuesto: misioneros votaron capítulo contra discapacidad y universidades
Nacionales
Renunció director del Indec a días del nuevo método para medir la inflación
Una semana antes de que se conozca el índice de inflación de enero, calculado con el nuevo IPC del Indec, este lunes se conoció la renuncia del director del organismo estadístico, Marcos Lavagna, el único funcionario nombrado durante el gobierno de Alberto Fernández que sobrevivía en la Era Milei.
Según la prensa porteña, la salida de Lavagna “sorprendió a la Casa Rosada” y se produjo horas después de conocerse el Informe de Política Monetaria del Banco Central, donde se afirma que de haberse aplicado antes la nueva tabla del IPC, los indicadores de inflación hubiesen sido más altos.
El índice de inflación de enero es el primero en medirse con los parámetros del nuevo IPC, que se supone tiene ponderadores más acordes a los consumos actuales de los argentinos, y que estaba listo desde hace meses, pero Lavagna lo demoró para que no interfiriera en el año electoral.
El Informe de Política Monetaria del BCRA sostiene que con el nuevo IPC la inflación de los dos años de Miei hubiese sido más alta, por la suba de los servicios públicos, que recién a partir de ahora tendrán más peso en la canasta del Indec.
“Al lanzar el nuevo IPC en 2026, luego de una importante recomposición de tarifas, el Indec reduce el problema que podría haberse generado en años recientes de sobreponderar el gasto en electricidad y gas; lo que habría sucedido si se aplicaban pesos correspondientes a un año en el que las tarifas se encontraban en niveles récord (2018) a un año en el que estaban en niveles mínimos (por ejemplo, 2023)”, dice el informe del Central.
“Resulta que la corrección tarifaria iniciada en 2024 permitió aproximar parcialmente el ponderador implícito de electricidad, gas y otros en el IPC anterior (4,1%) al nuevo ponderador surgido de la ENGHo 2017/18 (5,3%)”, explica el documento.
Según detalla Clarín, en 2024 los bienes aumentaron un 96,3% y los servicios 189%, mientras que en 2025 los bienes subieron 26,5% y los servicios 43,1%, por lo que, con el nuevo IPC, el dato de inflación hubiese dado bastante más por arriba, un desfasaje que los gremios ubican en 15 puntos.
El propio BCRA dice ahora que “las actualizaciones de las tarifas de los servicios públicos, los mecanismos indexatorios en alquileres y expensas, y la evolución de los salarios tenderán a impactar relativamente más en el nuevo IPC”.
Nacionales
Oficializaron el tratamiento de la baja de la edad de imputabilidad en el Congreso
A través del Decreto 53/2026, el gobierno amplió el temario del Congreso, previsto para el período de sesiones extraordinarias convocadas a partir del 2 de febrero, para tratar el “Régimen Penal Juvenil”, que busca bajar la edad de imputabilidad, hoy fijada en 16 años.
La medida se oficializó horas después del anuncio que dio el presidente Javier Milei, ayer en Mar del Plata, y fue formalizada este martes a través del decreto publicado en el Boletín Oficial, el cual lleva las firmas del mandatario y de su vocero y jefe de Gabinete Manuel Adorni.
El texto normativo es escueto, pero contundente. En su artículo 1°, ordena: “Inclúyese en el temario a tratar por el H. Congreso de la Nación, durante el período de Sesiones Extraordinarias convocadas a partir del 2 de febrero de 2026, la consideración de los proyectos de ley vinculados al Régimen Penal Juvenil”.
De esta manera, la decisión administrativa le da marco legal al anuncio político que Milei realizó horas antes en Mar del Plata, donde ante sus seguidores sentenció: “En Argentina el que las hace las paga; delito de adulto, pena de adulto“.
El proyecto que enviará el Ejecutivo, impulsado por las carteras de Seguridad y Justicia, busca modificar el régimen actual, vigente desde la dictadura militar, bajando el piso de punibilidad, hoy fijada en 16 años, y permitir que los menores que cometan delitos graves puedan ser juzgados y condenados.
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