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Diputados aprobó el proyecto de ‘alcohol cero’ para conductores en todo el país

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La Cámara de Diputados de la Nación aprobó y envió al Senado el proyecto que reforma la Ley de Tránsito para reducir de 0,5 a 0 miligramos la cantidad de alcohol por litro de sangre que puede tolerarse para conducir. 

El proyecto se aprobó con 195 votos afirmativos, 19 en contra y cuatro abstenciones, que provinieron, mayoritariamente, de diputados de provincias con actividad vitivinícola. 

“Esta ley es producto del esfuerzo que hicieron quienes están en los balcones, la movilización y compromiso de muchas ONGs que hoy nos acompañan y que fueron quienes pusieron en el conocimiento de todos los diputados el objetivo de esta ley, que lejos está de ser una ley contra el consumo de alcohol. No tiene que ver con la prohibición de beber sino de no conducir cuando se ha consumido alcohol”, argumentó el presidente de la comisión de Transportes Jorge Rizzotti, de la Unión Cívica Radical (UCR). 

“Todos los abordajes terapéuticos y de control del uso de sustancias en usuarios y usuarias, que tienen perspectiva de derechos, coinciden en que el consumo de sustancia no es compatible con conducir vehículos”, agregó. 

“La modificación de esta ley es un paso fuerte de extremo, un paso en un camino largo. Esta legislación intenta un cambio cultural, pretende luchar contra la violencia vial y configurar una práctica de conciencia y responsabilidad ciudadana”, completó.  

Por el Frente de Todos, Jimena López, vicepresidenta de la comisión de Transportes, destacó que “esta ley que tiene que ver con la siniestralidad producto del consumo, viene a reparar al menos un poco, la gran pérdida que sufrieron muchas familias”. 

“Esta ley viene a poner límite a la especulación de una copa o dos. El consumo tiene impacto y afecta las facultades”, indicó. 

Por su parte, la diputada del PRO, María Luján Rey, enfatizó: “Hoy estamos regulando cómo se debe conducir en nuestro país, esta ley viene a igualar la responsabilidad a los conductores priorizando la seguridad. El bien que queremos resguardar no es más ni menos que el bien de la vida”. 

Desde el interbloque Federal, el exministro de Transportes, Florencio Randazzo, precisó: “Cuando hablamos de seguridad vial estamos hablando de vida o muerte; y sobre todos en menores de 25 años la mayor causa de muerte no natural es la accidentología vial, por eso valga si tiene importancia o no debatir este tipo de cuestiones”. 

En contra 

En contra del proyecto se manifestaron los diputados José Luis Espert, de Avanza Libertad, y Ricardo López Murphy, de Republicamos Unidos, quienes sostuvieron que el proyecto “no ataca el fondo del problema y restringe libertades ciudadanas”. 

“Legislar sobre alcohol cero por supuesto que es barato y gratis, pero creo que no pasa por esto el problema de los accidentes viales sino por una cuestión de educación vial, muchas más autovías en lugar de rutas comunes y de esa manera el estado y la responsabilidad política estarían resolviendo el problema de los ciudadanos”, afirmó Espert. 

“Conducir alcoholizado aumenta el riesgo de accidentes”, reconoció el legislador opositor, pero indicó que “no está demostrado que bajar de 0.5 a 0.0 tenga efectividad y justifique que se limiten aún más las libertades de los ciudadanos”.  

“Creo que no fuimos donde está la clave del problema: en las penalidades, en la gestión y en la educación vial. Esta legislación no pone los énfasis donde deberían estar y por esta razón no concuerdo con el proyecto de la mayoría”, señaló Lopez Murphy.

Provincias 

 La actual Ley de Tránsito 24.449 establece, para cualquier tipo de vehículos, una tolerancia de hasta 500 miligramos (0,5 gramos) de alcohol por litro de sangre; para motocicletas o ciclomotores hasta 200 miligramos (0,2 gramos); y para transporte de pasajeros de menores de edad y de carga, alcohol cero. 

La “tolerancia cero” con el alcohol ya se implementa en siete provincias y 13 localidades del país, donde se obtuvieron mejores resultados en términos de siniestros viales que con la normativa actual.

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La inflación de noviembre fue de 2,5% y acumula seis meses en alza

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El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) dio a conocer que la inflación de noviembre fue de 2,5%, cifra que volvió a ubicarse por encima del registro anterior, acumulando seis meses de alza consecutiva.

El informe publicado esta tarde consigna, además, que el balance acumulado en 2025 ascendió a 27,9%, mientras que la variación interanual llegó al 31,4%

Según el Indec, la suba de noviembre fue impulsada por los rubros Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles (3,4%), Transporte (3%) y Alimentos y bebidas no alcohólicas (2,8%).

En tanto, las categorías que registraron una menor variación fueron Prendas de vestir y calzado (0,5%) y Equipamiento y mantenimiento del hogar (1,1%).

El 2,5% registrado en noviembre es el índice mensual más alto que se contabiliza desde abril, cuando los precios tuvieron un aumento promedio de 2,8%.

El valor más bajo del año se observó en mayo el estudio arrojó 1,5% de incremento mensual, fecha a partir de la cual los índices fueron sucesivamente en aumento.

La inflación fue de 2,3% en octubre y acumula 24,8% en el año

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Javier Milei envió el proyecto de reforma laboral al Congreso

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El presidente Javier Milei envió este jueves al Congreso el proyecto de ley de Reforma Laboral, que la Casa Rosada pretende aprobar antes del 30 de diciembre, en el marco de las sesiones extraordinarias convocadas por el gobierno.

El proyecto, que según la prensa porteña el presidente firmó a las apuradas al volver de su viaje relámpago a Noruega, introduce cambios sustanciales a la legislación vigente, como vacaciones, horas extras, indemnizaciones, despidos y regímenes especiales, además de introducir cambios en los procedimientos judiciales y laborales.

Banco de horas

El proyecto de ley reemplaza las horas extras por un Banco de Horas, con el argumento de flexibilizar la jornada de trabajo. De esta manera, un empleado puede trabajar más horas durante una o varias jornadas y recompensarlas en otros días, sin cobrar el tiempo extra trabajado.

Si bien, eventualmente, el trabajador podría superar el máximo de horas legales diarias, en ningún caso puede sobrepasarse el límite semanal de 48 horas establecido en el convenio colectivo.

En cuanto a las remuneraciones, el proyecto del gobierno elimina los pagos en cheque y/o en efectivo y establece que los salarios deberán acreditarse en una cuenta bancaria o a través de billeteras virtuales.

Por otro lado, se abre la posibilidad de que el empleador pueda abonar bonos extra a los sueldos que sean transitorios, fijos o variables, considerando para ello el mérito personal del trabajador, entre otros.

Vacaciones

La iniciativa gubernamental, rechazada por las centrales obreras, autoriza a la patronal a pactar las vacaciones fuera del período legal establecido hasta ahora, y recorta de 45 a 30 días la notificación por parte del empleado.

Además, permite fraccionar las vacaciones en tramos no inferiores a siete días, siempre y cuando la empresa no disponga de manera simultánea la licencia anual para la totalidad de los trabajadores del establecimiento, sección o sector.

Despidos

La reforma laboral de Milei, excluye el aguinaldo, las vacaciones y los premios en el cálculo de la indemnización por despido.

A este fin, los empleadores podrán establecer un sistema de cese laboral, que el gobierno ya intentó implementar por DNU y que pretendía que los trabajadores también aportaran de sus salarios para su propio despido.

Las indemnizaciones serán incompatibles con reclamos por daños y perjuicios amparados en la legislación civil y comercial, y cualquier acción en este sentido, o la percepción de algún concepto establecido en un régimen implicará la renuncia a los derechos del otro.

El Fondo de Cese Laboral será una cuenta específica, que no podrá ser embargada por ningún motivo, habilitada por la Comisión Nacional de Valores, y se financiará con una contribución mensual obligatoria del 3% de las remuneraciones que se toman como base para calcular las contribuciones patronales del trabajador.

También, establece un tope para la actualización de las indemnizaciones: inflación + 3% de interés por cada año.

Sindicatos

El proyecto de ley considera infracciones muy graves las protestas sindicales que involucren la toma de una planta, o el bloqueo de los accesos de insumos y personal.

En estos casos, los trabajadores verán descontados de sus salarios el tiempo que dure la medida de fuerza.

Asimismo, las asambleas sindicales “requerirán autorización previa del empleador”, respecto del horario, duración y lugar, cuando estas se realicen en los lugares de trabajo, y dispone que los trabajadores “no devengarán salarios durante el tiempo que dure la asamblea”.

Convenios

La reforma laboral del gobierno faculta al empleador para introducir todos aquellos cambios relativos a la forma y modalidades de la prestación del trabajo, en tanto esos cambios no alteren cuestiones esenciales del contrato, ni causen perjuicio material ni moral al trabajador.

En caso de infracciones por parte del empleador, el trabajador puede considerarse despedido sin causa, previa intimación a la patronal. Hasta ahora, los trabajadores también podían reclamar el restablecimiento de las condiciones alteradas por la patronal.

El proyecto elimina la obligación de los empleadores a llevar los datos de sus empleados en un libro especial, registrado y rubricado, y ahora solo bastará con registrarlos en la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca).

Además, la reforma del gobierno termina con el concepto de “ultraactividad”, que extendía la vigencia de los contratos colectivos de trabajo hasta la firma de nuevos acuerdos: ahora, la renovación dependerá de la convocatoria de la Secretaría de Trabajo a sindicatos y cámaras empresariales.

Domésticas y deliverys

El proyecto de ley extiende a seis meses el período de prueba para las trabajadoras domésticas, que hasta ahora es de entre 15 y 30 días, dependiendo si es la relación laboral es con o sin retiro.

El empleador podrá cesar laboralmente a la trabajadora durante ese lapso, sin expresión de causa y sin derecho a indemnización.

El proyecto blanquea el vínculo entre plataformas como Uber y Rappi y sus “prestadores independientes”. Garantiza que puedan trabajar en los horarios que deseen, pero no obliga a las empresas a que provean a los trabajadores de elementos de seguridad, ni a que se hagan cargo del mantenimiento de sus medios de movilidad, ni a asistirlos en caso de accidentes laborales.

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Nación cambia el esquema y quitará más subsidios energéticos en 2026

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A partir de enero de 2026 el gobierno nacional implementará un esquema único y focalizado de subsidios residenciales en las tarifas de electricidad, gas natural, garrafas (GLP) y gas propano por redes en todo el país, cuya cobertura alcanzará a quienes cumplan criterios de ingresos y habrá cambios en los parámetros de exclusión.

La medida dejará atrás tanto la segmentación por niveles (N1, N2 y N3) como los programas separados, el Programa Hogar y la Tarifa Social de Gas, para establecer un solo régimen simplificado. 

De esta manera, desde el primer mes del año próximo sólo existirán dos categorías: hogares que recibirán asistencia estatal y hogares que afrontarán el costo pleno de la energía. El objetivo declarado es “transparentar el precio real del servicio, aumentar la proporción del gasto que asumirán los usuarios y consolidar la disciplina fiscal”.

La Secretaría de Energía abrió este viernes a consulta pública el proyecto, mediante una resolución publicada en el Boletín Oficial, que establece un plazo de quince días hábiles para recibir opiniones y observaciones de la sociedad civil y de los actores del sector. 

Los beneficiarios actuales podrán actualizar sus datos mediante declaración jurada si lo requieren. El acceso al subsidio quedará restringido a hogares con ingresos inferiores a tres Canastas Básicas Totales (CBT), equivalentes a $3.641.397 mensuales y no podrán acceder quienes posean embarcaciones o propiedades adicionales.

Las personas ya inscriptas en el Registro de Acceso a los Subsidios Energéticos (RASE) serán migradas automáticamente, con la posibilidad de actualizar su información. En tanto, quienes utilicen gas propano indiluido por redes o garrafas de GLP de 10 kilos, y aún no estén registrados, tendrán que hacerlo a través del sitio oficial www.argentina.gob.ar/subsidios.

Algunos detalles

Actualmente, el subsidio estatal consiste en una bonificación sobre el precio de la energía consumida, que se suma a los cargos de distribución, transporte e impuestos. Este modelo divide a los usuarios en tres niveles según sus ingresos declarados en relación a la CBT publicada por el Indec. 

La cobertura para los beneficiarios será del 50% del costo de la energía durante los meses de mayor consumo, con una bonificación menor el resto del año.

En electricidad, los hogares que califiquen recibirán una bonificación base del 50% sobre un bloque de 300 kWh por mes en los períodos de mayor demanda (invierno y verano) y de 150 kWh en meses templados (primavera y otoño). 

Para el gas natural por redes, el subsidio estatal cubrirá la mitad del precio solo entre abril y septiembre, meses considerados de elevada demanda, sin bonificación para el resto del año. El bloque subsidiado de gas natural se definirá según región, manteniendo los criterios de necesidades estacionales vigentes.

En el caso de los usuarios de garrafas y gas propano, se prevé un subsidio directo transferido a través de billeteras virtuales. Los que ya perciben el Programa Hogar —alrededor de 3,3 millones de familias— serán migrados automáticamente al nuevo régimen y mantendrán la protección estatal, con reglas más claras y uniformes. 

Además, quienes utilicen gas propano indiluido por redes y aún no estén inscriptos podrán anotarse a partir de enero en el sitio oficial

 

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