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Diputados aprobó el proyecto de ‘alcohol cero’ para conductores en todo el país

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La Cámara de Diputados de la Nación aprobó y envió al Senado el proyecto que reforma la Ley de Tránsito para reducir de 0,5 a 0 miligramos la cantidad de alcohol por litro de sangre que puede tolerarse para conducir. 

El proyecto se aprobó con 195 votos afirmativos, 19 en contra y cuatro abstenciones, que provinieron, mayoritariamente, de diputados de provincias con actividad vitivinícola. 

“Esta ley es producto del esfuerzo que hicieron quienes están en los balcones, la movilización y compromiso de muchas ONGs que hoy nos acompañan y que fueron quienes pusieron en el conocimiento de todos los diputados el objetivo de esta ley, que lejos está de ser una ley contra el consumo de alcohol. No tiene que ver con la prohibición de beber sino de no conducir cuando se ha consumido alcohol”, argumentó el presidente de la comisión de Transportes Jorge Rizzotti, de la Unión Cívica Radical (UCR). 

“Todos los abordajes terapéuticos y de control del uso de sustancias en usuarios y usuarias, que tienen perspectiva de derechos, coinciden en que el consumo de sustancia no es compatible con conducir vehículos”, agregó. 

“La modificación de esta ley es un paso fuerte de extremo, un paso en un camino largo. Esta legislación intenta un cambio cultural, pretende luchar contra la violencia vial y configurar una práctica de conciencia y responsabilidad ciudadana”, completó.  

Por el Frente de Todos, Jimena López, vicepresidenta de la comisión de Transportes, destacó que “esta ley que tiene que ver con la siniestralidad producto del consumo, viene a reparar al menos un poco, la gran pérdida que sufrieron muchas familias”. 

“Esta ley viene a poner límite a la especulación de una copa o dos. El consumo tiene impacto y afecta las facultades”, indicó. 

Por su parte, la diputada del PRO, María Luján Rey, enfatizó: “Hoy estamos regulando cómo se debe conducir en nuestro país, esta ley viene a igualar la responsabilidad a los conductores priorizando la seguridad. El bien que queremos resguardar no es más ni menos que el bien de la vida”. 

Desde el interbloque Federal, el exministro de Transportes, Florencio Randazzo, precisó: “Cuando hablamos de seguridad vial estamos hablando de vida o muerte; y sobre todos en menores de 25 años la mayor causa de muerte no natural es la accidentología vial, por eso valga si tiene importancia o no debatir este tipo de cuestiones”. 

En contra 

En contra del proyecto se manifestaron los diputados José Luis Espert, de Avanza Libertad, y Ricardo López Murphy, de Republicamos Unidos, quienes sostuvieron que el proyecto “no ataca el fondo del problema y restringe libertades ciudadanas”. 

“Legislar sobre alcohol cero por supuesto que es barato y gratis, pero creo que no pasa por esto el problema de los accidentes viales sino por una cuestión de educación vial, muchas más autovías en lugar de rutas comunes y de esa manera el estado y la responsabilidad política estarían resolviendo el problema de los ciudadanos”, afirmó Espert. 

“Conducir alcoholizado aumenta el riesgo de accidentes”, reconoció el legislador opositor, pero indicó que “no está demostrado que bajar de 0.5 a 0.0 tenga efectividad y justifique que se limiten aún más las libertades de los ciudadanos”.  

“Creo que no fuimos donde está la clave del problema: en las penalidades, en la gestión y en la educación vial. Esta legislación no pone los énfasis donde deberían estar y por esta razón no concuerdo con el proyecto de la mayoría”, señaló Lopez Murphy.

Provincias 

 La actual Ley de Tránsito 24.449 establece, para cualquier tipo de vehículos, una tolerancia de hasta 500 miligramos (0,5 gramos) de alcohol por litro de sangre; para motocicletas o ciclomotores hasta 200 miligramos (0,2 gramos); y para transporte de pasajeros de menores de edad y de carga, alcohol cero. 

La “tolerancia cero” con el alcohol ya se implementa en siete provincias y 13 localidades del país, donde se obtuvieron mejores resultados en términos de siniestros viales que con la normativa actual.

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Ascienden a 102 los casos de hantavirus en el país

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Según los últimos registros del Boletín Epidemiológico Nacional, en las dos últimas semanas se registró sólo un caso de hantavirus en la provincia de Buenos Aires (PBA). Sin embargo, el pasado fin de semana se confirmó un caso en la localidad de Corcovado en Chubut, mientras que el total de infectados de la temporada 2025-2026 asciende a 102, en su mayoría vinculados a la variante Andes, con presencia en el sur de Argentina y Chile.

En cuanto a la distribución geográfica, la región Centro concentró el 54% de los casos principalmente en PBA (43 casos) y la tasa de incidencia más elevada corresponde a la región del NOA (0,60 casos por 100.000 habitantes), donde se registraron 36 casos confirmados, de los cuales el 83% se concentró en Salta.

En cuanto a los orígenes del virus, las pruebas de PCR y secuenciación genómica realizadas en laboratorios de referencia de Sudáfrica y Suiza confirmaron que los casos corresponden a la cepa Andes, con presencia en el sur de Argentina y Chile.

Los casos que rondaron Misiones

Respecto del brote de hantavirus que se detectó en el crucero MV Hondius la semana pasada, el BEN correspondiente a la semana epidemiológica 17 de 2026 confirma que, hasta el momento, se identificaron ocho casos a bordo del buque (seis confirmados y dos probables), de los cuales tres fallecieron.

Según información difundida por el sitio Mundo en Conflicto, la fallecida pareja holandesa señalada estuvo en Misiones en un recorrido por Argentina, Chile y Uruguay, antes de embarcar en el buque que en este momento navega hacia las Islas Canarias con 149 personas a bordo. 

Si bien la ANLIS Malbrán determinó que la secuencia del virus del crucero tiene un alto grado de parentesco con cepas detectadas en 2018 en Neuquén, aún no es posible confirmar el origen del brote, ya que el caso testigo no estuvo en zonas endémicas de la cepa Andes durante los días que se estima que tuvo lugar el contagio. 

Mientras tanto, el fin de semana pasado la Secretaría de Salud de Paraná, confirmó dos infectados en el estado brasileño, un hombre de 34 años de Pérola d’Oeste y una mujer de 28 de Ponta Grossa. El primero de ellos muy cercano al departamento misionero de General Manuel Belgrano.

Se trata de la enfermedad viral, transmitida a los humanos por roedores silvestres infectados. De no tratarse, puede causar infecciones pulmonares o renales severas, siendo el Síndrome Cardiopulmonar por Hantavirus (SCPH) la forma más común en América.

Infectados con hantavirus en el crucero de Ushuaia estuvieron 20 días en Misiones

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El gobierno detectó sobreprecios de hasta 4239% en compras de Andis

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Andis

El gobierno nacional detectó presuntos sobreprecios de hasta 4239% en compras de insumos ortopédicos realizadas por la Agencia Nacional de Discapacidad (Andis) durante 2025, según surge de un informe técnico elaborado por el Ministerio de Salud y remitido a la Justicia.

De acuerdo al documento, las irregularidades fueron detectadas tras comparar facturas emitidas al Estado con valores de referencia del mercado en adquisiciones de andadores, sillas de ruedas y prótesis. El informe señala diferencias que oscilan entre el 300% y el 1000%, aunque en algunos casos superan el 2000% y llegaron hasta el 4239%.

Según publicó La Nación, el caso más extremo corresponde a la compra de un andador, donde se registró una diferencia del 4239% entre el monto facturado al Estado y el valor de referencia de un producto de similares características. En el rubro de sillas de ruedas, los presuntos sobreprecios alcanzaron el 2000%.

El informe sostiene que el análisis de la documentación respaldatoria permitió detectar “desvíos de precios injustificables” y posibles vínculos societarios y familiares entre proveedores involucrados en las contrataciones.

La documentación quedó incorporada a una investigación judicial en trámite vinculada a contrataciones realizadas por la Andis. En paralelo, durante las últimas semanas fueron convocados a declaración empresarios y personas relacionadas con el sector bajo investigación.

La causa que investiga un presunto fraude millonario en la Andis tiene entre sus procesados, a Diego Spagnuolo, máxima autoridad durante parte del período analizado. Consultado por el mismo diario porteño, su abogado, Mauricio D’Alessandro, señaló que el informe no le atribuye al ex director ninguna intervención en la maniobra, ni prueba tampoco conocimiento de la misma.

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La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales

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Misiones DNU corte suprema

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.

El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.

Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.

En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.

El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.

El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.

En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.

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