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Diputados aprobó el proyecto de ‘alcohol cero’ para conductores en todo el país

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La Cámara de Diputados de la Nación aprobó y envió al Senado el proyecto que reforma la Ley de Tránsito para reducir de 0,5 a 0 miligramos la cantidad de alcohol por litro de sangre que puede tolerarse para conducir. 

El proyecto se aprobó con 195 votos afirmativos, 19 en contra y cuatro abstenciones, que provinieron, mayoritariamente, de diputados de provincias con actividad vitivinícola. 

“Esta ley es producto del esfuerzo que hicieron quienes están en los balcones, la movilización y compromiso de muchas ONGs que hoy nos acompañan y que fueron quienes pusieron en el conocimiento de todos los diputados el objetivo de esta ley, que lejos está de ser una ley contra el consumo de alcohol. No tiene que ver con la prohibición de beber sino de no conducir cuando se ha consumido alcohol”, argumentó el presidente de la comisión de Transportes Jorge Rizzotti, de la Unión Cívica Radical (UCR). 

“Todos los abordajes terapéuticos y de control del uso de sustancias en usuarios y usuarias, que tienen perspectiva de derechos, coinciden en que el consumo de sustancia no es compatible con conducir vehículos”, agregó. 

“La modificación de esta ley es un paso fuerte de extremo, un paso en un camino largo. Esta legislación intenta un cambio cultural, pretende luchar contra la violencia vial y configurar una práctica de conciencia y responsabilidad ciudadana”, completó.  

Por el Frente de Todos, Jimena López, vicepresidenta de la comisión de Transportes, destacó que “esta ley que tiene que ver con la siniestralidad producto del consumo, viene a reparar al menos un poco, la gran pérdida que sufrieron muchas familias”. 

“Esta ley viene a poner límite a la especulación de una copa o dos. El consumo tiene impacto y afecta las facultades”, indicó. 

Por su parte, la diputada del PRO, María Luján Rey, enfatizó: “Hoy estamos regulando cómo se debe conducir en nuestro país, esta ley viene a igualar la responsabilidad a los conductores priorizando la seguridad. El bien que queremos resguardar no es más ni menos que el bien de la vida”. 

Desde el interbloque Federal, el exministro de Transportes, Florencio Randazzo, precisó: “Cuando hablamos de seguridad vial estamos hablando de vida o muerte; y sobre todos en menores de 25 años la mayor causa de muerte no natural es la accidentología vial, por eso valga si tiene importancia o no debatir este tipo de cuestiones”. 

En contra 

En contra del proyecto se manifestaron los diputados José Luis Espert, de Avanza Libertad, y Ricardo López Murphy, de Republicamos Unidos, quienes sostuvieron que el proyecto “no ataca el fondo del problema y restringe libertades ciudadanas”. 

“Legislar sobre alcohol cero por supuesto que es barato y gratis, pero creo que no pasa por esto el problema de los accidentes viales sino por una cuestión de educación vial, muchas más autovías en lugar de rutas comunes y de esa manera el estado y la responsabilidad política estarían resolviendo el problema de los ciudadanos”, afirmó Espert. 

“Conducir alcoholizado aumenta el riesgo de accidentes”, reconoció el legislador opositor, pero indicó que “no está demostrado que bajar de 0.5 a 0.0 tenga efectividad y justifique que se limiten aún más las libertades de los ciudadanos”.  

“Creo que no fuimos donde está la clave del problema: en las penalidades, en la gestión y en la educación vial. Esta legislación no pone los énfasis donde deberían estar y por esta razón no concuerdo con el proyecto de la mayoría”, señaló Lopez Murphy.

Provincias 

 La actual Ley de Tránsito 24.449 establece, para cualquier tipo de vehículos, una tolerancia de hasta 500 miligramos (0,5 gramos) de alcohol por litro de sangre; para motocicletas o ciclomotores hasta 200 miligramos (0,2 gramos); y para transporte de pasajeros de menores de edad y de carga, alcohol cero. 

La “tolerancia cero” con el alcohol ya se implementa en siete provincias y 13 localidades del país, donde se obtuvieron mejores resultados en términos de siniestros viales que con la normativa actual.

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Inflación de febrero fue de 2,9%: los mayores aumentos fueron en agua y luz

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El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de febrero igualó el registro del mes pasado con 2,9% y los precios acumulan un aumento de 5,9% en lo que va del año.

Según el organismo, la división con mayor incremento en febrero fue la de Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 6,8%; seguido por Alimentos y bebidas no alcohólicas con 3,3%, al igual que Bienes y servicios varios.

En contrapartida, no se registró modificaciones en la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, mientras que Bebidas alcohólicas experimentó aumentos de apenas 0,6%.

En cuanto al análisis de los aumentos por región, el índice nacional se ubicó por encima de lo registrado en Gran Buenos Aires (2,6%) y por debajo del Noereste (3,1%).

Inflación de enero fue de 2,9% y la suba de alimentos fue del 4,7% en el mes

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El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

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El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

A una semana de la sanción en el Congreso de la Nación, el gobierno promulgó este viernes la Ley de Modernización Laboral y los cambios comienzan a regir a partir de hoy.

El Poder Ejecutivo puso en vigencia la Ley 27.802, a través de la publicación en el Boletín Oficial del Decreto 137/2026, que lleva las firmas del presidente Javier Milei, del jefe de Gabinete Manuel Adorni y de la ministra de Capital Humano Sandra Pettovello.

La norma, compuesta por 25 capítulos, introduce cambios en las relaciones de trabajo, principalmente, en indemnizaciones, salarios, vacaciones, jornada laboral, derechos sindicales y flexibiliza las condiciones de contratación.

Sobre las indemnizaciones, la Ley reduce la base de cálculo y deja de considerar dentro de las mismas vacaciones, aguinaldo, propinas o premios. Quedará un tope salarial como base de remunerativa, que no puede exceder tres veces el salario promedio mensual según el convenio colectivo aplicable a la categoría del trabajador. De esta manera, las indemnizaciones se actualizarán por inflación más un plus del 3%. También habilita a las Pymes el pago en cuotas.

Los salarios podrán abonarse en dinero -en moneda nacional o extranjera- o en especie, mediante provisión de habitación o alimentos. Además, se incorpora el concepto de “salario dinámico”, que podrá ser acordado en convenios colectivos, regionales o por empresa, y contemplarse como una retribución vinculada al mérito personal del trabajador o a su productividad.

Según la norma, el empleador deberá otorgar las vacaciones entre el 1 de octubre y el 30 de abril del año siguiente, aunque las partes podrán acordar tomarlas fuera de ese período. También se prevé que empleador y trabajador puedan convenir el fraccionamiento de las vacaciones con una antelación no menor a 30 días, con períodos mínimos de siete días.

En relación con las horas extras y el banco de horas, el artículo 197 bis incorporado establece que el empleador y trabajadores “podrán acordar voluntariamente un régimen de compensación de horas extraordinarias”, el cual deberá formalizarse por escrito.

El texto señala, además, que “dicho régimen deberá respetar los descansos mínimos legales, asegurando en todo momento la protección, beneficio e interés del trabajador”.

Asimismo, la reforma establece porcentajes mínimos de funcionamiento durante las huelgas según la actividad: los servicios esenciales deberán garantizar una cobertura del 75% y los considerados trascendentales, del 50%. Además, amplía las actividades alcanzadas y dispone que, tras una conciliación obligatoria, los sindicatos presenten con anticipación el plan de la medida de fuerza. También establece que las asambleas de trabajadores deberán contar con autorización previa del empleador.

La nueva legislación aclara que sus disposiciones no alcanzan a empleados de la administración pública nacional o provincial, personal de casas particulares, trabajadores agrarios, prestadores independientes de plataformas tecnológicas ni a contratistas regidos por el Código Civil y Comercial, salvo que una norma específica los incluya.

La Reforma Laboral es ley: senadores misioneros votaron a favor

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Paro nacional universitario por 96 horas en reclamo de ley de financiamiento

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La Conadu Histórica, convocó a un paro nacional por 96 horas, desde el lunes 16 de marzo hasta el viernes 20, en reclamo de la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario aprobada por el Congreso de la Nación y vetada posteriormente por el presidente Javier Milei.

Sin embargo, los docentes de la Universidad de Buenos Aires (UBA) proponen que el cese de actividades sea “por tiempo indeterminado”, hasta que se aplique la ley y se concrete el pago de un aumento del 51% adeudado por la recomposición salarial.

De todas maneras, la medida será ejecutada conjuntamente el 16, en tanto, el día 20 se concretará una nueva asamblea general para evaluar los pasos a seguir. Mientras tanto, el gobierno nacional presentó un nuevo proyecto de ley, pero el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) ratificó la ley original.

En ese sentido, los universitarios plantean que la nueva maniobra oficialista busca “no acatar la Ley”, ya que “es una modificación que desconoce la deuda y nos da un aumento del 12%, en lugar del 51% adeudado y encima en tres cuotas a pagar hasta octubre de 2026”, expresó Laura Carboni, secretaria general de la Asociación Gremial Docente (AGD) de la UBA en diálogo con Noticias Argentinas.

En ese contexto, planean convocar a una marcha federal antes del tratamiento de la modificación en el Congreso.

Milei suspendió ejecución de las leyes Garrahan y financiamiento universitario

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