Nacionales
Diputados aprobó el proyecto de ‘alcohol cero’ para conductores en todo el país
La Cámara de Diputados de la Nación aprobó y envió al Senado el proyecto que reforma la Ley de Tránsito para reducir de 0,5 a 0 miligramos la cantidad de alcohol por litro de sangre que puede tolerarse para conducir.
El proyecto se aprobó con 195 votos afirmativos, 19 en contra y cuatro abstenciones, que provinieron, mayoritariamente, de diputados de provincias con actividad vitivinícola.
“Esta ley es producto del esfuerzo que hicieron quienes están en los balcones, la movilización y compromiso de muchas ONGs que hoy nos acompañan y que fueron quienes pusieron en el conocimiento de todos los diputados el objetivo de esta ley, que lejos está de ser una ley contra el consumo de alcohol. No tiene que ver con la prohibición de beber sino de no conducir cuando se ha consumido alcohol”, argumentó el presidente de la comisión de Transportes Jorge Rizzotti, de la Unión Cívica Radical (UCR).
“Todos los abordajes terapéuticos y de control del uso de sustancias en usuarios y usuarias, que tienen perspectiva de derechos, coinciden en que el consumo de sustancia no es compatible con conducir vehículos”, agregó.
“La modificación de esta ley es un paso fuerte de extremo, un paso en un camino largo. Esta legislación intenta un cambio cultural, pretende luchar contra la violencia vial y configurar una práctica de conciencia y responsabilidad ciudadana”, completó.
Por el Frente de Todos, Jimena López, vicepresidenta de la comisión de Transportes, destacó que “esta ley que tiene que ver con la siniestralidad producto del consumo, viene a reparar al menos un poco, la gran pérdida que sufrieron muchas familias”.
“Esta ley viene a poner límite a la especulación de una copa o dos. El consumo tiene impacto y afecta las facultades”, indicó.
Por su parte, la diputada del PRO, María Luján Rey, enfatizó: “Hoy estamos regulando cómo se debe conducir en nuestro país, esta ley viene a igualar la responsabilidad a los conductores priorizando la seguridad. El bien que queremos resguardar no es más ni menos que el bien de la vida”.
Desde el interbloque Federal, el exministro de Transportes, Florencio Randazzo, precisó: “Cuando hablamos de seguridad vial estamos hablando de vida o muerte; y sobre todos en menores de 25 años la mayor causa de muerte no natural es la accidentología vial, por eso valga si tiene importancia o no debatir este tipo de cuestiones”.
En contra
En contra del proyecto se manifestaron los diputados José Luis Espert, de Avanza Libertad, y Ricardo López Murphy, de Republicamos Unidos, quienes sostuvieron que el proyecto “no ataca el fondo del problema y restringe libertades ciudadanas”.
“Legislar sobre alcohol cero por supuesto que es barato y gratis, pero creo que no pasa por esto el problema de los accidentes viales sino por una cuestión de educación vial, muchas más autovías en lugar de rutas comunes y de esa manera el estado y la responsabilidad política estarían resolviendo el problema de los ciudadanos”, afirmó Espert.
“Conducir alcoholizado aumenta el riesgo de accidentes”, reconoció el legislador opositor, pero indicó que “no está demostrado que bajar de 0.5 a 0.0 tenga efectividad y justifique que se limiten aún más las libertades de los ciudadanos”.
“Creo que no fuimos donde está la clave del problema: en las penalidades, en la gestión y en la educación vial. Esta legislación no pone los énfasis donde deberían estar y por esta razón no concuerdo con el proyecto de la mayoría”, señaló Lopez Murphy.
Provincias
La actual Ley de Tránsito 24.449 establece, para cualquier tipo de vehículos, una tolerancia de hasta 500 miligramos (0,5 gramos) de alcohol por litro de sangre; para motocicletas o ciclomotores hasta 200 miligramos (0,2 gramos); y para transporte de pasajeros de menores de edad y de carga, alcohol cero.
La “tolerancia cero” con el alcohol ya se implementa en siete provincias y 13 localidades del país, donde se obtuvieron mejores resultados en términos de siniestros viales que con la normativa actual.
Nacionales
La Corte declaró inconstitucional el uso estatal de datos personales
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que organismos públicos no pueden utilizar teléfonos o correos electrónicos de ciudadanos sin autorización y anuló artículos de la ley de datos personales al considerar que vulneran la privacidad y la autodeterminación informativa.
El tribunal, con las firmas de Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Daniel Bejas, sostuvo que no existe interés legítimo que justifique un sistema de almacenamiento y circulación de datos personales sin conocimiento de sus titulares.
Además, declaró inválidos artículos de la ley 25.326 que habilitaban el intercambio de información entre organismos estatales sin consentimiento, al considerar que esas excepciones resultan excesivas e injustificadas y afectan garantías constitucionales.
En ese sentido, advirtió que la amplitud de la norma permitía al Estado eludir casi siempre la exigencia de autorización, lo que vaciaba de contenido la protección de los datos personales.
El fallo se dictó al hacer lugar a una acción de habeas data presentada por una jubilada contra el Estado Nacional, tras un convenio que permitió a la Anses ceder información a la Secretaría de Comunicación Pública para difundir contenidos oficiales.
El caso se originó cuando la demandante cuestionó el uso de su información para fines distintos a los que motivaron su entrega, al señalar que no deseaba recibir comunicaciones oficiales ni ser objeto de contactos reiterados.
En disidencia, el ministro Carlos Rosenkrantz y la conjueza Beatriz Aranguren propusieron rechazar el recurso del Estado y dejar firme la sentencia previa sin pronunciarse sobre la constitucionalidad de la norma.
Nacionales
La CGT pidió la nulidad del fallo que devolvió vigencia a la reforma laboral
La Confederación General del Trabajo (CGT) pidió la nulidad del fallo que devolvió la vigencia de la reforma laboral del gobierno de Javier Milei y recusó a los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, quienes suspendieron la medida cautelar que en marzo había frenado 83 artículos de la Ley 27.802.
La central obrera elevó una presentación de 25 páginas a la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, argumentando que la resolución “violenta la verdad jurídica” y que la sala actuante no tenía competencia en el caso.
“Hubo una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”, denunció Cristian Jerónimo, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT. “Acabamos de recusar a los jueces por la aberrante suspensión de la cautelar y después la obscenidad que acaban de cometer al otro día, cuando en el Boletín Oficial se publicó la extensión de cinco años más para uno de los jueces”, puntualizó, en referencia a Pesino.
“El beneficio que recibió Pesino generó un manto de duda y de sospechas” que la central obrera “no va a dejar pasar”, advirtió.
El escrito pide la “nulidad absoluta” de la resolución dictada el 23 de abril último, que tuvo un carácter suspensivo de la cautelar y objeta la intervención de la Sala VIII, afirmando que, para respetar las reglas procesales, debió intervenir la Sala I.
“Si la Sala VIII hubiera respetado los pasos procesales para consentir su actuación, esta parte hubiera tenido oportunidad de advertirle que carecía de competencia por la prevención inicial de la Sala I; pero no se nos dio tiempo”, dijo Jerónimo.
El texto, presentado por el abogado Pablo Topet, sostiene que “debe ser la Sala I la que deba resolver la nulidad porque la Sala VIII, que violó las disposiciones procesales, es la que dictó el acto inválido, emitió opinión y prejuzgó y, tal vez lo más relevante, evidenció una manifiesta parcialidad hacia el Estado nacional”.
Sobre Pesino, el escrito señala que su participación en la causa “está viciada por haber recibido un beneficio de importancia por parte del Estado nacional”, tal como es la postergación para jubilarse, y afirma que su “inaceptable intervención (…) constituye no solo una conducta contraria a la ética, también una causa objetiva de apartamiento de acuerdo a las reglas de la ley adjetiva”.
“Los magistrados que suscribieron con rapidez la sentencia interlocutoria que se impugna, deben apartarse de una causa que tomaron ‘para sí’ sin competencia”, argumenta la presentación.
La reforma laboral mileísta se sancionó hace dos meses en el Senado, con los votos de los misioneros Carlos Arce y Sonia Rojas Decut, del Frente Renovador Neo, y Martín Goerling, del PRO Misiones.
Nacionales
Inflación en aumento: marzo dio 3,4%, la cifra más alta en doce meses
El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) informó esta tarde que la inflación de marzo fue de 3,4%, convirtiéndose en la cifra mas alta en los últimos doce meses.
Esta cifra elevó a 9,4% el índice de inflación acumulado en los primeros tres meses del año, llegando pisar el 10%, que era el porcentaje proyectado para todo el 2026 según el presupuesto aprobado por el gobierno nacional.
Los mayores aumentos fueron en educación con un 12,1% y en transporte con 4,1% a nivel nacional. En el análisis de los aumentos por región, el índice de la zona noreste se ubicó por encima de lo registrado a nivel nacional con 4,1%.
Los rubros dentro de esas provincias que sufrieron un mayor crecimiento en porcentaje fueron Educación con 22,7% y en Vivienda, agua, electricidad, gas y otros combustibles con 9,7%.
En relación al mes anterior el porcentaje de suba en Equipamiento y mantenimiento del hogar mantuvieron una variación de 1,3% a nivel nacional convirtiéndose en el rubro con menor inflación.
En contraposición a las variaciones de los últimos tres meses, donde la sección que contempla Prendas de vestir y Calzados, es el rubro con la menor aumento llegando a un nivel nacional 2,6 % mientras que en la región de Cuyo el índice de precios registra un 1,9% de aumento.
#DatoINDEC#IPC: la división con mayor alza mensual en marzo de 2026 fue Educación (12,1%); y la de menor, Equipamiento y mantenimiento del hogar (1,3%) https://t.co/ALtx4h5Sbd pic.twitter.com/n7aRYFVFA5
— INDEC Argentina (@INDECArgentina) April 14, 2026
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