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Confluencia Originaria: el partido creado por pueblos indígenas en Santa Fe

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En febrero pasado los pueblos originarios se reunieron en Rosario para articular y coordinar una lista propia de candidatos de cara a las elecciones a convencionales constituyentes celebradas el domingo 13 de abril. Si bien en esta primera instancia el objetivo fue definir y garantizar derechos para la nueva Constitución provincial a través del partido político “Confluencia Originaria“, proyectan una participación nacional rumbo al 2027.

Por primera vez en la historia electoral del país, una lista fue integrada en su totalidad por miembros de comunidades indígenas. “Argentina se caracteriza por ser un país que tiene una mirada muy europeizada. A diferencia de otros países latinoamericanos, la cuestión indígena no es un tema prioritario en la agenda pública y política”, remarcó Ariel Araujo, integrante de la comunidad Mocoví y cabeza de lista, en diálogo con Clarín.

Con más de 90 candidatos, esa nómina de convencionales presentó referentes de alrededor de 80 comunidades de los Pueblos Abipon, Mocoví, Qom, Mapuche, Kolla, Chaná, Diaguita, Calchaquí, Guaraní, Tonocoté, Charrúa y Vilela, mientras que proyectan una expansión en el NEA y el NOA.

“Nos imaginamos compitiendo a nivel nacional. Hay movimientos indígenas con propuestas políticas en varias provincias, sobre todo del norte: Jujuy, Salta, Chaco, Misiones. Se han interesado, nos contactaron porque les interesaba conocer nuestra experiencia. Nos imaginamos, después de esto en Santa Fe, una propuesta que pueda hacer más a nivel nacional”, sostuvo con ilusión Araujo, quien trabaja como consultor en cuestiones indígenas para organismos internacionales como la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y el Banco Mundial.

Ariel Araujo, Rosana Esquivel y Orlando Sánchez ocuparon los tres primeros lugares de la lista

Según datos del último censo realizado en 2022, actualmente existen más de 1800 comunidades indígenas a lo largo y ancho del país, lo que se traduce a un 3,5% de la población identificada como perteneciente a un pueblo originario en la Argentina.

Teniendo en cuenta que la Constitución de Santa Fe tuvo su última reforma en el año 1962, Confluencia Originaria propuso una circunscripción electoral única para pueblos originarios en busca de un senador y cuatro diputados provinciales, logrando así representación parlamentaria aborigen, tal como sucede en otros países como Colombia, Ecuador, Bolivia y Chile.

Mirada política

Entre los principales puntos, se oponen a la hidrovía del río Paraná. La calificaron como una “catástrofe con daños irreversibles” por el dragado a 44 pies, teniendo en cuenta la realidad de los pueblos ribereños, como el Mocoví, cuyos miembros en gran parte dependen de la pesca para subsistir.

En este sentido, sostienen que “la hidrovía debe contar con un proceso consultivo oficial para determinar una política sobre el tema de manera conjunta con los pueblos indígenas que viven a la vera del río”.

Los derechos indígenas fueron incluidos en las legislaciones nacionales de 1983 y en la reforma constitucional del ’94, a fuerza de la lucha de los pueblos originarios.

De esta forma, Confluencia Originaria se lanzó a su primera carrera electoral con vistas a incluir una agenda política que priorice la reparación histórica de sus pueblos, con énfasis en áreas como educación, cultura y comunicación, incluyendo una fuerte apuesta por la interculturalidad y sostenibilidad, buscando transformar la relación entre el Estado y las comunidades.

Para esto, plantearon la posibilidad de ampliar lo establecido en el inciso 17 del artículo 75 de la Constitución Nacional, donde se reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos, garantizando el respeto a su identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural, entre otros aspectos.

Para responder a demandas, cacique mbya es candidato a concejal en Puerto Rico

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Bono de $40.000 y adicionales para fuerzas federales en abril

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bono fuerzas federales

El Gobierno nacional oficializó el pago de una suma fija no remunerativa de $40.000 para personal de seguridad y dispuso adicionales según jerarquía de las fuerzas que se encuentran bajo la órbita del Ministerio de Seguridad Nacional.

De esta manera, mediante el Decreto 216/2026 publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se dispuso el pago de una suma fija extraordinaria que se abonará con los haberes de abril.  

Según lo establecido, se otorgará en concepto de bono no remunerativo y no bonificable, por única vez, destinado a personal de la Gendarmería Nacional Argentina, la Prefectura Naval Argentina, la Policía Federal Argentina, la Policía de Seguridad Aeroportuaria, el Servicio Penitenciario Federal y la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal, incluyendo también a alumnos en formación en algunos casos.

La medida fue firmada por el presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete Manuel Adorni; y los ministros de Seguridad Alejandra Monteoliva; Economía Luis Caputo y Desregulación y Transformación del Estado Federico Sturzenegger.

Desde el Ejecutivo señalaron que la decisión apunta a “reconocer y sostener una adecuada jerarquización” de las fuerzas, en línea con las responsabilidades y funciones que desempeñan, y a mejorar su poder adquisitivo.

El decreto también contempla el pago de montos adicionales para el personal en actividad de la Policía Federal, Gendarmería, Prefectura, PSA y el Servicio Penitenciario Federal, bajo el mismo carácter no remunerativo, que variarán según el grado del personal. 

Asimismo, se facultó a la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público a dictar normas complementarias para la implementación del decreto.

 

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La Justicia instó al gobierno a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario

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La Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal solicitó la “inmediata aplicación” del financiamiento universitario y la actualización salarial docente luego de tres semanas de paro nacional universitario en las facultades públicas de todo el país, desde donde se pronunciaron en defensa de la norma aprobada por el Congreso y derogada por el presidente Javier Milei.

Por este motivo, el gobierno nacional deberá aplicar sin más dilaciones la Ley 27.795, aprobada por el Congreso de la Nación el 21 de agosto de 2025, la cual garantiza la actualización de gastos de funcionamiento y salarios docentes/no docentes.

De esta manera, la apelación por parte del Poder Ejecutivo Nacional fue rechazada por la Justicia e hizo hincapié que tanto Diputados como el Senado votaron a favor del proyecto por mayoría, este último con 58 votos positivos, 10 negativos y 3 abstenciones.

Asimismo, desestimó los argumentos en los que se apoyaba el gobierno para no aplicar la norma ya sancionada y exigió la recomposición salarial docente y no docente que se encuentra paralizada hace meses.

En la misma línea, la Cámara resolvió, además, que el Ejecutivo deberá poner en marcha, a la brevedad, la actualización de las becas y aseveró que la suspensión por decreto de la ley “es ilegítima”.

El mes pasado, el Gobierno Nacional apeló la medida cautelar que lo obligaba a aplicar la ley, a través de la Procuración del Tesoro, dictada en diciembre de 2025, luego de un amparo llevado adelante por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN).

Esta resolución se dio luego de tres semanas de paro nacional universitario, que afectó a la mayoría de las casas de altos estudios del país, en reclamo por recomposición salarial

Impacto en Misiones

Al igual que las demás facultades públicas presentes a lo largo y ancho del país, docentes y no docentes que prestan servicios en las distintas sedes académicas de la Universidad Nacional de Misiones (Unam) iniciaron su tercera semana de paro universitario este martes con un nuevo paro.

Se trata de quienes se encuentran nucleados en la Asociación de Docentes de la Universidad Nacional de Misiones (Adunam), Unión de Docentes Universitarios de Misiones (Udum) y la Asociación del Personal Nodocente de la Universidad Nacional de Misiones (Apunam), que a nivel nacional responden a la Conadu Histórica.  

Paro universitario y almuerzo solidario en comedor de Humanidades el martes

 

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Cautelar a favor de la CGT suspende 82 artículos de la reforma laboral

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reforma laboral cautelar

La Justicia Nacional del Trabajo dispuso este lunes la suspensión provisoria de varios artículos de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, en el marco de una medida cautelar impulsada por la Confederación General del Trabajo (CGT), al considerar que existen indicios de posible inconstitucionalidad en distintos puntos de la norma.

La resolución, firmada por el magistrado Raúl Ojeda, titular del Juzgado Nacional del Trabajo Nº 72, alcanza a un total de 82 de artículos de la reforma impulsada por el gobierno de Javier Milei, entre ellos disposiciones vinculadas al régimen de indemnizaciones, modificaciones en facultades del empleador, condiciones de contratación laboral y aspectos relacionados con la actividad sindical.

Según el fallo, la suspensión tendrá vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión. El magistrado entendió que la central obrera cuenta con legitimación suficiente para representar a los trabajadores en este tipo de acciones colectivas y señaló que existe “verosimilitud del derecho”, al advertir una posible afectación de garantías constitucionales protegidas por el artículo 14 bis de la Constitución Nacional.

Entre los argumentos centrales, el juez sostuvo que la aplicación inmediata de los cambios podría generar consecuencias jurídicas difíciles de revertir en millones de relaciones laborales vigentes, motivo por el cual consideró acreditado el “peligro en la demora”, requisito clave para conceder la cautelar.

La presentación de la CGT cuestiona que varios puntos de la reforma implican una reducción de derechos laborales, afectan la negociación colectiva y alteran el funcionamiento de las organizaciones sindicales.

El fallo no declara todavía la inconstitucionalidad de la ley, pero sí frena temporalmente su aplicación en los artículos observados.

Según especificó el sitio especializado Mundo Gremial, la cautelar alcanza a un amplio conjunto de disposiciones de la Ley 27.802 que modifican normas centrales del derecho individual y colectivo del trabajo, en temas como: Ley de Contrato de Trabajo; Fondos de Asistencia Laboral; Huelga, Jornada y Trabajo Agrario; Reforma de la negociación colectiva y la libertad sindical; Teletrabajo, competencia judicial y otras derogaciones.

Cautelar CGT Estado Nacional - firmada 30-3-26

El gobierno promulgó la reforma laboral y los cambios rigen desde hoy

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