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Peritos ratifican que Brunner manejaba alcoholizado y provocó dos muertes

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Peritos ratifican que Brunner manejaba alcoholizado y provocó dos muertes

Se llevó adelante hoy la tercera audiencia del juicio oral contra Juan Gastón Brunner (31), acusado de chocar y matar, conduciendo en estado de ebriedad, a Carmen Susana Prestes, de 41 años, y a Oscar Meza, de 47.

En la jornada, la fiscal de Instrucción Siete, Patricia Clérici, solicitó al tribunal que Milagros Julieta Martínez, de 15 años, una de las sobrevivientes del accidente registrado en 2016 en Posadas, sea indagada y su testimonio se incorpore como prueba al expediente del caso.

Martínez tenía 8 años en el momento del hecho e iba como acompañante en el asiento trasero del Ford Fiesta Max que conducía su mamá, Susana Prestes.

Clérici sostuvo que, en la primera audiencia del juicio, la fiscalía tomó conocimiento de que la víctima estaba en condiciones de dar su testimonio, ya que “ella fue víctima del hecho” y argumentó que “su declaración aportaría luz, no tanto sobre el hecho debatido en sí, sino respecto de la extensión del daño causado por el accionar típico del imputado”.

En tanto, la defensa de Brunner, encabezada por Federico Tilli y Cristian Bareiro, se opuso al pedido de la fiscal, considerando que, por “su corta edad” al momento que se registró el siniestro, lo que la menor pueda decir no “aportaría elementos relevantes” que ayuden a esclarecer el hecho en cuestión.

El tribunal, presidido por Viviana Cukla e integrado por los jueces Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie, resolverá el pedido de la fiscalía el próximo lunes.

Mecánica y causa

Además, en la sala del Tribunal Penal Uno de Posadas, este viernes prestaron declaración como testigos el doctor Juan José Ledesma, el médico forense Juan Antonio Galuppo, el licenciado Juan Carlos Vázquez, integrante de la Policía Científica, el doctor en bioquímica Carlos Oscar González y la oficial de Policía Carina Soledad Cáceres.

De los cinco testigos propuestos por la fiscalía, el primero en pasar a dar su testimonio fue el licenciado Juan Carlos Vázquez, quien se encargó de realizar las pericias en el lugar del hecho y hoy leyó el informe que realizó en 2016, que obra en el expediente, donde describió la mecánica del accidente.

Con relación a ello, Vázquez determinó que el Volkswagen Vento conducido por Brunner circulaba por la ruta nacional 12 en sentido Norte-Sur y, al llegar a la Terminal de Transferencias, ingresó al carril contrario, de circulación Sur-Norte, sin advertir la presencia del vehículo Ford Fiesta Max, en el que viajaban Prestes (41) y Meza (47), al cual chocó de frente.

Seguidamente, sostuvo que las pericias arrojaron que la conductora del Ford Fiesta advirtió la acción de Brunner, por lo que realizó una “maniobra evasiva compleja con el fin de evitar la colisión, con leves giros a la derecha y aplicó la palanca de frenos”.

El profesional continuó detallando que el Ford Fiesta impactó con el Vento y realizó un giro “semitrompo” e ingresó al carril externo, por donde circulaba el auto Volkswagen Gol Country, cuyo conductor no realizó maniobra evasiva, al no percibir lo que estaba sucediendo, por lo que colisionó al auto en su parte delantera en el lateral izquierdo.

A raíz del impacto, el Ford Fiesta Max se desplazó hacia adelante, chocó contra el cordón de la ruta y volcó quedando en posición invertida. En ese momento, perdieron la vida la conductora Prestes y su acompañante Meza, un amigo de la familia y cuya esposa iba ubicada detrás.

Sobre la razón del accidente, el licenciado sostuvo que se debió a una “causa humana, debido al cruce del Volkswagen Vento que circulaba a una velocidad de 80 kilómetros por hora, según la aguja del velocímetro, y con alcoholemia superior a lo establecido por la Ley Nacional de Tránsito e interponiéndose en la trayectoria del vehículo Ford Fiesta Max”.

En su declaración, el licenciado Vázquez afirmó que se trató de un “accidente de tránsito”, ante lo cual la defensa de Brunner pidió al testigo que defina la palabra “accidente”.

Por su parte, el integrante de la Policía Científica contestó que se trata de “un evento que induce a una persona a realizar cierta maniobra, que sin querer se produce el accidente”.

Las autopsias

Concluida la declaración del perito Carlos Vázquez, pasó ante los magistrados el médico forense Juan Antonio Galuppo para prestar su testimonio sobre la autopsia realizada a las víctimas del siniestro.

El testigo expresó que no recordaba “con precisión” el informe por los años transcurridos desde el hecho.

Luego, de acuerdo a las conclusiones de la necropsia, Galuppo sostuvo que “había traumatismos, lesiones múltiples, politraumatismos, fracturas múltiples”, que implicaban un “deceso en instancia de un accidente de tránsito”

Asimismo, se explayó diciendo que en ambas muertes existió una “muerte violenta” y que los decesos se dieron “casi de forma instantánea”.

La menor de las víctimas

Posteriormente, continuó testificando el doctor Juan José Ledesma, quien atendió a la niña Milagros Julieta Martínez -actualmente con 15 años- cuando ingresó al área de emergencias el 13 de febrero del 2016 a raíz del siniestro vial.

El profesional leyó el parte médico que consta en autos y sostuvo que “la paciente ingresó a emergencia traída en ambulancia por la unidad de traslados” y fue ingresada a terapia intensiva “con trauma craneoencefálico, fractura de fémur izquierdo y fractura de muñeca izquierda”. Allí, la menor permaneció cinco días con asistencia respiratoria.

Luego, según dijo Ledesma, por la evolución de la paciente, Milagros fue trasladada al servicio de terapia intermedia, donde permaneció “lúcida, con su condición pulmonar resuelta”, bajo tratamiento y control, a la espera de una cirugía por fractura de fémur.

Ante la consulta de la fiscal Patricia Clérici sobre el tiempo de recuperación de la menor, el médico sostuvo que “después de un evento traumático”, debido al cuadro médico de la paciente, para poder indicar bien los procesos de recuperación, debería haber hecho un seguimiento clínico, por lo menos durante un año, por lo que no podría dar precisiones sobre la recuperación de Milagros.

Los dos últimos testigos en declarar esta mañana ante el tribunal fueron el doctor en bioquímica Calor Oscar González, quien realizó el examen retrospectivo de alcoholemia al imputado, y la Oficial de Policía Carina Soledad Cáceres, quien le practicó la prueba de alcoholemia en el momento del hecho.

Ambos ratificaron lo declarado en la etapa de instrucción de la causa, cuando se determinó que Juan Gastón Brunner manejaba con 1,44 gramos de alcohol por litro de sangre.

El debate continuará el próximo lunes y se espera la concurrencia de más testigos, así como la resolución del tribunal sobre la incorporación de la declaración de la menor de edad.

El proceso podría marcar jurisprudencia en Misiones, debido a que el implicado es juzgado por el delito de “homicidio simple con dolo eventual”, que prevé entre 8 y 25 años de prisión efectiva, y no por “homicidio culposo”, que estipula un máximo de 5, como se suelen enmarcar las muertes en accidentes de tránsito.

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Liberaron a tercer ex policía detenido por la causa de intento de sedición

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Liberaron a tercer ex policía detenido por la causa de intento de sedición

El Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, dispuso el cese de la prisión preventiva para el ex policía Horacio Elías Coutto, quien en horas del mediodía recuperó la libertad, aunque sigue supeditado al expediente judicial que lo investiga junto a otros siete ex uniformados por “intento de sedición” y “conspiración”.

Minutos antes de las 13 de este martes, Coutto cruzó las barreras de la Unidad Penal VII de Puerto Rico para fundirse en un abrazo con sus familiares y amigos, que lo esperaban a las afueras del predio para regresar a su hogar luego de los diez meses que permaneció detenido.

“Estoy muy contento, muy feliz de poder recuperar mi libertad. Quiero dar gracias, primeramente, a Dios que me acompañó en este momento difícil, nunca me soltó la mano; a mi familia que siempre estuvieron; a mis amigos que se tomaron el tiempo de venir a visitarme; a todos los amigos que me hice; y a la gente que colaboró con nuestra familia en esta situación que estábamos pasando”, fueron las primeras palabras de Coutto tras recuperar su libertad frente a la unidad penitenciaria.

El ex policía también agradeció a los agentes del Servicio Penitenciario Provincial (SPP) “que me atendieron muy bien, excelentes personas, la verdad que no tengo ninguna queja, nos cuidaron perfectamente”.

En esa línea, Coutto le dedicó unas palabras de agradecimiento al ex vocero policial y diputado provincial electo, Ramón Amarilla, el primero de los ocho ex uniformados detenidos por esta causa en recuperar su libertad el pasado 13 de junio.

“Quiero agradecer a Ramón Amarilla, quien desde el momento en que recuperó la libertad se puso en compromiso con nosotros, con nuestras familias, nos dio tranquilidad y esperanza”, manifestó el ex uniformado.

Por último, dejó un mensaje a las autoridades provinciales: “A los poderosos les digo que escuchen a la gente, que escuchen a los misioneros, que no crean ingenuamente, que unos simples barrotes o unos muros pueden callar la voluntad de un pueblo que lucha por la justicia, por la verdad y la dignidad”.

Con Ramón Amarilla, Horacio Elías Coutto y Joaquín Orrego, son tres los ex policías que recuperaron su libertad, pero siguen siendo investigados en la causa que inició la Justicia de Misiones tras descubrirse el grupo de WhatsApp “Solo Cola”, en el que los uniformados destituidos de la fuerza provincial habrían planificado un supuesto plan con diferentes acciones para desestabilizar a la cúpula de la institución.

Por lo tanto, mientras dure la instrucción de la causa, los ex efectivos policiales tienen prohibido salir del país y deberán presentarse una vez al mes en la comisaría con jurisdicción sobre su domicilio, a fin de acreditar su permanencia en la provincia.

Quienes quedan detenidos por la misma causa son los hermanos Iván Ezequiel y Alejandro Ramón Arrieta, Lisandro Ramón Canteros, Diego Hernán Correa y Adolfo Guirula.

Dispusieron la liberación de otro ex policía acusado por intento de sedición

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Condena de 23 años para acusado de asesinar a un colono en San Javier

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colono san javier

El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó este viernes a 23 años de prisión a Jonatan Ezequiel “Porteño” Sosa por el homicidio del colono Lisardo Escarvadofski (76) y las lesiones efectuadas a su esposa Orestini Cerri, que sobrevivió a pesar de las graves heridas sufridas, en un hecho ocurrido en abril de 2017 en el paraje Santa Irene de San Javier.

El caso se ventiló en debate oral durante tres jornadas y Sosa fue declarado coautor de los delitos de “homicidio calificado por el uso de arma de fuego y homicidio calificado en grado de tentativa, en concurso real”.

El fallo coincidió en parte con lo solicitado por el fiscal David Milicich, quien en sus alegatos dio por probada la participación del imputado en el crimen de Escarvadofski y solicitó que se lo condene a 35 años de cárcel.

La defensa de Sosa, por su parte, había pedido su absolución al considerar que no había suficientes pruebas en su contra. El propio acusado además declaró en la segunda jornada del debate y se declaró inocente.

Yo no soy un asesino, no soy un delincuente. Tienen a la persona equivocada. Lamento lo que le pasó al hombre y a su señora, pero mientras yo estoy detenido, los verdaderos asesinos están de joda”, fueron las palabras de Sosa, quien además denunció haber recibido apremios y aprietes tras ser detenido un año después del hecho en Buenos Aires.

El asesinato de Escarvadofski ocurrió cerca de las 18 del 4 de abril del 2017 en el paraje Santa Irene, donde tenía su chacra.

Ese día, el tiempo estuvo muy feo, debido a la gran cantidad de lluvia que había caído en el Alto Uruguay. Escarvadofski y Cerri estacionaron su Chevrolet Corsa en el garaje y, en esa instancia, notaron que habían dos personas fuera del terreno, en la esquina.

El hombre fue a ver qué querían y a poner el candado al cerco de la casa, que nunca traspuso. Su mujer, en tanto, se fue para adentro de la vivienda.

Allí recibió varios disparos que lo dejaron malherido y terminó muriendo en los brazos de su mujer, que salió a ver qué pasaba al escuchar las detonaciones.

Según dijo, los hombres le pidieron que abra la casa, ella se negó y terminó recibiendo dos impactos de bala. Allí se trenzó en una pelea y tras golpear en la entrepierna a uno de los agresores, salió a la calle a pedir ayuda. Los sujetos aprovecharon para escapar en el vehículo de la pareja, que fue hallado al día siguiente.

Para el fiscal Milicich, Sosa fue uno de los atacantes que participaron aquel día, aunque también consideró que el blanco en realidad era uno de los hijos de la pareja.

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El STJ recalificó el caso Bernhardt como femicidio y dictó perpetua a Vargas

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Bernhardt

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) recalificó como femicidio el crimen de Antonella Rocío Bernhardt (27), joven obereña que fue golpeada y asesinada de un puntazo en su departamento del barrio El Brete en 2019, y condenó a prisión perpetua al fotógrafo Cristian Daniel Vargas (35), quien en primera instancia había recibido 20 años de cárcel como autor de homicidio simple tras un juicio oral desarrollado ante en el Tribunal Penal Uno de Posadas. 

La revisión por parte del máximo órgano judicial de la provincia se dio a partir de los recursos de casación presentados tanto por el fiscal Martín Alejandro Rau como por el abogado querellante Mauricio Fausto Vergara, quienes cuestionaron el fallo emitido el 13 de noviembre de 2023 por los jueces Viviana Cukla, Gustavo Bernie y Ángel Dejesús Cardozo (ya jubilado).

Ambas partes buscaban revertir el dictamen al considerar que el caso configuró un homicidio agravado por femicidio, para el cual correspondía una pena de prisión perpetua, lo que equivale a 35 años de cárcel efectiva, cifra considerablemente superior a los 20 años aplicados en contra del fotógrafo Vargas.

El fotógrafo Cristian Vargas adujo que el crimen se produjo en forma accidental tras una discusión.

En sus presentaciones, ambos profesionales coincidieron al sopesar que el asesinato de Antonella se dio en el marco de un contexto de violencia de género que avalaba la aplicación de la normativa que contempla el femicidio, mientras que el fiscal Rau además solicitó que también se tenga en cuenta la alevosía como factor agravante.

Los dos recurrentes esgrimieron agravios similares. El fiscal Rau apuntó que en su sentencia el TP Uno realizó un “razonamiento probatorio parcial, sesgado, segmentado y desprovisto de perspectiva de género”, con “argumentos forzados” y con una “línea argumental viciada”.

La querella, por su parte, agregó que los jueces efectuaron una “incorrecta interpretación de la relación entre la víctima y el imputado” al descartar la condición de “vulnerabilidad” y “desigualdad” en que se encontraba Antonella ante Vargas.

Perspectiva de género

El primero en analizar los planteos fue el camarista Juan Manuel Díaz, que en su voto coincidió en varios puntos con los recurrentes y señaló “yerros” por parte de los magistrados del tribunal que dictó sentencia.

Díaz repasó que el TP Uno descartó la figura de femicidio al entender que no se logró acreditar un contexto de violencia de género que rodeara el hecho, utilizando como argumento que ambos implicados mantenían una relación laboral de poco tiempo y que el vínculo no se extendía a otros ámbitos como, por ejemplo, el amoroso; ni tampoco advirtieron elementos que den cuenta sobre factores de desigualdad, discriminación o dominación como alegaron las partes. 

Díaz opinó todo lo contrario. En la resolución de 81 páginas, firmada el 19 de junio y a la que La Voz de Misiones tuvo acceso, el camarista adelanta: “Es factible advertir elementos e indicadores que configuran la existencia de una relación caracterizada por la desigualdad, en el marco de una relación de subordinación y poder entre víctima y victimario, elementos estos que no fueron valorados debidamente por el tribunal de juicio”.

Las partes en el juicio: Vergara (sentado), Rau y el defensor oficial Mario Ramírez.

El magistrado del STJ además califica como un “yerro” la apreciación del TP Uno en ese punto y responde: “La jurisprudencia ha manifestado en reiteradas oportunidades que es irrelevante que el agresor integre o no una relación interpersonal con la víctima, el tiempo de duración de la misma si existiere o que ocurra la violencia en el ámbito privado o público, sino que lo trascendente es que el hombre se posicione respecto de la mujer en un binomio superior/inferior, tratándola con violencia física, psicológica o sexual, entre otras, por su género”.

También ponderó las argumentaciones esgrimidas por el fiscal Rau al momento de su alegato en el juicio y se hizo dueño de sus palabras para marcar que Antonella Bernhardt se encontraba en una situación de vulnerabilidad ante Vargas, ya que se trataba de una joven obereña que atravesaba en una difícil situación económica y buscaba, casi con desesperación, un trabajo para no depender de nadie.

Sobre esa cuestión, Díaz concluye: “Todos estos factores, independientemente de lo reciente que fuera vínculo entre ambos, sin lugar a dudas ubican a la víctima y victimario en una relación que dista de igualdad, más bien los ubica en una relación de poder -por parte de Vargas- y de subordinación -por parte de Antonella-”.

El camarista también ponderó la pericia psicológica efectuada a Vargas, donde se concluye que en el fotógrafo se advierten “conductas de control y celos”, con tendencia a ubicar a la mujer en un rango inferior al del hombre, mencionándola como un mero “complemento”.

Bajo esas y otras premisas, Díaz le dio la razón a los recurrentes Rau y Vergara al considerar que hubo una “errónea aplicación de la normativa” y opinó que lo correcto era encuadrar el caso como femicidio -rechazó la alevosía-, lo que equivale a modificar la sentencia y aplicar al condenado la pena de prisión perpetua.

Los demás miembros del STJ, Cristian Marcelo Benítez, Cristina Irene Leiva, María Laura Niveyro, Jorge Antonio Rojas, Roberto Rubén Uset y Ramona Beatriz Velázquez, se plegaron al voto de inicial, imponiéndose a Froilán Zarza y Rossana Pía Venchiarutti Sartori, quienes consideraron que lo correcto era mantener el fallo emitido por el TP Uno.

Los jueces del tribunal en el juicio: Cardozo (jubilado), Cukla y Bernie.

El caso

No es el primer cambio de calificación que atraviesa la causa. Ya en la etapa de instrucción, el magistrado Fernando Verón caratuló el hecho como homicidio simple, aunque luego la Cámara de Apelaciones la pasó a femicidio y bajo esa acusación Vargas llegó a juicio, donde la decisión final volvió a quitar el agravante que elevaba la expectativa de pena a perpetua.

El hecho se registró el 4 de abril de 2019, entre las 13 y las 13.30, dentro del departamento 1° A de un inquilinato ubicado sobre la calle Comandante Miño 980 del barrio El Brete de Posadas.

Según la hipótesis acusatoria, Vargas contactó a la víctima a través de redes sociales y le ofreció realizar sesiones de fotos a cambio de dinero ($1.500 con desnudos). Una de ellas se concretó, pero el acusado nunca pagó y en el segundo encuentro se produjo el desenlace mortal, luego de una discusión generada por el reclamo del dinero que nunca fue abonado.

Vecinas de la joven narraron que ese mediodía oyeron golpes, ruidos de “objetos cayendo al suelo” y a través de las endebles paredes divisorias también escucharon “gritos ahogados, como de alguien a quien le tapan la boca mientras grita”.

Los testimonios parecían un adelanto de lo que luego iba a certificar la autopsia, dado que el examen forense concluyó que Antonella presentaba golpes en la cabeza y signos de compresión en el cuello, además de la lesión mortal: un puntazo de cuchillo tipo tramontina que le perforó la tráquea.

Antonella Bernhardt tenía 27 años, era de Oberá y tenía una hermana melliza.

Ante el escándalo que provenía del departamento, las vecinas y la dueña del inquilinato acudieron en auxilio de Antonella, topándose con Vargas dentro del inmueble, a quien filmaron retirándose de la escena del hecho mientras simulaba una conservación con la víctima.

El caso llegó a juicio el 6 de noviembre de 2023 y se extendió durante varios días en el SUM del Palacio de Justicia. En el proceso declararon familiares y vecinos de la víctima, como así también efectivos policiales, peritos y profesionales en medicina.

En su declaración, el fotógrafo Vargas, que también se dedicaba a vender servicios de catering para la familia de su ex esposa, mantuvo su teoría defensiva, al aducir que él fue extorsionado con un video sexual y que el cuchillo se clavó en la garganta de Antonella de manera accidental durante un forcejeo mantenido con la joven.

El fotógrafo agregó que, en determinado momento, alcanzó a tomar el celular de la joven y su intención era romperlo, instancia en la que “ella se desesperó y agarró un cuchillo. Yo ahí le dos ‘tapes’ para que deje de gritar. Después avanzó de nuevo con el cuchillo contra mí y pasó todo. Cuando le quiero sacar el cuchillo, la traigo hacia mí con fuerza y le entra el cuchillo en la garganta”, fueron sus palabras.

FOTOS: MARCOS OTAÑO.

Caso Antonella: para el tribunal no hubo pruebas certeras de violencia de género

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