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Ex jefe de GNA implicado en megacausa de contrabando de granos seguirá preso

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La Cámara Federal de Apelaciones confirmó el rechazo al pedido de excarcelación presentado por la defensa de Marco Antonio Duette, ex jefe del Escuadrón 9 de Gendarmería Nacional Argentina (GNA). De esta manera, el ex uniformado involucrado en una megacausa por contrabando de granos deberá continuar detenido mientras avanza el expediente, que está próximo a ser elevado a juicio.

De la decena de imputados que tiene el caso, Duette es uno de los pocos que permanece privado de su libertad desde el operativo desplegado en noviembre de 2021. Actualmente, se encuentra alojado en una división de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) en la ciudad de Rosario, Santa Fe, y su defensa solicitó en varias oportunidades su excarcelación.

Uno de esos pedidos fue rechazado por el Juzgado Federal de Oberá, que lleva adelante la pesquisa del caso, y la resolución fue apelada por la defensa del ex uniformado, tras lo cual debió intervenir la Cámara de Apelaciones, que ahora ratificó lo resuelto en instancia previa.

En su planteo, la defensa de Duette sostiene que hay “arbitrariedad” contra el implicado y plantea que no hay indicios que hagan suponer un riesgo de fuga o entorpecimiento de la investigación en caso de que el hombre recupere su libertad. Incluso, agrega que tampoco hay pruebas directas que lo vinculen con los hechos investigados.

La presentación fue analizada en primera instancia por la fiscalía de la Cámara, cuyo representante opinó que correspondía confirmar el rechazo del planteo, al considerar que Duette, en su carácter de miembro de un fuerza de seguridad, tiene la posibilidad de “entorpecer el curso de la investigación” y puso en relieve los “compromisos internacionales” asumidos en Argentina para la lucha contra la corrupción.

En ese marco, el Tribunal también analizó el planteo y ya al comienzo calificó la nueva presentación como una “reedición de planteos”.

“En las condiciones expuestas, la mera insistencia en una postura que se erige sobre idénticos argumentos que han recibido respuesta jurisdiccional al tamiz de las garantías constitucionales, torna inoficioso su tratamiento”, consigna un párrafo de la resolución firmada el jueves y publicada en las últimas horas en la web del Centro de Información Judicial (CIJ).

Respuesta negativa

En la respuesta al planteo, los magistrados de la Cámara consideran acreditado que Duette “constituyó uno de los principales eslabones en la dinámica de los hechos una vez que los camiones que transportaban granos ingresaban a la provincia en las condiciones comprobadas en autos”.

El ex uniformado está imputado por una multiplicidad de delitos entre los que se destacan asociación ilícita, contrabando agravado, defraudación contra la administración pública, cohecho, lavado de activos e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

A Duette se lo acusa, principalmente, de liberar rutas para que los camiones cargados con granos de contrabando pudieran de manera tranquila a las costas del río Uruguay para luego ser cruzadas ilegalmente a Brasil.

Todas esas cargas, estima la investigación, eran propiedad de Santiago Marino (54), dueño de un imponente emprendimiento turístico ubicado sobre la ruta provincial 2, en la localidad de Florentino Ameghino. El hombre está imputado como el “organizador” de la asociación ilícita y en octubre obtuvo la excarcelación tras cubrir una caución de 20 millones de pesos.

En el reciente fallo de la Cámara de Apelaciones, los magistrados intervinientes expusieron como prueba una serie de transcripciones telefónicas donde -según ellos- se evidencia la complicidad de Duette con Marino para liberar rutas o tomar represalias con subalternos que complicaban la operación con procedimientos.

En una de esas escuchas, surge que Duette tenía dos camiones retenidos y antes de avanzar consultó con Marino si eran suyos o no.

El sindicado organizador de la asociación ilícita respondió que no y le envió al uniformado los datos de los camiones que sí correspondían a su flota, con los datos precisos para que pudieran pasar controles sin ser demorados.

“Ya te paso la info AFIP…así tenés los datos correctos, los míos van a Colonia Aurora nunca al Soberbio la carta, mi planta está en ruta 221 y ruta costera 2 Alicia Alta, y yo tengo los míos pero no son esas patentes”, envió Marino y Duette respondió:  “Excelente, me quedo tranquilo entonces”, según consta en el documento.

Ante todo lo expuesto, el Tribunal de alzada consideró, en primer lugar, que no hay arbitrariedad contra el imputado y que existe riesgo procesal en caso de otorgarle la libertad al ex uniformado, principalmente en relación que todavía resta convocar a algunos testigos para que presten declaración.


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Asesinó dos veces en una década y está próximo a recibir 25 años de prisión

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En 2011 mató por primera vez, una década después lo hizo de nuevo y ahora está próximo a recibir otra condena. Alejandro Ramón “Mangueruli” Méndez (39) debía ser juzgado esta semana, pero evitó la exposición pública y aceptó firmar un acuerdo de juicio abreviado por 25 años de prisión.

En caso de que el Tribunal Penal Dos de Posadas acepte el acuerdo alcanzado entre la defensa del imputado y el fiscal Vladimir Glinka, Mangueruli recibirá el máximo de la pena prevista por el delito de homicidio simple, figura contemplada por el artículo 79 del Código Penal.

El hecho que lo mantendrá en prisión durante varios años se registró entre el jueves 15 y el domingo 18 de julio de 2021, en el barrio Prosol de Posadas y la víctima fue identificada como Alejandro Daniel Pereira (41).

De acuerdo a lo que se pudo reconstruir, Méndez era amigo de Pereira pero durante uno de los últimos encuentros mantenidos se desató una discusión que terminó en un brutal asesinato. La víctima sufrió puntazos que le perforaron los pulmones, pero además fue agredido a fierrazos en la cabeza.

Pero esa no era la única vez que Méndez cometía un homicidio, ya que en ese momento llevaba casi dos años en libertad condicional tras purgar una primera condena por el asesinato de otro amigo.

Los registros marcan que el 4 de marzo de 2011 el mismo sujeto fue detenido por matar a golpes con una barra de hierro a Rubén Díaz (54) en el barrio A4 de Posadas.

Después de eso, Mangueruli fue condenado a 13 años de prisión por homicidio simple y cuatro años de cumplir la totalidad de su pena salió en libertad condicional, aunque volvió a matar y hoy nuevamente está encerrado en una cárcel. 


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Condenan a dos misioneros implicados en cisterna narco interceptado en 2020

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cisterna narco

Dos posadeños fueron condenados a 8 años de prisión en el marco de la continuidad de una causa iniciada en 2020 tras el secuestro de un camión cisterna con más de ocho toneladas de marihuana en San Ignacio.

Los implicados son Geremías José Traico (43) y Alejandro Enrique Krutki (42), quienes fueron condenados por el Tribunal Oral Federal (TOF) de Corrientes tras un acuerdo de juicio abreviado en el que admitieron su responsabilidad en el hecho investigado.

La sentencia contra los misioneros fue dictaminada el viernes y establece para ambos una pena de 8 años de prisión como autores del delito de “transporte de estupefacientes agravado por el número de personas”, misma pena que en abril de 2022 recibió Alberto Daniel Esquivel, conductor del cisterna del narco.

Justamente, Esquivel fue el primer detenido de la causa, ya que el 27 de agosto de 2020 fue interceptado mientras conducía el camión Iveco cargado con más de ocho toneladas de marihuana sobre la ruta nacional 12 a la altura del puente sobre el arroyo Yabebiry, en San Ignacio.

La detención se logró gracias a una investigación de la Prefectura Naval Argentina (PNA) que incluyó intervenciones telefónicas, misma herramienta que permitió establecer que obviamente Esquivel no actuaba solo y fue en la continuidad de la pesquisa que los uniformados federales también llegaron a Traico y Krutki.

Ahora, casi cuatro años después del procedimiento que coronó esa investigación, tres de los implicados ya cuentan con una sentencia en su contra, la cual fue dictada en Corrientes porque en esa misma provincia se originó la pesquisa.


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Techo y Garrincha, los guardias misioneros que violaban y mataban en El Vesubio

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Dos días antes del último 24 de marzo, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó una parte de las condenas impuestas en 2022 contra ocho represores implicados en el tercer tramo de la mega causa por delitos de lesa humanidad perpetrados contra las casi 400 víctimas que pasaron entre 1976 y 1978 por el centro clandestino de detención El Vesubio, en La Matanza, y entre los imputados resulta que hay dos guardiacárceles misioneros, quienes fueron responsabilizados por hechos de secuestros, torturas, violaciones y homicidios.

Ellos son Hugo Roberto “Techo” Rodríguez (72) y Florencio Esteban “Garri” o “Garrincha” Gonceski (70), ambos nacidos en Candelaria e integrantes del Servicio Penitenciario Federal (SPF) con labores cumplidas dentro de El Vesubio, aunque el primero de ellos ostentaba un cargo de mayor autoridad y por eso también recibió una pena más severa que su coterráneo y consorte de causa.

Los dos misioneros fueron detenidos en 2015, tras quedar bajo la lupa de la Justicia en el marco de la tercera etapa de una mega investigación iniciada por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en El Vesubio, un centro clandestino de detención que funcionó en Camino de Cintura y autopista Riccheri desde abril de 1976 hasta la primavera de 1978. 

El “chupadero”, como lo llamaban, dependía operacionalmente de la Brigada de Infantería Mecanizada X del Ejército Argentino y se calcula que por allí pasaron cerca 1.500 secuestrados.

Para ese entonces, ya se habían celebrado dos juicios y condenado a doce represores que allí formaban parte del aparato represivo, pero a partir de nuevos testimonios y el desprendimientos de más materiales probatorios se inició una tercera investigación que involucró a otros ocho imputados, la mayoría de ellos guardiacárceles, entre los que aparecieron Rodríguez y Gonceski, aunque hasta ahora nunca habían sido emparentados con Misiones, provincia de donde ambos son oriundos.

Gonceski -último a la derecha- junto a otros imputados en el inicio del juicio.

Los misioneros de El Vesubio

De acuerdo a documentos consultados por La Voz de Misiones, los dos nacieron en Candelaria. Rodríguez lo hizo el 1 de febrero de 1952, mientras que Gonceski fue dado a luz el 10 de abril de 1954.

A pesar de que intentaron eludir sus responsabilidades y desentenderse de los hechos acaecidos en El Vesubio, la Justicia consideró probado que ambos prestaron servicios en ese chupadero que recibía, alojaba y distribuía detenidos, donde Rodríguez aparecía como uno de los jefes de guardia, mientras que Gonceski tenía turnos asignados y los dos fueron reconocidos por varias víctimas/testigos.

De los testimonios brindados durante el juicio, que se extendió desde el 1 de noviembre de 2019 hasta el 1 de abril de 2022, se desprende que a Techo Rodríguez varias víctimas lo describieron como “cruel”, mientras que a Gonceski tildaron de “locuaz” y como “uno de los que más interactuaba con los detenidos”, aunque según las mismas palabras “se aburría si no nos hostigaba”.

“Nos atan en esa camioneta, recuerdo claramente que a mí me ató ‘Techo’, que era tan cruel, que se burlaba de nosotros, porque cuando me tenía atado me pregunta si me dolía, si era muy fuerte y yo dije ‘no, está bien así’ y él dijo ‘ah, si no te duele te voy a hacer doler’. Con lo cual me apretó mucho más las ataduras para que me corte la circulación de las muñecas. Esas crueldades innecesarias. Pero bueno, así eran”, declaró el contador Horacio Hugo Russo, una de las víctimas.

Sobre Gonceski, en tanto, Alfredo Chavez, otro preso político, narró que “cuando le tocaba la guardia a este Garrincha tenía siempre la costumbre de hacernos bailar, como se dice en la colimba… de todas las horas que estaba él vigilándonos teníamos que estar parados. Así que en esa posición de parados él aprovechaba para golpearnos, usarnos de puching ball donde se le ocurría, donde pasaba cerca de alguno, nos daba una trompada”.

Ese mismo testigo, además, graficó con crudeza otra secuencia vivida y recordó cuando Gonceski castigó a otro detenido por no saber gritar un sapucay. “Pensaba que lo estaba cargando y le dio de trompadas… lo dejó doblado, porque pensaba que se estaba burlando de él (…) era su costumbre hostigarnos permanentemente. O sea, una persona activa, que permanentemente tenía que estar haciéndonos algo”, señaló.

Culminado el juicio, Techo fue condenado a prisión perpetua como coautor de 150 casos de secuestro; 55 de tortura y homicidio; 9 de abuso sexual; y 19 de violaciones graves.

Garrincha, en tanto, fue declarado culpable de prácticamente la misma cantidad de hechos, aunque al tener un cargo de subordinación fue  considerado “partícipe necesario” evitó la perpetua y recibió una pena de 13 años y 6 meses.

El juicio se extendió desde noviembre de 2019 hasta abril de 2022.

Matar a patadas y un himno de despedida

De todo esos hechos, hubo uno que durante el juicio fue mencionado y reconstruido paso a paso por varios testigos y se trata del asesinato a golpes de Luis Pérez, un delegado bancario que fue secuestrado en agosto de 1978, crimen en el cual Techo Rodríguez aparece con protagonismo homicida y revalidó su mote de cruel. 

Russo fue uno de los testigos que narró esa secuencia de violencia extrema y recordó que en medio del tortuoso paso por El Vesubio el bancario Pérez, alojado a pocas celdas o “cuchas” de la suya, había comenzado a “desvariar” y como consecuencia de ese cuadro psicótico no lograba hacer silencio, lo cual irritó a los guardias, que comenzaron a golpearlo hasta matar.

“Los guardias querían hacerlo callar y abrían la puerta que separaba las cuchas de donde ellos estaban y entraban y lo golpeaban para que se calle, pero él estaba fuera de su voluntad, estaba realmente padeciendo una situación extrema”, declaró Russo, quien agregó que se dieron cuenta de la muerte de Pérez cuando un profundo silencio se apoderó del recinto. Y ello dio paso a otra escena que tampoco olvida.

“Se produce un silencio, cuando ya deja de hablar Luis Pérez por los golpes que lo mataron, se retira la guardia y nosotros, en un estado muy malo de salud, todos los que estábamos encadenados y torturados ahí… se corrió el ‘lo mataron’, lo llamaron primero y no respondía, se decía ‘lo mataron, lo mataron’, y quién estaba encadenado con él dice ‘lo mataron’. En un gesto voluntario, no sé cómo pasó, alguien dijo ‘cantemos el himno’, nos paramos todos y cantamos el himno. La guardia no reaccionó, dejó que cantáramos el himno y fue una forma de despedida”, contó el testigo. 

A pesar de todas estas declaraciones y de los documentos que para la Justicia dieron cuenta que los dos misioneros operaron en El Vesubio, los dos misioneros se declararon inocente al momento de dar sus últimas palabras mientras se encontraban en la Colonia Penal Unidad 19 de Ezeiza, desde donde observaron por videoconferencia el final del juicio en su contra.

Dos años después de aquella la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el fallo fue revisado y confirmado parcialmente por la Cámara Federal de Casación Penal, aunque las nuevas consideraciones no modificaron las penas aplicadas a los dos represores oriundos de Candelaria. 

El mismo fallo dictado en 2022 declaró, además, que los hechos juzgados fueron “crímenes contra la humanidad” y que la violencia sexual perpetrada contra mujeres “fue específica, sistemática y planificada”, al tiempo que definió que esos hechos partieron de “estereotipos de género y los profundizó, exhibiendo un carácter extendido con un claro objetivo disciplinador”.


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