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Por reglamentación de la ley Brisa, finalmente los hijos de víctimas de femicidio recibirán una reparación económica

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BUENOS AIRES. Este lunes se publicó la demorada reglamentación de la norma, que había sido aprobada el 4 de julio. Consiste en una reparación económica equivalente a una jubilación mínima, que hoy ronda los 8.600 pesos, y es hasta que los menores cumplan los 21 años, y en el caso de tener alguna discapacidad, de por vida.

El 4 de julio, y por unanimidad, la Cámara de Diputados sancionó la “Ley Brisa” que habilitó una reparación económica a los hijos de mujeres víctimas de femicidio, que serían arproximadamente 3.500 menores que perdieron a sus madres por crímenes de género en los últimos años. El texto aprobado en el Congreso daba un mes de plazo para que la norma fuera reglamentada, un paso clave para que el beneficio se haga efectivo. Con casi dos meses de demora, este lunes 1 finalmente se publicó esa reglamentación.

Lo que ahora está en vigencia es un Régimen de Reparación Económica destinado a niños y adolescentes cuyas madres hayan sido víctimas de femicidio, es decir que hayan sido asesinadas por sus parejas o ex parejas con los que tuvieron hijos, que quedaron huérfanos. La reparación que contempla la ley es equivalente a una jubilación mínima, que hoy ronda los 8.600 pesos, y es hasta que los menores cumplan los 21 años, y en el caso de tener alguna discapacidad, de por vida.

Para acceder a la reparación económica, el requisito formal es que el padre o progenitor afín (es decir, la pareja conviviente de la mujer, que no sea progenitor) tenga una condena o procesamiento firme por el femicidio. La norma contempla además los casos en los que el asesino se suicida tras cometer el crimen (es decir, que la causa penal haya sido extinguida por muerte).

Por otro lado, según la reglamentación, se estipuló que la Secretaria Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia (SENNAF) será la autoridad de aplicación de la ley y tendrá a su cargo la administración de los recursos dispuestos para su cumplimiento. La liquidación y pago estarán a cargo de ANSES.

https://www.lavozdemisiones.com/2018/09/18/ley-brisa-todavia-no-indemnizan-a-los-hijos-de-las-victimas-de-femicidio/

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Milei suspendió ejecución de las leyes Garrahan y financiamiento universitario

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Milei suspendió ejecución de las leyes Garahan y financiamiento universitario

El presidente Javier Milei promulgó las leyes de Emergencia Pediátrica (Garrahan) y de Financiamiento Universitario y suspendió su ejecución hasta tanto el Honorable Congreso de la Nación “determine las fuentes de su financiamiento”.

Tal como ocurrió con la Emergencia en Discapacidad, el gobierno nacional decidió suspender la aplicación de las legislaciones y las devolvió al Congreso para que los legisladores asignen fondos específicos en el presupuesto nacional del 2026.

La Ley 27.795 establece un nuevo régimen de financiamiento para las casas de estudios públicas del país, como también la recomposición salarial del personal docente y no docente, y la Ley 27.796 declara la emergencia sanitaria de la salud pediátrica y de las residencias nacionales en salud en Argentina por un año.

En el Boletín Oficial de la Nación de este martes, ambas legislaciones fueron promulgadas y suspendidas en su aplicación, al igual que sucedió hace un mes con la ley de Emergencia en Discapacidad.

En ambos decretos, el gobierno enfatiza que el Congreso de la Nación no especificó de manera fehaciente la fuente de financiamiento para las erogaciones que implican las leyes, incumpliendo lo dispuesto por la Ley 24.156.

Cabe recordar que el 4 septiembre, el presidente Javier Milei había vetado las leyes de Emergencia Pediátrica y Financiamiento Universitario argumentando que generaban un desequilibrio fiscal que atentaba contra la estabilidad macroeconómica.

Los vetos del presidente fueron rechazados por las dos Cámaras del Congreso de la Nación y por ello el Ejecutivo decidió ahora postergar la aplicación de las legislaciones.

La marcha universitaria llenó calles en Posadas, Oberá y Eldorado

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La inflación fue de 2,1% en septiembre y acumula 22% en lo que va del año

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El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) dio a conocer que la inflación correspondiente al noveno mes del año fue 2,1%, cifra sobre la que se pudo observar un leve aumento respecto a lo registrado en agosto, cuando fue de 1,9%.

De esta manera, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumuló un alza del 22% en los primeros nueve meses del año, y de 31,8% en el balance interanual.

El incremento estuvo motorizado por las divisiones de Vivienda, agua, electricidad, gas, otros combustibles y educación (3,1%) y Transporte con 3%.

Un escalón por debajo Salud con 2,3%; luego Comunicación con 2,2% y Bienes y servicios varios con 2,1%. El resto de los rubros quedaron por debajo del nivel general, Alimentos y bebidas no alcohólicas -de mayor incidencia- con 1,9%.

Del lado opuesto, los que menos subieron fueron Recreación y cultura con 1,3% y Restaurantes y hoteles, con apenas un 1,1%, lo que podría indicar una retracción en el consumo en ese sector. A este último apartado se sumaron Recreación y cultura (1,3%) y Restaurantes y hoteles (1,1%).

Sin embargo, la inflación tuvo diferencias considerables por regiones. En la Patagonia el alza de precios fue de 2,4%, seguida por Noroeste y Cuyo con 2,2%. Luego Gran Buenos Aires (GBA) se mantuvo en el nivel general y la Pampeana por debajo con 2% y Noreste en 1,8%. 

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La inflación fue de 1,9% en agosto y acumula 19,5% en lo que va del año

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Inflación de junio fue de 6% y en el primer semestre acumuló 50,7%

El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) dio a conocer hoy el Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al octavo mes del año, el cual se ubicó en 1,9%, al igual que en julio.

Simultáneamente, los precios acumularon un alza de 19,5% en los primeros ocho meses, mientras que el incremento interanual alcanzó el 33,6%.

En cuanto a las subas más pronunciadas en agosto, en primer lugar se ubica la categoría Transporte con un 3,6%, por la suba en Adquisición de vehículos y en Combustibles, seguida de Bebidas alcohólicas y tabaco (3,5%).

Caso contrario sucedió con Prendas de vestir y calzado (-0,3%) y Recreación y cultura (0,5%), cuyas categorías registraron los menores incrementos.

A nivel de las categorías, los precios Regulados (2,7%) lideraron la suba, seguidos de IPC núcleo (2,0%) y Estacionales (-0,8%).

Repercusiones

Con estos resultados, la inflación de agosto se ubicó por debajo de lo esperado, ya que la mayoría de los pronósticos de consultoras privadas y analistas, calcularon el IPC de agosto en un rango de entre 1,8% a 2,2%.

Además, según el último Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) del Banco Central (BCRA), los analistas corrigieron su estimación e indicaron que el IPC sería de 2,1%.

La inflación fue de 1,9% en julio y acumula 36,6% en los últimos doce meses

 

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