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Ley de Emergencia turística: qué beneficios otorga a empresas y viajeros

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El Gobierno oficializó las medidas de asistencia para uno de los sectores más afectados por la pandemia. Promulgaron la ley de Sostenimiento y Reactivación Productiva de la Actividad Turística Nacional, que establece una serie de beneficios para empresas del sector y consumidores. Apunta a asistir a uno de los rubros más perjudicados por las restricciones de la cuarentena por coronavirus.

La ley fue sancionada el 1° de septiembre por la Cámara de Diputados y fue publicada hoy en el Boletín Oficial a través del decreto 753/2020. Prorroga el reparto del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y las asistencias económicas a pequeñas y medianas empresas.

Dispone otros beneficios para las empresas como la reducción de contribuciones patronales, los planes de moratoria, la suspensión de embargos y la rebaja de alícuotas de la ley del cheque, como medidas de asistencia por fuerte caída de ingresos de las empresas por las restricciones que determinó el aislamiento.

También determina beneficios para los turistas que compren un paquete, ya que que recibirán un crédito de 50% de parte del Estado que podrán usar para ese viaje u otro que realicen a lo largo del 2021. Además de bonos vacacionales y un plan de devoluciones de servicios que no pudieron ser brindados.

Asistencias para las empresas

– Extensión del ATP desde el 1° de julio hasta el 31 de diciembre para actividades y rubros que se encuentren paralizados o que tengan una facturación inferior al 30%.

– Reducción del 95% del pago de contribuciones patronales.

– Salario complementario pagado por el Estado Nacional para los empleados en relación de dependencia del sector privado del 50% del salario neto.

– Facultación al jefe de Gabinete a establecer condiciones especiales para garantizar la continuidad de las fuentes de trabajo y de los emprendimientos turísticos, y a establecer una asistencia económica no reembolsable por un monto de hasta dos salarios mínimos.

– Prórroga por 180 días el vencimiento del pago de los impuestos existentes o a crearse que graven el patrimonio, los capitales o las ganancias de las actividades alcanzadas por la ley, cuyos vencimientos operen hasta el 31 de diciembre.

– Suspensión por 180 días de la traba de cualquier medida cautelar a requerimiento de la AFIP o la ANSES.

– Instrucción al Banco Central a disponer líneas de crédito para los sujetos que se dedican a actividades turísticas y relacionadas con este rubro.

Beneficios para los consumidores

– Se establece un bono fiscal vacacional para las familias con ingresos mensuales no superen el equivalente a cuatro salarios mínimos, por única vez, para su uso dentro del país.

– Implementación de una preventa, reconocimiento por parte del Estado Nacional de un crédito a favor de las personas humanas. Será del 50% del monto de cada compra de servicios turísticos brindados dentro del país.

– Creación del programa “Turismo para personas mayores”, por el que el Estado aportará hasta el 21% de los paquetes turísticos.

– Programa de financiación de los paquetes turísticos de viajes de turismo estudiantil con destino nacional a través de una línea de crédito específica del Banco Nación.

– Establecimientos hoteleros de alojamiento temporario y empresas de transporte que se hayan visto afectados o impedidos de prestar los servicios contratados de manera directa por la pandemia podrán ofrecer opciones como reprogramación de los servicios contratados. Deberán respetar la calidad, estacionalidad y valores convenidos dentro de un período de 12 meses.

– También podrán entregar vouchers de servicios para ser utilizados hasta 12 meses posteriores al cese de la cuarentena o reintegrar el monto abonado mediante el pago de hasta seis cuotas iguales, mensuales y consecutivas con vencimiento dentro de los 60 días de recibida la solicitud de reembolso.

– Si el consumidor contrató servicios mediante intermediarios (agencias de viajes) podrá reprogramar sus viajes o recibir un voucher.

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Milei suspendió ejecución de las leyes Garrahan y financiamiento universitario

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Milei suspendió ejecución de las leyes Garahan y financiamiento universitario

El presidente Javier Milei promulgó las leyes de Emergencia Pediátrica (Garrahan) y de Financiamiento Universitario y suspendió su ejecución hasta tanto el Honorable Congreso de la Nación “determine las fuentes de su financiamiento”.

Tal como ocurrió con la Emergencia en Discapacidad, el gobierno nacional decidió suspender la aplicación de las legislaciones y las devolvió al Congreso para que los legisladores asignen fondos específicos en el presupuesto nacional del 2026.

La Ley 27.795 establece un nuevo régimen de financiamiento para las casas de estudios públicas del país, como también la recomposición salarial del personal docente y no docente, y la Ley 27.796 declara la emergencia sanitaria de la salud pediátrica y de las residencias nacionales en salud en Argentina por un año.

En el Boletín Oficial de la Nación de este martes, ambas legislaciones fueron promulgadas y suspendidas en su aplicación, al igual que sucedió hace un mes con la ley de Emergencia en Discapacidad.

En ambos decretos, el gobierno enfatiza que el Congreso de la Nación no especificó de manera fehaciente la fuente de financiamiento para las erogaciones que implican las leyes, incumpliendo lo dispuesto por la Ley 24.156.

Cabe recordar que el 4 septiembre, el presidente Javier Milei había vetado las leyes de Emergencia Pediátrica y Financiamiento Universitario argumentando que generaban un desequilibrio fiscal que atentaba contra la estabilidad macroeconómica.

Los vetos del presidente fueron rechazados por las dos Cámaras del Congreso de la Nación y por ello el Ejecutivo decidió ahora postergar la aplicación de las legislaciones.

La marcha universitaria llenó calles en Posadas, Oberá y Eldorado

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La inflación fue de 2,1% en septiembre y acumula 22% en lo que va del año

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El Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) dio a conocer que la inflación correspondiente al noveno mes del año fue 2,1%, cifra sobre la que se pudo observar un leve aumento respecto a lo registrado en agosto, cuando fue de 1,9%.

De esta manera, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumuló un alza del 22% en los primeros nueve meses del año, y de 31,8% en el balance interanual.

El incremento estuvo motorizado por las divisiones de Vivienda, agua, electricidad, gas, otros combustibles y educación (3,1%) y Transporte con 3%.

Un escalón por debajo Salud con 2,3%; luego Comunicación con 2,2% y Bienes y servicios varios con 2,1%. El resto de los rubros quedaron por debajo del nivel general, Alimentos y bebidas no alcohólicas -de mayor incidencia- con 1,9%.

Del lado opuesto, los que menos subieron fueron Recreación y cultura con 1,3% y Restaurantes y hoteles, con apenas un 1,1%, lo que podría indicar una retracción en el consumo en ese sector. A este último apartado se sumaron Recreación y cultura (1,3%) y Restaurantes y hoteles (1,1%).

Sin embargo, la inflación tuvo diferencias considerables por regiones. En la Patagonia el alza de precios fue de 2,4%, seguida por Noroeste y Cuyo con 2,2%. Luego Gran Buenos Aires (GBA) se mantuvo en el nivel general y la Pampeana por debajo con 2% y Noreste en 1,8%. 

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La inflación fue de 1,9% en agosto y acumula 19,5% en lo que va del año

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Inflación de junio fue de 6% y en el primer semestre acumuló 50,7%

El Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (Indec) dio a conocer hoy el Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente al octavo mes del año, el cual se ubicó en 1,9%, al igual que en julio.

Simultáneamente, los precios acumularon un alza de 19,5% en los primeros ocho meses, mientras que el incremento interanual alcanzó el 33,6%.

En cuanto a las subas más pronunciadas en agosto, en primer lugar se ubica la categoría Transporte con un 3,6%, por la suba en Adquisición de vehículos y en Combustibles, seguida de Bebidas alcohólicas y tabaco (3,5%).

Caso contrario sucedió con Prendas de vestir y calzado (-0,3%) y Recreación y cultura (0,5%), cuyas categorías registraron los menores incrementos.

A nivel de las categorías, los precios Regulados (2,7%) lideraron la suba, seguidos de IPC núcleo (2,0%) y Estacionales (-0,8%).

Repercusiones

Con estos resultados, la inflación de agosto se ubicó por debajo de lo esperado, ya que la mayoría de los pronósticos de consultoras privadas y analistas, calcularon el IPC de agosto en un rango de entre 1,8% a 2,2%.

Además, según el último Relevamiento de Expectativas del Mercado (REM) del Banco Central (BCRA), los analistas corrigieron su estimación e indicaron que el IPC sería de 2,1%.

La inflación fue de 1,9% en julio y acumula 36,6% en los últimos doce meses

 

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