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Represor volvió a ser declarado “incapaz” de afrontar su juicio en Misiones

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En vísperas a un nuevo Día de la Memoria, el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas volvió a declarar incapaz de afrontar su juicio a un represor de la última dictadura militar y suspendió el proceso por un plazo de diez meses, aunque no declaró extinguida la causa penal, por lo cual en el futuro se deberá ordenar nuevas pericias médicas para determinar si en algún momento el imputado, Héctor Leopoldo Flores, puede responder ante la Justicia por los hechos cometidos en la etapa más oscura del país.

Flores, actualmente domiciliado en Buenos Aires y con 90 años de edad, fue un teniente coronel que estuvo a cargo del Regimiento de Infantería de Monte 30 de Apóstoles, del Ejército Argentino, desde octubre de 1975 hasta octubre de 1977, período en el cual -según la investigación trazada- cometió delitos de lesa humanidad.

Se lo acusa, específicamente, de los delitos de “privación ilegítima de la libertad agravada, con imposición de tormentos, en concurso real (21 hechos) y homicidio calificado”. Dicho de otra manera, está imputado por el secuestro y tortura de 21 personas, y un asesinato, el de Carlos “Charly” Pérez Rueda, correntino fusilado en Cerro Moreno, San Ignacio. Sus víctimas fueron, en su mayoría, militantes e integrantes de las Ligas Agrarias de Misiones.

El expediente que se instruye en su contra fue elevado a juicio en 2011 y el represor estuvo tres años preso -bajo la modalidad de arresto domiciliario-, desde el 13 de agosto de 2009, hasta el 12 de diciembre de 2013.

Justamente, en 2013 el hombre debía sentarse en el banquillo de los acusados del TOF posadeño para enfrentar a la Justicia por los hechos atribuidos en su contra, pero una pericia médica impidió la realización del debate oral.

En aquel entonces, Flores tenía 82 años y una junta médica determinó que su estado de salud le impedía afrontar el proceso, ante lo cual se declaró la “incapacidad sobreviniente” del imputado, dispositivo contemplado en el artículo 77 del Código Procesal Penal de la Nación (CPPN).

En consecuencia, se suspendió el proceso por un plazo de seis meses hasta la realización de nuevos estudios.

Al borde la impunidad

Sin embargo, en el camino hubo otra resolución que estuvo al borde de dejar impune la causa contra Flores.

Es que el 13 de junio de 2019, argumentando que el estado de salud de Flores era irreversible, los jueces Eduardo Belforte y María Delfina Denogens, dictaminaron el sobreseimiento definitivo del imputado, con la consecuente declaración de la extinción de la causa penal. Además, se dispuso la inmediata libertad del acusado y el cese de su prohibición de salida del país.

La medida dejaba sin efecto la causa y los hechos imputados al represor quedarían impunes, pero la Fiscalía Federal, a cargo de Vivian Barbosa, y la querella del Ministerio de Derechos Humanos de la provincia de Misiones, representada por el abogado Juan Bautista Martínez, apelaron la resolución.

Esa apelación fue analizada por la Sala II de la Cámara Federal de Casación, cuyas autoridades hicieron lugar a los planteos de la fiscalía y la querella, ordenando que el expediente sea reenviado al TOF de Posadas para que el proceso continúe su curso hasta la celebración del correspondiente debate oral y público.

Nueva pericia médica

De esa forma, en 2021 se llegó a una nueva pericia médica (psicológica, psiquiátrica y clínica general), cuyos resultados ahora motivaron una nueva suspensión del proceso, aunque la misma no contempla posibilidad alguna de declarar extinguida la causa.

De acuerdo a los documentos obtenidos por La Voz de Misiones, de la pericia realizada por los profesionales del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) se desprende que las facultades mentales de Flores “no encuadran dentro de los parámetros considerados como normales”; que “se encuentra desorientado globalmente respecto a su persona, espacio, tiempo y estado; que “no se expresa en forma oral ni gestual”; con “movilidad restringida” -usa silla de ruedas-; y “sin control de esfínteres” -usa pañales permanentemente-.

En base a lo expuesto, la junta médica concluye -entre otras consideraciones-, que Flores “padece de un deterioro global de sus funciones psíquicas” y un “deterioro cognitivo grave que limita su autonomía en forma severa”.

Con estos informes sobre el tapete, el TOF de Posadas, esta vez integrado por los magistrados Fermín Amado Ceroleni, Juan Manuel Iglesias y Víctor Alonso González, resolvieron volver a declarar la incapacidad del imputado para afrontar su juicio y suspender el proceso por un plazo de diez meses.

Pero, los magistrados fueron claros al exponer que la situación analizada no contempla la posibilidad de la aplicación del artículo 336 del CPPN, que trata sobre la extinción de la causa penal en favor del imputado.

“Debemos considerar que, la resolución del caso en este tipo de cuestiones, tal como ya se ha señalado en autos, se encuentra asociada a la subsistencia de una situación de hecho mutable en el tiempo, que impone un análisis dinámico y continuo (art. 77 del C.P.P.N); sumado a que FLORES se encuentra imputado por la presunta comisión de delitos de Lesa Humanidad, respecto de los cuales el Estado Argentino ha asumido una responsabilidad en su juzgamiento, por lo que su tratamiento resulta de vital importancia, en razón de la repercusión social que acarrea”, argumentaron los magistrados en el documento firmado el último viernes.

Al mismo tiempo, resolvieron mantener el cese de la prisión preventiva, habida cuenta de que, al encontrarse completamente acabada la investigación, no existen riesgos de entorpecimiento de la causa, ni tampoco consideraron un latente peligro de fuga en virtud del delicado estado de salud del implicado.

Por lo tanto, dispusieron que Flores puede continuar en libertad, aunque sí volvieron a imponerle una prohibición de salida del país.

“Pero lo cierto es que en este caso en particular, disponer nuevamente una medida de restricción de la libertad ambulatoria de FLORES, cuyo único fundamento fuera la gravedad de los hechos imputados -crímenes de Lesa Humanidad-; la complejidad de la causa y la repercusión social que trae este tipo de Juicios; sin considerar siquiera sus condiciones personales y su desmejorado estado de salud, que lejos de revertirse se agrava con el tiempo -lo que impide en el mejor de los casos, que pueda ser juzgado en un plazo razonable-; implica un adelanto de pena y un ensañamiento que atentaría incluso contra la dignidad y la integridad física del nombrado, contrarios a todos los estándares de un estado de derecho”, explicaron los jueces en la resolución.

El fusilamiento de Pérez Rueda

Carlos Pérez Rueda era correntino. Jugaba al rugby en el club Aranduroga y formaba parte de la selección Unión de Rugby del Noreste (URNE).

En Corrientes fue fundador de la Juventud Peronista y también militó, tanto en el Frente Eva Perón como en las Juventudes Rurales.

Tras el golpe militar del cual mañana se cumplen 46 años, Pérez Rueda huyó a Misiones y se refugió en una chacra de Cerro Moreno, en San Ignacio, donde se ganaba la vida como chacrero. Era conocido como “Gringo”.

En la Tierra Colorada también fue parte de la creación del Partido Peronista Auténtico y se convirtió en oficial Montonero, pero el 25 de noviembre de 1976 fue fusilado por el Ejército en cercanías a su chacra. Tenía 26 años y dos hijas, según reconstruyó Socompa, periodismo de frontera, en 2020.

Su esposa, Gladys Claver Gallino y sus dos hijas, también fueron víctimas de la persecución del aparato represivo y secuestradas. La mujer estuvo detenida desde el 22 octubre de 1976, hasta el 27 de diciembre de 1983.

Durante su detención, Claver Gallino tuvo contacto con el ex policía Felipe Giménez, juzgado y condenado junto a Carlos Herrero, Julio Amarilla y Carlos Pombo, en un juicio oral celebrado en Posadas en 2012.

En Misiones se desarrollaron cuatro juicios por delitos de lesa humanidad. Resta el celebrar el debate oral contra Flores y Carlos Humberto Caggiano Tedesco -ya condenado en otros expedientes- también tiene una causa abierta que espera fecha de audiencia.

 

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Informe: el 29,35% de los deudores de Misiones tiene más de 90 días de mora

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El drama de la morosidad que impacta a nivel nacional tiene su correlato en Misiones, donde el 29,35% de las personas con deudas declaradas se encuentra en mora que supera los 90 días, según un estudio publicado por el Centro de Estudios para la Ciudad (CEC), una asociación civil que aborda diferentes temáticas sociales.

Según el último informe, denominado Radiografía del Endeudamiento en Argentina y elaborado en base a datos recopilados hasta junio de 2026, en la tierra colorada hay un total de 484.180 personas físicas con deudas declaradas, de las cuales 142.084 se encuentran en mora de nivel 3, 4 y 5. Dicha cantidad representa un 29,35% del total de deudores, cifra que supera en 4,4 puntos porcentuales la media nacional.

El mismo estudio señala el universo de personas en deuda debe cubrir un monto total de 1,57 billones de pesos, mientras que los deudores en mora deben cubrir 292.928,61 de pesos.

Ese universo de deuda corresponde a todas las entidades crediticias, desde bancos privados y públicos, hasta tarjetas de crédito, billeteras virtuales y compañías financieras.

Edades

El informe además consigna que los adultos de entre 26 y 35 años conforman el universo de mayor cantidad de personas con deudas declaradas (116.812), aunque la franja etaria integrada por menores de 25 años es la que más porcentaje de deudores en mora tiene en relación al total de deudores declarados.

En relación a este último ítem, los datos marcan que hay 41.698 jóvenes menores a 25 años con deudas declaradas, de los cuales 18.026 se encuentran con retrasos en sus pagos, lo que representa 43,23% de ese total, una cifra que se ubica 5 puntos por encima de la media nacional en el mismo segmento de análisis.

Departamentos

Los datos recogidos por la CEC fueron presentados a través de un mapa interactivo, en el cual cada usuario puede revisar la información recopilada tanto a nivel nacional, como provincial y hasta por departamentos.

En la revisión municipio por municipio sobresale que el departamento Capital registra el mayor porcentaje de deudores en mora de la provincia. Los datos duros: 26.425 personas físicas con deudas declaradas y 9.765 de ellas se encuentra en mora, lo que equivale a un 37,07%. Lo siguen Apóstoles, Concepción, Candelaria, Eldorado y San Ignacio con números que superan el 30%.

El análisis desagregado por departamentos además expone otro dato relevante y, es que, Guaraní, por ejemplo, registra casi cinco veces más de personas con deudas declaradas que Capital, pero el promedio de deudores en mora es marcadamente más bajo.

Para verlo en números hay que exponer que Guaraní presenta un total de 125.186 personas con deudas declaradas, de las cuales 36.178 se encuentran en estado de morosidad, lo que arroja un promedio de 28,9% a nivel departamental.

 

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El Niño en Misiones: iniciaron censo de familias para coordinar evacuaciones

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Esta semana comenzó el relevamiento preventivo de las familias que viven en zonas vulnerables en diferentes puntos de la provincia, mediante un mapeo sectorizado que permitirá saber de antemano a quién asistir, cómo evacuar y hacia dónde trasladar a las personas ante lluvias intensas, tormentas, crecidas o inundaciones asociadas al fenómeno de El Niño.

Los lineamientos fueron impartidos por el Ministerio de Gobierno y la Jefatura de Policía hacia las 15 Unidades Regionales. De esta manera, la fuerza tendrá un rol central como primer respondedor debido a que posee la mayor estructura operativa y despliegue territorial, lo que permite articular directamente con los comités de crisis municipales y los demás organismos del Estado.

“La planificación apunta a que una eventual evacuación no comience cuando el agua ya ingresó a las viviendas”, indicaron las autoridades, por lo que efectivos recorren y sectorizan zonas bajas, barrios próximos a arroyos, áreas ribereñas, alcantarillas, caminos que podrían quedar comprometidos y otros puntos susceptibles a anegamientos.

En cada sector se releva cuántas familias viven, cómo están conformadas y si existen niños, adultos mayores o personas que puedan requerir asistencia prioritaria. A su vez, se establecen previamente los lugares destinados a recibir evacuados y también las viviendas de familiares a las que algunas personas podrían trasladarse, permitiendo conocer con anticipación el destino de cada grupo familiar.

En paralelo, se desarrolla un trabajo de concientización con los vecinos para que mantengan preparado lo indispensable ante una eventual salida del hogar. Documentación, medicamentos, ropa y elementos esenciales deberán estar accesibles para que, si las condiciones obligan a evacuar, el traslado pueda concretarse en el menor tiempo posible.

En las zonas rurales y ribereñas, el relevamiento contempla además animales, vehículos, herramientas y otros bienes vinculados con la vida y el trabajo familiar, incorporándolos a la planificación de cada jurisdicción.

Toda esa información conformará un mapa preventivo actualizado. Así, ante una emergencia, la Policía podrá conocer rápidamente qué sectores requieren intervención prioritaria, cuántas personas deben ser movilizadas, qué recursos y vehículos serán necesarios, cuáles son las vías seguras de ingreso y egreso y hacia dónde será trasladada cada familia.

Articulación entre áreas y municipios

“La premisa del Gobierno es anticiparnos y tener organizada la respuesta antes de que ocurra una emergencia. Sabemos que la Policía es el primer respondedor y la estructura con mayor presencia territorial de la provincia. Por eso estamos bajando los lineamientos junto con la Jefatura para articular previamente con los municipios y los demás organismos del Estado”, señaló el ministro de Gobierno, Marcelo Pérez.

Los comités de crisis de cada municipio serán parte central de esa coordinación junto con Protección Civil, Salud, Bomberos y las demás áreas provinciales y municipales involucradas. Cada jurisdicción podrá establecer anticipadamente sus recursos, movilidad, lugares de alojamiento y prioridades de intervención.

El jefe de Policía, comisario general Sandro Martínez, remarcó que el esquema alcanza tanto al interior como a las ciudades, donde también existen arroyos, zonas bajas y sectores susceptibles a anegamientos. Por ello, cada dependencia deberá conocer y mantener actualizada la situación de su territorio.

De esta manera, si las condiciones obligan a evacuar, la respuesta comenzará sobre un escenario previamente organizado: sectores mapeados, familias censadas, destinos definidos, recursos coordinados y vecinos preparados para salir en poco tiempo.

La prevención es clave para reducir el impacto de El Niño en las chacras

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Iprodha: titulares con hijos a cargo tendrán descuentos por 2 años tras divorcio

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Iprodha: titulares con hijos a cargo tendrán descuentos por 2 años tras divorcio

El Instituto Provincial de Desarrollo Habitacional (Iprodha) estableció una bonificación de hasta el 40% de la cuota durante 24 meses para familias con hijos menores de edad que atraviesen la separación de los convivientes y en las que uno de los progenitores o tutores quede a cargo del cuidado de los niños.

La medida fue formalizada mediante la Resolución Reglamentaria Iprodha Nº 00242/26, firmada el 10 de agosto y publicada este martes en el Boletín Oficial de Misiones.

La normativa crea el “Procedimiento Administrativo Especial de Readjudicación y Sostenimiento Habitacional”, destinado a garantizar la permanencia en la vivienda de quien, tras la disolución del vínculo convivencial, ejerza el cuidado efectivo de los menores que integraban el grupo familiar declarado.

Según establece la resolución, el mecanismo busca que la separación de los convivientes no implique la pérdida de la vivienda para los hijos menores. En los fundamentos, el organismo señala que resulta necesario reglamentar la readjudicación “a los fines de asegurar la continuidad” en el inmueble “de quien ejerza el cuidado efectivo de los menores”, teniendo en cuenta además la carga económica que puede generar la ausencia del otro integrante de la pareja.

La medida alcanza a “todas las configuraciones familiares”, ya que el artículo 2º establece que se aplicará “sin distinción de género u orientación sexual”, siempre que se acredite la presencia de menores a cargo en el hogar.

Beneficio

Uno de los principales puntos de la resolución es la posibilidad de acceder a una bonificación de hasta el 40% de la cuota durante un período de 24 meses consecutivos.

El beneficio se aplicará sobre el monto resultante de la sumatoria de la cuota neta, el interés de financiación y el Fondo Solidario de Desarrollo Habitacional, siempre que el organismo provincial corrobore la veracidad de la situación declarada.

La resolución establece que la bonificación tendrá como finalidad “facilitar la transición económica del hogar tras la separación de los convivientes”.

De esta manera, la persona que resulte nueva titular podrá acceder al descuento durante dos años para afrontar el cambio en la composición y en los ingresos del grupo familiar.

Además, el nuevo titular podrá optar por el “descuento directo por planilla de sueldos”, en caso de ser agente público, o por el sistema de débito automático.

Trámite

Para iniciar el proceso de readjudicación, la persona que permanezca en la vivienda deberá presentar una serie de documentos ante el Iprodha.

La resolución exige una nota formal por duplicado dirigida al presidente del instituto, en la que se declare que se habita el inmueble. También deberá presentarse la sentencia de divorcio o, en caso de corresponder, la renuncia de condominio realizada ante escribano público.

A esto se suma la “acreditación judicial de la tenencia o del cuidado personal de los hijos menores”, además de documentación que permita demostrar los ingresos y las garantías necesarias para continuar afrontando el pago de la vivienda.

Una vez iniciado el trámite, la Dirección de Trabajo de Campo, dependiente de la Gerencia Social del organismo, deberá realizar un informe socioeconómico. El objetivo será verificar que los menores residan efectivamente en la vivienda y determinar quién ejerce su cuidado, además de evaluar las condiciones económicas del grupo familiar.

La resolución fue publicada en el Boletín Oficial.

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