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La Corte le dijo a Misiones que la prescripción tributaria es de 5 años; no de 10

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Fue en un fallo de la causa “Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A. c/ Provincia de Misiones – Dirección General de Rentas y otro s/ demanda contenciosa administrativa”. Reafirmó la facultad de la Nación.

POSADAS. La Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que “la prescripción de las obligaciones tributarias locales” se rige “por lo estatuido por el Congreso de la Nación para toda la República”, al rechazar el plazo de diez años que está en vigencia en Misiones.

El fallo correspondió a la causa “Volkswagen de Ahorro para Fines Determinados S.A. c/ Provincia de Misiones – Dirección General de Rentas y otro s/ demanda contenciosa administrativa”.

El máximo órgano de administración de Justicia atribuyó a las normas superiores lo relativo a plazos, momento de inicio y causales de interrupción o suspensión que se aplican en las obligaciones tributarias locales.

De esa manera, desestimó la postura del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Misiones que había rechazado el planteo de prescripción opuesto por la Provincia y declaró aplicable el plazo de diez años previsto en el artículo 118 del Código Fiscal provincial, entonces vigente.

En su fallo, la Corte determinó que la prescripción “no es un instituto propio del derecho público local, sino un instituto general del derecho, lo que ha justificado que, en ejercicio de la habilitación conferida al legislador nacional por el art. 75, inciso 12, de la Constitución Nacional, aquel estableciera un régimen destinado a comprender la generalidad de las acciones susceptibles de extinguirse por esa vía”.

Límite a las Legislaturas

En consecuencia, “las legislaturas locales no se hallaran habilitadas para dictar leyes incompatibles con las previsiones que al respecto contenían los códigos de fondo”, remarcó la Corte con las firmas de Elena Highton de Nolazco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti.

Y añadió que los hechos del caso “no deben ser juzgados a la luz del nuevo Código Civil y Comercial ni sobre la base del principio de la aplicación inmediata de la nueva ley, sino de conformidad con la legislación anterior”.

Ello debido a que “no se ha controvertido en autos que la deuda tributaria reclamada en concepto del impuesto sobre los ingresos brutos responde a los períodos fiscales comprendidos entre los años 1987 y 1997. Esto es, que fue constituida y se tornó exigible bajo la vigencia de la ley anterior”.

Además “su determinación de oficio ha sido realizada varios años antes del dictado del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación y, que lo mismo ha ocurrido con la decisión final adoptada por la administración, de manera tal que el plazo de prescripción para reclamar el ingreso de aquel tributo, se ha iniciado y ha corrido durante la vigencia del antiguo régimen”.

En dicho tramo, la Corte citó la resolución 2506/02 de la Dirección General de Rentas de Misiones del 18 de diciembre de 2002 y la resolución 183, del 4 de mayo de 2005 del Ministerio de Hacienda, Finanzas Obras y Servicios Públicos de la Provincia de Misiones.

Disidencia

En disidencia, Rosatti, opinó que las provincias, y obviamente la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, “cuentan con competencia para regular la prescripción de la acción tributaria en toda su extensión; esto es, en cuanto refiere a los poderes del Fisco para reclamar sus tributos (el plazo, la forma de cómputo y las causales de suspensión y/o interrupción) y en lo atinente a la acción de repetición”.

Añadió que “tampoco importa habilitar a las jurisdicciones locales a fijar plazos excesivamente extensos, disponer causales de suspensión o interrupción improcedentes, o habilitar modos de computar los plazos que tiendan a perjudicar a los contribuyentes”.

“Los poderes fiscales provinciales y municipales -tal como ocurre con el nacional- se encuentran sujetos a los principios constitucionales de la tributación y, con particular referencia al caso, al principio de razonabilidad”, puntualizó.

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El CGE adhirió al traslado del asueto por el 8M y el lunes no habrá clases

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8M cge

Tras el decreto firmado por el gobernador Hugo Passalacqua, que trasladó del domingo 8 al lunes 9 de marzo el asueto administrativo por el Día Internacional de la Mujer, el Consejo General de Educación (CGE) adhirió a la medida y por lo tanto ese día no habrá clases en las escuelas misioneras.

La adhesión se confirmó esta mañana, a partir de una circular firmada por autoridades del ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la provincia.

De esta manera, las clases del lunes quedaron suspendidas para todos los niveles educativos.

El traslado del asueto por el Día de la Mujer fue establecido por el gobernador mediante el decreto 328/2026, firmado ayer.

En los considerandos del decreto se señala que se busca posibilitar la participación en actividades vinculadas a la conmemoración del Día Internacional de la Mujer y promover instancias de reflexión y concientización sobre sus derechos.

El beneficio alcanza a las mujeres que se desempeñan en la administración pública central, entes autárquicos y organismos descentralizados de la provincia.

Passalacqua trasladó al 9 de marzo el asueto por el Día de la Mujer

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Docentes de Unam adhieren a paro nacional universitario del 16 al 20 de marzo

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La Asociación de Docentes de la Universidad Nacional de Misiones (Adunam), como parte del conjunto de las asociaciones de base que conforman la Conadu Histórica, decidieron profundizar su plan de lucha por mejoras salariales, presupuestarias y la aplicación inmediata de la Ley de Financiamiento Universitario, por lo que iniciarán una semana de paro desde el lunes 16 hasta el viernes 20 de marzo

A través de un comunicado, detallaron que el Congreso Extraordinario de Conadu Histórica resolvió “profundizar el plan de lucha en forma planificada con paros de duración semanal frente al brutal ajuste instrumentado por el gobierno nacional de Javier Milei y en reclamo por la aplicación de la Ley de Financiamiento Universitario”. 

Además del paro que iniciará en la semana del 16 de marzo, sumarán otras acciones la semana del 24 de marzo a 50 años del Golpe de Estado de 1976, un paro a partir de la semana del 30 y una evaluación el miércoles 1 de abril “para continuar intensificando el plan de lucha, si no hay respuesta a los reclamos”.

Simultáneamente, resolvieron concretar una nueva marcha nacional de las universidades públicas, “en unidad con todos los sectores universitarios y la sociedad en su conjunto”. 

El Congreso Extraordinario de la Conadu también resolvió convocar al paro internacional feminista y transfeminista previsto para el 9 de marzo, “reafirmando el compromiso histórico de la docencia de las universidades con las luchas del movimiento de mujeres, lesbianas, travestis, trans y no binaries, y con la defensa de los derechos laborales y sociales en perspectiva de género”, apuntaron en el mismo documento.

De esta manera, el nuevo tramo del plan de acción directa se desplegará a partir del 16 de marzo, fecha en la que las actividades académicas estarán en marcha en la mayoría de las universidades públicas de todo el país, incluyendo Misiones. 

Reunión del Congreso Extraordinario de la Conadu Histórica

Finalmente, recordaron que en instancias anteriores, fue votada la realización de un paro por 48 horas en caso de que se trate en el Congreso el proyecto de Milei que pretende derogar la Ley de Financiamiento vigente y reemplazarla por un 12,3% de aumento en tres cuotas, por debajo del 52% establecido por la ley vigente. 

El gobierno nacional se niega a cumplir la Ley de Financiamiento Universitario que el Congreso Nacional aprobó, sostuvo cinco veces y también fue ratificada por la justicia”, repudiaron en el comunicado. 

Y agregaron: “Esto implica una flagrante violación a las normas básicas de la democracia representativa, la constitución y la institucionalidad de la Nación. El presidente de la Nación está poniendo en riesgo las actividades académicas, perjudicando a 2 millones de estudiantes, casi 200 mil docentes y 50 mil nodocentes”. 

“Los salarios han caído por debajo de la línea de pobreza, generando la renuncia de más de 10 mil docentes, cortando las vocaciones académicas y dañando los equipos de cátedra. Este deterioro, a su vez, empuja a las obras sociales a la quiebra, porque dependen del aporte salarial. La universidad pública de calidad es un derecho. Universidad pública siempre, con salarios dignos”, concluyeron.

Paro nacional universitario por 96 horas en reclamo de ley de financiamiento

 

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Arenero clausurado en Candelaria: “Es una persecución de la EBY”

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Candelaria

El empresario Jorge Muniagurria, de la arenera JM, la firma clausurada por la Municipalidad de Candelaria hace varios meses, afirmó que la situación que enfrenta, y que ya judicializó, “es una persecución de la EBY (Entidad Binacional Yacyretá) en connivencia con el intendente Carlos Flores”.

El empresario sugirió que, lo sucedido con su emprendimiento en Candelaria, “se inscribe en la metodología que quiso aplicar Yacyretá con el Liceo Storni y los clubes náuticos de la orilla de El Brete”, en referencia a la avanzada de la Binacional sobre los predios costeros de Posadas, atribuida al asesor Ignacio Nacho Palacios, que en la práctica parece fungir de director ad hoc de la EBY por encomienda de Santiago Caputo.

La Aranera JM Sociedad Anónima comenzó las actividades en 2003, aunque la trayectoria de Muniagurria suma más de 40 años vinculada al río, y desde 2014 opera con la Certificación ISO 9001, acreditando calidad del servicio, peso exacto y transporte seguro.

“Yacyretá se puso en modo inmobiliaria y empezó a apretar a las areneras que operan en predios cedidos en comodato un aporte anual de 10.000 metros cúbicos del mineral”, ilustró el empresario.

“A mi me citó el ingeniero (René) Martinángeli y me dijo que había cambiado el concepto de la EBY sobre los comodatos y que iban a empezar a cobrarnos un alquiler”, contó Muniagurria, en diálogo con La Voz de Misiones, sobre la única charla que tuvo con el ex jefe del Departamento de Obras Complementarias (DOC), reemplazado por Juan Pablo Arrechea, tras la asunción de Diego Luis Adúriz como nuevo director ejecutivo de la margen argentina.

“Yo le manifesté que soy relocalizado de la EBY. Mi actividad la desempeñaba sobre el arroyo Garupá, del lado del municipio de Garupá, en un terreno privado, y me relocalizaron del lado de Candelaria”, comentó Muniagurria.

“Yo soy relocalizado y no tengo por qué pagar ningún alquiler”, insistió y completó: “Estoy ahí, porque la suba del embalse cambió la costa, o sino seguiría del otro lado, en un terreno privado, como hice la mayor parte de mi vida”.

Ilegal

“La Municipalidad nos ha clausurado en forma ilegal”, remarcó el empresario arenero y repasó los pormenores del conflicto que mantiene con la administración del intendente Flores, que, recientemente, elevó al Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia.

“El municipio aduce que no cumplimos con normas ambientales y que no cumplimos con el pago del tributo municipal”, comentó Muniagurria y afirmó: “Estos argumentos son falsos”.

“El tributo municipal pagamos vía cuenta bancaria, lo depositamos en el banco Macro. Y el certificado ambiental lo hemos presentado junto con el estudio de impacto ambiental provincial”, señaló.

“Ellos aducen que tienen una ordenanza que nos exige la presentación de un estudio de impacto ambiental municipal, pero la misma no está reglamentada”, argumentó el arenero.

“Hemos solicitado por escrito a la municipalidad para que nos informe del protocolo local del estudio ambiental que quieren y no tuvimos ninguna respuesta”, indicó.

Recordó que también recurrió por nota al subsecretario de Asuntos Municipales de la provincia y que tampoco obtuvo ningún tipo de respuesta; además de que, en una consulta al Boletín Oficial de Misiones, comprobaron que la reglamentación de la ordenanza de impacto ambiental, que le exige el intendente Flores, “tampoco fue publicada nunca”.

“Esta situación nos afecta muchísimo porque no podemos trabajar, en una época donde la actividad está parada por falta de obra pública y privada”, se quejó el empresario. “Tenemos personal ahí que estamos abonando”, contó Muniagurria y agregó: “No hemos despedido a nadie, seguimos aguantando”.

Clausurada por la Municipalidad de Candelaria, la planta de acopio de la arenera no funciona desde hace varios meses.

Diezmo

En otro tramo de la charla con LVM, Muniagurria volvió a su reunión con Martinángeli y el diezmo de arena exigido a quienes tienen contratos de comodato por predios costeros.

Contó que el ex jefe del DOC, lo intimó a cumplimentar con lo exigido por la Municipalidad de Candelaria y que nunca respondió a la nota que le envió, posteriormente, adjuntándole toda la documentación que remitió al municipio.

“Le hemos adjuntado lo que pagamos y el certificado provincial con el estudio ambiental, la misma documentación que le presentamos a la municipalidad, y nunca contestó”, indicó el arenero.

“Me cuesta creer que esto sea una coacción de la EBY porque no pueden cobrarme el alquiler por mi condición de relocalizado y entonces quieren echarme”, dijo Muniagurria y comentó que, recientemente, una comitiva de inspectores de la Secretaría de Trabajo de la Nación, que opera bajo la órbita del Ministerio de Capital Humano, se presentó en el predio de la empresa en Posadas.

“Fue una inspección sorpresa, donde querían revisar si el personal que trabaja en la arenera está registrado, y por supuesto que todos están en blanco; no pudieron comprobar ninguna irregularidad y, evidentemente, la visita tiene relación con la situación en Candelaria”, afirmó.

“Yo he tomado conocimiento de que, a mis colegas de Santa Ana, la EBY le ha hecho firmar por un aporte de 10.000 metros cúbicos de arena anuales”, señaló y opinó: “Eso no corresponde, porque la EBY no es una inmobiliaria”.

-¿Cuánto es el valor del diezmo de arena exigido?, le preguntó LVM.

“Entre 65 y 70 millones de pesos”, indicó Muniagurria y concluyó: “Ningún arenero tiene condición hoy de pagar eso”.

El empresario debió retirar todo el mineral y transportarlo al corralón de la empresa en Posadas.

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