Provinciales
Habilitan fiestas y eventos de hasta 100 personas vacunadas en Misiones
A partir del 1 de agosto, se podrán realizar eventos sociales y fiestas familiares de hasta 100 personas vacunadas con al menos una dosis. Baile, sólo en la burbuja.
La resolución 2.303 del Estado provincial, firmada ayer 30 de julio y que deberá ser refrendada por cada municipio, aprobó el “Protocolo de actuación sanitaria para fiestas seguras y organizaciones de eventos culturales”, el cual establece las medidas para la realización de las actividades sociales.
El decreto lleva la firma de los ministros de Cultura, Joselo Schuap, de Salud, Oscar Alarcón, de Trabajo, Silvana Giménez, y el de Gobierno, Marcelo Pérez, quienes suscribieron la resolución, la cual alcanza a “casamientos, fiestas familiares, de cumpleaños, de 15, agasajos, conferencias de prensa, disertaciones, desayunos almuerzos o cenas de trabajos”, una disposición esperada por el sector de trabajadores dedicados a la organización de eventos y proveedores.
La medida se fundamenta en la tendencia a la baja de casos nuevos de coronavirus y en lo avanzado de la campaña de inmunización, que ya alcanzó a 600 mil misioneros con al menos una dosis de las vacunas que se distribuyen en el país.
En tanto, también se direcciona a bajar la incidencia de las fiestas clandestinas, que proliferan en toda la provincia cada fin de semana.
Las claves
- Se autoriza a salones de eventos y clubes debidamente habilitados a una ocupación de hasta un 90% de la capacidad del local, siempre respetando las medidas de bioseguridad y con un máximo de 100 personas, contemplando la conformación de “burbujas sanitarias” para las familias y grupos sociales.
- No se podrá utilizar sistemas de humo artificial o similares, ya que pueden afectar la ventilación del lugar.
- Está prohibido el uso de pistas de bailes. Se podrá bailar únicamente con el respectivo grupo o burbuja sanitaria en cada mesa, manteniendo el distanciamiento con otras burbujas.
- En shows, espectáculos musicales o de animación, se deberá mantener un espacio de seguridad de tres metros entre el público y el escenario.
- Los horarios de funcionamiento permitidos, el control y la fiscalización de la implementación y cumplimiento del protocolo estarán a cargo de la autoridad municipal competente.
- Pasaporte Sanitario: para el ingreso a los establecimientos habilitados será obligatorio presentar el carnet de vacunación (físico o digital) emitido por la autoridad sanitaria competente. El grado de inmunización obligatorio será de por lo menos una dosis de la vacuna contra el Covid-19.
Deportes: con mascarilla y sin público
Además de los eventos sociales, también volverán las competencias deportivas, aunque todavía sin público. Entre las disciplinas que podrán volver a competir se encuentran el hockey, aguas abiertas, atletismo, tenis, gimnasia aeróbica, ciclismo, canotaje, esquí náutico, boxeo y automovilismo deportivo.
Asimismo, el protocolo establece que los deportistas y atletas deberán usar el barbijo, antes, durante y después de los encuentros. Respecto del uso de baños y de vestuarios, algunas federaciones autorizaron la utilización común de estos espacios, mientras que otras no.
Las únicas federaciones que autorizaron en forma reducida la asistencia de público son la de tenis y esquí acuático. En las competencias donde participen menores de 12 años y personas con discapacidad, podrán disponer de un acompañante.
Provinciales
Arenera rechazó intimación de la EBY y advirtió sobre acciones penales
La Arenera JM rechazó la intimación que le formulara la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) a regularizar -en un plazo de 72 horas- los requerimientos que la Municipalidad de Candelaria hizo a la empresa y que llevaron a su clausura preventiva hace más de 20 días, un procedimiento que la compañía minera tachó de “arbitrario e irregular”.
En una nota de descargo, fechada el 2 de diciembre, la empresa no solo rechazó la intimación que le llegó de la EBY por intermedio del jefe del Departamento de Obras Complementarias (DOC), René Martinangeli, sino que previno al funcionario sobre las consecuencias legales de persistir en requerimientos que avalen lo actuado por la Municipalidad, cuyo accionar está a las puertas del foro judicial penal.
Inexistentes
“Me dirijo a Ud., en mi calidad de representante legal de la firma J.M. S.A. a fin de responder la nota fechada el 26/11/2025, por la cual se me requiere ‘regularizar’ la situación conforme a las responsabilidades asumidas en la cláusula IV del Contrato de Comodato oportunamente celebrado por este parte, bajo apercibimiento de iniciar los trámites de rescisión del referido instrumento; aduciendo como fundamento el apercibimiento y clausura preventiva dispuesta por la Municipalidad de Candelaria, mediante la Resolución N° 02/25”, reza el escrito firmado por el abogado Fernando Canteli y el propietario de la empresa minera, Jorge Muniagurria.
“Sobre el particular, rechazo tempranamente vuestra intimación de regularizar la situación”, continúa y detalla las “irregularidades”, detectadas y recusadas por la empresa, del procedimiento de clausura del predio donde opera en la costa del río Paraná, cedido en comodato por la EBY en 2017, como resarcimiento del emplazamiento original afectado por la suba del embalse de la represa.
“La primera de tales circunstancias es que la clausura de mención, es ‘preventiva’ e inclusive no se halla firme, ya que se ha interpuesto ante el Sr. Intendente el Recurso Jerárquico respectivo; sin perjuicio de acotar que luego de ello se abre la vía contenciosa administrativa ante los órganos judiciales correspondientes”, explica la nota.
El escrito le informa al ingeniero Martinangeli que la Resolución 02/25 de la Municipalidad de Candelaria, invocada por el funcionario de la EBY en la intimación a la empresa, “ha sido dictada por un funcionario inexistente” y “una reglamentación inexistente”, y por lo tanto “ilegal”.
“El municipio de Candelaria carece de Carta Orgánica, por lo cual se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades; en dicha norma legal, no se regula la creación de una ‘Secretaria de Planificación Catastro y Medio Ambiente’, limitándose a señalar la necesidad de dictar las pertinentes ordenanzas que prevean las distintas secretarías con sus respectivas atribuciones y funciones”, explica y remarca: “No existe… en la Municipalidad de Candelaria un organismo (en este caso secretaría) que tenga las facultades de apercibir, intimar y/o clausurar actividades fundadas en el supuesto incumplimiento de normas municipales”.
“Así de grave se presenta la cuestión ya que nos vemos expuestos a actuaciones de funcionarios municipales cuyas funciones no están regladas en absoluto en ningún texto legal”, advierte la nota.
Agrega que “en una consulta dirigida al Boletín Oficial de la Provincia de Misiones, surge que no solamente no está publicada la Carta Orgánica del Municipio de Candelaria, sino que tampoco se halla publicado el supuesto Decreto Reglamentario 4/12”.
El empresario y su abogado le recuerdan al alto funcionario de Yacyretá, que si una norma jurídica, cualquiera sea su naturaleza, “no está correctamente publicada, no existe en el derecho positivo argentino”, por lo que la clausura preventiva del predio de la empresa “es absolutamente infundada e ilegal”.
“No cabe duda alguna que la simple exposición de los hechos resulta más que suficiente para dejar sin efecto la intimación sobre la regularización que me fuera cursada”, dice la respuesta de la empresa a la nota de Martinangeli, donde la EBY intima a la arenera a resolver lo relativo a la clausura, so pena de rescindirle el contrato de comodato.
Prevenidos
En otro tramo del escrito, el empresario y su abogado relatan al jefe del Departamento de Obras Complementarias que la Municipalidad de Candelaria rechazó, de manera “arbitraria y sin ningún tipo de fundamento”, la información tributaria y contable de la empresa, que le habían exigido en virtud de la recusada Resolución 02/25.
“El acto administrativo, en este caso la resolución N° 02/25, que contiene este tipo de calificación, automáticamente, es nulo en el plano judicial por carecer de motivación adecuada y abrir las puertas a la absoluta arbitrariedad”, señalan.
“Antes de terminar, debo señalar que tales actuaciones municipales merecen, largamente, las pertinentes denuncias penales por abuso de autoridad y violación de los deberes del funcionario público (art. 248 y ccts. del Código Penal Argentino), que serán presentadas en corto plazo”, anuncia el escrito de Muniagurria y Canteli.
En tal sentido, previenen a Martinangeli de avanzar con la intimación expresada en su nota a la empresa “para no hacer extensivas a terceros las denuncias pertinentes”, y le advierten “que cualquier decisión que avale el accionar delictivo descripto, hace pasible a los autores de tal confirmación de las mismas imputaciones”.
“Todo ello, sin perjuicio atento a los ingentes daños y perjuicios que me provoca el accionar referido, de iniciar oportunamente las acciones contra los funcionarios intervinientes, en procura de las indemnizaciones que me corresponden”, finaliza la nota al jefe del DOC.
Nota descargo EBY (2-12-25)
Provinciales
Passalacqua anunció el pago del Intercosecha a más de 6400 tareferos
El gobernador Hugo Passalacqua informó que el pasado lunes se realizaron los depósitos correspondientes al primer pago del programa Intercosecha, beneficio que alcanza a más de 6400 tareferos durante el período de inactividad del sector yerbatero.
“Informo que desde el lunes 1 de diciembre ya están depositados en las cuentas del Banco Nación el Primer Pago del Programa Intercosecha”, anunció el mandatario provincial a través de su cuenta personal de “X” sobre la suma que rondaría los $123.000.
El anuncio llegó en un contexto clave para miles de trabajadores rurales que dependen de esta asistencia, como es el caso de los tareferos que dependen de la yerba mate y que -ante la crisis económica que atraviesa el sector- se verán imposibilitados de trabajar ya que varios productores decidieron adherirse al paro de cosecha de verano (zafriña) en reclamo de un mejor precio de la hoja verde.
Informo que desde el lunes 1 de diciembre ya están depositados en las cuentas del Banco Nación el Primer Pago del Programa Intercosecha.
Este beneficio alcanza a más de 6.400 trabajadores de la cosecha de la yerba mate en los meses de receso de la actividad. Para más información…
— Hugo Passalacqua (@passalacquaok) December 3, 2025
Actualmente el valor de referencia de la materia prima fijado por el Inym es de $423,99, aunque los secaderos y molinos pagan alrededor de $180 por kilo al productor.
El gobernador también detalló en el mismo posteo que el beneficio alcanza a más de 6.400 trabajadores de la cosecha en los meses de receso de la actividad.
De esta manera, el programa tiene como objetivo asistir a los trabajadores rurales temporarios en los períodos entre cosechas, mediante una asistencia económica que busca reducir la vulnerabilidad laboral.
El mismo es desarrollado de manera conjunta entre el Gobierno de Misiones y el Ministerio de Trabajo y Empleo a través del Sistema de Tareferos Misioneros (Sitami).
Provinciales
Extienden hasta el 19 de diciembre la vigencia del Boleto Estudiantil
El Boleto Estatal Estudiantil Misiones (BEEM), que en principio iba a funcionar hasta el 5 de diciembre, fue prorrogado hasta el viernes 19, cuando culminarían las mesas de exámenes en distintas instituciones educativas.
El anuncio lo hizo el propio gobernador, Hugo Passalacqua a través de sus redes sociales, donde apuntó: “Con el compromiso de acompañar a los estudiantes en los exámenes del último tramo del año anuncio la prórroga del Boleto Estatal Estudiantil Misionero, que inicialmente llegaba hasta el 5 de diciembre, hasta el viernes 19, para todos los niveles y en todas las modalidades de servicio de transporte público”.
Con el compromiso de acompañar a los estudiantes en los exámenes del último tramo del año, anuncio la prórroga del Boleto Estatal Estudiantil Misionero, que inicialmente llegaba hasta el 5 de diciembre, hasta el viernes 19, para todos los niveles y en todas las modalidades de…
— Hugo Passalacqua (@passalacquaok) December 1, 2025
El pasado 8 de octubre el beneficio cumplió 10 años y celebró la adhesión de 400.000 usuarios en Posadas, Oberá e Iguazú.
De esta manera, fue mediante un proyecto de ley aprobado hace una década que miles de alumnos de los distintos niveles y modalidades educativas accedieron al transporte público urbano e interurbano, en condiciones más equitativas y derribando las barreras económicas que históricamente dificultaron la permanencia e incluso el egreso escolar.
Se trata de un servicio mancomunado entre el Consejo General de Educación de Misiones y la Municipalidad de Posadas, y favorece a los alumnos de los niveles inicial, primario, secundario y universitario.
A su vez, es solventado en su totalidad por el Gobierno provincial, con el objetivo de garantizar el acceso al transporte público a los estudiantes misioneros.
El boleto estudiantil cumplió diez años y superó los 400.000 beneficiarios
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