Política
El gobierno cede y acuerda 100 cambios en proyecto de Ley Ómnibus
Luego de advertir que no negociaría el paquete de reformas que se discute desde hace dos semanas en el Congreso, el gobierno de Javier Milei reculó y aceptó modificar 100 artículos del proyecto conocido como Ley Ómnibus.
Entre los puntos sobresalientes de las modificaciones al texto original del proyecto de ley enviado al Congreso el 27 de diciembre, figuran acotar los superpoderes solicitados por Milei, la eliminación de retenciones a todas las economías regionales y la eliminación de YPF de la lista de empresas públicas sujetas a privatización.
La Casa Rosada le hizo llegar este viernes al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, un borrador con las modificaciones negociadas con la oposición legislativa más amigable con el gobierno, en sintonía con los reclamos que los gobernadores le hicieron al ministro del Interior, Guillermo Francos.
Como contrapartida, el bloque de Unión por la Patria (UxP) adelantó su rechazo al proyecto, independientemente de las modificaciones aceptadas por el gobierno, y convocó a apoyar el paro y la movilización convocado por la CGT para el próximo lunes 24, que promete ser masiva con la participación de las otras centrales obreras, organizaciones sociales y partidos de izquierda.
En el borrador de la Casa Rosada, no fue incluida el capítulo referente a la reforma previsional, aunque en el entorno del ministro Francos se aseguró que el tema sigue en discusión y no se descarta que se incorporé al texto que el gobierno espera poder convertir en ley la semana próxima.
Las modificaciones
Título I – Emergencia
Se limita el plazo de vigencia de la emergencia de 4 años (2+2) a 2 años (1 año + 1 año prorrogable por el Poder Ejecutivo).
Eliminación de emergencia de Defensa, Social y Sanitaria.
Se eliminan y revisa redacción de algunas bases de delegación a partir de sugerencias realizadas.
Título II – Reorganización administrativa
Se limita el ámbito de aplicación solo al Sector Público incluido en el Art 8 de la 24.156. Se elimina a las entidades con participación concurrente minoritaria del ámbito de aplicación.
FGS. Se establece como requisito que el Poder Ejecutivo Nacional para poder liquidar dichos activos (luego de ser transferidos) deberá contar con un dictamen previo favorable de la Comisión Bicameral de Reforma del Estado y del Seguimiento de las Privatizaciones establecida en la Ley 23.696.
Pesca
Se mantiene la obligación de desembarcar en Argentina.
Se aclara que el sistema de licitaciones no va a ser internacional.
Se mantienen los requisitos actuales con respecto a la tripulación local.
Hidrocarburos
Inclusión de la aclaración “Nacional o Provincial, según corresponda” para evitar cualquier duda sobre competencias de las Provincias en la materia, en todo el articulado.
Compatibilización con los principios del art. 3° de la ley 26.741.
Eliminación de la mención a “empresas estatales” y la obligación de vender al “export parity”.
Condicionamiento del derecho a exportar sujeto a (i) los requisitos habituales vinculados al acceso de los recursos técnicamente probados; y (ii) que la objeción en caso de ocurrir por parte de la Secretaría de Energía esté fundada por motivos técnica o económicamente en la seguridad del suministro.
Establecimiento de requisitos para la solicitud de reconversión de convencional a no convencional: conforme plazos que fije el Poder Ejecutivo, y se extiende por 10 años desde el vencimiento del plazo original. Posibilidad de extender por otros 10 años adicionales en función de amortización de inversiones.
Límite máximo de hasta 10 años para plazos más extensos que los fijados por la ley. En ningún caso, la concesión puede ser fijada a perpetuidad.
Respeto de los plazos establecidos por el marco legal existente a la fecha de aprobación de esta ley en las concesiones de explotación y concesiones de transporte otorgadas con anterioridad.
Se mantiene la Facultad de las provincias de controlar el plan de inversiones (No se derogan el Art 32 y 33).
Establecimiento de un régimen de autorizaciones de transporte de Hidrocarburos, con libre acceso.
Establecimiento de un régimen de habilitación para el procesamiento de hidrocarburos.
Regulación de la actividad de almacenaje de hidrocarburos bajo régimen de autorizaciones.
Mantenimiento del Pliego Modelo elaborado en forma conjunta por las Provincias y la Secretaría de Energía de la Nación.
Se mejora redacción y precisión del inciso de Fondos Fiduciarios y de afectación especifica. Se elimina la delegación con respecto a los servicios periféricos.
Se incluye en la delegación del marco normativo del sistema de contrataciones públicas los principios del Decreto 1023, la regla de licitación pública y la referencia a estándares de transparencia.
Se elimina YPF del listado de empresas a privatizar. Se incluye el procedimiento de informar a la Comisión Bicameral creada en la Ley 23.696.
Se agrega inciso c) con el fin de aumentar el control del Estado ante la posible privatización de Nucleoeléctrica Argentina.
Se mantiene como obligatoria la tenencia por parte del Estado de una acción con derecho a veto con respecto al cierre de actividad de nucleoeléctrica.
Se aclara que las unidades de auditoría interna van a ser nombradas y removidas por la SIGEN para evitar relación jerárquica entre controlante y controlado.
Se mantienen los requisitos actuales para el Síndico General de la Nación en 8 años (Se elimina Art 22).
Se mantienen los requisitos actuales para la Oficina Anticorrupción (Se elimina Art 24).
Se extiende el alcance de las prohibiciones para la función pública a todos los empleados públicos. Se incluye en las prohibiciones de la función pública la de permitir la colocación o utilización de símbolos partidarios o electorales en edificios, vehículos y muebles públicos.
Se aclara que la intervención de la SIGEN y Procuración es en forma previa a los acuerdos transaccionales y no en la reglamentación.
Se acota el alcance de las facultades para la renegociación y rescisión de contratos (Art 33).
Título III – Reorganización Económica
Se elimina Capítulo de Ley de sociedades.
Régimen de Regularización.
Se agrega la exclusión a convivientes.
Limitar en sujetos excluidos a las personas que son funcionarios o fueron hasta hace 5 años.
Se incorpora cláusula para que los no residentes no pueden regularizar bienes a nombre de terceros.
Bienes personales
Se incluye beneficio a contribuyentes cumplidores (Art 187). Reducción de alícuota por tres años.
Derecho de Exportación (Continuación)
Ajuste del canon por precio del barril.
Ajuste del canon anual por barriles.
Causal de nulidad de cualquier adjudicación de permisos o concesiones al vencimiento de los plazos originales sin mediar una licitación pública y abierta.
Biocombustibles
Se fijó un plazo de 18 años para que las mezclas con combustibles fósiles sean producidas en instalaciones situadas en la República Argentina, utilizando materias primas nacionales.
Se fija un régimen de % obligatorios en volumen.
Para biodiesel, establecimiento de un cronograma de cortes o mezclas obligatorias de biodiesel, en % en volumen progresivos en aumento hasta el año 2026. A partir del 12,5% y no antes de 3 años de la Ley, se propondrá al Congreso aumentos progresivos de porcentaje de mezcla o corte obligatorio hasta alcanzar el 15%. En la zona patagónica el porcentaje de mezcla o corte será del 10% hasta tanto se solucionen cuestiones técnicas y/o de infraestructura.
Para bioetanol, establecimiento del 12% en volumen como porcentaje de mezcla obligatorio. Durante los primeros dos (2) años, se podrá disponer un incremento hasta el 15%. A partir del 15% y no antes de 3 años de la entrada en vigencia, se propondrá al Congreso aumentos progresivos de porcentaje de mezcla o corte obligatorio hasta alcanzar un porcentaje entre el 18 y el 27%.
Cuando la mezcla o corte obligatorio supere el 15% para el biodiesel o el 18% para el bioetanol, las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos estarán autorizadas a participar en las licitaciones previstas en el régimen únicamente en el volumen excedente a los porcentajes de mezcla o corte antes mencionados. En ningún caso, la participación de las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos podrá ser superior al 15% del volumen excedente.
La autoridad de aplicación puede exceptuar los % señalados únicamente en caso de escasez general y comprobada de materia prima.
Régimen único de licitaciones transparentes, de acceso público para la determinación de volúmenes y precios en el abastecimiento de biocombustibles.
Para biodiesel, límite de adjudicación máxima del 14% por empresa, de su capacidad instalada registrada, y respeto de la relación entre la producción real propia y a façón, y la capacidad instalada del conjunto de empresas que producen materia prima (empresas integradas), sea igual a la del conjunto de las restantes empresas elaboradoras.
Para bioetanol, límite de adjudicación de su capacidad instalada registrada. Hasta el 31 de diciembre de 2030, para el bioetanol a base de caña de azúcar se respetará el volumen anual promedio del período 2021 – 2023. Efecto: se asegura un volumen de bioetanol de caña hasta 2030 en base a lo entregado en los últimos años; pueden tener más volumen si por precio les corresponde en la licitación.
Para bioetanol y biodiesel, en el caso de que los precios adjudicados superen los precios internacionales de importación, los vendedores de biocombustibles deberán vender al precio de importación vigente en cada momento.
No se deroga la exención de los biocombustibles del impuesto a los combustibles líquidos y al impuesto al carbono.
Energía Eléctrica
Aclaración en las bases de delegación del mantenimiento en la cuestión tarifaria de los principios tarifarios de las leyes 24.065 y 24.076.
Fondos Fiduciarios
Aclaración que los beneficios previstos en el art. 75 de la ley 25.565 y la ley 27.637 (Zona Fría) estarán comprendidos en la reasignación de subsidios a realizar conforme el DNU 70/23.
Transición Energética
Inclusión de las provincias en las mesas técnicas de trabajo para el diseño del modo de asignación de derechos de emisión y la implementación del modo para establecer los límites de derechos de emisión anuales.
Legislación ambiental
Reconocimiento expreso del acuerdo de las provincias para la legislación ambiental armonizada.
ley omnibus-modificacionesPolítica
Safrán confirmó adelanto financiero de Nación: “Un pago a cuenta de deudas”
El ministro de Hacienda, Adolfo Safrán, salió al cruce de las publicaciones de medios nacionales que presentan la decisión de la Casa Rosada de auxiliar financieramente a 12 provincias, entre las que se encuentra Misiones, como un resarcimiento por el apoyo a las iniciativas legislativas del gobierno en el Congreso.
Safrán descargó la posición del Ejecutivo Provincial en una publicación en su cuenta de X, titulada “Defensa de los recursos misioneros en un contexto económico complejo”, donde señala que la provincia acepta los fondos anunciados por la Casa Rosada a cuenta de las deudas que Nación tiene con Misiones.
“A propósito de lo que ha salido publicado en algunos medios nacionales acerca del adelanto financiero que recibiremos algunas provincias, me permito explicar”, escribe el ministro de Hugo Passalacqua.
“Ante la caída de la coparticipación y la recaudación provincial —que representan una pérdida de $40.000 millones mensuales debido a la fuerte disminución de la actividad económica en el país— #Misiones ha tomado una decisión estratégica”, contextualiza Safrán.
“Aceptamos un adelanto financiero del Estado Nacional equivalente a un cuarto de lo que nos ofrecieron, pero con una premisa clara: estos fondos son, en realidad, un pago a cuenta de las deudas históricas que la Nación mantiene con nuestra provincia”, apunta.
“¿Qué nos debe Nación?”, pregunta Safrán y puntualiza: “Compromisos de Consenso Fiscal”, “Financiamiento de ANSES para la caja previsional”, y “Regalías de energía y programas de obras nacionales”.
“Este adelanto -sostiene- se cancelará en el corto plazo dentro de este año, funcionando como un puente financiero mientras seguimos gestionando y exigiendo que se destraben los fondos que legítimamente les corresponden a todos los misioneros”.
Una ganga
Además de la tierra colorada, el anticipo financiero incluye a las provincias de Catamarca, Chaco, Chubut, Corrientes, La Rioja, Mendoza, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán.
Se trata de un total de $400.000 millones, distribuidos de acuerdo a la situación financiera de cada provincia y sujeto al porcentaje de coparticipación que recibe cada.
En rigor, equivale a una suerte de “préstamo”, ya que desde el equipo que trabajó en el decreto – el jefe de Gabinete Manuel Adorni, los ministros de Economía, Luis Caputo, y del Interior, Diego Santilli, y el mismo presidente Javier Milei-, se argumenta que la medida evita que las provincias “salgan al mercado para afrontar sus desafíos y corran el riesgo de endeudarse con intereses del 30% y 45% aproximadamente”, según publica el portal LPO.
“El Ejecutivo le ofrece esta posibilidad a las provincias cobrándole un 15% de interés, muy por abajo de lo que significaría endeudarse en el mercado”, señala la noticia.
Defensa de los recursos misioneros en un contexto económico complejo
A propósito de lo que ha salido publicado en algunos medios nacionales acerca del adelanto financiero que recibiremos algunas provincias, me permito explicar:
Ante la caída de la coparticipación y la… pic.twitter.com/q0YJFuTTVy
— Adolfo Safrán (@adolfosafran) April 2, 2026
Política
Abogado de yerbateros: “Vamos por la inconstitucionalidad del DNU”
El gobernador Hugo Passalacqua recibió este miércoles a productores yerbateros que avanzan en una estrategia judicial clave: una presentación en el fuero federal para declarar la inconstitucionalidad de las modificaciones que afectaron al Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym). La provincia anticipó su acompañamiento institucional, en una jugada con peso político y jurídico en el actual escenario nacional.
El eje de la medida no es menor. Según confirmó el abogado que lleva adelante la causa, Federico Paldosky, serán los propios productores -a través de asociaciones- quienes impulsarán la acción judicial, mientras que el Estado provincial evalúa sumarse como respaldo. “Los actores de las acciones judiciales son los productores a través de organizaciones. Nosotros al gobierno de la provincia le hemos pedido el apoyo institucional”, explicó.
En ese marco, una de las figuras posibles es la de “amicus curiae”, que permitiría a la provincia intervenir aportando argumentos técnicos y jurídicos sin ser parte directa del litigio. “Hay distintas formas de participar apoyando la acción y también haciendo una tarea pedagógica sobre la situación”, señaló.
Antecedente provincial
El propio Passalacqua, el 29 de diciembre de 2023, instruyó a la Fiscalía de Estado a presentar ante el Juzgado Federal de Posadas una medida cautelar en defensa de las funciones históricas del Inym, que se vieron afectadas tras la entrada en vigencia del DNU 70/2023. Ese antecedente marca la línea de acción que hoy la provincia vuelve a profundizar, ahora acompañando directamente la estrategia impulsada por los productores.
Una estrategia judicial en dos frentes
La presentación incluirá una acción principal y una medida cautelar. “Es una acción y un incidente, una medida cautelar”, detalló Paldosky, quien confirmó que la presentación se concretará en el fuero federal por tratarse de una impugnación contra decisiones del Poder Ejecutivo nacional.
“Es competencia federal ya que lo que se impugna es un acto del Poder Ejecutivo nacional”, precisó.
En ese sentido, aclaró un punto clave del debate público: la diferencia entre el DNU y su reglamentación. “El DNU cambia de facto la ley original del Inym sin pasar por el Congreso. Y otra cosa es el decreto reglamentario, que es una facultad del Poder Ejecutivo”, explicó.
El corazón de la demanda: inconstitucionalidad
La estrategia judicial tomará la forma de una acción declarativa de inconstitucionalidad. “Recogemos el guante que planteó la Justicia y presentamos una acción declarativa de inconstitucionalidad”, afirmó el abogado.
La presentación no será menor en términos técnicos: contará con 128 páginas de desarrollo jurídico, a las que se suma una cautelar de más de 60 páginas, además de un amplio cuerpo probatorio. “Hay muchísimas pruebas: informes, pericias, documentación institucional, el plan estratégico yerbatero”, indicó.
Tres ejes para cuestionar el DNU 70/23
El planteo se apoya en tres grandes bloques:
Falta de motivación: “El DNU, en lo que respecta al capítulo yerbatero, no tiene fundamentos concretos”.
Desviación de poder: “Se utilizó una facultad constitucional para beneficiar intereses particulares y no el interés general”.
Cambio en la naturaleza del INYM: “El DNU transforma al instituto en un apéndice de la gran industria”.
Según explicó el letrado, esto ya tiene efectos concretos: “Hoy ni siquiera es posible fijar precios de referencia, y eso se fundamenta en el DNU y su reglamentación”.
Alcance y respaldo
La presentación se enfocará exclusivamente en el capítulo yerbatero del decreto. “No tenemos legitimación para cuestionar todo el DNU, solo los artículos vinculados a la actividad yerbatera”, aclaró.
Del encuentro también participaron el ministro del Agro y la Producción, Facundo López Sartori; Gustavo Hein, presidente de la Federación de Cooperativas Agrícolas de Misiones (Fedecoop) e integrante de la conducción de Coninagro. Además, la medida contará con el acompañamiento de organizaciones del sector productivo a nivel nacional, como la Confederación General de la Producción (CGP) de la República Argentina, la misma que su presidente, Gastón Borsini, en una reunión días atrás, le entregó al gobernador bonaerense Axel Kicillof un documento sobre la situación del sector yerbatero a partir de la desregulación .
En este escenario, la judicialización del conflicto -ahora con el acompañamiento de la provincia- se posiciona como una estrategia central para restituir herramientas regulatorias que garanticen condiciones más equitativas en una de las principales economías regionales del país.
En un contexto nacional donde la intervención del Estado es fuertemente cuestionada, el reclamo yerbatero trasciende lo sectorial y escala al plano institucional. La disputa por el precio de la hoja verde y por el rol del Estado en la regulación de la actividad ingresa así de lleno en el terreno judicial, marcando un punto de inflexión en el conflicto.
- Foto de portada gentileza Economis
Política
Hartfield anunció demanda contra Gervasoni por video fake en su contra
El diputado nacional de La Libertad Avanza (LLA) Misiones, Diego Hartfield, anunció que iniciará acciones legales contra el presidente del Instituto de Macroeconomía Circular (Imac) y espada digital de la Renovación, Roque Gervasoni, por el resposteo en sus redes sociales de un video fake en su contra.
“Me llama la atención que un funcionario del Gobierno de Passalacqua replique videos falsos sobre mí”, dijo el ex tenista obereño, entrevistado por Radio UP, en referencia a un material viralizado esta semana, donde se acusa a Hartfield y al diputado provincial y presidente de LLA Misiones, Adrián Nuñez, de volar a Buenos Aires desde Apóstoles en jets privados pagados por la Anses y el Inym.
“Voy a avanzar con acciones legales contra Gervasoni, que hace una semana también había dicho que yo facilito la vuelta de los genocidas”, adelantó Hartfield.
“El modus operandi de estas cuentas, que no tienen un nombre, generalmente lo que hacen es, como hay un tema que está viralizado; por ejemplo, lo de los vuelos privados; entonces tiran un tema y la inteligencia de las redes sociales lo manijea mucho porque la gente se prende”, explicó.
“Cuando fue lo del caso Espert, algunos decían que yo tenía vínculos con Fred Machado. Entonces, esa es la manera de golpear, porque son videos que se viralizan mucho”, añadió.
“Pero, a mí lo que me llama la atención es que un funcionario del gobierno de Passalacqua lo postee y lo replique como si fuera una verdad total”, se quejó. “Me parece que el gobernador podría, de alguna manera, mandar una señal, educativa, de algún tipo de apercibimiento a su funcionario”, agregó.
“Yo voy a hacer acciones legales porque no es un dato menor”, lanzó el legislador obereño. “Una cosa es que un video de alguien que no sabemos quién es, y otra cosa es que un funcionario del gobierno, el señor Gervasoni, que ya había dicho hace una semana que yo facilito la vuelta de los genocidas, ahora repite esto”, distinguió Hartfield y afirmó: “Creo que amerita una denuncia penal y que él explique a la Justicia por qué dice esto”.
El ex tenista desmintió, asimismo, que desde LLA Misiones se haya amenazado de muerte al hijo del presidente del Imac, que, ayer, en otro posteo de Facebook, subió dos capturas de pantalla del usuario Lucho4x4, seudónimo de Luis Burg, a quien Gervasoni describió como “tipo violento”, que “tiene una casa de computación en San Vicente” y cuya hermana “trabaja para Martín Arjol“.
“Yo te puedo asegurar que La Libertad Avanza no tiene nada que ver con eso”, afirmó Hartfield.
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