Política
El gobierno cede y acuerda 100 cambios en proyecto de Ley Ómnibus
Luego de advertir que no negociaría el paquete de reformas que se discute desde hace dos semanas en el Congreso, el gobierno de Javier Milei reculó y aceptó modificar 100 artículos del proyecto conocido como Ley Ómnibus.
Entre los puntos sobresalientes de las modificaciones al texto original del proyecto de ley enviado al Congreso el 27 de diciembre, figuran acotar los superpoderes solicitados por Milei, la eliminación de retenciones a todas las economías regionales y la eliminación de YPF de la lista de empresas públicas sujetas a privatización.
La Casa Rosada le hizo llegar este viernes al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, un borrador con las modificaciones negociadas con la oposición legislativa más amigable con el gobierno, en sintonía con los reclamos que los gobernadores le hicieron al ministro del Interior, Guillermo Francos.
Como contrapartida, el bloque de Unión por la Patria (UxP) adelantó su rechazo al proyecto, independientemente de las modificaciones aceptadas por el gobierno, y convocó a apoyar el paro y la movilización convocado por la CGT para el próximo lunes 24, que promete ser masiva con la participación de las otras centrales obreras, organizaciones sociales y partidos de izquierda.
En el borrador de la Casa Rosada, no fue incluida el capítulo referente a la reforma previsional, aunque en el entorno del ministro Francos se aseguró que el tema sigue en discusión y no se descarta que se incorporé al texto que el gobierno espera poder convertir en ley la semana próxima.
Las modificaciones
Título I – Emergencia
Se limita el plazo de vigencia de la emergencia de 4 años (2+2) a 2 años (1 año + 1 año prorrogable por el Poder Ejecutivo).
Eliminación de emergencia de Defensa, Social y Sanitaria.
Se eliminan y revisa redacción de algunas bases de delegación a partir de sugerencias realizadas.
Título II – Reorganización administrativa
Se limita el ámbito de aplicación solo al Sector Público incluido en el Art 8 de la 24.156. Se elimina a las entidades con participación concurrente minoritaria del ámbito de aplicación.
FGS. Se establece como requisito que el Poder Ejecutivo Nacional para poder liquidar dichos activos (luego de ser transferidos) deberá contar con un dictamen previo favorable de la Comisión Bicameral de Reforma del Estado y del Seguimiento de las Privatizaciones establecida en la Ley 23.696.
Pesca
Se mantiene la obligación de desembarcar en Argentina.
Se aclara que el sistema de licitaciones no va a ser internacional.
Se mantienen los requisitos actuales con respecto a la tripulación local.
Hidrocarburos
Inclusión de la aclaración “Nacional o Provincial, según corresponda” para evitar cualquier duda sobre competencias de las Provincias en la materia, en todo el articulado.
Compatibilización con los principios del art. 3° de la ley 26.741.
Eliminación de la mención a “empresas estatales” y la obligación de vender al “export parity”.
Condicionamiento del derecho a exportar sujeto a (i) los requisitos habituales vinculados al acceso de los recursos técnicamente probados; y (ii) que la objeción en caso de ocurrir por parte de la Secretaría de Energía esté fundada por motivos técnica o económicamente en la seguridad del suministro.
Establecimiento de requisitos para la solicitud de reconversión de convencional a no convencional: conforme plazos que fije el Poder Ejecutivo, y se extiende por 10 años desde el vencimiento del plazo original. Posibilidad de extender por otros 10 años adicionales en función de amortización de inversiones.
Límite máximo de hasta 10 años para plazos más extensos que los fijados por la ley. En ningún caso, la concesión puede ser fijada a perpetuidad.
Respeto de los plazos establecidos por el marco legal existente a la fecha de aprobación de esta ley en las concesiones de explotación y concesiones de transporte otorgadas con anterioridad.
Se mantiene la Facultad de las provincias de controlar el plan de inversiones (No se derogan el Art 32 y 33).
Establecimiento de un régimen de autorizaciones de transporte de Hidrocarburos, con libre acceso.
Establecimiento de un régimen de habilitación para el procesamiento de hidrocarburos.
Regulación de la actividad de almacenaje de hidrocarburos bajo régimen de autorizaciones.
Mantenimiento del Pliego Modelo elaborado en forma conjunta por las Provincias y la Secretaría de Energía de la Nación.
Se mejora redacción y precisión del inciso de Fondos Fiduciarios y de afectación especifica. Se elimina la delegación con respecto a los servicios periféricos.
Se incluye en la delegación del marco normativo del sistema de contrataciones públicas los principios del Decreto 1023, la regla de licitación pública y la referencia a estándares de transparencia.
Se elimina YPF del listado de empresas a privatizar. Se incluye el procedimiento de informar a la Comisión Bicameral creada en la Ley 23.696.
Se agrega inciso c) con el fin de aumentar el control del Estado ante la posible privatización de Nucleoeléctrica Argentina.
Se mantiene como obligatoria la tenencia por parte del Estado de una acción con derecho a veto con respecto al cierre de actividad de nucleoeléctrica.
Se aclara que las unidades de auditoría interna van a ser nombradas y removidas por la SIGEN para evitar relación jerárquica entre controlante y controlado.
Se mantienen los requisitos actuales para el Síndico General de la Nación en 8 años (Se elimina Art 22).
Se mantienen los requisitos actuales para la Oficina Anticorrupción (Se elimina Art 24).
Se extiende el alcance de las prohibiciones para la función pública a todos los empleados públicos. Se incluye en las prohibiciones de la función pública la de permitir la colocación o utilización de símbolos partidarios o electorales en edificios, vehículos y muebles públicos.
Se aclara que la intervención de la SIGEN y Procuración es en forma previa a los acuerdos transaccionales y no en la reglamentación.
Se acota el alcance de las facultades para la renegociación y rescisión de contratos (Art 33).
Título III – Reorganización Económica
Se elimina Capítulo de Ley de sociedades.
Régimen de Regularización.
Se agrega la exclusión a convivientes.
Limitar en sujetos excluidos a las personas que son funcionarios o fueron hasta hace 5 años.
Se incorpora cláusula para que los no residentes no pueden regularizar bienes a nombre de terceros.
Bienes personales
Se incluye beneficio a contribuyentes cumplidores (Art 187). Reducción de alícuota por tres años.
Derecho de Exportación (Continuación)
Ajuste del canon por precio del barril.
Ajuste del canon anual por barriles.
Causal de nulidad de cualquier adjudicación de permisos o concesiones al vencimiento de los plazos originales sin mediar una licitación pública y abierta.
Biocombustibles
Se fijó un plazo de 18 años para que las mezclas con combustibles fósiles sean producidas en instalaciones situadas en la República Argentina, utilizando materias primas nacionales.
Se fija un régimen de % obligatorios en volumen.
Para biodiesel, establecimiento de un cronograma de cortes o mezclas obligatorias de biodiesel, en % en volumen progresivos en aumento hasta el año 2026. A partir del 12,5% y no antes de 3 años de la Ley, se propondrá al Congreso aumentos progresivos de porcentaje de mezcla o corte obligatorio hasta alcanzar el 15%. En la zona patagónica el porcentaje de mezcla o corte será del 10% hasta tanto se solucionen cuestiones técnicas y/o de infraestructura.
Para bioetanol, establecimiento del 12% en volumen como porcentaje de mezcla obligatorio. Durante los primeros dos (2) años, se podrá disponer un incremento hasta el 15%. A partir del 15% y no antes de 3 años de la entrada en vigencia, se propondrá al Congreso aumentos progresivos de porcentaje de mezcla o corte obligatorio hasta alcanzar un porcentaje entre el 18 y el 27%.
Cuando la mezcla o corte obligatorio supere el 15% para el biodiesel o el 18% para el bioetanol, las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos estarán autorizadas a participar en las licitaciones previstas en el régimen únicamente en el volumen excedente a los porcentajes de mezcla o corte antes mencionados. En ningún caso, la participación de las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos podrá ser superior al 15% del volumen excedente.
La autoridad de aplicación puede exceptuar los % señalados únicamente en caso de escasez general y comprobada de materia prima.
Régimen único de licitaciones transparentes, de acceso público para la determinación de volúmenes y precios en el abastecimiento de biocombustibles.
Para biodiesel, límite de adjudicación máxima del 14% por empresa, de su capacidad instalada registrada, y respeto de la relación entre la producción real propia y a façón, y la capacidad instalada del conjunto de empresas que producen materia prima (empresas integradas), sea igual a la del conjunto de las restantes empresas elaboradoras.
Para bioetanol, límite de adjudicación de su capacidad instalada registrada. Hasta el 31 de diciembre de 2030, para el bioetanol a base de caña de azúcar se respetará el volumen anual promedio del período 2021 – 2023. Efecto: se asegura un volumen de bioetanol de caña hasta 2030 en base a lo entregado en los últimos años; pueden tener más volumen si por precio les corresponde en la licitación.
Para bioetanol y biodiesel, en el caso de que los precios adjudicados superen los precios internacionales de importación, los vendedores de biocombustibles deberán vender al precio de importación vigente en cada momento.
No se deroga la exención de los biocombustibles del impuesto a los combustibles líquidos y al impuesto al carbono.
Energía Eléctrica
Aclaración en las bases de delegación del mantenimiento en la cuestión tarifaria de los principios tarifarios de las leyes 24.065 y 24.076.
Fondos Fiduciarios
Aclaración que los beneficios previstos en el art. 75 de la ley 25.565 y la ley 27.637 (Zona Fría) estarán comprendidos en la reasignación de subsidios a realizar conforme el DNU 70/23.
Transición Energética
Inclusión de las provincias en las mesas técnicas de trabajo para el diseño del modo de asignación de derechos de emisión y la implementación del modo para establecer los límites de derechos de emisión anuales.
Legislación ambiental
Reconocimiento expreso del acuerdo de las provincias para la legislación ambiental armonizada.
ley omnibus-modificacionesPolítica
Herrera Ahuad a Presupuesto y Yamila Ruiz a Asuntos Constitucionales
Comenzó este jueves el armado de las comisiones de la Cámara de Diputados de la Nación, con el foco puesto en las que trabajarán, de cara a los proyectos de ley que la Casa Rosada quiere apurar en las sesiones extraordinarias convocadas para lo que resta de diciembre: el Presupuesto 2026, la Reforma Laboral y la Inocencia Fiscal.
Según dejaron trascender periodistas acreditados en el Congreso, la tensión de estas primeras horas, tras la toma de posesión de los 127 nuevos diputados que cambió la configuración y el balance de fuerzas de la Cámara, se trasladó a la integración de las comisiones de Presupuesto y Hacienda, Asuntos Constitucionales y Legislación Penal, que tendrán injerencia directa en el tratamiento de las leyes que quiere el gobierno.
Dos, de los siete diputados nacionales misioneros participarán de la discusión del paquete de proyectos enviados por el Ejecutivo al Congreso: Oscar Herrera Ahuad y Yamila Ruiz, del Frente Renovador Neo.
Según informó un periodista acreditado en el Congreso, Innovación Federal, el interbloque que la Renovación conforma con tres legisladores salteños, designó a Herrera Ahuad para la comisión de Presupuesto y Hacienda; y a Yamila Ruiz, para la comisión de Asuntos Constitucionales.
Controversias
La conformación de las comisiones siempre fue epicentro de controversia, más aún en el período legislativo que acaba de comenzar, donde el gobierno araña una mayoría de propios y aliados, más que suficiente, para aprobar el Presupuesto y la Reforma Laboral.
Entre todas, sobresale Presupuesto y Hacienda, donde estará el ex gobernador misionero, que tendrá un papel preponderante en la discusión de la agenda legislativa del gobierno.
Compuesta por 31 diputados, su integración se define mediante el sistema D’Hondt, el mismo que se utiliza para el reparto de las bancas legislativas y que, en este caso, le otorga a La Libertad Avanza (LLA) y Unión por la Patria 12 diputados a cada uno, dejando los siete lugares restantes a los demás bloques.
Las vacantes que quedan se dirimen entre interbloques como Unidos (Provincias Unidas, Encuentro Federal y Coalición Cívica) y la alianza conformada por el PRO, UCR, Por Santa Cruz, Adelante Buenos Aires y MID; ambos compitiendo por el tercer lugar, que otorga tres bancas.
Innovación Federal, que agrupa a los renovadores misioneros y los salteños Bernardo Biella, Pablo Outes y Yolanda Vega, se aseguró para Herrera Ahuad la banca correspondiente al quinto bloque.
Política
Misiones difiere hasta enero el pago de aguinaldo para cargos jerárquicos
Funcionarios con cargos políticos, autoridades superiores y personal de puestos jerárquicos, cobrarán el medio aguinaldo correspondiente al segundo semestre de 2025 en enero próximo.
Así lo decretó el gobernador Hugo Passalacqua a través del decreto 2482, rubricado este jueves 11 de diciembre por el mandatario provincial, el ministro de Haciendo Adolfo Safrán y el ministro de Coordinación General de Gabinete Héctor “Kiko” Llera.
Entre los considerandos, la resolución expone que “teniendo en cuenta la actual situación financiera del gobierno provincial, se hace necesario dictar medidas acordes para poder lograr los objetivos planteados” y agrega que la decisión se apoya en “las facultades conferidas al Poder Ejecutivo en el artículo 116 de la Constitución”.
El dictamen también detalla que la medida alcanzará “al Gobernador, Vicegobernador, ministros, secretarios y subsecretarios del Poder Ejecutivo, además del Jefe y Subjefe de la Policía de Misiones, el Director General y Subdirector del Servicio Penitenciario Provincial, el Fiscal de Estado, los presidentes, vocales y funcionarios del Tribunal de Cuentas, así como al Contador General, Subcontador, Tesorero General y Subtesorero de la Provincia”.
Lo mismo ocurre con “coordinadores, jefes de asesores, directores, integrantes de entes autárquicos y descentralizados, gerentes y autoridades de organismos con participación estatal”.
El decreto no involucra al resto del personal de la administración pública, quienes sí cobrarán su aguinaldo, cuyo depósito se efectuará el 20 de diciembre.
Política
Lalo Arguibel pidió excluir a peronistas renovadores en las internas del PJ
En su carácter de miembro del Consejo Nacional del PJ y en representación de la agrupación Convergencia Justicialista, Gonzalo Costa de Arguibel, solicitó a los interventores partidarios que se prohíba la participación de funcionarios políticos y electivos de la Renovación en las elecciones partidarias convocadas para el 19 de abril de 2026.
Lalo Arguibel hizo pública la nota enviada a Gustavo Arrieta y Máximo Rodríguez en las redes sociales de su espacio, y contextualizó el pedido en el marco del acuerdo del Frente Renovador Neo con La Libertad Avanza (LLA), cristalizado este miércoles en la elección de las autoridades de la Legislatura.
“Atento el contubernio existente, de público y notorio conocimiento en la tierra colorada, entre La Libertad Avanza y el Frente Renovador de la Concordia Social (ACUERDO RENO-LIBERTARIO), como Integrante del Consejo Federal Nacional del Partido Justicialista -Orden Nacional por el Distrito Misiones y desde CONVERGENCIA JUSTICIALISTA Misiones requerimos a nuestros Interventores-Normalizadores del Partido Justicialista -Distrito Misiones- tengan a bien tomar los recaudos necesarios a los efectos de evitar que puedan ser candidatos a Autoridad Partidaria en las elecciones internas del 19 de Abril del 2026, quienes actualmente ostentan Cargos Electivos y/o fueron Candidatos por el Frente Renovador de la Concordia (Neo) en las pasadas elecciones legislativas, tanto Nacionales como Provinciales y Municipales de este año 2.025, así como también quienes ocupen Cargos Jerárquicos del Gobierno, Entidades Autárquicas o Empresas del Estado -Nacional, Provincial y Municipal- a partir del 10 de Diciembre del 2025 y hasta el 19 de Marzo de 2026 inclusive”, reza la nota.

En el escrito, el dirigente argumenta lo solicitado “en razón de inconducta partidaria, dado el no acompañamiento expreso del Partido Justicialista -Distrito Misiones- al Frente Renovador de la Concordia Social desde su actual Intervención (decidida en Reunión del Consejo Nacional Federal el 26 de febrero del corriente 2025, luego ratificada unánimemente por el Congreso Nacional Partidario)”.
Arguibel, hizo público el pedido a los interventores del partido con un video que compartió por Whatsapp, donde volvió a exponer los pormenores del escrito y agregó que desde su agrupación también han insistido con la expulsión del padrón del PJ Misiones del diputado nacional Alberto Arrúa, que integra el bloque de la Renovación Neo y preside la bancada de Innovación Federal en la Cámara baja del Congreso.
“Así como, oportunamente, desde Convergencia Justicialista conseguimos la intervención, en esta ocasión y atento al pacto ‘reno – libertario”, y para evitar la injerencia del gobierno provincial en nuestra interna partidaria, estamos solicitando que quienes ocupen cargos en el Ejecutivo o entes autárquicos y descentralizados, no puedan integrar la lista para candidatos del PJ Misiones”, comentó.
“Todo esto para garantizar la autonomía e independencia de nuestro partido con respecto al gobierno de la provincia”, continuó Arguibel y anunció que, asimismo, “remarcamos el pedido de expulsión de Arrúa”.
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