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Política

El gobierno cede y acuerda 100 cambios en proyecto de Ley Ómnibus

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Ley Ómnibus

Luego de advertir que no negociaría el paquete de reformas que se discute desde hace dos semanas en el Congreso, el gobierno de Javier Milei reculó y aceptó modificar 100 artículos del proyecto conocido como Ley Ómnibus.

Entre los puntos sobresalientes de las modificaciones al texto original del proyecto de ley enviado al Congreso el 27 de diciembre, figuran acotar los superpoderes solicitados por Milei, la eliminación de retenciones a todas las economías regionales y la eliminación de YPF de la lista de empresas públicas sujetas a privatización.

La Casa Rosada le hizo llegar este viernes al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, un borrador con las modificaciones negociadas con la oposición legislativa más amigable con el gobierno, en sintonía con los reclamos que los gobernadores le hicieron al ministro del Interior, Guillermo Francos.

Como contrapartida, el bloque de Unión por la Patria (UxP) adelantó su rechazo al proyecto, independientemente de las modificaciones aceptadas por el gobierno, y convocó a apoyar el paro y la movilización convocado por la CGT para el próximo lunes 24, que promete ser masiva con la participación de las otras centrales obreras, organizaciones sociales y partidos de izquierda.

En el borrador de la Casa Rosada, no fue incluida el capítulo referente a la reforma previsional, aunque en el entorno del ministro Francos se aseguró que el tema sigue en discusión y no se descarta que se incorporé al texto que el gobierno espera poder convertir en ley la semana próxima.

Las modificaciones

Título I – Emergencia

Se limita el plazo de vigencia de la emergencia de 4 años (2+2) a 2 años (1 año + 1 año prorrogable por el Poder Ejecutivo).

Eliminación de emergencia de Defensa, Social y Sanitaria.

Se eliminan y revisa redacción de algunas bases de delegación a partir de sugerencias realizadas.

Título II – Reorganización administrativa

Se limita el ámbito de aplicación solo al Sector Público incluido en el Art 8 de la 24.156. Se elimina a las entidades con participación concurrente minoritaria del ámbito de aplicación.

FGS. Se establece como requisito que el Poder Ejecutivo Nacional para poder liquidar dichos activos (luego de ser transferidos) deberá contar con un dictamen previo favorable de la Comisión Bicameral de Reforma del Estado y del Seguimiento de las Privatizaciones establecida en la Ley 23.696.

Pesca

Se mantiene la obligación de desembarcar en Argentina.

Se aclara que el sistema de licitaciones no va a ser internacional.

Se mantienen los requisitos actuales con respecto a la tripulación local.

Hidrocarburos

Inclusión de la aclaración “Nacional o Provincial, según corresponda” para evitar cualquier duda sobre competencias de las Provincias en la materia, en todo el articulado.

Compatibilización con los principios del art. 3° de la ley 26.741.

Eliminación de la mención a “empresas estatales” y la obligación de vender al “export parity”.

Condicionamiento del derecho a exportar sujeto a (i) los requisitos habituales vinculados al acceso de los recursos técnicamente probados; y (ii) que la objeción en caso de ocurrir por parte de la Secretaría de Energía esté fundada por motivos técnica o económicamente en la seguridad del suministro.

Establecimiento de requisitos para la solicitud de reconversión de convencional a no convencional: conforme plazos que fije el Poder Ejecutivo, y se extiende por 10 años desde el vencimiento del plazo original. Posibilidad de extender por otros 10 años adicionales en función de amortización de inversiones.

Límite máximo de hasta 10 años para plazos más extensos que los fijados por la ley. En ningún caso, la concesión puede ser fijada a perpetuidad.

Respeto de los plazos establecidos por el marco legal existente a la fecha de aprobación de esta ley en las concesiones de explotación y concesiones de transporte otorgadas con anterioridad.

Se mantiene la Facultad de las provincias de controlar el plan de inversiones (No se derogan el Art 32 y 33).

Establecimiento de un régimen de autorizaciones de transporte de Hidrocarburos, con libre acceso.

Establecimiento de un régimen de habilitación para el procesamiento de hidrocarburos.

Regulación de la actividad de almacenaje de hidrocarburos bajo régimen de autorizaciones.

Mantenimiento del Pliego Modelo elaborado en forma conjunta por las Provincias y la Secretaría de Energía de la Nación.

Se mejora redacción y precisión del inciso de Fondos Fiduciarios y de afectación especifica. Se elimina la delegación con respecto a los servicios periféricos.

Se incluye en la delegación del marco normativo del sistema de contrataciones públicas los principios del Decreto 1023, la regla de licitación pública y la referencia a estándares de transparencia.

Se elimina YPF del listado de empresas a privatizar. Se incluye el procedimiento de informar a la Comisión Bicameral creada en la Ley 23.696.

Se agrega inciso c) con el fin de aumentar el control del Estado ante la posible privatización de Nucleoeléctrica Argentina.

Se mantiene como obligatoria la tenencia por parte del Estado de una acción con derecho a veto con respecto al cierre de actividad de nucleoeléctrica.

Se aclara que las unidades de auditoría interna van a ser nombradas y removidas por la SIGEN para evitar relación jerárquica entre controlante y controlado.

Se mantienen los requisitos actuales para el Síndico General de la Nación en 8 años (Se elimina Art 22).

Se mantienen los requisitos actuales para la Oficina Anticorrupción (Se elimina Art 24).

Se extiende el alcance de las prohibiciones para la función pública a todos los empleados públicos. Se incluye en las prohibiciones de la función pública la de permitir la colocación o utilización de símbolos partidarios o electorales en edificios, vehículos y muebles públicos.

Se aclara que la intervención de la SIGEN y Procuración es en forma previa a los acuerdos transaccionales y no en la reglamentación.

Se acota el alcance de las facultades para la renegociación y rescisión de contratos (Art 33).

Título III – Reorganización Económica

Se elimina Capítulo de Ley de sociedades.

Régimen de Regularización.

Se agrega la exclusión a convivientes.

Limitar en sujetos excluidos a las personas que son funcionarios o fueron hasta hace 5 años.

Se incorpora cláusula para que los no residentes no pueden regularizar bienes a nombre de terceros.

Bienes personales

Se incluye beneficio a contribuyentes cumplidores (Art 187). Reducción de alícuota por tres años.

Derecho de Exportación (Continuación)

Ajuste del canon por precio del barril.

Ajuste del canon anual por barriles.

Causal de nulidad de cualquier adjudicación de permisos o concesiones al vencimiento de los plazos originales sin mediar una licitación pública y abierta.

Biocombustibles

Se fijó un plazo de 18 años para que las mezclas con combustibles fósiles sean producidas en instalaciones situadas en la República Argentina, utilizando materias primas nacionales.

Se fija un régimen de % obligatorios en volumen.

Para biodiesel, establecimiento de un cronograma de cortes o mezclas obligatorias de biodiesel, en % en volumen progresivos en aumento hasta el año 2026. A partir del 12,5% y no antes de 3 años de la Ley, se propondrá al Congreso aumentos progresivos de porcentaje de mezcla o corte obligatorio hasta alcanzar el 15%. En la zona patagónica el porcentaje de mezcla o corte será del 10% hasta tanto se solucionen cuestiones técnicas y/o de infraestructura.

Para bioetanol, establecimiento del 12% en volumen como porcentaje de mezcla obligatorio. Durante los primeros dos (2) años, se podrá disponer un incremento hasta el 15%. A partir del 15% y no antes de 3 años de la entrada en vigencia, se propondrá al Congreso aumentos progresivos de porcentaje de mezcla o corte obligatorio hasta alcanzar un porcentaje entre el 18 y el 27%.

Cuando la mezcla o corte obligatorio supere el 15% para el biodiesel o el 18% para el bioetanol, las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos estarán autorizadas a participar en las licitaciones previstas en el régimen únicamente en el volumen excedente a los porcentajes de mezcla o corte antes mencionados. En ningún caso, la participación de las empresas que produzcan y/o destilen hidrocarburos podrá ser superior al 15% del volumen excedente.

La autoridad de aplicación puede exceptuar los % señalados únicamente en caso de escasez general y comprobada de materia prima.

Régimen único de licitaciones transparentes, de acceso público para la determinación de volúmenes y precios en el abastecimiento de biocombustibles.

Para biodiesel, límite de adjudicación máxima del 14% por empresa, de su capacidad instalada registrada, y respeto de la relación entre la producción real propia y a façón, y la capacidad instalada del conjunto de empresas que producen materia prima (empresas integradas), sea igual a la del conjunto de las restantes empresas elaboradoras.

Para bioetanol, límite de adjudicación de su capacidad instalada registrada. Hasta el 31 de diciembre de 2030, para el bioetanol a base de caña de azúcar se respetará el volumen anual promedio del período 2021 – 2023. Efecto: se asegura un volumen de bioetanol de caña hasta 2030 en base a lo entregado en los últimos años; pueden tener más volumen si por precio les corresponde en la licitación.

Para bioetanol y biodiesel, en el caso de que los precios adjudicados superen los precios internacionales de importación, los vendedores de biocombustibles deberán vender al precio de importación vigente en cada momento.

No se deroga la exención de los biocombustibles del impuesto a los combustibles líquidos y al impuesto al carbono.

Energía Eléctrica

Aclaración en las bases de delegación del mantenimiento en la cuestión tarifaria de los principios tarifarios de las leyes 24.065 y 24.076.

Fondos Fiduciarios

Aclaración que los beneficios previstos en el art. 75 de la ley 25.565 y la ley 27.637 (Zona Fría) estarán comprendidos en la reasignación de subsidios a realizar conforme el DNU 70/23.

Transición Energética

Inclusión de las provincias en las mesas técnicas de trabajo para el diseño del modo de asignación de derechos de emisión y la implementación del modo para establecer los límites de derechos de emisión anuales.

Legislación ambiental

Reconocimiento expreso del acuerdo de las provincias para la legislación ambiental armonizada.

ley omnibus-modificaciones

Política

Seis ex candidatos de LLA nombrados en las delegaciones del Pami Misiones

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Pami

De los 17 designados como titulares de las delegaciones del Pami en la tierra colorada, seis fueron candidatos de La Libertad Avanza (LLA) Misiones en las elecciones provinciales del 8 de junio de 2025.

El lunes de la semana pasada, el Boletín Oficial del organismo previsional informó de los nombramientos en las delegaciones de Eldorado, El Soberbio, Aristóbulo del Valle, Leandro Alem, San Ignacio y Apóstoles, entre los que figuran cuatro ex candidatos a concejales y dos ex candidatos a diputados provinciales.

Tamaris Elizabet Weller, de Eldorado; Miriam Cecilia Gollmann, de El Soberbio; Cristela Nilce Aldicer, de Aristóbulo del Valle; y Sabrina Alexandra Bongers, de Leandro Alem, fueron en junio en la boleta de LLA por una banca en los legislativos municipales de sus localidades.

El partido de Javier Milei metió un concejal en Eldorado, pero la banca no fue para Weller, que encabezó el sublema “Viva la libertad carajo”, sino para el empresario Esteban Nöller, y su sublema “Las Fuerzas del Cielo”.

Algo similar pasó con Bongers en Alem, que fue como suplente en la lista que encabezó su cuñado Mauro Moraviki, que sí resultó electo.

Marcos Walter Buk, de San Ignacio; y Santiago Pérez Hancherek, de Apóstoles, fueron candidatos a diputados provinciales en la lista que encabezó el ex tenista y bróker obereño Diego Hartfield, que fue electo, renunció y lideró de nuevo en las elecciones nacionales de octubre las candidaturas mileístas a diputados nacionales, cargo que asumió el 10 de diciembre pasado.

Ambos, figuraban de la mitad de lista para abajo: Buk, en el puesto 11; y Hancherek, un poco más arriba, en el nueve.

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Política

Lucas Romero Spinelli y su “fandom de mujeres” es viral en redes

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lucas

Un video sobre el vicegobernador de Misiones, Lucas Romero Spinelli, se hizo viral la última semana en Instagram y reveló la existencia de un club de fans del funcionario en TikTok.

Se trata de “Las Lucas Verdes”, una cuenta en la plataforma china con 2.618 seguidores y 30.000 Me gusta, que exalta la belleza física, juventud y encanto de Romero Spinelli; y donde los comentarios, mayormente de mujeres, refuerzan la idea del mensaje.

“Lo que suena en mi cabeza al ver a mi vice”, “Mi vice con pasión por su gente”, “El estilo de mi vice”, “Cómo no te voy a querer si estás en todos lados”, “¿Lo más lindo de Misiones?”, son algunos de los videos más populares del sitio, producidos a partir de material oficial de difusión de la agenda del vicegobernador, que se muestra, permanentemente, recorriendo el interior provincial.

El video más popular de la página muestra a Lucas Romero en una visita random a una escuela: tiene 5.879 me gusta, 113 comentarios, 186 compartidos y 204.300 reproducciones.

El video furor

“Cuando ves a tu vice de cerca”, se titula el video de Romero Spinelli que se volvió viral en Instagram por su aparición en las cuentas de El viejo garca, que suma los 5,2 millones de followers, y El cosito del Visto, que tiene 2,1 millones de seguidores.

El video, de 7 segundos, arranca con el vicegobernador atravesando una playa de estacionamiento desierta, en una escena que se propone como vintage desde lo visual y lo musical.

“Y de pronto un día de suerte, se me hizo conocerteeeee”, canta la voz de la mexicana Alejandra Guzmán, en su tema Día de Suerte, lanzado en 2011 para una telenovela y uno de los más utilizados en contenidos de redes sociales.  La imagen muestra a Lucas Romero de jeans y sobretodo, caminando casual pero decidido por un amplio parking, con la mirada perdida fuera del cuadro y un aire de Peaky Blinders, un estilo del que suele hacer gala el asesor estrella de Javier Milei, Santiago Caputo, que también ostenta dominios fandoms en varias plataformas.

 

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“En redes se multiplicaron los contenidos y cartas sobre el vicegobernador misionero que genera furor”, dice El viejo garca, una cuenta de memes y humor, en la descripción del reel y anuncia: “Fenómeno en Misiones: mujeres impulsan un fandom del Vicegobernador”.

El video, cosecha 17.200 Me gusta, 746 comentarios, 335 reposteos, 8.807 compartidos y suma 1,1 millones de reproducciones.

“Viral: en Misiones se armó un club de chicas fandom del Vicegobernador”, tituló la cuenta de El cosito del Visto, que se presenta en Instagram como un sitio de “Actualidad & Negocios”. El reel suma 18.400 likes, 606 comentarios, 229 reposteos, 9490 compartidos y 1 millón de reproducciones.

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Política

Nickillo Llera comparó a Iguazú con Filadelfia por adictos en las calles

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Nickillo Iguazú

El abogado, magíster de Políticas Públicas, gerente de Multimedios Sapem y productor general del galardonado Dólar Blue, entre otros programas de streaming, Nicolás “Nickillo” Llera, cuestionó el “nivel de desidia y abandono de la gente en las calles” en Puerto Iguazú y comparó a la Ciudad de las Cataratas con Filadelfia (Estados Unidos) por la cantidad de personas adictas que deambulan en la vía pública.

La crítica fue efectuada a través de su cuenta de X, donde además de interactuar sobre temas de streaming, también comparte análisis políticos y publica mensajes que parecen encriptados hacia adentro de la gestión y la militancia sobre territorialidad y trabajo en redes.

“Estoy en Iguazú, es la 7 maravilla del mundo, tristísimo el nivel de desidia y abandono de la gente en las calles x las adicciones, completamente drogados, es el Kesington de Filadelfia Estados Unidos”, apuntó Nickillo en un tuit que acompañó con dos fotografías, una de Iguazú y otra de Kesington como para graficar su comparación.

Después de esa lectura, vino la crítica y el destinatario, aunque sin nombrarlo, fue el recientemente electo concejal por La Libertad Avanza (LLA), el abogado Fabián de Sá.

Hay un concejal de @LlibertadAvanza de Iguazú q se la pasa pelotudeando con videos q no le resuelven la vida a nadie, le propongo q hace años viene mangueando cargos en el estado anticasta (?) q salga a las calles o q empiece ayudando o proponiendo políticas públicas para el Municipio, o pasa algo raro q no se mete cn los NARCOS? Si es que TANTOOOO SE PREOCUPA POR LOS VECINOS DE IGUAZÚ”, arremetió, con el tono picante que lo caracteriza.

Y, para cerrar, escribió: “Esta bueno criticar al Estado pero cuando te toca ejecutar y ser parte, que Carajo haces videitos actuados ? ?”.

“Responsabilidad de todos”

La publicación tuvo repercusión inmediata, acumulando varios retuits, me gusta, citados y también respuestas, entre las cuales otro usuario le planteó: “Te comento que el intendente renovador (Claudio) Filippa asumió su quinto mandato, osea, está hace mucho antes que los libertarios, esto es responsabilidad de él y del partido que preside. Saludos”.

La respuesta dio inicio a un breve diálogo, con Nickillo volvió a expresarse y contestó: “Absolutamente es responsabilidad de el y de TODOS los politicos no solo de los oficialismos. Pero ya que lo veo tan activo en redes a ese concejal no lo veo activo cn esas cuestiones sumamente importantes”.

El tuit, respuesta y diálogo.

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