Policiales
Primer fallo por transfemicidio en Misiones: perpetua al asesino de Evelyn
Histórico. El 17 de marzo de 2022 será recordado como el día en que la Justicia misionera dictó la primera sentencia de la provincia -y la segunda del país- por un transfemicidio, al declarar como un crimen de odio el asesinato de la joven trabajadora sexual trans Evelyn Rojas (26) y condenar a la pena de prisión perpetua a Ramón Da Silva, único imputado por el hecho perpetrado el 27 de octubre de 2016 en Posadas.
El condenado, más conocido por sus alias de “Ramoncito”, “Junior” o “Polaquito”, fue declarado penalmente responsable del delito de “homicidio triplemente agravado por la relación de pareja preexistente, por odio hacia la identidad de género de la víctima y femicidio”, figura contemplada por el artículo 80 del Código Penal de la Nación argentina, incisos 1, 4 y 11.
La dura sentencia, que al imponer el agravante del factor “odio” declara formalmente al caso como travesticidio o transfemicidio, fue dictada este mediodía, minutos después de las 12.30, en el recinto de debates del Tribunal Penal Uno de Posadas, ubicado sobre la calle La Rioja, mientras en las afueras un importante grupo de militantes sociales e integrantes de colectivos feministas, de géneros y diversidades, reclamaba a gritos y cánticos un fallo condenatorio.
El fallo lleva las firmas de los jueces Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Marcela Leiva (subrogante). La primera votó por una condena a perpetua por homicidio con agravantes de la relación preexistente y femicidio, en tanto que sus pares se impusieron por mayoría en agregar el agravante de odio.
De igual manera, el dictamen tampoco se ajustó en forma plena a lo solicitado minutos antes tanto por la fiscalía como por la querella, cuyos representantes además solicitaron aplicar el agravante de “alevosía”.
Da Silva, que al momento de hacer uso de su derecho a emitir sus últimas palabras optó por permanecer callado, oyó la sentencia inmutable y luego volvió a ser trasladado por personal de GIEP del Servicio Penitenciario Provincial (SPP).
El hombre volverá a la cárcel y deberá cumplir 35 años de prisión efectiva. Es decir que, como está detenido desde 2016, recién en 2051 podría solicitar algún beneficio que le signifique posibilidad alguna de volver a pisar la calle.

Ramón Da Silva deberá permanecer preso hasta 2051.
La mente de Junior
La audiencia de hoy, la sexta desde que comenzó el proceso oral, arrancó minutos después de las 8.30, con la lectura de las conclusiones de la junta médica psiquiátrica que evaluó al imputado esta semana, a pedido de su defensor oficial, Mario Ramírez.
En el informe, los peritos intervinientes concluyeron, entre otros aspectos, en que Da Silva no registra “alucinaciones”, se encuentra “lúcido”, con “conciencia de la situación”, con rasgos de “egocentrismo” y “tendencia a la mentira y a la manipulación en su relato”.
Además, añadieron que el implicado “no desarrolla empatía, ni afectos”, tampoco reconoce “culpabilidad y arrepentimiento” y presenta “poco control de sus impulsos”, cuestión que puede verse agravada ante el consumo de alcohol o estupefacientes, adicciones que el propio imputado admitió tener.
Por último, sostienen que en Ramoncito o Junior “no hay indicadores de una enfermedad psiquiátrica” y que presenta un “grado óptimo para comprender la criminalidad de sus actos”.

La abogada González y la madre de Evelyn, Patricia Villalba, tras el histórico fallo.
Crimen de odio
Finalizada la lectura del informe médico psquiátrico, la presidenta del tribunal, Viviana Cukla, dio inicio a la ronda de alegatos y la primera en exponer fue la letrada Florencia González, en representación de la familia de Evelyn como querellante particular en la causa.
En primer lugar, González consideró acreditado el hecho y la autoría del crimen por parte del único imputado.
La letrada sostuvo su hipótesis del caso a partir de las pruebas recolectadas durante la instrucción de la causa y los testimonios vertidos por los más de 20 testigos que prestaron declaración a lo largo del juicio.
González reconstruyó que el 27 de octubre de 2016, cerca de la 1 de la madrugada, Junior y Evelyn -que eran pareja- ingresaron juntos a la estación de servicios abandonada en la intersección de las avenidas Uruguay y Bouchardo de Posadas, donde el hombre pernoctaba y donde asesinó a golpes a la muchacha trans de 26 años.
La abogada, que además es militante feminista y por las diversidades, consideró que Da Silva actuó con alevosía porque se aprovechó del estado de indefensión en que se encontraba Evelyn por su alto grado de intoxicación alcohólica, y sostuvo que actuó con manifiesto “odio y desprecio”, direccionando sus agresiones hacia zonas del cuerpo que representaban la feminidad de la víctima, como los pechos y el cabello.
“No hay dudas que estamos ante un crimen de odio”, expresó González ante un recinto de debates colmado, y agregó que “necesitamos perspectiva de diversidad. Existe una gran diferencia entre el femicidio y el transfemicidio. Este es el reflejo de un crimen de odio hacia la comunidad trans y hay que llamar a las cosas por su nombre, porque si no, se invisibiliza. Son fenómenos diferentes y hay que tratarlos como tal. Hoy tenemos la oportunidad de avanzar en la aplicación de las leyes, es un día para hacer historia”.
En su exposición, que duró cerca de una hora, la abogada querellante además mencionó estadísticas para reflejar el grado de exclusión y vulnerabilidad al que está sometida la comunidad trans. “1 de cada 3 mujeres trans son asesinadas. El asesinato es la segunda causa de muerte en personas trans menores de 40 años. Son muertes evitables, pero el problema es que la vida de las personas trans no importan”, lanzó.
Con todo lo expuesto, González pidió la pena de prisión perpetua para Da Silva, al considerarlo autor del delito de homicidio cuádruplemente agravado por la relación de pareja preexistente, alevosía, odio a la identidad de género y femicidio.

González, abogada querellante, y Rau, el fiscal, los primeros en alegar.
“Aversión hacia personas transgénero”
Idéntico pedido fue formulado minutos más tarde por el fiscal Martín Alejandro Rau, quien realizó consideraciones similares a la querella.
Rau también consideró acreditado el hecho y la autoría del crimen por parte del imputado, sobre quien sostuvo que actuó con una “violencia inusitada”.
El fiscal explicó que iba a “armar el rompecabezas del caso” mediante las pruebas recolectadas. De esa forma, valorizó el testimonio vertido por María Ignacia Galeano -amiga de Evelyn- quien vio a la víctima junto al acusado la noche previa al crimen y los ubicó en la escena del hecho. También remarcó la importancia de las pericias genéticas, que concluyeron que en el lugar del asesinato solo había ADN de la muchacha y del imputado, no así de un tercero.
El representante del Ministerio Público Fiscal también se apoyó en las declaraciones vertidas por los familiares y conocidos de Evelyn, quienes ante el tribunal recordaron los constantes episodios de violencia que el encartado cometía sobre la víctima. Desde manipulación económica, golpes e insultos hacia la identidad de género de Evelyn.
“Hay una constancia en los testimonios. Tanta coincidencia suma a la certeza”, resumió el fiscal, que dio su alegato de pie.
En otro punto de su exposición, y pidiendo a la prensa no replicar las imágenes por respeto a la familia, Rau exhibió fotografías del cadáver para graficar la violencia aplicada sobre Evelyn y se detuvo en una expresión puntual de un perito forense que practicó la autopsia: “A Evelyn le quedaron ‘ojos de mapache’. Estaba desfigurada. Su cara perdió asimetría”.
Sobre la mecánica del crimen, señaló que los exámenes médicos concluyeron que Evelyn sufrió una traumatismo de cráneo gravísimo, con fractura en la base del cráneo. Y reconstruyó que “la cabeza de Evelyn impactó contra algo, no que algo impactó contra la cabeza de Evelyn. Ese algo era un objeto macizo, que podía ser una pared o un piso”.
Rau tampoco dejó pasar la declaración vertida por el propio imputado en la audiencia del último lunes. El fiscal recordó que Da Silva tuvo un “período de duda llamativo” cuando fue preguntado por si mató a Evelyn y agregó que “cuando él declaró dijo que se asustó y escapó. ¿Saben por qué se asustó? Porque se dio cuenta de lo que había hecho y no quería que lo detuvieran”.
En base a lo expuesto, efectuó el mismo pedido que la querella, incorporando a la imputación de base, los agravantes de alevosía y odio hacia la identidad género.
“Junior demuestra que tenía aversión hacia personas transgénero. Muestra de ello son los golpes efectuados, el haberle cortado el cabello. Son agresiones innecesarias para causar la muerte, pero sí son para hacer sufrir. Todos los testigos recuerdan los insultos hacia Evelyn. Le decía ‘puto’, ‘puto sucio’, ‘no servís ni para coger’, etcétera”, argumentó.
Para culminar, Rau expresó: “Deseo que se visibilice el pedido de la familia de Evelyn, que es el deseo de justicia. Dar a cada uno lo suyo. No lo pido solamente como fiscal, sino como ciudadano y sobre todo por las disidencias que tan sometidas están. Para dar un mensaje a la sociedad, para que no haya otra Evelyn y para que esto no vuelva a ocurrir”.

Da Silva junto al defensor oficial Mario Ramírez.
“No es una persona normal”
El último en exponer fue el defensor oficial Mario Ramírez, quien solicitó que Da Silva sea retirado de la sala durante su alegato. El pedido fue aceptado por el tribunal.
A pesar del informe médico psiquiátrico incorporado y leído al inicio de la audiencia, Ramírez insistió en el estado de salud mental de su defendido y pidió por su inimputabilidad. También solicitó la inconstitucionalidad de la prisión perpetua.
“Yo no creo que Junior sea una persona igual que nosotros. Él también es una persona con vulnerabilidad. Eso no quita que haya hecho algo atroz”, comenzó Ramírez.
Para la defensa, Da Silva no comprende conceptos ni está ubicado en contexto como el común de las personas. “Él no sabe ni qué es una pareja, ¿podemos pedirle que distinga género y sexo? Una persona en estas condiciones no puede entender las cosas como nosotros sí entendemos. El concepto de pareja que Junior tiene no es el mismo que tenemos nosotros”, indicó.
Y, en otro punto, sostuvo que “él es un poquito más que un animal, queda feo que lo diga, pero es así. Por eso pedí que lo saquen. No es una persona normal”.

El condenado deberá cumplir 35 años de prisión efectiva.
Policiales
Un hombre murió al caer en un pozo de agua en Puerto Iguazú

Un hombre de 40 años perdió la vida este lunes por la tarde al caer a un pozo de agua de 15 metros de profundidad mientras realizaba tareas de mantenimiento en una casa del barrio 25 de Mayo de Puerto Iguazú.
De acuerdo a lo consignado por fuentes policiales, el trágico episodio ocurrió en una propiedad ubicada sobre la calle Esteban Echeverría, donde un hombre identificado como Hugo Lima (40) efectuaba tareas de mantenimiento en el interior de un pozo de agua.
Según indicaron sus familiares, el hombre tenía experiencia en estas labores y se encontraba trabajando sin herramientas de seguridad, pero un aparente mareo hizo que se precipitara hasta el fondo de la cavidad.
Al lugar acudieron agentes policiales y efectivos de bomberos de la Policía, quienes practicaron las correspondientes labores de rescate pero no lograron evitar que el trabajador perdiera la vida.
Judiciales
Un policía será juzgado por la muerte de Luciano Villalba en un operativo

El Juzgado de Instrucción Cinco de Leandro N. Alem, a cargo de la magistrada Selva Raquel Zuetta, dispuso la elevación a juicio del expediente que investiga a cuatro agentes policiales que en 2019 participaron de un procedimiento en el barrio La Cantera de Apóstoles que culminó un muerto y un herido.
El uniformado más comprometido es Alan Daniel Chupiak, quien está imputado por el delito de “homicidio agravado por el uso de arma y por el carácter de funcionario público”, en perjuicio de un joven identificado como Luciano Villalba (18). Esta acusación prevé una pena de prisión perpetua en caso de ser declarado culpable.
Los demás involucrados son Milton Bernabé Escobar, Gerardo Germán Escobar y Daniel Elías Pereyra, quienes están acusados por “abuso de autoridad y lesiones agravadas” cometidas contra Ramón “Chueco” Piris, hermano del fallecido.
Al momento del hecho, todos ellos cumplían funciones en diferentes seccionales dependientes de la Unidad Regional VII y hasta junio figuraban como agentes activos, según la planilla de uniformados que el Tribunal Electoral tachó del padrón para las elecciones provinciales, medida que después fue revertida.
Tras el dictamen emitido por la magistrada Zuetta, el expediente fue remitido al Tribunal Penal Uno de Posadas, cuyas autoridades ahora deberán programar una fecha acorde a su calendario para la realización del debate oral donde se juzgará la responsabilidad de cada uno de los involucrados en los hechos investigados.

El procedimiento que resultó con un muerto y un fallecido ocurrió el 5 de diciembre de 2019 en el barrio La Cantera de Apóstoles.
Operativo y muerte
El hecho que se ventilará en juicio ocurrió el 5 de diciembre de 2019, año que tuvo otros dos casos de violencia institucional: el asesinato de Víctor Márquez Dos Santos (17) en Santa Ana; y la persecución y muerte de Reinaldo Andrade (37) en El Soberbio, causa que ya fue a juicio y culminó con un policía condenado a prisión perpetua.
Aquel 5 de diciembre a la madrugada una serie de patrulleros acudieron al barrio La Cantera de Apóstoles a raíz de un presunto hurto de motocicleta y el objetivo era detener a Chueco Piris, pero los familiares del implicado intentaron entorpecer el procedimiento.
En ese contexto, se produjeron corridas, forcejeos, pedradas y disparos. Uno de esos proyectiles calibre 9 milímetros alcanzó a Luciano Villalba, hermano de Piris. El balazo le perforó un pulmón y le desagarró el corazón, provocándole la muerte en el acto.
Después de ello, el magistrado Miguel Ángel Faría, titular del Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles, dispuso la detención de los cuatro uniformados que participaron del operativo y el secuestro de las armas reglamentarias de cada uno de ellos para los correspondientes estudios balísticos.
A la espera de esos resultados y en medio de movilizaciones a favor de los policías en Apóstoles, los cuatro involucrados recuperaron la libertad.
En el transcurso de la causa, finalmente el juez Faría se apartó del caso y el expediente quedó en manos del Juzgado de Instrucción Cinco de Alem, donde se culminó la etapa investigativa.
Policiales
Dos fallecidos en siniestros viales en Alem y Andresito

Un motociclista y un peatón fueron las dos víctimas fatales en siniestros viales que dejó la jornada del domingo en Misiones.
En horas de la mañana del domingo, una motocicleta Yamaha FZ de 150 cc, conducida por Alejandro Manuel Núñez (32), y un automóvil Volkswagen Trend, al mando Héctor L. (48), colisionaron sobre la avenida Rusia y calle Los Zorzales, en Leandro N. Alem.
A raíz del impacto, Núñez terminó con heridas graves y fue trasladado de urgencia al nosocomio de la localidad y, posteriormente, derivado al Hospital Madariaga de Posadas, donde en horas de la noche perdió la vida.
El Juzgado de Instrucción Cinco de Alem interviene en la investigación por el fallecimiento del motociclista de 32 años.
En tanto, alrededor de las 21.30 del domingo, ya en la localidad de Comandante Andresito, un peatón fue la segunda víctima de un siniestro vial en la provincia.
De acuerdo a fuentes policiales, el hecho ocurrió sobre la ruta nacional 101, a la altura del paraje Cabure-í, cuando un automóvil Gold Trend, al mando de un conductor de 39 años, embistió al peatón, quien perdió la vida en el lugar.
En el lugar trabajaron efectivos de la comisaría local, la División Seguridad Vial y Turismo, junto a la Policía Científica, para determinar las causas del accidente.
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