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Primer fallo por transfemicidio en Misiones: perpetua al asesino de Evelyn

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Histórico. El 17 de marzo de 2022 será recordado como el día en que la Justicia misionera dictó la primera sentencia de la provincia -y la segunda del país- por un transfemicidio, al declarar como un crimen de odio el asesinato de la joven trabajadora sexual trans Evelyn Rojas (26) y condenar a la pena de prisión perpetua a Ramón Da Silva, único imputado por el hecho perpetrado el 27 de octubre de 2016 en Posadas.

El condenado, más conocido por sus alias de “Ramoncito”, “Junior” o “Polaquito”, fue declarado penalmente responsable del delito de “homicidio triplemente agravado por la relación de pareja preexistente, por odio hacia la identidad de género de la víctima y femicidio”, figura contemplada por el artículo 80 del Código Penal de la Nación argentina, incisos 1, 4 y 11.

La dura sentencia, que al imponer el agravante del factor “odio” declara formalmente al caso como travesticidio o transfemicidio, fue dictada este mediodía, minutos después de las 12.30, en el recinto de debates del Tribunal Penal Uno de Posadas, ubicado sobre la calle La Rioja, mientras en las afueras un importante grupo de militantes sociales e integrantes de colectivos feministas, de géneros y diversidades, reclamaba a gritos y cánticos un fallo condenatorio.

El fallo lleva las firmas de los jueces Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Marcela Leiva (subrogante). La primera votó por una condena a perpetua por homicidio con agravantes de la relación preexistente y femicidio, en tanto que sus pares se impusieron por mayoría en agregar el agravante de odio.

De igual manera, el dictamen tampoco se ajustó en forma plena a lo solicitado minutos antes tanto por la fiscalía como por la querella, cuyos representantes además solicitaron aplicar el agravante de “alevosía”.

Da Silva, que al momento de hacer uso de su derecho a emitir sus últimas palabras optó por permanecer callado, oyó la sentencia inmutable y luego volvió a ser trasladado por personal de GIEP del Servicio Penitenciario Provincial (SPP).

El hombre volverá a la cárcel y deberá cumplir 35 años de prisión efectiva. Es decir que, como está detenido desde 2016, recién en 2051 podría solicitar algún beneficio que le signifique posibilidad alguna de volver a pisar la calle.

 

Junior - Caso Evelyn

Ramón Da Silva deberá permanecer preso hasta 2051.

La mente de Junior

La audiencia de hoy, la sexta desde que comenzó el proceso oral, arrancó minutos después de las 8.30, con la lectura de las conclusiones de la junta médica psiquiátrica que evaluó al imputado esta semana, a pedido de su defensor oficial, Mario Ramírez.

En el informe, los peritos intervinientes concluyeron, entre otros aspectos, en que Da Silva no registra “alucinaciones”, se encuentra “lúcido”, con “conciencia de la situación”, con rasgos de “egocentrismo” y “tendencia a la mentira y a la manipulación en su relato”.

Además, añadieron que el implicado “no desarrolla empatía, ni afectos”, tampoco reconoce “culpabilidad y arrepentimiento” y presenta “poco control de sus impulsos”, cuestión que puede verse agravada ante el consumo de alcohol o estupefacientes, adicciones que el propio imputado admitió tener.

Por último, sostienen que en Ramoncito o Junior “no hay indicadores de una enfermedad psiquiátrica” y que presenta un “grado óptimo para comprender la criminalidad de sus actos”.

La abogada González y la madre de Evelyn, Patricia Villalba, tras el histórico fallo.

Crimen de odio

Finalizada la lectura del informe médico psquiátrico, la presidenta del tribunal, Viviana Cukla, dio inicio a la ronda de alegatos y la primera en exponer fue la letrada Florencia González, en representación de la familia de Evelyn como querellante particular en la causa.

En primer lugar, González consideró acreditado el hecho y la autoría del crimen por parte del único imputado.

La letrada sostuvo su hipótesis del caso a partir de las pruebas recolectadas durante la instrucción de la causa y los testimonios vertidos por los más de 20 testigos que prestaron declaración a lo largo del juicio.

González reconstruyó que el 27 de octubre de 2016, cerca de la 1 de la madrugada, Junior y Evelyn -que eran pareja- ingresaron juntos a la estación de servicios abandonada en la intersección de las avenidas Uruguay y Bouchardo de Posadas, donde el hombre pernoctaba y donde asesinó a golpes a la muchacha trans de 26 años.

La abogada, que además es militante feminista y por las diversidades, consideró que Da Silva actuó con alevosía porque se aprovechó del estado de indefensión en que se encontraba Evelyn por su alto grado de intoxicación alcohólica, y sostuvo que actuó con manifiesto “odio y desprecio”, direccionando sus agresiones hacia zonas del cuerpo que representaban la feminidad de la víctima, como los pechos y el cabello.

“No hay dudas que estamos ante un crimen de odio”, expresó González ante un recinto de debates colmado, y agregó que “necesitamos perspectiva de diversidad. Existe una gran diferencia entre el femicidio y el transfemicidio. Este es el reflejo de un crimen de odio hacia la comunidad trans y hay que llamar a las cosas por su nombre, porque si no, se invisibiliza. Son fenómenos diferentes y hay que tratarlos como tal. Hoy tenemos la oportunidad de avanzar en la aplicación de las leyes, es un día para hacer historia”.

En su exposición, que duró cerca de una hora, la abogada querellante además mencionó estadísticas para reflejar el grado de exclusión y vulnerabilidad al que está sometida la comunidad trans. “1 de cada 3 mujeres trans son asesinadas. El asesinato es la segunda causa de muerte en personas trans menores de 40 años. Son muertes evitables, pero el problema es que la vida de las personas trans no importan”, lanzó.

Con todo lo expuesto, González pidió la pena de prisión perpetua para Da Silva, al considerarlo autor del delito de homicidio cuádruplemente agravado por la relación de pareja preexistente, alevosía, odio a la identidad de género y femicidio.

González, abogada querellante, y Rau, el fiscal, los primeros en alegar.

“Aversión hacia personas transgénero”

Idéntico pedido fue formulado minutos más tarde por el fiscal Martín Alejandro Rau, quien realizó consideraciones similares a la querella.

Rau también consideró acreditado el hecho y la autoría del crimen por parte del imputado, sobre quien sostuvo que actuó con una “violencia inusitada”.

El fiscal explicó que iba a “armar el rompecabezas del caso” mediante las pruebas recolectadas. De esa forma, valorizó el testimonio vertido por María Ignacia Galeano -amiga de Evelyn- quien vio a la víctima junto al acusado la noche previa al crimen y los ubicó en la escena del hecho. También remarcó la importancia de las pericias genéticas, que concluyeron que en el lugar del asesinato solo había ADN de la muchacha y del imputado, no así de un tercero.

El representante del Ministerio Público Fiscal también se apoyó en las declaraciones vertidas por los familiares y conocidos de Evelyn, quienes ante el tribunal recordaron los constantes episodios de violencia que el encartado cometía sobre la víctima. Desde manipulación económica, golpes e insultos hacia la identidad de género de Evelyn.

“Hay una constancia en los testimonios. Tanta coincidencia suma a la certeza”, resumió el fiscal, que dio su alegato de pie.

En otro punto de su exposición, y pidiendo a la prensa no replicar las imágenes por respeto a la familia, Rau exhibió fotografías del cadáver para graficar la violencia aplicada sobre Evelyn y se detuvo en una expresión puntual de un perito forense que practicó la autopsia: “A Evelyn le quedaron ‘ojos de mapache’. Estaba desfigurada. Su cara perdió asimetría”.

Sobre la mecánica del crimen, señaló que los exámenes médicos concluyeron que Evelyn sufrió una traumatismo de cráneo gravísimo, con fractura en la base del cráneo. Y reconstruyó que “la cabeza de Evelyn impactó contra algo, no que algo impactó contra la cabeza de Evelyn. Ese algo era un objeto macizo, que podía ser una pared o un piso”.

Rau tampoco dejó pasar la declaración vertida por el propio imputado en la audiencia del último lunes. El fiscal recordó que Da Silva tuvo un “período de duda llamativo” cuando fue preguntado por si mató a Evelyn y agregó que “cuando él declaró dijo que se asustó y escapó. ¿Saben por qué se asustó? Porque se dio cuenta de lo que había hecho y no quería que lo detuvieran”.

En base a lo expuesto, efectuó el mismo pedido que la querella, incorporando a la imputación de base, los agravantes de alevosía y odio hacia la identidad género.

“Junior demuestra que tenía aversión hacia personas transgénero. Muestra de ello son los golpes efectuados, el haberle cortado el cabello. Son agresiones innecesarias para causar la muerte, pero sí son para hacer sufrir. Todos los testigos recuerdan los insultos hacia Evelyn. Le decía ‘puto’, ‘puto sucio’, ‘no servís ni para coger’, etcétera”, argumentó.

Para culminar, Rau expresó: “Deseo que se visibilice el pedido de la familia de Evelyn, que es el deseo de justicia. Dar a cada uno lo suyo. No lo pido solamente como fiscal, sino como ciudadano y sobre todo por las disidencias que tan sometidas están. Para dar un mensaje a la sociedad, para que no haya otra Evelyn y para que esto no vuelva a ocurrir”.

Da Silva junto al defensor oficial Mario Ramírez.

“No es una persona normal”

El último en exponer fue el defensor oficial Mario Ramírez, quien solicitó que Da Silva sea retirado de la sala durante su alegato. El pedido fue aceptado por el tribunal.

A pesar del informe médico psiquiátrico incorporado y leído al inicio de la audiencia, Ramírez insistió en el estado de salud mental de su defendido y pidió por su inimputabilidad. También solicitó la inconstitucionalidad de la prisión perpetua.

“Yo no creo que Junior sea una persona igual que nosotros. Él también es una persona con vulnerabilidad. Eso no quita que haya hecho algo atroz”, comenzó Ramírez.

Para la defensa, Da Silva no comprende conceptos ni está ubicado en contexto como el común de las personas. “Él no sabe ni qué es una pareja, ¿podemos pedirle que distinga género y sexo? Una persona en estas condiciones no puede entender las cosas como nosotros sí entendemos. El concepto de pareja que Junior tiene no es el mismo que tenemos nosotros”, indicó.

Y, en otro punto, sostuvo que “él es un poquito más que un animal, queda feo que lo diga, pero es así. Por eso pedí que lo saquen. No es una persona normal”.

El condenado deberá cumplir 35 años de prisión efectiva.

Judiciales

Fallo judicial ordena a Muni de Eldorado a informar sobre acuerdo con ETCE

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Fallo judicial ordena a Muni de Eldorado a informar sobre acuerdo con ETCE

Un fallo judicial hizo lugar parcialmente a una acción de amparo por acceso a la información pública presentada contra la Municipalidad de Eldorado y ordenó al Ejecutivo, a cargo del intendente Rodrigo “Pipo” Durán, a completar datos vinculados al servicio de transporte urbano de pasajeros.

La demanda fue presentada por los abogados José Luis Fuentes y María Mercedes Galeano, quienes solicitaron que el municipio entregue de manera completa y gratuita información relacionada con el sistema de transporte urbano en la ciudad, respaldándose en el derecho de acceso a la información pública reconocido por la Constitución Nacional, la Constitución de Misiones y la Ley IV N.º 58.

Según consta en el fallo del Juzgado Civil y Comercial Uno de la Tercera Circunscripción Judicial de Misiones, al que accedió La Voz de Misiones, los demandantes realizaron un pedido administrativo ante la Municipalidad de Eldorado el 2 de octubre de 2025. El municipio respondió el 20 del mismo mes mediante correo electrónico, aunque Fuentes y Galeano consideraron que la información brindada era parcial.

Concretamente, los letrados solicitan que la comuna informe sobre lo ocurrido con la empresa ETCE durante el paro total del servicio de transporte en la ciudad, que se produjo sin previo aviso y paralizó completamente la movilidad de los vecinos el 1 de octubre. En ese contexto, un día después el Ejecutivo firmó con la prestataria un acuerdo de reconocimiento de deuda por 1.400 millones de pesos, que luego fue validado por el Concejo Deliberante. Los demandantes buscan conocer los pormenores de esa decisión, según señalaron en un comunicado.

Respuesta de la Muni

La Municipalidad de Eldorado se presentó en el expediente a través de sus apoderados legales, contestó la demanda y solicitó su rechazo, negó en términos generales los hechos planteados por los demandantes, aportó documentación como prueba y dejó planteada la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En la causa también intervino el Ministerio Público Fiscal de Misiones, que en su dictamen consideró que la acción no sería procedente, al entender que los demandantes contaban con otras vías administrativas para realizar el reclamo. El organismo participó en el proceso en su rol de defensor del patrimonio del fisco.

El fallo

Al analizar el caso, el juzgado interviniente entendió que la vía del amparo resultaba formalmente procedente y que el derecho de acceso a la información pública constituye una herramienta para el control ciudadano de la gestión estatal. El fallo también señaló que los organismos públicos tienen la “obligación de facilitar el acceso a la información disponible o indicar el lugar donde puede ser consultada”.

Tras evaluar la documentación incorporada al expediente, el tribunal concluyó que el municipio respondió dentro de un plazo razonable, pero que la información entregada no cubría todos los puntos solicitados ni indicaba en dónde podía accederse a los datos faltantes.

Asimismo, la Justicia precisó además que el derecho de acceso a la información pública se “limita a la información existente en poder del Estado” y no obliga a la administración a generar documentos nuevos o elaborar informes especiales que no formen parte de sus registros.

Con ese contexto, la sentencia resolvió hacer lugar parcialmente al amparo de Fuentes y Galeano y ordenó a la Municipalidad de Eldorado que, en un plazo de diez días, entregue la información solicitada o indique de forma clara la dependencia u oficina donde se encuentre disponible para su consulta.

“Este fallo pone un límite muy claro a la opacidad del poder político. No se puede dejar a una ciudad entera sin transporte y al día siguiente reconocer una deuda de más de 1.400 millones de pesos sin que la sociedad sepa cómo se calculó, de dónde surge, qué se pagó, qué se condonó y qué expediente respalda todo eso. Si al concesionario se le termina pagando una suma que equivale a más de un millón de dólares, la ciudadanía tiene derecho a conocer hasta el último papel de esa decisión”, apuntó el abogado José Luis Fuentes tras conocerse la decisión de la Justicia misionera.

La Voz de Misiones consultó al Ejecutivo municipal sobre el fallo y una fuente señaló que la Municipalidad “respondió en su momento el pedido de información solicitado por los demandantes”. En ese sentido, indicó que, en cumplimiento de la resolución judicial, “se completará o se indicará el acceso a la documentación existente”.

Además, la misma fuente sostuvo que “desde el día uno sostuvimos que la gestión pública debe ser transparente, pero también responsable en el uso de los recursos administrativos”.

Eldorado amaneció sin colectivos y buscan declarar emergencia en transporte

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Dos personas incendiaron autos estacionados y huyeron en moto en Posadas

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Dos personas incendiaron autos estacionados y huyeron en moto en Posadas

Dos vehículos resultaron dañados durante un incendio intencional registrado en la madrugada de este lunes en Posadas, luego de que personas aún no identificadas arrojaran un recipiente con combustible contra los autos que se encontraban estacionados frente a una vivienda.

El hecho ocurrió alrededor de las 5.50 en la intersección de la avenida Bustamante y la calle Portillo de la capital misionera. Según el testimonio del dueño de los autos a la Policía, un fuerte estruendo los despertó y al salir de su casa observó a dos personas que se alejaban rápidamente del lugar a bordo de una motocileta.

Al acercarse, el dueño advirtió que uno de los vehículos comenzaba a incendiarse. De acuerdo a lo que relató, los atacantes habrían arrojado una botella con combustible que impactó contra un Peugeot 208 y una Renault Kangoo, lo que provocó el inicio de las llamas y generó daños de consideración en uno de los rodados.

Tras el aviso, acudieron al lugar bomberos que lograron controlar el fuego antes de que se extendiera. Posteriormente, intervinieron en el caso efectivos de la Policía Científica, quienes realizaron las pericias para determinar las circunstancias del ataque.

El propietario de los vehículos formalizó la denuncia y la Policía inició actuaciones para identificar a los responsables.

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Amenazó con tirarse de un décimo piso tras un hecho de violencia de género

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décimo piso

Horas de intenso dramatismo se vivieron anoche en el barrio Villa Sarita de Posadas, donde un hombre se atrincheró en un departamento y amenazaba con tirarse al vacío desde un décimo piso tras un episodio de violencia de género.

Todo comenzó minutos antes de las 23 del sábado, cuando la Policía acudió al edificio Brisas del Parque, ubicado sobre la calle Alberdi, donde vecinos alertaron sobre un episodio de violencia de género producido en el interior de un departamento del décimo piso, con una joven de 29 años como víctima.

Al llegar los uniformados, el hombre se negó al procedimiento y se encerró en inmueble, bloqueando los accesos y amenazando con lanzarse al vacío.

En el hecho intervino la negociadora de la Policía de Misiones, pero tampoco hubo resultados, ante lo cual el personal de Bomberos y de la División Rescates Complejos planificó un operativo para ingresar al departamento.

Lo hicieron mediante cintas de anclaje de alta resistencia y desde el piso superior descendieron con arneses hasta una ventana del departamento, cavidad por la cual ingresaron al inmueble y lograron reducir al hombre de 35 años.

El implicado fue trasladado a una dependencia policial y quedó a disposición de la Justicia, mientras que la muchacha recibió asistencia multidisciplinaria.

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