Policiales
Primer fallo por transfemicidio en Misiones: perpetua al asesino de Evelyn
Histórico. El 17 de marzo de 2022 será recordado como el día en que la Justicia misionera dictó la primera sentencia de la provincia -y la segunda del país- por un transfemicidio, al declarar como un crimen de odio el asesinato de la joven trabajadora sexual trans Evelyn Rojas (26) y condenar a la pena de prisión perpetua a Ramón Da Silva, único imputado por el hecho perpetrado el 27 de octubre de 2016 en Posadas.
El condenado, más conocido por sus alias de “Ramoncito”, “Junior” o “Polaquito”, fue declarado penalmente responsable del delito de “homicidio triplemente agravado por la relación de pareja preexistente, por odio hacia la identidad de género de la víctima y femicidio”, figura contemplada por el artículo 80 del Código Penal de la Nación argentina, incisos 1, 4 y 11.
La dura sentencia, que al imponer el agravante del factor “odio” declara formalmente al caso como travesticidio o transfemicidio, fue dictada este mediodía, minutos después de las 12.30, en el recinto de debates del Tribunal Penal Uno de Posadas, ubicado sobre la calle La Rioja, mientras en las afueras un importante grupo de militantes sociales e integrantes de colectivos feministas, de géneros y diversidades, reclamaba a gritos y cánticos un fallo condenatorio.
El fallo lleva las firmas de los jueces Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Marcela Leiva (subrogante). La primera votó por una condena a perpetua por homicidio con agravantes de la relación preexistente y femicidio, en tanto que sus pares se impusieron por mayoría en agregar el agravante de odio.
De igual manera, el dictamen tampoco se ajustó en forma plena a lo solicitado minutos antes tanto por la fiscalía como por la querella, cuyos representantes además solicitaron aplicar el agravante de “alevosía”.
Da Silva, que al momento de hacer uso de su derecho a emitir sus últimas palabras optó por permanecer callado, oyó la sentencia inmutable y luego volvió a ser trasladado por personal de GIEP del Servicio Penitenciario Provincial (SPP).
El hombre volverá a la cárcel y deberá cumplir 35 años de prisión efectiva. Es decir que, como está detenido desde 2016, recién en 2051 podría solicitar algún beneficio que le signifique posibilidad alguna de volver a pisar la calle.

Ramón Da Silva deberá permanecer preso hasta 2051.
La mente de Junior
La audiencia de hoy, la sexta desde que comenzó el proceso oral, arrancó minutos después de las 8.30, con la lectura de las conclusiones de la junta médica psiquiátrica que evaluó al imputado esta semana, a pedido de su defensor oficial, Mario Ramírez.
En el informe, los peritos intervinientes concluyeron, entre otros aspectos, en que Da Silva no registra “alucinaciones”, se encuentra “lúcido”, con “conciencia de la situación”, con rasgos de “egocentrismo” y “tendencia a la mentira y a la manipulación en su relato”.
Además, añadieron que el implicado “no desarrolla empatía, ni afectos”, tampoco reconoce “culpabilidad y arrepentimiento” y presenta “poco control de sus impulsos”, cuestión que puede verse agravada ante el consumo de alcohol o estupefacientes, adicciones que el propio imputado admitió tener.
Por último, sostienen que en Ramoncito o Junior “no hay indicadores de una enfermedad psiquiátrica” y que presenta un “grado óptimo para comprender la criminalidad de sus actos”.

La abogada González y la madre de Evelyn, Patricia Villalba, tras el histórico fallo.
Crimen de odio
Finalizada la lectura del informe médico psquiátrico, la presidenta del tribunal, Viviana Cukla, dio inicio a la ronda de alegatos y la primera en exponer fue la letrada Florencia González, en representación de la familia de Evelyn como querellante particular en la causa.
En primer lugar, González consideró acreditado el hecho y la autoría del crimen por parte del único imputado.
La letrada sostuvo su hipótesis del caso a partir de las pruebas recolectadas durante la instrucción de la causa y los testimonios vertidos por los más de 20 testigos que prestaron declaración a lo largo del juicio.
González reconstruyó que el 27 de octubre de 2016, cerca de la 1 de la madrugada, Junior y Evelyn -que eran pareja- ingresaron juntos a la estación de servicios abandonada en la intersección de las avenidas Uruguay y Bouchardo de Posadas, donde el hombre pernoctaba y donde asesinó a golpes a la muchacha trans de 26 años.
La abogada, que además es militante feminista y por las diversidades, consideró que Da Silva actuó con alevosía porque se aprovechó del estado de indefensión en que se encontraba Evelyn por su alto grado de intoxicación alcohólica, y sostuvo que actuó con manifiesto “odio y desprecio”, direccionando sus agresiones hacia zonas del cuerpo que representaban la feminidad de la víctima, como los pechos y el cabello.
“No hay dudas que estamos ante un crimen de odio”, expresó González ante un recinto de debates colmado, y agregó que “necesitamos perspectiva de diversidad. Existe una gran diferencia entre el femicidio y el transfemicidio. Este es el reflejo de un crimen de odio hacia la comunidad trans y hay que llamar a las cosas por su nombre, porque si no, se invisibiliza. Son fenómenos diferentes y hay que tratarlos como tal. Hoy tenemos la oportunidad de avanzar en la aplicación de las leyes, es un día para hacer historia”.
En su exposición, que duró cerca de una hora, la abogada querellante además mencionó estadísticas para reflejar el grado de exclusión y vulnerabilidad al que está sometida la comunidad trans. “1 de cada 3 mujeres trans son asesinadas. El asesinato es la segunda causa de muerte en personas trans menores de 40 años. Son muertes evitables, pero el problema es que la vida de las personas trans no importan”, lanzó.
Con todo lo expuesto, González pidió la pena de prisión perpetua para Da Silva, al considerarlo autor del delito de homicidio cuádruplemente agravado por la relación de pareja preexistente, alevosía, odio a la identidad de género y femicidio.

González, abogada querellante, y Rau, el fiscal, los primeros en alegar.
“Aversión hacia personas transgénero”
Idéntico pedido fue formulado minutos más tarde por el fiscal Martín Alejandro Rau, quien realizó consideraciones similares a la querella.
Rau también consideró acreditado el hecho y la autoría del crimen por parte del imputado, sobre quien sostuvo que actuó con una “violencia inusitada”.
El fiscal explicó que iba a “armar el rompecabezas del caso” mediante las pruebas recolectadas. De esa forma, valorizó el testimonio vertido por María Ignacia Galeano -amiga de Evelyn- quien vio a la víctima junto al acusado la noche previa al crimen y los ubicó en la escena del hecho. También remarcó la importancia de las pericias genéticas, que concluyeron que en el lugar del asesinato solo había ADN de la muchacha y del imputado, no así de un tercero.
El representante del Ministerio Público Fiscal también se apoyó en las declaraciones vertidas por los familiares y conocidos de Evelyn, quienes ante el tribunal recordaron los constantes episodios de violencia que el encartado cometía sobre la víctima. Desde manipulación económica, golpes e insultos hacia la identidad de género de Evelyn.
“Hay una constancia en los testimonios. Tanta coincidencia suma a la certeza”, resumió el fiscal, que dio su alegato de pie.
En otro punto de su exposición, y pidiendo a la prensa no replicar las imágenes por respeto a la familia, Rau exhibió fotografías del cadáver para graficar la violencia aplicada sobre Evelyn y se detuvo en una expresión puntual de un perito forense que practicó la autopsia: “A Evelyn le quedaron ‘ojos de mapache’. Estaba desfigurada. Su cara perdió asimetría”.
Sobre la mecánica del crimen, señaló que los exámenes médicos concluyeron que Evelyn sufrió una traumatismo de cráneo gravísimo, con fractura en la base del cráneo. Y reconstruyó que “la cabeza de Evelyn impactó contra algo, no que algo impactó contra la cabeza de Evelyn. Ese algo era un objeto macizo, que podía ser una pared o un piso”.
Rau tampoco dejó pasar la declaración vertida por el propio imputado en la audiencia del último lunes. El fiscal recordó que Da Silva tuvo un “período de duda llamativo” cuando fue preguntado por si mató a Evelyn y agregó que “cuando él declaró dijo que se asustó y escapó. ¿Saben por qué se asustó? Porque se dio cuenta de lo que había hecho y no quería que lo detuvieran”.
En base a lo expuesto, efectuó el mismo pedido que la querella, incorporando a la imputación de base, los agravantes de alevosía y odio hacia la identidad género.
“Junior demuestra que tenía aversión hacia personas transgénero. Muestra de ello son los golpes efectuados, el haberle cortado el cabello. Son agresiones innecesarias para causar la muerte, pero sí son para hacer sufrir. Todos los testigos recuerdan los insultos hacia Evelyn. Le decía ‘puto’, ‘puto sucio’, ‘no servís ni para coger’, etcétera”, argumentó.
Para culminar, Rau expresó: “Deseo que se visibilice el pedido de la familia de Evelyn, que es el deseo de justicia. Dar a cada uno lo suyo. No lo pido solamente como fiscal, sino como ciudadano y sobre todo por las disidencias que tan sometidas están. Para dar un mensaje a la sociedad, para que no haya otra Evelyn y para que esto no vuelva a ocurrir”.

Da Silva junto al defensor oficial Mario Ramírez.
“No es una persona normal”
El último en exponer fue el defensor oficial Mario Ramírez, quien solicitó que Da Silva sea retirado de la sala durante su alegato. El pedido fue aceptado por el tribunal.
A pesar del informe médico psiquiátrico incorporado y leído al inicio de la audiencia, Ramírez insistió en el estado de salud mental de su defendido y pidió por su inimputabilidad. También solicitó la inconstitucionalidad de la prisión perpetua.
“Yo no creo que Junior sea una persona igual que nosotros. Él también es una persona con vulnerabilidad. Eso no quita que haya hecho algo atroz”, comenzó Ramírez.
Para la defensa, Da Silva no comprende conceptos ni está ubicado en contexto como el común de las personas. “Él no sabe ni qué es una pareja, ¿podemos pedirle que distinga género y sexo? Una persona en estas condiciones no puede entender las cosas como nosotros sí entendemos. El concepto de pareja que Junior tiene no es el mismo que tenemos nosotros”, indicó.
Y, en otro punto, sostuvo que “él es un poquito más que un animal, queda feo que lo diga, pero es así. Por eso pedí que lo saquen. No es una persona normal”.

El condenado deberá cumplir 35 años de prisión efectiva.
Policiales
Motociclista falleció tras despistar y chocar un auto estacionado en Posadas
Un hombre conducía una moto Taiga 110, en la intersección de las avenidas Juan José Passo y Tomás Massa cuando, por causas que son materia de investigación, perdió el control y murió al impactar contra un automóvil que se encontraba estacionado.
El hecho se registró alrededor de las 13:30 y la víctima fue identificada como Miguel Ángel Pedro Grutka (66), quien a raíz de las lesiones sufridas como resultado del fuerte impacto, perdió la vida en el lugar.
En ese momento, Grutka iba acompañado en el vehículo por una mujer de 63 años, quien fue examinada por personal de salud y no presentó lesiones de gravedad.
En el lugar trabajaron efectivos de la Policía Científica, médico policial y personal especializado, a fin de establecer las circunstancias del siniestro.
Policiales
Buscan a un preso que escapó durante un traslado al hospital de Eldorado
La Policía busca a un detenido que esta mañana escapó de sus custodios durante un traslado al hospital Samic de Eldorado, donde iba a ser sometido a un estudio de salud mental.
La fuga ocurrió este martes, en el sector de Salud Mental del hospital Samic de Eldorado, donde el detenido aguardaba para ser atendido y aprovechó un descuido para huir de sus custodios.
Según la información difundida oficialmente, el fugado fue identificado como Román Adrián, de 25 años, quien se encontraba privado de su libertad en el marco de una causa por amenazas.
Por estas horas, la Policía despliega un amplio operativo para dar con su paradero. Las labores incluyen recorridas por la zona y controles cerrojos por las principales arterias de la ciudad de Eldorado.
Judiciales
Imputaron por transfemicidio a los tres detenidos por el asesinato de Caí
Dos de los tres detenidos por el crimen de Caí, la mujer trans asesinada a golpes en Puerto Iguazú, se desligaron del hecho, mientras que el restante implicado eligió guardar silencio al momento de declarar ante la Justicia, aunque de igual manera los tres fueron imputados como coautores del delito de transfemicidio, figura que prevé una pena de prisión perpetua.
Las audiencias de indagatoria se realizaron ayer en el Juzgado de Instrucción Tres de Puerto Iguazú, dependencia a la cual fueron trasladados desde la comisaría donde están alojados desde el sábado y uno a uno comparecieron ante Martín Brites, el magistrado que dirige la investigación iniciada el 2 de abril, cuando Caí fue encontraba gravemente herida en un eucaliptal ubicado en el predio de la comunidad Fortín Mbororé.
De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas, el principal apuntado por el crimen es Axel Facundo “Chana” M. (20), hijo del cacique de la mencionada comunidad mbya, quien eligió prestar declaración indagatoria, aunque negó haber sido el autor del golpe que provocó la muerte de la víctima y se desligó por completo del hecho.
El otro implicado que declaró fue Celso (17), quien dio en testimonio similar al de Chana y también rechazó la acusación. El tercer involucrado, Bruno “Nene” D. (18), optó por guardar silencio.
A pesar de sus testimonios, los tres sospechosos, todos ellos integrantes de comunidades guaraníes, fueron formalmente imputados por homicidio agravado por odio a la identidad de género de la víctima y violencia de género, figura contemplada por el artículo 80, inciso 4 y 11.
El caso
El caso comenzó a investigarse el pasado 2 de abril, cuando Caí, de nombre Claudia Gabriela Gómez (34), fue encontrada gravemente herida en inmediaciones a la comunidad Fortín Mbororé, donde residía en una casilla en contexto de extrema precariedad y abandono.
En esa instancia, la mujer trans quedó internada en el hospital Samic de Iguazú, donde finalmente falleció el miércoles 8 y la autopsia posterior concluyo que el deceso se produjo como consecuencia de una fractura de cráneo.
El examen forense además determinó que esa lesión fue provocada por un golpe efectuado con un objeto contundente. La víctima también presentaba múltiples heridas en el rostro, descarándose lesiones compatibles con abuso sexual.
Tras al hecho, organizaciones sociales, de derechos humanos y diversidades reclamaron justicia por la muerte de Caí.
En ese marco, según se pudo saber, el Observatorio de Crímenes de Odio LGBT del Instituto contra la Discriminación de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se puso a disposición y sus autoridades comenzaron a trabajar en conjunto con el juez Brites en pos de garantizar una investigación que respete la perspectiva de género y de diversidades.
-
Prensa Institucional hace 1 díaAuditoría en Caraguatay: el 65% del combustible iba al intendente y familiares
-
Exclusivo hace 6 díasFlorencia Aguirre, la enfermera que denuncia al poder, vuelve a Misiones
-
Policiales hace 7 díasDenunció a su padrastro por abuso y reclama que sigue libre: “Me dejaron solo”
-
Política hace 4 díasLalo Arguibel: “Rovira y Wellbach son los dueños de la lista de Humada”
-
Opinión hace 2 díasMesa de arena: primera incursión sobre el mapa electoral del Cantón
-
Policiales hace 5 díasEmpresario de Roca denunció que fue interceptado y baleado por asaltantes
-
Policiales hace 3 díasJoven bombero voluntario murió al despistar con su moto en Pueblo Illia
-
Provinciales hace 5 díasPosadas, Candelaria y Oberá continuarán sin colectivos urbanos este viernes

