Policiales
Perpetua a Puzin por matar a mazazos a su esposa y ocultar el cuerpo en Oasis

Pablo Lotario Puzin fue condenado este mediodía a la pena de prisión perpetua, tras ser declarado responsable del femicidio de su esposa Estela Fidencia Arapayú (49), a quien asesinó a mazazos mientras dormía y luego ocultó su cadáver en un desagüe de agua en desuso que tenían en la propiedad que compartían en la localidad de Colonia Oasis.
La sentencia fue impartida hoy, minutos antes de las 12, por parte del Tribunal Penal Dos de Posadas, cuyos magistrados declararon al imputado autor del delito de “homicidio triplemente agravado por el vínculo de pareja, alevosía y femicidio”, figura contemplada por el artículo 80, incisos 1, 2 y 11, del Código Penal de la Nación argentina.
El fallo se ajustó de manera plena al pedido efectuado por el fiscal Vladimir Antonio Glinka durante la exposición de sus alegatos y contrastó con lo planteado por la defensora oficial Inés Belloni, quien sostuvo que el crimen fue cometido bajo un estado de emoción violenta y solicitó que, bajo ese encuadre, el imputado reciba la pena mínima (10 años de prisión).
El hecho por el cual Puzin fue condenado ocurrió el 7 de mayo de 2019 en Colonia Oasis, a unos 13 kilómetros de Jardín América.
Según lo que se pudo reconstruir, esa madrugada, cerca de la 1, Puzin aprovechó mientras su esposa dormía para asesinarla a mazazos en la cabeza. Luego, el hombre limpió la escena, ocultó el cadáver en un desagüe de agua y al día siguiente inventó que la mujer desapareció luego de acudir al hospital.
La versión del ahora condenado se mantuvo durante una semana, hasta que las pruebas comenzaron a emerger y la investigación lo dejó acorralado. La punta del ovillo fue una mancha de sangre en el teléfono celular de la víctima y el corolario fue el hallazgo del cuerpo.
Una vez confirmado el crimen de Arapayú, Puzin confesó el hecho al momento de prestar declaración indagatoria, pero afirmó que no recordaba de qué manera lo hizo.
“Cuando me despierto la veo ensangrentada, pero no recuerdo nada. No puedo explicar cómo fue porque no me acuerdo. Cuando levanto las sábanas cae el martillo. Ahí no sabía cómo tratar el problema, tenía miedo por mis hijos y la llevé al pozo”, fueron sus palabras.
El hombre cursaba un tratamiento por un cuadro de depresivo y la defensa pretendió relacionar el asesinato a un asalto de emoción violenta, pero el tribunal desestimó esa teoría.
Mazazos en la noche
Esta mañana, previo al dictado de la sentencia, se desarrolló la ronda de alegatos, donde tanto el fiscal Glinka como la defensora Belloni expusieron sus conclusiones finales y efectuaron sus respectivos pedidos.
El primero en exponer fue Glinka, quien dio por acreditado tanto el hecho como la autoría de parte de Puzin, pero para reforzar su hipótesis consideró necesario contar “la historia” desde el comienzo.
Fue así que el fiscal reconstruyó la relación que mantenían Puzin y Arapayú. “Esto comienza con una relación muy larga, con varios hijos en común. Pero en un momento se separan, hay una denuncia por violencia familiar de por medio y ella se va”, relató Glinka.
Luego, añadió que tras la ruptura, Arapayú inició una nueva relación con Ricardo Cholfo -que declaró como testigo en la segunda jornada de juicio-, pero al cabo de tiempo decidió volver con Puzin para poder estar cerca de sus hijos, ya que ella no tenía un domicilio fijo y sabía que no estaba en igualdad de condiciones para luchar por la tenencia de los pequeños.

El fiscal Glinka recreó el crimen utilizando la maza incautada en el expediente.
“Ella decide volver a la casa por sus hijos, no por Puzin. Y regresa bajo estrictas condiciones de convivencia. Una de esas fue casarse. Para Puzin ella era su mujer, era de su propiedad”, apuntó el fiscal.
Luego, recordó que el 6 de mayo -el día previo al crimen- Arapayú acudió al hospital para atenderse una infección en el cuello, pero como el turno se demoró terminó encontrándose con Cholfo, con quien ella tenía pensado retomar la relación cuando las condiciones estén dadas.
Según la hipótesis acusatoria, desconfiado, Puzin fue hasta el pueblo para buscar a su esposa y cuando la encontró dudó de todo.
“A Puzin no le cerraba qué pasó esa tarde. Como ella en su momento volvió con él, él pensaba que ella le debía muchas cosas, que si no era su mujer, no sería de nadie. Entonces, esperó a que todos se durmieran y, con un elemento contundente, le rompe la cabeza a su esposa. Luego limpió la sangre, agrandó el pozo, escondió el cuerpo e hizo como si no pasó nada”, relató Glinka, que en un tramo de su exposición tomó la maza utilizada como arma homicida para recrear la escena ante los jueces.
El representante del Ministerio Público Fiscal sostuvo que la relación de Arapayú con Cholfo “no era un secreto”, que todos lo sabían, incluido los hijos de la mujer, pero Puzin nunca lo asimiló.
“Por supuesto que medió violencia de género en este caso. Ella se separó por violencia en su momento. Siempre hubo posesión de parte de Puzin. Él la tenía controlada y sentir que estaba perdiendo esa posesión la llevó a matarla y actuó sobre seguro, mientras ella dormía, por eso también hay alevosía”, consideró Glinka.
Emoción violenta
A su turno, la defensora oficial Belloni, insistió en los pedidos de nulidad de todas las actuaciones al considerar que Puzin brindó una declaración confesional de manera irregular.
Luego, señaló que el fiscal “relató los hechos en forma de película” y sostuvo que la relación entre Puzin y Arapayú tenía “vaivenes”, pero que no existieron situaciones de violencia de género.
Belloni sostuvo que, tras la separación, Puzin inició un tratamiento por un “trastorno depresivo” y eso fue el preludio de su hipótesis relacionada a un cuadro de “emoción violenta”.
“Al momento del hecho sufrió una conmoción que desordenó su comportamiento e hizo que no controlara sus acciones. Eso no significa que estaba en estado de inimputabilidad, sino de una conmoción que lo llevó a cometer el delito, por factores externos”, expresó.

Puzin deberá continuar preso hasta 2054 en la UP I de Loreto.
Y profundizó: “Él ese día estaba angustiado, porque fue a buscar a su esposa y no la encontró. Estaba ese sentimiento de sospecha, de humillación y esa angustia se agigantó”.
Para Belloni, esa conmoción se denota en el “ímpetu” y en la “forma torpe” en la que Puzin cometió el hecho, haciendo referencia a las pistas que dejó. “Él perdió su freno reflexivo y sus marcos inhibitorios”, agregó.
En esa línea, la defensora procedió a solicitar la aplicación de la figura de “emoción violenta” y consideró que su defendido debía ser condenado a la pena mínima bajo ese encuadre (10 años), argumentando que Puzin “ha colaborado y no tiene antecedentes”.
En la etapa de réplicas y dúplicas, el fiscal Glinka refutó la hipótesis. “Él no la estranguló en un momento. Él se paró, fue a buscar un martillo, se paró a su lado y le rompió la cabeza. Hay una temporalidad que lo perjudica”, concluyó.
Tras los alegatos, el tribunal presidido por César Yaya e integrado por Gregorio Busse y Carlos Giménez dieron un cuarto intermedio que culminó poco después con el dictado del fallo condenatorio.
Puzin volvió a ser trasladado a la Unidad Penal I de Loreto, donde deberá purgar su condena de 35 años de prisión efectiva. El hombre está detenido desde 2019 y deberá continuar tras las rejas hasta 2054.
Policiales
Tres muertos y una mujer herida por choque frontal en San Vicente

Una camioneta Toyota Hilux, conducida por un hombre de 39 años, colisionó de frente contra un Fiat Palio en el que viajaban un hombre y dos mujeres, donde estos últimos que aún no fueron identificados, fallecieron en el acto.
El hecho, cuyas circunstancias aún son materia de investigación, ocurrió en la tarde de hoy alrededor de las 17, sobre ruta 14, a la altura del kilómetro 968 de la Capital de la Madera.
En medio del impacto, una mujer que circulaba como peatón fue embestida y debió ser trasladada al hospital local por lesiones.
Trabajaron en el lugar los bomberos voluntarios, para liberar a las víctimas, mientras la Policía de Misiones inició las pericias correspondientes para establecer las circunstancias del hecho.
Judiciales
Condenaron al músico Andrés González por el siniestro fatal de Roca en 2019

El músico Andrés Horacio González fue condenado a 3 años de prisión en suspenso y 10 de inhabilitación para conducir tras ser declarado responsable del siniestro vial registrado el 5 de marzo de 2019 sobre la ruta nacional 12, en Gobernador Roca, hecho que ocasionó las muertes de su novia Melina Sosa Labandera (25) y de la turista mendocina Melisa Caram (27), además de provocar heridas en otras tres personas, una de las cuales quedó con secuelas de por vida.
El artista no irá a la cárcel porque la pena es de ejecución condicional, aunque en contrapartida deberá respetar una serie de normas de conductas impuestas, como no beber, ni consumir estupefacientes, además de cumplir 32 horas mensuales de tareas comunitarias y acatar una prohibición de salida del país, medidas que regirán durante el término de la condena.
La sentencia fue emitida este mediodía por el tribunal unipersonal presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas, luego de la ronda de alegatos desarrollada previamente, donde prevaleció uno de los planteos efectuados por la defensa del acusado, encabezada por los abogados particulares Federico Tilli y Daniel Zapana.
“Es un hecho traumático para todos. Entiendo todo lo que está pasando y tengo miedo también, pero confío en la Justicia. Solo pido que no se me quite la posibilidad de seguir cantando y seguir con mi familia”, había expresado González al momento de dar sus últimas palabras antes del veredicto.
Después del fallo, firmó el acta, entregó su licencia de conducir y se retiró en compañía de los familiares que lo acompañaron durante toda la jornada desde el sector del público.
“Destruyó vidas”
La ronda de alegatos comenzó con la exposición de la fiscal María Laura Álvarez, que sostuvo la acusación formulada desde la etapa de instrucción y consideró que González debía ser condenado a 6 años de prisión efectiva por ser autor de los delitos de “homicidio culposo calificado dos hechos, lesiones graves culposas calificadas dos hechos y lesiones gravísimas, todo en concurso ideal”.
Álvarez dio por acreditado que el impacto frontal entre el Ford Fiesta y la camioneta Chevrolet S-10 se produjo a alta velocidad, durante una maniobra de sobrepaso y en una zona de doble línea amarilla, pero fundamentalmente consideró probado que González era el conductor del automóvil siniestrado, principal punto de controversia en la causa.
“Esto se pudo acreditar con las testimoniales de testigos y sobrevivientes, las pericias realizadas y por las lesiones que presentaban las víctimas del hecho”, explicó la fiscal.
Y avanzó: “Y tengo la certeza que el imputado actuó de forma antirreglamentaria, en exceso de velocidad y en doble línea amarilla. Infringió las normas de tránsito más elementales. Hubo culpa temeraria y una actitud desaprensiva. Este hecho destruyó vidas, familias y proyectos de vida”.
Con esa base, solicitó que el músico sea condenado a 6 años de prisión efectiva, más de 10 de inhabilitación para conducir. “La pena efectiva sería no banalizar las muertes”, justificó.
Además, Álvarez calificó como “deficiente” el accionar de los agentes que labraron el sumario policial del hecho, documento en el cual registraron al sobreviviente Samir Daou como supuesto conductor del Ford Fiesta siniestrado y solicitó que los uniformados Priscila Ifrán y Rodolfo Dos Santos, sean investigados por incumplimiento de los deberes de funcionario público, lo cual finalmente fue aceptado por la jueza Leiva en su fallo.
En contrapartida, Leiva desestimó el pedido de condena efectuado por la fiscal Álvarez y su resolución estuvo ajustada al planteo de la defensa de González, que en primera instancia pidió la absolución del artista o en forma subsidiaria la aplicación del mínimo de la pena, con ejecución condicional.
“Estafa procesal”
En su alegato, el abogado penalista Federico Tilli cuestionó a la fiscalía por realizar “un análisis sesgado y parcial de las pruebas”, apuntando que solo valoró el testimonio de los sobrevivientes Samir Daou y Facundo Chemes, minimizando el valor de las pericias y de las labores policiales. “Es casi una estafa procesal”, arremetió.
“No voy a permitir que se dé por determinado un exceso de velocidad porque ninguno de los peritos que acá declararon lo pudieron comprobar y tampoco hay certezas para determinar al conductor del auto y acá necesitamos certeza absoluta para condenar a una persona”, respondió Tilli.
El letrado también apuntó contra Daou y Chemes, a quienes señaló como “dos amigos que han congeniado contra González”.
“Acá es confiar en la Policía o en dos personas que le quieren hacer mierda a González, porque también tienen interés patrimonial contra él, le quieren hacer pagar por todo esto”, señaló.
Tal de directo fue Tilli que además solicitó que ambos testigos sean investigados por falso testimonio agravado por ser en perjuicio de un imputado, aunque la jueza Leiva no tuvo en cuenta ese pedido en su resolución.
Tilli también se hizo eco de la calificación de “deficiente” que la fiscal Álvarez le atribuyó al primer sumario del hecho, donde se registró a Samir Daou como conductor del auto y no a González.
“O sea que con un sumario deficiente pretendemos condenar a alguien, pero nadie pidió su nulidad. No se puede condenar a una persona con todos estos yerros procesales”, cuestionó.
En consecuencia, Tilli solicitó la absolución por el beneficio de la duda en favor de su cliente o, en forma subsidiaria, que la condena sea por el mínimo de la pena (3 años), con cumplimiento de condicional.
“No hubo alcohol, no hubo exceso de velocidad y nunca se fugó. No tiene sentido una pena de prisión efectiva. Sí aceptamos cualquier medida restrictiva y hasta la prohibición de conducir”, cerró.
El planteo finalmente fue acogido por la magistrada Leiva, que falló en coincidencia y dispuso que los fundamentos de la sentencia serán comunicados el 23 de junio.
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Policiales
Sospechoso del crimen del sindicalista Achingo volvió a ser detenido

Elio Romualdo O. (37), vinculado a un extenso prontuario por delitos graves, fue capturado ayer por la tarde en el barrio capitalino San Onofre, en el marco de un operativo realizado por la Dirección de Investigaciones Complejas.
El último hecho registrado fue una tentativa de homicidio ocurrido en octubre de 2024, cuya víctima fue un hombre identificado como Mauricio T. Por lo que, en cumplimiento de un oficio judicial librado por el Juzgado de Instrucción N.º 2, los efectivos procedieron a su detención.
A su vez, figura entre los principales sospechosos por el asesinato del sindicalista Pablo Sabino Achingo, ocurrido el 7 de junio del 2017 en Posadas, causa en la cual había recuperado la libertad.
Según los registros del sumario también está vinculado a otras causas por delitos graves, entre ellos, infracción a la Ley de Estupefacientes, robo y lesiones.
La Comisaría Seccional Octava, dependencia que interviene en la causa, ya fue notificada y se encuentra coordinando las medidas judiciales correspondientes.
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