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Villalba admitió un “procedimiento malo” y pidió perdón a la familia Rosa

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Villalba policía rosa mirta

Los ex policías Aldo Villalba (35) y Luis Rotela (43), enjuiciados desde la semana pasada por “incumplimiento de sus deberes como funcionario público y abandono de persona agravado por el resultado de muerte” en perjuicio de la docente jubilada con esquizofrenia Mirta Carmen Rosa (47), registrado hace más de una década en Garupá, finalmente declararon hoy.

En esa instancia, ambos se desligaron del trágico final y el principal acusado pidió perdón a la familia de la víctima, por la “falencia” en el procedimiento realizado.

Tal como estaba previsto, para hoy sólo se aguardaban las declaraciones de los imputados, dado que el testimonio de los demás testigos que fueron desistidos o que no fueron hallados iba a ser incorporados por lectura. De esa manera, la etapa de recolección de pruebas se declararía cerrada, para dar paso a la ronda de alegatos fijada para el próximo miércoles desde las 8.30.

El primero en pasar frente al tribunal fue Aldo Villalba, que al momento del hecho era oficial de servicio en la comisaría Quinta de Garupá y estuvo a cargo de la comisión que el 14 de febrero de 2013 salió a atender el requerimiento de una familia del barrio Nuevo Garupá, quienes solicitaron asistencia ante la presencia de la señora Rosa, una mujer de 47 años diagnóstica con “trastorno psicótico esquizofrénico”, que ese mediodía llegó desorientada al lugar.

La reconstrucción del hecho señala que Villalba, acompañado de Rotela como chofer, subieron a Rosa al patrullero y se la llevaron del lugar, pero nada más se supo de la mujer hasta que, horas después, su cadáver apareció en una cancha del barrio Los Potrillos, a varias cuadras de distancia. Qué sucedió en el medio es lo que se intenta determinar en este juicio. Al principio los ex uniformados fueron acusados de homicidio calificado, pero luego la figura se redujo a la imputación actual.

En el comienzo del debate, los dos acusados se abstuvieron de declarar, aunque advirtieron que podrían hacerlo durante el transcurso de las audiencias y el momento llegó hoy.

Los abogados José Luis Rey y Mónica Olivera, junto al imputado Villalba en el fondo.

“La vi bien y la bajé”

Ya frente al tribunal, Villalba se defendió de las acusaciones, aunque sin responder preguntas. En primera instancia narró que, al llegar a la casa desde donde pidieron asistencia, se encontró con Rosa y dialogó con ella.

“Yo me entrevisto con la señora sentada. Me presento y le hago preguntas de rigor. La señora me manifestó que se llamaba Rosa, que era de San Javier, que sus hijos y marido vivían ahí. La familia del lugar dijo que no hubo ningún problema, que sólo quería que retiremos a la señora”, relató el imputado, que actualmente trabaja como chef.

Añadió entonces que subieron a Rosa en el patrullero para dirigirse a la comisaría y, dentro del móvil, continuaron dialogando sin inconvenientes, hasta que poco antes de llegar “a la colectora, cerca de los bomberos”, la mujer pidió bajarse aduciendo que tenía familiares viviendo cerca.

“Yo le digo al chofer (Rotela) que pare. Bajo, abro la puerta y le vuelvo a preguntar a la señora si estaba bien y me vuelve a decir que tenía un familiar que vivía cerca. Entonces se baja y nosotros nos retiramos hacia la comisaría”, señaló Villalba.

Y continuó: “Como yo veo que ella estaba bien, que me contestó su nombre, que dijo de dónde era, que tenía familia y que no evidenciaba lesiones, ni nadie dijo nada sobre algún dolor o padecimiento, para mí fue una comisión normal y a requerimiento de la señora lo más simple o la solución más humana, la que más correcta me pareció fue bajar a la señora en la colectora. Nunca tuve una sensación de alerta o de peligro, la vi bien y la bajé”.

Aldo Villalba tiene 37 años y actualmente es chef.

Bajo estas circunstancias, el imputado agregó que al regresar a la comisaría le pasó los datos de la comisión realizada “al cabo de cuarto”, aunque le informó que todo fue “sin novedad”, porque consideró que no había pasado nada “grave” o “relevante”.

“Jamás pensé que un ‘sin novedad’ iba a desembocar en todo esto’”, lanzó, refiriéndose a que también le endilgan el delito de “falsificación ideológica de instrumento público”.

En la continuidad de su relato, además, Villalba contradijo al que era su jefe en la Quinta, José Cerdán, quien ayer declaró que, tras el hallazgo del cuerpo sin vida de Rosa, el oficial imputado nunca le contó sobre la comisión que habían realizado con ella horas antes.

“Cuando se halla el cuerpo, yo reservo la escena e informo a los superiores. Cuando llega el jefe, tengo un diálogo con él y le digo que con esa señora nosotros tuvimos contacto, le expliqué la comisión, que fue sin novedad, que simplemente la trasladamos hasta la colectora, que se bajó y nos fuimos. Le dije que no pasó nada más y me respondió que esperáramos qué decían el juez y el médico, pero que mientras tanto yo siga con las instrucciones del caso”, se explayó.

De esta manera, Villalba respondió las acusaciones que daban cuenta de que, durante casi un mes, él llevó adelante las actuaciones del hecho sin que nadie supiese que había realizado el traslado de Rosa horas antes de su aparición sin vida.

Perdón y pedido de respuestas

Por último, y de pie, el ex policía pidió perdón a la familia de la víctima y también reclamó respuestas y justicia, tanto para la mujer fallecida como para él y su consorte de causa.

“Quiero pedir perdón a la familia si por mi procedimiento malo o con la falla o la falencia de mi procedimiento le causé dolor. Jamás fue mi intención hacer daño a alguien. Todo lo que hice fue dentro de lo que aprendí, creí que lo hice bien, creí que hice un bien, pero tuvo un final muy malo, lo sabemos todos”, exclamó.

E insistió: “Pido perdón a la familia porque sé el dolor que deben estar sintiendo, sé la bronca que deben tener porque son diez años, porque deben querer respuesta y lo mismo quiero yo y Rotela. Queremos respuestas. De la misma forma que la hija nos deseó, le deseo a ella, que Dios la bendiga y que ilumine el camino a la Justicia para que se pueda dilucidar todo lo que le pasó a esta señora después de que nosotros la bajamos”.

Rotela también habló

A su turno, también pasó al frente del estrado el ex cabo Rotela, quien también se excusó de responder preguntas.

El hombre, que se desempeñaba como chofer de la comisaría Quinta, también se desligó del trágico final de Rosa y aseguró que únicamente cumplió su función y que no hizo nada más allá de lo que su rol ameritaba.

También pidió perdón a la familia de la víctima y recordó que, como consecuencia de esta causa, estuvo un año detenido, período en el cual fue exonerado de la fuerza provincial y debió reinventarse como remisero para mantener a su familia, aunque sufre de discriminación porque “la gente me reconoce y no quiere que la lleve”.

Luis Albino Rotela era chofer de la comisaría Quinta y ahora es remisero.

Alegatos el miércoles

Tras la palabra de Rotelo, el Tribunal Penal Dos, presidido por el magistrado Gregorio Busse e integrado por César Yaya y Fernando Verón (subrogante) dio por cerrada la etapa de incorporación de pruebas y dispuso un cuarto intermedio hasta el próximo miércoles para avanzar con la ronda de alegatos.

En esa instancia, las partes expondrán sus conclusiones finales y elevar sus respectivos pedidos ante el tribunal.

El primero en exponer será el fiscal Vladimir Glinka, quien ya en la primera jornada de debate brindó un breve alegato de apertura en el cual adelantó que la muerte de Rosa fue consecuencia “del accionar de los imputados”, sobre quienes apuntó que “nos han mentido durante muchos años”.

En segundo orden alegarán los abogados defensores particulares Mónica Olivera, en representación de Villalba, y José Luis Rey por Rotela.

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Fiscal pide perpetua para Schoenfisch: “Ejecutó a sus padres mientras dormían”

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Pablo Schoenfisch

El juicio contra Pablo Schoenfisch (23), marcado por una serie de particularidades que tornaron el proceso lento, tedioso y mucho más extenso de lo previsto, finalmente entró en etapa decisiva con un pedido de prisión perpetua formulado por la fiscalía y un planteo de absolución efectuado por la defensa, cuestión que se definirá el próximo martes cuando el Tribunal Penal Uno de Eldorado dicte sentencia.

En la audiencia de hoy el magistrado Atilio León, vocal del tribunal que preside Adriana Andino y que también integra Javier Jourdan (subrogante), insistió en su postura de suspender el proceso en virtud de las declaraciones autoincriminatorias efectuadas por Arnoldo Schoenfisch (67), quien pidió ser imputado en lugar de su hijo al confesar que él asesinó a su esposa Faustina Antúnez (54) y luego intentó suicidarse.

Esta vez León hizo su planteo a través de un escrito dirigido a Andino y leído ante las partes previo al inicio de los alegatos, etapa cuyo inicio volvió a demorarse unos minutos por un cuarto intermedio dictaminado para resolver la cuestión.

Tenemos aquí dos sospechados por un mismo hecho delictuoso, con la única diferencia que uno llegó por el camino de rito y otro que vino como testigo”, advirtió el magistrado, quien reiteró su postura de suspender el debate hasta tanto la confesión de Arnoldo Schoenfisch sea investigada por un fiscal de instrucción para que se determine la consistencia o no de esa versión antes de avanzar sobre Pablo. 

Lo mismo había planteado la semana pasada, cuando el padre del imputado declaró por segunda vez, aunque sus pares votaron por continuar el proceso, mientras que este jueves decidieron diferir la resolución de la cuestión al momento del dictado de sentencia, ante lo cual dieron inicio a la ronda de alegatos.

El fiscal exhibió imágenes de la escena del hecho, de armas y otros elementos incautados.

Alevosía

El primero en exponer fue el fiscal Federico Rodríguez, que mantuvo la hipótesis acusatoria que ubicado a Pablo Schoenfisch como autor de un ataque parricida y tachó la autoincriminación de su padre como un “injerto introducido a destiempo por la defensa”.

“Como investigué mucho este caso llegó a esta instancia totalmente convencido de la responsabilidad del imputado en los hechos investigados. El hecho está probado irrefutablemente desde el punto de vista físico, está patentizado en las dos almohadas donde fueron ejecutados con la cabeza apoyada”, postuló.

Rodríguez consideró que “este hecho es el más grave que sucedió en los últimos tiempos: arremeter contra la vida de los padres y además tiene la connotación particular de que además fue hecho en alevosía”.

Y ahondó: “Porque no solamente que mató a su madre e intentó matar a su padre, sino que también hubo alevosía, porque ejecutó a sus padres mientras dormían, sin darles ninguna posibilidad de defensa y con total inmunidad para su persona. Y también hay una connotación extra: la premeditación. Esto fue fríamente calculado, tanto por dónde entró, por dónde salió y la utilización de los guantes”.

De esta manera, el fiscal dio por acreditado que Pablo Schoenfisch fue quien el 14 de mayo de 2020 utilizando un revólver calibre 38 disparó a corta distancia contra sus padres mientras dormían en su casa de Santiago de Liniers, provocando la muerte de su madre Faustina Antúnez y provocando graves lesiones en su padre Arnoldo, que como consecuencia de la agresión quedó ciego.

El fiscal Federico Rodríguez fue en el encargado de formular la acusación.

La defensa, encabezada por los letrados María Laura Alvarenga y Fabián De Sá (concejal de Puerto Iguazú desde el 10 de diciembre), confrontó con la hipótesis acusatoria y argumentó que no hay pruebas “que ubiquen a Pablo en la escena del hecho”.

No hay una prueba de que Pablo haya estado en ese lugar. Pablo no se llevó nada de esta escena y tampoco dejó nada. No hay ADN de Pablo. En Pablo no hay sangre de Arnoldo, ni de Faustina, ni rastros de pólvora. Tampoco en el supuesto guante que encontró la empleada”, desarrolló la defensa, entre otros argumentos.

En etapa de réplicas y dúplicas, en tanto, Rodríguez respondió con las declaraciones efectuadas por el padre del imputado en etapa de instrucción y ratificadas por varios testigos: “Fue el propio Arnoldo el que ubicó a Pablo en la escena cuando pidió auxilio y dijo: ‘Por culpa de Pablito. Pablito hizo cagada”.

“En este proceso se vio una falta de respeto tremenda de este chico hacia a sus padres. A su madre le insultaba, no le hacía caso, le empujaba y le robaba”, trazó.

También contestó que “por la fuerza de gravedad la pólvora no subió al brazo, pero sí quedó en el guante” utilizado por el acusado.

Los alegatos culminaron con un pedido de absolución por el beneficio de la duda por parte de la defensa y una solicitud de prisión perpetua formulado por Rodríguez, quien consideró al imputado como autor de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”.

Las partes volverán a encontrarse en audiencia el martes de 16 de diciembre, fecha fijada por el tribunal para las últimas palabras del imputado y el posterior dictado de sentencia.

El debate para esclarecer este hecho registrado en 2020 comenzó el 10 de noviembre, pero tras la incriminación del padre del imputado el proceso entró a un sinuoso camino cargado de interrupciones, pedidos de nulidad e idas y vueltas.

Pablo Schoenfisch tiene 23 años y está detenido desde 2020.

Desestiman otra autoincriminación en el caso Schoenfisch y pasan a los alegatos

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Fundamentos de la condena a docentes: “Los derechos no son absolutos”

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condena docentes

La magistrada Marcela Alejandra Leiva fundamentó la condena impartida contra los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez en dos pilares centrales: el rol “de conducción y representación” que atribuyó a los imputados en la protesta y en la premisa de que “ningún derecho es absoluto”.

En su escrito, de 87 fojas, la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, encargada de presidir el tribunal unipersonal que llevó adelante el juicio oral contra los docentes, consideró, en primera instancia, que “ambos imputados ejercían funciones orgánicas de representación y vocería institucional en el conflicto, invocando expresamente la representación colectiva y actuando como autoridades máximas de sus respectivas organizaciones”.

Para arribar a esa afirmación se apoyó en las actas de notificación y en las declaraciones efectuadas por los agentes policiales que intervinieron durante los días comprendidos entre el 1 y el 4 de junio del año pasado para comunicar las órdenes judiciales de despejar el acampe docente montado sobre la avenida Uruguay como medida de protesta para exigir mejoras salariales.

Gurina y Sánchez no sólo eran parte de la protesta sino que asumían roles de conducción y representación, lo que explica porque el personal policial y los propios manifestantes indicaron a ellos como referentes, cuya presencia resultaba determinante para la toma de decisiones en el lugar de los hechos”, expuso entre sus argumentos Leiva.

La jueza desestimó los argumentos defensivos que insistían en el hecho de que todas las decisiones tomadas en el marco de la protesta era de carácter “asambleario” y entendió que “pues aun dentro de un esquema de decisiones colectivas, ambos (por Gurina y Sánchez) aparecían como figuras representativas y funcionales para la comunicación con autoridades y para la toma de definiciones”.

Gurina y Sánchez recibieron 10 meses y 8 meses de prisión en suspenso, respectivamente.

En ese marco, consideró acreditado que ambos docentes enjuiciados cometieron de manera deliberada el delito de “desobediencia judicial” al no atender las órdenes de despejar la calle, lo cual vino aparejado con la interrupción del tránsito y el consecuente “entorpecimiento del normal funcionamiento del transporte”, que era la segunda figura penal achacada a los imputados.

Al respecto, expuso Leiva: “Las conductas desplegadas excedieron los límites razonables que la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos reconocen a la huelga, la protesta o la libertad de expresión, configurando una afectación inadmisible a bienes jurídicos de terceros y al orden público”.

Y argumentó: “El derecho a la protesta, como manifestación de derechos humanos de participación, no puede convertirse en un ámbito de inmunidad para la producción de resultados lesivos, tales como la obstrucción deliberada del tránsito o la desobediencia a una orden judicial válida, contravendría el núcleo estructural del propio sistema de derechos humanos, que exige compatibilizar su ejercicio con la protección simultánea de la libertad, la seguridad y la dignidad de las demás personas”.

En cuanto a lo planteado por el abogado defensor Eduardo Paredes, de aplicar en forma subsidiaria a la absolución el estado de necesidad justificante o del estado de necesidad exculpante, la jueza subrayó: “No se configura aquí un conflicto legítimo entre derechos fundamentales que permita justificar la conducta, toda vez que la huelga no comprende la facultad de impedir la circulación pública por vías de hecho ni de afectar el normal desenvolvimiento de la comunidad, encontrando límites infranqueables cuando lesiona derechos de terceros ajenos a la medida. La protesta o huelga no constituye causa de justificación de delitos ni excluye la antijuridicidad de conductas que lesionan directamente bienes jurídicos de terceros. La doctrina penal ha sido clara en este punto”.

La jueza también citó jurisprudencia y mencionó el caso de Estela del Valle Juárez, docente y secretaria general de la Regional Suroeste de la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh), que participó en cortes de rutas por un conflicto salarial que estalló en su provincia en 2019 y cuya condena a tres meses de prisión en suspenso por “entorpecimiento del transporte” fue ratificada por la Corte Suprema en abril de este año.

A partir de la presentación de estos fundamentos, el equipo legal que defiende a los docentes tiene un plazo de diez para presentar una recurso de casación, lo cual es prácticamente un hecho ya que a apenas conocida la sentencia del miércoles pasado adelantaron que “apelaremos el fallo y de ser necesario insistiremos hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)”.

El fallo dictado por la jueza Leiva dispone 10 meses de prisión en suspenso para Mónica Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Leandro Sánchez, además de 8 horas mensuales de tareas comunitarias.

En las escalinatas del Palacio de Justicia los docentes volvieron a recibir el acompañamiento y el apoyo de sus compañeros.

Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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Desestiman otra autoincriminación en el caso Schoenfisch y pasan a los alegatos

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Tal como lo hizo un mes atrás, el ex intendente de Santiago de Liniers, Arnoldo Schoenfisch (67) volvió a autoincriminarse ante el tribunal que juzga a su hijo Pablo (23), acusado de un ataque parricida que ocasionó la muerte de su madre Faustina Antúnez (54) y dejó ciego a su padre, quien ahora pretende responsabilizarse por el hecho para favorecer al imputado.

Es la tercera vez que insiste en la versión autoincriminatoria. Primero lo hizo con un declaración jurada vertida ante escribano público en diciembre de 2024, luego hizo lo propio en el inicio del debate oral que conducir a su hijo a una pena de prisión perpetua y lo repitió hoy.

Esta situación obligó que el comienzo del debate quede stand by hasta que sus declaraciones sean analizadas por la fiscalía de instrucción, cuyas autoridades finalmente desestimaron la versión y eso permitió que el juicio se reanude, pero Schoenfisch padre hoy volvió a declarar: “Discutimos, la maté y luego me quise suicidar”.

El magistrado Atilio León, integrante del tribunal que preside Adriana Andino y completa Javier Jourdan (subrogante), pidió “suspender definitivamente” el juicio debido “al alto riesgo para la validez del proceso” que representaba el hecho de continuar interrogando a un testigo que pedía ser imputado.

Sin embargo, por mayoría, con los votos de Andino y Jourdan, el debate prosiguió y la declaración continuó en los mismos términos, instancia en la que el fiscal Federico Rodríguez solicitó que Schoenfisch sea investigado por falso testimonio, tal como lo hizo con un hermano suyo, Rubén Schoenfisch, que incluso fue detenido al finalizar la audiencia. 

Para el fiscal, el testigo continúa siendo parte de un “esquema defensivo” donde busca adjudicarse el hecho para favorecer a su hijo con un versión “imposible de acreditar”.

En ese sentido, marcó las contradicciones expuestas por Schoenfisch, que en etapa de instrucción formuló expresiones completamente diferentes a las vertidas en el juicio e incluso negó las declaraciones dadas por al menos otros tres testigos que comprometen la situación del imputado.

Hace unos días me enteré que acá estaban diciendo que yo dije, ‘que esto hizo Pablo’. Eso es mentira. Yo nunca le mencioné a él. Hay dos o tres que dijeron eso y eso es una mentira. Lo digo francamente. La mentira tiene patas cortas. Eso me indigna”, lanzó hoy en referencia a los testimonios de Lucas Szumkoski y Miguel Ángel Szumkoski, hijos de Antúnez y hermanastros del imputado.

Schoenfisch padre también negó que a su hijo le hubieran “cortado” la entrega de dinero y el uso de vehículos como castigo a su mal comportamiento. También minimizó discusiones.

Después de su testimonio, pasaron a declarar dos licenciados en criminalística, quienes repasaron las pericias realizadas en el caso, las cuales concluyeron que los disparos que recibieron ambas víctimas fueron efectuadas a corta distancia.

El debate continuará el miércoles, a partir de las 8.30, con la ronda de alegatos. El primero en exponer será el fiscal Rodríguez, mientras que luego lo harán los abogados defensores María Laura Alvarenga y Fabián De Sá.

Juicio y versiones

Pablo Schoenfisch llega al debate privado de su libertad desde 2020 y enfrenta una acusación por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”, contra su padre, imputación bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.

La nueva versión expuesta por Arnoldo Schoenfisch, que tras el hecho quedó con ceguera, representa un abrupto giro del caso en relación a lo expuesto en el requerimiento de elevación a juicio formulada por el fiscal Edgar Francisco Doldán y firmada por el magistrado Roberto Saldaña, ex juez de Instrucción Uno de Eldorado.

La hipótesis acusatoria sostiene que en la madrugada del 14 de mayo de 2020, Pablo Schoenfisch atacó a sus padres mientras dormían, efectuándoles disparos a corta distancia. Como consecuencia del hecho, Antúnez perdió la vida y Arnoldo quedó con secuelas permanentes.

Según lo plasmado en ese documento, el acusado mantenía una relación conflictiva con sus padres, motivada por desavenencias y mal comportamiento del muchacho, cuestión que fue ratificada por varios familiares y amigos del imputado al momento de declarar como testigos en la etapa investigativa.

En el transcurso del presente debate, varios testigos ratificaron que el joven mantenía una mala relación con sus padres e incluso recordaron expresiones como deseos de matarlos.

Por ejemplo Gladis Aquino, que era empleada doméstica de la familia y ante los jueces declaró: “Un día Pablo de la nada me dice ‘qué pasaría si mato a mi papá y a mi mamá’. Yo le dije que iba a arruinar su juventud y me dijo que en cualquier momento mataba a su papá y a su mamá”.

Claudia Padilla (30), integrante de la misma familia y una de las primeras personas que intervino en auxilio de las víctimas esa madrugada, también dio un testimonio revelador: “Cuando yo entro Arnoldo estaba parado, ensangrentado. Tina (Antúnez) estaba en la cama agonizando. Salgo de la habitación y Polaco (por Arnoldo) se tocaba la cara y decía ‘no veo nada, no sé lo que pasó, Pablito hizo cagada”.

Testigos ratificaron acusaciones contra Pablo Schoenfisch por ataque parricida

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