Judiciales
Todo listo para que se fije fecha de juicio contra el músico Andrés González
El expediente contra Andrés González, el músico que pasó de testigo a acusado en el accidente automovilístico que le costó la vida a su novia Melina Sosa Labandera (25) y la turista mendocina Melisa Caram (27) en marzo de 2019, se encuentra en etapa de ofrecimiento de pruebas, instancia en la que la Fiscalía adelantó que se opondrá a un posible suspensión de juicio a prueba (probation), ante lo cual la causa indefectiblemente deberá ser ventilada en debate oral.
Tras la elevación a juicio de la causa decretada en abril por el magistrado Juan Manuel Monte, del Juzgado de Instrucción Dos de Posadas, el expediente ahora se encuentra bajo la órbita del Juzgado Correccional y de Menores Uno, cuyas autoridades, con la magistrada Marcela Leiva a la cabeza, iniciaron los trámites correspondientes para programar una fecha para el inicio de las audiencias.
La Voz de Misiones pudo saber que actualmente la causa se encuentra en etapa de ofrecimiento de pruebas por parte de los actores judiciales que intervendrán en el debate oral: María Laura Álvarez en representación de la Fiscalía y Federico Tilli como abogado defensor particular.
En ese marco, fuentes consultadas por LVM indicaron que en los recientes planteos la fiscal Álvarez solicitó la citación de una decena testigos para que presten declaración testimonial, entre ellos Facundo Chemes y Samir Gabriel Daou, ambos sobrevivientes del siniestro. Daou, incluso, al comienzo del caso fue apuntado como el conductor del rodado, aunque mediante pericias se estableció que en realidad solo era un acompañante más en el auto que tenía a González al volante.
Además, la fiscal también adelantó en su escrito que denegará la concesión de una posible suspensión de juicio a prueba o probation, mecanismo que pretende extinguir la acción penal contra un imputado a cambio del cumplimiento de determinas reglas de conducta o labores comunitarias.
En su planteo, Álvarez argumentó que la aplicación de este instituto no debería ser procedente en virtud de que el caso tiene comprometido cuestiones de seguridad e interés público.
De esta manera, el único camino que asoma es la realización del debate oral. “Solo resta que se fije fecha para el inicio de las audiencias”, indicó una fuente tribunalicia.
En esa instancia, González deberá enfrentar a la Justicia y responder bajo una acusación por “homicidio culposo calificado dos hechos, lesiones graves culposas calificadas dos hechos y lesiones gravísimas calificadas, todo en concurso ideal”.
Dicha calificación fue impuesta por el fiscal de instrucción Christian Antúnez y avalada luego por el juez Monte, que en abril dispuso la elevación del expediente que investiga el siniestro vial.

El siniestro ocurrió en marzo de 2019 sobre la ruta nacional 12, en Gobernador Roca.
De testigo a acusado
El siniestro se registró el 5 de marzo de 2019, sobre la ruta nacional 12, a la altura de Gobernador Roca.
En ese lugar se produjo una colisión frontal entre una Chevrolet S-10 con dos personas en su interior y un Ford Fiesta con cinco ocupantes, dos de los cuales fallecieron y tres resultaron con severas heridas en diferentes partes del cuerpo.
Las pericias accidentológicas establecieron que el impacto se produjo a gran velocidad y durante una maniobra de sobrepaso realizada por el Ford Fiesta en una zona de doble línea amarilla.
Los ocupantes de ese Ford Fiesta eran el músico Andrés González, su novia Melina Sosa Labandera (fallecida), la turista mendoncina Melisa Caram (también fallecida), el amigo de Caram, Samir Gabriel Daou, y un amigo de Sosa, Facundo Chemes.
Conocido el hecho, los primeros datos apuntaron a Samir Daou como conductor del automóvil siniestrado y así fue informado a la prensa por fuentes policiales, pero meses después la investigación dio un giro al establecer que en realidad el hombre al mando del rodado era González, quien como consecuencia de las lesiones sufridas estuvo varias semanas internado y en su primera declaración negó haber ido al volante del Ford Fiesta.
A partir de ahí se recolectaron testimoniales, se analizaron pericias y se ordenaron nuevos estudios a partir de los cuales el Juzgado determinó que efectivamente era González el conductor del auto al momento del siniestro fatal, ante lo cual pasó de víctima/testigo a imputado por doble homicidio culposo.
Sobrevivió a un accidente fatal y lo culparon a él: “Solo busco la verdad”
Judiciales
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.
Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.
Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.
Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.
La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.
“No hay derecho absoluto”
El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.
Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.
Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.
En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.
La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.
“Fue un hecho público y multitudinario”
En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.
En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).
“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.
Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.
También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.
En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.
Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.
Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”
Judiciales
La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia
Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.
Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.
Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.
A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”
Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.
Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.
El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.
Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.
Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.
A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.
Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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