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Revés judicial para músico imputado por accidente fatal en Roca en 2019

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músico accidente andrés gonzález 2019

El Juzgado de Instrucción Dos de Posadas, a cargo del magistrado Juan Manuel Monte, rechazó a fines del año pasado una nueva apelación y pedido de nulidad planteado por la defensa del músico Andrés González, quien de esta forma continúa imputado por el accidente que le costó la vida a su novia Melina Sosa Labandera (25) y a la mendocina Melisa Caram (27).

De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la mencionada resolución fue firmada el 6 de diciembre y fue en respuesta a un recurso defensivo en el que se cuestionaba el rechazo a la solicitud de sobreseimiento del imputado y, en paralelo, se pedía la nulidad de una pericia que posteriormente fue utilizada como una de las pruebas para determinar que González era conductor de uno de los rodados siniestrados y no una víctima/testigo, como se planteó al comienzo de la investigación.

Para una mayor comprensión de la causa es mejor remontarse al 5 de marzo de 2019, día en que ocurrió el trágico episodio.

Ese día, sobre la ruta nacional 12, a la altura de Gobernador Roca, se produjo una colisión frontal entre una Chevrolet S-10 con dos personas en su interior y un Ford Fiesta con cinco ocupantes, dos de los cuales fallecieron y tres resultaron con severas heridas en diferentes partes del cuerpo.

Las pericias accidentológicas establecieron que el siniestro se produjo a gran velocidad y durante una maniobra de sobrepaso realizada por el Ford Fiesta en una zona de doble línea amarilla.

Los ocupantes de ese Ford Fiesta eran el músico Andrés González, su novia Melina Sosa Labandera (fallecida), la turista mendoncina Melisa Caram (también fallecida), el amigo de Caram, Samir Gabriel Daou, y un amigo de Sosa, Facundo Chemes.

Conocido el hecho, los primeros datos apuntaron a Samir Daou como conductor del automóvil siniestrado y así fue informado a la prensa por fuentes policiales, pero meses después la investigación dio un giro al establecer que en realidad el hombre al mando del rodado era González, quien como consecuencia de las lesiones sufridas estuvo varias semanas internado y en su primera declaración negó haber ido al volante del Ford Fiesta.

A partir de ahí se recolectaron testimoniales, se analizaron pericias y se ordenaron nuevos estudios a partir de los cuales el Juzgado determinó que efectivamente era González el conductor del auto al momento del siniestro fatal, ante lo cual pasó de víctima/testigo a imputado por doble homicidio culposo.

Esa imputación es lo que su defensa pretende rebatir. Para ello, pidieron su sobreseimiento a mediados del año pasado y luego apelaron el rechazo a ese planteo y también solicitaron decretar la nulidad de una de las pericias incorporadas como prueba al expediente.

La pericia atacada consiste en un análisis realizado por personal de la Dirección de Criminalística de la Policía de Misiones en la cual dictaminó que las características de las lesiones padecidas por González y los daños evidenciados en el Ford Fiesta son compatibles y permiten inferir la probabilidad de que el músico haya estado en el asiento del conductor al momento del hecho.

El planteo defensivo primero fue analizado por el fiscal Christian Antúnez, quien opinó en sentido contrario y, finalmente, el juez Monte resolvió rechazar el recurso al considerar que la apelación al rechazo del sobreseimiento fue presentado fuera de término y que la nulidad de la pericia no es viable porque se trata de una prueba reproducible, es decir, que puede reiterarse.

De esta manera, continúa imputado por el hecho y así cerró el 2023, aunque la causa sigue en etapa de instrucción y todavía quedan nuevas ventanas recursivas a las cuales acudir.

Andrés González sufrió gravísimas lesiones en el siniestro y estuvo internado varias semanas en el hospital Madariaga.

La situación de Samir

En paralelo a lo que sucede con González, está Samir Daou, aunque en dirección contraria, ya que pasó de imputado a víctima, proceso que también le generó nuevas complicaciones a afrontar en medio su extenso camino de recuperación por las gravísimas lesiones sufridas en el accidente.

Actualmente, Samir Daou está desvinculado de la causa penal, rehaciendo su vida en Luján de Cuyo, si ciudad natal en Mendoza, aunque su vida es completamente diferente a la que llevaba previo al siniestro, dado que las secuelas le impiden continuar trabajando como profesor de Educación Física.

Contrariamente a lo informado al conocerse la noticia del hecho, Samir iba ubicado en el medio del asiento trasero y consecuencia del siniestro se desplazó hacia adelante hasta impactar contra el parabrisas.

Producto de ello, sufrió lesiones en la cadera y en el cráneo, las cuales lo mantuvieron varios meses internado.

Fue en esas circunstancias que recibió la notificación de una imputación como responsable del siniestro, ante lo cual inició un proceso que contó con el patrocinio de las letradas misioneras Emilse Zapponi y Paula Hassan Lezcano.

“Hoy él ya no necesita abogado defensor, puesto que ya no reviste más la condición de imputado. Fue citado el año pasado como testigo, declaró y salió del juzgado libre, como el hombre libre que es. Nuestra intervención ahora es por la parte civil”, precisó Hassan Lezcano en diálogo con LVM.

Es que la lucha de Samir ahora va por otro lado: el derecho a réplica que le corresponde al haber sido apuntado como inicialmente como responsable del hecho y un resarcimiento por todo lo padecido.

Por esa razón, existe una demanda civil que se instruye en paralelo a la causa penal. “Una vez que se dilucidaron los hechos hicimos las presentaciones oportunas y ahora estamos con la demanda civil para el resarcimiento por los daños materiales, morales y físicos. En la parte civil están todos los expedientes acumulados y pretendemos que en una misma sentencia que se trate a todos los partícipes del accidente”, ahondó Zapponi.

“Él hoy está rearmando su proyecto de vida, en cuanto a lo laboral y económico. Su actividad como profesor de Educación Física ya no la puede realizar más. Él hoy usa un bastón para movilizarse y tendrá que someterse a cirugías nuevas todo el tiempo porque sus prótesis necesitan ser reemplazadas cada cinco años. Él sufrió un desprendimiento de la tapa de cráneo también. Tuvo 18 cirugías reconstructivas en la órbita del ojo derecho y eso también le produjo secuelas en la visión y la audición. Su vida ya no es la misma. Al igual que las fallecidas y los demás heridos, él también necesita justicia”, culminaron las letradas que lo asesoran jurídicamente en la tierra colorada.


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Imponen millonaria multa a dueña de pitbull por ataque a menores en Posadas

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El pasado viernes 14 de febrero, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº3 de Posadas resolvió hacer lugar a la demanda por daños y perjuicios interpuesta por Lorena A. y Fabio.K, progenitores de Fabio K. y Dahian K, quienes resultaron víctimas del ataque de un perro pitbull el 16 de septiembre de 2018.

Por el hecho, Dominga E, en carácter de dueña del animal, deberá otorgar a los menores la suma de $6.775.671 y $8.555.141,04 respectivamente, en concepto de “incapacidad sobreviniente”; $1.250.000 y $750.000 por “daño moral”; y $200.000 por “gastos médicos y de farmacia”.

“Lo admirable de este fallo es que se dirigió hacia las partes -que son dos menores de edad- de una forma muy llana y clara. Les envía un mensaje comentando cómo fue el caso y cómo el se ocupó, para que ellos puedan entender a través de las lecturas del fallo”, resaltó el abogado Sebastián Mieres, consultado por LVM.

Por último, destacó: “Otro aspecto a resaltar es que el juez (Martín Rubén López) se puso a disposición por si en algún momento los chicos quieren hablar con él o hacer una pregunta. Es decir, finalmente hubo Justicia en lo que respecta al caso concreto y a las partes”.

Simultáneamente, el juzgado propuso al Honorable Concejo Deliberante de Posadas la creación del “Registro de Animales Potencialmente Peligrosos”, lo que marcaría un importante precedente para la capital provincial en el marco de una problemática frecuente.

 Antecedentes

El documento en cuestión, al que pudo acceder este medio, detalla que la denuncia fue presentada el 2 de diciembre del año 2021 por Lorena A. y Fabián K por daños y perjuicios contra Dominga E.

La pareja, representada por el abogado Sebastián Mieres, reclamó la reparación de los daños y perjuicios sufridos por sus hijos -menores de edad- como consecuencia del ataque de un perro de raza Pitbull, el 16 de septiembre del año 2018.

Según consta la denuncia, ese día, aproximadamente a las 10, Lorena A. se encontraba caminando por calle 145 junto a sus hijos Fabio (9), Dahiana (7) y Lucas (12), cuando de repente escucharon que la demandada llamaba a su perro, de raza pitbull, que se había escapado de su domicilio.

El animal, tras huir de su vivienda, atacó al menor Fabio, mordiéndolo en su brazo derecho. Con la ayuda de terceros lograron frenar el ataque; sin embargo, de inmediato el can se dirigió hacia la menor Dahiana, a quien mordió en el brazo izquierdo y luego en la espalda.

Tras la agresión y con la ayuda de un vecino, llevaron nuevamente al animal a su domicilio y como resultado del ataque ambos menores sufrieron múltiples heridas.

Un reparo millonario

Según el fallo, la responsabilidad de Dominga E, como propietaria del animal, “deriva de la falta de control sobre el mismo, lo que ocasionó lesiones a personas que transitaban por la vía pública”. En consecuencia, sostiene que: “la demandada debe responder por su deber de custodia y vigilancia, indemnizando los daños sufridos por los menores”.

Por otra parte, destacó que: “La demandada incumplió normativa de fondo, así como también la Ordenanza Municipal X N° 11, Capítulo II”.

En cuanto a los rubros indemnizatorios reclamados, contempla el daño estético, incapacidad sobreviniente, gastos médicos y de farmacia, y daño moral. Ya que, desde aquel ataque, los menores debieron atravesar meses de reposo y recuperación, medicación, molestias y dolores, así como la imposibilidad de realizar actividades recreativas.

A esto sumaron la cicatriz que ambos poseen y el estrés postraumático crónico que, según estiman, requerirá tratamiento psicológico, concepto por el cual reclamaron la suma de $10.000.000. A su vez, por gastos médicos y de farmacia, debieron afrontar gastos en medicamentos y traslados, por lo que peticionaron la suma de $200.000.

En cuanto al daño estético, alegaron que las mordeduras causaron en Fabio lesiones cronificadas en el brazo derecho y en Dahiana, lesiones en el brazo izquierdo y en la espalda. Como consecuencia, debieron ser sometidos a múltiples curaciones e intervenciones médicas, lo que les dejará cicatrices permanentes.

Los damnificados, afirmaron que esto les genera un profundo pesar, ya que afecta su imagen personal, provocándoles un perjuicio que estimaron en la suma de $2.000.000.

Finalmente, en lo referente al daño moral, sostuvieron que “existen todos los elementos fácticos para acreditar su existencia, ya que el hecho afectó la tranquilidad y estabilidad emocional de los menores”.

Asimismo, señalaron que la conducta de la demandada “generó frustración, angustia y desánimo, no sólo por los daños ya expuestos, sino también por la falta de un acercamiento por parte de la accionada, quien en ningún momento manifestó intención de disculparse ni mostró interés en arribar a una solución amistosa”, por lo que reclamaron la suma de $2.000.000.

El 28 de mayo del 2024, se realizó la audiencia prevista en el art 362 de la ley XII N°27, y no habiéndose arribado a un acuerdo se fijó el hecho controvertido: La responsabilidad y los rubros reclamados por los daños y perjuicios iniciada por los padres de los menores anteriormente indicados a raíz de los daños que sufrieron por un perro de raza “pitbull”, siendo la demandada Dominga E. dueña del mismo.

Finalmente, el pasado viernes 14 de febrero el juzgado dio sentencia, además de marcar un precedente con la propuesta de creación del “Registro de Animales Potencialmente Peligrosos” en la ciudad de Posadas.

Esto no solo servirá para evitar casos similares en el futuro, sino también para que haya más control y responsabilidad en la tenencia de estos animales”, concluye el documento.

Último adiós a policía retirado atacado por dos pitbull: “Queremos justicia”


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Carlos Carvallo está preso en Candelaria y le negaron la domiciliara

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Carlos Carvallo

Tras más de seis años detenido, purgando la pena de 12 años de prisión impuesta por delitos de lesa humanidad, el represor devenido en locutor Carlos Luis Carvallo (70) fue trasladado desde Entre Ríos a la cárcel federal de Candelaria y solicitó la prisión domiciliaria, aunque se la negaron.

Desde su captura en 2018, concretada tras más de cuatro años evadiendo un pedido de captura internacional en su contra, Carvallo estuvo detenido en Paraná, Entre Ríos, donde fue identificado como uno de los policías que integraba grupos de tareas dedicados a secuestrar y torturar presos políticos durante la última dictadura militar.

En esa misma ciudad fue juzgado en diciembre de 2020 y finalmente fue condenado como autor de los delitos de “privación ilegítima de la libertad perpetrada por un funcionario público con abuso de sus funciones o sin las formalidades previstas por la ley, agravada por el empleo de violencia o amenazas y por haber durado más de un mes, en concurso real con la imposición de torturas a personas privadas de su libertad agravada por ser la víctima un perseguido político”.

Todos estos hechos fueron cometidos en perjuicio de Manuel Ramat, un dirigente de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) que estuvo secuestrado en la comisaría paranaense de El Brete y que logró reconocer al imputado como uno de sus captores.

Como era época de pandemia, Carvallo oyó todo el proceso en su contra desde la Unidad Penal I de Paraná, donde continuó purgando la pena de 12 años de prisión impuesta en su contra por el juez Pablo Seró.

Sin embargo, en los últimos meses, la Justicia autorizó el traslado del represor a la Unidad Penal 17 de Candelaria para que pueda estar cerca de un familiar directo con una enfermedad terminal, según precisaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones.

En paralelo, Carvallo también pidió acceder a la prisión domiciliaria, pero dicho planteo fue denegado por las mismas autoridades intervinientes, ante lo cual deberá continuar privado de su libertad.

Represor en Entre Ríos

El juicio contra Carvallo había comenzó en marzo de 2020, pero debió suspenderse a razón de la emergencia sanitaria decretada en todo el país por la pandemia de Covid-19.

Meses después, las audiencias se reanudaron en forma remota y, en esas circunstancias, en octubre se realizaron los alegatos, ocasión en la que la fiscalía había pedido 11 años de prisión y las partes querellantes 21.

El expediente que se ventiló en debate oral fue un desprendimiento de la causa Aérea Paraná I en 2014, en la que Ramat brindó declaración testimonial y allí volvió a identificar a Carvallo como uno de los integrantes del grupo de tareas que lo detuvo ilegalmente y lo torturó durante 45 días.

En su alegato, el fiscal García Escalada destacó “la cantidad de declaraciones sustancialmente coincidentes” de la víctima Ramat y detalló que “se cuenta en la causa con cinco actas de declaración testimonial de Ramat. En las cinco fue claro describiendo los hechos que padeció, identificando con nitidez a Carvallo como uno de sus autores principales, al menos en lo que refiere a la primera fase de su padecimiento, la va desde el 30 de septiembre de 1976 hasta 45 días más tarde, cuando es llevado del centro clandestino de detención de El Brete a la UP I de Paraná”.

Carvallo se mantuvo cuatro años prófugo, con pedido de captura de Interpol en su contra.

La investigación realizada reconstruyó que Ramat conoció a Carvallo cuando éste llegó a su casa y se presentó como oficial de la Policía para llevar adelante un allanamiento vinculado a un hermano del dirigente que ya había sido asesinado en Campana.

Después de ese episodio, el dirigente se presentó ante la Policía, donde volvió a encontrarse con Carvallo y allí comenzó su padecimiento.

“Ramat concurrió por consejo de su abogado a la Dirección de Investigaciones. Allí el jefe le dijo que debía esperar a Carvallo y cuando llegó Carvallo comenzó el periplo de padecimientos. Lo llevaron a Santa Fe, lo obligaron a bajarse del auto, a ingresar al baúl, lo reingresaron a Paraná y lo alojaron en El Brete. Allí permaneció en situación infrahumana, comiendo con la mano, sometido a interrogatorio con trompadas y submarino seco (…) Allí le dijeron ‘vos sos boleta, nadie sabe que estás acá, vos tenés tu DNI’. Con eso querían demostrar la plena disposición que Carvallo y los otros tenían sobre la vida y la integridad física de Ramat”, siguió García Escalada en su alegato.

En esa misma audiencia expuso Lucía Tejera, quien además de recordar todos los hechos sufridos por Ramat también repasó el legajo de Carvallo para dar cuenta de la historia del imputado dentro de las filas de la Policía.

“En octubre de 1975 participó del secuestro de material ideológico y de la detención de varias personas, resaltando una felicitación por su extraordinaria dedicación, energía, serenidad y espíritu puesto en ese procedimiento. Figura también en ese legajo la realización satisfactoria de un curso contra subversivos en agosto de 76. Meses después formó parte de patota que secuestró y torturó a Ramat”.

Tejera recordó que después de esos 45 días privado de su libertad en clandestino, Ramat fue declarado preso legal y “sometido a un consejo de guerra, parodia de juicio como dicen las víctimas, y condenado bajo jurisdicción militar”.

Allí la víctima inició un periplo de detención en el cual pasó por los penales de Sierra Chica, La Plata, Caseros y Paraná, donde fue liberado en 1984 y donde ahora, casi 40 años después, se encuentra encerrado su captor.

De locutor a prófugo

La historia de Carvallo, en tanto, fue muy distinta. Después de la dictadura llegó a Misiones y ocultando su pasado se desempeñó como locutor en varias radios de Posadas, entre ellas en FM Show, siendo ladero al micrófono de Alfredo Abrazian y transformándose incluso en un personaje altamente conocido.

Su situación recién cambió en 2014, después del juicio por la causa Aérea Paraná I que derivó en el dictado de un pedido de detención internacional por parte de la Justicia de Entre Ríos.

Después de ello, el locutor se mantuvo prófugo durante un largo tiempo hasta que finalmente en 2018 efectivos de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) lograron ubicarlo en la casa de unos familiares en el barrio Santa Rita de Posadas.


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Prisión perpetua para Remskij por estrangular y arrojar a la basura a su madre

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remskij

Alfredo Rafael Remskij (30) firmó un acuerdo de juicio abreviado este lunes a la mañana, minutos antes del inicio del debate oral que estaba programado en el Tribunal Penal Dos de Posadas, y fue condenado a la pena de prisión perpetua por el asesinato de su madre Dominga Huzy, cometido en 2017 en Apóstoles.

El acuerdo llevó la rúbrica del acusado, de su abogado defensor Fausto Vergara y del fiscal Vladimir Glinka. En el documento, Remskij admitió la autoría del crimen y aceptó ser condenado a perpetua, que equivale a 35 años de prisión efectiva.

La ex pareja de Remskij, Mayra Dutra, había llegado hasta este instancia imputada por “encubrimiento”, pero resultó sobreseída. Estaba acompañada por el defensor oficial Marcelo Ozuna.

El acuerdo alcanzado entre las partes posteriormente fue aceptado por los magistrados César Yaya, Gregorio Busse y Marcela Leiva (subrogante), quienes transformaron el acta en sentencia.

Dominga Huzy era madre de dos hijos.

Estrangulada y arrojada al basural

El crimen que aún conmociona a Apóstoles se descubrió el domingo 10 de septiembre de 2017, cuando dos personas revolvían cosas en el basural y al estirar de un cable descubrieron un cadáver envuelto en mantas.

La víctima allí fue identificada como Dominga Isabel Huzy, separada, madre de dos hijos y residiendo en ese entonces en una vivienda ubicada sobre la calle Moreno, en pleno centro de la ciudad.

Con el correr de las horas los investigadores posaron la lupa sobre Rafael, uno de sus hijos, quien tenía antecedentes de violencia contra ella y quien los días previos al descubrimiento del asesinato había desparramado por el barrio la versión de que su mamá se había mudado a Virasoro, Corrientes.

El devenir de la investigación lo acorraló aún más. Cámaras de seguridad dispuestas en varios puntos de la ciudad detectaron que entre el sábado y domingo el muchacho utilizó el camión pluma de su padre para trasladar todas las pertenencias de su madre hasta el basural.

En uno de esos viajes, también habría llevado el cuerpo de Huzy y una prueba de ello es que en el camión se halló una cadenita de la mujer.

La autopsia estableció que la víctima murió por un estrangulamiento y la principal hipótesis es que el crimen fue cometido para quedarse con la vivienda de Huzy.

Pidieron justicia por matricidio en Apóstoles: “Mi hermano es un psicópata”


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