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Rechazaron recusar al juez de la causa contra el fiscal González Glaría

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La Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, subrogada por magistrados correntinos, rechazó el último planteo presentado por la defensa del fiscal federal Rubén González Glaría para apartar de la investigación al juez que instruye la causa argumentando un “temor de parcialidad” debido a la “filtración” de información en los medios de comunicación, entre otras cuestiones.

El planteo de recusación fue presentado por el letrado penalista Maximiliano Rusconi horas antes del 7 de junio, última fecha que había sido programada para concretar la indagatoria al fiscal investigado y que debió ser suspendida por quinta vez desde el inicio del proceso en abril del año pasado.

En esa presentación, Rusconi, abogado con amplia trayectoria como defensor en causas mediáticas a nivel nacional como las pesquisas contra Lázaro Báez, Julio De Vido y Diego Lagomarsino, argumentó la existencia de un “temor de parcialidad” por parte del magistrado José Luis Casals, titular del Juzgado Federal de Posadas que lleva adelante la investigación contra González Glaría, argumentando -entre otros términos- la “anticipatoria difusión mediática del caso”.

La defensa del jefe de los fiscales federales de la provincia argumentó que en las publicaciones mediáticas se vierten planteos defensivos que desde su parte nunca informaron a la prensa, por lo cual “cabe entonces dudar acerca de cómo ésta se ha ‘filtrado'”. Ante ello, consideran que “resulta demostrativo de que el juez no adoptó los recaudos necesarios” y eso supone un “razonable temor para su asistido -en referencia a González Glaría-“.

En su planteo la defensa también agrega que la difusión mediática de los avances de la causa es utilizada en forma direccionada hacia una “condena social” y pone sobre el tapete que el máximo temor se fundamenta en la posibilidad de que el juez Casals haya “participado de algún modo en la campaña mediática de desprestigio y persecución en su contra”.

Rusconi también hace referencia a una “llamativa prisa” por parte del juez para concretar la indagatoria, haciendo alusión a que en la suspensión de la audiencia programada para mayo Casals mencionó que la postergación del acto se daba de “manera excepcional” y “por última vez”, términos apuntados como inadecuados o sugestivos.

La respuesta de Casals

Tras esta presentación, el propio Casals analizó la cuestión y se opuso a su recusamiento, arguyendo que la presunta parcialidad que alega la defensa por la difusión mediática del caso no se encuentra acreditada mediante pruebas aportadas.

Sobre la supuesta “prisa”, Casals respondió, en otras palabras, que han pasado nueve meses desde el primer llamado a indagatoria y que la misma ha sido demorada en reiteradas ocasiones por las presentaciones defensivas, ante lo cual “no puede alegarse que exista una prisa infundada para disponer su cumplimiento, sino solo el afán de evitar que se sigan efectuando planteos dilatorios”.

El rechazo final de la Cámara

Ante esta situación, en la resolución de la recusación tuvo que intervenir la Cámara Federal de Posadas, aunque sus magistrados decidieron inhibirse y ante ello participaron camaristas correntinos en carácter de subrogantes.

La decisión final fue firmada el viernes, mediante una resolución publicada en el Centro de Información Judicial (CIJ), en el cual la Cámara resolvió rechazar el planteo de recusación y mantener a Casals al frente del expediente, recomendándole extremar los recaudos y medidas necesarios para el resguardo de la información.

“En el caso, observo que los hechos sobre los cuales se estructura el planteo no alcanzan a demostrar la configuración de acciones puntuales realizadas por el magistrado cuyo apartamiento se pretende demostrativas de que se halla afectada su imparcialidad. A ese respecto, y de conformidad al consolidado criterio en la materia, la mera sospecha de parcialidad no constituye un supuesto que habilite a apartar al juez del conocimiento de las actuaciones”, argumentó la Cámara en el documento que lleva la firma del magistrado Ramón Luis González y al cual La Voz de Misiones tuvo acceso.

Respecto al planteo de la supuesta filtración de información a los medios, cuya responsabilidad la defensa apunta al juez Casals, la Cámara sostuvo que “tampoco tendrán acogida los argumentos por los cuales la defensa funda el temor de parcialidad del magistrado a partir de la información que ha sido divulgada por la prensa. Sobre el punto, debo señalar que no surgen extremos que permitan individualizar a su autor o autores, menos aún elementos que involucren al magistrado en dichas maniobras –quien se expidió por el rechazo de los argumentos de la defensa–”.

Sobre ello, consideran que “se impone exhortar a los operadores judiciales que intervienen en el expediente a que, con la seriedad y responsabilidad que demandan las causas penales en las que se encuentra comprometido el interés público, que observen y extremen los recaudos y medidas idóneas del caso a efectos de resguardar la información vinculada a la causa”.

La investigación contra González Glaría, fiscal que ocupa el mayor cargo jerárquico del Ministerio Público Fiscal de la Nación (MPF) en Misiones, comenzó en abril de 2021 y las denuncias van desde solicitar una parte del sueldo a empleados judiciales y de usar vehículos oficiales de manera particular, hasta emitir resoluciones irregulares para beneficiar a cercanos.

La investigación es impulsada por Pablo Turano, fiscal de la Procuración General de la Nación que impulsa la investigación.

El funcionario bajo la lupa ya fue citado a declaración indagatoria en cinco oportunidades, las cuales fueron suspendidas una y otra vez por diversos motivos y planteos. En el medio hubo una pericia médica que confirmó que el fiscal está en condiciones de afrontar el acto procesal.

 

29.06.22 Rechazan recusación del juez Casals - causa Gonzalez Glaria

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Comenzó el juicio oral contra los docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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Vestidos de guardapolvo, los docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez se sentaron esta mañana en el banquillo de los acusados y comenzaron a ser juzgados por los delitos presuntamente cometidos durante el acampe y la protesta salarial realizada el año pasado en Posadas.

Los dirigentes sindicales están imputados por “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”.

Los docentes ingresaron al debate a las 8.30, acompañados por un grupo de trabajadores, gremialistas, referentes políticos y militantes sociales que prestan su apoyo.

Antes del inicio, ambos acusados ratificaron la decisión de rechazar la probation propuesta por la fiscal María Laura Álvarez.

El debate está a cargo del tribunal unipersonal presidido por la registrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas.

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Gurina y Sánchez rechazaron una probation y este martes arranca el juicio

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mónica gurina y leandro sánchez

Los docentes Mónica Gurina y Leandro Sánchez rechazaron una probation propuesta por la fiscalía y en consecuencia mañana iniciará tal como estaba previsto el juicio oral contra ambos dirigentes sindicales acusados por “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, cometidos durante las protestas salariales del año pasado en Posadas.

El inicio del debate oral está pautado para las 8 y el proceso se realizará en el SUM del Palacio de Justicia, escenario designado tras un pedido de la defensa para garantizar un mayor número de aforo.

Los docentes contarán con la defensa del letrado Eduardo Paredes y María Laura Alvarenga, mientras que la fiscalía estará representada por María Laura Álvarez, en tanto que el tribunal unipersonal encargado de impartir justicia estará presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas.

Fuentes consultadas por La Voz de Misiones señalaron que el jueves pasado la fiscal Álvarez elevó una propuesta de suspensión de juicio a prueba, más conocido como probation, donde ofrecía la realización de tareas comunitarias como alternativa para resolución del conflicto.

La medida no implicaba el reconocimiento de ningún delito ni contaba como condena, pero los imputados decidieron rechazar la propuesta y enfrentar las acusaciones en debate oral, donde las posibilidades se reducen a un fallo condenatorio o a una absolución.

Esto no es una cuestión criminalizable, independientemente de que se haga este juicio, que me parece una torpeza. Aunque sean condenados ellos van a pelear hasta donde sea”, precisó Paredes a LVM.

Y argumentó que “esta una cuestión gremial, en el ámbito, en el contexto, de una licuación de salarios del año pasado, y por otra parte es asambleario, es decir, es una asamblea la que decide (las medidas de protesta), no ellos. Esto no es una brigada militar donde solo Gurina y Sánchez, deciden. Ellos son voceros, son los que llevan la voz de la asamblea”.

De esta manera, Gurina y Sánchez se sentarán mañana en el banquillo de los acusados. Primero oirán el auto de elevación a juicio del expediente formulado por la fiscal de Instrucción Siete Patricia Clerici y una vez abierto el debate tendrán la oportunidad de declarar.

Posteriormente se dará inicio a las testimoniales, etapa que se extenderá durante al menos una jornada más hasta la instancia de alegatos finales previo al dictado de sentencia.

Acompañamiento y defensa

Bajo el lema “la lucha por el salario no es delito”, gremios docentes, sindicatos, organizaciones de derechos humanos y agrupaciones políticas se convocaron para acompañar mañana a los enjuiciados desde las escalinatas del Palacio de Justicia, ubicado sobre avenida Santa Catalina de Posadas.

“La exigencia de absolución para Mónica y Leandro es un eje de acción que está presentes en todas las acciones llevadas adelante por el Frente de Trabajadores de la Educación en Lucha, conformado por un conjunto de organizaciones que nuclean a docentes en la provincia. También la Mesa de Unidad, que suma al MPL, sectores autoconvocados y algunas seccionales de ATE Misiones, han persistido en incorporar esa demanda a sus reclamos”, señalaron.

Los trabajadores de la educación fueron procesados por “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, delitos que presuntamente fueron cometidos en el marco del acampe docente realizado a mediados de 2024 sobre la avenida Uruguay para reclamar mejoras salariales.

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Jabornicky denunció por acoso judicial a Flores y pidió sancionar a Risko

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Jabornicky

El abogado Alejandro Jabornicky, que enfrenta una causa por violencia de género de su ex pareja, la diputada provincial electa Rita Flores, denunció a -ésta por “acoso judicial” y “mala fe procesal”, y pidió al juez de Instrucción 7, Miguel Mattos, que sancione a su colega y abogada de la querellante, Silvia Risko.

En un escrito, patrocinado por el abogado José Paulino Medina, Jabornicky contestó a la denuncia y el pedido de prisión preventiva por “violencia de género digital”, formalizados la semana pasada por Flores, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en un posteo, que la legisladora electa y Risko, consideran una publicación pagada de la red social, que violenta la orden judicial de restricción de septiembre pasado.

“La petición de la querella constituye un claro acoso judicial: pretende transformar una fotografía en redes sociales en un delito inexistente, invocar un riesgo de femicidio sin sustento y emplear figuras de violencia política y digital de modo oportunista”, sostiene la presentación de Jabornicky y sentencia: “Estos actos constituyen un abuso del proceso y deben ser sancionados”.

“La querellante ha presentado un pronto despacho solicitando la detención y prisión preventiva, invocando un supuesto ‘ciber-hostigamiento’ por publicaciones en Instagram. Acto seguido, sostiene que existe riesgo de femicidio, violencia política y amenaza agravada, imputando hechos graves que no están acreditados en autos ni son consistentes con la medida cautelar”, señala la presentación de Jabornicky y asegura que “ello evidencia una estrategia de hostigamiento procesal, encaminada a presionar al imputado mediante la reiteración de pedidos desproporcionados y sin sustento jurídico”.

Temerarias

El escrito señala que la orden de restricción que le impuso el juez Mattos a Jabornicky el 9 de septiembre pasado, luego de la denuncia de Flores en su contra, dispuso “la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros”, y “todo tipo de contacto físico, verbal, telefónico, de correo electrónico y/o cualquier otro tipo o medio que signifique intromisión injustificada”, pero que “no se prohibió publicar fotografías, ni expresar ideas en redes sociales”.

Según la presentación judicial, desde la notificación de la medida, el imputado Jabornicky “ha respetado íntegramente la prohibición de contacto: no hubo acercamientos físicos, llamadas, mensajes, correos, ni interacción de ningún tipo con la denunciante”, y asegura que “las supuestas ‘publicaciones’ en redes sociales son fotografías genéricas de hechos pasados y no constituyen ninguna forma de contacto ni intromisión injustificada”.

El escrito dirigido al juez Mattos, acusa a Flores y Risko de “presentaciones reiteradas y desproporcionadas”, “afirmaciones falsas o sin prueba”, “calificaciones jurídicas infundadas” y “temeridad y mala fe procesal”.

Afirma que, en la última denuncia de Flores, Risko “asevera que el imputado ‘abonó publicidad de la publicación de Instagram’ e interpreta que ello configura violencia digital”, y asegura que “estas afirmaciones no están acompañadas de prueba alguna”.

“La querella invoca la Ley 27.736 sobre violencia de género digital y la Convención de Belém do Pará, pretendiendo encuadrar una publicación genérica como un delito de ciber-hostigamiento”, relata Jabornicky y acusa: “Esta ampliación no solo carece de sustento fáctico, sino que constituye un abuso del derecho penal al pretender equiparar una fotografía con un acto de violencia digital”.

Desmiente, asimismo, que hubiera incurrido en “violencia política” contra Flores, en su rol de legisladora electa a punto de asumir, y que tal afirmación ignora que “el proceso penal en curso se refiere a hechos anteriores y que el suscripto ha mantenido un comportamiento respetuoso y alejado de la vida pública de la Sra. Flores”.

“No existe en autos ningún indicio de que las publicaciones referidas tuvieran un ánimo de obstaculizar la función pública”, señala el escrito.

Jabornicky invoca el artículo 32, del Código Procesal Penal de Misiones, y el artículo 34, inciso 6º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para acusar a Flores y Risko de llevar a cabo “un ejercicio irresponsable y abusivo del derecho de acción que persigue hostigar y estigmatizar al imputado”, que “constituye, en términos doctrinales, acoso judicial” y “justifica que se disponga un llamado de atención o sanción al profesional interviniente”.

“La conducta de la querella no solo busca imponer una prisión preventiva desproporcionada, sino que pretende censurar la libertad de expresión y asociación del imputado mediante el bloqueo de sus redes sociales”, lo que “atenta contra los derechos constitucionales a la libertad de expresión, al trabajo y a la defensa en juicio, pues se pretende privar al imputado de medios lícitos de comunicación y de interacción social sin fundamento legal alguno”.

Amonestación

Por todo lo expuesto, Jabornicky pide al juez Mattos que declare “la existencia de temeridad procesal y abuso de derecho” por parte de Risko y la amoneste, “recordándole su obligación de ajustarse a la verdad y al derecho, bajo apercibimiento de imponer sanciones”.

A la vez, solicita “advertir a la querella que cualquier nueva presentación deberá fundarse en hechos objetivos y acreditados en autos, absteniéndose de utilizar el proceso como medio de hostigamiento o propaganda política”, y “reafirmar que la medida de restricción vigente prohíbe el contacto e intromisiones con las víctimas, pero no suprime la libertad de expresión, ni la posibilidad de publicar contenidos generales, por lo que cualquier interpretación extensiva debe desecharse”.

DENUNCIA_DE_ACOSO_JUDICIAL_Y_ABUSO_DE_PROCEDIMIENTO (1)
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