Judiciales
Rechazaron recusar al juez de la causa contra el fiscal González Glaría
La Cámara Federal de Apelaciones de Posadas, subrogada por magistrados correntinos, rechazó el último planteo presentado por la defensa del fiscal federal Rubén González Glaría para apartar de la investigación al juez que instruye la causa argumentando un “temor de parcialidad” debido a la “filtración” de información en los medios de comunicación, entre otras cuestiones.
El planteo de recusación fue presentado por el letrado penalista Maximiliano Rusconi horas antes del 7 de junio, última fecha que había sido programada para concretar la indagatoria al fiscal investigado y que debió ser suspendida por quinta vez desde el inicio del proceso en abril del año pasado.
En esa presentación, Rusconi, abogado con amplia trayectoria como defensor en causas mediáticas a nivel nacional como las pesquisas contra Lázaro Báez, Julio De Vido y Diego Lagomarsino, argumentó la existencia de un “temor de parcialidad” por parte del magistrado José Luis Casals, titular del Juzgado Federal de Posadas que lleva adelante la investigación contra González Glaría, argumentando -entre otros términos- la “anticipatoria difusión mediática del caso”.
La defensa del jefe de los fiscales federales de la provincia argumentó que en las publicaciones mediáticas se vierten planteos defensivos que desde su parte nunca informaron a la prensa, por lo cual “cabe entonces dudar acerca de cómo ésta se ha ‘filtrado'”. Ante ello, consideran que “resulta demostrativo de que el juez no adoptó los recaudos necesarios” y eso supone un “razonable temor para su asistido -en referencia a González Glaría-“.
En su planteo la defensa también agrega que la difusión mediática de los avances de la causa es utilizada en forma direccionada hacia una “condena social” y pone sobre el tapete que el máximo temor se fundamenta en la posibilidad de que el juez Casals haya “participado de algún modo en la campaña mediática de desprestigio y persecución en su contra”.
Rusconi también hace referencia a una “llamativa prisa” por parte del juez para concretar la indagatoria, haciendo alusión a que en la suspensión de la audiencia programada para mayo Casals mencionó que la postergación del acto se daba de “manera excepcional” y “por última vez”, términos apuntados como inadecuados o sugestivos.
La respuesta de Casals
Tras esta presentación, el propio Casals analizó la cuestión y se opuso a su recusamiento, arguyendo que la presunta parcialidad que alega la defensa por la difusión mediática del caso no se encuentra acreditada mediante pruebas aportadas.
Sobre la supuesta “prisa”, Casals respondió, en otras palabras, que han pasado nueve meses desde el primer llamado a indagatoria y que la misma ha sido demorada en reiteradas ocasiones por las presentaciones defensivas, ante lo cual “no puede alegarse que exista una prisa infundada para disponer su cumplimiento, sino solo el afán de evitar que se sigan efectuando planteos dilatorios”.
El rechazo final de la Cámara
Ante esta situación, en la resolución de la recusación tuvo que intervenir la Cámara Federal de Posadas, aunque sus magistrados decidieron inhibirse y ante ello participaron camaristas correntinos en carácter de subrogantes.
La decisión final fue firmada el viernes, mediante una resolución publicada en el Centro de Información Judicial (CIJ), en el cual la Cámara resolvió rechazar el planteo de recusación y mantener a Casals al frente del expediente, recomendándole extremar los recaudos y medidas necesarios para el resguardo de la información.
“En el caso, observo que los hechos sobre los cuales se estructura el planteo no alcanzan a demostrar la configuración de acciones puntuales realizadas por el magistrado cuyo apartamiento se pretende demostrativas de que se halla afectada su imparcialidad. A ese respecto, y de conformidad al consolidado criterio en la materia, la mera sospecha de parcialidad no constituye un supuesto que habilite a apartar al juez del conocimiento de las actuaciones”, argumentó la Cámara en el documento que lleva la firma del magistrado Ramón Luis González y al cual La Voz de Misiones tuvo acceso.
Respecto al planteo de la supuesta filtración de información a los medios, cuya responsabilidad la defensa apunta al juez Casals, la Cámara sostuvo que “tampoco tendrán acogida los argumentos por los cuales la defensa funda el temor de parcialidad del magistrado a partir de la información que ha sido divulgada por la prensa. Sobre el punto, debo señalar que no surgen extremos que permitan individualizar a su autor o autores, menos aún elementos que involucren al magistrado en dichas maniobras –quien se expidió por el rechazo de los argumentos de la defensa–”.
Sobre ello, consideran que “se impone exhortar a los operadores judiciales que intervienen en el expediente a que, con la seriedad y responsabilidad que demandan las causas penales en las que se encuentra comprometido el interés público, que observen y extremen los recaudos y medidas idóneas del caso a efectos de resguardar la información vinculada a la causa”.
La investigación contra González Glaría, fiscal que ocupa el mayor cargo jerárquico del Ministerio Público Fiscal de la Nación (MPF) en Misiones, comenzó en abril de 2021 y las denuncias van desde solicitar una parte del sueldo a empleados judiciales y de usar vehículos oficiales de manera particular, hasta emitir resoluciones irregulares para beneficiar a cercanos.
La investigación es impulsada por Pablo Turano, fiscal de la Procuración General de la Nación que impulsa la investigación.
El funcionario bajo la lupa ya fue citado a declaración indagatoria en cinco oportunidades, las cuales fueron suspendidas una y otra vez por diversos motivos y planteos. En el medio hubo una pericia médica que confirmó que el fiscal está en condiciones de afrontar el acto procesal.
29.06.22 Rechazan recusación del juez Casals - causa Gonzalez Glaria
Judiciales
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.
Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.
Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.
Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.
La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.
“No hay derecho absoluto”
El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.
Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.
Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.
En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.
La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.
“Fue un hecho público y multitudinario”
En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.
En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).
“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.
Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.
También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.
En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.
Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.
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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia
Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.
Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.
Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.
A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”
Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.
Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.
El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.
Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.
Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.
A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.
Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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