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Pidieron investigar por falso testimonio a una hermana Esteche en el juicio

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La sexta audiencia del juicio oral por el femicidio de Irma Ferreyra Da Rocha (47), cometido en diciembre de 2016 en Garupá, tuvo su punto álgido esta mañana, cuando la Fiscalía solicitó el inicio de una investigación por falso testimonio contra una hermana del imputado Alejandro Esteche al marcar “contradicciones” entre las declaraciones vertidas por la mujer durante el proceso.

El pedido fue formulado por el fiscal Martín Rau contra Elizabeth González, hermana de Alejandro Guillermo “Porteño” Esteche (34), único acusado del hecho e imputado por el delito de “abuso sexual gravemente ultrajante por las circunstancias de su realización, seguido de muerte”, que prevé una pena de prisión perpetua.

El representante del Ministerio Público Fiscal argumentó que el planteo deviene de las contradicciones que advirtió entre las declaraciones vertidas por la mujer a lo largo del proceso. “Los dichos de hoy ni siquiera son similares a las de otras oportunidades”, apuntó el fiscal y minutos más tarde reforzó su postura al mencionar que la testigo “ha variado completamente sus dichos, pero no sólo de ella, sino de otros testigos”.

El fiscal Rau y la testigo González durante la testimonial de hoy.

En orden cronológico, González fue la cuarta testigo en brindar su testimonio en la jornada de hoy y lo hizo a pesar de que no tenía la obligación de hacerlo al ser familiar directo del imputado.

En esa instancia, la joven recordó que ese 16 de diciembre de 2016 por la noche ella estaba trabajando en la fiesta de año que se realizaba en el predio de “La Economía” de Garupá, celebración a la cual acudió parte de su familia, incluida su pareja de ese momento -Facundo Uboldi, quien declaró ayer por videoconferencia desde Buenos Aires-, la ex concubina de su hermano -Verónica Otazu- y el imputado Guillermo Esteche.

A partir de ahí, González señaló que se retiró de la fiesta porque Uboldi tuvo conflictos con otra persona y no supo más nada de su hermano hasta la tarde del día siguiente, cuando el hombre apareció por su casa.

La testigo agregó que para ese entonces “su jefe” le había contado que la noche previa “hubo un problema con una señora que se fue de la fiesta” y que en el barrio empezaron a decir que “buscaban a una persona que era como Ale -por Esteche-. Pero yo hablé con él y me dijo que no, que nada que ver”.

González continuó su relato y señaló que al día siguiente -domingo 18 de diciembre- su cuñada la llamó para contarle que la Policía se llevó a Esteche detenido. Casi en paralelo, otra comisión buscó del trabajo a Uboldi y ambos quedaron en la Comisaría Quinta de Garupá.

Allí la testigo comenzó a declarar en coincidencia con lo vertido por el imputado en la primera audiencia de debate, cuando denunció apremios, amenazas y presiones para autoincriminarse por el crimen de Irma Ferreyra.

“Mientras Facundo estaba ahí hablé con él por mensaje. Me decía que estaba en una pieza oscura y que le insultaban, hasta que le sacaron el celular”, declaró González, al tiempo que mencionó que vio a Hugo Martínez -primer demorado de la causa y luego desvinculado del hecho- salir del mismo lugar con “quemaduras de cigarrillo” en los brazos.

Hasta allí González declaró sin interrupciones y cuando culminó el fiscal Rau comenzó con sus intervenciones.

González declaró a pesar de que no tenía la obligación de hacerlo al ser familiar directa del imputado.

Testimonio cuestionado

“¿Usted sabe que en la causa se hicieron pericias telefónicas?”, preguntó Rau a la testigo, quien respondió que “sí”, a lo que el fiscal sumó “bueno, ese intercambio de mensajes que usted menciona es inexistente”.

Rau también interrogó a la testigo sobre una discusión registrada el día siguiente al hecho entre ella, Esteche y Otazu.

Esta mañana, González señaló que no hubo ninguna discusión, al tiempo que al momento de declarar en la etapa de investigación indicó que cuando Otazu se encontró con Esteche le reprendió por haber regresado tarde y ella también le recriminó por no haber acudido a ella en vez de quedarse a dormir en la calle.

“Yo ahí le dije que no sabía dónde estaba él, pero discusión para mí es otra cosa, por eso dije que no”, replicó la testigo.

Rau también fue incisivo sobre el lugar donde presuntamente Esteche durmió esa madrugada. En la etapa de instrucción González indicó que su hermano dijo haber dormido “en las vías del tren”, en tanto que hoy señaló que el hombre pernoctó “cerca de la playita de Garupá”.

Luego intervino el defensor particular de Esteche, el letrado Edgardo Cabrera, quien volvió a hacer énfasis en la escena de González en la comisaría Quinta esperando novedades de su pareja y su hermano.

“Facundo -Uboldi- después me contó que lo tenían a oscuras, que le sacaron el cinto, los cordones y le decían que iba a quedar a detenido. Que le convenía cantar porque ellos (por los policías) ya sabían lo que habían hecho”, manifestó la mujer, aunque en su declaración Uboldi no mencionó nada de ello.

En otro tramo de la testimonial también intervino César Yaya, uno de los magistrados -por subrogancia- del Tribunal Penal Uno de Posadas, quien preguntó si la testigo denunció todas esas situaciones de apremios que indicó, a lo que González contestó que no.

El magistrado César Yaya integra por subrograncia el Tribunal Penal Uno de Posadas.

Después de ello, el fiscal Rau volvió a la escena y pidió que la testigo sea investigada por el delito de falso testimonio. “Merece una investigación y esa es mi petición”, lanzó.

El Tribunal, completado por Viviana Cukla y Ángel Dejesús Cardozo, dispuso un breve cuarto intermedio y al regreso resolvió que se extraigan copias de las actuaciones pertinentes para girar los documentos a la Fiscalía de Instrucción Tres en turno, a fin de que su titular evalúe si existe la posibilidad de investigar un hecho de falso testimonio por parte de González.

La jornada se completó con la declaración de otros cuatro testigos y la etapa de testimoniales continúa hoy, a partir de las 8.30.

El caso

Según reconstruyó la Fiscalía de Instrucción Siete, a cargo de Patricia Clérici, la víctima y el imputado se conocieron y bailaron en una fiesta de fin de año que se realizó en la noche del 16 de diciembre de 2016 en el predio La Economía de Garupá.

Cerca de la medianoche, ambos se retiraron de la fiesta y fueron hasta un túnel peatonal ubicado en inmediaciones a la calle 246 y la avenida Alberto Roth.

Para la fiscalía, en primera instancia hubo relaciones consentidas, pero luego la mujer fue golpeada y en un baldío próximo al túnel fue ultrajada sexualmente con la rama de un árbol que destrozó varios órganos internos, lesiones que le provocaron la muerte después de 30 horas de agonía en el hospital Madariaga.

En la indagatoria realizada en la etapa de instrucción, Esteche declaró que haber tenido relaciones sexuales consentidas pero “extremas” con la víctima, al tiempo que al comienzo del debate oral cambió su versión: admitió haberse retirado con Irma de la fiesta, pero aseguró que después de ello no hubo ningún tipo de contacto sexual debido al estado de alcoholemia en el que ambos se encontraban. Además, apuntó que previamente se autoincriminó por apremios recibidos en la comisaría.

Las tres primeras personas que auxiliaron a la víctima malherida declararon, tanto en la instrucción como ahora en el juicio, vieron salir a Esteche del mismo lugar donde Irma fue encontrada agonizante y gimiendo de dolor.

Otros dos testigos, un efectivo y una médica policial, añadieron que al momento de su detención el imputado tenía lesiones en ambas manos.


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Asesinó dos veces en una década y está próximo a recibir 25 años de prisión

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mangueruli posadas

En 2011 mató por primera vez, una década después lo hizo de nuevo y ahora está próximo a recibir otra condena. Alejandro Ramón “Mangueruli” Méndez (39) debía ser juzgado esta semana, pero evitó la exposición pública y aceptó firmar un acuerdo de juicio abreviado por 25 años de prisión.

En caso de que el Tribunal Penal Dos de Posadas acepte el acuerdo alcanzado entre la defensa del imputado y el fiscal Vladimir Glinka, Mangueruli recibirá el máximo de la pena prevista por el delito de homicidio simple, figura contemplada por el artículo 79 del Código Penal.

El hecho que lo mantendrá en prisión durante varios años se registró entre el jueves 15 y el domingo 18 de julio de 2021, en el barrio Prosol de Posadas y la víctima fue identificada como Alejandro Daniel Pereira (41).

De acuerdo a lo que se pudo reconstruir, Méndez era amigo de Pereira pero durante uno de los últimos encuentros mantenidos se desató una discusión que terminó en un brutal asesinato. La víctima sufrió puntazos que le perforaron los pulmones, pero además fue agredido a fierrazos en la cabeza.

Pero esa no era la única vez que Méndez cometía un homicidio, ya que en ese momento llevaba casi dos años en libertad condicional tras purgar una primera condena por el asesinato de otro amigo.

Los registros marcan que el 4 de marzo de 2011 el mismo sujeto fue detenido por matar a golpes con una barra de hierro a Rubén Díaz (54) en el barrio A4 de Posadas.

Después de eso, Mangueruli fue condenado a 13 años de prisión por homicidio simple y cuatro años de cumplir la totalidad de su pena salió en libertad condicional, aunque volvió a matar y hoy nuevamente está encerrado en una cárcel. 


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Condenan a dos misioneros implicados en cisterna narco interceptado en 2020

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cisterna narco

Dos posadeños fueron condenados a 8 años de prisión en el marco de la continuidad de una causa iniciada en 2020 tras el secuestro de un camión cisterna con más de ocho toneladas de marihuana en San Ignacio.

Los implicados son Geremías José Traico (43) y Alejandro Enrique Krutki (42), quienes fueron condenados por el Tribunal Oral Federal (TOF) de Corrientes tras un acuerdo de juicio abreviado en el que admitieron su responsabilidad en el hecho investigado.

La sentencia contra los misioneros fue dictaminada el viernes y establece para ambos una pena de 8 años de prisión como autores del delito de “transporte de estupefacientes agravado por el número de personas”, misma pena que en abril de 2022 recibió Alberto Daniel Esquivel, conductor del cisterna del narco.

Justamente, Esquivel fue el primer detenido de la causa, ya que el 27 de agosto de 2020 fue interceptado mientras conducía el camión Iveco cargado con más de ocho toneladas de marihuana sobre la ruta nacional 12 a la altura del puente sobre el arroyo Yabebiry, en San Ignacio.

La detención se logró gracias a una investigación de la Prefectura Naval Argentina (PNA) que incluyó intervenciones telefónicas, misma herramienta que permitió establecer que obviamente Esquivel no actuaba solo y fue en la continuidad de la pesquisa que los uniformados federales también llegaron a Traico y Krutki.

Ahora, casi cuatro años después del procedimiento que coronó esa investigación, tres de los implicados ya cuentan con una sentencia en su contra, la cual fue dictada en Corrientes porque en esa misma provincia se originó la pesquisa.


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Techo y Garrincha, los guardias misioneros que violaban y mataban en El Vesubio

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Dos días antes del último 24 de marzo, la Cámara Federal de Casación Penal confirmó una parte de las condenas impuestas en 2022 contra ocho represores implicados en el tercer tramo de la mega causa por delitos de lesa humanidad perpetrados contra las casi 400 víctimas que pasaron entre 1976 y 1978 por el centro clandestino de detención El Vesubio, en La Matanza, y entre los imputados resulta que hay dos guardiacárceles misioneros, quienes fueron responsabilizados por hechos de secuestros, torturas, violaciones y homicidios.

Ellos son Hugo Roberto “Techo” Rodríguez (72) y Florencio Esteban “Garri” o “Garrincha” Gonceski (70), ambos nacidos en Candelaria e integrantes del Servicio Penitenciario Federal (SPF) con labores cumplidas dentro de El Vesubio, aunque el primero de ellos ostentaba un cargo de mayor autoridad y por eso también recibió una pena más severa que su coterráneo y consorte de causa.

Los dos misioneros fueron detenidos en 2015, tras quedar bajo la lupa de la Justicia en el marco de la tercera etapa de una mega investigación iniciada por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura en El Vesubio, un centro clandestino de detención que funcionó en Camino de Cintura y autopista Riccheri desde abril de 1976 hasta la primavera de 1978. 

El “chupadero”, como lo llamaban, dependía operacionalmente de la Brigada de Infantería Mecanizada X del Ejército Argentino y se calcula que por allí pasaron cerca 1.500 secuestrados.

Para ese entonces, ya se habían celebrado dos juicios y condenado a doce represores que allí formaban parte del aparato represivo, pero a partir de nuevos testimonios y el desprendimientos de más materiales probatorios se inició una tercera investigación que involucró a otros ocho imputados, la mayoría de ellos guardiacárceles, entre los que aparecieron Rodríguez y Gonceski, aunque hasta ahora nunca habían sido emparentados con Misiones, provincia de donde ambos son oriundos.

Gonceski -último a la derecha- junto a otros imputados en el inicio del juicio.

Los misioneros de El Vesubio

De acuerdo a documentos consultados por La Voz de Misiones, los dos nacieron en Candelaria. Rodríguez lo hizo el 1 de febrero de 1952, mientras que Gonceski fue dado a luz el 10 de abril de 1954.

A pesar de que intentaron eludir sus responsabilidades y desentenderse de los hechos acaecidos en El Vesubio, la Justicia consideró probado que ambos prestaron servicios en ese chupadero que recibía, alojaba y distribuía detenidos, donde Rodríguez aparecía como uno de los jefes de guardia, mientras que Gonceski tenía turnos asignados y los dos fueron reconocidos por varias víctimas/testigos.

De los testimonios brindados durante el juicio, que se extendió desde el 1 de noviembre de 2019 hasta el 1 de abril de 2022, se desprende que a Techo Rodríguez varias víctimas lo describieron como “cruel”, mientras que a Gonceski tildaron de “locuaz” y como “uno de los que más interactuaba con los detenidos”, aunque según las mismas palabras “se aburría si no nos hostigaba”.

“Nos atan en esa camioneta, recuerdo claramente que a mí me ató ‘Techo’, que era tan cruel, que se burlaba de nosotros, porque cuando me tenía atado me pregunta si me dolía, si era muy fuerte y yo dije ‘no, está bien así’ y él dijo ‘ah, si no te duele te voy a hacer doler’. Con lo cual me apretó mucho más las ataduras para que me corte la circulación de las muñecas. Esas crueldades innecesarias. Pero bueno, así eran”, declaró el contador Horacio Hugo Russo, una de las víctimas.

Sobre Gonceski, en tanto, Alfredo Chavez, otro preso político, narró que “cuando le tocaba la guardia a este Garrincha tenía siempre la costumbre de hacernos bailar, como se dice en la colimba… de todas las horas que estaba él vigilándonos teníamos que estar parados. Así que en esa posición de parados él aprovechaba para golpearnos, usarnos de puching ball donde se le ocurría, donde pasaba cerca de alguno, nos daba una trompada”.

Ese mismo testigo, además, graficó con crudeza otra secuencia vivida y recordó cuando Gonceski castigó a otro detenido por no saber gritar un sapucay. “Pensaba que lo estaba cargando y le dio de trompadas… lo dejó doblado, porque pensaba que se estaba burlando de él (…) era su costumbre hostigarnos permanentemente. O sea, una persona activa, que permanentemente tenía que estar haciéndonos algo”, señaló.

Culminado el juicio, Techo fue condenado a prisión perpetua como coautor de 150 casos de secuestro; 55 de tortura y homicidio; 9 de abuso sexual; y 19 de violaciones graves.

Garrincha, en tanto, fue declarado culpable de prácticamente la misma cantidad de hechos, aunque al tener un cargo de subordinación fue  considerado “partícipe necesario” evitó la perpetua y recibió una pena de 13 años y 6 meses.

El juicio se extendió desde noviembre de 2019 hasta abril de 2022.

Matar a patadas y un himno de despedida

De todo esos hechos, hubo uno que durante el juicio fue mencionado y reconstruido paso a paso por varios testigos y se trata del asesinato a golpes de Luis Pérez, un delegado bancario que fue secuestrado en agosto de 1978, crimen en el cual Techo Rodríguez aparece con protagonismo homicida y revalidó su mote de cruel. 

Russo fue uno de los testigos que narró esa secuencia de violencia extrema y recordó que en medio del tortuoso paso por El Vesubio el bancario Pérez, alojado a pocas celdas o “cuchas” de la suya, había comenzado a “desvariar” y como consecuencia de ese cuadro psicótico no lograba hacer silencio, lo cual irritó a los guardias, que comenzaron a golpearlo hasta matar.

“Los guardias querían hacerlo callar y abrían la puerta que separaba las cuchas de donde ellos estaban y entraban y lo golpeaban para que se calle, pero él estaba fuera de su voluntad, estaba realmente padeciendo una situación extrema”, declaró Russo, quien agregó que se dieron cuenta de la muerte de Pérez cuando un profundo silencio se apoderó del recinto. Y ello dio paso a otra escena que tampoco olvida.

“Se produce un silencio, cuando ya deja de hablar Luis Pérez por los golpes que lo mataron, se retira la guardia y nosotros, en un estado muy malo de salud, todos los que estábamos encadenados y torturados ahí… se corrió el ‘lo mataron’, lo llamaron primero y no respondía, se decía ‘lo mataron, lo mataron’, y quién estaba encadenado con él dice ‘lo mataron’. En un gesto voluntario, no sé cómo pasó, alguien dijo ‘cantemos el himno’, nos paramos todos y cantamos el himno. La guardia no reaccionó, dejó que cantáramos el himno y fue una forma de despedida”, contó el testigo. 

A pesar de todas estas declaraciones y de los documentos que para la Justicia dieron cuenta que los dos misioneros operaron en El Vesubio, los dos misioneros se declararon inocente al momento de dar sus últimas palabras mientras se encontraban en la Colonia Penal Unidad 19 de Ezeiza, desde donde observaron por videoconferencia el final del juicio en su contra.

Dos años después de aquella la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal 4 de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el fallo fue revisado y confirmado parcialmente por la Cámara Federal de Casación Penal, aunque las nuevas consideraciones no modificaron las penas aplicadas a los dos represores oriundos de Candelaria. 

El mismo fallo dictado en 2022 declaró, además, que los hechos juzgados fueron “crímenes contra la humanidad” y que la violencia sexual perpetrada contra mujeres “fue específica, sistemática y planificada”, al tiempo que definió que esos hechos partieron de “estereotipos de género y los profundizó, exhibiendo un carácter extendido con un claro objetivo disciplinador”.


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