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Perpetua para Franco Ramos como único autor del femicidio de Marina en 2013

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Franco Jesús Ramos (28), actualmente imputado por el femicidio de la taxista Claudia Benítez (32), fue condenado hoy a la siesta a la pena de prisión perpetua como único autor del asesinato de su concubina Marina Da Silva (19), sentencia que dejó atrás nueve años de impunidad en la causa.

El fallo del Tribunal Penal Dos de Posadas fue dictado minutos antes de las 13.30 y se ajustó al pedido solicitado previamente por el fiscal Vladimir Antonio Glinka, ya que modificó la imputación inicial, condenó solamente a Ramos y absolvió a los otros dos acusados, Juan Ángel “Juancho” Portal (34) y Alejandro “Pili” Da Silva (37), quienes salieron libres del recinto judicial.

La sentencia, que se dio por mayoría, con los votos de los magistrados César Yaya y Gregorio Busse, y la disidencia de Viviana Cukla (subrogante), que se inclinó por declarar nula la acusación, declaró a Ramos autor penalmente responsable del delito de homicidio calificado por haber sido cometido contra una persona con la que mantenía una relación de pareja, previsto por el artículo 80, inciso 1 del Código Penal de la Nación argentino.

Ramos, único autor

La audiencia que culminó con la condena comenzó cerca de las 9, con el alegato del fiscal Glinka, quien apoyado por diapositivas con croquis, mapas e imágenes, expuso durante más de una hora y media el análisis probatorio que lo condujo a solicitar la máxima pena para Ramos.

“Llegó el momento de terminar esta historia y estoy convencido que será con justicia”, avisó el representante del Ministerio Público Fiscal al inicio.

Luego, repasó las dificultades que tuvo el expediente, que alcanzó un total de nueve cuerpos, con más de 120 declaraciones recolectadas en la instrucción y 37 testimonios relevados durante el juicio.

A partir de ahí, Glinka desglosó el caso, exhibiendo un mapa que abarcaba los barrios Cruz del Sur, Nemesio Parma y Campo Bauer, de la zona sur de Posadas, con las distintas escenas de importancia perfectamente señalizadas para que el Tribunal tuviera en cuenta ubicaciones, distancias y recorridos.

El fiscal Glinka durante su alegato ante los magistrados Yaya y Cukla.

Para el fiscal, la historia del crimen comenzó un día antes, es decir, el 20 de diciembre de 2013, cuando Marina le comunicó a Ramos que quería cortar la relación para irse con Portal, su “amante”, compañero de trabajo de su concubino en una olería de la zona e imputado en la causa pero ahora absuelto.

Esa situación generó una gran discusión familiar, de la cual Marina escapó y acudió a la olería para encontrarse con Portal, aunque a la noche regresó a dormir a la vivienda que compartía con Ramos.

“Ese 21 de diciembre Marina se levantó sin saber que no iba a poder ver el atardecer”, anticipó en su relato Glinka.

La hipótesis trazada ahora por el fiscal del tribunal señala que, ese mediodía, Ramos salió junto a Marina en moto y llevaron a la hija de ambos hasta la casa de la abuela materna de la niña.

Posteriormente, entre las 15 y las 16, Ramos ingresó a un trillo que conectaba su casa con el fondo de la olería donde trabajaba y en determinado momento le efectuó dos golpes que le fracturaron el cráneo a la muchacha.

Lo siguiente fue ocultar el cadáver y planificar su coartada. Para ello, regresó a su casa, tomó un alargue y el bolso de un parlante, elementos que utilizó para maniatar a la víctima y atarle una piedra para que el cuerpo se sumerja en el pozo de agua abandonado, donde finalmente fue descartado.

Glinka apoyó su teoría en las diversas declaraciones recolectadas en el juicio, que le permitieron inferir que Ramos mintió respecto a los recorridos que hizo ese día.

Ramos también está imputado en el femicidio de la taxista Claudia Benítez.

Para ello mencionó y marcó en el mapa cada lugar en el cual el acusado fue visto por testigos y resaltó el testimonio de Carlos Rafael Machado, que recordó haber observado cuando Ramos ingresó en moto junto a la víctima al trillo que conducía al pozo donde apareció el cadáver.

Para el fiscal, Ramos hizo todo con el objetivo de que el crimen pareciera haber sido cometido por otro: “Organizó su coartada porque sabía que lo iban a ir a buscar. Fue por eso que inventó que dejó a Marina en el kiosco y, para que pareciera que fue otro, qué mejor que dejar el cuerpo en un pozo en cercanías a la olería donde el amante de la chica esa noche iba a festejar su cumpleaños”, lanzó.

Portal y Da Silva, absueltos

En ese tramo ingresó en la historia Portal, que ese día efectivamente tenía pensado festejar su cumpleaños, aunque luego suspendió la celebración.

Glinka allí avisó que no pudo ubicar en tiempo ni espacio a Portal dentro de la historia del crimen, pero trazó una hipótesis conjetural para “unir cabos”.

“Yo pienso que Portal esa tarde quería festejar su cumpleaños con Marina y salió a buscarla, pero se enteró o vio a ingresar a la chica al trillo junto con Ramos. Yo creo que él fue la persona que desde el día 1 sabía lo que había pasado, pero sabía que iba a estar complicado porque él era el amante; se asustó”, estimó el fiscal.

De allí, desprendió palabras para Pili Da Silva, cercano a Portal y tercer imputado en le causa. “Portal recurrió a su mejor amigo, que además es hermano de quien es la presidenta del barrio hace 14 años, que ayudó en la búsqueda del cuerpo. Es decir, Da Silva le dio una mano a un amigo y se metió en terrible quilombo. Es la única manera de atar cabos sueltos”, agregó Glinka.

Por lo tanto, puntualizó que “si no puedo ubicar a Portal, tampoco puedo ubicar a Da Silva en el hecho y se cae la calificante de concurso premeditado”.

Portal, con la seguridad de quedar libre, abrazado a sus familiares.

Es que el expediente fue elevado a juicio con una hipótesis que planteaba que ese 21 de diciembre los tres imputados asesinaron a Marina durante el festejo de cumpleaños de Portal, pero con lo recolectado en el debate oral, Glinka llegó a la conclusión de que el crimen fue cometido horas antes y que Ramos actuó en completa soledad.

Con ello, modificó su imputación, al acusarlo como único autor de homicidio calificado por el vínculo y femicidio, por lo cual pidió la prisión perpetua para él y la absolución de Portal y Da Silva.

En la continuidad del debate expusieron sus alegatos los abogados defensores, aunque el pedido de absolución de dos acusados acortó los plazos de lo que apuntaba ser una audiencia maratónica.

El único alegato defensivo extenso fue el de los letrados Ángel Casettai y Cristian Leites, quienes consideraron que la acusación contra Ramos estuvo basada “en indicios y conjeturas, pero no hay pruebas”.

“La duda es el actor principal en esta causa”, sostuvo Leites, que agregó que “no hay elementos fácticos para acreditar que Franco haya golpeado a Marina”.

Por ello, solicitaron la absolución de Ramos, lo cual finalmente no prosperó porque el Tribunal falló en consonancia con lo planteado por la fiscalía.

Tras la sentencia, Portal y Da Silva se fundieron en un abrazo con sus familiares. Nueve años de una mochila cargada con una dura acusación que podía conducirlos a prisión por el resto de sus vidas habían acabado.

Ramos, en tanto, oyó todo inmutable, sentado y de brazos de cruzados. Así se mantuvo, incluso, cuando fue interpelado cara a cara por María Cristina Da Silva, madre de Marina, quien le recriminó por el hecho cometido.

“Lo perdono en nombre de mi nieta”

“Le pregunté por qué había hecho lo que hizo. Me dijo que está todo armado, que más tarde se iba a saber la verdad e iba a salir con la cabeza arriba, pero todas las pruebas llevaban a él y yo desde un comienzo sentía en mi corazón que fue él el que le hizo esto a mi hija”, contó luego la mujer en diálogo con la prensa fuera del tribunal.

María Cristina celebró la sentencia, pero criticó la tardanza de la Justicia para arribar a este momento. También sostuvo que “perdona” a Ramos, porque “no puedo criar a una nieta con odio en mi corazón. A pesar de todo, es el padre de mi nieta”.

Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de febrero del año próximo.

María Cristina, madre de Marina, cara a cara con Ramos tras la sentencia. No hubo incidentes de ningún tipo.

La causa tuvo fecha de juicio en varias oportunidades. La última fue en 2019, pero se suspendió y, ante el vencimiento de la prisión preventiva, todos los acusados fueron excarcelados.

En el medio, se registró el femicidio de la taxista Claudia Benítez, en junio de este año, y Ramos quedó involucrado en la investigación junto al marido de la víctima.

Benítez fue asesinada y descartada en otro pozo de Nemesio Parma, ubicado en cercanías a la cavidad donde en 2013 apareció ultimada Marina. En ese causa, Ramos está procesado con prisión preventiva. La investigación está en manos del Juzgado de Instrucción Siete de Posadas, a cargo del magistrado Miguel Mattos.

Con la sentencia recibida hoy, Ramos deberá purgar un total de 35 años de prisión efectiva. Por el tiempo que ya estuvo en la cárcel, se estima que recién podría solicitar la prisión condicional cerca de 2050.


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El 8 de mayo se reiniciará el juicio contra acusado de balear a su ex pareja

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juicio balear ex pareja

El Tribunal Penal Uno de Posadas fijó para el próximo 8 de mayo el reinicio del debate oral contra Manuel Rivero (59), acusado de balear a su ex pareja en un grave episodio de violencia de género registrado a fines de 2016 en el barrio San Marcos de la capital provincial.

El juicio contra el hombre imputado por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo en grado de tentativa y homicidio simple en grado de tentativa (dos hechos) y portación ilegal de arma de fuego en concurso real en carácter de autor” había comenzado el 26 de febrero, pero un día después y luego de la declaración de la víctima, el proceso debió ser suspendido ante un diagnóstico de dengue en el juez Ángel Dejesús Cardozo, que presidía el tribunal.

Después de ello, el plazo de 10 días previsto para su reanudación venció y, en consecuencia, las autoridades judiciales decidieron declarar la nulidad de todo lo actuado en esas primeras dos audiencias realizadas, ante lo cual ahora el proceso debe comenzar de cero.

De esta manera, tanto Rivero, como las partes intervinientes y los testigos volvieron a ser citados para comparecer ante el tribunal para que el debate oral vuelva a comenzar el próximo 8 de mayo.

Según la información recopilada por La Voz de Misiones, el tribunal volverá a estar integrado por los magistrados Cardozo (presidente), Viviana Cukla y Gustavo Bernie, aunque ya está previsto que en caso de ausencia de uno de ellos será el juez Gregorio Busse (del Tribunal Penal Dos de Posadas) quien ocupe el lugar en carácter de subrogante legal.

Las audiencias realizadas en febrero fueron suspendidas ante un cuadro de dengue en el juez Cardozo (al centro).

Audiencias nulas

En el juicio que finalmente fue declarado nulo, Rivero se abstuvo de brindar una declaración formal sobre los hechos que le imputan y sólo se limitó a decir “soy responsable del hecho, pero de ese momento no me acuerdo nada”.

En la segunda jornada, en tanto, declaró Elisa de Souza, víctima y que además actúa como querellante particular en la causa.

Ante los presentes, la mujer relató minuto a minuto lo que sucedió durante esa mañana del 14 de diciembre de 2016 cuando fue sorprendida en su casa por Rivero, quien la persiguió hasta la calle y le disparó a matar en tres oportunidades con un revólver calibre 22 milímetros marco Doberman.

“Me acuerdo que me levanté a las 6, preparé a los chicos (sus hijos) y los acompañé a la parada porque tenían que ir a la terminal para encontrarse con su papá (Rivero). Cuando volví me senté a tomar mate en el hall, escuché un ruido y cuando miré para atrás estaba Rivero. Tenía un arma en la mano, me miraba y se reía” recordó De Souza.

Y entre lágrimas continuó: “Le pregunté qué hacía y me respondió: ‘Sabés lo que voy a hacer, te voy a matar, porque si no sos mía, no sos de nadie’. Ahí entendí la gravedad de lo que pasaba y corrí por la puerta de atrás. Salí a la calle, no sabía qué hacer”.

Fue después de eso que De Souza escapó por las calles del barrio hasta llegar a una parada de colectivos donde intentó refugiarse detrás de un joven, pero ambos fueron baleados por Rivero, que posteriormente se dio a la fuga y más tarde incluso escapó de una comisaría posadeña.

Tanto la mujer como el muchacho de la parada sobrevivieron al ataque, aunque De Souza quedó con severas secuelas de movilidad en uno de sus brazos.

Ahora, toda la causa deberá volver a ser ventilada el 8 de mayo, cuando se reinicie el proceso oral ante el Tribunal Penal Uno y el caso pueda encontrar resolución después de más de ocho años.


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Condenan por tenencia simple a misionera que tenía un growshop en la Patagonia

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Una joven misionera que administraba un growshop en Tierra del Fuego fue condenada por el delito de “tenencia simple de sustancias estupefacientes” en el marco de una causa que revistió mayor gravedad al inicio ya que la investigación comenzó tras la intoxicación de varios estudiantes secundarios que consumieron un brownie con marihuana.

La muchacha, de 25 años y oriunda de Posadas, recibió una pena de 3 años de prisión de suspenso, ante lo cual no irá a la cárcel, aunque sí deberá cumplir una serie de restricciones y reglas de conducta impuestas por el Tribunal Oral Federal (TOF) de Tierra del Fuego.

La misma sentencia alcanzó a un fueguino de 30 años, aunque lo recibido por ambos imputados fue considerablemente menor a la pena que tenían en expectativa bajo la acusación con la cual llegaron a instancia a juicio, que era por “comercialización de sustancias estupefacientes agravado por haberse producido en perjuicio de menores de edad”, lo que pudo haber significado una sanción más severa con prisión efectiva. 

Para dimensionar el caso hay que remontarse a mediados de 2022, época en la cual la mujer administraba un emprendimiento de artículos cannábicos llamado Chalaland 420, que recibía pedidos a Instagram y entre los productos ofrecidos habían tortas de marihuana. 

Justamente, una adolescente de la localidad de Río Grande adquirió uno de esos postres y lo llevó al colegio para compartir con sus compañeros, aunque cinco de ellos resultaron intoxicados tras su consumo, lo que generó un gran revuelo en la ciudad. 

Consecuencia de ello, un padre radicó una denuncia y eso disparó la investigación que finalmente dejó a la misionera involucrada a la causa federal que ahora se resolvió mediante la firma de un juicio abreviado.

Tras quedar detenida, uniformados locales allanaron el departamento de la joven posadeña en el barrio Chacra 2 de Río Grande e incautó plantas de marihuana, entre otros elementos como semillas y macetas. 

En la continuidad de la pesquisa, en tanto, se determinó que los productos gastronómicos elaborados no contenían THC -componente psicoactivo del cannabis- y tampoco no se detectó presencia de sustancias estupefacientes en los exámenes médicos practicados a los estudiantes.

Con estos elementos sobre la mesa y ante la imposibilidad de comprobar todos los hechos contemplados en la acusación inicial, la Justicia alivianó la imputación de los dos involucrados y solo les atribuyó el delito de “tenencia simple de estupefacientes”, ante lo cual recibieron 3 años de prisión en suspenso.


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El STJ redujo la pena a joven que chocó y mató tras un after en Posadas

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STJ zielinski

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) decidió reducir la pena impuesta a Matías Ezequiel Zielinski (24), el joven que en 2019 chocó y mató luego de un after sobre la avenida Quaranta de Posadas, que ahora en vez de 4 años de prisión efectiva recibió 3 en suspenso, ante lo cual podrá recuperar la libertad en la próximas horas.

El fallo, firmado ayer, fue alcanzado por mayoría, con el voto preponderante del magistrado Jorge Antonio Rojas, al cual adhirieron luego sus pares Rosanna Pía Venchiarutti Sartori, María Laura Niveyro, Froilán Zarza y Cristian Marcelo Benítez, mientras que Juan Manuel Díaz, Roberto Rubén Uset y Ramona Beatriz Velázquez tuvieron una opinión disidente. 

De esta manera, el máximo órgano judicial de la provincia hizo lugar de manera parcial al recurso de casación presentado por la defensa del imputado, confirmando por un lado la calificación legal y autoría del hecho por parte del joven automovilista, pero reduciendo el monto de pena impartido.

En consecuencia, el STJ resolvió condenar a Zielinski a la pena de 3 años de prisión en suspenso como autor de “homicidio culposo agravado y lesiones culposas agravadas”, ante lo cual podrá recuperar la libertad con restricciones o patrones de conducta que deberán ser establecidas por el mismo tribunal que lo condenó tras el juicio realizado a fines de 2022.

Dicho debate fue realizado ante el tribunal unipersonal presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas, que en ese momento condenó al joven a 4 años de prisión efectiva, tras lo cual el imputado fue trasladado a la Unidad Penal I de Loreto.

Pena reducida

En su voto, que terminó siendo decisivo en la resolución dispuesta por el STJ, el camarista Jorge Antonio Rojas consideró que existen atenuantes a favor del implicado como para no cumplir su pena en contexto de encierro. 

En primer lugar, reconoció que el joven actuó de manera negligente e imprudente, pero remarcó que el delito es de tipo culposo, es decir, que no tuvo intención de provocar ni la muerte de un acompañante, ni las graves lesiones de otro. 

Rojas también ponderó la corta edad del joven (19 años al momento del hecho), como así también su estilo de vida (buen concepto, trabajador, vínculos familiares), su falta de antecedentes y la conducta ajustada a derecho tomada tras el siniestro, sin obstaculizar ni esquivar el proceso penal.

“Por todo ello, considero justa la aplicación de una pena de tres años de prisión cuya ejecución será dejada en suspenso, fundando el mismo criterio en la “personalidad moral del condenado, su actitud posterior al delito, los motivos que lo impulsaron a delinquir, la naturaleza del hecho…” según lo que establece el art. 26 del CP”, planteó Rojas.

Y añadió: “No dejo de ponderar que se trata de la primer condena por un delito de naturaleza culposa y que se trata de un hombre que contribuye con el trabajo de su padre al sustento familiar, no luciendo así el monto y modalidad de cumplimiento efectivo de la pena la más acertada, atento a que dicho encierro habrá de segregarlo de la sociedad y de su grupo familiar, todo con las secuelas negativas que de ello derivaría”.

En esa línea, propuso que ahora sea el tribunal de juicio el encargado de fijarle al condenado las restricciones que considere apropiadas para que Zielinski curse el último tramo de su pena en libertad, advirtiendo que en caso de incumplirlas el beneficio será revocado. 

De esta manera, ahora el expediente deberá regresar a manos de la jueza Marcela Leiva para que disponga de estos nuevos considerandos y una vez resuelto el trámite el muchacho recuperará la libertad tras 15 meses preso.

Choque y muerte

El hecho por el cual Zielinski fue condenado se produjo el 24 de febrero de 2019, cerca de las 11, sobre la avenida Quaranta, frente a la planta de colectivos de la empresa Río Uruguay.

Según lo que se pudo reconstruir, esa mañana Zielinski estaba en un denominado “after” en una casa del barrio Itaembé Miní hasta que tomó sin permiso las llaves del Toyota Corolla de un conocido y junto a dos acompañantes identificados como Alberto Rubén Galeano (31) y Juan Alejandro Báez (30) acudieron a un kiosco para comprar más bebidas. A la vuelta se produjo el siniestro.

El momento exacto del accidente fue captado por cámaras de seguridad. En las imágenes se observa la circulación a gran velocidad y en forma zigzagueante del Corolla sobre la avenida Quaranta (en dirección desde la Rotonda hacia el Aeropuerto) hasta que se cruzó de carril y terminó impactando contra un colectivo urbano.

Como consecuencia de la colisión, Galeano perdió la vida en el acto y Báez resultó con severas heridas en distintas partes del cuerpo.

En el juicio se estableció, además, que el implicado condujo el rodado en exceso de velocidad y alcoholizado.

En ese marco, la fiscal interviniente en el debate, María Laura Álvarez, solicitó una pena de 5 años de prisión “por homicidio culposo y lesiones agravados doblemente por exceso en el consumo de alcohol y exceso de velocidad” contra el automovilista, aunque la jueza Leiva decidió otorgar un año menos y ahora el STJ redujo aún más la pena.

FOTO: El Territorio.


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