Judiciales
Peritos ratifican que Brunner manejaba alcoholizado y provocó dos muertes
Se llevó adelante hoy la tercera audiencia del juicio oral contra Juan Gastón Brunner (31), acusado de chocar y matar, conduciendo en estado de ebriedad, a Carmen Susana Prestes, de 41 años, y a Oscar Meza, de 47.
En la jornada, la fiscal de Instrucción Siete, Patricia Clérici, solicitó al tribunal que Milagros Julieta Martínez, de 15 años, una de las sobrevivientes del accidente registrado en 2016 en Posadas, sea indagada y su testimonio se incorpore como prueba al expediente del caso.
Martínez tenía 8 años en el momento del hecho e iba como acompañante en el asiento trasero del Ford Fiesta Max que conducía su mamá, Susana Prestes.
Clérici sostuvo que, en la primera audiencia del juicio, la fiscalía tomó conocimiento de que la víctima estaba en condiciones de dar su testimonio, ya que “ella fue víctima del hecho” y argumentó que “su declaración aportaría luz, no tanto sobre el hecho debatido en sí, sino respecto de la extensión del daño causado por el accionar típico del imputado”.
En tanto, la defensa de Brunner, encabezada por Federico Tilli y Cristian Bareiro, se opuso al pedido de la fiscal, considerando que, por “su corta edad” al momento que se registró el siniestro, lo que la menor pueda decir no “aportaría elementos relevantes” que ayuden a esclarecer el hecho en cuestión.
El tribunal, presidido por Viviana Cukla e integrado por los jueces Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie, resolverá el pedido de la fiscalía el próximo lunes.
Mecánica y causa
Además, en la sala del Tribunal Penal Uno de Posadas, este viernes prestaron declaración como testigos el doctor Juan José Ledesma, el médico forense Juan Antonio Galuppo, el licenciado Juan Carlos Vázquez, integrante de la Policía Científica, el doctor en bioquímica Carlos Oscar González y la oficial de Policía Carina Soledad Cáceres.
De los cinco testigos propuestos por la fiscalía, el primero en pasar a dar su testimonio fue el licenciado Juan Carlos Vázquez, quien se encargó de realizar las pericias en el lugar del hecho y hoy leyó el informe que realizó en 2016, que obra en el expediente, donde describió la mecánica del accidente.
Con relación a ello, Vázquez determinó que el Volkswagen Vento conducido por Brunner circulaba por la ruta nacional 12 en sentido Norte-Sur y, al llegar a la Terminal de Transferencias, ingresó al carril contrario, de circulación Sur-Norte, sin advertir la presencia del vehículo Ford Fiesta Max, en el que viajaban Prestes (41) y Meza (47), al cual chocó de frente.
Seguidamente, sostuvo que las pericias arrojaron que la conductora del Ford Fiesta advirtió la acción de Brunner, por lo que realizó una “maniobra evasiva compleja con el fin de evitar la colisión, con leves giros a la derecha y aplicó la palanca de frenos”.
El profesional continuó detallando que el Ford Fiesta impactó con el Vento y realizó un giro “semitrompo” e ingresó al carril externo, por donde circulaba el auto Volkswagen Gol Country, cuyo conductor no realizó maniobra evasiva, al no percibir lo que estaba sucediendo, por lo que colisionó al auto en su parte delantera en el lateral izquierdo.
A raíz del impacto, el Ford Fiesta Max se desplazó hacia adelante, chocó contra el cordón de la ruta y volcó quedando en posición invertida. En ese momento, perdieron la vida la conductora Prestes y su acompañante Meza, un amigo de la familia y cuya esposa iba ubicada detrás.
Sobre la razón del accidente, el licenciado sostuvo que se debió a una “causa humana, debido al cruce del Volkswagen Vento que circulaba a una velocidad de 80 kilómetros por hora, según la aguja del velocímetro, y con alcoholemia superior a lo establecido por la Ley Nacional de Tránsito e interponiéndose en la trayectoria del vehículo Ford Fiesta Max”.
En su declaración, el licenciado Vázquez afirmó que se trató de un “accidente de tránsito”, ante lo cual la defensa de Brunner pidió al testigo que defina la palabra “accidente”.
Por su parte, el integrante de la Policía Científica contestó que se trata de “un evento que induce a una persona a realizar cierta maniobra, que sin querer se produce el accidente”.
Las autopsias
Concluida la declaración del perito Carlos Vázquez, pasó ante los magistrados el médico forense Juan Antonio Galuppo para prestar su testimonio sobre la autopsia realizada a las víctimas del siniestro.
El testigo expresó que no recordaba “con precisión” el informe por los años transcurridos desde el hecho.
Luego, de acuerdo a las conclusiones de la necropsia, Galuppo sostuvo que “había traumatismos, lesiones múltiples, politraumatismos, fracturas múltiples”, que implicaban un “deceso en instancia de un accidente de tránsito”
Asimismo, se explayó diciendo que en ambas muertes existió una “muerte violenta” y que los decesos se dieron “casi de forma instantánea”.
La menor de las víctimas
Posteriormente, continuó testificando el doctor Juan José Ledesma, quien atendió a la niña Milagros Julieta Martínez -actualmente con 15 años- cuando ingresó al área de emergencias el 13 de febrero del 2016 a raíz del siniestro vial.
El profesional leyó el parte médico que consta en autos y sostuvo que “la paciente ingresó a emergencia traída en ambulancia por la unidad de traslados” y fue ingresada a terapia intensiva “con trauma craneoencefálico, fractura de fémur izquierdo y fractura de muñeca izquierda”. Allí, la menor permaneció cinco días con asistencia respiratoria.
Luego, según dijo Ledesma, por la evolución de la paciente, Milagros fue trasladada al servicio de terapia intermedia, donde permaneció “lúcida, con su condición pulmonar resuelta”, bajo tratamiento y control, a la espera de una cirugía por fractura de fémur.
Ante la consulta de la fiscal Patricia Clérici sobre el tiempo de recuperación de la menor, el médico sostuvo que “después de un evento traumático”, debido al cuadro médico de la paciente, para poder indicar bien los procesos de recuperación, debería haber hecho un seguimiento clínico, por lo menos durante un año, por lo que no podría dar precisiones sobre la recuperación de Milagros.
Los dos últimos testigos en declarar esta mañana ante el tribunal fueron el doctor en bioquímica Calor Oscar González, quien realizó el examen retrospectivo de alcoholemia al imputado, y la Oficial de Policía Carina Soledad Cáceres, quien le practicó la prueba de alcoholemia en el momento del hecho.
Ambos ratificaron lo declarado en la etapa de instrucción de la causa, cuando se determinó que Juan Gastón Brunner manejaba con 1,44 gramos de alcohol por litro de sangre.
El debate continuará el próximo lunes y se espera la concurrencia de más testigos, así como la resolución del tribunal sobre la incorporación de la declaración de la menor de edad.
El proceso podría marcar jurisprudencia en Misiones, debido a que el implicado es juzgado por el delito de “homicidio simple con dolo eventual”, que prevé entre 8 y 25 años de prisión efectiva, y no por “homicidio culposo”, que estipula un máximo de 5, como se suelen enmarcar las muertes en accidentes de tránsito.
Judiciales
Entrega de bebés en Concepción de la Sierra: maniobra, artilugios y condena
Dos causas judiciales que a fines del año pasado se tradujeron en sentencias después de un extenso proceso de investigación bajo la órbita de la Justicia Federal develan los métodos, los actores y los artilugios utilizados para la entrega de niños recién nacidos en la zona sur de Misiones.
Los casos ocurrieron entre 2021 y 2022 con Concepción de la Sierra como punto neurálgico de la operación orquestada entre intermediarios, madres jóvenes en situaciones de vulnerabilidad y parejas dispuestas a saltearse el proceso de adopción legal.
En los expedientes no se alcanzaron a comprobar transacciones financieras como hablar de “venta de bebés”, pero sí constan acuerdos de mantenimiento y cobertura económica para alimentación, traslados y cuidados médicos para las madres durante el embarazo.
El ardid evidenciado pareciera sencillo y requiere de un intermediario que conecte las partes interesadas, una madre dispuesta a entregar a su niño y una pareja en busca de un menor.
Pero todo esto es completamente ilegal porque vulnera los derechos del niño y los adultos involucrados incurren en delitos penados por ley.
Caso 1
El primer hecho comenzó a investigarse en diciembre de 2021. Involucró a Lourdes Edith Giménez, funcionaria en ese momento del Registro de las Personas de Concepción de la Sierra; a su esposo Pablo Fernando Lemes, secretario de Acción Social del municipio entre 2021 y 2023; y a A. A. S., una joven del pueblo cuya identidad completa se preserva para resguardar los derechos de su beba.
El nacimiento de la niña se produjo en junio de 2022 y Lemes fue anotado como su padre biológico, aunque más tarde el examen de ADN diría lo contrario y sería determinante para el avance de la causa que se tramitó ante el Juzgado Federal de Posadas, a cargo de la magistrada Verónica Skanata.
Cuando la maniobra quedó al descubierta, todos los implicados fueron citados a declarar. Ante la Justicia señalaron que A. A. S. trabajó como empleada doméstica de ellos y durante esa tiempo mantuvo encuentros íntimos a escondidas con Lemes, tras lo cual quedó embarazada y el hombre aceptó hacerse cargo de la niña.
“Creo que fue un error mío no haberme hecho un ADN antes de anotar a (…), confié en su mamá que yo era el padre”, se defendió Lemes en la etapa investigativa, aunque para la Justicia su versión no tuvo asidero y el expediente continuó su proceso hasta que finalmente admitió su culpabilidad en un acuerdo de juicio abreviado.
Tanto la madre de la niña como Lemes tienen un dictamen firmado el 9 de octubre de 2025, en el que aceptan ser condenados a 3 años de prisión en suspenso como autores de “alteración del Estado civil y de la Identidad de un menor de diez años y Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal. Giménez, en tanto, fue sobreseída en instancia previa.
En paralelo al accionar penal, en lo referido a la protección de la niña involucrada intervino el Juzgado Multifuero de Apóstoles, cuyas autoridades que finalmente dispusieron que la beba continúe a cargo de su madre, que después del proceso solicitó la tenencia de su hija.
Caso 2
El segundo caso tiene características similares, aunque involucra a una pareja bonaerense, quienes alcanzaron a llevarse a la niña y convivir con ella durante un tiempo hasta que el mismo juzgado multifuero activó un operativo de rescate.
Los actores en este hecho son el utilero de escenografía Luis Gabriel Ibáñez, su esposa Lorena Soledad Márquez y Y. A. F., madre de la beba que fue entregada a los bonaerenses.
La denuncia del caso fue realizada el 18 de marzo de 2022, cuando la Directora de Niñez e Infancia de Concepción de la Sierra alertó que una beba de 4 meses había sido inscripta como hija de un hombre que en realidad no era su padre, lo cual más tarde fue confirmado mediante un cotejo genético.
Cuando el Juzgado Federal liderado por Skanata tomó cartas en el asunto descubrió que la niña había nacido a fines de 2021 en el hospital Madariaga, que su acta de nacimiento con datos falseados se había firmado en Apóstoles y que en marzo de 2022 la pareja foránea vino a la tierra colorada para llevársela.
Fue allí que se disparó un operativo de rescate que se concretó el 3 de junio, tras lo cual la niña quedó bajo la guarda de una familia preadoptiva que luego completó los trámites y en poco tiempo se transformaron en sus adoptantes legales.
En paralelo se instruyó la causa penal por la maniobra irregular, donde los involucrados esbozaron el mismo relato que en el hecho anterior.
La pareja contó que la Y. A. F. trabajó como empleada doméstica en su casa de Buenos Aires, donde Ibáñez tuvo una relación extramatrimonial con ella y allí se produjo el embarazo del que luego decidieron “hacerse cargo” porque tenían mejores “condiciones de vida”.
La diferencia es que en el medio hubo un paso más. Cuando Ibáñez anotó la hija como suya, también pretendió hacer una autorización de viaje para llevar a la niña hasta Buenos Aires sin tener problemas con controles de ruta, pero como el trámite se iba a demorar más de lo esperado decidieron que la madre de la beba también viaje con ellos para asegurar la partida.
En el medio también se develó que Lorena Márquez era prima de una ex pareja de la madre de la beba, ante lo cual ella fue considerada como la “intermediaria” que posibilitó la concreción de la maniobra.
Los tres involucrados también terminaron admitiendo sus responsabilidades en el caso y resolvieron sus situaciones penales mediante la firma de un acuerdo de juicio abreviado.
Para todos se dispuso la misma pena, 3 años de prisión en suspenso, aunque Márquez fue considerada autora de “promoción e intermediación en la alteración del estado civil y de la identidad de un menor de diez años y participe necesaria de la Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal, mientras que Ibáñez y Y. A. F. como autores de “alteración del Estado civil y de la Identidad de un menor de diez años y Falsedad ideológica de un instrumento público”, ambos en concurso ideal.
Este acuerdo ya fue homologado por el Tribunal Federal de Posadas (TOF) y transformado en sentencia el pasado 31 de octubre de 2025. El fallo también dispone que los condenados deben someterse a un régimen de conducta a cumplir estrictamente para mantener el beneficio de cumplir la pena en suspenso, es decir, sin ir a prisión.
Judiciales
Imputaron por homicidio al médico que apuñaló a un gitano en Oberá
La Justicia imputó por “homicidio” al médico Ernesto Omar Ramp (55), ex director del hospital de Aristóbulo del Valle, detenido desde el 26 de diciembre por apuñalar durante una pelea a un gitano cuyo fallecimiento se produjo cinco días después.
El profesional de la salud fue trasladado hoy hacia el Juzgado de Instrucción Dos de Oberá, a cargo del magistrado Horacio Alarcón, donde fue notificado del agravamiento de la acusación en su contra y posteriormente volvió a ser trasladado a una celda de la comisaría Segunda, donde permanece privado de su libertad.
Con el cambio de carátula, la situación de Ramp se ve más que comprometida, dado que la imputación por homicidio prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión en caso de ser declarado culpable en un futuro debate oral.
Pelea y muerte
El hecho de violencia se registró el pasado 26 de diciembre, sobre calle Apóstoles Norte al 158, en Oberá, donde Ramp llegó para reclamar una deuda y mantuvo una discusión con Marco y dos de sus hijos, conflicto que acabó con la víctima trasladado de urgencia al hospital Samic, desde donde fue derivado a Posadas debido a su complejo cuadro de salud.
Según detallaron las fuentes, la herida le ocasionó a Marco perforación de pulmón y a pesar de los esfuerzos médicos perdió la vida en la mañana del 31 de diciembre, mientras seguía hospitalizado en Posadas.
Tras el hecho, en redes sociales se registraron múltiples comentarios a favor de Ramp, donde además aseguran que la versión del detenido apunta que él fue atacado en primera instancia y las agresiones se dieron en un acto de defensa.
En paralelo, allegados al médico también iniciaron una junta de firmas para solicitar la liberación del médico que en 2023 fue candidato a intendente de Aristóbulo del Valle.
Murió el gitano apuñalado durante una discusión con el médico Ernesto Ramp
Judiciales
Grooming en Garupá: el padre de una las niñas se constituyó como querellante
El padre de una de las niñas que escapó del hogar Papa Francisco de Garupá y terminó cautiva en una fábrica abandonada se constituyó como querellante particular en la causa que investiga por grooming y otros delitos a cuatro sospechosos, entre ellos un efectivo de la Policía misionera.
El requerimiento formal fue presentado ante el Juzgado de Instrucción Uno de Posadas y la solicitud fue aceptada por el magistrado Fernando Verón, en carácter subrogante legal de dicha dependencia judicial.
De esta manera, el padre de una de las víctimas, a través del abogado Roberto Oscar Oudin como querellante, podrá ser parte activa del proceso, participando de las audiencias, ofreciendo pruebas, solicitando medidas y emitiendo opinión en planteos defensivos y/o resoluciones del magistrado interviniente.
La causa continúa en trámite y tiene cuatro sospechosos imputados por “grooming”, aunque hasta el momento no se dictó prisión preventiva para ninguno. Ellos son Pedro G. (37), Eugenio A. (63), Samuel N. (63) y el policía Cristian Rolando M.(38).
Inicialmente hubo otros detenidos, el gomero Matías C. (19) y otro policía identificado como Mario Enrique M. (48), aunque ambos fueron excarcelados y aunque continúan supeditados a la causa sus respectivas defensas avanzan en los pedidos de sobreseimiento.
La hipótesis del caso es que una de las niñas del hogar Papa Francisco fue contactada por Instagram por un adulto que se hizo pasar por menor de edad y la convenció de escaparse para ir a dormir a otro lugar.
La invitación se extendió hacia otra menor, quienes finalmente lograron fugarse del hogar a pesar de la custodia y de esa forma cayeron en la trampa que, se presume, tenía fines de abuso y explotación sexual en el predio abandonado y sórdido descubierto ese 14 de octubre pasado.
Las pistas condujeron la pesquisa hacia el predio de la ex firma Envasadora Misionera en Ñu Porá, arrestaron a tres de los sospechosos y también encontraron a la niña que estaba desaparecida.
La menor estaba semidormida -se investiga si era producto de algún somnífero o estupefaciente- sobre una cama, tapada con una manta y en compañía de uno de los implicados, describieron las fuentes consultadas en su momento.
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