Judiciales
Julio López ratificó que Norma se suicidó y lo imputaron por femicidio
Julio López (38), detenido en el marco de la investigación por la muerte de su pareja Norma Maidana (40), fue trasladado hoy al Juzgado de Instrucción Dos de Posadas para una ampliación de declaración indagatoria, instancia en la que ratificó que la mujer se autolesionó con fuego para quitarse de la vida, aunque de igual manera fue formalmente imputado por femicidio y continuará tras las rejas.
De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la audiencia se concretó esta mañana, instancia en la cual López aceptó declarar por primera vez, ya que en la primera indagatoria realizada cuando Maidana aún estaba con vida había optado por el silencia.
En ese contexto, las fuentes indicaron que el implicado ratificó la versión dada esa misma noche que la Policía intervino en el hecho, la cual apunta a que la mujer se presentó en su lugar de trabajo, en el establecimiento Mamá Chela, de Santa Inés, Garupá, donde se inició “una discusión por celos” y luego se prendió fuego a lo bonzo con intenciones suicidas.
Tras declarar, fue notificado nuevamente de los elementos de que se registran en su contra y pasó de ser imputado por “femicidio en grado de tentativa” a “femicidio”, delito que prevé una pena de prisión perpetua en caso de ser hallado responsable en un futuro juicio oral.
Las fuentes de LVM señalaron que en los pasillos del juzgado ya comenzaron a desfilar los diferentes testigos vinculados a la investigación, quienes fueron citados a prestar declaración testimoniales.
Entre ellos destaca el aporte que pudieran dar los primeros efectivos policiales que intervinieron en el caso, quienes aseguraron haber oído las últimas palabras de Maidana mientras se encontraba malherida a la espera de ser trasladada a un centro asistencial.
“Él fue. Él me hizo esto”, fue lo que oyó de parte de Maidana uno de los uniformados presentes en la escena de la hecho y lo dejó asentado en una testimonial dada en sede policial. Dicha cuestión debe ser ratificada o rectifica ante la Justicia. A partir de ahí, la declaración pasaría a conformar una prueba clave para la causa.
Mientras tanto, los investigadores judiciales aguardan también la recepción de informes criminalísticos de mayor complejidad que sirvan para esclarecer la mecánica de lo sucedido y/o despejar dudas respecto a cómo ocurrieron los hechos.
Otro punto en espera es la incorporación de pericias telefónicas a los celulares incautados.
El caso
El caso se registró el 21 de mayo a la madrugada y quien llamó a la Policía fue justamente Julio López, quien en esa instancia aseguró que la mujer llegó a su lugar de trabajo para reclamarle dinero correspondiente a una cuota alimentaria y, tras una discusión, se roció con nafta y prendió fuego con intenciones de quitarse la vida.
Julio López fue demorado y recuperó la libertad a las pocas horas, pero con el devenir de la pesquisa quedó formalmente detenido e imputado.
Al momento del hecho, estaba vigente una restricción de acercamiento para los dos y entre ambos se registraron denuncias cruzadas por hechos de violencia denunciados desde noviembre del año pasado.
Sobre el acusado, Esteban Maidana aseguró a LVM que “él dijo que mi hermana se intentó suicidar, cosa que creemos imposible porque nosotros somos cristianos y va en contra de nuestra creencia” y sostuvo que la mujer habría dicho a los policías intervinientes “que ella prendió un cigarrillo y Julio le tiró un líquido encima”.
La causa se lleva adelante en el Juzgado de Instrucción Dos de Posadas, a cargo del magistrado Juan Manuel Monte.
Judiciales
Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle
Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.
Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.
Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.
Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.
La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.
“No hay derecho absoluto”
El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.
Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.
Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.
En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.
La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.
“Fue un hecho público y multitudinario”
En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.
En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).
“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.
Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.
También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.
En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.
Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.
Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”
Judiciales
La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia
Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.
Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.
Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.
A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”
Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.
Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.
La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez
La fiscal María Laura Álvarez solicitó 1 año de prisión para Mónica Gurina y 10 meses de prisión para Leandro Sánchez.
El cumplimiento de la pena es en suspenso, es decir, que no implica ir a la cárcel y también contempla la realización de tareas comunitarias.
Para la fiscalía, ambos fueron coautores de los delitos de “desobediencia judicial” y “entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación bajo la cual llegaron a juicio oral.
Alvarez argumentó que el mayor pedido de pena fue para Gurina porque “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe docente desarrollado entre mayo y junio de 2024.
En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por los comerciantes de la avenida Uruguay y el entorpecimiento del transporte.
“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez.
A continuación es el turno de alegar a la defensa de los docentes imputados y más tarde la jueza Marcela Leiva dictaría sentencia.
Comenzó el segundo día de juicio a Mónica Gurina y Leandro Sánchez
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