Judiciales
Fallo judicial ordena a Muni de Eldorado a informar sobre acuerdo con ETCE
Un fallo judicial hizo lugar parcialmente a una acción de amparo por acceso a la información pública presentada contra la Municipalidad de Eldorado y ordenó al Ejecutivo, a cargo del intendente Rodrigo “Pipo” Durán, a completar datos vinculados al servicio de transporte urbano de pasajeros.
La demanda fue presentada por los abogados José Luis Fuentes y María Mercedes Galeano, quienes solicitaron que el municipio entregue de manera completa y gratuita información relacionada con el sistema de transporte urbano en la ciudad, respaldándose en el derecho de acceso a la información pública reconocido por la Constitución Nacional, la Constitución de Misiones y la Ley IV N.º 58.
Según consta en el fallo del Juzgado Civil y Comercial Uno de la Tercera Circunscripción Judicial de Misiones, al que accedió La Voz de Misiones, los demandantes realizaron un pedido administrativo ante la Municipalidad de Eldorado el 2 de octubre de 2025. El municipio respondió el 20 del mismo mes mediante correo electrónico, aunque Fuentes y Galeano consideraron que la información brindada era parcial.
Concretamente, los letrados solicitan que la comuna informe sobre lo ocurrido con la empresa ETCE durante el paro total del servicio de transporte en la ciudad, que se produjo sin previo aviso y paralizó completamente la movilidad de los vecinos el 1 de octubre. En ese contexto, un día después el Ejecutivo firmó con la prestataria un acuerdo de reconocimiento de deuda por 1.400 millones de pesos, que luego fue validado por el Concejo Deliberante. Los demandantes buscan conocer los pormenores de esa decisión, según señalaron en un comunicado.
Respuesta de la Muni
La Municipalidad de Eldorado se presentó en el expediente a través de sus apoderados legales, contestó la demanda y solicitó su rechazo, negó en términos generales los hechos planteados por los demandantes, aportó documentación como prueba y dejó planteada la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
En la causa también intervino el Ministerio Público Fiscal de Misiones, que en su dictamen consideró que la acción no sería procedente, al entender que los demandantes contaban con otras vías administrativas para realizar el reclamo. El organismo participó en el proceso en su rol de defensor del patrimonio del fisco.
El fallo
Al analizar el caso, el juzgado interviniente entendió que la vía del amparo resultaba formalmente procedente y que el derecho de acceso a la información pública constituye una herramienta para el control ciudadano de la gestión estatal. El fallo también señaló que los organismos públicos tienen la “obligación de facilitar el acceso a la información disponible o indicar el lugar donde puede ser consultada”.
Tras evaluar la documentación incorporada al expediente, el tribunal concluyó que el municipio respondió dentro de un plazo razonable, pero que la información entregada no cubría todos los puntos solicitados ni indicaba en dónde podía accederse a los datos faltantes.
Asimismo, la Justicia precisó además que el derecho de acceso a la información pública se “limita a la información existente en poder del Estado” y no obliga a la administración a generar documentos nuevos o elaborar informes especiales que no formen parte de sus registros.
Con ese contexto, la sentencia resolvió hacer lugar parcialmente al amparo de Fuentes y Galeano y ordenó a la Municipalidad de Eldorado que, en un plazo de diez días, entregue la información solicitada o indique de forma clara la dependencia u oficina donde se encuentre disponible para su consulta.
“Este fallo pone un límite muy claro a la opacidad del poder político. No se puede dejar a una ciudad entera sin transporte y al día siguiente reconocer una deuda de más de 1.400 millones de pesos sin que la sociedad sepa cómo se calculó, de dónde surge, qué se pagó, qué se condonó y qué expediente respalda todo eso. Si al concesionario se le termina pagando una suma que equivale a más de un millón de dólares, la ciudadanía tiene derecho a conocer hasta el último papel de esa decisión”, apuntó el abogado José Luis Fuentes tras conocerse la decisión de la Justicia misionera.
Eldorado amaneció sin colectivos y buscan declarar emergencia en transporte
Judiciales
Causa Cuadernos: Oscar Thomas y “la estafa de los arrepentidos”
La Justicia Federal reanudó a fines de febrero el juicio oral por la denominada “Causa Cuadernos”, que investiga una presunta red de corrupción y sobornos entre funcionarios públicos y empresarios de la construcción durante los gobiernos de Néstor Kirchner y Cristina Fernández (CFK), y que tiene entre sus imputados al misionero Oscar Thomas, ex director de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) durante la década kirchnerista.
La megacausa judicial, que se originó a partir de los cuadernos donde Óscar Centeno, chofer de Roberto Baratta, mano derecha del ex ministro Julio De Vido, dio cuenta de recorridos, fechas y bolsos que tenían como destino a funcionarios y la Quinta de Olivos, tiene 85 imputados, entre los que destaca la ex presidenta CFK, quien actualmente guarda prisión domiciliaria por la condena en la causa Vialidad.
El misionero Thomas aparece en los cuadernos como presunto intermediario en el cobro de coimas a empresas contratistas de obra pública durante su gestión al frente de la EBY.
El ex director de Yacyretá pasó varias semanas prófugo en 2018, cuando el proceso comenzaba la etapa de instrucción, e incluso llegó a ofrecerse una recompensa por información sobre su paradero.
Al presentarse, negó todas las acusaciones y rechazó convertirse en “arrepentido”, la figura instrumentada por la Justicia Federal para intercambiar confesiones por beneficios procesales entre los empresarios y ex funcionarios imputados.
Arrepentidos
En la causa, que se tramita en el Tribunal Oral Federal 7 (TOF), hay 31 imputados “arrepentidos”: 25 son empresarios y el resto ex funcionarios kirchneristas.
Todos ellos, entre los que figuran el chofer Centeno y su jefe Baratta, el empresario Angelo Calcaterra, ex propietario de la constructora Iecsa y primo del ex presidente Mauricio Macri; Enrique Pescarmona y Francisco Valenti, de la metalúrgica Impsa; Luis Betnaza, de la multinacional Techint; Aldo Roggio, del Grupo Roggio; y Armando Loson, de Albanesi S.A., dijeron haber participado en la trama de corrupción que se investiga.
Con el reinicio del juicio, la validez de estos testimonios es el eje central del debate, ya que para mantener los beneficios y evitar cargos por falso testimonio, estos 31 “arrepentidos” deben ratificar sus dichos ante el TOF7.
Lo cierto es que, a lo largo del trámite de la causa, fueron varios los “arrepentidos” que terminaron en contradicciones respecto a su declaración original, empezando por el mismo Centeno, quien arrancó diciendo que tenía los cuadernos originales, pero luego dijo que los había quemado en la parrilla de su casa.
Recientemente, el empresario Loson denunció “irregularidades” en el proceso, en relación con la prueba principal de la causa: los cuadernos de Centeno.
La defensa del empresario habló de “falsificación” y “manipulación” y aseguró haber encontrado más de 1.600 irregularidades en las anotaciones del chofer, entre tachaduras y enmiendas, múltiples caligrafías, alteración de fechas y lugares, y el uso de diferentes tintas.
Otro, cuyo testimonio cuelga de un hilo, es Víctor Manzanares, ex contador de la familia Kirchner, considerado un “arrepentido” clave, quien, en noviembre de 2025, manifestó a través de su abogado que no quería salir de prisión, a pesar de tener el beneficio, lo que siembra dudas de lo que hará cuando sea requerido por el tribunal.
En febrero pasado, el “arrepentido”, Mario Ludovico Rovella, titular de la constructora Rovella Carranza S.A., solicitó formalmente la nulidad de su testimonio, alegando que fue obligado a declarar bajo la amenaza de quedar detenido por el juez Claudio Bonadío.
Estafa
El testimonio de los “arrepentidos” es el pilar de la acusación contra Thomas, quien al igual que otros imputados, como la misma CFK, aseguran que las “confesiones” de estos colaboradores fueron obtenidas mediante coacción.
La reciente solicitud de Ravella, de retirar su “confesión”, alegando haberla hecho bajo amenaza, va en línea con el principal argumento de los defensores de los imputados, incluido el abogado de Thomas, Juan Manuel Ubeira.
El mismo Thomas afirmó que durante su detención fue presionado y amenazado para que declarara en contra de la ex presidenta Cristina Fernández a cambio de su libertad.
Ubeira basa, además, su pedido de nulidad de la causa en el hecho, probado, de que las declaraciones de los “arrepentidos” no fueron registradas en audio o video, como establece la Ley 27.304 que crea la figura del imputado colaborador, sino que se plasmaron en actas escritas frente al fiscal Carlos Stornelli.
Asimismo, el letrado considera “nulos” los testimonios de Carlos Wagner, ex presidente de la Cámara Argentina de la Construcción, que señaló a Thomas en el entramado de corrupción en la obra pública; y del chofer Centeno, quien declaró que el misionero entregó bolsos con dinero a su jefe Baratta para que este los llevara a la Quinta de Olivos o al departamento de los Kirchner.
Ubeira y varios de sus colegas describen el proceso como un “montaje”, una “ficción judicial”, donde la prueba principal no son los cuadernos de Centeno, que le dieron el nombre a la causa, sino la “estafa de los arrepentidos”, cuyos testimonios están “viciados de nulidad”.
Judiciales
Da Silva fue condenado a 14 años de prisión por intentar matar a su ex
Después de oír a los testigos y el alegato de las partes, el Tribunal Penal Uno de Oberá resolvió condenar a 14 años de prisión a Leonardo Michael Da Silva (25) por el ataque a cuchillazos perpetrado en perjuicio de su ex pareja en hecho de extrema violencia de género registrado el 28 de octubre de 2023.
La sentencia fue leída a la siesta de este jueves, cerrando así un debate oral que arrancó temprano en la mañana, con la declaración de la víctima y de otros testigos citados a dar su testimonio sobre el hecho ocurrido en el barrio Oberá III.
Da Silva fue declarado responsable de los delitos de “femicidio doblemente calificado por la relación de pareja y violencia de género, en grado de tentativa, y desobediencia judicial”, tal como lo solicitó el fiscal Juan Pablo Fernández Rissi, aunque difirió en el monto de la pena, dado que la acusación solicitó 16 años de prisión y la resolución final fue de 14.
“No cabe dudas de la existencia del hecho, ni la autoría del hecho. La persona que atacó y quiso matar a su pareja se encuentra imputado acá”, alegó en su momento Fernández Rissi, en su primer debate oral desde que fue designado a fines del año pasado en ese cargo.
El fiscal describió que la víctima, Maira Ortega, fue víctima de un larga historia de violencia de género, que incluyó persecución, hostigamiento, golpes y otros intentos de asesinato.
La defensa, en tanto, encabezada por Alexander Pona, consideró que durante el proceso hubo más incongruencias que certezas respecto a la autoría de Da Silva, por lo cual pidió la absolución por el beneficio de la duda.
El tribunal que dictó sentencia estuvo presidido por el magistrado Horacio Paniagua e integrado por los vocales subrogantes Jorge Villalba y Julio Carvallo.
El hecho que terminó en sentencia se registró el 28 de octubre de 2023, a las 7.30, cuando el implicado sorprendió a su víctima mientras dormía en su casa y tras una breve discusión le asestó dos puntazos en el cuello con un cuchillo tipo tramontina.
La propia víctima declaró esta mañana como testigo en el juicio contra su ex pareja y ante los jueces recordó que “yo estaba durmiendo con mis dos hijos, que son hijos también de Michael. Siento que alguien me toca la espalda, me levanto. Estábamos hablando y de golpe saca un cuchillo de atrás y me empieza a atacar”.
La joven relató que intentó defenderse y al comenzar a gritar también se despertó una amiga suya que estaba en la casa y entre ambas logran sacarle el cuchillo al violento, aunque para ello ya había recibido dos puntazos en el cuello. “Me agarró el cuchillo cerca de la garganta y en la cabeza. Un corte tenía 2 puntos y el otro 3”, describió Ortega sobre las lesiones sufridas.
FOTO: EL TERRITORIO
Intentó matar a cuchillazos a su ex en 2023 y ahora enfrenta juicio en Oberá
Judiciales
“Ni una bala más, ni un pibe menos”: pidieron justicia por Nano Amarilla
Familiares, amigos y vecinos se reunieron para recordar y pedir justicia por Arnaldo Alejandro Amarilla, más conocido como “Nano”, quien habría sido asesinado por dos policías en el barrio A 3-2, en el año 2018.
Durante el encuentro, concretado el martes pasado a las 18 en una cancha de fútbol ubicada en ese mismo barrio, compartieron un partido y posteriormente una merienda.
Al mismo tiempo, el objetivo fue celebrar el cumpleaños de Nano, como una forma de “mantener viva su memoria, como a él le gustaba, dentro de una cancha”, señalaron los impulsores de la iniciativa a través de su cuenta de Instagram.
A ocho años del hecho, sus allegados continúan a la espera de justicia, por lo que señalaron: “Exigimos que se haga efectivo el juicio, han pasado ocho años desde su asesinato y la justicia misionera -lenta e ineficaz- sigue sin plasmar una fecha de juicio y cárcel al ex sargento Esteban Soley y el ex oficial David Villalba”.
Y concluyeron: “Basta de gatillo fácil. Basta de matar a nuestros pibes”, “Nano Amarilla presente, ahora y siempre”.
El caso
Arnaldo Alejandro Amarilla (32) fue asesinado el domingo 1 de julio del 2018 en horas de la madrugada en el barrio A3-2 de Posadas, donde lo hallaron con múltiples impactos de perdigones de goma horas después de la intervención policial por un conflicto vecinal.
En su momento, las investigaciones policiales afirmaron que se trataba de un ex convicto que murió en un confuso episodio y por ello hubo dos policías detenidos en averiguación del caso: el ex sargento Emanuel Esteban Soley y el ex oficial David Villalba, quienes prestaban servicios en la Comisaría Décima.
El ataque se concretó entre la 1 y las 2, pero el cadáver fue descubierto por un hermano a las 5, quien habría alertado a sus padres.
El cuerpo fue hallado cerca del baño de su vivienda 21, en la manzana 18, y con múltiples heridas de perdigones, presuntamente disparados por policías que habrían acudido a repeler, por tercera vez en menos de seis horas, discusiones y peleas callejeras en las que habría intervenido el ex convicto.
En ese entonces, el magistrado Ricardo Balor ordenó la detención preventiva de ambos policías. También fue secuestrada una escopeta Ithaca 12.70, peritada en el marco de la causa por homicidio investigada por el Juzgado de Instrucción Seis.
Al igual que Villalba, en el año 2023 Soley fue excarcelado por el cese de la prisión preventiva y desde entonces aguardan en libertad la realización del debate oral para esclarecer el hecho, proceso que debe realizarse en el Tribunal Penal Uno de Posadas.
Ambos están imputados por el delito de “homicidio calificado por su función”, figura enmarcada por el artículo 80, inciso 9 del Código Penal de la Nación Argentina, que prevé una pena de prisión perpetua.
Al comienzo de la causa, Villalba estuvo imputado como partícipe secundario del mismo hecho, pero cuando René Casals asumió como titular de la Fiscalía de Instrucción Seis de Posadas, consideró que el uniformado debía responder como coautor por omisión, dado que era el encargado de la patrulla.
Ex sargento acusado de gatillo fácil en A3-2 aguardará el juicio en libertad
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