Judiciales
Expulsan del país a brasileño condenado por traficar 62 kilos de cocaína




Un brasileño condenado a ocho años de prisión por traficar más de 60 kilogramos de cocaína será expulsado del país a fines de mayo y tendrá prohibido regresar a la Argentina de por vida.
El imputado se trata de Rafael Rodrigues Gomes (32), quien solicitó acogerse a la figura del extrañamiento y el Tribunal Oral Federal (TOF) de Posadas autorizó el trámite de expulsión.
Rodrigues Gomes, oriundo de Pouso Alegre, al sur de Minas Gerais, está detenido en suelo misionero desde el 28 de mayo de 2019, cuando intentó ingresar a Puerto Iguazú por el puente internacional Tancredo Neves a bordo de una camioneta Chevrolet Blazer cargada con 62 kilogramos de cocaína.
Aquella noche, el brasileño estaba acompañado de su novia y ambos aseguraron que su itinerario de viaje llegaba hasta la localidad de El Soberbio, pero los agentes aduaneros revisaron el baúl y detectaron anomalías en un sector cercano al tanque de combustible.
Ante esas circunstancias, los funcionarios derivaron el rodado hacia el camión escáner y las sospechas se tradujeron en una realidad: en un doble fondo se hallaron 59 ladrillos que superaron los 62 kilogramos de cocaína.
De inmediato, ambos extranjeros quedaron detenidos a disposición del Juzgado Federal de Eldorado, fueron imputados por el delito de “contrabando de importación de estupefacientes agravado” y a mediados de 2020 firmaron un acuerdo de juicio abreviado.
En esa instancia, el brasileño fue condenado a ocho años de prisión y ahora, próximo a cumplir la mitad de su pena en la cárcel de Candelaria, solicitó la aplicación de la figura del extrañamiento.
Extrañamiento
La aplicación del extrañamiento está regido por el artículo 64 de la Ley 25.871 de Política Migratoria Argentina y establece dos requisitos básicos para que pueda llevarse adelante.
En efecto, para que proceda el extrañamiento de un extranjero que ha sido condenado en Argentina el sujeto debe haber cumplido la mitad del tiempo de la condena impuesta y no tener otra causa abierta en donde interese su detención o una condena pendiente.
La ley también establece que la prohibición de reingreso al país puede ser permanente o por el término que las autoridades intervinientes consideren, siempre y cuando nunca sea inferior a los cinco años.
En el caso de Gomes, el TOF de Posadas dispuso que el imputado quede a disposición de la Dirección General de Migraciones para que después del 28 de mayo se procesa a su expulsión hacia Brasil y le impuso una prohibición de reingreso al país de carácter permanente.
FOTO: Ilustrativa
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Juicio por crimen del olero: “Él era agresivo, tomaba y no quería pagar”

Es 21 de agosto de 2020. El covid azota al mundo y un frío extremo a Posadas. En el barrio El Porvenir II un grupo de oleros comparte unos tragos y cierra la jornada laboral. El ladrillo está cotizado. De repente, una discusión. Hay una pelea y hay un crimen. Hay una víctima y hay un asesino.
Ahora, en el Tribunal Penal Dos hay un juicio para esclarecer aquél crimen de 2020. También hay una historia de marginalidad que emerge y una hipótesis que toma fuerza: un jornalero -se presume- reclamó su paga y terminó matando a su patrón.
El caso tiene protagonistas. La víctima fue Ramón Fretes, un pensionado de 63 años, manco del lado derecho, solitario y con una olería instalada en su terreno. El acusado es Elisandro Ramón Cruz, “Totito”, de 25 años en la actualidad, jornalero, analfabeto y sin antecedentes.
El juicio para develar qué sucedió entre ambos aquella fría noche de 2020 comenzó ayer, siguió hoy, continuará el viernes y -se prevé- terminará el lunes. Cruz enfrenta cargos por el delito de “homicidio simple”, que contempla penas entre 8 y 25 años de prisión, aunque la estrategia defensiva apuntaría a demostrar que el imputado se defendió y con ello atenuar una posible condena.
Cruz optó por guardar silencio en el inicio del debate, pero en la sala se leyó su declaración indagatoria vertida en la etapa de investigación: “Ese día trabajé todo el día, por eso le reclamé $5.000 que me debía hace un año y él me atacó con una piedra que me golpeó el ojo y después con un garrote que me pegó en el cuello, yo tuve miedo de que me lastime con un cuchillo y me defendí. Él era un viejo jodido con los empleados, se empedaba y no quería pagar”.
En esa primera audiencia declararon cuatro testigos, entre ellos dos peritos, la médica forense Silvina Lanzos y el bioquímico Carlos González. Los profesionales aportaron que la víctima murió un puntazo de 16 centímetros que afectó el área cardíaca y que registraba 3,21 gramos de alcohol por litro de sangre al momento de ser examinado.

Elisandro Ramón Cruz, de 25 años, está detenido desde 2020.
“Agresivo” y “traicionero”
Hoy, en tanto, el turno de declarar le correspondió a otros oleros y vecinos del barrio El Porvenir II, quienes conocían a ambos protagonistas.
El primero en comparecer ante el estrado conformado por los magistrados César Yaya, Gregorio Busse y Carlos Giménez fue Javier Escobar, olero desde los 14 años y uno de los vecinos que esa noche alertó a la Policía sobre lo sucedido.
El hombre contó que al momento del crimen la paga semanal era de unos $7.000 u $8.000 porque el “ladrillo estaba caro ahí por la pandemia” y describió a Fretes como “agresivo” y “traicionero”.
Apenas le mencionaron el nombre de la víctima, el testigo recordó anteriores episodios de violencia. “Él siempre tomaba y se descontrolaba, comenzaba a buscar pleito para no pagar. Si esa noche hubo una cuestión de plata la habrá comenzado Fretes. Una vez casi mató con un hacha a otro muchacho por lo mismo. Lo salvó un tendedero de alambre porque si no le partía la cabeza en dos”, señaló.
Y, además, describió que “él no tenía una mano pero era bien hábil, se ataba un cuchillo en el brazo para pelear”.
Sobre la noche del crimen, Escobar narró que fue su hermano el que llegó a su casa para alertar lo sucedido y luego de eso llamó a la Policía y colaboró en la ubicación de Cruz. “Yo llevé a la Policía hasta la casa de él y el muchacho se entregó. Después me querían involucrar a mí también pero él dijo que yo no tenía nada que ver y me largaron”, recordó ante las consultas de Vladimir Glinka, fiscal del tribunal.

El fiscal Vladimir Glinka con el testigo Escobar observando imágenes de la escena.
El siguiente testigo fue Luis Galeano, vecino y también jornalero de Fretes. Un día antes había trabajado para él.
“Esa noche estaban en la olería quemando hornos, hubo una discusión y después vi que el señor quedó tirado. Me asusté y me fui a avisarle a mi hermano”, comenzó.
Sin poder precisarlo, afirmó que en la pelea cree que Fretes “agarró algo del piso y lo tenía en la mano”, aunque admitió que era el lugar era “oscuro” y que él estaba “de espaldas” al hecho.
Sí fue claro y coincidente con su hermano a la hora de describir a la víctima: “Fretes era de tomar todo el día hasta quedar borracho. Ahí se ponía agresivo y no quería pagar. Venía con un machete en la cintura y no se podía trabajar tranquilo, pero bueno, tampoco había otro laburo para hacer”.
“Se aprovechaban de él”
En tercer término declaró una hermana de la víctima, quien pidió hacerlo sin el acusado en la sala, aunque luego lo cruzó en los pasillos del tribunal y le recriminó a los gritos lo sucedido.
En lágrimas, la mujer señaló que su hermano “no molestaba a nadie, a él le vivían robando sus cosas. Él era discapacitado y se aprovechaban de él. Los vecinos dijeron que Totito le robó una vez y mi hermano también me comentó eso una vez”.
En un momento, ante la consulta del letrado Miguel Ángel Varela, defensor oficial del imputado, la testigo indicó que “mi hermano era justo para él. Defendía lo suyo, por eso tenía carácter. La gente iba a molestarlo, por eso la gente decía que él era malo”.
Al finalizar, suplicó justicia por el crimen: “Él era discapacitado, no tenía una mano. Esto que hicieron fue una alevosía, una falta de respeto hacia una persona grande lo que hicieron”.

La hermana de la víctima pidió declarar sin la presencia del acusado en la sala.
El último en declarar fue el médico policial que intervino en la noche del crimen. “Fue el día que más frío pasé en mi vida”, describió.
Luego fue consultado sobre una lesión que el acusado presentaba en el rostro al momento de su detención, sobre lo cual estimó que la misma pudo deberse a un golpe, aunque aclaró que no podía acreditarlo.
Ese testimonio cerró la jornada y el debate pasó a un cuarto intermedio hasta el viernes, jornada en la que se prevé oír a los demás testigos citados, varios de los cuales hasta el momento no fueron localizados.
La siguiente cita será el lunes. Para ese día se espera la realización del alegato de las partes y quizás también haya sentencia.
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Liberan a boxeador que golpeó a un recolector en Posadas

Luego de una semana privado de su libertad tras golpear a un recolector de residuos en Posadas, el boxeador José Eduardo “Waly” Mareco recuperó la libertad esta mañana.
La decisión del Juzgado de Instrucción Dos se dio luego de la declaración indagatoria realizada el último lunes, en la que además se le imputó al acusado el delito de lesiones. Tras esa instancia, su defensa presentó un pedido de excarcelación.
El comerciante estaba detenido en la comisaría Tercera desde el último 24 de mayo, luego de ser denunciado por Remigio Gómez, un trabajador municipal.
En su denuncia, el joven señaló que el hecho tuvo lugar en horas del mediodía del pasado miércoles, en inmediaciones a la intersección de las avenidas López Torres y Trincheras de San José.
El empleado de 29 años indicó que se encontraba en ese punto realizado el acopio, cuando vio que su compañera de cuadrilla discutía con tres hombres, entre ellos, el boxeador Waly Mareco, quien trabaja en el local Autoservicio Chiqui.
En ese momento, y sin mediar palabras, “me propina un golpe de puño en el pómulo derecho, por lo que pierdo el conocimiento y caigo al piso, donde recibo varios golpes más, hasta que mis compañeros logran sacar al masculino”, indica la denuncia del trabajador.
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De Brunner a Pana: accidentes fatales, juicios y sentencias

La agenda de debates del primer semestre del 2023 en Posadas contempló -hasta ahora- dos juicios por accidentes fatales. Los casos guardan ciertas similitudes, aunque las resoluciones arrojan marcadas diferencias.
La primera causa de este tipo ventilada en debate oral este año fue la que tenía como imputado a Juan Gastón Brunner (31), joven acusado de conducir su Volkswagen Vento alcoholizado y provocar las muertes de Susana Prestes (41) y Oscar Meza (47) tras una colisión registrada el 13 de febrero de 2016, sobre la avenida Fernando Tulo Llamosas -ex ruta 12-, frente a la Estación de Transferencias.
El juicio comenzó el 1 de marzo en el Tribunal Penal Uno y hasta esa instancia Brunner llegó acusado por el delito de “homicidio simple con dolo eventual”, lo cual configuraba un hito en materia judicial en la provincia, ya que era la primera vez que un expediente por un siniestro vial llegaba a debate bajo esa figura, que prevé penas de entre 8 y 25 años de prisión.
En total, fueron seis audiencias, en la que declararon varios testigos, entre ellos, peritos y bioquímicos que, entre otras cosas, ratificaron que el joven arrojó 1,44 gramos de alcohol por litro de sangre al momento de ser analizado.
La reconstrucción del hecho consigna que, durante la madrugada previa, Brunner estuvo bebiendo con amigos por Candelaria, hasta que a las 7 de la mañana se encontró con una joven y le pidió que lo acompañe hasta Posadas para apagar las luces en la casa de su madre.
Ya de regreso, se produjo el siniestro. Todo indica que Brunner se durmió al volante y, tras un grito de advertencia de su acompañante despertó, volanteó, cruzó en rojo e invadió el carril contrario, impactando a una velocidad de 80 kilómetros por hora y de frente contra el Ford Fiesta Max en el que viajaban las víctimas.

Brunner llegó a juicio acusado de homicidio con dolo eventual y fue condenado por homicidio culposo a 3 años de prisión en suspenso. No quedó detenido.
En el debate intervino la fiscal Patricia Clérici, de la Fiscalía de Instrucción Siete, la misma que requirió que la causa llegue a juicio como homicidio con dolo eventual, aunque luego desistió de su mismo planteo y, en la ronda de alegatos, redujo la acusación, solicitando 5 años de prisión para Brunner por homicidio culposo.
La defensa, por su parte, cuestionó el test de alcoholemia efectuado y solicitó la absolución del acusado, al tiempo que cargó contra el cambio de postura de la fiscalía: “Por siete años se dijo que Gastón salió a la calle con la intención de matar y ahora resulta que no”, lanzó, en ese momento, el abogado Federico Tilli.
Tras unos minutos de deliberación, el tribunal integrado por los magistrados Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Antonio Bernie, finalmente decidió condenar a Brunner a 3 años de prisión en suspenso por “homicidio culposo agravado por el número de víctimas”.
Fue así que el acusado se retiró del recinto de debates tal como llegó: libre. Aunque sí se le aplicó labores comunitarias por 500 horas y un régimen de conducta que incluía abstención de concurrir a lugares nocturnos y prohibición de consumo de bebidas alcohólicas y estupefacientes.
Pana a prisión
Este 29 de mayo, dos meses después del juicio contra Brunner, comenzó el debate oral contra Enrique Gabriel Pana (26), acusado del siniestro vial que el 3 de junio de 2018 causó las muertes de los amigos Juan Mendoza (19) y Víctor González (19), sobre la ruta provincial 105, a la altura de Fachinal.
El juicio se desarrolló en la sala de debates del Palacio de Justicia, ante un tribunal unipersonal presidido por la magistrada Marcela Leiva, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Posadas, y hasta esa instancia Pana llegó acusado por el delito de “homicidio culposo agravado por la conducción imprudente”, que preveía penas de hasta 6 años de prisión.
En el debate se reconstruyó que, en la noche previa al incidente vial, el automovilista estuvo en un encuentro de motos junto a unos amigos en Apóstoles y en horas de la madrugada emprendió el regreso a Posadas.
En esas circunstancias, conducía un Chevrolet Agile hasta que embistió a las víctimas, quienes caminaban a un costado de la ruta empujando una moto pinchada.

Enrique Pana estuvo 117 días detenido tras el hecho y ahora fue trasladado a la UP I de Loreto para purgar una pena de 4 años.
Pana dio negativo a los exámenes de alcoholemia, pero la fiscal María Laura Álvarez, en sus alegatos, y en base a lo aportado por peritos y testigos, trazó que en determinado momento el implicado perdió el dominio del rodado, invadió la banquina asfáltica y, a una velocidad mínima de 113,55 kilómetros por hora, embistió a ambas víctimas.
Álvarez sostuvo que Pana tuvo una conducta “imprudente, negligente y antirreglamentaria”, al tiempo que agregó que “no puedo aseverar que Pana se durmió, pero sí que realizaba maniobras imprudentes y, si estaba cansado, debió haber parado. Se sobreconfió en su capacidad. Esto podía preverse”.
Ante estas conclusiones, la fiscal pidió cinco años de prisión para el acusado, mientras que la defensa buscó la absolución.
Finalmente, la sentencia se dictó hoy al mediodía e impuso cuatro años de prisión efectiva para Pana como autor de “homicidio culposo agravado por el número de víctimas”.
Pero eso no fue todo, ya que el fallo también ordenó la inmediata detención del condenado, quien de esta manera llegó libre al juicio y se retiró en un móvil del Servicio Penitenciario Provincial (SPP), que lo trasladó hasta la Unidad Penal I de Loreto para cumplir su pena.
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