Judiciales
El modus operandi del misionero que fabricaba causas de lesa humanidad
El misionero Adrián Martínez Moreira, el falso hijo de desaparecidos procesado ayer por la jueza federal porteña María Eugenia Capuchetti como el líder de una banda dedicada a la fabricación de causas de lesa humanidad, seguía un modus operandi que incluía testigos falsos, documentos apócrifos y el armado de causas contra sus oponentes, las verdaderas víctimas: sobrevivientes y familiares de desaparecidos de la dictadura.
Laura Cravello, cuyos padres fueron secuestrados cuando era muy niña, probó los métodos del misionero y su banda, y es una de las denunciantes en la megacausa que instruye Capuchetti contra el grupo de Martínez Moreira, con elementos que se recogieron desde el año 2014, en que aparece la primera denuncia criminal.
Desde Barcelona, España, donde reside hace 20 años, Cravello contó a La Voz de Misiones cómo se involucró en la trama para desenmascarar a Martínez Moreira y frenar las actividades de su grupo criminal, que pretendía montar un negocio a partir de los resarcimientos económicos para familiares y víctimas de la dictadura, establecidos en la Ley 24.043, sancionada en noviembre de 1991 y promulgada al mes siguiente, durante el gobierno de Carlos Menem.
“Soy hija de desaparecidos, vivo en Barcelona. Todo esto lo descubrí desde acá, en pandemia”, se presentó la mujer.
Laura es hija de Ricardo Alfredo Cravello y María Cristina Lonardi, secuestrados el 8 de diciembre de 1975, vistos por última vez en el CCD “Puente 12” y desaparecidos desde entonces.
Contó que, en 2020, durante el confinamiento por el covid, reparó en la página de Facebook de la organización de Martínez Moreira: “Comisión Nacional y Popular de Leyes Reparatorias”, que ofrecía representación jurídica en la tramitación de indemnizaciones a familiares y víctimas de delitos de lesa humanidad.
“Había una página de Facebook donde la gente se peleaba con un abogado que ofrecía servicio gratuito (después descubrimos que no era tan así) y pedía que todo el mundo les mande las autorizaciones por e-mail”, relató.
Cravello sostuvo que la situación le pareció, por lo menos, “un poco rara”: “Me dio como ‘cosa’ que los compañeros manden documentación tan delicada por e-mail a un perfil desconocido”, argumentó.
“Averiguo un poco y este perfil de Facebook me empezó a escribir. Después, me escribió desde otro perfil, haciéndose pasar por una sobreviviente de un centro clandestino de detención; me habló de mis papás; y ahí inmediatamente me di cuenta que era mentira”, afirmó.
“En ese momento pensé: ¿cómo se pude ser tan cínico y por qué le molesta tanto que pregunte por Omar García?”, recordó Cravello, en referencia al abogado porteño Omar Ramón Enrique García, uno de los procesados junto al misionero Martínez Moreira y tres mujeres: Leticia Concepción Gaete, Nicole Carolina Garrido Piris y Susana Claudia Feldman.
“Después, la gente me empieza a contar que García les pedía que escriban a una dirección de e-mail, y enseguida recibían la llamada de una persona cuyas características vocales eran las de Martínez Moreira”, relató.
Escarbando un poco más, Cravello se enteró de que el fabulador misionero procesado esta semana por la Justicia Federal había enfrentado en 2014 la denuncia de la Asociación de ex Detenidos Desaparecidos (ADD), por la fabricación por parte de Martínez Moreira de un testimonio de la sobreviviente del circuito Camps y fundadora de la organización, Adriana Calvo.
El misionero trabajaba por entonces en engrosar su historia y fraguó una supuesta declaración de Calvo, testigo estrella en el juicio a los jerarcas de la junta militar -representado en la reciente película 1985- y una de las militantes de los derechos humanos reconocidas dentro y fuera del país.
Martínez Moreira necesitaba probar la existencia de un supuesto tío que había pasado por un centro clandestino de detención e inventó afirmaciones de Calvo ante las autoridades alemanas en 1999, en una audiencia que después se descubrió que nunca existió.
El misionero adulteró la firma de Calvo, que llevaba fallecida tres años, y presentó el escrito en 2013, en la causa sobre el Plan Cóndor, el plan criminal de los gobiernos militares de la región que supuestamente había desaparecido a sus falsos padres en Paraguay.
La ADD presentó entonces una denuncia penal contra Martínez Moreira, que recayó en el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional 2 de San Martín, a cargo de la jueza Alicia Vence.
Vence ya lo conocía. En 2013 el misionero se había presentado en su juzgado haciéndose pasar por víctima en la causa que investigaba al general Santiago Omar Riveros, condenado en 2018 a 45 años de prisión por apropiación de bebés.
En la ocasión, Martínez Moreira fue descubierto por Vence y también por la Procuración General de la Nación.
La jueza concluyó en que toda la versión del misionero sobre sus padres en Paraguay, sobre sí mismo y sobre otros familiares desaparecidos; y los hechos que relataba, eran absolutamente falsos.
La Procuración General de la Nación llegó a la misma conclusión. Se estableció que Martínez Moreira no era su verdadero nombre y había nacido en Jardín América, en 1993 y no en 1986 como él sostenía; fue inscripto como Ovidio Martínez, y dado por sus padres biológicos en adopción a una pareja de Puerto Rico, que lo anotó como Matías Ezequiel López.

Laura Cravello, hija de desaparecidos, denunciante de Martínez Moreira.
A este descubrimiento, Cravello le sumó otro: la denuncia penal contra Martínez Moreira que formalizó en 2016 el abogado porteño Javier Garín, acusando al misionero de haber falsificado su firma como patrocinante en más de 50 causas de lesa humanidad que él desconocía.
En este caso, Cravello descubrió que el abogado de la página de Facebook que había llamado su atención durante la pandemia, era quien defendía a Martínez Moreira en la causa impulsada por Garín.
“Habiendo todo esto, me parecía muy peligroso que la gente le dé información personal o de su familia a esta persona, y entonces me dispuse a informar sobre estos antecedentes”, contó Cravello.
“Finalmente, en octubre de 2020, avisé a la secretaría de derechos humanos de Argentina que estaba pasando esto, y en marzo de 2021, con pruebas fuertes, me presenté en la justicia como denunciante con identidad reservada, una condición que estoy buscando cambiar porque estoy plenamente identificada”, señaló.
El contraataque
La campaña de la verdadera hija de desaparecidos desde España provocó la reacción del misionero y su banda, que articuló su respuesta más clásica: demandas múltiples y en serie contra Cravello.
La mujer contó a LVM que desde el e-mail de la comisión reparadora del grupo viralizaron la carátula de una causa penal que le habían iniciado horas antes, acusándola de asociación ilícita, falsificación de documentos y toda “sarta de sandeces”, señaló.
“Al mismo tiempo, en el contencioso administrativo federal me abrieron una demanda a mí, a la Policía Federal y a otros compañeros y los denunciantes eran todas personas que estaban tramitando las leyes reparatorias con esta gente”, relató.
Cravello agregó que, después de desayunarse con las denuncias de la banda del misionero en su contra, se enteró que lo mismo habían ensayado ya contra el abogado Garín, luego que este denunciara a Martínez Moreira.
“Le abrieron catorce causas de este tipo, que después se probó que provenían de falsos testimonios”, indicó.
Cravello explicó que, en todos los casos, los denunciados eran sobrevivientes, hijos de desaparecidos verdaderos; madres, abuelos, familiares, y sentenció: “Todo lo que él no es, ni será nunca”.
La madeja
Las denuncias falsas de Martínez Moreira patrocinadas por el abogado Omar García no hicieron desistir a Cravello de su investigación personal sobre las actividades del grupo, que seguía operando con absoluta impunidad.
“Seguí estirando del hilo”, ilustró Cravello a LVM. Contó que indagó en el contenido de la página de la organización H.I.J.O.S Paraguay, fundada por el misionero para darle cuerpo a su historia.
“Descubrí mucha falsedad en esa página”, señaló.
Cravello sostuvo que la denuncia penal que formalizó en marzo de 2021 fue contra personas innominadas, pidiendo que la justicia argentina investigue la veracidad de diversos documentos, actuaciones, relatos, testimonios, testigos y víctimas de la dictadura de los sitios de internet de Martínez Moreira y Omar García, y no apuntó específicamente contra ellos.
“Yo presenté una denuncia penal con todo lo que había encontrado, diciendo que podía ser falso, o no, pero que era necesario investigar”, indicó.
“La secretaría (de derechos humanos) se presentó como querellante, y la fiscalía que ya investigaba la falsificación de Garín, sumó todo y se hizo una gran causa, con la intervención de la fiscal Paloma Ochoa, que trabajó dos años, y que sumado al impulso enorme de la secretaría, la causa llegó hoy hasta donde está”, afirmó Cravello.
Caballito, Buenos Aires
El epicentro físico de la trama que tiene como protagonistas al misionero Martínez Moreira y su banda de estafadores se ubica en el 1° C de la avenida Gauna 1.366, en el barrio porteño de Caballito.
Allí, tiene su domicilio legal Martínez Moreira. El lugar fue allanado en 2021, en el marco de la causa iniciada por Garín.
El operativo levantó un sinnúmero de pruebas que, sumadas a otras que fue reuniendo la fiscal Ochoa en los últimos años, le sirven ahora a la jueza Capuchetti para dictar el procesamiento y avanzar en la instrucción.
En ese departamento de Caballito tiene su domicilio profesional el abogado Omar García, matriculado en el Colegio Profesional de Abogados de la Capital Federal (CPACF) el 5 de mayo de 1983.
Cravello sostuvo que García se encuentra inhabilitado para atender causas de lesa humanidad, por cuanto desde diciembre del año pasado tiene prohibición judicial de acercarse a víctimas y familiares de la dictadura.

El psicópata
Adrián Martínez Moreira fue evaluado psiquiátricamente en dos oportunidades.
Primero, durante la investigación de la jueza federal de San Martín, que descubrió que el misionero no era quien decía ser, y en la que intervinieron también la Procuración General de la Nación y la Unidad de Apropiación de Niños durante la dictadura.
En la ocasión, la pericia lo describió como un “simulador”, con características de esquizofrenia paranoica.
La segunda pericia se le realizó en el marco de la causa Garín, cuando ya todo lo actuado había sido girado a la órbita del juzgado federal de Capuchetti.
Esta evaluación buscaba establecer si Martínez Moreira era imputable. El estudio realizado con la asesoría pericial de la Corte Suprema de Justicia comprobó que el misionero no padecía ninguna psicosis y era perfectamente imputable.
Los peritos concluyeron que Martínez Moreira sufre de un trastorno antisocial de la personalidad que lo vuelve incapaz de empatizar con el dolor ajeno e inmune a cualquier sentimiento de culpa.
“Fue un hito que se lo pericie psiquiátricamente, y la pericia fue contudente: es imputable”, festejó Cravello.
A la argentina residente en España, le resulta “siniestro” el personaje de Martínez Moreira.
Contó que cuando se tropezó con él y su banda en las redes en 2020, y comenzó a desenredar la madeja de una trama que no hacía contemplaciones frente a la muerte y el relato de situaciones atroces, sintió “mucha angustia” porque, además, se encontraba preparando el juicio por el secuestro de sus padres.
“Parece que es un tipo muy convincente. Las víctimas me contactan y me cuentan, y lo que vi en los perfiles de Facebook me dio escalofríos, mal”, graficó Cravello, y sentenció: “Es un psicópata, te vive”.
Judiciales
Revés judicial para Cerro Azul en reclamo de $165 millones a una empresa
La Justicia provincial rechazó una ejecución fiscal impulsada por la Municipalidad de Cerro Azul contra la empresa MM Bioenergía S.A. por una deuda superior a los $165 millones y cuestionó la legalidad del procedimiento utilizado por la comuna para reclamar tributos.
El fallo fue dictado por el Juzgado Civil, Comercial y Laboral de Leandro N. Alem, que rechazó la demanda iniciada en junio de 2025 por la municipalidad en concepto de tasas de Seguridad e Higiene, Comercio e Industria correspondientes a distintos períodos entre 2021 y 2025.
La comuna reclamaba un total de $165.044.216,75 y había solicitado además medidas cautelares sobre bienes y fondos de la firma dedicada a la generación de energía renovable.
Sin embargo, tras varios meses de litigio, el magistrado interviniente resolvió desestimar la ejecución fiscal al considerar que la documentación presentada por el municipio no cumplía con los requisitos legales exigidos para avanzar con el cobro judicial.
Uno de los principales puntos observados en la sentencia fue la utilización de la Ordenanza VI N° 25 como fundamento del reclamo tributario. Según el fallo, esa norma fue publicada oficialmente recién el 1 de octubre de 2025, es decir, después de las intimaciones de pago y cuando ya se pretendía exigir el cobro de períodos anteriores.
En la resolución, el juez sostuvo que “la ausencia de publicación impide reconocer eficacia normativa a la ordenanza en cuestión y, por ende, priva de sustento legal exigible al crédito cuya ejecución se pretende”.
El fallo también cuestionó la boleta de deuda emitida por el municipio al señalar que el documento no detallaba con precisión qué conceptos se reclamaban, a qué períodos correspondían ni cuál había sido el mecanismo utilizado para calcular la deuda, incumpliendo requisitos establecidos en el Código Fiscal.
Durante el proceso judicial, MM Bioenergía S.A. argumentó además que su actividad se encuentra regulada bajo jurisdicción federal por tratarse de generación de energía dentro del Mercado Eléctrico Mayorista, en el marco de las leyes nacionales vinculadas a energías renovables. En ese sentido, cuestionó la potestad municipal para aplicar las tasas reclamadas.
En otro tramo de la sentencia, el magistrado citó jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de tribunales provinciales que establecen que ningún tributo puede ser exigido si la norma que lo crea no fue debidamente publicada en el Boletín Oficial.
Además de rechazar la ejecución fiscal, la Justicia impuso las costas del proceso a la Municipalidad de Cerro Azul y reguló honorarios profesionales sobre la base económica total del juicio, fijada en más de $165 millones. Según se desprende de la resolución, el impacto económico derivado del proceso podría superar los $50 millones.
Judiciales
Cristaldo recibió 17 años de prisión por matar y ocultar el cadáver de Tizato
El Tribunal Penal Dos de Posadas resolvió este miércoles al mediodía condenar a Richard Arnaldo Cristaldo (49) a la pena de 17 años de prisión como autor penalmente responsable del delito de “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego” en perjuicio de César Daniel Tizato (16), el adolescente con el cual el 30 de agosto de 2020 salió a cazar en inmediaciones a su casa del paraje Pindapoy, de la localidad de San José.
La sentencia, emitida por los magistrados Augusto Gregorio Busse -presidente-, César Antonio Yaya y Martín Alejandro Rau, fue en disidencia al planteo efectuado por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato había mantenido la acusación impuesta en etapa de instrucción y conforme a ello había solicitado que Cristaldo sea condenado a prisión perpetua por “homicidio agravado por alevosía”.
La parte resolutiva del fallo se leyó este mediodía, minutos después de las 12.30, tras un breve cuarto intermedio de poco más de 30 minutos, mientras que los fundamentos de la resolución serán comunicados el próximo 4 de junio.
Cristaldo, más conocido como Grulla, por su oficio como profesor de artes marciales, oyó el dictamen en silencio, acompañado a la distancia por sus hijas y otros familiares directos que siguieron respetuosamente la audiencia desde el sector preparado para el público presente.

Cristaldo, junto a su abogado, minutos después de firmar el acta de la sentencia.
Duda
Su abogado defensor, el ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes, había solicitado en su alegato la absolución de su cliente por el beneficio de la duda, al considerar que no existían pruebas directas que vinculen al acusado con el asesinato del adolescente.
El letrado cuestionó la reconstrucción del caso trazada por el fiscal Glinka. Consideró que ese relato de hechos era “inverificable”, apunt
ó a la mayoría de los testigos por “mentir” en sus declaraciones y criticó severamente a los dos comisarios (Sergio de los Santos y Gabriel Antonio Comes) por el testimonio donde dieron cuenta que durante su detención Cristaldo admitió que mató a la víctima por accidente.
Reyes también dirigió duras acusaciones contra los serenos de la estancia La Rosita, propiedad de la firma Rosamonte, predio donde el cuerpo de Tizato apareció sin vida, con un disparo en el tórax y sumergido en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad.
“Han venido acá y mintieron. Ellos no es que solo caminan sin hacer nada. Ellos son sanguinarios y mutiladores con quienes entran a cazar y pescar”, lanzó.
Reyes alegó que “no hay pruebas y los indicios desaparecieron. Los testigos que lo vieron mojado han mentido antes y ahora”, al tiempo que sostuvo que “es imposible que la bala de un calibre 22” -proyectil compatible con el rifle incautado en poder del acusado- cause la lesión penetrante y perforante que presentaba la víctima.
En último intento por torcer su destino, Cristaldo volvió a hablar ante el tribunal y reiteró su inocencia, aduciendo que ese episodio en la comisaría donde presuntamente admitió el crimen, fue bajo amenazas de los policías intervinientes.

El tribunal presidido por Gregorio Busse -al centro- emitió el fallo minutos después de las 12.30.
Cobarde, traicionero y abusivo
Un alegato diametralmente opuesto fue el desarrollado por el fiscal Glinka, quien consideró que el imputado pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar a una zona inhóspita, actuando sobreseguro y aprovechándose del estado de vulnerabilidad e indefensión de Tizato.
“A Tizato lo mataron de una forma muy cobarde, traicionera y abusiva. Lo privaron de la posibilidad de torcer su destino. Lo manosearon. Le pusieron una piedra en la ropa para que se hunda y se pudra en la profundidad”, describió.
Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.
Para el fiscal, fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando las hipótesis de un hecho accidental, de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita o del involucramiento de otros presuntos jóvenes con quienes Cristaldo afirmó que la víctima decidió quedarse para no volver con él.
“¿Existieron esas personas? Yo lo descarto. La lógica es que Daniel nunca se separó del imputado. Es solo un relato más que jamás se pudo comprobar. Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas y se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, reconstruyó.
“En fin. Ya no hay posibilidad de teorías alternativas. Se investigó todo. Fue la última persona que estuvo con Dani, era el único armado, estaba todo mojado cuando volvió y la ciencia determinó que era imposible que ese rifle se dispare por accidente”, resumió Glinka y solicitó la pena de prisión perpetua como autor de “homicidio agravado por alevosía”, aunque luego el tribunal modificó la calificación del caso.
Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato
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Piden prisión perpetua para Richard Cristaldo por el homicidio de Dani Tizato
El fiscal Vladimir Glinka mantuvo la acusación de “homicidio agravado por alevosía” y solicitó la pena de prisión perpetua para Richard Arnoldo “Grulla” Cristaldo (49), único imputado por el asesinato de Dani Tizato (16), registrado en 2020 en San José.
Para el titular de la fiscalía, quedó comprobado que Cristaldo pergeñó un “engaño” para llevar al adolescente a cazar y luego cometió el crimen, asesinándolo de un disparo que le atravesó el corazón y ocultando el cadáver en una laguna de agua estancada.
Glinka también sostuvo que, a partir del hecho, el imputado hizo de todo para desviar la investigación y confundir a la Policía durante las labores de búsqueda con tal de asegurar su impunidad.
Para el fiscal fue imposible determinar “las razones” del crimen, pero afirmó que ya no quedan “teorías alternativas” para analizar, descartando la hipótesis de un hecho accidental o de una posible responsabilidad de los serenos del campo La Rosita, predio donde ocurrió el crimen y se descubrió el cuerpo tras 32 días de búsqueda.
“Tizato murió por el disparo mientras se hundía en el agua. Ahí empezó un intento desesperado por torcer las pruebas. Él se mojó hasta el ombligo ocultando el cuerpo, no caminando por el campo. Los arroyos estaban secos”, apuntó.
Tras el pedido, el Tribunal Penal Dos dispuso un cuarto intermedio y más tarde será el turno de alegar para José Antonio Reyes, abogado defensor del imputado.
El caso Tizato comenzó el 30 de agosto de 2020, cuando fue a cazar con Cristaldo y nunca volvió. Su cuerpo apareció 32 días después en una laguna de agua estancada de 1,5 metros de profundidad. Tenía un disparo en el pecho y rocas entre sus prendas para evitar que flote.
Cristaldo arguyó que en medio del camino el adolescente se quedó junto a otros tres jóvenes que nunca pudieron ser ubicados y quiénes, para el fiscal, “nunca existieron”.
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