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Caso Rosa: condena por abandono y piden investigar por homicidio a otros policías

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Diez años después de la muerte de Mirta Carmen Rosa (47), una docente jubilada con diagnóstico de esquizofrenia, el caso aún pareciera estar lejos de cerrarse por completo.

Es que, al margen de la condena a 4 y 2 años de prisión en suspenso por el delito de abandono de persona dictada hoy contra dos ex policías, el Tribunal Penal Dos de Posadas también dictaminó a favor de un pedido de la fiscalía para el desprendimiento de una investigación paralela contra otros tres agentes de otra dependencia ahora puestos bajo sospecha de haber sido autores del asesinato de la mujer. 

Estas disposiciones se corresponden a la parte resolutiva de la sentencia dictada hoy, cerca de las 14, como corolario de la séptima audiencia de debate, jornada en la cual también se desarrolló la ronda de alegatos. 

En su dictamen, el tribunal presidido por el magistrado Gregorio Busse e integrado por César Yaya y Fernando Verón (subrogante) decidió por unanimidad condenar a los ex efectivos de la Policía de Misiones Aldo Gabriel Aníbal Villalba (37) y Luis Albino Rotela (43) a las penas de 4 y 2 años de prisión en suspenso, respectivamente, como coautores del delito de abandono de persona en perjuicio de Mirta Rosa.

De esta manera, los ahora condenados, quienes al momento de brindar sus últimas palabras volvieron a disculparse con la familia Rosa y a pedir justicia también para ellos, se retiraron del edificio caminando, emocionados y conmovidos tras cruzar abrazos tanto con sus allegados como con los hijos y demás parientes de la docente, que el 14 de febrero de 2013 fue hallada muerta con un golpe en la cabeza y estallido de vejiga.

Familiares de los imputados y de Mirta Rosa se abrazaron al culminar el debate.

“La Justicia ya se expidió. Nosotros como familia los liberamos. Ese abrazo que nos dimos fue de perdón, de paz para sus familiares, no hay animosidad de venganza de nuestra parte, pero sí hay muchas cosas que todavía tienen que salir a la luz y queremos que los verdaderos responsables aparezcan”, señaló a la prensa Rina Zarza, hija de la víctima, respecto a ese último cruce con los imputados. 

Ese último enunciado hace referencia a otro sustancial punto de la sentencia, en el cual el tribunal dio lugar al planteo del fiscal Vladimir Glinka sobre remitir las actuaciones del juicio al juzgado de origen de la causa para iniciar “cabeza de sumario” contra tres agentes de la Brigada de Investigaciones de la Unidad Regional X como posibles autores de “homicidio calificado por criminis causa y por haber sido perpetrado por personal de una fuerza”. 

Los acusados y el abandono 

El pedido de Glinka fue realizado durante la ronda de alegatos, donde expuso en primer término y durante exactamente una hora narró los hechos registrados ese 14 de febrero de 2013 en Garupá, trazó su hipótesis del caso y elevó un pedido de 8 y 5 años de prisión para Villalba y Rotela, respectivamente.

El fiscal comenzó con tono crítico. Calificó al expediente como “una causa con más errores que aciertos” y sostuvo que los imputados “nunca le asignaron valor de la vida a Rosa”, lo cual consistió “en una decisión discriminatoria” y “llegó el momento de responder por ello”.

Antes de repasar la secuencia de los hechos, Glinka puso en relieve el diagnóstico y la historia de vida de Rosa, una mujer de 47 años que debió dejar la docencia de manera anticipada como consecuencia de un “trastorno psicótico esquizofrénico”, patología a la cual describió como “degenerativa” e “incurable”, según el aporte dado por uno de los psiquiatras de la víctima.

A partir de ahí, reconstruyó que ese 14 de febrero Rosa salió de su casa en el barrio Santa Clara III de Garupá, pasó por una estación de servicio cercana y avanzó unos 1.700 metros más a pie hasta llegar a la casa de Mariela Benítez “en busca de resguardo” porque estaba desorientada y agotada por el calor.

Justamente Benítez y su marido fueron quienes acudieron a la Comisaría Quinta en busca de asistencia para Rosa y por eso arribó al lugar la patrulla Chevrolet S-10 ocupada por Villalba como oficial a cargo y Rotela como chofer.

Villalba -último a la derecha- volvió a pedir disculpas a la familia al momento de dar sus últimas palabras.

Según el fiscal, en esas circunstancias Rosa fue subida al móvil pero a los imputados no les importó la situación de la mujer (cansada, sedienta, descalza, desorientada, sin documentación, ni celular) ante lo cual la trasladaron hasta una zona alejada para “deshacerse” de ella antes de llevarla a la comisaría o a un hospital, como deberían haber actuado según el protocolo.

Glinka añadió que los acusados “sabían” del estado de salud de la mujer y cuestionó que “ella consiguió protección en una casa ajena y la Policía volvió a dejarla en riesgo”.

El fiscal también señaló que “el abandono es el dolo” de los implicados y clarificó que “yo no les imputo la muerte. Ellos querían abandonar y abandonaron a su suerte a una persona incapaz de valerse por sí misma”. Ante esa premisa, solicitó que penas de 8 y 5 años de prisión efectiva para Villalba y Rotela, respectivamente.

La Brigada y la tesis del asesinato

Pero ese pedido no fue lo único resonante del alegato expuesto por Glinka, sino que también sacudió la sala al pedir que se extraigan copias de todo lo actuado y que la causa sea remitida al juzgado de origen a fin de que se investiguen a tres agentes de la Brigada de Investigaciones de la Unidad Regional X de aquel entonces como posibles autores del asesinato de la mujer.

Los apuntados por el fiscal son el subcomisario Emilio Broemser y los sargentos Adrián Roberto Borda y José María Bernal, quienes declararon como testigos en el juicio y ahora son pasibles de una investigación por “homicidio calificado por criminis causa y por haber sido perpetrado por personal de una fuerza de seguridad”, figura prevista por el artículo 80, incisos 7 y 9, del Código Penal de la Nación, que prevé una pena de prisión perpetua.

La nueva hipótesis trazada por Glinka refiere que una vez que Villalba y Rotela “abandonaron a su suerte” a Rosa en cercanías a la cancha del barrio Los Potrillos, la mujer tuvo el “infortunio de cruzarse con la Brigada”.

El fiscal Vladimir Glinka expuso un alegato que se extendió durante una hora.

“Los de la Brigada, bandidos los tres, estaban haciendo cagada, estaban en un lugar donde no tenían que estar”, contextualizó el fiscal y afirmó que en esas circunstancias se cruzaron con Rosa, con quien discutieron y como “ella reaccionó mal debido a su estado de exaltación por la esquizofrenia, ellos reaccionaron peor: la golpearon y la dejaron prácticamente muerta”.

Glinka además pidió que la nueva investigación también aborde la posible comisión de los delitos de “apremios y torturas” perpetrados por los mismos efectivos en perjuicio de Walter “Chinito” Velázquez, un joven que en ese momento estaba detenido y fue llevado con ellos a realizar recorridas por el barrio para “marcar objetos robados”, según declaró ante el tribunal.

Pedidos de absolución

Tras el cargado alegato del representante del Ministerio Público Fiscal, el turno llegó para los abogados defensores Mónica Olivera por Villalba y José Luis Rey por Rotela.

La primera en exponer fue Olivera, quien consideró que en el hecho investigado no existió abandono, argumentando que los uniformados no pudieron advertir el diagnóstico de la mujer y, por consiguiente, no notaron “conflictividad” y “solo cumplieron con el pedido de una persona que no estaba alterada ni tenía signos de violencia”.

El ex magistrado Rey, en tanto, en último orden, acompañó lo expuesto por su colega Olivera, y ambos solicitaron la absolución de sus respectivos defendidos por “atipicidad de la conducta”.

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Caso Arredondo: acusados firmaron juicio abreviado por penas de 16 y 18 años

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El debate oral por el crimen del bonaerense Martín Arredondo (37), previsto para este jueves 4 de diciembre, fue suspendido debido a un acuerdo de juicio abreviado entre la fiscalía y los seis jóvenes imputados por el hecho, quienes admitieron su culpabilidad y aceptaron ser condenados a penas de 16 y 18 años.

Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la audiencia de visu donde los seis imputados dieron el consentimiento para avanzar en el convenio de juicio abreviado se realizó esta mañana, circunstancia que derivó en la suspensión de las audiencias de debate oral que habían sido programadas para la semana entrante ante el Tribunal Penal Uno de Posadas.

Las mismas fuentes señalaron que los imputados admitieron su participación en el hecho y aceptaron recibir condenas de entre 16 y 18 años como responsables del delito de “homicidio en ocasión de robo”, figura menos gravosa que la acusación de “homicidio doblemente calificado por el concurso premeditados de dos o más personas y criminis causae” con la que fueron procesados en etapa de instrucción y que preveía prisión perpetua.

Los imputados en esta causa son Brisa Torres (24), Oriana Saucedo (24), su hermano Alan William Saucedo (26), Elías Nahuel Trinidad (26), Miguel Ángel López (25) y Juan Alberto Barrios (22). 

Los tres primeros aceptaron una pena de 16 años de cárcel, mientras que la pena mayor recaerá contra Trinidad y López. Barrios, por su parte, era menor de edad al momento del hecho y por lo tanto será un juzgado correccional el que decida su sanción.

En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la fiscal María Laura Álvarez, por subrogancia legal ante la licencia del fiscal Vladimir Glinka.

El acuerdo alcanzado entre las partes ahora deberá ser elevado al Tribunal Penal Uno, integrado por los magistrados Gustavo Bernie y Viviana Cukla, quienes deberán analizar el documento y en caso de no detectar irregularidades transformarán el acta en sentencia.

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Pablo Martín Arredondo fue ultimado en su departamento sobre calle Bolívar de Posadas.

Golpeado y estrangulado

El crimen de Arredondo se descubrió el 23 de febrero de 2020, cuando los vecinos del departamento que alquilaba en un edificio sobre calle Colón, frente al colegio Roque González, alertaron sobre un olor putrefacto que provenía del lugar.

Al ingresar al inmueble, los efectivos policiales intervinientes se encontraron con el cadáver del bonaerense y la autopsia posterior determinó que fue golpeado y finalmente estrangulado con un cinto.

La investigación global estableció que el crimen se registró cuatro días antes, el 19 de febrero, en horas de la madrugada, cuando la víctima se reunió en su departamento junto a una de las jóvenes que aparentemente era su novia y un grupo de amigos de ellas.

En el lugar, se cree que Arredondo fue dopado con estupefacientes (ketamina) y que al departamento luego llegaron otros cómplices con la intención de sustraerle 300.000 pesos que el hombre tenía destinado a utilizar como parte de pago para la compra de un automóvil.

Mediante la revisión de cámaras de seguridad los investigadores pudieron reconstruir las últimas horas de la víctima y los últimos movimientos registrados en cercanías a su departamento, con lo cual fueron identificando uno a uno a los sospechosos.

Luego, la ciencia hizo el resto. En el marco de la causa constan pericias telefónicas que darían cuenta de comunicaciones entre los implicados planificando el hecho y rastros de ADN que ubican a al menos tres de los sospechosos en la escena del crimen.

El caso fue investigado por el Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, a cargo del magistrado Fernando Verón, quien en mayo de 2023 firmó el requerimiento de elevación a juicio del expediente, medida que meses después fue ratificada por la Cámara de Apelaciones en lo Penal y de Menores de la provincia.

Se reprogramó para el 4 de diciembre el juicio por el caso Arredondo

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Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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condenas a Monica Gurina y Leandro Sanchez

Para la Justicia misionera, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez cometieron delitos durante el acampe que interrumpió el tránsito sobre lo avenida Uruguay a mediados del año pasado durante una protesta multisectorial en reclamo de mejoras salariales.

Así lo determinó esta tarde la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, Marcela Leiva, quien como presidenta del tribunal unipersonal encargado de llevar adelante el juicio oral decidió condenar a ambos trabajadores de la educación como coautores de los delitos de “desobediencia judicial y entorpecimiento del normal funcionamiento de los medios de transporte”, misma imputación con la cual llegaron a esta instancia.

Las penas impartidas fueron 10 meses de prisión en suspenso para Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Sánchez, quienes además deberán realizar 8 horas mensuales de tareas comunitarias dando clases en comedores infantiles.

Los fundamentos del fallo serán comunicados el 1 de diciembre, jornada para la cual el colectivo de docentes y trabajadores de la educación unidos en acompañamiento a los ahora condenados anunció un paro con posible movilización hacia el Palacio de Justicia, donde esta mañana volvieron a montar una vigilia y luego reclamaron que el veredicto busca “criminalizar la protesta”.

La defensa de los docentes, encabezada por el abogado Eduardo Paredes, junto a Roxana Rivas y María Laura Alvarenga, adelantó que una vez conocido los argumentos apelarán el fallo y de ser necesario insistirán hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).

La fiscal María Laura Álvarez fue la primera en alegar y solicitó condenas para los imputados.

“No hay derecho absoluto”

El fallo se ajustó casi en su totalidad con el planteo efectuado previamente por la fiscal María Laura Álvarez, que al momento de su alegato consideró que ambos docentes habían cometido los delitos imputados en el marco de la protesta realizada el año pasado y, por ende, pidió 1 año de prisión en suspenso para Gurina y 10 meses en suspenso para Sánchez.

Álvarez argumentó que el mayor pedido contra Gurina fue porque ella “tenía un plus en la ejecución” de las acciones enmarcadas en la protesta y el acampe instalado sobre la avenida Uruguay, casi Trincheras de San José, una cuadra antes del campamento similar montado por agentes policiales frente al Comando Radioeléctrico Uno.

En su alegato, la fiscal remarcó los perjuicios económicos sufridos por unos 80 comerciantes de la avenida Uruguay, tomando como ejemplo a Gustavo Cardozo, dueño de Vicar Muebles, que como testigo declaró que sus ventas bajaron un 40% durante los días que duró la protesta.

Consideró, además, que ambos docentes incumplieron en forma “dolosa” con la orden de despeje de la calle emitida por el juez Ricardo Balor y para ello se apoyó en las declaraciones de varios agentes policiales que hoy comparecieron como testigos, entre ellos Mariela Acosta, mediadora de la fuerza provincial.

“Nadie está en contra del derecho a la protesta, pero la Corte dijo que no hay ningún derecho absoluto”, expresó Álvarez que anoche además presentó un escrito solicitando que la audiencia de hoy se restrinja al público.

En sus argumentos, expuso que el martes se sintió “coaccionada, intimidada y acosada” por el público que acompañaba a los docentes enjuiciados.

La defensa se opuso y la jueza Leiva también, que aceptó el ingreso del público, aunque reiteró las normas de comportamiento. Lo que no hubo fue transmisión oficial en vivo, como suele en la mayoría de los debates orales, salvo excepciones como casos de abuso sexual donde prevalece el derecho a la intimidad de la víctima.

Sánchez reinvidicó el derecho a protesta al dar sus últimas palabras, poco después de sufrir un cuadro de presión alta.

“Fue un hecho público y multitudinario”

En defensa de los imputados alegaron los tres letrados del equipo técnico legal, siendo Paredes y Rivas los principales oradores.

En primer término, Paredes realizó un repaso de las luchas sociales y conquistas de derechos obtenidas en el marco de protestas en las calles. A nivel nacional mencionó la protesta del campo contra la resolución 125 que lideró Alfredo De Angeli -hoy senador nacional- y en materia provincial recordó el tractorazo que derivó en la creación del Instituto Nacional de la Yerba Mate (Inym).

“Hubo tractores sobre la plaza, se cortó el tránsito, los empleados apenas podían ingresar a la casa de gobierno. Aún así, el gobierno reconoció que eran derechos constitucionales y no tomó ninguna medida. Así salió el Inym y el gobierno provincial nunca impulsó un proceso”, ejemplificó.

Rivas, por su parte, consideró que la causa carecía de pruebas para dar por acreditada las acusaciones. “Fue un hecho público y multitudinario. No hay pruebas de que ambos hayan ‘liderado’ la protesta. Esto era, además, multisectorial. Es imposible endilgarle un ‘poder de dirección’ en los hechos”, apuntó.

También cuestionó que “los daños económicos en los comerciantes son presumido, no está acreditado” y aseveró que “la salida acá es entender que este conflicto ya se resolvió en sede administrativa”.

En consecuencia, la defensa pidió la absolución de los acusados o, en forma subsidiaria, la aplicación del estado de necesidad justificante o del estado de necesidad disculpante.

Los planteos defensivos no prosperaron. Tras más de dos horas de deliberación, la magistrada Leiva regresó a la sala con el veredicto y por secretaría se leyó la condena para ambos docentes.

La sentencia de la jueza Marcela Leiva fue impartida poco después de las 14.

 

Gurina y Sánchez en juicio: “Ir al acampe fue colectivo y asambleario”

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La defensa pidió la absolución y hay cuarto intermedio hasta sentencia

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Tras el pedido de absolución planteado por la defensa, los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez hicieron uso de sus últimas palabras antes del cuarto intermedio para deliberar la sentencia por parte de la magistrada Marcela Leiva.

Sánchez, visiblemente emocionado y hasta con un cuadro de suba de presión, reinvindicó el derecho a protesta e insistió en el carácter asambleario de todas las decisiones tomadas durante la protesta del año pasado. “No tenemos liderazgos, tenemos asambleas en las plazas“, señaló.

Y afirmó: “No somos el diablo. Somos ciudadanos insurrectos, que no soportan la injusticia y no se resignan a ser maestros sin casa”.

A lo que agregó: “Si nos condenan, van a condenar la protesta social. Sentarán un precedente para el país y se llenarán las cárceles de maestros y trabajadores”

Gurina también se expresó brevemente y adhirió a las palabras de su colega.

Luego, la jueza Leiva dispuso un cuarto intermedio por tiempo indeterminado para deliberar y dictar sentencia.
Minutos antes, la fiscal María Laura Álvarez había solicitado penas de 1 años y 10 meses de prisión en suspenso para los imputados, siendo el mayor pedido contra Gurina.

La fiscalía pidió condenas contra Mónica Gurina y Leandro Sánchez

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