Judiciales
Caso Antonella: para el tribunal no hubo pruebas certeras de violencia de género
Para el Tribunal Penal Uno de Posadas, en el juicio por el caso Antonella Rocío Bernhardt (27), golpeada y asesinada de un puntazo en la garganta, no se recolectaron suficientes elementos para acreditar “con alta probabilidad” que el crimen se haya cometido en un contexto de violencia de género, razón por la cual decidieron descartar la aplicación del agravante de femicidio en la sentencia dictada contra el fotógrafo Cristian Daniel Vargas (33).
“No cuento con elementos de juicio suficientes que me indiquen con una alta probabilidad que la muerte de Antonella se haya dado en este contexto (violencia de género)”, postuló la magistrada Viviana Cukla en su voto, plasmado en los fundamentos del fallo, documento al cual tuvo acceso La Voz de Misiones.
En la resolución, de 112 páginas, la jueza que presidió el debate oral que se desarrolló desde el 6 hasta el 13 de noviembre, se explayó respecto a los argumentos tenidos en cuenta por el tribunal que integra junto a los magistrados Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie para desestimar los agravantes de femicidio y alevosía planteados por la fiscalía, calificación legal que, de haberse aplicado, pudo significarle la prisión perpetua a Vargas.
Culminado el repaso histórico de la causa, como así también la mención de todo lo producido a lo largo del juicio, incluido el alegato de las partes (querella, fiscalía y defensa), la jueza Cukla procedió a la analizar la cuestión vinculada a la acreditación del hecho y a la autoría por parte del imputado.
En ese punto, la presidenta del TP Uno consideró plenamente acreditada la autoría del crimen por parte de Vargas, describiendo que la víctima fue sofocada con maniobras de asfixia, golpeada dos veces en la cabeza y posteriormente atacada con un cuchillo monofilo mediante el cual el imputado “seccionó la tráquea causando una herida profunda”.
Para Cukla, el asesinato se produjo en el marco de un forcejeo de pocos minutos en el cual Antonella logró prestar un mínimo de defensa, aunque consideró que el desarrollo de los hechos no pudo ser determinado con certeza suficiente, a pesar del testimonio brindado por la forense Carolina Lanzos, sobre el cual el fiscal Martín Rau basó gran parte de su alegato y ahora fue contestado.
“La información aportada por la médica por sí sola no alcanza que poder efectuar una reconstrucción histórica de cómo fue la pelea y posterior muerte de Rocío Antonella, particularmente si la víctima al momento de recibir la puñalada se encontraba de pie o yacía tendida en el suelo, lo cual fue sostenido por el Sr. Fiscal”, arguyó la magistrada, razonamiento que también fue utilizado para desestimar el agravante de alevosía.
En esta primera parte de su análisis, Cukla también desestimó la versión dada por Vargas respecto al supuesto acto de sexo oral y posterior video con el cual la víctima habría querido extorsionarlo y, en esa misma línea, descartó que haya sido Antonella quien manipulaba el cuchillo al momento del hecho.

Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie, los jueces del Tribunal Penal Uno. Foto: Gentileza Marcos Otaño.
Agravantes descartados, los argumentos del TP Uno
Zanjada estas cuestiones, llegó el momento de la controversia basada en la calificación legal, tópico que se transformó en el eje de la discusión, más aún después de aquel 13 de noviembre en el que el tribunal decidió condenar a Vargas a 20 años de prisión por el delito de homicidio simple.
La parte resolutiva de la sentencia leída ese día en el SUM del Palacio de Justicia conllevaba un spoiler: para el tribunal el crimen de Antonella no configuró un femicidio y en los fundamentos comunicados hoy enumeran los razonamientos efectuados para llegar a tal conclusión.
Al ahondar en este punto, Cukla volvió a realizar un repaso de la causa, principalmente a lo vinculado respecto a los idas y vueltas que tuvo la calificación legal de la causa ya durante la etapa de instrucción, con constantes apelaciones y oposiciones de las partes.
A partir de allí, se adentró en lo registrado pura y exclusivamente en el debate, recordando el contenido de los alegatos desarrollados por el fiscal Rau, por el abogado particular Mauricio Vergara como querellante particular y por el defensor oficial Mario Ramírez.
“Se deben descartar las demás agravantes pretendidas por la acusación -querella y fiscalía- por no encontrarse reunidos los presupuestos exigidos en términos procesales o probatorios, en tanto no supera el estado de duda razonable (respecto al femicidio) como tampoco reúne las condiciones exigidas a nivel normativo (sobre alevosía)”, adelantó la jueza líneas después.
Desde esa base, desmenuzó la definición legal de la figura penal de femicidio (contemplado en el artículo 80, inciso 11) y sostuvo que la principal dificultad radica en determinar qué circunstancias constituyen o no violencia de género.
A continuación, postuló que las circunstancias del hecho valoradas por las partes en sus alegatos “no tienen el peso probatorio para determinar con un alto grado de probabilidad, que la muerte violenta de Rocío Antonella se produjo mediando violencia de género”.
Cukla recordó que el fiscal Rau planteó que la violencia de género en el caso Antonella estaba dado en virtud de su estado de vulnerabilidad ante una realidad económica apremiante, lo cual ubicó a Vargas en una situación de poder sobre ella ya que le ofreció trabajo.
La magistrada, en cambio, argumentó que entre la víctima y Vargas existía un “acuerdo limitado a lo laboral” vinculado a la venta de servicios de fotografías en escuelas de Posadas, cuestión que “no nos permite inferir que se configuraba una circunstancia de desigualdad entre los mismos, de discriminación o de dominación basada en esta circunstancia”.
En líneas siguientes, la jueza dejó fuera de dudas que “Vargas causó violentamente la muerte a Rocío Antonella Bernhardt”, pero volvió a plantear la discusión suscitada en si las circunstancias del hecho cumplen con el estipulado de “mediare violencia de género” que contempla el agravante de femicidio.
“Inferir que existió un contexto de violencia de género a partir de datos acreditados que, por sí mismos no revelan violencia de género, como por ejemplo un acuerdo laboral, o que Rocio Antonella buscaba trabajo, además de ser incompatible con uno de los principios básicos del derecho procesal penal, conforman simples conjeturas -no objetivas- que no tienen anclaje en los elementos de juicio producidos en la causa”, expresó.

El fiscal Martín Rau había pedido perpetua por homicidio doblemente calificado por femicidio y alevosía. Foto: Gentileza Marcos Otaño.
Tampoco consideró Cukla que la gravedad de las lesiones o las diferencias de fuerza y tamaño sean elementos suficientes para acreditar la violencia de género.
“Entiendo que no es suficiente establecer que existe femicidio cuando un hombre mata violentamente a una mujer, entre los cuales había diferencias de fuerza y tamaño. Sino, de lo contrario, no podríamos hablar de femicidio cuando un hombre pequeño mata a una mujer más grande corporalmente, a pesar de haber mediado violencia de género”, agregó.
También reflexionó que “en las condiciones probatorias que se encuentra la causa, me encuentro en una situación en la cual, si bien, no descarto que no hayan existido elementos que conviertan la muerte violenta de Rocío Antonella Bernhardt en un femicidio, pero al mismo tiempo sostengo ‘no se trata de una cuestión de fe’. Por lo tanto, atento a la instancia procesal en la que nos encontramos, debo decir que no cuento con elementos de juicio suficientes que me indiquen con una alta probabilidad que la muerte de Antonella se haya dado en este contexto (violencia de género)”.
E insistió: “Nuevamente considero necesario resaltar que para la configuración del femicidio, no es suficiente que el sujeto activo sea hombre y la víctima una mujer, sino que debemos tener por acreditado con un alto grado de probabilidad a través de constancias comprobadas de la causa, de que la muerte de la mujer se produjo en un contexto de violencia de género”.
Y, como cierre, a esta cuestión en particular, apuntó: “Por demás, quiero dejar a salvo mi criterio en cuanto entiendo que las reglas de valoración de las pruebas, no puede ceder ante la presión social o mediática, sino que debe estar ceñido a las reglas que rigen a un razonamiento objetivo de la prueba, de acuerdo a la lógica y a la sana crítica racional”.
Ya a lo último de la resolución, la magistrada del TP Uno también explicó por qué desestimaron el agravante de alevosía solicitado por fiscal Rau y allí regresó sobre el testimonio vertido por la forense Lanzos, al cual calificó como insuficiente para reconstruir la mecánica del hecho.
En consecuencia, consideró que no se puede dar por acreditado que la víctima haya sido atacada en estado de indefensión, más aún al recordar que Antonella registraba lesiones defensivas.
En base a estas argumentaciones, Cukla consideró que no quedaba más que subsumir el hecho en un homicidio simple y aplicar a Vargas la pena de 20 años de prisión.
Tanto el magistrado Dejesús Cardozo como Gustavo Bernie adhirieron al voto efectuado por Cukla y solamente el primero de ellos planteó una disidencia respecto al monto de pena aplicar, ya que consideró que la condena correspondiente era de 25 años de cárcel.
Conocida estas consideraciones, las partes tendrán la posibilidad de recurrir la sentencia para que sea revisada en instancias superiores, por lo cual la discusión podría continuar abierta.
Judiciales
Intendente denunciado por abuso se toma licencia y reclama su inocencia
El intendente de Caraguatay, Mario Darío Peyer, denunciado por abuso sexual en perjuicio de una trabajadora del Concejo Deliberante del mismo municipio, se tomó licencia en el cargo y se puso a disposición de la Justicia, tal como lo había solicitado el miércoles a la noche el gobernador Hugo Passalacqua.
La decisión de Peyer fue comunicada a través de un posteo en su cuenta de Facebook y en el escrito indicó que “en virtud de las denuncias y acusaciones que han tomado estado público en contra de mi persona, comunico a mis vecinos de Caraguatay, y a toda la provincia, que he decidido presentar mi licencia al cargo de intendente”.
En la continuidad de la publicación, el intendente añadió que “me he puesto a entera y absoluta disposición de la Justicia, para colaborar en todo lo que fuese necesario, a fin de que se pueda esclarecer lo más pronto posible la grave y falaz denuncia de la cual he sido objeto”.
En otro párrafo, agregó que “desconozco la motivación o las causas que pueden haber desencadenado semejante acusación, pero manifiesto mi plena confianza en que la Justicia fallará a favor de la verdad, es decir, de mi inocencia. Y mientras atravieso este duro proceso, me rodearé del cariño de mi familia, que me apoya plenamente, y en el afecto de los vecinos de mi querida comunidad”.
La denuncia
La decisión llega 48 horas después de que se hiciera pública la denuncia que el jefe comunal registra en su contra desde el pasado 25 de febrero, cuando una trabajadora del Concejo Deliberante de Caraguatay lo acusó por hechos de acoso y abuso sexual perpetrados a mediados del año pasado.
Sumado a la presentación inicial, ese mismo miércoles la denunciante compareció ante el Juzgado de Instrucción Uno de Puerto Rico, a cargo del magistrado Manuel Balanda Gómez, instancia en la que ratificó cada una de sus acusaciones, brindando un detallado relato de los padecimientos que afirma haber sufrido en manos del alcalde que llegó al cargo en 2023.
Ante la Justicia, la joven denunció que primer suceso ocurrió el 8 de julio de 2025, cuando el intendente citó a la joven en su despacho y le “acarició las manos”, entre otros actos de miramientos, tocamientos y expresiones indebidas.
El segundo episodio y más grave, sucedió el 4 de septiembre, en el marco del Día de la Secretaria, cuando el jefe comunal se presentó en el Concejo Deliberante para entregar presentes a las trabajadoras del lugar.
En esas circunstancias, el hombre ingresó a la oficina de la denunciante y tras una breve conversación, llaveó la puerta, se abalanzó sobre ella, le corrió la ropa y la sometió carnalmente, a la fuerza y sin el consentimiento de la muchacha.
La joven, incluso, narró que el intendente la golpeó y ejerció constante fuerza sobre ella para mantenerse en posición dominante durante el abuso. También describió que al momento del hecho llevaba pocos días de haber dado a luz, ante lo cual sufrió mayores dolencias físicas.
Después del hecho -aseguró la denunciante-, Peyer se retiró del lugar y amenazó a la joven para que no denuncie lo sucedido si quería mantener su trabajo, extorsión que se extendió durante varios meses, insertando a la víctima en un clima de sometimiento constante con llamados desde diferentes números telefónicos y visitas sorpresivas al Concejo Deliberante.
Medidas
Atento a que Peyer goza de inmunidad de arresto por sus fueros como alcalde, el magistrado que dirige la investigación dispuso una serie de medidas preventivas, entre ellas una restricción de acercamiento y contacto hacia la denunciante.
En paralelo, ordenó otras medidas para la recolección de pruebas y en ese marco hubo allanamientos en su oficina en la municipalidad y en su casa. En esos procedimientos ya se incautaron dispositivos electrónicos como celulares y computadoras, elementos que serán sometidos a pericias por parte de los especialistas de la Secretaría de Apoyo para las Investigaciones Complejas (Saic).
Los investigadores también realizaron un registro fotográfico de la oficina del alcalde y de otras dependencias que pudieran haber sido escena de alguno de los hechos denunciados.
Judiciales
La joven que denunció al intendente de Caraguatay será querellante particular
La joven que denunció por abuso sexual al intendente de Caraguatay, Mario Peyer, se constituyó como querellante particular y a través de su representante legal podrá ser parte activa del proceso judicial, con el impulso de medidas probatorias y responder planteos defensivos.
Los trámites correspondientes fueron completados ayer, en paralelo a la audiencia de ratificación de denuncia, y el requerimiento fue aceptado por el magistrado Manuel Balanda Gómez, titular del Juzgado de Instrucción Uno de Puerto Rico, dependencia judicial que lleva adelante el expediente.
Es Balanda Gómez el que dirige la investigación del caso, mientras que la acción pública es impulsada por Héctor Simón, titular de la Fiscalía de Instrucción Uno de la misma jurisdicción, rol que ahora compartirá con la querella particular que represente los intereses de la denunciante e incluso pueden trabajar juntos, aunando criterios y colaborándose mutuamente en la recolección de pruebas.
Denuncia y ratificación
En su denuncia, la joven, que trabaja en el Concejo Deliberante de Caraguatay, acusó al intendente de ese mismo municipio por hechos de acoso y abuso sexual perpetrados a mediados del año pasado.
La presentación que dio inicio al expediente se radicó el 25 de febrero y fue ratificada ayer, con una ampliación de su declaración ante el magistrado que instruye la causa, quien ya dispuso una serie de medidas preventivas, como una restricción de acercamiento y contacto contra el intendente, y órdenes de allanamiento en busca de elementos de prueba.
Según pudo averiguar La Voz de Misiones, el primer suceso denunciado ocurrió el 8 de julio de 2025, cuando el intendente citó a la joven en su despacho y le “acarició las manos”, entre otros actos de miramientos, tocamientos y expresiones indebidas.
El segundo episodio y más grave, sucedió el 4 de septiembre, en el marco del Día de la Secretaria, cuando el jefe comunal se presentó en el Concejo Deliberante para entregar presentes a las trabajadoras del lugar.
En esas circunstancias, el hombre ingresó a la oficina de la denunciante y tras una breve conversación, llaveó la puerta, se abalanzó sobre ella, le corrió la ropa y la sometió carnalmente, a la fuerza y sin el consentimiento de la muchacha.
La joven, incluso, narró que el intendente la golpeó y ejerció constante fuerza sobre ella para mantenerse en posición dominante durante el abuso. También describió que al momento del hecho llevaba pocos días de haber dado a luz, ante lo cual sufrió mayores dolencias físicas.
Después del hecho -aseguró la denunciante-, Peyer se retiró del lugar y amenazó a la joven para que no denuncie lo sucedido si quería mantener su trabajo, extorsión que se extendió durante varios meses, insertando a la víctima en un clima de sometimiento constante con llamados desde diferentes números telefónicos y visitas sorpresivas al Concejo Deliberante.
Pedido de licencia
Si bien la presentación inicial se radicó el 25 de febrero, el caso tomó estado público ayer y después de la ratificación de la denuncia efectuada por la joven, el gobernador Hugo Passalacqua le pidió a Peyer que se tome licencie en el cargo y enfrente a la Justicia.
“Ante la grave denuncia por abuso sexual radicada en el Juzgado de Instrucción Nº 1 de Puerto Rico, solicito al intendente de Caraguatay, Mario Peyer, que pida licencia en el cargo y se ponga a disposición de la Justicia, a los fines de que la investigación se desarrolle de manera ordenada y transparente”, comunicó el gobernador en su cuenta de X.
Passalacqua pidió que el intendente denunciado por abuso se tome licencia
Judiciales
Passalacqua pidió que el intendente denunciado por abuso se tome licencia
El gobernador Hugo Passalacqua le solicitó al intendente de Caraguatay, Mario Peyer, denunciado por abuso sexual contra una trabajadora del Concejo Deliberante de esa localidad, que pida licencia en el cargo y se ponga a disposición de la Justicia.
El mandatario provincial hizo público su pedido a través de un posteo en su cuenta de X, donde esta noche escribió: “Ante la grave denuncia por abuso sexual radicada en el Juzgado de Instrucción Nº 1 de Puerto Rico, solicito al intendente de Caraguatay, Mario Peyer, que pida licencia en el cargo y se ponga a disposición de la Justicia, a los fines de que la investigación se desarrolle de manera ordenada y transparente”.
Ante la grave denuncia por abuso sexual radicada en el Juzgado de Instrucción Nº 1 de Puerto Rico, solicito al intendente de Caraguatay, Mario Peyer, que pida licencia en el cargo y se ponga a disposición de la Justicia, a los fines de que la investigación se desarrolle de manera…
— Hugo Passalacqua (@passalacquaok) March 12, 2026
Denuncia y ratificación
El pedido del gobernador llega luego de que se hiciera público una grave denuncia que data contra el intendente desde el 25 de febrero pasado, cuando una empleada del Concejo Deliberante de Caraguatay acudió a la Fiscalía de Instrucción Uno de Puerto Rico para realizar una presentación en la que acusaba al jefe comunal por hechos de acoso y abuso sexual.
El asunto tomó mayor relevancia este miércoles, luego de la que muchacha compareciera ante el Juzgado de Instrucción Uno de Puerto Rico, a cargo del magistrado Manuel Balanda Gómez, para ampliar su denuncia y en dicha audiencia ratificara cada una de las acusaciones.
En esa instancia, la mujer dio un pormenorizado relato de los hechos padecidos, con precisión de días, horarios, circunstancias y modos.
Según pudo saber La Voz de Misiones, la joven relató que los hechos ocurrieron el año pasado. El primer suceso se dio el 8 de julio del año pasado, cuando el intendente citó a la joven en su despacho y le “acarició las manos”, entre otros actos de miramientos, tocamientos y expresiones indebidas.
El segundo episodio y más grave, sucedió el 4 de septiembre, en el marco del Día de la Secretaria, cuando el jefe comunal se presentó en el Concejo Deliberante para entregar presentes a las trabajadoras del lugar.
En esas circunstancias, el hombre ingresó a la oficina de la denunciante y tras una breve conversación, llaveó la puerta, se abalanzó sobre ella, le corrió la ropa y la sometió carnalmente, a la fuerza y sin el consentimiento de la muchacha.
La joven, incluso, entre lágrimas y visiblemente conmovida, narró que el intendente la golpeó y ejerció constante fuerza sobre ella para mantenerse en posición dominante durante el abuso. También describió que al momento del hecho llevaba pocos días de haber dado a luz, ante lo cual sufrió mayores dolencias físicas.
Después del hecho -aseguró la denunciante-, Peyer se retiró del lugar y amenazó a la joven para que no denuncie lo sucedido si quería mantener su trabajo, extorsión que se extendió durante varios meses, insertando a la víctima en un clima de sometimiento constante con llamados desde diferentes números telefónicos y visitas sorpresivas al Concejo Deliberante.
Meses más tarde la mujer encontró contención en una abogada local que se interiorizó en el caso y le recomendó accionar penalmente, lo cual finalmente ocurrió el pasado 25 de febrero, cuando radicaron la denuncia inicial ante la Fiscalía de Instrucción Uno de Puerto Rico, que en ese momento era subrogado por Jorge Fernández y que ahora nuevamente se encuentra a cargo de su titular Héctor Simón.
Como cierre de su testimonio, la denunciante agregó que el último sábado, a la medianoche, el intendente pasó en cercanías a su a casa a bordo de la camioneta del municipio y efectuó gestos amenazantes contra su hija de menor.
Con los elementos recolectados hasta el momento y atento a la inmunidad de arresto que Peyer goza por sus fueros como intendente, el juez Balanda Gómez dispuso una restricción de acercamiento hacia la denunciante, entre otras medidas, principalmente de contención a la víctima y de recolección de pruebas para avanzar con la causa que, preliminarmente, configuraría delitos de “abuso sexual con acceso carnal”.
Violación, golpes y amenazas: la denuncia contra el intendente de Caraguatay
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