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Caso Antonella: para el tribunal no hubo pruebas certeras de violencia de género

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Para el Tribunal Penal Uno de Posadas, en el juicio por el caso Antonella Rocío Bernhardt (27), golpeada y asesinada de un puntazo en la garganta, no se recolectaron suficientes elementos para acreditar “con alta probabilidad” que el crimen se haya cometido en un contexto de violencia de género, razón por la cual decidieron descartar la aplicación del agravante de femicidio en la sentencia dictada contra el fotógrafo Cristian Daniel Vargas (33).

“No cuento con elementos de juicio suficientes que me indiquen con una alta probabilidad que la muerte de Antonella se haya dado en este contexto (violencia de género)”, postuló la magistrada Viviana Cukla en su voto, plasmado en los fundamentos del fallo, documento al cual tuvo acceso La Voz de Misiones

En la resolución, de 112 páginas, la jueza que presidió el debate oral que se desarrolló desde el 6 hasta el 13 de noviembre, se explayó respecto a los argumentos tenidos en cuenta por el tribunal que integra junto a los magistrados Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie para desestimar los agravantes de femicidio y alevosía planteados por la fiscalía, calificación legal que, de haberse aplicado, pudo significarle la prisión perpetua a Vargas.

Culminado el repaso histórico de la causa, como así también la mención de todo lo producido a lo largo del juicio, incluido el alegato de las partes (querella, fiscalía y defensa), la jueza Cukla procedió a la analizar la cuestión vinculada a la acreditación del hecho y a la autoría por parte del imputado.

En ese punto, la presidenta del TP Uno consideró plenamente acreditada la autoría del crimen por parte de Vargas, describiendo que la víctima fue sofocada con maniobras de asfixia, golpeada dos veces en la cabeza y posteriormente atacada con un cuchillo monofilo mediante el cual el imputado “seccionó la tráquea causando una herida profunda”.

Para Cukla, el asesinato se produjo en el marco de un forcejeo de pocos minutos en el cual Antonella logró prestar un mínimo de defensa, aunque consideró que el desarrollo de los hechos no pudo ser determinado con certeza suficiente, a pesar del testimonio brindado por la forense Carolina Lanzos, sobre el cual el fiscal Martín Rau basó gran parte de su alegato y ahora fue contestado.

“La información aportada por la médica por sí sola no alcanza que poder efectuar una reconstrucción histórica de cómo fue la pelea y posterior muerte de Rocío Antonella, particularmente si la víctima al momento de recibir la puñalada se encontraba de pie o yacía tendida en el suelo, lo cual fue sostenido por el Sr. Fiscal”, arguyó la magistrada, razonamiento que también fue utilizado para desestimar el agravante de alevosía.

En esta primera parte de su análisis, Cukla también desestimó la versión dada por Vargas respecto al supuesto acto de sexo oral y posterior video con el cual la víctima habría querido extorsionarlo y, en esa misma línea, descartó que haya sido Antonella quien manipulaba el cuchillo al momento del hecho.

Viviana Cukla, Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie, los jueces del Tribunal Penal Uno. Foto: Gentileza Marcos Otaño.

Agravantes descartados, los argumentos del TP Uno

Zanjada estas cuestiones, llegó el momento de la controversia basada en la calificación legal, tópico que se transformó en el eje de la discusión, más aún después de aquel 13 de noviembre en el que el tribunal decidió condenar a Vargas a 20 años de prisión por el delito de homicidio simple.

La parte resolutiva de la sentencia leída ese día en el SUM del Palacio de Justicia conllevaba un spoiler: para el tribunal el crimen de Antonella no configuró un femicidio y en los fundamentos comunicados hoy enumeran los razonamientos efectuados para llegar a tal conclusión.

Al ahondar en este punto, Cukla volvió a realizar un repaso de la causa, principalmente a lo vinculado respecto a los idas y vueltas que tuvo la calificación legal de la causa ya durante la etapa de instrucción, con constantes apelaciones y oposiciones de las partes.

A partir de allí, se adentró en lo registrado pura y exclusivamente en el debate, recordando el contenido de los alegatos desarrollados por el fiscal Rau, por el abogado particular Mauricio Vergara como querellante particular y por el defensor oficial Mario Ramírez.

“Se deben descartar las demás agravantes pretendidas por la acusación -querella y fiscalía- por no encontrarse reunidos los presupuestos exigidos en términos procesales o probatorios, en tanto no supera el estado de duda razonable (respecto al femicidio) como tampoco reúne las condiciones exigidas a nivel normativo (sobre alevosía)”, adelantó la jueza líneas después.

Desde esa base, desmenuzó la definición legal de la figura penal de femicidio (contemplado en el artículo 80, inciso 11) y sostuvo que la principal dificultad radica en determinar qué circunstancias constituyen o no violencia de género.

A continuación, postuló que las circunstancias del hecho valoradas por las partes en sus alegatos “no tienen el peso probatorio para determinar con un alto grado de probabilidad, que la muerte violenta de Rocío Antonella se produjo mediando violencia de género”.

Cukla recordó que el fiscal Rau planteó que la violencia de género en el caso Antonella estaba dado en virtud de su estado de vulnerabilidad ante una realidad económica apremiante, lo cual ubicó a Vargas en una situación de poder sobre ella ya que le ofreció trabajo.

La magistrada, en cambio, argumentó que entre la víctima y Vargas existía un “acuerdo limitado a lo laboral” vinculado a la venta de servicios de fotografías en escuelas de Posadas, cuestión que “no nos permite inferir que se configuraba una circunstancia de desigualdad entre los mismos, de discriminación o de dominación basada en esta circunstancia”.

En líneas siguientes, la jueza dejó fuera de dudas que “Vargas causó violentamente la muerte a Rocío Antonella Bernhardt”, pero volvió a plantear la discusión suscitada en si las circunstancias del hecho cumplen con el estipulado de “mediare violencia de género” que contempla el agravante de femicidio.

“Inferir que existió un contexto de violencia de género a partir de datos acreditados que, por sí mismos no revelan violencia de género, como por ejemplo un acuerdo laboral, o que Rocio Antonella buscaba trabajo, además de ser incompatible con uno de los principios básicos del derecho procesal penal, conforman simples conjeturas -no objetivas- que no tienen anclaje en los elementos de juicio producidos en la causa”, expresó.

El fiscal Martín Rau había pedido perpetua por homicidio doblemente calificado por femicidio y alevosía. Foto: Gentileza Marcos Otaño.

Tampoco consideró Cukla que la gravedad de las lesiones o las diferencias de fuerza y tamaño sean elementos suficientes para acreditar la violencia de género.

“Entiendo que no es suficiente establecer que existe femicidio cuando un hombre mata violentamente a una mujer, entre los cuales había diferencias de fuerza y tamaño. Sino, de lo contrario, no podríamos hablar de femicidio cuando un hombre pequeño mata a una mujer más grande corporalmente, a pesar de haber mediado violencia de género”, agregó.

También reflexionó que “en las condiciones probatorias que se encuentra la causa, me encuentro en una situación en la cual, si bien, no descarto que no hayan existido elementos que conviertan la muerte violenta de Rocío Antonella Bernhardt en un femicidio, pero al mismo tiempo sostengo ‘no se trata de una cuestión de fe’. Por lo tanto, atento a la instancia procesal en la que nos encontramos, debo decir que no cuento con elementos de juicio suficientes que me indiquen con una alta probabilidad que la muerte de Antonella se haya dado en este contexto (violencia de género)”.

E insistió: “Nuevamente considero necesario resaltar que para la configuración del femicidio, no es suficiente que el sujeto activo sea hombre y la víctima una mujer, sino que debemos tener por acreditado con un alto grado de probabilidad a través de constancias comprobadas de la causa, de que la muerte de la mujer se produjo en un contexto de violencia de género”.

Y, como cierre, a esta cuestión en particular, apuntó: “Por demás, quiero dejar a salvo mi criterio en cuanto entiendo que las reglas de valoración de las pruebas, no puede ceder ante la presión social o mediática, sino que debe estar ceñido a las reglas que rigen a un razonamiento objetivo de la prueba, de acuerdo a la lógica y a la sana crítica racional”.

Ya a lo último de la resolución, la magistrada del TP Uno también explicó por qué desestimaron el agravante de alevosía solicitado por fiscal Rau y allí regresó sobre el testimonio vertido por la forense Lanzos, al cual calificó como insuficiente para reconstruir la mecánica del hecho.

En consecuencia, consideró que no se puede dar por acreditado que la víctima haya sido atacada en estado de indefensión, más aún al recordar que Antonella registraba lesiones defensivas.

En base a estas argumentaciones, Cukla consideró que no quedaba más que subsumir el hecho en un homicidio simple y aplicar a Vargas la pena de 20 años de prisión.

Tanto el magistrado Dejesús Cardozo como Gustavo Bernie adhirieron al voto efectuado por Cukla y solamente el primero de ellos planteó una disidencia respecto al monto de pena aplicar, ya que consideró que la condena correspondiente era de 25 años de cárcel.

Conocida estas consideraciones, las partes tendrán la posibilidad de recurrir la sentencia para que sea revisada en instancias superiores, por lo cual la discusión podría continuar abierta.

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Figura como deudor alimentario y se defiende: “Siempre cumplí con todo”

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Marcelo Fabián Dudych (52) es una de las más de 800 personas que figuran en el Registro Público de Alimentantes Morosos de la provincia, aunque alega ser víctima de una “injusticia” y afirma que la “complejidad” de su caso sirve para exponer una problemática que alcanza a muchos hombres en su misma situación.

El abogado, procurador, asesor jurídico en dos municipalidades y pequeño productor rural visitó la redacción de La Voz de Misiones para contar su caso y dio un extenso relato de la historia familiar y de la contienda judicial que lo mantiene en la lista de deudores alimentarios por disposición de la magistrada Graciela Mana, titular del Juzgado de Familia Uno de Posadas.

Mis hijos nunca se fueron a dormir con hambre. Siempre cumplí con mis obligaciones, pero me cortaron las piernas y me obligaron a correr. Ahora estoy tratando de defenderme de esta injusticia y de toda esta barbarie satánica que me hicieron”, afirmó apenas inició la entrevista.

Dudych relató que toda esta situación tuvo su inicio en 2014, cuando su ex pareja, la también abogada Mariana Lourdes Báez lo denunció por violencia familiar, aunque el conflicto se resolvió en menos de dos meses.

“Jamás ejercí violencia”

“Fue una falsa denuncia la que me hicieron, jamás ejercí violencia alguna. Yo estaba sometido a una constante manipulación por parte de mi ex esposa y mis suegros. Me pusieron de patas en la calle, pero en ese momento pedí apoyo a la iglesia católica, pude arrodillarme ante las circunstancias y en 40 días yo estaba viviendo de nuevo en mi casa, pude reconciliarme y todas las medidas procesales quedaron virtualmente difumadas”, se explayó.

El hombre contó que después de ello convivió once años junto a su pareja y sus dos hijos en una vivienda de Posadas, pero en 2025 el drama se repitió.

“Yo ahí ya tenía a mi primer hijo y volví a convivir once años más. Ahí nace mi otra hija, de actualmente seis años. Yo siempre fui el sostén de esa casa y ruego a Dios que así siga siendo. Así fue como en 2025, estando yo en Concepción de la Sierra, fui notificado de otra exclusión del hogar, ni siquiera estaba en mi casa en Posadas. Sabía que era falsa, porque jamás ejercí acto de violencia”, detalló.

La sorpresa para Dudych llegó después, cuando se enteró que la denuncia había sido radicada por el padre de su pareja, César Antonio Báez, quien lo acusó de “violencia económica” en perjuicio de la mujer, lo que el denunciado niega rotundamente y contraataca.

Marcelo Dudych afirma que la causa inició por una falsa denuncia orquestada por su ex pareja y su ex suegro.

César tiene una voracidad feroz por el dinero. Él fue el que me denunció, con connivencia de mi ex, pero yo me pregunto cómo es que me denuncia él si no conoce, ni podía conocer la economía de mi hogar. Él estuvo más de diez años sin pisar mi casa”, exclamó Dudych entre lágrimas.

Y alegó: “Mis cuentas estaban todas al día cuando me echaron de mi casa. Mis hijos nunca se fueron a dormir con hambre. Compraba comida para repartir comida a los pobres que tocaban mi casa. La casa la construí yo y el auto estaba a mi nombre. Siempre me hice cargo de todo, siempre cumplí con todo. Es impresionante lo que me están haciendo”.

En ese punto también intervino Lucas Ortega, abogado defensor de Dudych, quien sostuvo que “la vivienda, el mobiliario del hogar y el vehículo son conceptos que cuentan como cuota alimentaria. Esto fue una estrategia montada a partir de la denuncia del abuelo de los chicos con el objetivo de poner a Marcelo en una situación de indefensión porque su estudio jurídico está integrado a su domicilio y hoy no puede ni acercarse a ese lugar, es decir, lo dejaron sin trabajo”.

Ortega entiende que “acá hay que alcanzar un equilibrio en el uso de las medidas cautelares, porque estas clases de medidas no resuelven la cuestión de fondo y los chicos pasan a ser un instrumento de presión”.

“Quiere que pague dos veces”

Respecto a la cuestión puntual del reclamo alimentario, Dudych aseguró que “mi ex hoy me pide 24 meses de alimentos atrasados, pero hasta el 19 de febrero de 2025, que fue cuando me notificaron la exclusión de hogar, yo había pagado en especias. Yo tenía las cuentas al día, en mi casa no faltaba nada si en la convivencia yo pagaba todo. Lo que pasa es que ahora ella pretende que yo vuelva a pagar todo en eso en dinero en efectivo, o sea, que pague dos veces lo mismo. Entonces estoy siendo sometido a una situación de fraude y por eso hice una contra denuncia por defraudación en grado de tentativa”.

El hombre, además, puso en números el reclamo y argumentó que la suma requerida es “exorbitante” para su capacidad económica. “Yo le venía girando dinero conforme a mis capacidades, pero ella pretende que yo le pase dos salarios mínimo, vital y móvil por cada hijo, es decir, aproximadamente 1,4 millones de pesos, suma que yo no alcanzo en bruto durante el mes, mucho menos excluido de mi trabajo”, explicó mientras mostraba su recibo de sueldo como asesor jurídico de Tres Capones, cuyos haberes ascienden a 250.000 pesos, que encima se encuentran embargados por este litigio.

“Ella especuló que yo cobraría 2,5 millones, cuando yo cobro 250 mil. Es extraordinaria la suma que ella pretende que yo le pase, excede mi capacidad económica. Ella dice que tengo campos y haciendas. Tengo una chacra de 12 hectáreas en el registro de agricultora familiar y por tener dos novillos y cuatro vacas tampoco soy un hacendado. Soy productor agropecuario primario”, añadió.

El abogado Lucas Ortega acciona como defensor de Dudych en la causa.

“Soy un muerto civil”

La causa hoy tiene al abogado Ortega como defensor de Dudych, articulando presentaciones y solicitudes a fin de revertir esta situación. Para el letrado, el solo hecho de que su defendido tenga el sueldo embargado ya es suficiente argumento para justificar el pago de la cuota alimentaria y, en consecuencia, la acción inmediata será solicitar su exclusión del registro.

Pero el trabajo no termina ahí. Ortega también busca que Dudych pueda reencontrarse con sus hijos, a quienes no ve hace seis meses, a pesar de un acuerdo de contacto y comunicación homologado por la misma jueza Mana, medida que la ex pareja del hombre incumple.

Yo hoy soy un muerto civil. Ella me pidió la prohibición de salida del país y lo obtuvo. Pidió que no me renueven el carnet y lo tuvo. Me inscribió en el registro y me escrachó en todas las redes sociales. Yo no puedo ni trabajar porque los expedientes de mis clientes están en mi casa. Eso significa una catástrofe profesional para mí y un daño en lo justiciable para mis clientes”, graficó el denunciado.

Dudych tampoco se ahorró en críticas hacia el sistema y cuestionó el rol de magistrados que dictan medidas sin oír todas las partes.

“Acá hay jueces que sin conocer y sin indagar, reciben la denuncia y sentencian para resguardarse de alguna eventualidad periodística. Yo cuando todo este infierno termine sé que voy a trabajar para que estas situaciones no vuelven a repetirse con nadie. Yo acá solo quiero que se me escuche, que me dejen ser papá y que me dejen pagar a mí mis obligaciones”, cerró.

Apoderado legal de dos municipios en lista de deudores alimentarios

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Imputaron al ex convicto detenido por el crimen del productor Von Steiger

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El ex convicto detenido por el asesinato a machetazos de su patrón, el productor agrícola Hugo Orlando Von Steiger (75), se abstuvo de declarar y fue imputado por homicidio agravado.

La audiencia de declaración indagatoria se concretó en las últimas horas y fue realizada ante la magistrada Adriana Zajackowski, titular del Juzgado Correccional y de Menores Uno de Oberá, pero actualmente a cargo por subrogancia del Juzgado de Instrucción Uno de la misma circunscripción judicial.

Frente a ella compareció Samuel de Almeida (45), ex convicto y peón rural de la víctima, quien decidió guardar silencio y acto seguido fue imputado preliminarmente por “homicidio agravado”.

De esta manera, el sospechoso continuará privado de su libertad y su futuro dependerá de los elementos probatorios que los instructores de la causa logren reunir para esclarecer el hecho.

El crimen de Von Steiger se registró el 9 de enero, cuando su cuerpo fue encontrado a un costado de su camioneta Volkswagen Saveiro sobre un camino vecinal en una zona de plantaciones en el límite entre Oberá y General Alvear.

El hombre presentaba múltiples lesiones de machetazos en miembros inferiores, superiores, tórax y rostro.

De Almeida fue la última persona vista junto a la víctima y después del hecho permaneció prófugo casi un día, hasta que efectivos policiales lo capturaron a unos 25 kilómetros de la escena del crimen.

El sospechoso trabajaba como peón de Von Steiger hace unos tres años. Antes de eso estuvo cuatro años preso por un delito contra la integridad sexual.

Atrapan a ex convicto acusado de matar a machetazos al productor Von Steiger

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Fopea “deplora” el intento de censura del ex juez Reyes contra LVM

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Fopea LVM

El Foro de Periodismo Argentino (Fopea) se hizo eco del intento de censura contra La Voz de Misiones y mediante un comunicado expresó que “deplora” el accionar del abogado y ex juez penal José Antonio Reyes, autor de una carta documento enviada a este medio.

El caso fue relevado por integrantes del monitoreo de libertad de expresión de Fopea, quienes se interiorizaron en la situación y resolvieron expresar su postura a favor de La Voz de Misiones.

En el mismo comunicado señalaron que “Fopea advierte que pretender impedir o condicionar la publicación de información veraz sobre hechos juzgados constituye un intento de censura, incompatible con los principios constitucionales que protegen la libertad de expresión y el derecho de la ciudadanía a estar informada”.

“La existencia de resoluciones judiciales refuerza el carácter público de la información difundida y el derecho de los medios a darla a conocer”, consignan después y cierran: “Reafirmamos que la libertad de expresión y el derecho a la información son pilares esenciales del sistema democrático, que deben ser garantizados y protegidos frente a cualquier intento de restricción”.

El intento de censura contra LVM provino de parte del ex juez penal de Apóstoles José Antonio Reyes –destituido en 2007-, quien ahora se desempeña como abogado particular y actuó como defensor de una pareja de bonaerenses condenada por participar de una maniobra de entrega de bebés en Concepción de la Sierra, ardid que fue expuesto por este medio mediante un informe publicado el pasado 5 de enero.

 

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Ex juez pide censura a LVM por nota sobre entrega de bebés en Concepción

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