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Vargas volvió a defenderse y la sentencia del caso Antonella será el lunes

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Vargas acusado femicidio de Antonella Bernhardt

En el cierre de la etapa de incorporación de pruebas, esta mañana el fotógrafo Cristian Daniel Vargas (33) volvió a defenderse ante el Tribunal Penal Uno de Posadas y ahora el debate por el femicidio de Antonella Bernhardt (27) pasó a un cuarto intermedio hasta el lunes, jornada prevista para el desarrollo de la ronda de alegatos y el posterior dictado de sentencia.

Vargas llegó a esta instancia acusado de homicidio agravado por femicidio, figura contemplada por el artículo 80 inciso 11 del Código Penal de la Nación argentina y que prevé una pena de prisión perpetua en caso de ser hallado responsable al final del proceso oral.

Sin embargo, durante el desarrollo del juicio y conforme a los elementos recolectados, principalmente el testimonio vertido por una médica forense, el fiscal Martín Rau decidió ampliar la imputación contra Vargas añadiendo el agravante de alevosía (artículo 80, inciso 2), al considerar que el implicado atacó a Antonella en un contexto de indefensión. Esta nueva figura mantiene la prisión perpetua como expectativa de pena. 

“Mediando violencia de género, aprovechando la vulnerabilidad de la víctima, mediante golpes y maniobras de asfixia, con Antonella mareada, con su sistema sensorial disminuido, quizás desmayada y mientras estaba acostada en el piso, usted le produjo la agresión con un cuchillo monocortante”, le intimó Rau al fotógrafo Vargas, quien luego realizó una ampliación de su declaración indagatoria.

En esa instancia, el imputado insistió en su teoría defensiva, en la que refiere que la puñalada letal se produjo durante un forcejeo mantenido con Antonella con la intención de despojarla del cuchillo con el que ella amenazaba agredirlo primero.

El juicio por el femicidio de Antonella se lleva adelante el Tribunal Penal Uno de Posadas, en el Palacio de Justicia. FOTO: Marcos Otaño – @mmo_marcos

La diferencia respecto a su primera indagatoria fue que esta vez y a pedido de su defensor oficial, el abogado Mario Sebastián Ramírez, el acusado brindó su relato de pie y escenificando ante el tribunal la secuencia de hechos que -según él- se produjeron dentro del departamento de Antonella en el barrio El Brete y derivaron en la muerte de la joven oriunda de Oberá. 

“Yo tenía celular en la mano y le tomé del brazo para quitarle el cuchillo. Ahí quedé atrapado contra la pared y cuando la traje hacia mí con fuerza es que se clava el cuchillo en la garganta de ella”, repitió hoy.

Vargas también dio su versión respecto a los otros dos traumatismos que Antonella presentaba en el cráneo, los cuales según estimó la forense Carolina Lanzos fueron “golpes fuertes” y que pudieron haber provocado “aturdimiento, confusión o hasta pérdida de conocimiento” en la víctima.

Fue en base a eso, entre otras consideraciones dadas por Lanzos, que el fiscal Rau entendió que Antonella fue atacada en estado de indefensión y correspondería entonces aplicar la figura de alevosía, pero Vargas se defendió: “Fueron dos tapes, no fue con violencia, ella no estaba desmayada ni nada”.

Más adelante, el imputado relató que llevó el cuchillo hasta el lavatorio, donde se lavó las manos manchadas con sangre y empezó a juntar sus cosas para retirarse del lugar. “Cuando le eché el último vistazo ella todavía tenía movimientos”, sostuvo.

Alegatos y sentencia, el lunes

Tras su declaración, el tribunal presidido por la magistrada Viviana Cukla e integrado por sus pares Ángel Dejesús Cardozo y Gustavo Bernie, cerró la etapa de incorporación de pruebas con las diligencias que quedaban pendientes, entre ellas la introducción por lectura de testimonios desistidos y la revisión de una serie de imágenes, videos y chats ya incorporados al expediente pero especialmente seleccionados por la defensa para posteriormente hacer énfasis en su alegato.

De esta manera, se dispuso un cuarto intermedio hasta el lunes a las 8.30 para el desarrollo de la ronda de alegatos, instancia en la cual las partes intervinientes, tanto la fiscalía como la defensa y también la querella representada por el letrado Mauricio Vergara, deberán exponer sus conclusiones finales y elevar sus respectivos pedidos al tribunal.

Después de ello, los camaristas deberán pasar a deliberar para arribar al dictado de la correspondiente sentencia.

Las partes: a la izquierda el querellante Mauricio Vergara, al medio el fiscal Martín Rau y a la derecha el defensor Mario Ramírez. FOTO: @mmo_marcos

Caso y juicio

El femicidio de Antonella Bernhardt se registró el 4 de abril de 2019, entre las 13 y las 13.30, dentro de su departamento ubicado sobre la calle Comandante Miño 980 del barrio El Brete.

La hipótesis acusatoria consigna que Vargas contactó a la víctima a través de redes sociales y le ofreció realizar sesiones de fotos a cambio de dinero ($1.500 con desnudos). Una de ellas se concretó, pero el acusado nunca pagó y en el segundo encuentro se produjo el desenlace mortal, luego de una discusión generada por el reclamo del dinero que nunca fue abonado.

Vecinas de la joven narraron -y ratificaron sus dichos en el juicio- que ese mediodía oyeron golpes, ruidos de “objetos cayendo al suelo” y a través de las endebles paredes divisorias también escucharon “gritos ahogados, como de alguien a quien le tapan la boca mientras grita”.

La autopsia concluyó que Antonella presentaba dos golpes en la cabeza, signos de compresión en el cuello y una estocada en el cuello que atravesó la vía aérea y se detuvo en los cuerpos vertebrales.

Cristian Vargas, de 33 años, está detenido desde el día del hecho y puede ser condenado a prisión perpetua.

Vargas, en tanto, sostuvo que al terminar la sesión fotográfica Antonella le propuso sexo oral y supuestamente filmó el acto, video que luego utilizó para extorsionarlo a cambio de más dinero, lo que derivó en el forcejeo que habría terminado en forma trágica.

“Fue un accidente, yo no fui hasta ahí a querer matarla. Sólo me aterroricé de que mi mujer se enterara que le fui infiel”, aseguró en la primera audiencia del debate que se desarrolla en el SUM del Palacio de Justicia, ubicado sobre la avenida Santa Catalina casi Centenario.

Vargas también declaró que mientras se producía el forcejo el celular de la víctima continuaba filmando, aunque en la “desesperación” posterior al hecho reseteó el celular y después “confió” en que ese material podía ser recuperado para demostrar su inocencia.

Sin embargo, ninguno de los videos mencionados por el acusado fueron hallados, a pesar de que el personal de la Secretaría de Apoyo para Investigaciones Complejas (Saic) logró recuperar los elementos guardados en el teléfono reseteado.

FOTO PRINCIPAL: Marcos Otaño – @mmo_marcos


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Perpetua para uno de los dos policías imputados por el homicidio de Andrade

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Andrade matías lohn

El Tribunal Penal Uno de Oberá condenó a la pena de prisión perpetua a Matías Esteban Lohn (34), uno de los dos policías acusados por el homicidio de Reinaldo Andrade (37), cometido en noviembre de 2019 en la localidad de El Soberbio, mientras que Fabio Boges (27), el otro efectivo imputado en el caso, fue absuelto por el beneficio de la duda.

El fallo de los jueces Francisco Aguirre, Horacio Paniagua y Jorge Villalba (subrogante) fue dictado esta tarde, luego de la ronda de alegatos desarrollada por la mañana y tras cuatro jornadas de debate oral.

De esta manera, Lohn, que al momento del hecho prestaba servicios en el Comando Radioeléctrico de El Soberbio, fue declarado penalmente responsable por el delito de “homicidio doblemente calificado por ser integrante de una fuerza de seguridad y el uso de arma de fuego”.

En consecuencia, el ex uniformado policial recibió el máximo de pena previsto y fue condenado a perpetua, ante lo cual deberá cumplir un período de 35 años de prisión efectiva.

Boges, en tanto, fue absuelto por la beneficio de la duda y en las próximas horas podrá recuperar su libertad tras permanecer más de cuatro años detenido en una unidad penal junto a su consorte de causa.

Persecución y muerte

El caso que se ventiló en debate ocurrió el 13 de noviembre de 2019, en el paraje San Ignacio de El Soberbio, a unos 500 metros de la ruta costera 2, y todo comenzó como una supuesta persecución de contrabandistas.

La reconstrucción del hecho señala que Andrade circulaba en un Volkswagen Gol Trend junto a dos acompañantes, mientras que los uniformados Lohn y Boges iban en un Ford Focus vestidos de civil.

En medio de la persecución, Andrade recibió un disparo que salió -comprobado científicamente- de la pistola reglamentaria de Lohn, tras lo cual falleció prácticamente en el acto.

La posterior autopsia practicada concluyó, además, que la bala ingresó por la nuca de la víctima fatal y que el disparo fue ejecutado a corta distancia, lo cual fue ratificado por los peritos forenses que declararon durante el juicio oral.

Las diferentes posturas del caso giraron en torno a las circunstancias en las que se produjo el enfrentamiento, si es que hubo tal.

Desde la defensa de los imputados siempre insistieron en que los uniformados presumieron que los ocupantes del Gol Trend estaban en una maniobra de contrabando de cigarrillos y que incluso Andrade exhibió un arma de fuego durante la persecución. Ante ello, en el juicio plantearon la causa como hecho de legítima defensa.

Del lado de la víctima, en tanto, sostuvieron desde un comienzo que ellos se dirigían hacia una chacra de la zona, escuchando música y tomando cervezas, hasta que uno de ellos bajó a orinar y en medio de esa situación arribaron al lugar los policías, que colisionaron y dispararon contra el auto.

En los alegatos de hoy, por su parte, el fiscal Rodolfo Cáceres abonó esta última teoría y en base a la evidencia recolectada aseguró que “fue una ejecución a corta distancia, efectuada por Lohn, y Boges, ante eso, no hizo nada para evitarlo, teniendo la obligación como funcionario público”, según detalló el diario El Territorio.

FOTO: EL TERRITORIO

Arranca el juicio a dos ex policías acusados de gatillo fácil en El Soberbio


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Prevención Nacional de la Tortura visitó por primera vez cárceles de Misiones

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tortura cárceles

El Comité Nacional para la Prevención de la Tortura (CNPT) recorrió por primera vez las cárceles de Misiones y aún sin procesar la totalidad de los datos relevados detectaron que el uso extendido de la prisión preventiva es una de las principales problemáticas que denuncia la población penal.

El mecanismo, encargado de monitorear el cumplimiento de los derechos humanos en contextos de encierro, fue creado en 2017 y relegó tanto a Chaco como a Misiones a últimos lugares en orden de prioridad para las inspecciones en virtud de que ambas provincias ya cuentan con comisiones locales que se encargan de la temática. 

De igual manera, el momento llegó. Una delegación de comisionados arribó a Misiones la semana pasada y en un lapso de tres días recorrieron todas las penitenciarias, como así también comisarías, centros de salud mental y hogarse de niños, niñas y adolescentes.

Si bien aún resta el procesar el compendio de información recolectada, a modo de adelanto desde la CNPT alertaron que una de las principales problemáticas detectadas radica en el uso extendido de la prisión preventiva, llegando relevar casos que superan hasta dos o tres veces el plazo máximo de 2 años detenido sin sentencia.

“Lo que vemos en Misiones, más allá de la cantidad de personas en prisión preventiva, que igualmente en el último tiempo ha disminuido aproximadamente un 10%, lo que detectamos es la amplia duración de las prisiones preventivas. Hemos encontrado personas que están con prisión preventiva hace tres, cuatro, cinco y hasta seis años, lo que excede ampliamente los plazos”, advirtió  Kevin Nielsen, uno de los comisionados que encabezó las inspecciones, en diálogo con La Voz de Misiones. 

Según un último informe realizado por la Comisión Provincial de Prevención de la Tortura de Misiones (CPPTM), a fines de 2023 el sistema penitenciario local contaba con una población carcelaria de 1731 internos, de los cuales 700 estaban presos sin condena, es decir, un 41% del total.

Las inspecciones de la CNPT fueron realizadas entre el 15 y el 18 de abril.

Para Nielsen, de profesión abogado y de trayectoria en organismos de derechos humanos, este flagelo “obedece a una multiplicidad de factores” y advirtió que “en términos internacionales la responsabilidad corresponde al Estado, en general, pero es el Poder Judicial el que decide sobre las prisiones preventivas”.

En este contexto, asoció la cuestión a un viejo debate que -a decir de los especialistas en la materia- es cada vez más necesario la tierra colorada y se relaciona con un cambio en el sistema procesal.

Es que, Misiones es de las pocas jurisdicciones del país que aún mantiene el sistema inquisitivo, en el cual el juez de instrucción concentra facultades de investigar y a su vez decidir, lo cual acumula trabajo en sus espaldas e indefectiblemente genera retardo de justicia.

Lo moderno es el sistema acusatorio, donde un fiscal es el que investiga y solicita la prisión preventiva, mientras que existe un juez de garantías que decide, de acuerdo al caso, si amerita o no. Es decir, entre otras cuestiones, hay más controles a la intención de un fiscal de tener preso preventivamente a una persona. En Misiones todavía está el sistema procesal inquisitivo: el juez investiga, el juez decide la prisión preventiva, el juez resuelve los pedidos de excarcelación. Se confunde el rol de investigación, con el de decisión, de juzgamiento”, se explayó el letrado chaqueño.

De igual manera, Nielsen sostuvo que la problemática de la prisión preventiva es un elemento detectado a simple vista, mientras que las demás irregularidades o falencias detectadas recién serán advertidas y comunicadas en los próximos meses, luego un riguroso proceso de análisis de la información recolectada durante las recorridas.

“Es la primera vez que visitamos Misiones pero no significa que sea la última. La primera visita es de inspección, la segunda, después de un tiempo determinado, se hace una visita de seguimiento, para ver si nuestras recomendaciones fueron atendidas por el Estado. Esas recomendaciones aún no las hicimos porque estamos en proceso de elaboración de los informes”, detalló el comisionado a LVM.

Independientemente de esos informes en espera, Nielsen destacó como innovadora la Unidad de Salud para Inimputables, inaugurada en 2020 y que marcó el fin de años de olvido y abandono para internos con problemas de salud mental que estaban recluidos en un pabellón de la Unidad Penal I de Loreto sin la atención médica acorde a sus condiciones.

La Unidad de Salud para Inimputables funciona dentro del predio del hospital Carrillo y fue inaugurado en 2020.

También valoró que el Servicio Penitenciario Provincial (SPP) cuente con varias unidades de “infraestructuras nuevas”, aunque advirtió que igualmente esos recintos pueden presentar “problemas de mantenimiento cotidiano” como colapsos de conductos sanitarios -por citar solo un ejemplo- que pueden ocasionar olores nauseabundos y exposición a enfermedades, para lo cual hay que gestionar soluciones de rápidas que muchas veces colisionan con los plazos administrativos de la burocracia.

Para Nielsen, cuestiones diarias como las de este tipo estas favorecen a la buena convivencia de los internos y reducen los riesgos de conflictividad, lo cual está directamente asociado a la superpoblación.

La conflictividad va de la mano con la superpoblación. Eso indefectiblemente aumenta el riesgo de peleas, de lesiones. Está muy naturalizado que un preso pelee con otro, pero eso no debería ser así. Muchos de los conflictos se suceden porque afectación de derechos. Se piensa que los motines son actos cuasi caprichosos o para escapar, pero lo cierto es que los motines son medidas de fuerza, protestas extremas que se realizan cuando los internos sienten que se le está afectando algún derecho, ya sea sobre la comida, sobre la condiciones de habitabilidad, sobre la mora judicial, sobre el trato penitenciario. Si no obtienen respuestas después de las vías de reclamo tradicional, acuden a una medida extrema. Es muy parecida a la dinámica de la protesta social”, mencionó el entrevistado.

En esa línea, sostuvo que evitar estas situaciones es responsabilidad absoluta del Estado y que las penitenciarias no pueden ser desatendidas, aún en contextos económicos de recesión, como atraviesa Argentina en la actualidad.

“Las cárceles son los únicos lugares donde el Estado tiene la administración plena y total de la vida de las personas, con lo cual son absolutamente responsables tanto por su salud, como por su alimentación y su integridad física. Estamos hablando de personas que no podrían procurarse por si mismas en estos derechos. La administración de recursos no debería repercutir en una pauperización del acceso a los derechos de las personas privadas de la libertad. Hay que priorizar los recursos y en el caso de que el Estado no tenga o le falte recursos para garantizar los derechos básicos de los internos, tiene que abstenerse de encarcelar y buscar otras alternativas. No necesariamente todos los delitos tienen que tener como consecuencia el encarcelamiento”, apuntó.

La totalidad de las conclusiones y recomendaciones alcanzadas por el CNPT serán comunicadas en los próximos meses.

Telefonía en las cárceles

A través del regreso de Patricia Bullrich al frente del ministerio de Seguridad de la Nación, el gobierno encabezado por Javier Milei pretende encarar una rigurosa política criminal respecto al tratamiento carcelario y una de las primeras medidas apunta a reducir el uso de telefonía celular dentro de las penitenciarias.

Respecto a ello, Nielsen recomendó que “para analizar el uso de telefonía móvil hay que analizar las realidades de cada provincia. Muchas veces las provincias suelen comprar problemas ajenos. En las provincias es muy difícil que en las cárceles provinciales tengamos personas privadas de su libertad por delitos complejos o por crimen organizado”.

Para el comisionado es claro, por lo vivido en Santa Fe o en los penales de máxima seguridad que dependen del Servicio Penitenciario Federal (SPF), que contienen a denominados “pesos pesados” del universo delictivo argentino, no es aconsejable impartir una regla general que se aplicable a todas las provincias.

“Recordemos que el uso de telefonía móvil en contextos de encierro fue habilitado en muchas provincias durante la pandemia y esto ha sido un elemento profundamente pacificador de las cárceles, porque permitía que los internos puedan hablar de manera directa con sus abogados y de comunicarse con sus familiares, que muchas veces tampoco pueden visitarlos de seguido por cuestiones de distancia o dificultades económicas”, añadió.

Como ejemplo, el abogado citó el caso Chaco, donde desde la habilitación del uso de celulares no se han registrado motines ni conflictos graves dentro de las cárceles locales.

Por eso, insistió: “Es importante que cada provincia evalúe su población carcelaria y no se suba a una tendencia discursiva de otras provincias o de una realidad nacional o de las cárceles federales”.

El 41% de los presos no tiene condena, informó Prevención de la Tortura


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Asesinó dos veces en una década y está próximo a recibir 25 años de prisión

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En 2011 mató por primera vez, una década después lo hizo de nuevo y ahora está próximo a recibir otra condena. Alejandro Ramón “Mangueruli” Méndez (39) debía ser juzgado esta semana, pero evitó la exposición pública y aceptó firmar un acuerdo de juicio abreviado por 25 años de prisión.

En caso de que el Tribunal Penal Dos de Posadas acepte el acuerdo alcanzado entre la defensa del imputado y el fiscal Vladimir Glinka, Mangueruli recibirá el máximo de la pena prevista por el delito de homicidio simple, figura contemplada por el artículo 79 del Código Penal.

El hecho que lo mantendrá en prisión durante varios años se registró entre el jueves 15 y el domingo 18 de julio de 2021, en el barrio Prosol de Posadas y la víctima fue identificada como Alejandro Daniel Pereira (41).

De acuerdo a lo que se pudo reconstruir, Méndez era amigo de Pereira pero durante uno de los últimos encuentros mantenidos se desató una discusión que terminó en un brutal asesinato. La víctima sufrió puntazos que le perforaron los pulmones, pero además fue agredido a fierrazos en la cabeza.

Pero esa no era la única vez que Méndez cometía un homicidio, ya que en ese momento llevaba casi dos años en libertad condicional tras purgar una primera condena por el asesinato de otro amigo.

Los registros marcan que el 4 de marzo de 2011 el mismo sujeto fue detenido por matar a golpes con una barra de hierro a Rubén Díaz (54) en el barrio A4 de Posadas.

Después de eso, Mangueruli fue condenado a 13 años de prisión por homicidio simple y cuatro años de cumplir la totalidad de su pena salió en libertad condicional, aunque volvió a matar y hoy nuevamente está encerrado en una cárcel. 


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