Judiciales
Acusados de asesinar a prestamista colombiano recibieron 16 y 8 años de cárcel
El pedido de prisión perpetua efectuado por el fiscal Martín Alejandro Rau contra uno de los imputados por el asesinato a puñaladas del prestamista colombiano Gustavo Gallego Rojas (32) no prosperó y el acusado finalmente fue condenado por un delito menos gravoso, recibiendo prácticamente la mitad de la pena que la fiscalía consideraba pertinente.
Brayan Damián Casso Acosta (29) llegó a instancia de juicio imputado por el delito de “homicidio agravado por criminis causa en concurso real con robo”, calificación que el fiscal Rau mantuvo a la hora de exponer su acusación final hoy a la mañana, aunque el Tribunal Penal Uno de Posadas eliminó el agravante y falló en línea a un homicidio simple, que en lugar de perpetua preveía un máximo de hasta 25 años de prisión.
El fallo de los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y Fernando Verón (subrogante) fue alcanzado por unanimidad y estableció una pena de 16 años de prisión para Casso Acosta como autor penalmente responsable de los delitos de “homicidio simple en concurso real con hurto”.
El segundo imputado en la causa, en tanto, José Ramón Ramírez (32), que llegó a juicio bajo la misma acusación que Casso Acosta, fue condenado a 8 años de prisión como partícipe secundario de “homicidio simple” y coautor de “hurto”.
La sentencia 36/2024 del tribunal posadeño fue leído esta tarde, minutos después de las 14, lo que marcó el cierre de una larga audiencia de debate que comenzó a las 8.30 con el alegato de las partes. La lectura de los fundamentos del veredicto fue fijada para el próximo 15 de octubre.
Pedidos de perpetua
La jornada fue larga. Arrancó con una breve exposición final planteada por el abogado querellante particular Raúl Ignacio Peña, quien consideró a los imputados como coautores de homicidio agravado y pidió la prisión perpetua para ambos.
“Fue una empresa criminal porque ambos tuvieron participación activa en el resultado. Gustavo era un hombre fuerte y está en la naturaleza humana luchar por la vida. Jamás se hubiese permitido entregarse a una muerte segura sin luchar. No hubiera sido posible el resultado muerte sin la participación activa de ambos imputados. Cada uno cumplió un rol”, postuló.
“Los detalles del caso los dejaré en manos de la fiscalía, que hará una exposición magistral al respecto”, agregó y así fue porque, inmediatamente después, el fiscal Rau inició un alegato que se extendió durante casi dos horas, acompañando su presentación con diapositivas proyectadas en la sala y repasando cada uno de los testimonios recolectados durante el proceso, tanto de los testigos como de los propios imputados.
Rau reconstruyó que el crimen de Gallego Rojas fue perpetrado el 27 de febrero de 2021, entre las 22.30 y las 23, cuando ambos imputados llegaron de sorpresa a su departamento ubicado sobre la calle Divino Verbo, en la chacra 103 del barrio Yacyretá de Posadas, donde fue asesinado a puñaladas.
El fiscal sostuvo que ambos imputados vinieron exclusivamente desde Corrientes a cobrar un dinero que le reclamaban a Gallego Rojas, además de una moto que la víctima utilizaba de prestado, aunque apuntó un grado de mayor responsabilidad contra Casso Acosta.
“Yo creo acreditado que ambos vinieron a cobrar esa plata y que Brayan Casso llevó a cabo este hecho tomando esa caja fuerte y esa moto. La prioridad de Brayan era hacerse de las cosas a como dé lugar. Ha matado para robar la moto y el dinero. Habrá recibido oposición y le metió 20 puñaladas”, graficó Rau sobre su teoría del caso.
En su alegato, el fiscal hice mención a gran parte de la declaración vertida por Casso Acosta en el inicio del juicio, instancia donde el imputado aseguró que él estaba amenazado por la víctima y que esa noche en realidad se defendió de un primer ataque efectuado por Gallego Rojas.
Para Rau nada de ello fue creíble, dado que “su relato de los hechos no encuentra coincidencia con la prueba” y fustigó que “él siempre tiene contradicciones con lo que la prueba dice. No se acuerda de los hechos que lo incriminan, pero de los otros sí. Es raro”.
El fiscal también ponderó aquellos testimonios que daban cuenta de que Casso Acosta era el que le debía dinero a Gallego Rojas y no al revés como planteó el acusado, al tiempo que resaltó las tres huellas genéticas que ubicaron al imputado en la escena del crimen.
En base a lo expuesto, solicitó la pena de prisión perpetua para Casso Acosta como autor de “homicidio agravado criminis causa en concurso real con robo”, mientras que para Ramírez pidió 15 años de cárcel como “partícipe secundario”.
“No puedo acreditar que en el dolo de Ramírez haya tenido la misma intensidad que se le puede adjudicar a Casso”, fue su conclusión.
“Película” y “emoción violenta”
Mario Ramírez, defensor oficial del imputado de apellido homónimo, al momento de alegar difirió de las conclusiones vertidas por la querella y coincidió en parte con la tesis planteada por la fiscalía al considerarlo “partícipe secundario” y no “coautor”, como estaba inicialmente calificada su acusación.
“El hecho no fue consumado por él. En la gresca que terminó con la muerte Ramírez tiene, por supuesto, un rol mucho menor. Hay todo un contexto que le es totalmente extraña al señor Ramírez. Su aparición en este escenario es totalmente circunstancial”, sostuvo el defensor oficial.
Para Ramírez, el agravante de “criminis causa”, que significa cometer un delito para ocultar otro, no quedó probado y, por ende, solicitó que su defendido sea condenado como “partícipe secundario” de homicidio simple y que reciba el mínimo de la pena prevista bajo esa calificación (8 años).
La mayor respuesta al alegato acusatorio provino de parte de la letrada Lilia Vargas, abogada particular del también colombiano Casso Acosta, sobre quien recaía el mayor monto de pena requerido.
“Una hermosa creación cinematográfica. Han creado eso”, arrancó Vargas y arremetió contra el experimentado fiscal Rau: “El fiscal no está obligado a acusar. Está incumpliendo, creando una historia inexistente o suponiendo. Acá no hay que venir buscando un desafío o un crecimiento personal”.
La letrada ajustó su exposición al relato brindado por su defendido. Vargas admitió que entre Gallego Rojas y Casso Acosta hubo “un problema de negocios”, pero afirmó que el amenazado era su cliente, quien como consecuencia de ello decidió irse un tiempo a Corrientes porque “temía por su integridad física”.
“Él dijo que no sabía de dónde saco coraje para volver. Dijo que Gustavo le pidió que vuelva y Brayan volvió para aclarar la situación, porque no se puede vivir con miedo. Si Brayan no respondía a su invitación, qué garantías tenía de que no lo hubiera ido a buscar si él sabía dónde él vivía. ¿Estamos pidiendo que se deje matar para tranquilidad de la película?”, retrucó.
Vargas mantuvo la teoría dada por su pupilo, la cual sostenía que dentro del departamento de Gallego Rojas se inició una gresca en la que Casso Acosta intentó calmar a su atacante pero la “vehemencia y reiterancia” de las agresiones produjo “un estallido emocional” en el imputado.
“El criminis causa es un absurdo. Mi defendido nunca tuvo la intención de preparar ni consumar otro delito. Las lesiones son producto de una pelea. Brayan tuvo un arrebato emocional que aminoró su capacidad de reacción”, se explayó.
En consecuencia, Vargas, que también acusó “discriminación” contra su defendido, solicitó que el caso sea considerado como un homicidio perpetrado bajo los atenuantes establecidos por la “emoción violenta”, figura prevista en el artículo 81, inciso a, del Código Penal, el cual prevé penas de entre 3 y 6 años de prisión.
Culminada la etapa de alegatos, el tribunal dispuso un cuarto intermedio para deliberar y pasada las 16 regresó al recinto de debates con la sentencia firmada.
Tanto Casso Acosta como Ramírez se retiraron del edificio tribunalicio esposados y en un móvil de un Servicio Penitenciario Provincial (SPP) que los iba a conducir a sus respectivos recintos carcelarios de alojamiento para que purguen las penas impuestas.
El mayor beneficiado con el fallo dictado hoy fue Ramírez, quien por la pena recibida y por el tiempo que ya lleva detenido desde 2021, estaría muy pronto a acceder a determinados beneficios previstos por ley en el tratamiento penitenciario, como ser, en principio, las salidas transitorias.
Judiciales
Recibió 13 años de prisión por asesinar de una puñalada a su vecino en Oberá
El Tribunal Penal Uno de Eldorado condenó este martes a la pena de 13 años de prisión a David Mechkalo, más conocido como Gordo, por el homicidio de su vecino Paulo Rodríguez (29), cometido en Oberá el 9 de diciembre de 2022, luego de los festejos por el pasaje de Argentina a las semifinales del mundial de Qatar.
Mechkalo fue declarado penalmente responsable del delito de “homicidio simple” y recibió un castigo de 13 años de prisión, dos menos del monto de pena que previamente había solicitado el fiscal David Milicih durante la ronda de alegatos desarrollada hoy mismo, luego de la indagatoria al acusado y a la recepción de varias testimoniales.
Ante el tribunal integrado por los magistrados Francisco Aguirre, Horacio Paniagua y Julio Carvallo (subrogante), Mechkalo hoy se desligó del crimen. Durante su indagatoria afirmó que no conocía a Rodríguez, alegó que fue la víctima quien lo increpó y negó la tenencia de un arma blanca.
“Yo no tenía ningún arma ese día. En el forcejeo yo vi que él sacó algo de la cintura y se ve que en el forcejeo él se habrá hincado, porque yo no tenía nada”, narró el acusado, que llegó a esta instancia detenido y así continuará durante varios años más.
En los alegatos, el fiscal Milicich consideró acreditado el hecho y la autoría por parte de Michkalo. En base a la declaración brindada por los testigos, el funcionario argumentó que el crimen estuvo motivado por un conflicto de vieja data que el acusado mantenía con la víctima.
Narró que durante toda la tarde de aquel 9 de diciembre, mientras Argentina disputaba su encuentro contra Holanda, Michkalo amenazó a Rodríguez, prometiéndole la muerte de manera insistente y ante la vista de varios vecinos del barrio Villa Gunther.
“Es decir. Horas antes de que lo apuñale, Michkalo había dicho que lo iba a matar. Y otra cosa importante a mencionar es que la víctima ese no tenía remera, tenía un short solamente. No hay un solo testigo que diga que era Rodríguez el que tenía un cuchillo. El testigo ve a Michkalo con el cuchillo, ve que lo apuñala y dice que cuando el imputado salió corriendo iba gritando ‘lo hinqué, lo hinqué’”, desarolló el fiscal antes de pedir 15 de prisión para el implicado.
Tras el fiscal, alegó el defensor Matías Olivera, quien solicitó la absolución de Michkalo, aunque el tribunal se inclinó por la condena.
Juzgan al acusado por el homicidio de Paulo Rodríguez en Oberá
Judiciales
La fiscalía solicitó elevar a juicio la causa contra los hermanos Kiczka
La fiscal Silvia Barronis firmó ayer el requerimiento de elevación a juicio del expediente que investiga a los hermanos Germán (44) y Sebastián Kiczka (47), acusados por tenencia de archivos Masi, aunque al mayor de ellos también se le imputa un hecho de abuso sexual sin acceso carnal.
La resolución fue elevada ayer al juez Miguel Ángel Faría, titular del Juzgado de Instrucción Cuatro de Apóstoles, que ahora tendrá que correr vista de la presentación a la defensa de los imputados y luego de ello dictaminar la elevación a juicio de la causa que sacudió a la provincia.
Según averiguó La Voz de Misiones, en su presentación la fiscal Barronis solicitó que el ex diputado Germán Kiczka responda en juicio oral imputado por el delito de “tenencia, facilitación y distribución de material de explotación sexual infantil agravado por ser las víctimas menores de 13 años de edad, varios hechos, en concurso real”, que prevé penas de entre 3 y 6 años de prisión.
A su hermano Sebastián Kiczka le imputó por el mismo delito, sumado a un hecho de “abuso sexual sin acceso carnal”, lo que agrava su situación procesal. Ambos implicados están presos en la Unidad Penal VIII de Cerro Azul desde comienzos de septiembre.
Se estima que, una vez concretado la elevación a juicio, el expediente sea remitido al Tribunal Penal Uno de Posadas, cuyas autoridades deberán programar el inicio de las audiencias teniendo en cuenta la agenda de debates ya organizada para 2025.
Prisión preventiva para Germán Kiczka: su defensa y las pruebas en contra
Judiciales
Juzgan al acusado por el homicidio de Paulo Rodríguez en Oberá
Hoy comienza en el Tribunal Penal Uno de Oberá el juicio oral contra Juan David “Gordo” Mechkalo, acusado del homicidio de Paulo Ignacio Rodríguez (27), cometido el 9 de diciembre de 2022, luego de los festejos por el pase de la selección Argentina a las semifinales del mundial de Qatar.
La audiencia comenzará a las 8 y en principio se prevé que una sola jornada. El tribunal encargado de llevar adelante el debate estará presidido por el magistrado Francisco Aguirre e integrado por los vocales Horacio Paniagua y Julio Carvallo (subrogante).
La fiscalía, por su parte, estará representada por David Milicich, mientras que la defensa del imputado estará a cargo de Matías Olivera.
Mechkalo llega a esta instancia detenido e imputado por el delito de “homicidio simple”, figura bajo la cual puede ser condenado una pena de entre 8 y 25 años de prisión.
La audiencia será transmitida por Youtube: ver en vivo.
Discusión y estocada mortal
El hecho que se ventilará en juicio se registró en la noche del 9 de diciembre de 2022, sobre la calle Vicemodoro Marambio del barrio Villa Gunther, por donde Rodríguez regresaba a su casa luego de sumarse a las celebraciones por la victoria de Argentina ante Holanda.
Según la reconstrucción alcanzada, mediante testigos y elementos probatorios, en esas circunstancias Rodríguez se encontró con Mechkalo, con quien mantuvo una discusión y finalmente recibió una puñalada en la “región esternal derecha”, lo cual le provocó la muerte diez horas después en el hospital Samic.
El acusado, oriundo de Los Helechos, fue visto mientras huía corriendo y pocos minutos después fue detenido por la Policía, quedando a disposición de la Justicia.
Durante los procedimientos, los investigadores también secuestraron un cuchillo tipo carnicero que sería el arma homicida.
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