Judiciales
Acusados de asesinar a prestamista colombiano recibieron 16 y 8 años de cárcel

El pedido de prisión perpetua efectuado por el fiscal Martín Alejandro Rau contra uno de los imputados por el asesinato a puñaladas del prestamista colombiano Gustavo Gallego Rojas (32) no prosperó y el acusado finalmente fue condenado por un delito menos gravoso, recibiendo prácticamente la mitad de la pena que la fiscalía consideraba pertinente.
Brayan Damián Casso Acosta (29) llegó a instancia de juicio imputado por el delito de “homicidio agravado por criminis causa en concurso real con robo”, calificación que el fiscal Rau mantuvo a la hora de exponer su acusación final hoy a la mañana, aunque el Tribunal Penal Uno de Posadas eliminó el agravante y falló en línea a un homicidio simple, que en lugar de perpetua preveía un máximo de hasta 25 años de prisión.
El fallo de los magistrados Gustavo Bernie, Viviana Cukla y Fernando Verón (subrogante) fue alcanzado por unanimidad y estableció una pena de 16 años de prisión para Casso Acosta como autor penalmente responsable de los delitos de “homicidio simple en concurso real con hurto”.
El segundo imputado en la causa, en tanto, José Ramón Ramírez (32), que llegó a juicio bajo la misma acusación que Casso Acosta, fue condenado a 8 años de prisión como partícipe secundario de “homicidio simple” y coautor de “hurto”.
La sentencia 36/2024 del tribunal posadeño fue leído esta tarde, minutos después de las 14, lo que marcó el cierre de una larga audiencia de debate que comenzó a las 8.30 con el alegato de las partes. La lectura de los fundamentos del veredicto fue fijada para el próximo 15 de octubre.

Casso Acosta, junto a su abogada Lilia Vargas, instantes antes de ser retirado del tribunal esposado y en un móvil del SPP.
Pedidos de perpetua
La jornada fue larga. Arrancó con una breve exposición final planteada por el abogado querellante particular Raúl Ignacio Peña, quien consideró a los imputados como coautores de homicidio agravado y pidió la prisión perpetua para ambos.
“Fue una empresa criminal porque ambos tuvieron participación activa en el resultado. Gustavo era un hombre fuerte y está en la naturaleza humana luchar por la vida. Jamás se hubiese permitido entregarse a una muerte segura sin luchar. No hubiera sido posible el resultado muerte sin la participación activa de ambos imputados. Cada uno cumplió un rol”, postuló.
“Los detalles del caso los dejaré en manos de la fiscalía, que hará una exposición magistral al respecto”, agregó y así fue porque, inmediatamente después, el fiscal Rau inició un alegato que se extendió durante casi dos horas, acompañando su presentación con diapositivas proyectadas en la sala y repasando cada uno de los testimonios recolectados durante el proceso, tanto de los testigos como de los propios imputados.
Rau reconstruyó que el crimen de Gallego Rojas fue perpetrado el 27 de febrero de 2021, entre las 22.30 y las 23, cuando ambos imputados llegaron de sorpresa a su departamento ubicado sobre la calle Divino Verbo, en la chacra 103 del barrio Yacyretá de Posadas, donde fue asesinado a puñaladas.
El fiscal sostuvo que ambos imputados vinieron exclusivamente desde Corrientes a cobrar un dinero que le reclamaban a Gallego Rojas, además de una moto que la víctima utilizaba de prestado, aunque apuntó un grado de mayor responsabilidad contra Casso Acosta.
“Yo creo acreditado que ambos vinieron a cobrar esa plata y que Brayan Casso llevó a cabo este hecho tomando esa caja fuerte y esa moto. La prioridad de Brayan era hacerse de las cosas a como dé lugar. Ha matado para robar la moto y el dinero. Habrá recibido oposición y le metió 20 puñaladas”, graficó Rau sobre su teoría del caso.

El fiscal Martín Rau pidió prisión perpetua para Casso Acosta en su alegato.
En su alegato, el fiscal hice mención a gran parte de la declaración vertida por Casso Acosta en el inicio del juicio, instancia donde el imputado aseguró que él estaba amenazado por la víctima y que esa noche en realidad se defendió de un primer ataque efectuado por Gallego Rojas.
Para Rau nada de ello fue creíble, dado que “su relato de los hechos no encuentra coincidencia con la prueba” y fustigó que “él siempre tiene contradicciones con lo que la prueba dice. No se acuerda de los hechos que lo incriminan, pero de los otros sí. Es raro”.
El fiscal también ponderó aquellos testimonios que daban cuenta de que Casso Acosta era el que le debía dinero a Gallego Rojas y no al revés como planteó el acusado, al tiempo que resaltó las tres huellas genéticas que ubicaron al imputado en la escena del crimen.
En base a lo expuesto, solicitó la pena de prisión perpetua para Casso Acosta como autor de “homicidio agravado criminis causa en concurso real con robo”, mientras que para Ramírez pidió 15 años de cárcel como “partícipe secundario”.
“No puedo acreditar que en el dolo de Ramírez haya tenido la misma intensidad que se le puede adjudicar a Casso”, fue su conclusión.
“Película” y “emoción violenta”
Mario Ramírez, defensor oficial del imputado de apellido homónimo, al momento de alegar difirió de las conclusiones vertidas por la querella y coincidió en parte con la tesis planteada por la fiscalía al considerarlo “partícipe secundario” y no “coautor”, como estaba inicialmente calificada su acusación.
“El hecho no fue consumado por él. En la gresca que terminó con la muerte Ramírez tiene, por supuesto, un rol mucho menor. Hay todo un contexto que le es totalmente extraña al señor Ramírez. Su aparición en este escenario es totalmente circunstancial”, sostuvo el defensor oficial.
Para Ramírez, el agravante de “criminis causa”, que significa cometer un delito para ocultar otro, no quedó probado y, por ende, solicitó que su defendido sea condenado como “partícipe secundario” de homicidio simple y que reciba el mínimo de la pena prevista bajo esa calificación (8 años).
La mayor respuesta al alegato acusatorio provino de parte de la letrada Lilia Vargas, abogada particular del también colombiano Casso Acosta, sobre quien recaía el mayor monto de pena requerido.

El defensor oficial Mario Ramírez junto al otro imputado, el posadeño José Ramón Ramírez.
“Una hermosa creación cinematográfica. Han creado eso”, arrancó Vargas y arremetió contra el experimentado fiscal Rau: “El fiscal no está obligado a acusar. Está incumpliendo, creando una historia inexistente o suponiendo. Acá no hay que venir buscando un desafío o un crecimiento personal”.
La letrada ajustó su exposición al relato brindado por su defendido. Vargas admitió que entre Gallego Rojas y Casso Acosta hubo “un problema de negocios”, pero afirmó que el amenazado era su cliente, quien como consecuencia de ello decidió irse un tiempo a Corrientes porque “temía por su integridad física”.
“Él dijo que no sabía de dónde saco coraje para volver. Dijo que Gustavo le pidió que vuelva y Brayan volvió para aclarar la situación, porque no se puede vivir con miedo. Si Brayan no respondía a su invitación, qué garantías tenía de que no lo hubiera ido a buscar si él sabía dónde él vivía. ¿Estamos pidiendo que se deje matar para tranquilidad de la película?”, retrucó.
Vargas mantuvo la teoría dada por su pupilo, la cual sostenía que dentro del departamento de Gallego Rojas se inició una gresca en la que Casso Acosta intentó calmar a su atacante pero la “vehemencia y reiterancia” de las agresiones produjo “un estallido emocional” en el imputado.
“El criminis causa es un absurdo. Mi defendido nunca tuvo la intención de preparar ni consumar otro delito. Las lesiones son producto de una pelea. Brayan tuvo un arrebato emocional que aminoró su capacidad de reacción”, se explayó.
En consecuencia, Vargas, que también acusó “discriminación” contra su defendido, solicitó que el caso sea considerado como un homicidio perpetrado bajo los atenuantes establecidos por la “emoción violenta”, figura prevista en el artículo 81, inciso a, del Código Penal, el cual prevé penas de entre 3 y 6 años de prisión.

Los jueces Verón, Bernie y Cukla, en plena deliberación antes de la sentencia.
Culminada la etapa de alegatos, el tribunal dispuso un cuarto intermedio para deliberar y pasada las 16 regresó al recinto de debates con la sentencia firmada.
Tanto Casso Acosta como Ramírez se retiraron del edificio tribunalicio esposados y en un móvil de un Servicio Penitenciario Provincial (SPP) que los iba a conducir a sus respectivos recintos carcelarios de alojamiento para que purguen las penas impuestas.
El mayor beneficiado con el fallo dictado hoy fue Ramírez, quien por la pena recibida y por el tiempo que ya lleva detenido desde 2021, estaría muy pronto a acceder a determinados beneficios previstos por ley en el tratamiento penitenciario, como ser, en principio, las salidas transitorias.
Judiciales
La Corte habilitó el Juzgado Federal de Iguazú a casi 14 años de su creación

Mediante la acordada 19/2025, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) habilitó la puesta en funcionamiento del Juzgado Federal de Puerto Iguazú y autorizó la toma de juramento al magistrado Marcelo Alejandro Cardozo para que asuma los hilos de la dependencia judicial.
La resolución del máximo órgano judicial del país fue firmada el último lunes y de esta forma se pondrá fin a casi catorce años de espera para que dicho juzgado finalmente comience a funcionar.
La dependencia que tendrá asiento en calle Correa Luna 250 de la Ciudad de las Cataratas fue creada mediante la sanción de la ley 26.711 el 30 de noviembre de 2011, aunque su habilitación estuvo frenada hasta la designación del juez titular, lo cual finalmente ocurrió el 28 de septiembre de 2023, cuando el Senado aprobó el pliego del magistrado misionero Marcelo Cardozo, que hasta ahora se desempañaba como titular del Juzgado de Instrucción Uno de Posadas.
En su acordada del lunes, la Corte Suprema expuso que a partir de los informes confeccionados por las áreas pertinentes “surge que se encuentran previstas las partidas presupuestarias necesarias y se verifican las condiciones edilicias y tecnológicas que permiten poner en funcionamiento el mencionado órgano judicial”.
En base a ello y atento a la “prioridad insoslayable” que constituye la habilitación de este juzgado que alivianaría la carga de expedientes que se tramita en el Juzgado Federal de Eldorado, los ministros de la Corte resolvieron la habilitación de la dependencia y autorizar a que el magistrado Cardozo jure a su nuevo cargo ante la Cámara Federal de Apelaciones de Posadas en los próximos días.
También se declaró feriado judicial por siete días hábiles para que el juzgado culmine los preparativos finales de infraestructura, moviliario y recursos humanos necesarios para su puesta en funcionamiento.
Para este nuevo órgano judicial la Corte acordó la creación de otros 17 cargos además del juez, entre los cuales se encuentran dos secretarios de juzgado, dos prosecretarios administrativos, dos oficiales mayor, dos oficiales, dos escribientes, cinco escribientes auxiliares y dos medio oficial.
De acuerdo a la normativo que dispuso la creación de esta dependencia, el Juzgado Federal de Puerto Iguazú, localidad ubicada en plena Triple Frontera, comprenderá dos secretarías, una con competencia criminal, y la otra con competencia civil, comercial, contencioso administrativa, laboral, seguridad social, tributaria, ejecuciones fiscales, así como también toda otra cuestión federal, con excepción de la materia electoral.
Hasta el momento, la jurisdicción era atendido por el Juzgado Federal de Eldorado, a cargo del magistrado Miguel Ángel Guerrero.
El Senado aprobó el pliego de Marcelo Cardozo como juez federal de Iguazú
Judiciales
El represor Carlos Carvallo accedió a dos salidas transitorias por mes

El represor devenido en locutor Carlos Carvallo (70), condenado a 12 años de prisión por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar en Entre Ríos, fue autorizado a tener salidas transitorias tras cumplir con los requisitos y plazos necesarios para acceder al beneficio.
Según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones, la resolución que incorpora al condenado al régimen de salidas transitorias fue firmada en los últimos días por el magistrado entrerriano Federico Martín.
En el dictamen se dispone que a partir de ahora y por el plazo de cuatro meses, con posibilidad de renovación, Carvallo podrá hacer uso de dos salidas mensuales por cuatro horas cada una.
Esos egresos deberán realizarse en compañía de un agente penitenciario sin uniforme y el interno deberá cumplir con el recorrido previsto desde la Unidad Penal 17 de Candelaria hasta el domicilio de su esposa en Posadas, respetando los horarios establecidos y manteniendo “un comportamiento decoroso”, entre condiciones, para no perder el beneficio.
El pedido efectuado por Carvallo contó la oposición de la fiscalía y no así con el de su víctima Manuel Ramat, que además fue querellante particular en la causa, quien como condición solicitó que el beneficio no se ejecute en Paraná. “Yo tengo la humanidad que él no tuvo conmigo”, fueron sus palabras sobre el asunto.
De esta manera, el represor que supo ocultar su pasado para mostrarse como locutor y periodista, volverá a las calles de Posadas tras permanecer 2517 días preso en forma ininterrumpida.
Carvallo está detenido desde el 23 de agosto de 2018, cuando agentes de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) lo ubicaron en la casa de unos familiares en el barrio Santa Rita de Posadas, donde esquivaba el pedido de captura internacional que se había emitido en su contra cuatro años antes.
Desde ese momento estuvo privado de su libertad en Paraná, Entre Ríos, donde fue identificado como uno de los policías que integraba grupos de tareas dedicados a secuestrar y torturar presos políticos durante la última dictadura militar.
En esa misma ciudad fue juzgado en diciembre de 2020 y finalmente fue condenado como autor de los delitos de “privación ilegítima de la libertad perpetrada por un funcionario público con abuso de sus funciones o sin las formalidades previstas por la ley, agravada por el empleo de violencia o amenazas y por haber durado más de un mes, en concurso real con la imposición de torturas a personas privadas de su libertad agravada por ser la víctima un perseguido político”.
Todos estos hechos fueron cometidos en perjuicio de Ramat, que era dirigente de la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) que estuvo secuestrado en la comisaría paranaense de El Brete y que logró reconocer al imputado como uno de sus captores.
Como era época de pandemia, Carvallo oyó todo el proceso en su contra desde la Unidad Penal I de Paraná, donde continuó purgando la pena de 12 años de prisión impuesta en su contra por el juez Pablo Seró, hasta que a fines del año pasado fue trasladado a Candelaria como medida de acercamiento a un hijo que cursaba una enfermedad terminal.
Represor en Entre Ríos
El juicio contra Carvallo había comenzó en marzo de 2020, pero debió suspenderse a razón de la emergencia sanitaria decretada en todo el país por la pandemia de Covid-19.
Meses después, las audiencias se reanudaron en forma remota y, en esas circunstancias, en octubre se realizaron los alegatos, ocasión en la que la fiscalía había pedido 11 años de prisión y las partes querellantes 21.
El expediente que se ventiló en debate oral fue un desprendimiento de la causa Aérea Paraná I en 2014, en la que Ramat brindó declaración testimonial y allí volvió a identificar a Carvallo como uno de los integrantes del grupo de tareas que lo detuvo ilegalmente y lo torturó durante 45 días.
En su alegato, el fiscal García Escalada destacó “la cantidad de declaraciones sustancialmente coincidentes” de la víctima Ramat y detalló que “se cuenta en la causa con cinco actas de declaración testimonial de Ramat. En las cinco fue claro describiendo los hechos que padeció, identificando con nitidez a Carvallo como uno de sus autores principales, al menos en lo que refiere a la primera fase de su padecimiento, la va desde el 30 de septiembre de 1976 hasta 45 días más tarde, cuando es llevado del centro clandestino de detención de El Brete a la UP I de Paraná”.

Carvallo permaneció cuatro años prófugo con un pedido de captura internacional y fue hallado en casa de familiares en Posadas.
La investigación realizada reconstruyó que Ramat conoció a Carvallo cuando éste llegó a su casa y se presentó como oficial de la Policía para llevar adelante un allanamiento vinculado a un hermano del dirigente que ya había sido asesinado en Campana.
Después de ese episodio, el dirigente se presentó ante la Policía, donde volvió a encontrarse con Carvallo y allí comenzó su padecimiento.
“Ramat concurrió por consejo de su abogado a la Dirección de Investigaciones. Allí el jefe le dijo que debía esperar a Carvallo y cuando llegó Carvallo comenzó el periplo de padecimientos. Lo llevaron a Santa Fe, lo obligaron a bajarse del auto, a ingresar al baúl, lo reingresaron a Paraná y lo alojaron en El Brete. Allí permaneció en situación infrahumana, comiendo con la mano, sometido a interrogatorio con trompadas y submarino seco (…) Allí le dijeron ‘vos sos boleta, nadie sabe que estás acá, vos tenés tu DNI’. Con eso querían demostrar la plena disposición que Carvallo y los otros tenían sobre la vida y la integridad física de Ramat”, siguió García Escalada en su alegato.
En esa misma audiencia expuso Lucía Tejera, quien además de recordar todos los hechos sufridos por Ramat también repasó el legajo de Carvallo para dar cuenta de la historia del imputado dentro de las filas de la Policía.
“En octubre de 1975 participó del secuestro de material ideológico y de la detención de varias personas, resaltando una felicitación por su extraordinaria dedicación, energía, serenidad y espíritu puesto en ese procedimiento. Figura también en ese legajo la realización satisfactoria de un curso contra subversivos en agosto de 76. Meses después formó parte de patota que secuestró y torturó a Ramat”.
Tejera recordó que después de esos 45 días privado de su libertad en clandestino, Ramat fue declarado preso legal y “sometido a un consejo de guerra, parodia de juicio como dicen las víctimas, y condenado bajo jurisdicción militar”.
Allí la víctima inició un periplo de detención en el cual pasó por los penales de Sierra Chica, La Plata, Caseros y Paraná, donde fue liberado en 1984 y donde ahora, casi 40 años después, se encuentra encerrado su captor.

Carvallo fue ubicado en 2018 en la cada de unos familiares en el barrio Santa Rita.
De locutor a prófugo
La historia de Carvallo, en tanto, fue muy distinta. Después de la dictadura llegó a Misiones y ocultando su pasado se desempeñó como locutor en varias radios de Posadas, entre ellas en FM Show, siendo ladero al micrófono de Alfredo Abrazian y transformándose incluso en un personaje altamente conocido.
Su situación recién cambió en 2014, después del juicio por la causa Aérea Paraná I que derivó en el dictado de un pedido de detención internacional por parte de la Justicia de Entre Ríos.
Después de ello, el locutor se mantuvo prófugo durante un largo tiempo hasta que finalmente en 2018 efectivos de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) lograron ubicarlo en la casa de unos familiares en el barrio Santa Rita de Posadas.
Judiciales
El después al femicidio de Batista: “Queremos la tenencia de los chicos”

A casi una semana del femicidio de Claudia Soledad Batista (28), en su familia la tristeza y la desazón continúan a flor de piel, pero buscan reconvertir ese dolor en la fortaleza necesaria para encabezar la lucha por la tenencia definitiva de los niños que quedaron sin su madre.
Batista era mamá de cinco menores de edad, dos de los cuales también son hijos de Gabriel Cruz (25), su ex pareja y único imputado por el femicidio registrado el domingo pasado en San José.
Actualmente, todos los niños se encuentran junto a la familia materna gracias a una resolución que les otorgó una tenencia provisoria por seis meses, pero ya se preparan para albergar a los menores de manera definitiva.
“Sabemos que a nuestra hermana ya nadie nos va a devolver, pero queremos mantener unidos a los chiquitos. Ahora están con mis padres, que tienen todas las condiciones para criarlos y cuidarlos, pero en caso que eso no suceda todos los hermanos podemos hacernos cargo”, señaló a La Voz de Misiones una hermana Soledad Batista.
La preocupación nace en el hecho de enterarse que la familia paterna de dos de los niños también estaría interesada en la tenencia de los menores, pero los Batista se oponen a esa posibilidad.
“No queremos que se vayan con ellos, ni que tampoco se acerquen. Ellos no hicieron nada por mi hermana y eso que vivían en el mismo barrio. Nunca se interesaron y ese día tampoco ayudaron en nada. Además de que es una zona peligrosa, no queremos que los chicos estén ahí”, apuntaron.
La situación toma mayor gravedad al tener en cuenta que dos de los niños, de 4 y 8 años, presenciaron el ataque a machetazos que acabó con la vida de su madre.
“Nosotros estamos tratando de salir adelante. Con los chicos tratamos de no tocar el tema, pero el más chico se pone a jugar, piensa en su mamá y se acuerda como fue que pasó todo. Es tremendo todo lo que pasó”, describieron.
El femicidio de Batista ocurrió el domingo a la noche, en la casa donde la joven residía en el barrio La Tablada de San José, aunque ella era oriunda de Leandro N. Alem.
La joven fue ultimada de 23 machetazos, 19 de los cuales fueron dirigidos a las zonas del cráneo, hombros y miembros superiores.
Por el caso está detenido e imputado Gabriel Cruz (25), su ex pareja y padre de dos de los cinco hijos de la víctima.
Si bien no se registran denuncias formales, familiares de la joven señalaron que el sospechoso siempre ejerció violencia contra Batista e incluso consideran que en los últimos días estaba amenazada porque había publicado “mensajes de despedida” en sus estados de Whatsapp.
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