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Contrabando de granos y lavado de activos, otras causas de los narcogendarmes

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Adrián Emilio Escarlata, Richar Ariel Delgado y Jonathan Leonel Ostapowicz no son ningunos desconocidos para la Justicia. Los tres integrantes de la denominada banda de narcogendarmes desbaratada por completo la semana pasada tienen, además de la reciente causa iniciada por narcotráfico, otros expedientes abiertos en los que son investigados por contrabando de granos y lavado de activos.

La historia marca que hace un buen tiempo todos ellos se dedican a maniobras delictivas, algunos incluso lo hacían en paralelo a las funciones que cumplían como miembros activos de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA), como fueron los casos de Escarlata y Delgado, quienes por sus primeros ilícitos detectados fueron dados de baja.

Escarlata, por ejemplo, oriundo de Apóstoles, integró dicha fuerza federal hasta 2021, cuando se descubrió que era parte de una banda dedicada al contrabando de granos, donde se sospecha que aprovechaba su función como gendarme para garantizar la circulación de los camiones eludiendo controles tributarios, aunque para ello se cobraba un “peaje” clandestino: 200 dólares por camión.

La investigación por esa causa comenzó meses antes, más precisamente el 14 de octubre de 2020, tras la persecución de un auto que transportaba 28 kilogramos de cocaína en Itatí, Corrientes.

En aquel entonces, el Renault Megane que llevaba el estupefaciente empezó a ser perseguido sobre la ruta nacional 12, pero después el rodado escapó por caminos rurales y finalmente apareció abandonado, sin ocupantes, pero con dos mochilas repletas de cocaína.

Camión con granos interceptado en caminos rurales, esquivando controles tributarios.

No era lo único. Los narcotraficantes involucrados en la maniobra también dejaron sus teléfonos celulares, aparatos que fueron peritados y de allí surgieron pistas que dieron cuenta del funcionamiento de otra banda dedicada al contrabando de granos a través de Misiones. 

En ese ardid estaba involucrado el -hasta ese entonces- gendarme Escarlata que, en paralelo, evidenciaba un ostensible aumento patrimonial en Apóstoles, donde tiene una joyería (con sucursal en Viraroso) y donde en 2021 también inauguró un complejo de fútbol 5, con promoción en medios locales, inclusive.

Del expediente se hizo cargo el Juzgado Federal de Corrientes, a cargo del magistrado Juan Carlos Vallejos, que encomendó a la GNA profundizar la pesquisa y esas labores permitieron, meses después, desbaratar la organización de la cual también formaban parte un agente de la Policía Federal Argentina (PFA) y dos efectivos de la Policía de Misiones.

La redada contra ellos fue ejecutada a mediados de 2021 y la Cámara Federal de Corrientes confirmó el procesamiento de la banda a fines de ese mismo año, rechazando las apelaciones defensivas presentadas por los imputados.

Escarlata y Hañek cuando cayeron con cocaína en Salta el año pasado.

Dólares y más dólares

Delgado, otro ex gendarme, y Ostapowicz, por su parte, afrontan una causa por lavado de activos, delito penado y contemplado por el artículo 303 del Código Penal. Al primero de ellos lo agarraron con un maletín repleto de dólares y el hilo de ese dinero llegó hasta el segundo.

La detención de Delgado se concretó el 1 de marzo de 2023. En ese entonces todavía pertenecía a la GNA y viajaba a bordo de un Mercedes Benz C200 Avantgarde por la ruta nacional 12, pero al cruzar el puente Zárate Brazo Largo se topó con el puesto fijo de la Policía entrerriana y no dudó en apretar el acelerador.

De esa forma, el misionero evadió el control y en consecuencia se activó un operativo cerrojo que dio resultados kilómetros después, en el tramo comprendido entre Médanos y Ceibas.

Al verse cercado, Delgado se desprendió de lo que llevaba: un maletín metálico con 235.000 dólares en efectivo. La caja fue descartada en un pastizal de la banquina, pero los policías entrerrianos dieron con ella.

Dentro del Mercedes Benz los agentes también encontraron 468.320 pesos en efectivo y varios celulares, aparatos que al ser requisados dirigieron la pesquisa hacia Ostapowicz.

El maletín con dólares descartado al costado de la ruta por Richar Delgado en Entre Ríos en 2023.

La detención del segundo involucrado se efectuó a mediados de septiembre de 2023, cuando una comisión de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) tomó las riendas del caso y ejecutó una serie de allanamientos simultáneos, tanto en Posadas, como en Apóstoles, San Ignacio, Azara y Lanús, en provincia de Buenos Aires.

En esos procedimientos se incautaron más pruebas. Según difundieron en un parte de prensa posterior, los allanamientos finalizaron con el secuestro de: dos camionetas, un auto, una moto, armas de fuego, cargadores y municiones. También, obvio, más dinero: 3.871.809 pesos y 18.448 dólares.

Como en aquella ocasión, ahora Delgado y Ostapowicz volvieron a ser detenidos. El primero de ellos, afirman investigadores que estuvieron tras sus pasos, después de la causa por lavado bajó su perfil y se recluyó en Bernardo de Irigoyen, donde prácticamente nadie conocía su historial. 

En Irigoyen hubo ahora nuevas redadas para dar con él, pero no estaba y su captura se dio cerca de Paso de los Libres. Ostapowicz, en cambio, fue detenido en Posadas. Los dos fueron capturados la semana pasada como los últimos eslabones que faltaban para desbaratar por completo la banda de narcogendarmes descubierta en Salta. 

Dicha empresa narco comenzó a ser investigada el 19 de mayo de 2024, cuando Diego Delgado -hermano de Richar y también ex gendarme- cayó en una camioneta Amarok con 303 kilogramos de cocaína. Más tarde, en septiembre, en el segundo golpe, cayeron Escarlata y su pareja, Marlene Heñuk, en otra camioneta con 31 kilogramos del mismo estupefacientes.

Los detenidos son ocho en total y todos se encuentran a disposición del Juzgado de Garantías Uno de Salta, a cargo del magistrado Julio Bavio. Están imputados por transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes.

Una Ford Raptor y una Jeep, secuestrados durante la redada para dar con los últimos involucrados de la banda.

Banda misionera de narcogendarmes: viajes con cocaína y tutoriales por Whatsapp

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Asaltantes en moto robaron casi $50 millones de un comercio en Iguazú

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Al menos dos delincuentes en moto y armados irrumpieron esta tarde en un local de la zona industrial de Puerto Iguazú, donde encañonaron a los empleados y sustrajeron un botín de casi 50 millones de pesos en diferentes divisas.

De acuerdo a lo consignado por fuentes policiales, el atraco ocurrió minutos antes de las 15 de hoy, en el despacho comercial llamado Cono Sur, donde dos hombres armados irrumpieron en el lugar.

Una vez dentro, los delincuentes redujeron al personal y obligaron a un empleado a abrir la caja fuerte, de donde sustrajeron 29.900.000 pesos y 12.000 dólares en efectivo.

Tras apoderarse del dinero, los asaltantes huyeron en una motocicleta modelo Honda Titán 150 y se dirigieron en dirección al barrio Belén, aunque hasta el momento no hay novedades de ellos.

El hecho es investigado por el personal de la comisaría Segunda de la Unidad Regional V, junto a los efectivos de Criminalística, quienes realizaron las pericias de rigor en la escena, preservando huellas y revisando cámaras de seguridad para identificar a los autores del robo calificado.

Asimismo, se ejecutan controles cerrojos en puntos estratégicos de la ciudad y corredores rurales.

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Judiciales

Fundamentos de la condena a docentes: “Los derechos no son absolutos”

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La magistrada Marcela Alejandra Leiva fundamentó la condena impartida contra los docentes y dirigentes sindicales Mónica Gurina y Leandro Sánchez en dos pilares centrales: el rol “de conducción y representación” que atribuyó a los imputados en la protesta y en la premisa de que “ningún derecho es absoluto”.

En su escrito, de 87 fojas, la jueza Correccional y de Menores Uno de Posadas, encargada de presidir el tribunal unipersonal que llevó adelante el juicio oral contra los docentes, consideró, en primera instancia, que “ambos imputados ejercían funciones orgánicas de representación y vocería institucional en el conflicto, invocando expresamente la representación colectiva y actuando como autoridades máximas de sus respectivas organizaciones”.

Para arribar a esa afirmación se apoyó en las actas de notificación y en las declaraciones efectuadas por los agentes policiales que intervinieron durante los días comprendidos entre el 1 y el 4 de junio del año pasado para comunicar las órdenes judiciales de despejar el acampe docente montado sobre la avenida Uruguay como medida de protesta para exigir mejoras salariales.

Gurina y Sánchez no sólo eran parte de la protesta sino que asumían roles de conducción y representación, lo que explica porque el personal policial y los propios manifestantes indicaron a ellos como referentes, cuya presencia resultaba determinante para la toma de decisiones en el lugar de los hechos”, expuso entre sus argumentos Leiva.

La jueza desestimó los argumentos defensivos que insistían en el hecho de que todas las decisiones tomadas en el marco de la protesta era de carácter “asambleario” y entendió que “pues aun dentro de un esquema de decisiones colectivas, ambos (por Gurina y Sánchez) aparecían como figuras representativas y funcionales para la comunicación con autoridades y para la toma de definiciones”.

Gurina y Sánchez recibieron 10 meses y 8 meses de prisión en suspenso, respectivamente.

En ese marco, consideró acreditado que ambos docentes enjuiciados cometieron de manera deliberada el delito de “desobediencia judicial” al no atender las órdenes de despejar la calle, lo cual vino aparejado con la interrupción del tránsito y el consecuente “entorpecimiento del normal funcionamiento del transporte”, que era la segunda figura penal achacada a los imputados.

Al respecto, expuso Leiva: “Las conductas desplegadas excedieron los límites razonables que la Constitución Nacional y los tratados de derechos humanos reconocen a la huelga, la protesta o la libertad de expresión, configurando una afectación inadmisible a bienes jurídicos de terceros y al orden público”.

Y argumentó: “El derecho a la protesta, como manifestación de derechos humanos de participación, no puede convertirse en un ámbito de inmunidad para la producción de resultados lesivos, tales como la obstrucción deliberada del tránsito o la desobediencia a una orden judicial válida, contravendría el núcleo estructural del propio sistema de derechos humanos, que exige compatibilizar su ejercicio con la protección simultánea de la libertad, la seguridad y la dignidad de las demás personas”.

En cuanto a lo planteado por el abogado defensor Eduardo Paredes, de aplicar en forma subsidiaria a la absolución el estado de necesidad justificante o del estado de necesidad exculpante, la jueza subrayó: “No se configura aquí un conflicto legítimo entre derechos fundamentales que permita justificar la conducta, toda vez que la huelga no comprende la facultad de impedir la circulación pública por vías de hecho ni de afectar el normal desenvolvimiento de la comunidad, encontrando límites infranqueables cuando lesiona derechos de terceros ajenos a la medida. La protesta o huelga no constituye causa de justificación de delitos ni excluye la antijuridicidad de conductas que lesionan directamente bienes jurídicos de terceros. La doctrina penal ha sido clara en este punto”.

La jueza también citó jurisprudencia y mencionó el caso de Estela del Valle Juárez, docente y secretaria general de la Regional Suroeste de la Asociación de Trabajadores de la Educación del Chubut (ATECh), que participó en cortes de rutas por un conflicto salarial que estalló en su provincia en 2019 y cuya condena a tres meses de prisión en suspenso por “entorpecimiento del transporte” fue ratificada por la Corte Suprema en abril de este año.

A partir de la presentación de estos fundamentos, el equipo legal que defiende a los docentes tiene un plazo de diez para presentar una recurso de casación, lo cual es prácticamente un hecho ya que a apenas conocida la sentencia del miércoles pasado adelantaron que “apelaremos el fallo y de ser necesario insistiremos hasta llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN)”.

El fallo dictado por la jueza Leiva dispone 10 meses de prisión en suspenso para Mónica Gurina y 8 meses de prisión en suspenso para Leandro Sánchez, además de 8 horas mensuales de tareas comunitarias.

En las escalinatas del Palacio de Justicia los docentes volvieron a recibir el acompañamiento y el apoyo de sus compañeros.

Acampe docente: condenan a Gurina y Sánchez por desobediencia y corte de calle

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Judiciales

Desestiman otra autoincriminación en el caso Schoenfisch y pasan a los alegatos

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Tal como lo hizo un mes atrás, el ex intendente de Santiago de Liniers, Arnoldo Schoenfisch (67) volvió a autoincriminarse ante el tribunal que juzga a su hijo Pablo (23), acusado de un ataque parricida que ocasionó la muerte de su madre Faustina Antúnez (54) y dejó ciego a su padre, quien ahora pretende responsabilizarse por el hecho para favorecer al imputado.

Es la tercera vez que insiste en la versión autoincriminatoria. Primero lo hizo con un declaración jurada vertida ante escribano público en diciembre de 2024, luego hizo lo propio en el inicio del debate oral que conducir a su hijo a una pena de prisión perpetua y lo repitió hoy.

Esta situación obligó que el comienzo del debate quede stand by hasta que sus declaraciones sean analizadas por la fiscalía de instrucción, cuyas autoridades finalmente desestimaron la versión y eso permitió que el juicio se reanude, pero Schoenfisch padre hoy volvió a declarar: “Discutimos, la maté y luego me quise suicidar”.

El magistrado Atilio León, integrante del tribunal que preside Adriana Andino y completa Javier Jourdan (subrogante), pidió “suspender definitivamente” el juicio debido “al alto riesgo para la validez del proceso” que representaba el hecho de continuar interrogando a un testigo que pedía ser imputado.

Sin embargo, por mayoría, con los votos de Andino y Jourdan, el debate prosiguió y la declaración continuó en los mismos términos, instancia en la que el fiscal Federico Rodríguez solicitó que Schoenfisch sea investigado por falso testimonio, tal como lo hizo con un hermano suyo, Rubén Schoenfisch, que incluso fue detenido al finalizar la audiencia. 

Para el fiscal, el testigo continúa siendo parte de un “esquema defensivo” donde busca adjudicarse el hecho para favorecer a su hijo con un versión “imposible de acreditar”.

En ese sentido, marcó las contradicciones expuestas por Schoenfisch, que en etapa de instrucción formuló expresiones completamente diferentes a las vertidas en el juicio e incluso negó las declaraciones dadas por al menos otros tres testigos que comprometen la situación del imputado.

Hace unos días me enteré que acá estaban diciendo que yo dije, ‘que esto hizo Pablo’. Eso es mentira. Yo nunca le mencioné a él. Hay dos o tres que dijeron eso y eso es una mentira. Lo digo francamente. La mentira tiene patas cortas. Eso me indigna”, lanzó hoy en referencia a los testimonios de Lucas Szumkoski y Miguel Ángel Szumkoski, hijos de Antúnez y hermanastros del imputado.

Schoenfisch padre también negó que a su hijo le hubieran “cortado” la entrega de dinero y el uso de vehículos como castigo a su mal comportamiento. También minimizó discusiones.

Después de su testimonio, pasaron a declarar dos licenciados en criminalística, quienes repasaron las pericias realizadas en el caso, las cuales concluyeron que los disparos que recibieron ambas víctimas fueron efectuadas a corta distancia.

El debate continuará el miércoles, a partir de las 8.30, con la ronda de alegatos. El primero en exponer será el fiscal Rodríguez, mientras que luego lo harán los abogados defensores María Laura Alvarenga y Fabián De Sá.

Juicio y versiones

Pablo Schoenfisch llega al debate privado de su libertad desde 2020 y enfrenta una acusación por los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego”, en perjuicio de su madre, y “homicidio calificado por el vínculo y por haberse cometido con alevosía agravado por la utilización de un arma de fuego, en grado de tentativa”, contra su padre, imputación bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua.

La nueva versión expuesta por Arnoldo Schoenfisch, que tras el hecho quedó con ceguera, representa un abrupto giro del caso en relación a lo expuesto en el requerimiento de elevación a juicio formulada por el fiscal Edgar Francisco Doldán y firmada por el magistrado Roberto Saldaña, ex juez de Instrucción Uno de Eldorado.

La hipótesis acusatoria sostiene que en la madrugada del 14 de mayo de 2020, Pablo Schoenfisch atacó a sus padres mientras dormían, efectuándoles disparos a corta distancia. Como consecuencia del hecho, Antúnez perdió la vida y Arnoldo quedó con secuelas permanentes.

Según lo plasmado en ese documento, el acusado mantenía una relación conflictiva con sus padres, motivada por desavenencias y mal comportamiento del muchacho, cuestión que fue ratificada por varios familiares y amigos del imputado al momento de declarar como testigos en la etapa investigativa.

En el transcurso del presente debate, varios testigos ratificaron que el joven mantenía una mala relación con sus padres e incluso recordaron expresiones como deseos de matarlos.

Por ejemplo Gladis Aquino, que era empleada doméstica de la familia y ante los jueces declaró: “Un día Pablo de la nada me dice ‘qué pasaría si mato a mi papá y a mi mamá’. Yo le dije que iba a arruinar su juventud y me dijo que en cualquier momento mataba a su papá y a su mamá”.

Claudia Padilla (30), integrante de la misma familia y una de las primeras personas que intervino en auxilio de las víctimas esa madrugada, también dio un testimonio revelador: “Cuando yo entro Arnoldo estaba parado, ensangrentado. Tina (Antúnez) estaba en la cama agonizando. Salgo de la habitación y Polaco (por Arnoldo) se tocaba la cara y decía ‘no veo nada, no sé lo que pasó, Pablito hizo cagada”.

Testigos ratificaron acusaciones contra Pablo Schoenfisch por ataque parricida

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