Policiales
Contrabando de granos y lavado de activos, otras causas de los narcogendarmes
Adrián Emilio Escarlata, Richar Ariel Delgado y Jonathan Leonel Ostapowicz no son ningunos desconocidos para la Justicia. Los tres integrantes de la denominada banda de narcogendarmes desbaratada por completo la semana pasada tienen, además de la reciente causa iniciada por narcotráfico, otros expedientes abiertos en los que son investigados por contrabando de granos y lavado de activos.
La historia marca que hace un buen tiempo todos ellos se dedican a maniobras delictivas, algunos incluso lo hacían en paralelo a las funciones que cumplían como miembros activos de la Gendarmería Nacional Argentina (GNA), como fueron los casos de Escarlata y Delgado, quienes por sus primeros ilícitos detectados fueron dados de baja.
Escarlata, por ejemplo, oriundo de Apóstoles, integró dicha fuerza federal hasta 2021, cuando se descubrió que era parte de una banda dedicada al contrabando de granos, donde se sospecha que aprovechaba su función como gendarme para garantizar la circulación de los camiones eludiendo controles tributarios, aunque para ello se cobraba un “peaje” clandestino: 200 dólares por camión.
La investigación por esa causa comenzó meses antes, más precisamente el 14 de octubre de 2020, tras la persecución de un auto que transportaba 28 kilogramos de cocaína en Itatí, Corrientes.
En aquel entonces, el Renault Megane que llevaba el estupefaciente empezó a ser perseguido sobre la ruta nacional 12, pero después el rodado escapó por caminos rurales y finalmente apareció abandonado, sin ocupantes, pero con dos mochilas repletas de cocaína.

Camión con granos interceptado en caminos rurales, esquivando controles tributarios.
No era lo único. Los narcotraficantes involucrados en la maniobra también dejaron sus teléfonos celulares, aparatos que fueron peritados y de allí surgieron pistas que dieron cuenta del funcionamiento de otra banda dedicada al contrabando de granos a través de Misiones.
En ese ardid estaba involucrado el -hasta ese entonces- gendarme Escarlata que, en paralelo, evidenciaba un ostensible aumento patrimonial en Apóstoles, donde tiene una joyería (con sucursal en Viraroso) y donde en 2021 también inauguró un complejo de fútbol 5, con promoción en medios locales, inclusive.
Del expediente se hizo cargo el Juzgado Federal de Corrientes, a cargo del magistrado Juan Carlos Vallejos, que encomendó a la GNA profundizar la pesquisa y esas labores permitieron, meses después, desbaratar la organización de la cual también formaban parte un agente de la Policía Federal Argentina (PFA) y dos efectivos de la Policía de Misiones.
La redada contra ellos fue ejecutada a mediados de 2021 y la Cámara Federal de Corrientes confirmó el procesamiento de la banda a fines de ese mismo año, rechazando las apelaciones defensivas presentadas por los imputados.

Escarlata y Hañek cuando cayeron con cocaína en Salta el año pasado.
Dólares y más dólares
Delgado, otro ex gendarme, y Ostapowicz, por su parte, afrontan una causa por lavado de activos, delito penado y contemplado por el artículo 303 del Código Penal. Al primero de ellos lo agarraron con un maletín repleto de dólares y el hilo de ese dinero llegó hasta el segundo.
La detención de Delgado se concretó el 1 de marzo de 2023. En ese entonces todavía pertenecía a la GNA y viajaba a bordo de un Mercedes Benz C200 Avantgarde por la ruta nacional 12, pero al cruzar el puente Zárate Brazo Largo se topó con el puesto fijo de la Policía entrerriana y no dudó en apretar el acelerador.
De esa forma, el misionero evadió el control y en consecuencia se activó un operativo cerrojo que dio resultados kilómetros después, en el tramo comprendido entre Médanos y Ceibas.
Al verse cercado, Delgado se desprendió de lo que llevaba: un maletín metálico con 235.000 dólares en efectivo. La caja fue descartada en un pastizal de la banquina, pero los policías entrerrianos dieron con ella.
Dentro del Mercedes Benz los agentes también encontraron 468.320 pesos en efectivo y varios celulares, aparatos que al ser requisados dirigieron la pesquisa hacia Ostapowicz.

El maletín con dólares descartado al costado de la ruta por Richar Delgado en Entre Ríos en 2023.
La detención del segundo involucrado se efectuó a mediados de septiembre de 2023, cuando una comisión de la Policía de Seguridad Aeroportuaria (PSA) tomó las riendas del caso y ejecutó una serie de allanamientos simultáneos, tanto en Posadas, como en Apóstoles, San Ignacio, Azara y Lanús, en provincia de Buenos Aires.
En esos procedimientos se incautaron más pruebas. Según difundieron en un parte de prensa posterior, los allanamientos finalizaron con el secuestro de: dos camionetas, un auto, una moto, armas de fuego, cargadores y municiones. También, obvio, más dinero: 3.871.809 pesos y 18.448 dólares.
Como en aquella ocasión, ahora Delgado y Ostapowicz volvieron a ser detenidos. El primero de ellos, afirman investigadores que estuvieron tras sus pasos, después de la causa por lavado bajó su perfil y se recluyó en Bernardo de Irigoyen, donde prácticamente nadie conocía su historial.
En Irigoyen hubo ahora nuevas redadas para dar con él, pero no estaba y su captura se dio cerca de Paso de los Libres. Ostapowicz, en cambio, fue detenido en Posadas. Los dos fueron capturados la semana pasada como los últimos eslabones que faltaban para desbaratar por completo la banda de narcogendarmes descubierta en Salta.
Dicha empresa narco comenzó a ser investigada el 19 de mayo de 2024, cuando Diego Delgado -hermano de Richar y también ex gendarme- cayó en una camioneta Amarok con 303 kilogramos de cocaína. Más tarde, en septiembre, en el segundo golpe, cayeron Escarlata y su pareja, Marlene Heñuk, en otra camioneta con 31 kilogramos del mismo estupefacientes.
Los detenidos son ocho en total y todos se encuentran a disposición del Juzgado de Garantías Uno de Salta, a cargo del magistrado Julio Bavio. Están imputados por transporte de estupefacientes agravado por el número de intervinientes.

Una Ford Raptor y una Jeep, secuestrados durante la redada para dar con los últimos involucrados de la banda.
Banda misionera de narcogendarmes: viajes con cocaína y tutoriales por Whatsapp
Judiciales
Arenera de Candelaria demanda al municipio ante el STJ por clausura
El empresario arenero Jorge Muniagurria inició una demanda contencioso administrativa en el Superior Tribunal de Justicia (STJ) contra la Municipalidad de Candelaria por la resolución que le clausuró la planta de acopio que tiene en un predio costero cedido en comodato por la Entidad Binacional Yacyretá (EBY) en 2017, como resarcimiento del emplazamiento original afectado por la suba del embalse de la represa.
En la presentación judicial, a la que tuvo acceso La Voz de Misiones, el empresario solicitó al STJ la nulidad de la Resolución 02/25, del ingeniero Eduardo M. Quiroga, que firmó como secretario de Planificación, Catastro y Medio Ambiente de la Municipalidad, ratificada por el intendente Carlos Flores; y pidió la suspensión de la medida administrativa de clausura del predio de la empresa.
El escrito, patrocinado por los abogados Fernando Marcelo Canteli y Graciela Beatriz Canteli, señala que la Resolución de Quiroga, refrendada por Flores, “no reviste siquiera la adecuada formalidad” y tampoco “los actos administrativos que las precedieron, por afectar gravemente los derechos e intereses legítimos” del empresario afectado.
Los letrados se refieren a la Comunicación de clausura que hace Flores a Muniagurria el 15 de diciembre de 2025, y sostienen que la “ratificación” por parte del intendente, de la Resolución 02/25 de Quiroga, es elemento suficiente para la admisión de la demanda por parte del STJ, según lo establecido en el artículo 8 de la ley I Nº 95.
“Con dicha ‘ratificación’ se cierra la instancia administrativa municipal, ya que emana de la más alta autoridad competente y al rechazar el Recurso Jerárquico agota los remedios recursivos”, reza el escrito judicial.
Inspección
La presentación judicial relata que el 15 de octubre de 2025, se labró el Acta de Inspección R-01-00000134 suscripta por quien se identificó como secretario de la comuna de Candelaria, ingeniero Eduardo M. Quiroga, en el inmueble de la arenera JM, cuya actividad principal es la extracción y venta de arena, y que en dicha Acta se requirió a la empresa la presentación de un estudio de impacto ambiental, en el marco de la Ordenanza 03/12, y la Declaración Jurada de las ventas de arena realizadas.
“En tiempo oportuno, se realizó el descargo sobre ambos puntos, indicando sobre el primero que era imposible presentar un informe ambiental, ya que la Ordenanza 03/12 se remitía a una reglamentación que era desconocida, puesto que se había requerido la misma en varias oportunidades y siempre se habían obtenidos evasivas”, reza el escrito y agrega que “sin perjuicio de ello, se adjuntó documentación que acreditaba el cumplimiento de todos los presupuestos ambientales, expedida por las autoridades provinciales con competencia sobre la materia”.
“En cuanto al segundo punto se acompañó toda la documentación contable de la empresa, que reflejaba el estricto cumplimiento de las normas tributarias”, señala la presentación y añade que “dicho descargo fue ignorado por completo, dictándose la Resolución Nº 02/25, que fue suscripta por el mismo funcionario que intervino en el labrado del Acta de Inspección Nº R-01-00000134”.
Nulidad
En la presentación judicial, el empresario arenero arremete contra la Resolución 02/25, del ingeniero Quiroga, y la define como “ilegítima y nula, de nulidad absoluta”.
Argumenta que “ha sido dictada por quien no tiene competencia para ello y sin causa ni motivación expresa ni implícitamente considerada”, y “en violación de la ley aplicable y los procedimientos previos a la emisión del acto”.
En tal sentido, el escrito invalida la “competencia” de Quiroga como secretario, ya que la Municipalidad de Candelaria no cuenta con Carta Orgánica propia y se rige por la Ley Orgánica de Municipalidades de Misiones, y “no existe norma alguna que lo instituya como tal”.
“No existe ordenanza alguna que reglamente las atribuciones, derechos, funciones y deberes del secretario de Planificación, Catastro y Medio Ambiente”, sostiene y desconoce, también, el papel del intendente Flores en el procedimiento que derivó en la clausura de la empresa.
“Por último, también traigamos a colación que no existe intervención alguna del Sr. Intendente requiriendo la inspección ni la posterior sanción que por este acto se recurre”, afirma y concluye que, “tanto la inspección como la posterior sanción han sido resueltas por un funcionario que no tiene atribuciones para ello”.
“Tal circunstancia, vicia irremediablemente el acto administrativo registrado bajo la forma de Resolución 02/2025 tornando inevitable la declaración de nulidad a su respecto”, afirma.
La presentación judicial advierte, también, sobre “vicios en la motivación” por parte del municipio, en lo referente al rechazo de la Declaración Jurada de ventas, de enero a septiembre de 2025, presentada por la empresa; y el desconocimiento de los estudios de impacto ambiental aprobados por instancias provinciales.
En el último tramo de la presentación, el demandante advierte la existencia de “peligro en la demora y verosimilitud en el derecho”, ya que “no estamos frente a una eventualidad, sino que hay una realidad concreta: hace seis meses que el emprendimiento productivo no funciona por una decisión absolutamente arbitraria”.
“Hay familias (de los trabajadores y accionistas ya que se trata de una Pyme) cuya subsistencia está dañada”, señala y destaca: “Y ni que hablar ante un mercado altamente competitivo por las bajas en las ventas y la competencia desleal) del perjuicio que significa volver a reinsertarse en el mercado”.
“En cuanto a la verosimilitud en el derecho, del relato que hemos volcado de los hechos surge claramente que dicho recaudo se cumple acabadamente, ya que están en juego el derecho de propiedad y el ejercicio de industria lícita, ambos tutelado constitucionalmente (art. 14 y 18 C.N.)”, advierte el escrito.
DEMANDA CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA (1)Policiales
Investigan la muerte de un hombre en un edificio del microcentro posadeño
La Policía de Misiones investiga el fallecimiento de un hombre de avanzada edad en un departamento del microcentro posadeño.
De acuerdo a lo consignado por fuentes consultadas, el hecho ocurrió en un edificio ubicado sobre calle San Lorenzo, entre San Martín y Sarmiento, donde también funciona una galería comercial.
Los primeros datos apuntan a que el fallecido se trata de Germán Korts (83) y, en principio, la muerte se habría dado en forma natural, sin observarse signos de violencia.
De igual manera, el lugar trabaja el personal de la comisaría jurisdiccional y de la Dirección de Policía Científica, encargada de realizar las tareas de periciales de rigor para esclarecer lo sucedido.
Judiciales
Rechazan domiciliaria a ex gendarme misionero condenado por lesa humanidad
Preso. Miguel Pablo Lugo (69) continuará preso. La Justicia rechazó el otorgamiento de prisión domiciliaria por razones de salud solicitado por la defensa del ex gendarme misionero, quien de esta manera deberá seguir alojado en la cárcel de la Candelaria para purgar la pena de 25 años de prisión impuesta en su contra por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar en el Centro Clandestino de Detención (CCD) El Olimpo, donde entre otras víctimas, pasaron el periodista Jorge Fontevecchia y Lucía Adela Révora, madre del ahora senador peronista Eduardo “Wado” de Pedro.
Lugo, nacido el 7 de junio de 1956 en Gobernador Roca, fue juzgado entre 2022 y 2023 en el marco del quinto tramo de la mega causa ABO V, que investigó hechos de secuestros y torturas perpetrados en el circuito represivo conformado por los CCD El Atlético, Banco y El Olimpo, que funcionaron de manera rotativa entre 1977 y 1979.
En ese expediente también fueron juzgados Sergio Raúl Nazario y Hugo Luis Medina, ex camaradas de Lugo, además del ex agente de la Policía Federal Argentina (PFA) Carlos Alberto Infantino. Todos ellos fueron condenados a 25 años de prisión por una multiplicidad de delitos que el Tribunal Oral Federal (TOF) 2 de Ciudad de Buenos Aires consideró acreditado, aunque el fallo aún no está firme ya que hay un recurso de casación en trámite.
Otro dos ex, Miguel Víctor Pepe, y el ex miembro de la Superintendencia de Seguridad Federal, José Ahmed, también llegaron a juicio en la misma causa, aunque el primero resultó absuelto y el segundo falleció poco antes del inicio de las audiencias.

Medina, Nazario e Infantino, los otros condenados en el juicio por la causa ABO V.
Pedido
Según pudo reconstruir La Voz de Misiones, Lugo fue detenido mientras caminaba por San Ignacio -donde tiene domicilio registrado junto a su esposa- el 15 de noviembre de 2018 y desde ese momento se encuentra privado de su libertad.
Sus días y noches en prisión las cumple en la Colonia Penal 17 de Candelaria, recinto dependiente del Servicio Penitenciario Federal (SPF), donde deberá continuar a pesar de un pedido de arresto domiciliario formulado por su defensa, alegando un cuadro de Alzheimer y depresión severa.
La presentación fue realizada a mediados del año pasado y en el planteo los abogados del gendarme condenado adujeron que Lugo presentaba un “franco y notorio deterioro, padeciendo una enfermedad grave e irreversible”.
El pedido abrió una extensa etapa de análisis dispuesta por el mismo tribunal que dictó sentencia, en el que solicitó informes tanto a las autoridades de la unidad penitenciaria como a integrantes del Cuerpo Médico Forense del Poder Judicial, quienes arribaron a conclusiones disimiles, ante lo cual tuvo que intervenir una junta interdisciplinaria del hospital Carrillo de Posadas.
Sobre la cuestión también opinaron el fiscal de la causa Alejandro Alagia, el abogado de la querella unificada Pablo Llonto y algunas de las víctimas, quienes coincidieron en considerar que lo correspondiente era rechazar el otorgamiento del beneficio de morigeración de las condiciones de detención para Lugo.
Todo lo recabado entonces fue analizado por los magistrados Jorge Luciano Gorini, Nicolás Toselli y Rodrigo Giménez Uriburu, quienes finalmente decidieron no hacer lugar al pedido.
Principio de Alzheimer
Entre sus argumentos, los camaristas reconocieron que el condenado presenta una “enfermedad neurodegenerativa que con el transcurso del tiempo hace que los síntomas de quien la padece vayan empeorando”, aunque al mismo tiempo plantearon que “lo cierto que es el diagnóstico de Lugo está en la primera etapa de la enfermedad”.
“El evaluado presenta antecedentes de diabetes, hipertensión arterial y diagnóstico referido como principio de Alzheimer, no obstante, del examen clínico practicado no se evidencian, al momento de la evaluación, signos de deterioro cognitivo actual ni limitaciones funcionales que impliquen pérdida de autonomía o imposibilidad de desenvolvimiento adecuado”, agregaron en párrafos siguientes del escrito de 28 páginas en total.
Y en otro punto fueron tajantes en la respuesta al planteo: “La mera invocación de patologías crónicas o antecedentes médicos, sin acreditación de un estado actual de salud que resulte incompatible con el alojamiento en establecimiento penitenciario o que no pueda ser adecuadamente atendido por el sistema sanitario correspondiente, no resulta suficiente para habilitar la concesión del arresto domiciliario como medida excepcional”.
De esta manera, resolvieron no hacer lugar al pedido, con la salvedad de disponer de una evaluación semestral del estado de salud del condenado, a fin de volver a evaluar la posibilidad de la prisión domiciliaria como alternativa.

Lugo admitió que hizo “cinco guardias” en El Olimpo, aunque afirmó que no sabía en qué lugar estaba.
Lugo
La historia marca que Lugo cursó sus estudios iniciales en Gobernador Roca, donde afirmó que nació en una “familia muy humilde” y “numerosa”. El 30 de septiembre de 1976 se incorporó al Escuadrón 11 “San Ignacio” y el 31 de diciembre de ese mismo año egresó como gendarme.
Inmediatamente después fue enviado al Destacamento Móvil Campo de Mayo y en 1978 fue abocado a la Comisión de Seguridad para el mundial de fútbol.
Lugo se declaró inocente a lo largo de toda la causa. Sobre las acusaciones en su contra sostuvo que solo “cumplió órdenes” e hizo “cinco guardias” en El Olimpo, lugar al cual fue trasladado “sin conocer” dónde estaba yendo.
Sin embargo, la Justicia consideró acreditada su presencia en el CCD y su participación en hechos considerados como de lesa humanidad. En su contra acumuló testimonios de testigos, tanto de otros antiguos gendarmes como de presos políticos, que lo reconocieron como uno de los guardias del lugar, donde además cumplía diferentes tareas asignadas por los altos mandos.
Los testigos narraron que la función de los guardias o “celadores” era el ingreso y el egreso de detenidos a los calabozos para llevarlos a salas de interrogatorios donde eran sometidos a torturas. “Estas personas salían mal. Un mal momento. Calcule que les pasen electricidad, golpes, de todo. Ya lo sacaban medio sin conocimiento de los calabozos”, es un testimonio que se desprende de la causa.
El TOF decidió, entonces, en un fallo emitido en diciembre de 2023, condenarlo a 25 años de prisión como coautor de privación ilegítima de la libertad agravada e imposición de tormentos agravado, entre otros hechos cometidos contra un centenar de presos políticos que pasaron por El Olimpo durante sus meses de operación.
El Olimpo
El Olimpo fue uno de los CDD de mayor letalidad. Estaba ubicado en el barrio de Floresta, en un predio que originalmente era una terminal de tranvías.
Funcionó desde el 16 de agosto de 1978 hasta fines de enero de 1979 y su cierre de relaciona con una visita de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos en 1979.
El lugar estaba bajo el control del Primer Cuerpo del Ejército, comandado por el represor Guillermo “Pajarito” Suárez Manson, y del Batallón de Inteligencia 601.
Se estima que entre 500 y 700 personas detenidas-desaparecidas pasaron por ese CCD, con una tasa de supervivencia del 7-10%.
El galpón fue adaptado especialmente: incluyó celdas, oficinas, un gran patio techado y salas de tortura conocidas como “quirófanos”. Los testigos recuerdan que había un cartel de bienvenida: “Bienvenidos al Olimpo de los dioses. Firmado: Los centuriones.”
Rechazan domiciliaria a represor misionero condenado por lesa humanidad
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