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Arrancó el juicio por el femicidio de Arapayú: la confesión de Puzin como eje

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Juicio Arapayú - Puzin

Con la confesión del hecho por parte de Pablo Lotario Puzin (56) como eje central, esta mañana comenzó el juicio oral y público por el femicidio de Estela Fidencia Arapayú (49), ultimada a mazazos en su cabeza y luego descartada en un desagüe de agua en su casa de Colonia Oasis, a 13 kilómetros de Jardín América, en mayo de 2019.

Si bien el único imputado que tiene el expediente se abstuvo de declarar hoy ante los magistrados del Tribunal Penal Dos de Posadas, sí se leyó el contenido del testimonio que brindó al momento de comparecer en audiencia de declaración indagatoria durante la etapa de investigación.

La declaración en la que Puzin admitió haber cometido el femicidio de su pareja se dio el 17 de mayo de 2019, ante el magistrado Roberto Sena, titular del Juzgado de Instrucción Dos de Jardín América.

En esa oportunidad, el hombre se quebró ante las autoridades que participaron de la audiencia indagatoria, reconstruyó sus últimas horas con la víctima y confesó que mató a Arapayú tras descubrir una infidelidad, aunque aseguró no recordar de qué manera concretó el crimen.

“Ese lunes me acosté temprano, antes que ella. Ella miraba dos novelas. Siempre dormíamos abrazados, pero ese día me pidió que no la abrace porque tenía un grano que le hacía doler. Entonces le agarré la mano y dormimos. A la madrugada noté que estaba despierta, le toco y me saca la mano. Ahí yo le pregunto si andaba con el otro hombre de nuevo y ella me dijo ‘yo no soy digna de tu amor’. Ahí me agarró una amargura”, comienza Puzin, según se desprende de la lectura del contenido de su declaración indagatoria.

Y continúa, adentrándose en el relato del hecho: “Ahí fue tanto la indignación que sentí que me quería morir. La volví a tocar y giró para el otro lado. Cuando me despierto la veo ensangrentada, pero no recuerdo nada. No puedo explicar cómo fue porque no me acuerdo. Cuando levanto las sábanas cae el martillo. Ahí no sabía cómo tratar el problema, tenía miedo por mis hijos y la llevé al pozo”.

Mientras el testimonio era leído por secretaría y en voz alta para todos los presentes en la sala de audiencias, el imputado volvió a quebrarse.

En esa declaración, Puzin -que hoy cumple 60 años- también admitió haber limpiado la escena del crimen y haber mentido en sucesivas oportunidades para ocultar la verdad.

Sin embargo, aseguró que “la conciencia no me dejaba tranquilo y por eso conté la verdad. Nadie me dijo que lo haga”.

Juicio Arapayú - Puzin

Puzin está detenido desde 2019 y pasa sus días y noches en la cárcel de Loreto.

La investigación

El caso Arapayú comenzó a investigarse el 7 de mayo de 2019 como una desaparición de persona.

Fue una de sus hijas quien se acercó a la comisaría de Jardín América para relatar que su madre había salido el día anterior de su casa en Colonia Oasis y nunca regresó, despertando la preocupación de todos.

La versión que Puzin le brindó a la familia, y luego a la Policía, durante esos primeros días de búsqueda, fue que ese lunes 6 de mayo su pareja salió temprano para dirigirse al hospital de jardín América, pero el relato carecía de sustento.

Las sospechas comenzaron, dado que en la casa donde la pareja vivía junto a tres hijos pequeños aún estaba el celular y la cartera con todas las documentaciones de la mujer.

Además, familiares y allegados a Arapayú comenzaron a dar cuenta de antecedentes o episodios de violencia previa en la pareja.

Todo cambió cuando el reactivo de luminol -pericia tendiente a encontrar rastros de sangre- dio positivo en el dormitorio de la pareja y eso apuntaló la investigación. Cuando Puzin se vio acorralado, le terminó indicando a la Policía el lugar donde había escondido el cuerpo de la mujer.

Así fue como, entre la noche del 13 de mayo y la madrugada siguiente, los efectivos policiales, en presencia del juez Sena, rastrillaron la propiedad en Colonia Oasis y en un desagüe de agua en desuso dieron con el cadáver de Arapayú.

La autopsia estableció que la mujer sufrió tres golpes en la cabeza, producidos con un objeto contundente que sería una maza, que le provocaron traumatismos gravísimos y una fisura de la base craneal.

Puzin es representado por la defensora oficial Inés Belloni.

Justamente, en la audiencia de hoy y previo a la lectura de la indagatoria, la defensora oficial de Puzin, Inés Belloni, solicitó la nulidad de casi todas las actuaciones de la causa, al considerar que esa primera declaración de su cliente ante la Policía fue realizada fuera de los marcos legales, lo cual viola las garantías constitucionales.

“Puzin declara, pero declara con quien no tenía que declarar. Arruinaron todo”, lanzó Belloni, apuntando a los efectivos policiales que intervinieron en el caso y realizaron los rastrillajes que esa noche culminó con el hallazgo del cadáver.

Para la letrada, “todos los elementos probatorios surgen de esa declaración, por lo cual todo debería ser nulo”.

En base a ello, Belloni pidió la inmediata libertad de Puzin y adelantó que, en caso de obtener una respuesta negativa por parte del tribunal, acudiría en casación federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El fiscal de debate, Vladimir Antonio Glinka, consideró que el pedido es extemporáneo, dado que el mismo planteo ya fue realizado en instancias previas, recibiendo respuestas desfavorables.

Luego de un cuarto intermedio, el tribunal, presidido por César Yaya e integrado por sus pares Gregorio Busse y Carlos Giménez, decidió diferir la resolución del planteo defensivo para el momento del dictado de la sentencia y dispuso la continuación del debate.

Juicio Arapayú - Glinka

El fiscal Antonio Glinka se opuso a los planteos de nulidad de la defensa.

Los primeros testigos

En el desarrollo de la audiencia declararon siete testigos, en su mayoría peritos profesionales de diversas ciencias.

En último turno declaró Patricia Arapayú, hija de la víctima y quien en su momento radicó la denuncia por la desaparición de su madre.

La joven recordó que les llamó la atención la desaparición de madre, dado que “había dejado su cartera y su celular. Y tampoco se iba a ir así sin llevar a sus hijos menores, que era lo que más amaba”.

Respecto a Puzin, Patricia recordó que “él estaba así como si nada, por esto tuve que ir yo a hacer la denuncia, porque él no lo hizo”.

“Yo viví muchos años con ellos en esa casa, hasta que cumplí los 18. Teníamos un trato inestable con él. Un día podíamos estar bien y al otro todo mal. Era inestable con todos. Bien por uno o dos días, pero después se enojaba por algo y estaba todo mal”, recordó la testigo.

Puzin, al momento de declaración de Patricia, una de la hijas de Arapayú.

Para mañana se espera la declaración de al menos nueve testigos más y se prevé que entre jueves o viernes se dicte sentencia.

Puzin está imputado por el delito de homicidio triplemente calificado por alevosía, el vínculo de pareja y femicidio, figura ante la cual es pasible de ser condenado a prisión perpetua.

En el auto de elevación a juicio que también fue leído esta mañana, constan declaraciones que afirmaban que Arapayú tenía decidido terminar su relación con Puzin por los maltratos recibidos. Además, daban cuenta que la mujer creía estar embarazada, pero los estudios forenses lo descartaron.

Judiciales

Jabornicky denunció por acoso judicial a Flores y pidió sancionar a Risko

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Jabornicky

El abogado Alejandro Jabornicky, que enfrenta una causa por violencia de género de su ex pareja, la diputada provincial electa Rita Flores, denunció a -ésta por “acoso judicial” y “mala fe procesal”, y pidió al juez de Instrucción 7, Miguel Mattos, que sancione a su colega y abogada de la querellante, Silvia Risko.

En un escrito, patrocinado por el abogado José Paulino Medina, Jabornicky contestó a la denuncia y el pedido de prisión preventiva por “violencia de género digital”, formalizados la semana pasada por Flores, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en un posteo, que la legisladora electa y Risko, consideran una publicación pagada de la red social, que violenta la orden judicial de restricción de septiembre pasado.

“La petición de la querella constituye un claro acoso judicial: pretende transformar una fotografía en redes sociales en un delito inexistente, invocar un riesgo de femicidio sin sustento y emplear figuras de violencia política y digital de modo oportunista”, sostiene la presentación de Jabornicky y sentencia: “Estos actos constituyen un abuso del proceso y deben ser sancionados”.

“La querellante ha presentado un pronto despacho solicitando la detención y prisión preventiva, invocando un supuesto ‘ciber-hostigamiento’ por publicaciones en Instagram. Acto seguido, sostiene que existe riesgo de femicidio, violencia política y amenaza agravada, imputando hechos graves que no están acreditados en autos ni son consistentes con la medida cautelar”, señala la presentación de Jabornicky y asegura que “ello evidencia una estrategia de hostigamiento procesal, encaminada a presionar al imputado mediante la reiteración de pedidos desproporcionados y sin sustento jurídico”.

Temerarias

El escrito señala que la orden de restricción que le impuso el juez Mattos a Jabornicky el 9 de septiembre pasado, luego de la denuncia de Flores en su contra, dispuso “la prohibición de acercamiento en un radio de 500 metros”, y “todo tipo de contacto físico, verbal, telefónico, de correo electrónico y/o cualquier otro tipo o medio que signifique intromisión injustificada”, pero que “no se prohibió publicar fotografías, ni expresar ideas en redes sociales”.

Según la presentación judicial, desde la notificación de la medida, el imputado Jabornicky “ha respetado íntegramente la prohibición de contacto: no hubo acercamientos físicos, llamadas, mensajes, correos, ni interacción de ningún tipo con la denunciante”, y asegura que “las supuestas ‘publicaciones’ en redes sociales son fotografías genéricas de hechos pasados y no constituyen ninguna forma de contacto ni intromisión injustificada”.

El escrito dirigido al juez Mattos, acusa a Flores y Risko de “presentaciones reiteradas y desproporcionadas”, “afirmaciones falsas o sin prueba”, “calificaciones jurídicas infundadas” y “temeridad y mala fe procesal”.

Afirma que, en la última denuncia de Flores, Risko “asevera que el imputado ‘abonó publicidad de la publicación de Instagram’ e interpreta que ello configura violencia digital”, y asegura que “estas afirmaciones no están acompañadas de prueba alguna”.

“La querella invoca la Ley 27.736 sobre violencia de género digital y la Convención de Belém do Pará, pretendiendo encuadrar una publicación genérica como un delito de ciber-hostigamiento”, relata Jabornicky y acusa: “Esta ampliación no solo carece de sustento fáctico, sino que constituye un abuso del derecho penal al pretender equiparar una fotografía con un acto de violencia digital”.

Desmiente, asimismo, que hubiera incurrido en “violencia política” contra Flores, en su rol de legisladora electa a punto de asumir, y que tal afirmación ignora que “el proceso penal en curso se refiere a hechos anteriores y que el suscripto ha mantenido un comportamiento respetuoso y alejado de la vida pública de la Sra. Flores”.

“No existe en autos ningún indicio de que las publicaciones referidas tuvieran un ánimo de obstaculizar la función pública”, señala el escrito.

Jabornicky invoca el artículo 32, del Código Procesal Penal de Misiones, y el artículo 34, inciso 6º, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, para acusar a Flores y Risko de llevar a cabo “un ejercicio irresponsable y abusivo del derecho de acción que persigue hostigar y estigmatizar al imputado”, que “constituye, en términos doctrinales, acoso judicial” y “justifica que se disponga un llamado de atención o sanción al profesional interviniente”.

“La conducta de la querella no solo busca imponer una prisión preventiva desproporcionada, sino que pretende censurar la libertad de expresión y asociación del imputado mediante el bloqueo de sus redes sociales”, lo que “atenta contra los derechos constitucionales a la libertad de expresión, al trabajo y a la defensa en juicio, pues se pretende privar al imputado de medios lícitos de comunicación y de interacción social sin fundamento legal alguno”.

Amonestación

Por todo lo expuesto, Jabornicky pide al juez Mattos que declare “la existencia de temeridad procesal y abuso de derecho” por parte de Risko y la amoneste, “recordándole su obligación de ajustarse a la verdad y al derecho, bajo apercibimiento de imponer sanciones”.

A la vez, solicita “advertir a la querella que cualquier nueva presentación deberá fundarse en hechos objetivos y acreditados en autos, absteniéndose de utilizar el proceso como medio de hostigamiento o propaganda política”, y “reafirmar que la medida de restricción vigente prohíbe el contacto e intromisiones con las víctimas, pero no suprime la libertad de expresión, ni la posibilidad de publicar contenidos generales, por lo que cualquier interpretación extensiva debe desecharse”.

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Policiales

Cruzaba la avenida Quaranta con su hijo y murió arrollada por un auto

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quaranta

Una mujer de 47 años falleció esta mañana al ser embestida por un automóvil mientras cruzaba la avenida Quaranta de Posadas junto a su hijo.

De acuerdo a lo consignado por fuentes policiales, la víctima fue identificada como Antonia Isabel Lima (47).

El hecho ocurrió esta mañana, cerca de las 11, cuando la mujer cruzaba la avenida Quaranta, en inmediaciones a la avenida Zapiola, hasta que, por causas que se intentan establecer, fue arrollada por un automóvil Fiat Siena que circulaba en sentido Oeste-Este.

Como consecuencia del hecho, la mujer perdió la vida en el acto, mientras que su hijo menor de edad debió recibir asistencia profesional.

En el sitio trabajaron diversas dependencias policiales que llevaron adelante las tareas de rigor y las correspondientes pericias para esclarecer las circunstancias del siniestro.

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Judiciales

Piden detención de Alejandro Jabornicky por publicar fotos con su ex pareja

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Jabornicky

La diputada provincial electa, Rita Marina Flores, denunció a su ex pareja, el abogado Alejandro Jabornicky, por “violencia de género digital” y a través de la querella pidió su prisión preventiva, por haber subido a su cuenta de Instagram fotos con ella en una publicación pagada de la red social.

Flores oficializó la presentación judicial el jueves pasado, en la Fiscalía de Instrucción Dos de Posadas, y solicitó que se agregue al Expediente 1353277/2025, de la causa por violencia de género contra el letrado por hechos ocurridos a principios de septiembre en el domicilio de Jabornicky, que se tramita en el Juzgado de Instrucción Siete, a cargo del juez Miguel Mattos.

En la ocasión de esa primera denuncia, el domicilio del abogado fue allanado, y Jabornicky fue detenido y estuvo cuatro días recluido en una celda de la comisaría Segunda, sobre la avenida Tambor de Tacuarí, incomunicado.

A la par, la Justicia le concedió a Flores un botón de pánico y le impuso a Jabornicky una orden de restricción que, ahora, con la publicación de su foto con ella en Instagram, la represente legal de la diputada provincial electa considera violentada por el letrado.

Boluda

“La orden de restricción es una manda judicial y desobedecer es una falla penal; es desobediencia judicial”, afirmó Silvia Risko, abogada de Flores en declaraciones a LVM, y agregó: “La orden es que no puede ni acercarse físicamente, ni por teléfono, ni mail u otro contacto”.

“Son fotos del año pasado, que él promocionó pagando publicidad”, apuntó Risko y lanzó: “Eso es cagarse en la orden del juez”.

La abogada remarcó, además, “la intención de hostigamiento, invalidación y revictimización”, de parte de Jabornicky hacia su cliente, e incluso acusó al letrado de “intentar minar la imagen pública” de Flores, de cara a su asunción en la Legislatura el 10 de diciembre próximo.

“Paga una publi en la red social a días de asumir ella”, precisó Risko y contó que, a partir de esta publicación de Jabornicky, Flores “comenzó a recibir mensajes de gente que le pregunta si volvió con él, y eso la hizo perder la tranquilidad”.

“El agravante es el hecho de que pague la publicación, con el claro objetivo de invalidar su denuncia por violencia, para que la gente diga: ‘Mirá, esta boluda volvió al final’”, afirmó.

Ciclo

La fitración del escrito de Flores, al que tuvo acceso La Voz de Misiones, encuadra jurídicamente todo lo argumentado por Risko.

“El hostigamiento a través de un medio público digital NO significa una intromisión menor, sino un ACTO DELIBERADO DE CIBER- HOSTIGAMIENTO que REACTIVA el ciclo de violencia, EXPONIENDO PÚBLICAMENTE A LA VÍCTIMA JUNTO  A  SU  AGRESOR, interrumpiendo de manera efectiva la indemnidad psicológica de la Sra. Rita Marina FLORES y REAFIRMANDO el poder y control que el imputado pretende tener sobre la víctima, REVICTIMIZÁNDOLA, quien revive la situación traumática sufrida por las amenazas de muerte y violencia ejercida hacia su persona y el de su niña, generando un estado de terror y total indefensión ante su agresor”, señala el texto.

Asimismo, en otro párrafo asegura que “las AMENAZAS DE MUERTE efectuadas por el Sr. JABORNICKY a la Sra. FLORES, como también, el incumplimiento de la manda judicial, constituyen ANTECEDENTES GRAVÍSIMOS, existiendo CLARO RIESGO DE FEMICIDIO, todo ello ya que, la desobediencia judicial de quien amenazó con MATAR, DEGOLLAR y luego TIRAR A UN ZANJÓN a la Sra. Rita FLORES…NO PUEDEN SER TOLERADOS POR LA JUSTICIA, quien debe actuar conforme a los protocolos, doctrina y jurisprudencia con PERSPECTIVA DE GÉNERO, PROTECCIÓN A LA VÍCTIMA Y DEBER DE DILIGENCIA DEBIDA, EXISTIENDO UN RIESGO CIERTO PARA DEJAR A LA VÍCTIMA LIBRADA A SU SUERTE EN TOTAL DESAMPARO”.

En tal sentido, argumenta que “la prisión preventiva es la ÚNICA medida de protección eficaz que se ajusta al estándar de debida diligencia ante casos de violencia de género, todo ello acorde al Art. 7, inc. b, de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém do Pará), que impone a los Estados el deber de actuar con la debida diligencia para prevenir y sancionar todo acto de violencia. Más aún, el Art. 7, inc. f, exige ‘establecer procedimientos legales justos y eficaces para la mujer que haya sido sometida a violencia, que incluyan, entre otros, medidas de protección’”.

Agravante

En otro tramo, la denuncia acusa a Jabornicky de ejercer “violencia política” contra Flores, habida cuenta de su investidura como diputada electa, y ubica la situación como “agravante del hostigamiento”.

“La Sra. Rita Marina FLORES reviste el carácter de Diputada Electa de la Provincia de Misiones, con asunción prevista para el 10 de diciembre de 2025. Esta temporalidad es fundamental, todo ello ya que la violencia política es aquella dirigida a ‘obstaculizar, menoscabar o anular el desempeño de una función pública’”, refiere el escrito.

“El accionar del Sr. JABORNICKY, al hostigar a la Sra. FLORES en un medio público de difusión masiva (Instagram) en un período crucial de transición, no solo busca quebrantar su integridad psicológica individual, sino que persigue un objetivo más amplio: DEGRADAR y MENOSCABAR su imagen, credibilidad y legitimidad pública como futura representante legislativa electa por el voto popular en las últimas elecciones legislativas provinciales de fecha 08/06/2025, intentando impedir o dificultar su pleno y libre ejercicio del cargo inminente, afectando no sólo psicológicamente a la víctima, sino también a su rol como representante político social”, afirma.

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