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Arrancó el juicio por el femicidio de Arapayú: la confesión de Puzin como eje

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Juicio Arapayú - Puzin

Con la confesión del hecho por parte de Pablo Lotario Puzin (56) como eje central, esta mañana comenzó el juicio oral y público por el femicidio de Estela Fidencia Arapayú (49), ultimada a mazazos en su cabeza y luego descartada en un desagüe de agua en su casa de Colonia Oasis, a 13 kilómetros de Jardín América, en mayo de 2019.

Si bien el único imputado que tiene el expediente se abstuvo de declarar hoy ante los magistrados del Tribunal Penal Dos de Posadas, sí se leyó el contenido del testimonio que brindó al momento de comparecer en audiencia de declaración indagatoria durante la etapa de investigación.

La declaración en la que Puzin admitió haber cometido el femicidio de su pareja se dio el 17 de mayo de 2019, ante el magistrado Roberto Sena, titular del Juzgado de Instrucción Dos de Jardín América.

En esa oportunidad, el hombre se quebró ante las autoridades que participaron de la audiencia indagatoria, reconstruyó sus últimas horas con la víctima y confesó que mató a Arapayú tras descubrir una infidelidad, aunque aseguró no recordar de qué manera concretó el crimen.

“Ese lunes me acosté temprano, antes que ella. Ella miraba dos novelas. Siempre dormíamos abrazados, pero ese día me pidió que no la abrace porque tenía un grano que le hacía doler. Entonces le agarré la mano y dormimos. A la madrugada noté que estaba despierta, le toco y me saca la mano. Ahí yo le pregunto si andaba con el otro hombre de nuevo y ella me dijo ‘yo no soy digna de tu amor’. Ahí me agarró una amargura”, comienza Puzin, según se desprende de la lectura del contenido de su declaración indagatoria.

Y continúa, adentrándose en el relato del hecho: “Ahí fue tanto la indignación que sentí que me quería morir. La volví a tocar y giró para el otro lado. Cuando me despierto la veo ensangrentada, pero no recuerdo nada. No puedo explicar cómo fue porque no me acuerdo. Cuando levanto las sábanas cae el martillo. Ahí no sabía cómo tratar el problema, tenía miedo por mis hijos y la llevé al pozo”.

Mientras el testimonio era leído por secretaría y en voz alta para todos los presentes en la sala de audiencias, el imputado volvió a quebrarse.

En esa declaración, Puzin -que hoy cumple 60 años- también admitió haber limpiado la escena del crimen y haber mentido en sucesivas oportunidades para ocultar la verdad.

Sin embargo, aseguró que “la conciencia no me dejaba tranquilo y por eso conté la verdad. Nadie me dijo que lo haga”.

Juicio Arapayú - Puzin

Puzin está detenido desde 2019 y pasa sus días y noches en la cárcel de Loreto.

La investigación

El caso Arapayú comenzó a investigarse el 7 de mayo de 2019 como una desaparición de persona.

Fue una de sus hijas quien se acercó a la comisaría de Jardín América para relatar que su madre había salido el día anterior de su casa en Colonia Oasis y nunca regresó, despertando la preocupación de todos.

La versión que Puzin le brindó a la familia, y luego a la Policía, durante esos primeros días de búsqueda, fue que ese lunes 6 de mayo su pareja salió temprano para dirigirse al hospital de jardín América, pero el relato carecía de sustento.

Las sospechas comenzaron, dado que en la casa donde la pareja vivía junto a tres hijos pequeños aún estaba el celular y la cartera con todas las documentaciones de la mujer.

Además, familiares y allegados a Arapayú comenzaron a dar cuenta de antecedentes o episodios de violencia previa en la pareja.

Todo cambió cuando el reactivo de luminol -pericia tendiente a encontrar rastros de sangre- dio positivo en el dormitorio de la pareja y eso apuntaló la investigación. Cuando Puzin se vio acorralado, le terminó indicando a la Policía el lugar donde había escondido el cuerpo de la mujer.

Así fue como, entre la noche del 13 de mayo y la madrugada siguiente, los efectivos policiales, en presencia del juez Sena, rastrillaron la propiedad en Colonia Oasis y en un desagüe de agua en desuso dieron con el cadáver de Arapayú.

La autopsia estableció que la mujer sufrió tres golpes en la cabeza, producidos con un objeto contundente que sería una maza, que le provocaron traumatismos gravísimos y una fisura de la base craneal.

Puzin es representado por la defensora oficial Inés Belloni.

Justamente, en la audiencia de hoy y previo a la lectura de la indagatoria, la defensora oficial de Puzin, Inés Belloni, solicitó la nulidad de casi todas las actuaciones de la causa, al considerar que esa primera declaración de su cliente ante la Policía fue realizada fuera de los marcos legales, lo cual viola las garantías constitucionales.

“Puzin declara, pero declara con quien no tenía que declarar. Arruinaron todo”, lanzó Belloni, apuntando a los efectivos policiales que intervinieron en el caso y realizaron los rastrillajes que esa noche culminó con el hallazgo del cadáver.

Para la letrada, “todos los elementos probatorios surgen de esa declaración, por lo cual todo debería ser nulo”.

En base a ello, Belloni pidió la inmediata libertad de Puzin y adelantó que, en caso de obtener una respuesta negativa por parte del tribunal, acudiría en casación federal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El fiscal de debate, Vladimir Antonio Glinka, consideró que el pedido es extemporáneo, dado que el mismo planteo ya fue realizado en instancias previas, recibiendo respuestas desfavorables.

Luego de un cuarto intermedio, el tribunal, presidido por César Yaya e integrado por sus pares Gregorio Busse y Carlos Giménez, decidió diferir la resolución del planteo defensivo para el momento del dictado de la sentencia y dispuso la continuación del debate.

Juicio Arapayú - Glinka

El fiscal Antonio Glinka se opuso a los planteos de nulidad de la defensa.

Los primeros testigos

En el desarrollo de la audiencia declararon siete testigos, en su mayoría peritos profesionales de diversas ciencias.

En último turno declaró Patricia Arapayú, hija de la víctima y quien en su momento radicó la denuncia por la desaparición de su madre.

La joven recordó que les llamó la atención la desaparición de madre, dado que “había dejado su cartera y su celular. Y tampoco se iba a ir así sin llevar a sus hijos menores, que era lo que más amaba”.

Respecto a Puzin, Patricia recordó que “él estaba así como si nada, por esto tuve que ir yo a hacer la denuncia, porque él no lo hizo”.

“Yo viví muchos años con ellos en esa casa, hasta que cumplí los 18. Teníamos un trato inestable con él. Un día podíamos estar bien y al otro todo mal. Era inestable con todos. Bien por uno o dos días, pero después se enojaba por algo y estaba todo mal”, recordó la testigo.

Puzin, al momento de declaración de Patricia, una de la hijas de Arapayú.

Para mañana se espera la declaración de al menos nueve testigos más y se prevé que entre jueves o viernes se dicte sentencia.

Puzin está imputado por el delito de homicidio triplemente calificado por alevosía, el vínculo de pareja y femicidio, figura ante la cual es pasible de ser condenado a prisión perpetua.

En el auto de elevación a juicio que también fue leído esta mañana, constan declaraciones que afirmaban que Arapayú tenía decidido terminar su relación con Puzin por los maltratos recibidos. Además, daban cuenta que la mujer creía estar embarazada, pero los estudios forenses lo descartaron.

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Puerto Libertad: detenido por pedir fotos íntimas y amenazar a una menor

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Puerto Libertad: detenido por pedir fotos íntimas y amenazar a una menor

Una investigación de la Policía de Misiones permitió detener este martes en Puerto Libertad a un hombre de 33 años, acusado de contactar por Instagram a una adolescente de 14 años, obtener fotografías íntimas y luego amenazarla con difundirlas cuando se negó a continuar enviándolas.

Fuentes policiales señalaron que el caso fue denunciado el pasado 5 de agosto por la madre de la menor, quien relató que su hija había comenzado a intercambiar mensajes por la red social con una persona cuya identidad desconocía.

Según consta en la denuncia, durante las conversaciones el sospechoso le había solicitado fotos íntimas, que la adolescente inicialmente envió. Cuando decidió no continuar con el intercambio, recibió amenazas vinculadas con la publicación de las imágenes que ya estaban en poder del interlocutor.

A partir de la denuncia, efectivos de la policía iniciaron una investigación junto con la Secretaría de Ciberdelitos, dependiente del Juzgado de Instrucción de Puerto Iguazú.

Las mismas fuentes indicaron que las tareas permitieron identificar al sospechoso y reunir elementos que fueron incorporados a las causa. Con esa información, el juzgado autorizó un allanamiento en un domicilio del complejo 100 Viviendas de la localidad de Puerto Libertad.

El procedimiento se realizó este martes. Allí, los efectivos detuvieron a Mauricio C. (33), apuntado como presunto autor del hecho. Además, los uniformados secuestraron un teléfono celular que sería de la propiedad del señalado.

El dispositivo será sometido a pericias para avanzar en el análisis de las comunicaciones y otros elementos que puedan aportar a la investigación policial.

En tanto, el hombre fue notificado del motivo de su detención y quedó alojado en sede policial a disposición del juzgado interviniente.

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Judiciales

Ex gendarme irá a juicio por el crimen de su esposa 24 años después

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Después de 9.047 días, lapso en el que pasaron nueve presidentes, siete mundiales y hasta cuatro papas, el ex gendarme misionero Carlos Ramón Gómez enfrentará debate oral y público como único acusado por el asesinato de su esposa María Esther Barreda (36), cometido el 9 de diciembre de 2001 en Posadas.

El debate se realizará en el Tribunal Penal Dos de Posadas. Comenzará el 16 de septiembre, se extenderá durante otras dos jornadas consecutivas y se espera la comparecencia de al menos diez testigos, según consignaron fuentes consultadas por La Voz de Misiones,

El tribunal será presidido por el magistrado César Antonio Yaya y estará integrado por otros dos jueces como vocales subrogantes, mientras que en la fiscalía actuará Vladimir Glinka y en defensa del imputado estará la abogada particular María Laura Alvarenga.

Gómez llega a esta instancia libertad y enfrenta cargos por “homicidio calificado”, figura bajo la cual puede ser condenado a prisión perpetua, pena que al momento del hecho preveía 25 años de cárcel. 

El expediente quedó habilitado para tratarse en debate oral luego de que el pasado 7 de julio la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) fallara en contra de uno de los tantos planteos defensivos que los diferentes abogados de Gómez presentaron a lo largo de dos décadas.

En la previa al inicio del juicio, la defensora de Gómez dialogó con este medio y expresó que “se intenta llevar a juicio pese a la existencia de una resolución del 19 de noviembre de 2003 que ordenó aplicar las normas relativas a la inimputabilidad y al sobreseimiento, decisión que quedó firme al no haber sido recurrida mediante el recurso de casación que correspondía”.

“A más de 24 años del inicio de la causa, se reclama que los tribunales resuelvan de manera efectiva tanto el planteo de cosa juzgada como la eventual vulneración del derecho a ser juzgado dentro de un plazo razonable, antes de avanzar con un nuevo debate oral, ya que tanto, peritos como testigos fundamentales de la causa ya no se encuentran por diversos motivos, entre ellos por fallecimiento”, planteó.

Y agregó jurisprudencia que buscarán hacer valer en el caso: “Se desconoce doctrina de la corte donde se apercibió al Superior Tribunal de Justicia por desconocer la cosa juzgada y la preclusión en expte. Mierez Ruben y otros en 2012. Por ejemplo, desconoce totalmente la doctrina la Corte IDH -obligatoria- en los autos López de Belva y otro vs. Argentina (publicado en 08/2026)- deviniendo en una cuestión de grosera gravedad institucional”.

María Laura Alvarenga será la abogada defensora del ex gendarme.

Crimen y derrotero judicial

El hecho que se pretende esclarecer se registró el 9 de diciembre de 2001 y la víctima fue María Esther Barreda, una mujer de 36 años que estaba en pareja con el ex gendarme acusado.

Según lo reconstruido en su momento, el crimen ocurrió en una vivienda del barrio San Lucas, a pocas cuadras del club Centro de Cazadores de Posadas, donde Gómez habría encontrado a su pareja con otro hombre y la atacó a balazos con su arma reglamentaria.

La mujer recibió un total de cuatro disparos y falleció en el lugar, mientras que el ex uniformado huyó de la escena para un día después entregarse en el puesto de Gendarmería Nacional Argentina (GNA) de San José.

Inicialmente, la causa quedó en manos del Juzgado de Instrucción Tres de Posadas, presidido en ese entonces por el magistrado Eduardo D’Orsaneo, aunque más tarde el caso ingresó en un largo proceso recursivo y el derrotero judicial que se extendió durante más de 20 años fue reconstruido por El Territorio en 2022.

Tras las primeras actuaciones, el juez D’Orsaneo dictó la prisión preventiva para el imputado e incluso más tarde la fiscal Margarita Wenner avanzó con el requerimiento de elevación a juicio.

La defensa, por su parte, jugó otra carta. Se opuso al requerimiento y pidió el sobreseimiento de Gómez alegando una “inimputabilidad” de su cliente en razón de haber actuado en forma “enceguecida” por encontrar a su pareja con un presunto amante.

Para 2003, en el expediente intervino el Tribunal Penal Uno de Posadas, que resolvió revocar la elevación a juicio y dictar el sobreseimiento de Gómez, cuya ejecución fue apelada, no así la resolución que lo dispuso.

ex gendarme juicio posadas

El ex gendarme fue detenido en dos oportunidades: al comienzo del caso y en 2013. Ahora llega en libertad al debate.

De ahí, el asunto pasó a manos del Tribunal Penal Dos, actuando como Cámara de Apelaciones, cuyas autoridades consideraron que el caso debía seguir siendo investigado y en consecuencia remitió las actuaciones al Juzgado de Instrucción Uno, entonces presidido por Horacio Gallardo (fallecido), que liberó al sospechoso y estableció una prórroga extraordinaria para resolver si Gómez debía ir al banquillo o no.

Los años pasaron y recién en 2013 el ex gendarme volvió a ser detenido para enfrentar el juicio. El inicio de las audiencias estuvo programado para 2018, pero fue suspendido por el pedido de licencia del fiscal.

En ese lapsus, la defensa volvió a jugar otra carta y recurrió al máximo órgano judicial del país aludiendo el sobreseimiento dictado en su momento a favor de Gómez, entre otros planteos como de prescriptibilidad, arbitrariedad y violación del principio de defensa en juicio por preclusión.

Ese planteo es el que recientemente respondió de manera negativa la Corte, aunque sin analizar la cuestión de fondo. Tras ese revés, Gómez quedó sin más posibilidades recursivas y, por eso, a partir del 16 de septiembre estará en el banquillo de los acusados. 

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Judiciales

Los fundamentos de los jueces en el fallo por el caso Belén López

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Belén López jueces

Las diferentes posturas exhibidas entre los jueces Miguel Mattos y Gustavo Bernie, por un lado, y la magistrada Viviana Cukla, por el otro, en el caso Rocío Belén López (15), por cuya muerte su madre fue condenada a 16 años de prisión, se tradujeron en un documento de 237 páginas en el que cada uno volcó sus fundamentos.

En la sentencia dictada el 14 de agosto por el Tribunal Penal Uno de Posadas, la madre de la adolescente, Mariela Andrea Ramírez (48), fue condenada como autora del delito de homicidio calificado por el vínculo en su modalidad por omisión, aunque el fallo no fue unánime, sino por mayoría y con el voto disidente de Cukla.

En los fundamentos del fallo, el primer voto le correspondió a Bernie, quien como consideró “acreditada la hipótesis acusatoria” planteada por el fiscal Vladimir Glinka, que en su alegato consideró que la mujer dejó morir de hambre y de sed a su hija en forma deliberada. 

El presidente del tribunal articuló su voto en seis “extremos fácticos” mediante los cuales dio por probado que Rocío falleció como consecuencia de un cuadro de desnutrición y deshidratación que fue generado por el descuido de su madre, quien a su vez conocía las consecuencias de su accionar y tenía posibilidades de evitarlo.

Bernie no puso reparos en el informe forense incorporado en la causa y resaltó que las conclusiones vertidas “confluyen” con los testimonios recopilados.

Sobre esa base, concluyó: “Teniendo por probado que no ha existido otra causa probable de muerte cuyo análisis me permita alejarme de la establecida por el especialista, y que ante la adecuada alimentación e hidratación R.B.L. no hubiera llegado a la causa que provocó su muerte, debo considerar probado que si R.B.L. hubiera sido alimentada e hidratada adecuadamente no hubiera fallecido”.

Ramírez recibió 16 años de prisión y fue alojada en la UP V de Mujeres de Miguel Lanús.

En otro apartado de su voto, el magistrado admite que Ramírez se encontraba en condiciones de vulnerabilidad económica y social, aunque entiende que no hay “justificaciones” que la exculpen ya que si solicitaba ayuda la niña seguiría con vida.

En esa línea, resalta que la mujer “no trabajaba después de las 14” y plantea que “no se ha explicado a lo largo del presente debate cual sería el impedimento con que contaba la Sra. Ramírez para solicitar dicha ayuda al servicio médico local, cuya gratuidad es conocida públicamente”.

También ponderó las declaraciones de las antiguas vecinas del barrio Terrazas y las escaras que presentaba la niña como indicio del “descuido” al que Ramírez sometía a su hija, como así también valoró las fotos de la escena del hecho para calificar como “depósito” a la habitación donde la imputada tuvo a Belén durante los diez días que estuvo a su cuidado exclusivo entre el 13 y el 23 de julio de 2013.

El magistrado no restó importancia al diagnóstico de Síndrome de Rett que presentaba la adolescente, pero entendió que el nivel de desnutrición y deshidratación obedecía a un accionar de la madre y no al cuadro de clínico de base.

“Diez días antes, estando bajo el cuidado de su tía y su abuela, R.B.L. ya tenía síndrome de Rett, ya tenía nivel de nutrición e hidratación deficiente (normal para una persona con la condición mencionada) sin embargo su deceso se produce luego de los diez días al cuidado de la Sra. Ramírez, no queda más que inferir que si la misma hubiera mantenido el nivel de alimentación e hidratación que R.B.L. tenía hasta diez días antes, los valores no hubieran sido aquellos que generaron su muerte”, repasa Bernie, opinión a la cual adhirió Mattos.

En su voto Bernie también explica como circunstancias de atenuación en la imposición de pena tuvo en cuenta el cuadro de base que presentaba la niña, la gestión en soledad del cuidado y la situación de “vulnerabilidad social y económica” de la imputada al momento del hecho.

Bernie y Cukla, los magistrados del tribunal opinaron en sentido contrario.

El voto disidente

En sentido opuesto opinó Cukla, que en su voto abogó por la absolución de la imputada y propuso analizar el caso con perspectiva de género y discapacidad.

Para la magistrada el “núcleo del problema” radica en la “prueba médica”, advirtiendo que la autopsia fue practicada por un médico sin conocimientos específicos sobre el Síndrome de Rett, lo cual derivó en conclusiones sin el grado de certeza requerido.

No está determinada con certeza la causa concreta del fallecimiento ni el mecanismo que condujo a él. Está probado el resultado muerte. Está probado que el cuerpo presentaba desnutrición, deshidratación severa y escaras. Es probable que un déficit de ingesta haya operado en ese cuadro. Pero no está probado que la muerte se haya debido exclusivamente a esa privación, ni que las restantes causas compatibles con la patología de base -muerte súbita, arritmia asociada a la prolongación del QT, crisis convulsivas, un proceso inflamatorio pulmonar que el propio forense presumió- hayan quedado excluidas”, resumió.

Cukla tampoco dio por probado “el momento en que se habría iniciado la privación, ni su extensión, ni si fue total o parcial”, ni el carácter “deliberado” de la supuesta omisión de Ramírez.

“Esa afirmación no se apoya en prueba directa alguna, no hay testigo, ni registro, ni manifestación de la imputada en ese sentido, sino en una inferencia construida sobre el estado del cuerpo y de la habitación, que son datos del resultado y no de la voluntad”, añadió.

En otro apartado, la magistrada reflexionó la aplicación de perspectiva de género, pero no como un “criterio de indulgencia”, sino como un “método de control del razonamiento probatorio”.

Según su parecer, en varios testimonios vertidos en la causa se imponían comentarios “estereotipados” y que solo cargaban en el reproche en la mujer y no en el rol del hombre, en este caso en el padre biológico de Belén, que nunca se hizo cargo de la niña.

“Aquí no se juzga si Mariela Ramírez fue una buena madre, ni si su comportamiento se ajustó a lo que sus vecinas, su empleada doméstica o su familia esperaban de ella. Se juzga si realizó u omitió una conducta determinada, en un tiempo determinado, con determinadas consecuencias”, apuntó.

Caso Belén: su madre fue condenada por homicidio y recibió 16 años de prisión

 

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